Ley 6/2011, de 27 de julio, de Presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2011

Rango Ley
Publicación 2011-08-16
Última actualización 2017-06-27
Estado Derogada · 2017-03-31 texto desactualizado
Texto Tal como se publicó
Comunidad Autónoma Cataluña
Departamento Comunidad Autónoma de Cataluña
Fuente BOE
PDF Descargar
artículos 59

Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.

1 acto modificador · 2017-06-27, Ley 5/2017, de 28 de marzo, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del secto…

Historial de reformas JSON API

Para potenciar los programas de fomento de la investigación de la Generalidad, con el objetivo de garantizar el avance en la investigación de excelencia y de contribuir a la consolidación de un modelo económico basado en el conocimiento, las entidades del Programa de centros de investigación de Cataluña (CERCA) que estén reconocidas como tales por el Departamento de Economía y Conocimiento, así como la Fundación Catalana de Investigación y Estudios Avanzados (ICREA), quedan exceptuados de la aplicación de las limitaciones establecidas por los artículos 12, 28, 29 y 34 de la presente ley.

Disposición adicional vigesimoprimera. Medidas excepcionales de contención y de equilibrio presupuestario de las universidades públicas.

Con carácter excepcional, el Consejo Interuniversitario de Cataluña, como órgano de coordinación del sistema universitario de Cataluña, debe acordar, mediante su junta permanente, medidas de contención del gasto, de reducción del déficit, de equilibrio presupuestario y de simplificación administrativa, aplicables a las universidades públicas y a las entidades y los organismos que dependen de ellas. Las medidas deben tener como finalidad facilitar el gobierno, la eficiencia, el cumplimiento de la misión universitaria y la calidad en la docencia, en la investigación y en la prestación de todos los servicios, y deben priorizar los objetivos y gastos vinculados directamente a la calidad de las funciones docentes y de investigación.

Disposición adicional vigesimosegunda. Implantación de nuevos módulos funcionales en el sistema e-justícia.cat.

El Gobierno, dentro de las disponibilidades presupuestarias, debe garantizar la implantación de nuevos módulos funcionales en el sistema e-justícia.cat.

Disposición adicional vigesimotercera. Renovación del equipamiento informático para la implantación de la oficina judicial.

El Gobierno, dentro de las disponibilidades presupuestarias, debe renovar el equipamiento informático y las impresoras que sean necesarios para implantar la oficina judicial.

Disposición adicional vigesimocuarta. Mejora de la dotación del Plan único de obras y servicios de Cataluña y del Fondo de cooperación local.

El Gobierno, dentro de las disponibilidades presupuestarias, debe mejorar la dotación presupuestaria del Plan único de obras y servicios de Cataluña y del Fondo de cooperación local como instrumentos de ayuda y colaboración con los entes locales.

Disposición adicional vigesimoquinta. Colaboración entre las entidades representativas y la Administración con relación a las actividades comerciales de nuevos emprendedores.

El Gobierno, dentro de las disponibilidades presupuestarias, debe establecer la colaboración entre las entidades representativas y las administraciones públicas para que cumplan funciones de información, asesoramiento, estudio o evaluación de las actividades comerciales destinadas a los nuevos emprendedores y a las personas que hace tiempo emprendieron un negocio.

Disposición adicional vigesimosexta. Aval del Instituto Catalán de Finanzas a los trabajadores autónomos.

El Instituto Catalán de Finanzas debe reservar, entre las líneas de avales previstas para el año 2011, un mínimo de 25.000.000 de euros para avalar a los trabajadores autónomos.

Disposición adicional vigesimoséptima. Promoción del consumo y comercialización de los productos autóctonos.

El Gobierno, dentro de las disponibilidades presupuestarias, debe fomentar la promoción del consumo y la comercialización de los productos autóctonos con distintivos de calidad y origen certificados.

Disposición adicional vigesimoctava. Elaboración de un plan de excelencia turística.

El Gobierno, dentro de las disponibilidades presupuestarias, debe elaborar un plan de excelencia turística para las comarcas catalanas.

Disposición transitoria. Compensación fiscal por la deducción por inversión en la vivienda habitual.

