Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010

Rango Ley
Publicación 2009-12-24
Última actualización 2023-01-01
Estado Vigente
Departamento Jefatura del Estado
Fuente BOE
PDF Descargar
artículos 130
Historial de reformas JSON API
Clasif. por programas Explicación Cap. 1 a 8 Cap. 9 Total
111M Gobierno del Poder Judicial. 42.615,20 42.615,20
111N Dirección y Servicios Generales de Justicia. 65.481,56 65.481,56
111O Selección y formación de jueces. 25.160,33 25.160,33
111P Documentación y publicaciones judiciales. 10.335,26 10.335,26
111Q Formación del Personal de la Administración de Justicia. 18.408,97 18.408,97
112A Tribunales de Justicia y Ministerio Fiscal. 1.611.465,15 1.611.465,15
113M Registros vinculados con la Fe Pública. 45.329,89 45.329,89
121 M Administración y Servicios Generales de Defensa. 1.367.436,10 1.367.436,10
121 N Formación del Personal de las Fuerzas Armadas. 518.018,23 518.018,23
121O Personal en reserva. 604.256,91 604.256,91
122A Modernización de las Fuerzas Armadas. 438.993,84 438.993,84
122B Programas especiales de modernización. 333.744,59 333.744,59
122M Gastos Operativos de las Fuerzas Armadas. 2.390.438,54 2.390.438,54
122N Apoyo Logístico. 1.704.174,69 1,60 1.704.176,29
131 M Dirección y Servicios Generales de Seguridad y Protección Civil. 82.968,13 82.968,13
131N Formación de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. 129.779,60 129.779,60
131O Fuerzas y Cuerpos en reserva. 804.934,85 804.934,85
131 P Derecho de asilo y apátridas. 3.678,47 3.678,47
132A Seguridad ciudadana. 5.655.815,15 72,72 5.655.887,87
132B Seguridad vial. 849.857,21 849.857,21
132C Actuaciones policiales en materia de droga. 70.732,61 70.732,61
133A Centros e Instituciones Penitenciarias. 1.208.848,56 1.208.848,56
133B Trabajo, formación y asistencia a reclusos. 32.674,35 32.674,35
134M Protección Civil. 18.093,28 18.093,28
135M Protección de datos de carácter personal. 15.425,16 15.425,16
141 M Dirección y Servicios Generales de Asuntos Exteriores. 88.790,77 88.790,77
142A Acción del Estado en el exterior. 581.338,43 581.338,43
142B Acción diplomática ante la Unión Europea. 32.098,11 32.098,11
143A Cooperación para el desarrollo. 2.686.817,14 2.686.817,14
144A Cooperación, promoción y difusión cultural en el exterior. 158.912,01 158.912,01
211M Pensiones contributivas de la Seguridad Social. 95.483.939,84 95.483.939,84
211N Pensiones de Clases Pasivas. 9.804.195,50 9.804.195,50
2110 Otras pensiones y prestaciones de Clases Pasivas. 102.231,00 102.231,00
212M Pensiones no contributivas y prestaciones asistenciales. 2.039.117,67 2.039.117,67
212N Pensiones de guerra. 371.787,00 371.787,00
219M Gestión de las prestaciones económicas de Seguridad Social. 472.812,70 472.812,70
219N Gestión de pensiones de Clases Pasivas. 8.627,96 8.627,96
221 M Subsidios de incapacidad temporal y otras prestaciones económicas de la Seguridad Social. 12.478.901,73 12.478.901,73
222M Prestaciones económicas del Mutualismo Administrativo. 579.203,86 181,50 579.385,36
223M Prestaciones de garantía salarial. 1.344.411,39 1.344.411,39
231A Plan Nacional sobre Drogas. 29.566,33 29.566,33
231 B Acciones en favor de la ciudadanía española en el exterior. 135.564,67 135.564,67
231 C Servicios Sociales de la Seguridad Social a personas con discapacidad. 100.507,07 100.507,07
231 D Servicios Sociales de la Seguridad Social a personas mayores. 220.025,57 220.025,57
231 E Otros servicios sociales de la Seguridad Social. 56.580,02 56.580,02
231 F Otros servicios sociales del Estado. 250.403,11 250.403,11
231 G Atención a la infancia y a las familias. 10.851,26 10.851,26
231H Integración de los inmigrantes. 184.919,46 184.919,46
231I Autonomía personal y Atención a la Dependencia. 1.581.569,77 1.581.569,77
231 M Servicios sociales de la Seguridad Social gestionados por las Comunidades Autónomas. 6.178,49 6.178,49
231 N Coordinación en materia de extranjería e inmigración. 8.051,80 8.051,80
232A Promoción y servicios a la juventud. 34.647,80 34.647,80
232B Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. 33.596,62 33.596,62
232C Actuaciones para la prevención integral de la violencia de género. 31.577,44 31.577,44
232M Dirección y Servicios Generales de Promoción Social. 10.434,80 10.434,80
239M Gestión de los servicios sociales de la Seguridad Social. 42.564,24 42.564,24
241A Fomento de la inserción y estabilidad laboral. 7.742.841,57 7.742.841,57
241 N Desarrollo de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas. 7.823,60 7.823,60
251 M Prestaciones a los desempleados. 30.974.836,28 30.974.836,28
261 M Dirección y Servicios Generales de Vivienda. 19.640,05 19.640,05
261 N Promoción, administración y ayudas para rehabilitación y acceso a vivienda. 1.393.237,73 400,00 1.393.637,73
261O Ordenación y fomento de la edificación. 82.802,19 82.802,19
261 P Suelo y Políticas Urbanas. 2.384,77 2.384,77
291A Inspección y control de Seguridad y Protección Social. 161.227,06 161.227,06
291 M Dirección y Servicios Generales de Seguridad Social y Protección Social. 6.201.062,77 466,43 6.201.529,20
311 M Dirección y Servicios Generales de Sanidad y Política Social. 97.047,05 97.047,05
3110 Cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud. 199.937,05 199.937,05
312A Asistencia hospitalaria en las Fuerzas Armadas. 205.102,81 205.102,81
312B Atención primaria de salud. Instituto Nacional de Gestión Sanitaria. 63.005,08 63.005,08
312C Atención especializada de salud. Instituto Nacional de Gestión Sanitaria. 150.983,55 150.983,55
312D Medicina marítima. 38.548,16 38.548,16
312E Asistencia sanitaria del Mutualismo Administrativo. 2.104.700,06 2.104.700,06
312F Atención primaria de salud de Mutuas de Accidentes de Trabajo y E.P e I.S.M. 1.180.958,39 1.180.958,39
312G Atención especializada de salud de Mutuas de Accidentes de Trabajo y E.P e I.S.M. 438.147,32 438.147,32
312M Asistencia sanitaria de la Seguridad Social gestionada por Comunidades Autónomas. 46.872,36 46.872,36
313A Oferta y uso racional de medicamentos y productos sanitarios. 54.951,20 54.951,20
313B Salud pública y sanidad exterior. 27.959,62 27.959,62
313C Seguridad alimentaria y nutrición. 18.805,44 18.805,44
313D Terapias avanzadas, medicina regenerativa y transplantes en el Sistema Nacional de Salud. 7.583,76 7.583,76
321M Dirección y Servicios Generales de la Educación. 82.197,26 82.197,26
321 N Formación permanente del profesorado de Educación. 7.562,05 7.562,05
322A Educación infantil y primaria. 643.820,37 643.820,37
322B Educación secundaria, formación profesional y Escuelas Oficiales de Idiomas. 217.390,65 217.390,65
322C Enseñanzas universitarias. 374.053,36 374.053,36
322D Educación especial. 14.149,13 14.149,13
322E Enseñanzas artísticas. 6.915,57 6.915,57
322F Educación en el exterior. 125.727,90 125.727,90
322G Educación compensatoria. 61.799,93 61.799,93
322H Educación permanente y a distancia no universitaria. 6.625,23 6.625,23
322I Enseñanzas especiales. 1.194,28 1.194,28
322J Nuevas tecnologías aplicadas a la educación. 108.090,48 108.090,48
322K Deporte en edad escolar y en la Universidad. 19.321,07 19.321,07
323M Becas y ayudas a estudiantes. 1.395.518,47 1.395.518,47
324M Servicios complementarios de la enseñanza. 6.817,11 6.817,11
324N Apoyo a otras actividades escolares. 20.905,40 20.905,40
331 M Dirección y Servicios Generales de Cultura. 51.489,17 51.489,17
332A Archivos. 52.815,10 52.815,10
332B Bibliotecas. 97.369,30 97.369,30
333A Museos. 229.650,71 229.650,71
333B Exposiciones. 4.833,25 4.833,25
334A Promoción y cooperación cultural. 57.718,63 57.718,63
334B Promoción del libro y publicaciones culturales. 14.410,31 14.410,31
334C Fomento de las industrias culturales. 29.552,00 29.552,00
335A Música y danza. 122.817,07 122.817,07
335B Teatro. 54.725,98 54.725,98
335C Cinematografía. 123.166,12 123.166,12
336A Fomento y apoyo de las actividades deportivas. 165.749,33 165.749,33
337A Administración del Patrimonio Histórico-Nacional. 122.555,95 100,00 122.655,95
337B Conservación y restauración de bienes culturales. 60.460,55 60.460,55
337C Protección del Patrimonio Histórico. 11.579,88 11.579,88
411M Dirección y Servicios Generales de Agricultura, Pesca y Alimentación. 3.712,40 3.712,40
412A Competitividad y calidad de la producción agrícola. 77.564,25 77.564,25
412B Competitividad y calidad de la producción ganadera. 174.340,06 174.340,06
412M Regulación de los mercados agrarios. 6.174.689,82 90.151,82 6.264.841,64
413A Competitividad industria agroalimentaria y calidad alimentaria. 79.795,56 79.795,56
414A Gestión de Recursos Hídricos para el Regadío. 181.889,32 181.889,32
414B Desarrollo del medio rural. 1.558.827,41 1.558.827,41
414C Programa de Desarrollo Rural Sostenible. 244.550,00 244.550,00
415A Protección de los recursos pesqueros y desarrollo sostenible. 47.676,48 47.676,48
415B Mejora de estructuras y mercados pesqueros. 125.110,38 125.110,38
