Real Decreto 1466/2009, de 18 de septiembre, por el que se establecen las normas de identidad y pureza de los aditivos alimentarios distintos de los colorantes y edulcorantes utilizados en los productos alimenticios
RangoReal Decreto
Publicación2009-10-08
Última actualización2020-12-11
EstadoDerogada · 2020-12-11
DepartamentoMinisterio de Sanidad y Política Social
Los criterios de pureza de este aditivo son los mismos que están establecidos para él en el anexo del Real Decreto 2106/1996, de 20 de Septiembre de 1996, por el que se establecen las normas de identidad y pureza de los edulcorantes utilizados en los productos alimenticios.
E 420 (ii) JARABE DE SORBITOL
Los criterios de pureza de este aditivo son los mismos que están establecidos para él en el anexo del Real Decreto 2106/1996, de 20 de Septiembre de 1996, por el que se establecen las normas de identidad y pureza de los edulcorantes utilizados en los productos alimenticios.
E 421 MANITOL
Los criterios de pureza de este aditivo son los mismos que están establecidos para él en el anexo del Real Decreto 2106/1996, de 20 de Septiembre de 1996, por el que se establecen las normas de identidad y pureza de los edulcorantes utilizados en los productos alimenticios.
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