1. De conformidad con la disposición transitoria de la Ley 5/2007, de 4 de julio, de medidas fiscales y financieras, y de acuerdo con lo establecido por la Ley de presupuestos generales del Estado para 2011, con relación a la compensación fiscal por deducción en adquisición de vivienda habitual en 2010, hay que entender que, en el territorio de Cataluña, el importe del incentivo teórico es el resultado de aplicar a las cantidades invertidas durante 2010 en la adquisición de la vivienda habitual los porcentajes de deducción determinados por el artículo 1.2 de la Ley 31/2002, de 30 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, de acuerdo con la normativa vigente a 31 de diciembre de 2006.

2. Al efecto de lo establecido por el apartado 1, el tramo autonómico de la deducción por inversión en vivienda no puede ser inferior al que resultaría de aplicar el porcentaje de deducción correspondiente de los que determinan los apartados 2.1 y 2.2 del artículo 1 de la Ley 31/2002, para los supuestos de que no se utilice financiación ajena, de acuerdo con la normativa vigente a 31 de diciembre de 2006.

Disposición final primera. Adaptaciones técnicas como consecuencia de reorganizaciones administrativas.

1. Se autoriza al Departamento de Economía y Conocimiento para realizar las adaptaciones técnicas que sea preciso, como consecuencia de reorganizaciones administrativas, para crear las secciones, los servicios y los conceptos presupuestarios necesarios y para autorizar las correspondientes modificaciones de créditos, tanto en las secciones del presupuesto de gastos de la Administración de la Generalidad, mencionadas por el artículo 1.1.a, como en los presupuestos de las entidades mencionadas por el artículo 1.1.b y c. Estas operaciones en ningún caso pueden dar lugar a un incremento de crédito dentro del presupuesto.

2. No obstante lo establecido por el apartado 1 y a criterio del Departamento de Economía y Conocimiento, las reestructuraciones administrativas que pueda aprobar el Gobierno a lo largo del ejercicio pueden no conllevar modificación presupuestaria alguna de la estructura orgánica vigente. En tal caso, la gestión y la liquidación del presupuesto debe realizarse con la estructura orgánica incluida en el presupuesto aprobado por el Parlamento de Cataluña, y deben formalizarse las autorizaciones y modificaciones presupuestarias necesarias para que los nuevos órganos puedan gestionar el gasto, del que son competentes por razón de la materia, hasta la finalización del ejercicio.

Disposición final segunda. Imputación de gastos autorizados con cargo a los créditos del presupuesto prorrogado.

1. Los gastos autorizados con cargo a los créditos del presupuesto prorrogado deben imputarse a los créditos autorizados por la presente ley. En el supuesto de que en el presupuesto prorrogado no figure el mismo concepto que en el presupuesto para 2011 o de que los créditos consignados en este sean inferiores a los prorrogados, el Departamento de Economía y Conocimiento debe determinar el concepto presupuestario al que debe imputarse el gasto autorizado.

2. Las modificaciones de crédito autorizadas sobre el presupuesto prorrogado que, de acuerdo con el departamento afectado, deben mantenerse vigentes para 2011, deben aplicarse a los créditos autorizados por la presente ley.

Disposición final tercera. Modificación de las estructuras presupuestarias.

Se autoriza al Departamento de Economía y Conocimiento para incluir nuevas aplicaciones presupuestarias y nuevos programas, respectivamente, a las clasificaciones económicas de ingresos y de gastos y a la clasificación por programas establecidas por el Orden ECO/10/2011, de 2 de febrero, por la que se dictan las normas para elaborar los presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el año 2011, de acuerdo con las necesidades que surjan durante el ejercicio. La dotación de estas aplicaciones o programas está sujeta al régimen de las modificaciones presupuestarias establecido por la presente ley.

Disposición final cuarta. Entrada en vigor.

La presente ley entra en vigor al día siguiente de su publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya».

Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley cooperen en su cumplimiento y que los tribunales y autoridades a los que corresponda la hagan cumplir.

Palacio de la Generalidad, 27 de julio de 2011.–El Presidente de la Generalidad de Cataluña, Artur Mas i Gavarró.–El Consejero de Economía y Conocimiento, Andreu Mas-Colell.

(Publicada en el «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» número 5931, de 29 de julio de 2011)

ANEXO. Módulos económicos de los conciertos educativos para el año 2011

De acuerdo con lo establecido por el artículo 23, a continuación se relacionan los importes de los módulos de los conciertos educativos para el año 2011.