416A Previsión de riesgos en las producciones agrarias y pesqueras. 290.961,90 290.961,90
421 M Dirección y Servicios Generales de Industria y Energía. 102.081,78 102.081,78
421 N Regulación y protección de la propiedad industrial. 66.806,65 66.806,65
421O Calidad y seguridad industrial. 7.264,44 7.264,44
422A Incentivos regionales a la localización industrial. 199.234,15 199.234,15
422B Desarrollo industrial. 692.149,83 692.149,83
422M Reconversión y reindustrialización. 802.818,89 802.818,89
423M Desarrollo alternativo de las comarcas mineras del carbón. 260.000,00 260.000,00
423N Explotación minera. 720.283,97 720.283,97
424M Seguridad nuclear y protección radiológica. 50.977,30 50.977,30
425A Normativa y desarrollo energético. 327.719,15 327.719,15
431A Promoción comercial e internacionalización de la empresa. 486.798,52 486.798,52
431 M Dirección y Servicios Generales de Comercio y Turismo. 28.093,25 28.093,25
431 N Ordenación del comercio exterior. 13.462,39 13.462,39
431O Ordenación y modernización de las estructuras comerciales. 28.777,53 28.777,53
432A Coordinación y promoción del turismo. 776.533,55 776.533,55
433M Apoyo a la pequeña y mediana empresa. 177.685,36 177.685,36
441 M Subvenciones y apoyo al transporte terrestre. 652.357,29 652.357,29
441 N Subvenciones y apoyo al transporte marítimo. 104.545,75 104.545,75
441O Subvenciones y apoyo al transporte aéreo. 372.264,30 372.264,30
441 P Subvenciones al transporte extrapeninsular de mercancías. 57.000,00 57.000,00
451 M Estudios y servicios de asistencia técnica en Obras Públicas y Urbanismo. 46.567,73 46.567,73
451 N Dirección y Servicios Generales de Fomento. 3.803.741,00 3.803.741,00
451O Dirección y Servicios Generales de Medio Ambiente. 225.431,67 225.431,67
452A Gestión e infraestructuras del agua. 1.621.669,11 189.545,14 1.811.214,25
452M Normativa y ordenación territorial de los recursos hídricos. 290.518,71 290.518,71
453A Infraestructura del transporte ferroviario. 2.454.140,52 2.454.140,52
453B Creación de infraestructura de carreteras. 2.901.333,12 2.901.333,12
453C Conservación y explotación de carreteras. 1.325.878,71 1.325.878,71
453M Ordenación e inspección del transporte terrestre. 253.487,91 253.487,91
454M Seguridad del tráfico marítimo y vigilancia costera. 219.097,53 219.097,53
455M Regulación y supervisión de la aviación civil. 64.046,90 64.046,90
456A Calidad del agua. 460.717,77 11.116,80 471.834,57
456B Protección y mejora del medio ambiente. 55.770,61 55.770,61
456C Protección y mejora del medio natural. 371.903,39 371.903,39
456D Actuación en la costa. 280.829,10 280.829,10
456M Actuaciones para la prevención de la contaminación y el cambio climático. 121.188,55 121.188,55
457M Infraestructuras en comarcas mineras del carbón. 390.000,00 390.000,00
462M Investigación y estudios sociológicos y constitucionales. 13.981,03 13.981,03
462N Investigación y estudios estadísticos y económicos. 7.623,48 7.623,48
463A Investigación científica. 861.030,69 21,52 861.052,21
463B Fomento y coordinación de la investigación científica y técnica. 2.097.057,76 2.097.057,76
464A Investigación y estudios de las Fuerzas Armadas. 231.889,89 231.889,89
464B Apoyo a la innovación tecnológica en el sector de la defensa. 950.908,61 950.908,61
465A Investigación sanitaria. 386.412,38 386.412,38
466A Investigación y evaluación educativa. 5.126,32 5.126,32
467A Astronomía y astrofísica. 20.929,96 1.133,36 22.063,32
467B Investigación, desarrollo y experimentación en transporte e infraestructuras. 4.617,90 4.617,90
467C Investigación y desarrollo tecnológico-industrial. 2.898.733,27 2.898.733,27
467D Investigación y experimentación agraria. 80.835,28 2.000,00 82.835,28
467E Investigación oceanográfica y pesquera. 61.211,67 72,89 61.284,56
467F Investigación geológico-minera y medioambiental. 31.140,32 31.140,32
467G Investigación y desarrollo de la Sociedad de la Información. 524.549,35 524.549,35
467H Investigación energética, medioambiental y tecnológica. 91.563,52 163,05 91.726,57
467I Innovación tecnológica de las telecomunicaciones. 1.003.166,82 1.003.166,82
491 M Ordenación y promoción de las telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información. 35.984,11 35.984,11
491 N Servicio postal universal. 80.039,03 80.039,03
492M Defensa de la competencia. 13.260,48 13.260,48
492N Regulación y vigilancia de la competencia en el Mercado de Tabacos. 10.256,68 10.256,68
492O Protección y promoción de los derechos de los consumidores y usuarios. 24.972,55 24.972,55
493M Dirección, control y gestión de seguros. 293.652,78 293.652,78
493N Regulación de mercados financieros. 1.585,62 1.585,62
493O Regulación contable y de auditorías. 7.721,35 7.721,35
494M Administración de las relaciones laborales y condiciones de trabajo. 54.496,65 54.496,65
495A Desarrollo y aplicación de la información geográfica española. 49.756,69 49.756,69
495B Meteorología. 109.517,69 109.517,69
495C Metrología. 10.192,01 10.192,01
911M Jefatura del Estado. 8.896,92 8.896,92
911N Actividad legislativa. 231.023,22 20,00 231.043,22
911O Control externo del Sector Público. 61.188,81 61.188,81
911P Control Constitucional. 27.686,97 27.686,97
911Q Apoyo a la gestión administrativa de la Jefatura del Estado. 6.530,77 6.530,77
912M Presidencia del Gobierno. 99.987,69 99.987,69
912N Alto asesoramiento del Estado. 11.546,63 11.546,63
912O Relaciones con las Cortes Generales, Secretariado del Gobierno y apoyo a la Alta Dirección. 119.534,60 119.534,60
912P Asesoramiento del Gobierno en materia social, económica y laboral. 10.422,13 10.422,13
912Q Asesoramiento para la protección de los intereses nacionales. 241.372,58 241.372,58
921 N Dirección y organización de la Administración Pública. 24.668,55 24.668,55
921O Formación del personal de las Administraciones Públicas. 159.774,14 159.774,14
921 P Administración periférica del Estado. 336.861,47 336.861,47
921Q Cobertura informativa. 19.016,80 19.016,80
921 R Publicidad de las normas legales. 39.112,92 39.112,92
921S Asesoramiento y defensa intereses del Estado. 35.112,29 35.112,29
921T Servicios de transportes de Ministerios. 53.652,02 53.652,02
921U Publicaciones. 3.113,30 3.113,30
921 V Evaluación de políticas y programas públicos, calidad de los servicios e impacto normativo. 4.927,75 4.927,75
922M Organización territorial del Estado y desarrollo de sus sistemas de colaboración. 4.090,97 4.090,97
922N Coordinación y relaciones financieras con los Entes Territoriales. 6.746,65 6.746,65
922Q Dirección y Servicios Generales de Política Territorial. 22.341,04 6,01 22.347,05
923A Gestión del Patrimonio del Estado. 585.054,45 585.054,45
923C Elaboración y difusión estadística. 217.597,86 217.597,86
923M Dirección y Servicios Generales de Economía y Hacienda. 1.123.700,67 1.123.700,67
923N Formación del personal de Economía y Hacienda. 15.722,09 15.722,09
923O Gestión de la Deuda y de la Tesorería del Estado. 11.275,10 11.275,10
923P Relaciones con los Organismos Financieros Multilaterales. 709.417,36 709.417,36
924M Elecciones y Partidos Políticos. 97.769,82 97.769,82
929M Imprevistos y funciones no clasificadas. 2.139.374,44 2.139.374,44
929N Fondo de contingencia de ejecución presupuestaria. 3.704.977,50 3.704.977,50
931 M Previsión y política económica. 65.284,66 65.284,66
931 N Política presupuestaria. 53.154,12 53.154,12
931O Política tributaria. 8.549,43 8.549,43
931 P Control interno y Contabilidad Pública. 88.076,20 88.076,20
932A Aplicación del sistema tributario estatal. 1.135.151,18 1.135.151,18
932M Gestión del catastro inmobiliario. 117.186,46 117.186,46
932N Resolución de reclamaciones económico-administrativas. 32.558,05 32.558,05
941 M Transferencias a Comunidades Autónomas por participación en ingresos Estado. 30.361.914,56 30.361.914,56
941 N Transferencias a Comunidades Autónomas por los Fondos de Compensación Interterritorial. 1.225.770,00 1.225.770,00
941O Otras transferencias a Comunidades Autónomas. 12.361.848,40 12.361.848,40
942A Cooperación económica local del Estado. 5.159.539,57 5.159.539,57
942M Transferencias a Entidades Locales por participación en ingresos Estado. 11.827.145,32 11.827.145,32
942N Otras aportaciones a Entidades Locales. 241.015,75 241.015,75
943M Transferencias al Presupuesto General de la Unión Europea. 12.202.917,00 12.202.917,00
943N Cooperación al desarrollo a través del Fondo Europeo de Desarrollo. 218.420,00 218.420,00
951 M Amortización y gastos financieros de la deuda pública en moneda nacional. 21.937.902,97 34.524.761,57 56.462.664,54
951 N Amortización y gastos financieros de la deuda pública en moneda extranjera. 1.262.097,03 883.520,71 2.145.617,74
Total Total 350.695.865,78 35.703.735,12 386.399.600,90
  • No se ha incorporado a los estados de gastos la enmienda 256 del Congreso por no estar definidos los proyectos de baja.

