Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007

Rango Ley
Publicación 2006-12-29
Última actualización 2026-02-04
Estado Vigente
Departamento Jefatura del Estado
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ANEXO X. Cuantía a incluir en la paga extraordinaria de los miembros de la Carrera Judicial y de la Carrera Fiscal, de los Secretarios Judiciales y del personal al servicio de la Administración Judicial

Miembros de la Carrera Judicial Grupo de población Cuantía en € a incluir en cada paga extraordinaria
Presidente de la Audiencia Nacional (no Magistrado del Tribunal Supremo) 1 1.533,52
Presidentes de Sala de la Audiencia Nacional (no Magistrados del Tribunal Supremo) 1 1.243,75
Magistrado de la Audiencia Nacional (no Magistrado del Tribunal Supremo) 1 1.243,75
Magistrado del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo 1 1.243,75
Presidente del Tribunal Superior de Justicia 1 1.243,75
Presidentes de Sala y Magistrados del Tribunal Superior de Justicia 1 1.243,75
Presidentes y Magistrados de Audiencia Provincial 1 1.226,24
Jueces Centrales y Magistrados de los órganos unipersonales 1 1.051,25
Presidente del Tribunal Superior de Justicia 2 1.227,10
Presidentes de Sala y Magistrados del Tribunal Superior de Justicia 2 1.125,22
Presidentes y Magistrados de Audiencia Provincial 2 1.107,76
Magistrados de los órganos unipersonales 2 932,76
Presidente del Tribunal Superior de Justicia 3 1.211,17
Presidentes de Sala y Magistrados del Tribunal Superior de Justicia 3 1.087,81
Presidentes y Magistrados de Audiencia Provincial 3 1.070,35
Magistrados de los órganos unipersonales 3 895,31
Presidentes y Magistrados de Audiencia Provincial 4 990,61
Magistrados de los órganos unipersonales 4 815,62
Jueces 5 661,64
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Miembros de la Carrera Fiscal Grupo de población Cuantía en € a incluir en cada paga extraordinaria
Fiscales de la Fiscalía ante el Tribunal Constitucional 1 1.243,75
Fiscales de la Fiscalía del Tribunal Supremo 1 1.243,75
Fiscales de la Fiscalía ante la Audiencia Nacional 1 1.243,75
Fiscal Jefe en el Tribunal Superior de Justicia 1 1.243,75
Teniente Fiscal del Tribunal Superior de Justicia 1 1.243,75
Fiscales de la Fiscalía ante el Tribunal de Cuentas 1 1.243,75
Fiscales de la Fiscalía General del Estado 1 1.243,75
Fiscales y Abogados Fiscales de la Fiscalía Especial de prevención y represión del tráfico ilegal de drogas 1 1.243,75
Fiscales y Abogados Fiscales de la Fiscalía Especial para la Represión de los delitos económicos relacionados con la Corrupción 1 1.243,75
Resto de Fiscales de segunda categoría salvo coordinadores 1 1.051,25
Fiscales coordinadores 1 1.196,06
Fiscal Jefe en el Tribunal Superior de Justicia 2 1.227,10
Teniente Fiscal en el Tribunal Superior de Justicia 2 1.125,22
Fiscales Jefes y Tenientes Fiscales de la Audiencia Provincial 2 1.107,76
Resto de Fiscales de segunda categoría salvo coordinadores 2 932,76
Fiscales coordinadores 2 1.077,62
Fiscal Jefe en el Tribunal Superior de Justicia 3 1.211,17
Teniente Fiscal del Tribunal Superior de Justicia 3 1.087,81
Fiscales Jefe y Tenientes Fiscales de la Audiencia Provincial 3 1.070,35
Resto de Fiscales de segunda categoría salvo coordinadores 3 895,31
Fiscales coordinadores 3 1.040,17
Fiscales Jefe y Tenientes Fiscales de Audiencia Provincial 4 990,61
Resto de destinos correspondientes a la segunda categoría de fiscales, salvo coordinadores 4 815,62
Fiscales coordinadores 4 960,41
Resto de destinos correspondientes a la tercera categoría de fiscales 5 661,64
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Secretarios judiciales Grupo conforme al anexo II.1 R.D.1130/03 Cuantía en € a incluir en cada paga extraordinaria
Secretarios del Tribunal Supremo 1 1.043,24
Secretario de Gobierno de la Audiencia Nacional 1 1.043,24
Secretarios de la Audiencia Nacional . 1 989,71
Secretarios del Tribunal Superior de Justicia 1 989,71
Secretario coordinador provincial y Secretario de la Audiencia Provincial. 1 977,06
Secretario de órgano unipersonal, de órganos no jurisdiccionales y registros civiles y de juzgados centrales . 1 876,04
Secretarios del Tribunal Superior de Justicia 2 891,01
Secretario coordinador provincial y Secretario de la Audiencia Provincial 2 878,28
Secretario de órgano unipersonal, órganos no jurisdiccionales y registros civiles 2 777,30
Secretarios del Tribunal Superior de Justicia 3 864,84
Secretario coordinador provincial y Secretario de la Audiencia Provincial 3 852,11
Secretario órgano unipersonal, órganos no jurisdiccionales y registros civiles 3 751,14
Secretario coordinador provincial y Secretario de la Audiencia Provincial 4 847,97
Resto de destinos correspondientes a la segunda categoría de secretarios judiciales 4 747,00
Destinos correspondientes a la tercera categoría de secretarios judiciales 5 541,82
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Médicos Forenses y facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses Grupo conforme art. 7º R.D. 1909/2000 Cuantía en € a incluir en cada paga extraordinaria
Director del Instituto de Toxicología . I 828,88
Director del Instituto de Medicina Legal de Madrid o Barcelona, o Institutos con competencias pluriprovinciales I 828,88
Director de Institutos de Medicina Legal con competencias pluriprovinciales II 810,30
Director de Institutos de Medicina Legal con competencias pluriprovinciales III 791,74