Los módulos correspondientes a gastos de funcionamiento son anuales y se distribuyen entre 12 partes iguales. Los módulos correspondientes a gastos de personal tienen carácter mensual y el total anual se calcula multiplicando por 14.

Educación infantil segundo ciclo.

Gastos de personal.

Profesor/a titular.

Sueldo: 1.541,96 euros.

Trienio: 33,42 euros.

Plus de analogía: 375,99 euros.

Complemento específico: 35,95 euros.

Gastos de funcionamiento.

Módulo por unidad: 6.076,32 euros.

Educación primaria.

Gastos de personal.

Profesor/a titular.

Sueldo: 1.541,96 euros.

Trienio: 33,42 euros.

Plus de analogía: 375,99 euros.

Complemento específico: 35,95 euros.

Instructor/a de educación física.

Sueldo: 1.197,66 euros.

Trienio: 30,01 euros.

Cargos directivos.

Centros de estructura cíclica.

Director/a: 337,81 euros.

Jefe de estudios: 230,55 euros.

Centros con 1 ó 2 líneas.

Director/a: 483,98 euros.

Subdirector/a: 343,55 euros.

Jefe de estudios: 343,55 euros.

Centros con 3 ó 4 líneas.

Director/a: 666,29 euros.

Subdirector/a: 417,72 euros.

Jefe de estudios: 417,72 euros.

Centros con 5 líneas o más.

Director/a: 705,34 euros.

Subdirector/a: 440,55 euros.

Jefe de estudios: 440,55 euros.

Gastos de funcionamiento.

Módulo por unidad: 6.076,32 euros.

Educación especial.

Gastos de personal.

Profesor/a titular.

Sueldo: 1.541,96 euros.

Trienio: 36,12 euros.

Plus de analogía: 375,99 euros.

Complemento específico: 35,95 euros.

Técnico/a de grado superior.

Sueldo: 1.819,08 euros.

Trienio: 46,33 euros.

Plus de analogía: 347,64 euros.

Complemento específico: 35,95 euros.

Técnico/a de grado medio contratado antes del 31-08-1998.

Sueldo: 1.541,96 euros.

Trienio: 36,12 euros.

Plus de analogía: 375,99 euros.

Complemento específico: 35,95 euros.

Técnico/a de grado medio contratado después del 31-08-1998.

Sueldo: 1.541,96 euros.

Trienio: 38,99 euros.

Complemento específico: 35,95 euros.

Logopeda.

Sueldo: 1.541,96 euros.

Trienio: 36,12 euros.

Plus de analogía: 375,99 euros.

Complemento específico: 35,95 euros.

Fisioterapeuta.

Sueldo: 1.551,84 euros.

Trienio: 44,83 euros.

Plus de analogía: 136,43 euros.

Complemento específico: 35,95 euros.

Educador/a.

Sueldo: 1.204,43 euros.

Trienio: 40,23 euros.

Plus de analogía: 253,57 euros.

Cargos directivos.

Director/a: 483,98 euros.

Subdirector/a: 343,55 euros.

Jefe de estudios: 343,55 euros.

Gastos de funcionamiento.

Módulo por unidad ordinaria: 7.899,24 euros.

Sustituciones de personal.

Módulo por unidad ordinaria: 730,03 euros.

Programas de educación especial.

Gastos de personal.

Maestro/a tutor/a.

Sueldo: 1.541,96 euros.

Trienio: 36,12 euros.

Plus de analogía: 375,99 euros.

Complemento específico: 35,95 euros.

Maestro/a de taller.

Sueldo: 1.541,96 euros.

Trienio: 36,12 euros.

Plus de analogía: 375,99 euros.

Complemento específico: 35,95 euros.

Educador/a.

Sueldo: 1.204,43 euros.

Trienio: 40,23 euros.

Plus de analogía: 253,57 euros.

Gastos de funcionamiento.

Módulo por unidad: 9.233,64 euros.

Sustituciones de personal.

Módulo por unidad: 730,03 euros.

Educación secundaria obligatoria.

Gastos de personal.

Profesor/a titular.

Sueldo de módulo: 1.819,08 euros.

Trienio: 40,32 euros.

Plus de analogía: 347,64 euros.

Complemento específico: 35,95 euros.

Cargos directivos.

Centros con 1 ó 2 líneas.

Director/a: 651,32 euros.

Jefe de estudios: 494,57 euros.

Jefe de departamento: 74,76 euros.

Centros con 3 ó 4 líneas.

