Real Decreto 453/2010, de 16 de abril, por el que se establece el título de Técnico en Electromecánica de Vehículos Automóviles y se fijan sus enseñanzas mínimas
Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.
2 actos modificadores · 2024-05-28, Real Decreto 499/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican determinados reales decreto…
6. Realiza el mantenimiento de los sistemas de transmisión de fuerza y trenes de rodaje de vehículos, efectuando los diagnósticos que permitan identificar los elementos que hay que ajustar, reparar o sustituir.
Criterios de evaluación:
Se han seleccionado la documentación técnica, los equipos, las herramientas y los medios auxiliares necesarios para efectuar el mantenimiento.
Se han conectado los aparatos de comprobación eligiendo el punto de medida adecuado y cumpliendo las normas de uso de los equipos.
Se han extraído los datos de las centrales electrónicas, para determinar la avería, interpretando adecuadamente la información suministrada.
Se han comprobado las vibraciones, ruidos, rozamientos y pérdidas de fluidos.
Se ha diagnosticado la avería, estableciendo sus causas y se ha comprobado la interacción con otros sistemas.
Se ha realizado el desmontaje y montaje de los elementos afectados para realizar las sustituciones o reparaciones necesarias según procedimientos de trabajo.
Se ha realizado el desmontaje y montaje de los elementos afectados efectuando las sustituciones o reparaciones necesarias según procedimientos de trabajo.
Se ha realizado la recarga de los fluidos y se ha verificado que no existen fugas o perdidas.
Se han realizado los ajustes de los parámetros de los sistemas, para restituir la funcionalidad prescrita.
Se ha verificado el correcto funcionamiento del sistema reparado y se ha comprobado que no se han provocado otras averías o desperfectos.
Duración: 220 horas.
Este módulo profesional contribuye a completar las competencias y objetivos generales, propios de este título, que se han alcanzado en el centro educativo o a desarrollar competencias características difíciles de conseguir en el mismo.
ANEXO II. Espacios
| Espacio formativo |
| Aula polivalente. |
| Taller de transmisiones. |
| Taller de motores con laboratorio. |
| Laboratorio de electricidad y neumohidráulica. |
| Taller de mecanizado. |
ANEXO III A). Especialidades del profesorado con atribución docente en los módulos profesionales del ciclo formativo de Técnico en Electromecánica de Vehículos Automóviles
| Módulo profesional | Especialidad del profesorado | Cuerpo |
| 0452. Motores. | • Mantenimiento de vehículos. | • Profesor Técnico de Formación Profesional. |
| 0453. Sistemas auxiliares del motor. | • Mantenimiento de vehículos. | • Profesor Técnico de Formación Profesional. |
| 0454. Circuitos de fluidos. Suspensión y dirección. | • Mantenimiento de vehículos. | • Profesor Técnico de Formación Profesional. |
| 0455. Sistemas de transmisión y frenado. | • Mantenimiento de vehículos. | • Profesor Técnico de Formación Profesional. |
| 0456. Sistemas de carga y arranque. | • Organización y procesos de mantenimiento de vehículos. | • Catedrático de Enseñanza Secundaria. • Profesor de Enseñanza Secundaria. |
| 0457. Circuitos eléctricos auxiliares del vehículo. | • Organización y procesos de mantenimiento de vehículos. | • Catedrático de Enseñanza Secundaria. • Profesor de Enseñanza Secundaria. |
| 0458. Sistemas de seguridad y confortabilidad. | • Mantenimiento de vehículos. | • Profesor Técnico de Formación Profesional. |
| 0260. Mecanizado básico. | • Mantenimiento de vehículos. | • Profesor Técnico de Formación Profesional. |
| 0459. Formación y orientación laboral. | • Formación y orientación laboral. | • Catedrático de Enseñanza Secundaria. • Profesor de Enseñanza Secundaria. |
| 0460. Empresa e iniciativa emprendedora. | • Formación y orientación laboral. | • Catedrático de Enseñanza Secundaria. • Profesor de Enseñanza Secundaria. |
ANEXO III B). Titulaciones equivalentes a efectos de docencia
| Cuerpos | Especialidades | Titulaciones |
| Profesores de Enseñanza Secundaria. | Formación y orientación laboral. | − Diplomado en Ciencias Empresariales. − Diplomado en Relaciones Laborales. − Diplomado en Trabajo Social. − Diplomado en Educación Social. − Diplomado en Gestión y Administración Pública. |
| Profesores de Enseñanza Secundaria. | Organización y procesos de mantenimiento de vehículos. | − Diplomado en Navegación Marítima. − Diplomado en Radioelectrónica Naval. − Diplomado en Máquinas Navales. − Ingeniero Técnico Aeronáutico, en todas sus especialidades. − Ingeniero Técnico Agrícola, en todas sus especialidades. − Ingeniero Técnico Forestal, en todas sus especialidades. − Ingeniero Técnico de Minas, en todas sus especialidades. − Ingeniero Técnico Naval, en todas sus especialidades. − Ingeniero Técnico de Obras Públicas, en todas sus especialidades. − Ingeniero Técnico Industrial, en todas sus especialidades. |
| Profesores Técnicos de Formación Profesional. | Mantenimiento de vehículos. | − Técnico Superior en Automoción u otros títulos equivalentes. |