ANEXO II. Créditos ampliables

Se considerarán ampliables hasta una suma igual a las obligaciones que se reconozcan, previo el cumplimiento de las formalidades legalmente establecidas o de las que se establezcan, los créditos que, incluidos en el Presupuesto del Estado, en los de los Organismos autónomos y en los de los otros Organismos públicos aprobados por esta Ley, se detallan a continuación:

Primero. Aplicables a todas las Secciones y Programas.

Los destinados a satisfacer:

a)

Las cuotas de la Seguridad Social, de acuerdo con los preceptos en vigor, y la aportación del Estado al régimen de previsión social de los funcionarios públicos, civiles o militares, establecida por los Reales Decretos Legislativos 1/2000, de 9 de junio, y 3/2000 y 4/2000, de 23 de junio.

b)

Los créditos de transferencias a favor del Estado que figuren en los presupuestos de gastos de los Organismos autónomos, hasta el importe de los remanentes que resulten como consecuencia de la gestión de los mismos.

Segundo. Aplicables a las Secciones y Programas que se indican.

Uno. En la Sección 07, «Clases Pasivas»:

Los créditos relativos a atender obligaciones de pensiones e indemnizaciones.

Dos. En la Sección 12, «Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación»:

El crédito 12.000X.03.431 «A la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, para los fines sociales que se realicen en el campo de la cooperación internacional (artículo 2 del Real Decreto 825/1988, de 15 de julio). Porcentaje IRPF».

Tres. En la Sección 13, «Ministerio de Justicia»:

El crédito 13.112 A. 02. 830.10 «Anticipos reintegrables a trabajadores con sentencia judicial favorable».

Cuatro. En la Sección 14, «Ministerio de Defensa»:

a)

El crédito 14.121M.01.489 para el pago de las indemnizaciones derivadas de la aplicación del Real Decreto-Ley 8/2004, de 5 de noviembre, sobre indemnizaciones a los participantes en operaciones internacionales de paz y seguridad.

b)

El crédito 14.122M.03.228 para gastos originados por participación de las Fuerzas Armadas en operaciones de mantenimiento de la paz.

Cinco. En la Sección 15, «Ministerio de Economía y Hacienda»:

a)

El crédito 15.231G.13.875, destinado al «Fondo de Garantía del Pago de Alimentos».

b)

El crédito 15.923O.19.351.01, destinado a la cobertura de riesgos en avales prestados por el Tesoro.

c)

El crédito 15.923 O.19.355, destinado a compensaciones derivadas de la ejecución de avales frente al Tesoro, a que se refiere el Real Decreto-ley 7/2008, de 13 de octubre, de Medidas Urgentes en Materia Económico-Financiera, en relación con el Plan de Acción Concertada de los Países de la Zona Euro.

d)

El crédito 15.493M.20.821.10, «Al Consorcio de Compensación de Seguro. Seguro de crédito a la exportación».

Seis. En la Sección 16, «Ministerio del Interior»:

a)

El crédito 16.131M.01.487, destinado al pago de indemnizaciones en aplicación de los artículos 93 al 96 de la Ley de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social para 1997, así como las que se deriven de los daños a terceros, en relación con los artículos 139 a 144 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y la Ley 52/1984, de 26 de diciembre, de Protección de medios de transporte que se hallen en territorio español realizando viajes de carácter internacional.

b)

Los créditos 16.134M.01.461, 16.134M.01.471 16.134M.01.472, 16.134M.01.482, 16.134M.01.761, 16.134M.01.771 y 16.134M.01.782, destinados a la cobertura de necesidades de todo orden motivadas por siniestros, catástrofes u otras de reconocida urgencia.

c)

El crédito 16.131M.01.483, destinado a atender el pago de las indemnizaciones y compensaciones derivadas de la aplicación de la Ley 32/1999, de 8 de octubre, de Solidaridad con las Victimas del Terrorismo.

d)

El crédito 16.924M.01.227.05 para gastos derivados de procesos electorales y consultas públicas.

e)

El crédito 16.924M.01.485.02, para subvencionar los gastos electorales de los partidos políticos (Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General).

Siete. En la Sección 19, «Ministerio de Trabajo e Inmigración»:

a)

El crédito 19.241A.101.487.03, destinado a financiar las bonificaciones en las cotizaciones de la Seguridad Social acogidas a medidas de fomento de empleo por contratación laboral.

b)

El crédito 19.251M.101.480.00, destinado a financiar las prestaciones contributivas, incluso obligaciones de ejercicios anteriores.

c)

El crédito 19.251M.101.480.01, destinado a financiar subsidio por desempleo, incluso obligaciones de ejercicios anteriores.

d)

El crédito 19.251M.101.487.00, destinado a financiar cuotas de beneficiarios de prestaciones contributivas por desempleo, incluso obligaciones de ejercicios anteriores.

e)

El crédito 19.251M.101.487.01, destinado a financiar cuotas de beneficiarios del subsidio de desempleo, incluso obligaciones de ejercicios anteriores.

f)

El crédito 19.251M.101.480.02, destinado a financiar subsidio por desempleo para eventuales del Régimen Agrario de la Seguridad Social, incluso obligaciones de ejercicios anteriores.

g)

El crédito 19.251M.101.488 destinado a financiar la Renta Activa de Inserción.

h)

El crédito 19.231B.07.483.01, destinado a financiar pensiones asistenciales por ancianidad para españoles de origen retornados.