Director de Departamento de Institutos de Toxicología I 791,74
Director de Departamento de Institutos de Toxicología II 773,16
Director de Institutos de Medicina Legal con competencias uniprovinciales o de ámbito inferior II 773,16
Director de Institutos de Medicina Legal con competencias uniprovinciales o de ámbito inferior III 754,59
Subdirector de Instituto de Medicina Legal de Madrid o Barcelona, y Director con competencias pluriprovinciales I 791,74
Subdirector de Institutos de Medicina Legal con competencias pluriprovinciales II 773,16
Subdirector de Institutos de Medicina Legal con competencias pluriprovinciales III 754,59
Subdirector de Institutos de Medicina Legal con competencias uniprovinciales o de ámbito inferior II 736,03
Subdirector de Institutos de Medicina Legal con competencias uniprovinciales o de ámbito inferior III 717,50
Jefaturas de Servicio de Institutos de Medicina Legal e Instituto de Toxicología y sus Departamentos I 754,59
Jefaturas de Servicio de Institutos de Medicina Legal e Instituto de Toxicología y sus Departamentos II 736,03
Jefaturas de Servicio de Institutos de Medicina Legal e Instituto de Toxicología y sus Departamentos III 717,50
Jefaturas de Sección de Institutos de Medicina Legal e Instituto de Toxicología I 717,50
Jefaturas de Sección de Institutos de Medicina Legal e Instituto de Toxicología II 698,88
Jefaturas de Sección de Institutos de Medicina Legal e Instituto de Toxicología III 680,31
Médicos Forenses y Técnicos Facultativos del Instituto de Toxicología I 606,03
Médicos Forenses y Técnicos Facultativos del Instituto de Toxicología II 587,50
Médicos Forenses y Técnicos Facultativos del Instituto de Toxicología III 568,88
Médicos Forenses en Registros Civiles (R.D. 181/93, de 9 de febrero, D.A. 2.ª) I 139,36
Médicos Forenses en Registros Civiles (R.D. 181/93, de 9 de febrero, D.A. 2.ª) II 102,16
Médicos Forenses en Registros Civiles (R.D. 181/93, de 9 de febrero, D.A 2.ª) III 83,58
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Personal al servicio de la Administración de Justicia Grupo conforme al artículo 7.º R.D. 1909/2000 Cuantía en € a incluir en cada paga extraordinaria
Cuerpo o Escala de Gestión Procesal y Administrativa. I 407,74
II 381,21
III 367,95
IV 354,73
Cuerpo o Escala de Tramitación Procesal y Administrativa. I 372,36
II 345,75
III 332,48
IV 319,22
Cuerpo o Escala de Auxilio Judicial. I 318,91
II 292,43
III 279,17
IV 265,90
Cuerpo o Escala de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. I 407,74
II 381,21
III 367,95
Cuerpo o Escala de Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. I 372,36
II 345,75
III 332,48
Secretarios de Paz (a extinguir). IV 443,34
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Médicos Forenses con régimen transitorio de integración y retributivo Grupo artículo 7.º R.D. 1909/2000 Cuantía en € a incluir en cada paga extraordinaria
Director regional de Inst. Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense (en agrupaciones de Juzgados alguno de los cuales esté servido por Magistrado o que conjuntamente con Juzgado sean titulares de especialidad o cargo directivo). I 789,29
II 770,72
III 752,15
Director regional de Inst. Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense (en agrupaciones no incluidas en el apartado anterior). I 770,72
II 752,15
III 733,63
Director provincial de Inst. Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense (en agrupaciones de Juzgados alguno de los cuales esté servido por Magistrado o que conjuntamente con Juzgado sean titulares de especialidad o cargo directivo). I 752,15
II 733,63
III 715,06
Director provincial de Inst. Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense (en agrupaciones no incluidas en el apartado anterior). I 733,63
II 715,06
III 696,49
Jefe se servicio de Inst. Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense (en agrupaciones de Juzgados alguno de los cuales esté servido por magistrado o que conjuntamente con Juzgado sean titulares de especialidad o cargo directivo). I 715,06
II 696,49
III 677,92
Jefe de servicio de Inst. Anatómico Forense o Clínica Médico Forense (en agrupaciones no incluidas en el apartado anterior). I 696,49
II 677,92
III 659,34
Jefe de Sección de Inst. Anatómico Forense o Clínica Médico Forense (en agrupaciones de Juzgados alguno de los cuales esté servido por Magistrado o que conjuntamente con Juzgado sean titulares de especialidad o cargo directivo). I 677,92
II 659,34
III 640,72
Jefe de Sección de Inst. Anatómico Forense o Clínica Médico Forense (en agrupaciones no incluidas en el apartado anterior). I 659,34
II 640,72
III 622,15
Médico Forense (en agrupaciones de Juzgados alguno de los cuales esté servido por Magistrado o que conjuntamente con Juzgado sean titulares de especialidad o cargo directivo). I 603,63
II 585,06
III 566,49
Médico Forense (en agrupaciones no incluidas en el apartado anterior). I 585,06
II 566,49
III 547,92
Régimen de jornada normal
Director regional de Inst. Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense. I 538,65
II 520,07
III 501,50
Director provincial de Inst. Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense. I 501,50
II 482,92
III 464,36
Jefe de servicio de Inst. Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense. I 464,36
II 445,71
III 427,15
Jefe de Sección de Inst. Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense. I 427,15
II 408,58
III 390,07
Médicos Forenses. I 352,94
II 334,36
III 315,72

