Historial de reformas
Ley 1/2003, de 18 de marzo, de creación del Servicio Cántabro de Empleo
8 versiones
· 2003-04-10
2023-12-29
Ley 1/2003, de 18 de marzo, de creación del Servicio Cántabro de Empleo
Cambios del 2023-12-29
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###### Artículo 16. Recursos y reclamaciones.
1. Los actos dictados por el director del Servicio Cántabro de Empleo sujetos al Derecho Administrativo no agotan la vía administrativa y serán susceptibles de recurso de alzada ante el titular de la Consejería competente en materia de trabajo.
1. Los actos y resoluciones dictados por la Dirección del Servicio Cántabro de Empleo en el ejercicio de potestades administrativas ponen fin a la vía administrativa y podrán ser recurridos potestativamente en reposición o ser impugnados directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
2. Las reclamaciones previas al ejercicio de acciones civiles y laborales serán resueltas por el director del Servicio Cántabro de Empleo.
> <small>Se modifica el apartado 1 por el art. 20.1 de la Ley 3/2023, de 26 de diciembre de 2023. [Ref. BOE-A-2024-1373](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2024-1373)</small>
###### Disposición adicional primera. Estatuto del Servicio Cántabro de Empleo.
Se aprueba el estatuto del Servicio Cántabro de Empleo que se contiene en el anexo de la presente Ley. El Gobierno de Cantabria, a través de su Consejo de Gobierno y mediante Decreto, podrá modificar el contenido de los artículos 3, 5, 7, 8, 12 y 20 del Estatuto, para adaptarlo a posibles modificaciones que se produzcan en la normativa vigente así como a nuevas necesidades o situaciones no contempladas inicialmente.
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###### Artículo 24. Recursos y reclamaciones.
1. Los actos dictados por el Director del Servicio Cántabro de Empleo sujetos al Derecho Administrativo no agotan la vía administrativa y serán susceptibles de recurso de alzada ante el titular de la Consejería competente en materia de trabajo.
1. Los actos y resoluciones dictados por la Dirección del Servicio Cántabro de Empleo en el ejercicio de potestades administrativas ponen fin a la vía administrativa y podrán ser recurridos potestativamente en reposición o ser impugnados directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
2. Las reclamaciones previas al ejercicio de acciones civiles y laborales serán resueltas por el Director del Servicio Cántabro de Empleo.
> <small>Se modifica el apartado 1 por el art. 20.2 de la Ley 3/2023, de 26 de diciembre de 2023. [Ref. BOE-A-2024-1373](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2024-1373)</small>
2021-12-30
Ley 1/2003, de 18 de marzo, de creación del Servicio Cántabro de Empleo
2020-12-30
Ley 1/2003, de 18 de marzo, de creación del Servicio Cántabro de Empleo
2018-12-28
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2017-02-28
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2013-12-30
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2012-12-29
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2003-03-26
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