Ocho. En la Sección 20, «Ministerio de Industria, Turismo y Comercio»:

El crédito 20.431A.06.444, «Para cobertura de las diferencias producidas por operaciones autorizadas al amparo de la Ley 11/1983, de subvención al crédito a la exportación a librar a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO)».

Nueve. En la Sección 23, «Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino»:

a)

El crédito 23.416A.01.440, «Al Consorcio de Compensación de Seguros para la cobertura de pérdidas del Seguro Agrario Combinado».

b)

El crédito 23.451O.01.485 «Para fines de interés social regulados por el artículo 2 del Real Decreto 825/1988, de 15 de julio».

Diez. En la Sección 24, «Ministerio de Cultura»:

Los créditos 24.337C.03.621 y 24.337B.03.631, por la diferencia entre la consignación inicial para inversiones producto del «1 por 100 cultural» (artículo 68, Ley 16/1985 del Patrimonio Histórico Español y artículo 58 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, de 25 de junio, en la redacción dada por el artículo único del Real Decreto 162/2002, de 8 de febrero) y las retenciones de crédito no anuladas a que se refiere el apartado tres del artículo 20 de la Ley 33/1987, de Presupuestos Generales del Estado para 1988.

Once. En la Sección 26, «Ministerio de Sanidad y Política Social»:

a)

El crédito 26.311O.12.453, «Fondo de Cohesión Sanitaria».

b)

El crédito 26.231F.16.484, «Para los fines de interés social regulados en el artículo 2 del Real Decreto 825/1988, de 15 de julio».

Doce. En la Sección 27 «Ministerio de Vivienda»:

El crédito 27.261N.09.782.02 «Renta básica de emancipación».

Trece. En la Sección 28, «Ministerio de Igualdad»:

El crédito 28.232C.04.480 «Ayudas Sociales, para mujeres (artículo 27 de la L.O.1/2004, de 28 de diciembre).»

Catorce. En la Sección 32, «Entes Territoriales»:

a)

El crédito 32.941M.18.452.00 «Liquidación definitiva de la financiación de las Comunidades Autónomas y ciudades con Estatuto de Autonomía, de ejercicios anteriores. Fondo de Suficiencia».

b)

El crédito 32.942M.23.468, en la medida que lo exija la liquidación definitiva de la participación de las Corporaciones Locales en los ingresos del Estado correspondiente a ejercicios anteriores y las compensaciones derivadas del nuevo Modelo de Financiación Local.

c)

Los créditos 32.942N.23.460.04 y 32.942N.23.460.05, por razón de otros derechos legalmente establecidos o que se establezcan a favor de las Corporaciones Locales, habilitando, si fuera necesario, los conceptos correspondientes.

d)

El crédito 32.941O.01.450, «Compensación financiera derivada del Impuesto Especial sobre las Labores del Tabaco, incluida la liquidación definitiva del ejercicio anterior».

e)

El crédito 32.941O.02.455 «Coste provisional de la Policía Autónoma de Cataluña, incluso liquidaciones definitivas de ejercicios anteriores».

f)

El crédito 32.942N.23.440 «Compensación de costes financieros a abonar al ICO, derivados del tiempo transcurrido entre la ejecución de avales hasta la cancelación de las deudas de las Entidades Locales, en cumplimiento del Real Decreto-ley 5/2009».

g)

Los créditos que se habiliten para hacer frente a las transferencias a las Comunidades Autónomas por el coste de los servicios asumidos.

Quince. Los créditos de la Sección 34, «Relaciones Financieras con la Unión Europea», ampliables tanto en función de los compromisos que haya adquirido o que pueda adquirir el Estado Español con la Unión Europea o que se deriven de las disposiciones financieras de las mismas, como en función de la recaudación efectiva de las exacciones agrarias, derechos de aduanas por la parte sujeta al arancel exterior comunitario, y cotizaciones del azúcar e isoglucosa.

Tercero. Todos los créditos de este presupuesto en función de los compromisos de financiación exclusiva o de cofinanciación que puedan contraerse con las Comunidades Europeas.

Cuarto. En el presupuesto de la Seguridad Social, los créditos que sean necesarios en los programas de gastos del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria para reflejar las repercusiones que en los mismos tengan las modificaciones de los créditos, que figuran en el estado de transferencias entre Subsectores de los Presupuestos Generales del Estado.

Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 96, de 21 de abril de 2010. Ref. BOE-A-2010-6285.

ANEXO III. Operaciones de crédito autorizadas a Organismo Públicos

Miles de euros
Ministerio de Economía y Hacienda:
Instituto de Crédito Oficial (ICO) (1) 25.000.000,00
Ministerio de Fomento:
Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) (2) 1.982.115,00
Puertos del Estado y Autoridades Portuarias (2) 758.828,00
Ferrocarriles de Vía Estrecha (FEVE)(2) 108.327,00
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) (2) 2.100.000,00
RENFE-Operadora (2) 1.234.802,00
Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima (SASEMAR) (3) 74.992,00
Ministerio de Vivienda:
SEPES Entidad Pública Empresarial del Suelo (EPE SUELO) (4) 40.000,00
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino:
Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) 90.151,82
Confederación Hidrográfica del Guadalquivir 114.985,94
Confederación Hidrográfica del Júcar 20.000,00
Confederación Hidrográfica del Miño-Sil 50.285,06
Confederación Hidrográfica del Cantábrico 38.000,00
Confederación Hidrográfica del Tajo 20.000,00
Mancomunidad de los Canales del Taibilla 10.350,00

(1) Este límite no afectará a las operaciones de tesorería que se concierten y amorticen dentro del año, ni a la refinanciación de la deuda contraída a corto y largo plazo.

(2) Esta cifra se entenderá como incremento neto máximo de las deudas a largo plazo con entidades de crédito, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2010.

(3) Esta cifra se entenderá como incremento neto máximo de las deudas a corto y largo plazo, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2010.

(4) Concertación préstamos a promotor destinados a financiación de la edificación de viviendas protegidas.

ANEXO IV. Módulos económicos de distribución de Fondos Públicos para sostenimiento de Centros Concertados

Conforme a lo dispuesto en el artículo 17 de esta Ley, los importes anuales y desglose de los módulos económicos por unidad escolar en los Centros concertados de los distintos niveles y modalidades educativas quedan establecidos con efectos de 1 de enero, y hasta el 31 de diciembre de 2010 de la siguiente forma:

Euros
EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA.
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 28.926,68
Gastos variables 3.937,15
Otros gastos 5.956,13
IMPORTE TOTAL ANUAL 38.819,96
--- ---
Euros
EDUCACIÓN ESPECIAL * (niveles obligatorios y gratuitos).
I. Educación Básica/Primaria:
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 28.926,68
Gastos variables 3.937,15
Otros gastos 6.353,24
IMPORTE TOTAL ANUAL 39.217,07
Personal Complementario (Logopedas, fisioterapeutas, ayudantes técnicos educativos, psicólogo-pedagogo y trabajador social), según deficiencias:
Psíquicos 20.962,91
Autistas o problemas graves de personalidad 17.004,16
Auditivos 19.505,18
Plurideficientes 24.208,71
II. Programas de formación para la transición a la vida adulta:
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 57.853,35
Gastos variables 5.165,86
Otros gastos 9.051,02
IMPORTE TOTAL ANUAL 72.070,23
Personal Complementario (Logopedas, fisioterapeutas, ayudantes técnicos educativos, psicólogo-pedagogo y trabajador social), según deficiencias:
Psíquicos 33.470,20
Autistas o problemas graves de personalidad 29.936,97
Auditivos 25.932,76
Plurideficientes 37.218,45
--- ---
Euros
EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA.
I. Primer y segundo curso (1):
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 34.712,00
Gastos variables 4.631,74
Otros gastos 7.743,02
IMPORTE TOTAL ANUAL 47.086,76
I. Primer y segundo curso (2):
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 40.762,60
Gastos variables 7.826,91
Otros gastos 7.743,02
IMPORTE TOTAL ANUAL 56.332,53
II. Tercer y cuarto curso:
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 46.197,61
Gastos variables 8.870,50
Otros gastos 8.546,30
IMPORTE TOTAL ANUAL 63.614,41
--- ---
Euros
BACHILLERATO.
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 55.708,91
Gastos variables 10.696,77
Otros gastos 9.421,55
IMPORTE TOTAL ANUAL 75.827,23
--- ---
Euros
CICLOS FORMATIVOS.
I. Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales:
Grupo 1. Ciclos formativos de grado medio de 1.300 a 1.700 horas.
Primer curso 51.730,62
Segundo curso 0,00
Grupo 2. Ciclos formativos de grado medio de 2.000 horas.
Primer curso 51.730,62
Segundo curso 51.730,62
Grupo 3. Ciclos formativos de grado superior de 1.300 a 1.700 horas.
Primer curso 47.751,35
Segundo curso 0,00
Grupo 4. Ciclos formativos de grado superior de 2.000 horas.
Primer curso 47.751,35
Segundo curso 47.751,35
II. Gastos variables:
Grupo 1. Ciclos formativos de grado medio de 1.300 a 1.700 horas.
Primer curso 6.985,59
Segundo curso 0,00
Grupo 2. Ciclos formativos de grado medio de 2.000 horas.
Primer curso 6.985,59
Segundo curso 6.985,59
Grupo 3. Ciclos formativos de grado superior de 1.300 a 1.700 horas.
Primer curso 6.940,38
Segundo curso 0,00
Grupo 4. Ciclos formativos de grado superior de 2.000 horas.
Primer curso 6.940,38
Segundo curso 6.940,38
III. Otros gastos:
Grupo 1. Ciclos formativos de:
– Conducción de Actividades Físico Deportivas en el Medio Natural.
– Servicios de Restaurante y Bar.
– Animación Turística.
– Estética Personal Decorativa.
– Química Ambiental.
– Farmacia.
– Higiene Bucodental:
Primer curso 10.351,65
Segundo curso 2.421,01
Grupo 2. Ciclos formativos de:
– Gestión Administrativa.
– Secretariado.
– Buceo a Media Profundidad.
– Laboratorio de Imagen.
– Comercio.
– Gestión Comercial y Marketing.
– Servicios al Consumidor.
– Agencias de Viajes.
– Alojamiento.
– Información y Comercialización Turísticas.
– Elaboración de Aceites y Jugos.
– Elaboración de Productos Lácteos.
– Elaboración de Vino y Otras Bebidas.
– Matadero y Carnicería-Charcutería.
– Molinería e Industrias Cerealistas.
– Laboratorio.
– Fabricación de Productos Farmacéuticos y Afines.
– Cuidados Auxiliares de Enfermería.
– Documentación Sanitaria.
– Curtidos.
– Patronaje.
– Procesos de Ennoblecimiento Textil.
– Aceites de oliva y vinos:
Primer curso 12.586,24
Segundo curso 2.421,01
Grupo 3. Ciclos formativos de:
– Conservería Vegetal, Cárnica y de Pescado.
– Transformación de Madera y Corcho.
– Operaciones de Fabricación de Productos Farmacéuticos.
– Operaciones de Proceso y Pasta de Papel.
– Operaciones de Proceso de Planta Química.
– Operaciones de Transformación de Plásticos y Caucho.
– Industrias de Proceso de Pasta y Papel.
– Industrias de Proceso Químico.
– Plástico y Caucho.
– Operaciones de Ennoblecimiento Textil:
Primer curso 14.979,40
Segundo curso 2.421,01
Grupo 4. Ciclos formativos de:
– Encuadernados y Manipulados de Papel y Cartón.
– Impresión en Artes Gráficas.
– Fundición.
– Tratamientos Superficiales y Térmicos.
– Fabricación Industrial de Carpintería y Mueble.
– Calzado y Marroquinería.
– Confección.
– Producción de Hilatura y Tejeduría de Calada.
– Producción de Tejidos de Punto.
– Procesos de Confección Industrial.
– Procesos Textiles de Hilatura y Tejeduría de Calada.
– Procesos Textiles de Tejeduría de Punto.
– Operaciones de Fabricación de Productos Cerámicos.
– Operaciones de Fabricación de Vidrio y Transformados.
– Fabricación y Transformación de Productos de Vidrio:
Primer curso 17.330,72
Segundo curso 2.421,01
Grupo 5. Ciclos formativos de:
– Realización y Planes de Obra.
– Asesoría de Imagen Personal.
– Radioterapia.
– Animación Sociocultural.
– Integración Social:
Primer curso 10.351,65
Segundo curso 3.915,05
Grupo 6. Ciclos formativos de:
– Operaciones de Cultivo Acuícola:
Primer curso 14.979,40
Segundo curso 3.915,05
Grupo 7. Ciclos formativos de:
– Explotaciones Ganaderas.
– Jardinería.
– Trabajos Forestales y de Conservación de Medio Natural.
– Gestión y Organización de Empresas Agropecuarias.
– Gestión y Organización de Recursos Naturales y Paisajísticos.
– Administración y Finanzas.
– Pesca y Transporte Marítimo.
– Navegación, Pesca y Transporte Marítimo.
– Producción de Audiovisuales, Radio y Espectáculos.
– Comercio Internacional.
– Gestión del Transporte.
– Obras de Albañilería.
– Obras de Hormigón.
– Operación y Mantenimiento de Maquinaria de Construcción.
– Desarrollo y Aplicación de Proyectos de Construcción.
– Desarrollo de Proyectos Urbanísticos y Operaciones Topográficas.
– Óptica de Anteojería.
– Gestión de alojamientos turísticos.
– Servicios en restauración.
– Caracterización.
– Peluquería.
– Estética.
– Panadería, repostería y confitería.
– Explotación de Sistemas Informáticos.
– Administración de Sistemas Informáticos.
– Desarrollo de Aplicaciones Informáticas.
– Desarrollo de Productos de Carpintería y Mueble.
– Prevención de riesgos profesionales.
– Anatomía Patológica y Citología.
– Salud Ambiental.
– Laboratorio de análisis y de control de calidad.
– Química industrial.
– Planta química.
– Audioprótesis.
– Dietética.
– Imagen para el Diagnóstico.
– Laboratorio de Diagnóstico Clínico.
– Ortoprotésica.
– Audiología protésica.
– Emergencias Sanitarias.
– Farmacia y Parafarmacia.
– Educación Infantil.
– Interpretación de la Lengua de Signos.
– Atención Sociosanitaria.
– Educación Infantil (actualizado):
Primer curso 9.322,94
Segundo curso 11.262,20
Grupo 8. Ciclos formativos de:
– Explotaciones Agrarias Extensivas.
– Explotaciones Agrícolas Intensivas.
– Operación, Control y Mantenimiento de Maquinaria e Instalaciones del Buque.
– Supervisión y Control de Máquinas e Instalaciones del Buque.
– Equipos Electrónicos de Consumo.
– Equipos e Instalaciones Electrotécnicas.
– Desarrollo de Productos Electrónicos.
– Instalaciones Electrotécnicas.
– Sistemas de Regulación y Control Automáticos.
– Instalaciones eléctricas y automáticas.
– Sistemas microinformático y redes.
– Acabados de Construcción.
– Cocina y Gastronomía.
– Restauración.
– Mantenimiento de Aviónica.
– Prótesis Dentales.
– Confección y Moda.
– Patronaje y Moda:
Primer curso 11.482,47
Segundo curso 13.106,79
Grupo 9. Ciclos formativos de:
– Animación de Actividades Físicas y Deportivas.
– Diseño y Producción Editorial.
– Producción en Industrias de Artes Gráficas.
– Imagen.
– Realización de Audiovisuales y Espectáculos.
– Sonido.
– Sistemas de Telecomunicación e Informáticos.
– Desarrollo de Proyectos Mecánicos.
– Producción por Fundición y Pulvimetalurgia.
– Producción por Mecanizado.
– Programación de la producción.
– Fabricación a medida e instalación de Madera y Mueble.
– Producción de Madera y Mueble.
– Montaje y Mantenim. de Instalaciones de Frío, Climatización y Produc. de Calor.
– Desarrollo de Proyectos de Instalaciones de Fluidos, Térmicas y de Manutención.
– Desarrollo de Proyectos de Instalaciones Térmicas y Fluidos.
– Mantenimiento de Instalaciones Térmicas y de Fluidos.
– Mantenimiento y Montaje de Instalaciones de Edificios y Procesos.
– Carrocería.
– Carrocería (actualizado).
– Electromecánica de vehículos.
– Automoción.
– Automoción (actualizado).
– Mantenimiento Aeromecánico.
– Eficiencia Energética y Energía Solar Térmica:
Primer curso 13.505,44
Segundo curso 14.984,03
Grupo 10. Ciclos formativos de:
– Producción Acuícola.
– Vitivinicultura.
– Preimpresión en Artes Gráficas.
– Joyería.
– Mecanizado.
– Soldadura y Calderería.
– Construcciones Metálicas.
– Construcciones Metálicas (actualizado).
– Industria Alimentaria.
– Instalación y Mantenim. Electromecánico de Maquinaria y Conducción de Líneas.
– Mantenimiento Ferroviario.
– Mantenimiento de Equipo Industrial.
– Desarrollo y Fabricación de Productos Cerámicos.
– Desarrollo y Fabricación de Productos Cerámicos (actualizado):
Primer curso 15.622,05
Segundo curso 16.751,52
--- ---
Euros
PROGRAMAS DE CUALIFICACIÓN PROFESIONAL INICIAL.
I. Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 51.730,62
II. Gastos variables 6.985,59
III. Otros Gastos.
Grupo 1 7.421,78
* Sobre Cualificaciones Nivel 1 de las Familias Profesionales de:
– Administración.
– Administración y Gestión.
– Artesanías.
– Comercio y Marketing.
– Hostelería y Turismo.
– Imagen Personal.
– Química.
– Sanidad.
– Seguridad y Medio Ambiente.
– Servicios Socioculturales y a la Comunidad.
Grupo 2 8.485,31
* Sobre Cualificaciones Nivel 1 de las Familias Profesionales de:
– Actividades Agrarias.
– Agraria.
– Artes Gráficas.
– Comunicación, Imagen y Sonido.
– Imagen y Sonido.
– Edificación y Obra Civil.
– Electricidad y Electrónica.
– Energía y Agua.
– Fabricación Mecánica.
– Industrias Alimentarias.
– Industrias Extractivas.
– Madera y mueble.
– Madera, Mueble y Corcho.
– Mantenimiento de Vehículos Autopropulsados.
– Transporte y Mantenimiento de Vehículos.
– Mantenimiento y Servicios a la Producción.
– Marítimo-Pesquera.
– Instalación y Mantenimiento.
– Textil, Confección y Piel.
  1. A los maestros que imparten 1.º y 2.º de Educación Secundaria Obligatoria y con el fin de lograr la progresiva equiparación con los maestros de la enseñanza pública de los mismos cursos, las Administraciones Educativas abonarán en 2010 el 100% del complemento que para esta finalidad se les abona a los maestros de la enseñanza pública.
  1. A los licenciados que impartan 1.º y 2.º de Educación Secundaria Obligatoria y con el fin de lograr una progresiva equiparación salarial con los que imparten 3.º y 4.º de Educación Secundaria Obligatoria, se les aplicará el módulo indicado.