Director/a: 704,52 euros.

Subdirector/a: 537,00 euros.

Jefe de estudios: 537,00 euros.

Coordinador/a pedagógico/a: 537,00 euros.

Jefe de departamento: 74,76 euros.

Gastos de funcionamiento.

1.º y 2.º curso.

Módulo por unidad: 7.899,24 euros.

3.o y 4.º curso.

Módulo por unidad: 8.718,72 euros.

Bachillerato.

Gastos de personal.

Profesor/a titular.

Sueldo: 1.819,08 euros.

Trienio: 40,32 euros.

Plus de analogía: 347,64 euros.

Complemento específico: 35,95 euros.

Cargos directivos.

Director/a: 651,32 euros.

Jefe de estudios: 494,57 euros.

Coordinador/a: 494,57 euros.

Jefe de departamento: 74,76 euros.

Gastos de funcionamiento.

Módulo por unidad: 5.658,13 euros.

Ciclo formativo de grado medio.

Gastos de personal.

Profesor/a titular.

Sueldo: 1.819,08 euros.

Trienio: 40,32 euros.

Plus de analogía: 347,64 euros.

Complemento específico: 35,95 euros.

Profesor/a ayudante.

Sueldo: 1.647,76 euros.

Trienio: 33,42 euros.

Plus de analogía: 392,46 euros.

Complemento específico: 35,95 euros.

Gastos de funcionamiento.

Conducción de actividades físico-deportivas en el medio natural (CFPM 0101).

Módulo por unidad de primer curso: 12.559,36 euros.

Explotaciones agrarias extensivas (CFPM 0302).

Módulo por unidad de primer curso: 11.290,71 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 12.887,91 euros.

Producción agropecuaria (CFPM AR10).

Módulo por unidad de primer curso: 11.290,71 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 12.887,91 euros.

Trabajos forestales y de conservación del medio natural (CFPM 0303).

Módulo por unidad de primer curso: 9.167,25 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 11.074,12 euros.

Jardinería (CFPM 0305).

Módulo por unidad de primer curso: 9.167,25 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 11.074,12 euros.

Preimpresión en artes gráficas (CFPM 0401).

Módulo por unidad de primer curso: 15.361,16 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 16.471,77 euros.

Impresión en artes gráficas (CFPM 0402).

Módulo por unidad de primer curso: 19.421,88 euros.

Electromecánica de vehículos (CFPM 0501).

Módulo por unidad de primer curso: 13.279,90 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 14.733,80 euros.

Comercio (CFPM 0601).

Módulo por unidad de primer curso: 14.756,63 euros.

Equipos electrónicos de consumo (CFPM 0802).

Módulo por unidad de primer curso: 11.290,71 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 12.887,91 euros.

Fabricación industrial de carpintería y mueble (CFPM 0902).

Módulo por unidad de primer curso: 19.421,88 euros.

Fabricación a medida e instalación de carpintería y mueble (CFPM 0903).

Módulo por unidad de primer curso: 13.279,90 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 14.733,80 euros.

Laboratorio de imagen (CFPM 1201).

Módulo por unidad de primer curso: 14.756,63 euros.

Cuidados auxiliares de enfermería (CFPM 1601).

Módulo por unidad de primer curso: 14.756,63 euros.

Atención sociosanitaria (CFPM 1701).

Módulo por unidad de primer curso: 9.167,25 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 11.074,12 euros.

Peluquería (CFPM 1801).

Módulo por unidad de primer curso: 9.167,25 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 11.074,12 euros.

Estética personal decorativa (CFPM 1802).

Módulo por unidad de primer curso: 12.559,36 euros.

Instalación y mantenimiento electromecánico de maquinaria y conducción de líneas (CFPM 1901).

Módulo por unidad de primer curso: 15.361,16 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 16.471,77 euros.

Montaje y mantenimiento de instalaciones de frío, climatización y producción de calor (CFPM 1902).

Módulo por unidad de primer curso: 13.279,90 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 14.733,80 euros.

Gestión administrativa (CFPM AG10).

Módulo por unidad de primer curso: 12.376,05 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 2.380,58 euros.

Instalaciones eléctricas y automáticas (CFPM EE10).

Módulo por unidad de primer curso: 11.290,71 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 12.887,91 euros.

Mecanización (CFPM FM20).

Módulo por unidad de primer curso: 15.361,16 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 16.471,77 euros.