ANEXO III C). Titulaciones requeridas para impartir los módulos profesionales que conforman el título en los centros de titularidad privada, de otras Administraciones distintas de la educativa y orientaciones para la Administración educativa
| Módulos profesionales | Titulaciones |
| 0452. Motores. 0453. Sistemas auxiliares del motor. 0454. Circuitos de fluidos. Suspensión y dirección. 0455. Sistemas de transmisión y frenado. 0458. Sistemas de seguridad y confortabilidad. 0260. Mecanizado básico. | − Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. − Diplomado, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. − Técnico Superior en Automoción u otros títulos equivalentes. |
| 0456. Sistemas de carga y arranque. 0457. Circuitos eléctricos auxiliares del vehículo. 0459. Formación y orientación laboral. 0460. Empresa e iniciativa emprendedora. | − Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia. |
ANEXO IV. Convalidaciones entre módulos profesionales de títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 1/1990 (LOGSE) y los establecidos en el título de Técnico en Electromecánica de Vehículos Automóviles
| Módulos profesionales incluidos en Ciclos Formativos establecidos en LOGSE 1/1990 | Módulos profesionales del Ciclo Formativo (LOE 2/2006): Electromecánica de Vehículos Automóviles |
| Motores. | 0452. Motores. |
| Sistemas auxiliares del motor. | 0453. Sistemas auxiliares del motor. |
| Circuitos de fluidos. Suspensión y dirección. | 0454. Circuitos de fluidos. Suspensión y dirección. |
| Sistemas de transmisión y frenado. | 0455. Sistemas de transmisión y frenado. |
| Circuitos electrotécnicos básicos. Sistemas de carga y arranque del vehículo. | 0456. Sistemas de carga y arranque. |
| Circuitos eléctricos auxiliares del vehículo. | 0457. Circuitos eléctricos auxiliares del vehículo. |
| Sistemas de seguridad y confortabilidad. | 0458. Sistemas de seguridad y confortabilidad. |
| Técnicas de mecanizado para el mantenimiento de vehículos. | 0260. Mecanizado básico. |
| Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa. | 0460. Empresa e iniciativa emprendedora. |
| Formación en centro de trabajo del título de Técnico en Electromecánica de Vehículos. | 0461. Formación en centros de trabajo. |
ANEXO V A). Correspondencia de las unidades de competencia acreditadas de acuerdo a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, con los módulos profesionales para su convalidación
| Unidades de competencia acreditadas | Módulos profesionales convalidables |
| UC0626_2: Mantener los sistemas de carga y arranque de vehículos. | 0456. Sistemas de carga y arranque. |
| UC0627_2: Mantener los circuitos eléctricos auxiliares de vehículos. | 0457. Circuitos eléctricos auxiliares del vehículo. |
| UC0628_2: Mantener los sistemas de seguridad y confortabilidad de vehículos. | 0458. Sistemas de seguridad y confortabilidad. |
| UC0132_2: Mantener el motor térmico. | 0452. Motores. |
| UC0133_2: Mantener los sistemas auxiliares del motor térmico. | 0453. Sistemas auxiliares del motor. |
| UC0130_2: Mantener los sistemas hidráulicos y neumáticos, dirección y suspensión. | 0454. Circuitos de fluidos. Suspensión y dirección. |
| UC0131_2: Mantener los sistemas de transmisión y frenos. | 0455. Sistemas de transmisión y frenado. |
NOTA: Las personas matriculadas en este ciclo formativo que tengan acreditadas todas las unidades de competencia incluidas en el título de acuerdo al procedimiento establecido en el Real Decreto 1244/2009, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral o por vías no formales de formación, tendrán convalidado el módulo profesional «0260. Mecanizado básico».
ANEXO V B). Correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación
| Módulos profesionales superados | Unidades de competencia acreditables |
| 0456. Sistemas de carga y arranque. | UC0626_2: Mantener los sistemas de carga y arranque de vehículos. |
| 0457. Circuitos eléctricos auxiliares del vehículo. | UC0627_2: Mantener los circuitos eléctricos auxiliares de vehículos. |
| 0458. Sistemas de seguridad y confortabilidad. | UC0628_2: Mantener los sistemas de seguridad y confortabilidad de vehículos. |
| 0452. Motores. | UC0132_2: Mantener el motor térmico. |
| 0453. Sistemas auxiliares del motor. | UC0133_2: Mantener los sistemas auxiliares del motor térmico. |
| 0454. Circuitos de fluidos. Suspensión y dirección. | UC0130_2: Mantener los sistemas hidráulicos y neumáticos, dirección y suspensión. |
| 0455. Sistemas de transmisión y frenado. | UC0131_2: Mantener los sistemas de transmisión y frenos. |
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial del Estado correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de BOE, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
BOE
Condiciones de reutilización del BOE — cita obligatoria de la fuente
Fuente de los datos: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (https://www.boe.es). Datos reutilizados conforme a las condiciones de reutilización del BOE (Resolución de 27 de junio de 2024). Este repositorio es una obra derivada basada en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.