(*) Las Comunidades Autónomas en pleno ejercicio de competencias educativas, podrán adecuar los módulos de Personal Complementario de Educación Especial, a las exigencias derivadas de la normativa aplicable en cada una de ellas.

ANEXO V. Módulos económicos de distribución de Fondos Públicos para sostenimiento de Centros Concertados ubicados en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla

Conforme a lo dispuesto en el artículo 17 de esta Ley, los importes anuales y desglose de los módulos económicos por unidad escolar en los Centros concertados de los distintos niveles y modalidades educativas ubicados en las ciudades de Ceuta y Melilla, quedan establecidos con efectos de 1 de enero, y hasta el 31 de diciembre de 2010 de la siguiente forma:

Euros
EDUCACIÓN INFANTIL:
Relación profesor / unidad: 1,17:1
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 40.381,64
Gastos variables… 3.937,15
Otros gastos 6.699,86
IMPORTE TOTAL ANUAL 51.018,65
EDUCACIÓN PRIMARIA:
Relación profesor / unidad: 1,17:1
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 40.381,64
Gastos variables 3.937,15
Otros gastos 6.699,86
IMPORTE TOTAL ANUAL 51.018,65
--- ---
EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA:
I. Primer y segundo curso1:
Relación profesor / unidad: 1,49:1
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 51.426,20
Gastos variables 4.631,74
Otros gastos 8.709,84
IMPORTE TOTAL ANUAL 64.767,78
I. Primer y segundo curso2:
Relación profesor / unidad: 1,49:1
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 59.409,23
Gastos variables 8.010,34
Otros gastos 8.709,84
IMPORTE TOTAL ANUAL 76.129,41
II. Tercer y cuarto curso:
Relación profesor / unidad: 1,65:1
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 65.788,74
Gastos variables 8.870,51
Otros gastos 9.613,39
IMPORTE TOTAL ANUAL 84.272,64

1 A los maestros que imparten 1.º y 2.º curso de Educación Secundaria Obligatoria, se les abonará en el año 2010 la misma cuantía que se establezca para los maestros de los mismos cursos en los centros públicos.

2 A los licenciados que impartan 1.º y 2.º curso de Educación Secundaria Obligatoria se les aplicará este módulo.

La cuantía del componente del módulo de «Otros Gastos» para las unidades concertadas en las enseñanzas de Educación Infantil, educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, será incrementada en 1.181,09 euros en los Centros ubicados en Ceuta y Melilla, en razón del mayor coste originado por el plus de residencia del Personal de Administración y Servicios.

Al personal docente de los Centros concertados ubicados en Ceuta y Melilla, se les abonará la cantidad correspondiente al plus de residencia establecido en el correspondiente Convenio Colectivo, si bien la Administración Educativa no asumirá incrementos superiores al porcentaje de incremento global fijado en la presente Ley de Presupuestos Generales del Estado.

ANEXO VI. Costes de personal de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED)

Conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de esta Ley, el coste del personal docente (funcionario y contratado) y del personal de administración y servicios (funcionario y laboral fijo) tiene el siguiente detalle, en miles de euros, sin incluir trienios ni Seguridad Social.

Personal Docente (funcionario y contratado) PGE 2010
Total 2010 (miles de euros) 57.460,26
Personal no Docente (funcionario y laboral fijo) PGE 2010
Total 2010 (miles de euros) 28.325,94

ANEXO VII. Remanentes de crédito incorporables en el ejercicio 2010

Podrán incorporarse a los créditos del ejercicio, los remanentes que se recogen a continuación:

a)

Los procedentes de los créditos que se hubieran habilitado de conformidad con el Real Decreto-ley 12/2009, de 13 de agosto, por el que se aprueban medidas urgentes para paliar los daños producidos por los incendios forestales y otras catástrofes naturales ocurridos en varias Comunidades Autónomas.

b)

Los procedentes del crédito habilitado por el Real Decreto-ley 9/2008, con destino al Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo.

c)

Los de los créditos 14.122A.02.65, 14.122A.03.65, 14.122A.12.65, 14.122A.17.65, 14.122A.22.65, 14.122A.107.65 y 14.122B.03.65 para la Modernización de las Fuerzas Armadas.

d)

El del crédito 17.453B.38.753 para inversiones del artículo 12 de la Ley 19/1994, así como los que correspondan al superproyecto 1996.17.038.9500 «Convenio con la Comunidad Autónoma de Canarias» y al superproyecto 2006.17.38.9601 «Convenio Consejos Insulares de Baleares», siempre que la suma de ambos sea inferior al que se produzca en el crédito 17.38.453B.60.

e)

Los procedentes de los créditos 18.322A.01.750 y 18.322B.01.750 Plan Integral de Empleo de Canarias.

f)

El del crédito 19.291M.01.620 para adquisiciones y acondicionamiento de inmuebles afectos al Patrimonio Sindical Acumulado.

g)

Los de los créditos 20.423M.101.771, 20.457M.101.751, 20.457M.101.761 y 20.457M.101.781 para reactivación económica de las comarcas mineras del carbón.

h)

El del crédito 23.452A.05.611 que corresponda a la anualidad establecida en el Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y la Comunidad Autónoma de Canarias para actuaciones de infraestructuras hidráulicas y de calidad de las aguas, siempre que sea inferior al remanente que se produzca en el crédito 23. 452A. 05.61.

i)

El del crédito 23.456A.05.601 que corresponda a la anualidad establecida en el Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y la Comunidad Autónoma de Canarias para actuaciones de infraestructuras hidráulicas y de calidad de las aguas, siempre que sea inferior al remanente que se produzca en el crédito 23. 456A. 05.60.

j)

El del crédito 23.456D.06.601 que corresponda a la anualidad establecida en el Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y la Comunidad Autónoma de Canarias para actuaciones en las costas, siempre que sea inferior al remanente que se produzca en el crédito 23. 456D. 06.60.

k)

Los de los créditos 25.912M.01.226.11 «Gastos para la preparación de la Presidencia española de la UE» y 25.912M.01.627 «Gastos para la preparación de la Presidencia española de la UE».

l)

El del crédito 26.311M.03.226.11 «Para gastos corrientes en bienes y servicios que se deriven de la infección humana por virus de la gripe A/H1N1» y el del crédito 26.313B.07.226.11 «Para la adquisición de vacunas, antivirales y otras actuaciones relacionadas con la gripe A/H1N1».

m)

Los de la Sección 32, procedentes de las transferencias realizadas como consecuencia de los Reales Decretos de traspasos de servicios.

n)

En la Sección 33, los procedentes de los Fondos de Compensación Interterritorial, en los términos establecidos en la Ley 22/2001, de 27 de diciembre.

