Historial de reformas
Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre, por el que se regula el programa de renta activa de inserción para desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo
9 versiones
· 2006-12-05 — 2024-11-01 (derogada)
2024-11-01
Derogación
2024-05-22
Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre, por el que se regula el pro
2024-01-12
Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre, por el que se regula el pro
2023-12-20
Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre, por el que se regula el pro
2021-01-27
Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre, por el que se regula el pro
2020-11-04
Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre, por el que se regula el pro
2014-12-20
Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre, por el que se regula el pro
Cambios del 2014-12-20
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b) Ser demandante de empleo inscrito ininterrumpidamente como desempleado en la oficina de empleo durante 12 o más meses. A estos efectos, se considerará interrumpida la demanda de empleo por haber trabajado un período acumulado de 90 o más días en los 365 anteriores a la fecha de solicitud de incorporación al programa.
Durante la inscripción como demandante de empleo a que se refiere el párrafo anterior deberá buscarse activamente empleo, sin haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales u otras para incrementar la ocupabilidad. La salida al extranjero interrumpe la inscripción como demandante de empleo a estos efectos.
Durante la inscripción como demandante de empleo a que se refiere el párrafo anterior deberá buscarse activamente empleo, sin haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales u otras para incrementar la ocupabilidad.
En el momento de la solicitud se deberá acreditar haber realizado durante el periodo de inscripción antes indicado acciones de búsqueda activa de empleo en la forma que se determine reglamentariamente. En tanto se produzca ese desarrollo normativo se acreditarán de la forma establecida en el artículo 3 del Real Decreto-ley 16/2014, de 19 de diciembre, por el que se regula el Programa de Activación para el Empleo.
La salida al extranjero interrumpe la inscripción como demandante de empleo a estos efectos.
No se considerará interrumpida la inscripción cuando el solicitante acredite que la salida al extranjero se ha producido por matrimonio o nacimiento de hijo, fallecimiento o enfermedad grave del cónyuge o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad o por el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, y siempre que la estancia haya sido igual o inferior a 15 días.
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b) No haber sido beneficiario de tres derechos al programa de renta activa de inserción anteriores aunque no se hubieran disfrutado por el periodo de duración máxima de la renta.
> <small>Se modifica la letra b) del apartado 1 por la disposición final 3 del Real Decreto-ley 16/2014, de 19 de diciembre. [Ref. BOE-A-2014-13249](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2014-13249).</small>
> <small>Se modifica la letra b) del apartado 1 por la disposición final 2 del Real Decreto 1484/2012, de 29 de octubre. [Ref. BOE-A-2012-13420#dfsegunda](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2012-13420).</small>
> <small>Se modifica el apartado 1 por el art. 21 del Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio. [Ref. BOE-A-2012-9364#a21](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2012-9364).</small>
2012-10-30
Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre, por el que se regula el pro
2012-07-14
Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre, por el que se regula el pro
2006-12-05
Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre, por el que se regula el
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