ANEXO XI. Fundaciones del Sector Público Estatal

Fundación AENA.

Fundación Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación.

Fundación Almadén-Francisco Javier Villegas.

Fundación Biodiversidad.

Fundación Canaria Puertos de las Palmas.

Fundación Centro de Estudios Económicos y Comerciales (CECO).

Fundación Centro de Investigación de Enfermedades Neurológicas.

Fundación Centro Nacional de Investigación Oncológica Carlos III.

Fundación Centro Nacional del Vidrio.

Fundación Ciudad de la Energía.

Fundación Colección Thyssen-Bornemisza.

Fundación Colegios Mayores MAE-AECI.

Fundación de los Ferrocarriles Españoles.

Fundación de Servicios Laborales.

Fundación del Teatro Lírico.

Fundación EFE.

Fundación ENRESA.

Fundación Escuela de Organización Industrial.

Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología.

Fundación Española para la Innovación de la Artesanía.

Fundación Iberoamericana para el Fomento de la Cultura y Ciencias del Mar.

Fundación ICO.

Fundación Instituto de Investigación Cardiovascular Carlos III.

Fundación Instituto Iberoamericano de Mercado de Valores.

Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas.

Fundación Juan José García.

Fundación Laboral de Minusválidos Santa Bárbara.

Fundación Museo do Mar de Galicia.

Fundación Museo Lázaro Galdiano.

Fundación Museo Sorolla.

Fundación Observatorio de Prospectiva Tecnológica Industrial (OPTI).

Fundación para el Desarrollo de la Formación en las Zonas Mineras del Carbón.

Fundación para el Desarrollo de la Investigación en Genómica y Proteónica.

Fundación para la Cooperación y Salud Internacional Carlos III.

Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales.

Fundación Pluralismo y Convivencia.

Fundación Real Casa de la Moneda.

Fundación Residencia de Estudiantes.

Fundación SEPI.

Fundación Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje-Sima.

Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo.

Fundación Víctimas del Terrorismo.