ñ) En el Presupuesto de gastos del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO), los créditos procedentes del Fondo de Ayuda a las Víctimas y afectados del atentado terrorista del 11 M del 2004 en las aplicaciones 3591-4875 «Prestaciones Fondo 11 M» así como los intereses devengados por el citado Fondo.

o)

Los procedentes del crédito 17.441P.31.471, «Subvención al transporte marítimo y aéreo de mercancías entre la Península y las Islas Canarias o entre éstas y la Península, así como el existente entre las Islas y el de exportación de las mismas a países extranjeros de acuerdo con la legislación vigente. Sin Financiación Comunitaria» y los procedentes del crédito 17.441P.31.473, «Subvención al transporte marítimo y aéreo de mercancías entre la Península y las Islas Canarias o entre éstas y la Península, así como el existente entre las Islas y el de exportación de las mismas a países extranjeros de acuerdo con la legislación vigente. Con Financiación Comunitaria».

ANEXO VIII. Bienes del Patrimonio Histórico Español

De conformidad con lo establecido en la disposición adicional trigésima novena de esta Ley, se especifican a continuación los bienes del Patrimonio Histórico a los que la misma es aplicable.

Grupo I: Bienes singulares declarados patrimonio de la humanidad.

Todos los bienes declarados de interés cultural integrados en la siguiente relación:

Andalucía

Mezquita de Córdoba (noviembre 1984).

Alhambra y Generalife. Granada (noviembre 1984).

Catedral, Alcázar y Archivo de Indias de Sevilla (diciembre 1987).

Parque Nacional de Doñana (1994).

Bienes incluidos en el Arte Rupestre del Arco Mediterráneo de la Península Ibérica (diciembre 1998):

Los Molinos I (Vélez Blanco, Almería).

Los Molinos II (Vélez Blanco, Almería).

Gabar (Vélez Blanco, Almería).

Abrigo Central de Tello (Vélez Blanco, Almería).

Abrigo de Manuel Vallejo (Quesada, Jaén).

Aragón

Arquitectura Mudéjar de Aragón (noviembre 1986 y diciembre de 2001):

Torre e Iglesia de San Pedro (Teruel).

Torres y artesonado, Catedral (Teruel).

Torre de San Salvador (Teruel).

Torre de San Martín (Teruel).

Palacio de la Aljaferia (Zaragoza).

Seo de San Salvador (Zaragoza).

Iglesia de San Pablo (Zaragoza).

Iglesia de Santa María (Tobed).

Iglesia de Santa Tecla (Cervera de la Cañada).

Colegiata de Santa María (Calatayud).

Bienes incluidos en el Arte Rupestre del Arco Mediterráneo de la Península Ibérica (diciembre 1998):

Cueva de la Fuente del Trucho (Asque, Colunga, Huesca).

Abrigo del plano del pulido (Caspe, Zaragoza).

Cueva del Chopo (Obón, Teruel).

Abrigo de Santa Ana I (Castillonroy, Huesca).

Abrigos del Conjunto de las tajadas de Bezas (Bezas, Teruel).

Bienes incluidos en el Camino de Santiago (diciembre de 1993):

Iglesia y torre de Aruej.

Granja de San Martín.

Pardina de Solano.

Asturias

Prerrománico Asturiano (diciembre 1985 y ampliación de 2000):

Santa María del Naranco.

San Miguel de Lillo.

Santa Cristina de Lena.

San Salvador de Valdediós.

Cámara Santa Catedral de Oviedo.

San Julián de los Prados.

Canarias

Parque Nacional de Garajonay. Gomera (diciembre 1986).

Parque Nacional del Teide. Tenerife (junio 2007).

Cantabria

Cueva de Altamira. Santillana del Mar (diciembre 1985).

Castilla y León

Catedral de Burgos (noviembre 1984).

Iglesias extramuros de Ávila (diciembre 1985):

San Pedro.

San Vicente.

San Segundo.

San Andrés.

Las Médulas, León (diciembre 1997).

El Yacimiento Arqueológico de la Sierra de Atapuerca (diciembre 2000).

Bienes incluidos en el Camino de Santiago (diciembre 1993):

Iglesia de San Juan de Ortega.

Monasterio de San Zoilo, Carrión de los Condes, Palencia.

Iglesia Colegiata de San Isidoro, León.

Castilla-La Mancha

Bienes incluidos en el Arte Rupestre del Arco Mediterráneo de la Península Ibérica (diciembre 1998):

Conjunto de arte rupestre de Alpera, en el término municipal de Alpera (Albacete).

Conjunto de arte rupestre de Minateda, en el término municipal de Hellín (Albacete).

Conjunto de arte rupestre «Torcal de las Bojadillas», en el término municipal de Nerpio (Albacete).

Abrigo de Solana de las Covachas, en el término municipal de Nerpio (Albacete).

Conjunto de arte rupestre de Villar del Humo, en el término municipal de Villar del Humo (Cuenca).

Cataluña

Parque Güell, Palacio Güell, Casa Milá en Barcelona (noviembre 1984).

Monasterio de Poblet. Vimbodí. Tarragona (diciembre 1991).

Palau de la Música Catalana (diciembre 1997).

Hospital de San Pau de Barcelona (diciembre 1997).

El Conjunto arqueológico de Tarraco (diciembre 2000).

Las Iglesias Románicas del Vall de Boí (diciembre 2000).

Bienes incluidos en el Arte Rupestre del Arco Mediterráneo de la Península Ibérica: (diciembre 1998):

La Roca dels Moros (El Cogul, Les Garrigues).

Conjunt Abrics d’Ermites de la Serra de la Pietat (Ulldecona, El Montsia).

Cova dels Vilasos o dels Vilars (Os de Balaguer, La Noguera).

Cabra Feixet (El Perelló, El Baix Ebre).

La Vall de la Coma (L´Albí, Les Garrigues).

Fachada de la Natividad y la Cripta de la Sagrada Familia, Casa Vicens, Casa Batlló y Cripta de la Colonia Güell (julio 2005).

Extremadura

Monasterio de Guadalupe. Cáceres (diciembre 1993).

Conjunto Arqueológico de Mérida. Badajoz (diciembre 1993).

Galicia

La Muralla Romana de Lugo (diciembre 2000).

Bienes incluidos en el Camino de Santiago (diciembre 1993):

Conjunto etnográfico de pallozas en O’Cebrero, Lugo.

Monasterio de Samos, Lugo.

Núcleo rural, iglesia y puente medieval de Leboreiro, Melide, La Coruña.

Madrid

Monasterio de El Escorial. San Lorenzo de El Escorial. Madrid (noviembre 1984).

Paisaje Cultural de Aranjuez (diciembre 2001).

Murcia

Bienes incluidos en el Arte Rupestre del Arco Mediterráneo de la Península Ibérica (diciembre 1998):

Barranco de los Grajos (Cieza).

Monte Arbi (Yecla).

Cañaica del Calar (Moratalla).

La Risca (Moratalla).

Abrigo del Milano (Mula).

Navarra

Bienes incluidos en el Camino de Santiago (diciembre 1993):

San Pedro de la Rúa, Estella.

Santa María la Real, Sangüesa.

Santa María, Viana.

La Rioja

Monasterios de Suso y Yuso, San Millán de la Cogolla. La Rioja (diciembre 1997).

Bienes incluidos en el Camino de Santiago (diciembre 1993):

Iglesia de Santiago, Logroño.

Iglesia Imperial de Santa María de Palacio, Logroño.

Iglesia de la Asunción de Nuestra Señora, Navarrete.

País Vasco

Puente Vizcaya (julio 2006).

Valencia

La Lonja de Valencia, Valencia (diciembre 1996).

El Palmeral de Elche (diciembre 2000).

Bienes incluidos en el Arte Rupestre del Arco Mediterráneo de la Península Ibérica (diciembre 1998):

Cova Remigia (Ares del Maestra, Castellón).

Galería Alta de la Masía (Morella, Castellón).

Las Cuevas de la Araña (Bicorp, Valencia).

La Sarga (Alcoi, Alicante).

Grupo II. Edificios eclesiásticos incluidos en el Plan Nacional de Catedrales.

Andalucía

– Almería. Catedral de Nuestra Señora de la Encarnación.