Cocina y gastronomía (CFPM HT10).

Módulo por unidad de primer curso: 11.290,71 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 12.887,91 euros.

Servicios en restauración (CFPM HT30).

Módulo por unidad de primer curso: 9.167,25 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 11.074,12 euros.

Aceites de oliva y vinos (CFPM IA30).

Módulo por unidad de primer curso: 9.167,25 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 11.074,12 euros.

Panadería, pastelería y confitería (CFPM IA60).

Módulo por unidad de primer curso: 9.167,25 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 11.074,12 euros.

Sistemas microinformáticos y redes (CFPM IC10).

Módulo por unidad de primer curso: 11.290,71 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 12.887,91 euros.

Farmacia y parafarmacia (CFPM SA20).

Módulo por unidad de primer curso: 9.167,25 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 11.074,12 euros.

Carrocería (CFPM TM20).

Módulo por unidad de primer curso: 13.279,90 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 14.733,80 euros.

Ciclo formativo de grado superior.

Gastos de personal.

Profesor/a titular.

Sueldo: 1.819,08 euros.

Trienio: 40,32 euros.

Plus de analogía: 347,64 euros.

Complemento específico: 35,95 euros.

Profesor/a ayudante.

Sueldo: 1.647,76 euros.

Trienio: 33,42 euros.

Plus de analogía: 392,46 euros.

Complemento específico: 35,95 euros.

Cargos directivos.

Director/a: 651,32 euros.

Jefe de estudios: 494,57 euros.

Coordinador/a: 494,57 euros.

Jefe de departamento: 74,76 euros.

Gastos de funcionamiento.

Animación de actividades físicas y deportivas (CFPS 0151).

Módulo por unidad de primer curso: 9.673,82 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 11.127,72 euros.

Secretariado (CFPS 0251).

Módulo por unidad de primer curso: 11.150,55 euros.

Administración y finanzas (CFPS 0252).

Módulo por unidad de primer curso: 5.561,17 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 7.468,04 euros.

Gestión y organización de los recursos naturales y paisajísticos (CFPS 0352).

Módulo por unidad de primer curso: 5.561,17 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 7.468,04 euros.

Diseño y producción editorial (CFPS 0451).

Módulo por unidad de primer curso: 9.673,82 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 11.127,72 euros.

Gestión comercial y marketing (CFPS 0651).

Módulo por unidad de primer curso: 11.150,55 euros.

Comercio internacional (CFPS 0653).

Módulo por unidad de primer curso: 5.561,17 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 7.468,04 euros.

Desarrollo y aplicación de proyectos de construcción (CFPS 0751).

Módulo por unidad de primer curso: 5.561,17 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 7.468,04 euros.

Desarrollo de proyectos urbanísticos y operaciones topográficas (CFPS 0752).

Módulo por unidad de primer curso: 5.561,17 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 7.468,04 euros.

Realización y planos de obras (CFPS 0753).

Módulo por unidad de primer curso: 6.572,70 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 243,59 euros.

Sistemas de regulación y control automáticos (CFPS 0851).

Módulo por unidad de primer curso: 7.684,63 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 9.281,83 euros.

Desarrollo de productos electrónicos (CFPS 0852).

Módulo por unidad de primer curso: 7.684,63 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 9.281,83 euros.

Instalaciones electrotécnicas (CFPS 0853).

Módulo por unidad de primer curso: 7.684,63 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 9.281,83 euros.

Sistemas de telecomunicación e informáticos (CFPS 0854).

Módulo por unidad de primer curso: 9.673,82 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 11.127,72 euros.

Restauración (CFPS 1054).

Módulo por unidad de primer curso: 7.684,63 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 9.281,83 euros.

Animación turística (CFPS 1055).

Módulo por unidad de primer curso: 8.953,28 euros.

Realización de audiovisuales y espectáculos (CFPS 1251).

Módulo por unidad de primer curso: 9.673,82 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 11.127,72 euros.

Imagen (CFPS 1252).

Módulo por unidad de primer curso: 9.673,82 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 11.127,72 euros.

Sonido (CFPS 1253).

Módulo por unidad de primer curso: 9.673,82 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 11.127,72 euros.

Producción de audiovisuales, radio y espectáculos (CFPS 1254).

Módulo por unidad de primer curso: 5.561,17 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 7.468,04 euros.