ANEXO XII. Entidades Públicas Empresariales y Organismos Públicos a los que se refiere el Artículo 1.H) de esta Ley

Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF).

Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA).

Centro para el Desarrollo Tecnológico e Industrial (CDTI).

Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (C.M.T.).

Comisión Nacional de la Energía (C.N.E.).

Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

Consorcio de Compensación de Seguros (C.C.S.).

Consorcio de la Zona Especial de Canarias (C.Z.E.C.).

Consorcio Valencia 2007. Consorcio Zona Franca Cádiz.

Consorcio Zona Franca de Gran Canaria.

Consorcio Zona Franca Vigo.

Ente Público RTVE en liquidación.

Entidad Pública Empresarial ENRESA de Gestión de Residuos Radiactivos.

Entidad Pública Empresarial Red.es (Red.es).

Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda (F.N.M.T.-R.C.M.)

Ferrocarriles de Vía Estrecha (FEVE).

Gerencia del Sector de la Construcción Naval.

Instituto de Crédito Oficial (ICO).

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

Loterías y Apuestas del Estado (LAE).

Puertos del Estado y Autoridades Portuarias.

Renfe-Operadora.

SEPES Entidad Pública Empresarial de Suelo (EPE SUELO).

Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima (SASEMAR).

Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI).

ANEXO XIII. Infraestructuras Científicas y Tecnológicas Singulares, a las que se refiere la Disposición Adicional Decimocuarta de esta Ley

Plataforma solar de Almería.

Centro astronómico de Calar Alto.

Instituto de Radioastronomía Milimétrica.

Reserva Científica de Doñana.

Observatorio del Teide.

Observatorio del Roque de los Muchachos.

Centro astronómico de Yebes.

Centro de Computación y Comunicaciones de Cataluña (CESCA).

Laboratorio de Resonancia Magnética Nuclear del Parque Científico de Barcelona.

Sala Blanca del Centro Nacional de Microelectrónica.

Barcelona Supercomputing Center-Centro Nacional de Supercomputación (BSC-CNS).

Canal de Investigación y Experimentación Marítima (CIEM).

Dispositivo de Fusión Termonuclear TJ-II del CIEMAT.

Instalación de alta seguridad biológica del CISA (INIA).

Instalaciones singulares de ingeniería civil en el CEDEX.

Red IRIS de servicios telemáticos avanzados.

Central de Tecnología del Instituto de Sistemas Opto-electrónicos de la Universidad Politécnica de Madrid.

Canal de Experiencias Hidrodinámicas de El Pardo (CEHIPAR).

Buque de investigación Oceanográfica Cornide de Saavedra.

Buque de Investigación Oceanográfica Hespérides.

Bases antárticas españolas Juan Carlos I y Gabriel de Castilla.

Laboratorio Subterráneo de Canfranc.

Gran Telescopio de Canarias.

Fuente de Radiación de Sincrotrón del Vallés.

Buque Oceanográfico Sarmiento de Gamboa

Grandes instalaciones científicas:

Planta de Química Fina de Catalunya.

Red de centros propios y concertados del Institut de Recerca i Tecnologia Agroalimentàries (IRTA), de la Generalitat de Catalunya.

ANEXO XIV. Operaciones del Ente Público RTVE a asumir por el Estado en 2007

Operación Agente de pagos Próximo vencimiento Importe–Euros
Crédito bilateral. CAX. 18/03/2007 240.000.000
Préstamo bilateral. DEPFA BANK. 03/07/2007 180.303.631
Crédito bilateral. BBV. 25/07/2007 210.000.000
Línea de crédito. BBVA. 25/07/2007 60.000.000
Crédito bilateral. BEC. 26/07/2007 120.000.000
Bonos. BBV. 08/11/2007 1.200.000.000
Crédito bilateral. BBV. 10/12/2007 270.000.000
Crédito bilateral. BEC. 13/12/2007 60.000.000
Préstamo bilateral. ICO. 13/12/2007 160.000.000
Crédito bilateral. BCH. 17/12/2007 30.000.000
Obligaciones. BBV. 19/12/2007 360.607.272
Crédito bilateral. MAD. 20/12/2007 120.000.000
Préstamo bilateral. BCH. 30/12/2007 170.000.000
Total 3.180.910.903

[Enmiendas omitidas consulte el PDF de la disposición, páginas 46337 a 46444]

CUADROS-RESUMEN DE LOS GASTOS E INGRESOS

[Cuadros-resumen omitidos, consulte el Suplemento PDF de la disposición]

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