– Cádiz. Catedral de Santa Cruz.

– Cádiz. Nuestro Señor San Salvador. Jerez de la Frontera. Catedral.

– Córdoba. Catedral de la Asunción de Nuestra Señora. Mezquita.

– Granada. Catedral de la Anunciación.

– Huelva. Nuestra Señora de la Merced. Catedral.

– Guadix, Granada. Catedral de la Encarnación de la Asunción.

– Jaén. Catedral de la Asunción de la Virgen.

– Málaga. Catedral de la Encarnación.

– Sevilla. Catedral de Santa María.

– Concatedral de Baza.

– Cádiz Vieja. Ex-Catedral.

– Baeza, Jaén. La Natividad de Nuestra Señora. Ex-Catedral.

Aragón

– Huesca. Catedral de la Transfiguración del Señor.

– Teruel. El Salvador. Albarracín. Catedral.

– Barbastro, Huesca. Catedral de Santa María.

– Jaca, Huesca. Catedral de San Pedro Apóstol.

– Teruel. Catedral de Santa María de Mediavilla.

– Zaragoza. Salvador. Catedral.

– Tarazona, Zaragoza. Catedral de Santa María.

– Zaragoza. Catedral Basílica de Nuestra Señora del Pilar.

– Monzón. Huesca. Santa María del Romeral. Concatedral.

– Huesca. Ex Catedral de Roda de Isábena.

Asturias

– Oviedo. Catedral de San Salvador.

Baleares

– Mallorca. Catedral de Santa María de Palma.

– Menorca. Catedral de Ciudadela.

– Ibiza. Catedral de Santa María de Ibiza.

Castilla y León

– Ávila. Catedral del Salvador.

– Burgos. Catedral de Santa María.

– León. Catedral de Santa María.

– Astorga, León. Catedral de Santa María.

– Palencia. Catedral de San Antolín.

– Salamanca. Catedral nueva de la Asunción de la Virgen.

– Ciudad Rodrigo, Salamanca. Catedral de Santa María.

– Segovia. Catedral de Santa María.

– Burgo de Osma, Soria. Catedral de la Asunción.

– Valladolid. Catedral de Nuestra Señora de la Asunción.

– Zamora. Catedral de la Transfiguración.

– Soria. Concatedral de San Pedro.

– Salamanca. Catedral vieja de Santa María.

Castilla-La Mancha

– Albacete. Catedral de San Juan Bautista.

– Ciudad Real. Catedral de Santa María del Prado.

– Cuenca. Catedral de Santa María y San Julián.

– Sigüenza, Guadalajara. Catedral de Nuestra Señora.

– Toledo. Catedral de Santa María.

– Guadalajara. Concatedral.

Canarias

– Las Palmas de Gran Canaria. Catedral Basílica de Canarias. Iglesia de Santa Ana.

– La Laguna. Catedral de La Laguna, Iglesia de Nuestra Señora de los Remedios.

Cataluña

– Barcelona. Catedral de Santa Creu i Santa Eulàlia.

– Vic. Catedral de Sant Pere.

– Girona. Catedral de Santa María.

– Lleida. Catedral de Santa María de la Seu Nova.

– La Seu d’Urgell. Catedral de Santa María.

– Solsona. Catedral de Santa María.

– Tarragona. Catedral de Santa María.

– Tortosa. Catedral de Santa María.

– Lleida. Catedral de Santa Maria de la Seu Vella.

– Sagrada Familia, Barcelona.

Cantabria

– Santander. Catedral de la Asunción de la Virgen.

Extremadura

– Badajoz. Catedral de San Juan Bautista.

– Coria, Cáceres. Catedral de la Asunción de Nuestra Señora.

– Plasencia, Cáceres. Catedral de Santa María.

– Cáceres. Concatedral de Santa María.

– Mérida. Concatedral de Santa María.

Galicia

– Santiago de Compostela, Coruña. Catedral Basílica Metropolitana.

– Lugo. Catedral de Santa María.

– Mondoñedo, Lugo. Catedral de Nuestra Señora de los Remedios.

– Orense. Catedral de San Martín.

– Tuy, Pontevedra. Catedral de la Asunción.

– Concatedral de Vigo.

– Concatedral de Ferrol.

– San Martiño de Foz, Lugo.

Madrid

– Madrid. La Almudena. Catedral.

– Alcalá de Henares. La Magistral. Catedral.

– Getafe. Santa María Magdalena. Catedral.

– San Isidro, Madrid. Ex-Catedral.

Murcia

– Cartagena. Iglesia Antigua de Santa María Catedral.

– Murcia. Concatedral de Santa María.

Navarra

– Pamplona. Catedral de la Asunción de Nuestra Señora.

– Tudela. Virgen María. Catedral.

País Vasco

– Bilbao. Catedral de Santiago Apóstol.

– Vitoria. Catedral vieja de Santa María.

– San Sebastián. Buen Pastor. Catedral.

La Rioja

– Calahorra. Catedral de la Asunción de Nuestra Señora.

– Santo Domingo de la Calzada. Catedral del Salvador.

– Logroño. Concatedral de Santa María de la Redonda.

Valencia

– Orihuela, Alicante. Catedral del Salvador y Santa María.

– Valencia. Catedral de San Pedro y Santa María.

– Castellón. Segorbe. Catedral.

– Alicante. Concatedral de San Nicolás.

– Castellón. Santa María. Concatedral.

Ceuta

– La Asunción. Catedral.

Grupo III. Otros bienes culturales.

Andalucía

Zona arqueológica de Madinat Azhara. Córdoba.

Aragón

Palacio de Villahermosa e Iglesias en Pedrola, Zaragoza.

Asturias

Monasterio de San Salvador de Cornellana. Salas.

Baleares

La Lonja de Palma.

Canarias

Convento de Santa Clara, San Cristóbal de La Laguna (Tenerife).

Cantabria

Universidad Pontificia de Comillas.

Castilla-La Mancha

Yacimiento de la Villa romana de Noheda. Villar de Domingo García (Cuenca).

Castilla y León

Convento de San Antonio el Real, Segovia.

Cataluña

Murallas de Tarragona.

Extremadura

Monasterio de Guadalupe (Cáceres).

Galicia

Monasterio de Sobrado Dos Monxes (A Coruña).

Madrid

Conjunto palacial de Nuevo Baztán.

Murcia

Museo Anfiteatro de Arte Contemporáneo de Cartagena.

Navarra

Conjunto Histórico de Roncesvalles.

País Vasco

Basílica de San Prudencio. Barrio de Armentia. Vitoria-Gasteiz.

La Rioja

Muralla de Briones.

Valencia

Monasterio de Santa María de la Valldigna. Simat de Valldigna. Valencia.

Ceuta

Fortines neomedievales y Puerta califal del siglo XI.

Melilla

Fuerte de Victoria Chica y Fuerte del Rosario. Melilla.

ANEXO IX. Compromisos de gastos que se extiendan a ejercicios futuros

Se autoriza a adquirir compromisos de gasto que se extiendan a ejercicios futuros en los términos que a continuación se indican:

Sección 20. Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

Servicio u Organismo: 101 Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras.

Concepto Presupuestario Anualidades e importes en miles de euros Anualidades e importes en miles de euros Anualidades e importes en miles de euros Anualidades e importes en miles de euros Máximo de compromisos en el periodo
Concepto Presupuestario 2011 2012 2013 2014 Máximo de compromisos en el periodo
20.101.423M.741 100,00 100,00 100,00 100,00 400,00
20.101.423M.771 180.000,00 180.000,00 180.000,00 180.000,00 720.000,00
20.101.423M.772 15.000,00 15.000,00 15.000,00 15.000,00 60.000,00
20.101.457M.742 5.000,00 5.000,00 5.000,00 5.000,00 20.000,00
20.101.457M.751 350.000,00 350.000,00 350.000,00 350.000,00 1.400.000,00
20.101.457M.761 20.000,00 20.000,00 20.000,00 20.000,00 80.000,00
20.101.457M.781 15.000,00 15.000,00 15.000,00 15.000,00 60.000,00

ANEXO X. Cuantía a incluir en la paga extraordinaria de los Miembros de la Carrera Judicial y de la Carrera Fiscal del artículo 32.Uno de esta Ley

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial del Estado correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de BOE, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. BOE
Condiciones de reutilización del BOE — cita obligatoria de la fuente
Fuente de los datos: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (https://www.boe.es). Datos reutilizados conforme a las condiciones de reutilización del BOE (Resolución de 27 de junio de 2024). Este repositorio es una obra derivada basada en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.