Desarrollo de proyectos mecánicos (CFPS 1452).

Módulo por unidad de primer curso: 9.673,82 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 11.127,72 euros.

Diseño en fabricación mecánica (CFPS FMC0).

Módulo por unidad de primer curso: 9.673,82 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 11.127,72 euros.

Producción por mecanización (CFPS 1453).

Módulo por unidad de primer curso: 9.673,82 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 11.127,72 euros.

Programación de la producción en fabricación mecánica (CFPS FMB0).

Módulo por unidad de primer curso: 9.673,82 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 11.127,72 euros.

Dietética (CFPS 1651).

Módulo por unidad de primer curso: 5.561,17 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 7.468,04 euros.

Higiene bucodental (CFPS 1652).

Módulo por unidad de primer curso: 8.953,28 euros.

Anatomía patológica y citología (CFPS 1653).

Módulo por unidad de primer curso: 5.561,17 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 7.468,04 euros.

Laboratorio de diagnóstico clínico (CFPS 1654).

Módulo por unidad de primer curso: 5.561,17 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 7.468,04 euros.

Documentación sanitaria (CFPS 1658).

Módulo por unidad de primer curso: 11.150,55 euros.

Integración social (CFPS 1753).

Módulo por unidad de primer curso: 6.572,70 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 243,59 euros.

Interpretación de la lengua de firmas (CFPS 1754).

Módulo por unidad de primer curso: 5.561,17 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 7.468,04 euros.

Asesoría de imagen personal (CFPS 1851).

Módulo por unidad de primer curso: 6.572,70 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 243,59 euros.

Estética (CFPS 1852).

Módulo por unidad de primer curso: 5.561,17 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 7.468,04 euros.

Mantenimiento de equipos industriales (CFPS 1953).

Módulo por unidad de primer curso: 11.755,08 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 12.865,69 euros.

Administración de sistemas informáticos (CFPS 2251).

Módulo por unidad de primer curso: 5.561,17 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 7.468,04 euros.

Administración de sistemas informáticos en red (CFPS ICA0).

Módulo por unidad de primer curso: 5.561,17 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 7.468,04 euros.

Desarrollo de aplicaciones informáticas (CFPS 2252).

Módulo por unidad de primer curso: 5.561,17 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 7.468,04 euros.

Eficiencia energética y energía solar térmica (CFPS EAA0).

Módulo por unidad de primer curso: 9.673,82 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 11.127,72 euros.

Agencias de viajes y gestión de eventos (CFPS HTA0).

Módulo por unidad de primer curso: 8.769,97 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 2.380,58 euros.

Guía, información y asistencia turísticas (CFPS HTF0).

Módulo por unidad de primer curso: 8.769,97 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 2.380,58 euros.

Mantenimiento de instalaciones térmicas y de fluidos (CFPS IMA0).

Módulo por unidad de primer curso: 9.673,82 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 11.127,72 euros.

Desarrollo de proyectos de instalaciones térmicas y de fluidos (CFPS IMB0.)

Módulo por unidad de primer curso: 9.673,82 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 11.127,72 euros.

Laboratorio de análisis y control de calidad (CFPS QUD0).

Módulo por unidad de primer curso: 5.561,17 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 7.468,04 euros.

Audiología protésica (CFPS SAG0).

Módulo por unidad de primer curso: 5.561,17 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 7.468,04 euros.

Educación infantil (CFPS SCB0).

Módulo por unidad de primer curso: 5.561,17 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 7.468,04 euros.

Automoción (CFPS TMA0).

Módulo por unidad de primer curso: 9.673,82 euros.

Módulo por unidad de segundo curso: 11.127,72 euros.

Estadios.

Primer estadio (de enero a agosto): 87,52 euros.

Primer estadio (de septiembre a diciembre): 102,97 euros.

Segundo estadio (de enero a agosto): 92,05 euros.

Segundo estadio (de septiembre a diciembre): 108,29 euros.

Tercer estadio: 122,78 euros.

Cuarto estadio: 132,96 euros.

Quinto estadio: 116,38 euros.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial del Estado correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de BOE, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. BOE
Condiciones de reutilización del BOE — cita obligatoria de la fuente
Fuente de los datos: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (https://www.boe.es). Datos reutilizados conforme a las condiciones de reutilización del BOE (Resolución de 27 de junio de 2024). Este repositorio es una obra derivada basada en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.