Real Decreto 1587/2011, de 4 de noviembre, por el que se establece el Título de Técnico en Piedra Natural y se fijan sus enseñanzas mínimas
Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.
2 actos modificadores · 2024-05-28, Real Decreto 499/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican determinados reales decreto…
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone en el artículo 39.6 que el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establecerá las titulaciones correspondientes a los estudios de formación profesional, así como los aspectos básicos del currículo de cada una de ellas.
La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, establece en el artículo 10.1 que la Administración General del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149.1.30.º y 7.º de la Constitución y previa consulta al Consejo General de la Formación Profesional, determinará los títulos y los certificados de profesionalidad, que constituirán las ofertas de formación profesional referidas al Catálogo Nacional de Cualificaciones profesionales.
La Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, y la Ley Orgánica 4/2011, de 11 de marzo, complementaria de la Ley de Economía Sostenible, por la que se modifican las Leyes Orgánicas 5/2002, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, y 2/2006, de Educación, han introducido un ambicioso conjunto de cambios legislativos necesarios para incentivar y acelerar el desarrollo de una economía más competitiva, más innovadora, capaz de renovar los sectores productivos tradicionales y abrirse camino hacia las nuevas actividades demandantes de empleo, estables y de calidad.
El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo y define en el artículo 9 la estructura de los títulos de formación profesional, tomando como base el Catálogo Nacional de Cualificaciones profesionales, las directrices fijadas por la Unión Europea y otros aspectos de interés social.
Por otra parte, este real decreto concreta en el artículo 7 el perfil profesional de dichos títulos, que incluirá la competencia general, las competencias profesionales, personales y sociales, las cualificaciones y, en su caso, las unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones profesionales incluidas en los títulos, de modo que cada título incorporará, al menos, una cualificación profesional completa, con el fin de lograr que los títulos de formación profesional respondan de forma efectiva a las necesidades demandadas por el sistema productivo y a los valores personales y sociales que permitan ejercer una ciudadanía democrática.
Este marco normativo hace necesario que ahora el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establezca cada uno de los títulos que formarán el Catálogo de títulos de la Formación Profesional del sistema educativo, sus enseñanzas mínimas y aquellos otros aspectos de la ordenación académica que, sin perjuicio de las competencias atribuidas a las Administraciones educativas en esta materia, constituyan los aspectos básicos del currículo que aseguren una formación común y garanticen la validez de los títulos, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
A estos efectos, procede determinar para cada título su identificación, su perfil profesional, el entorno profesional, la prospectiva del título en el sector o sectores, las enseñanzas del ciclo formativo, la correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación, convalidación o exención, y los parámetros básicos de contexto formativo (espacios y equipamientos mínimos, titulaciones y especialidades del profesorado y sus equivalencias a efectos de docencia), previa consulta a las Comunidades Autónomas, según lo previsto en el artículo 95 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Asimismo, en cada título se determinarán los accesos a otros estudios, las convalidaciones, exenciones y equivalencias y, cuando proceda, la información sobre los requisitos necesarios para el ejercicio profesional, según la legislación vigente.
Así, el presente real decreto, conforme a lo previsto en el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, establece y regula, en los aspectos y elementos básicos antes indicados, el título de formación profesional del sistema educativo de Técnico en Piedra Natural.
Se ha recurrido a una norma reglamentaria para establecer bases estatales conforme con el Tribunal Constitucional, que admite que «excepcionalmente» las bases puedan establecerse mediante normas reglamentarias en determinados supuestos, como ocurre en el presente caso, cuando «resulta complemento indispensable para asegurar el mínimo común denominador establecido en las normas legales básicas» (así, entre otras, en las SSTC 25/1983, 32/1983 y 48/1988).
En el proceso de elaboración de este real decreto han sido consultadas las Comunidades Autónomas y han emitido informe el Consejo General de la Formación Profesional, el Consejo Escolar del Estado y el Ministerio de Política Territorial y Administración Pública.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Educación y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de noviembre de 2011,
DISPONGO:
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto.
El presente real decreto tiene por objeto el establecimiento del título de Técnico en Piedra Natural, con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, así como de sus correspondientes enseñanzas mínimas.
CAPÍTULO II. Identificación del título, perfil profesional, entorno profesional y prospectiva del título en el sector o sectores
Artículo 2. Identificación.
El título de Técnico en Piedra Natural queda identificado por los siguientes elementos:
Denominación: Piedra Natural.
Nivel: Formación Profesional de Grado Medio.
Duración: 2000 horas.
Familia profesional: Industrias Extractivas.
Referente en la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación: CINE-3 b.
Artículo 3. Perfil profesional del título.
El perfil profesional del título de Técnico en Piedra Natural queda determinado por su competencia general, sus competencias profesionales, personales y sociales, y por la relación de cualificaciones y, en su caso, unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones profesionales incluidas en el título.
Artículo 4. Competencia general.
La competencia general de este título consiste en extraer y elaborar piedra natural según las técnicas y procesos establecidos, así como en colocarla y restaurarla, manejando y manteniendo herramientas y maquinaria, y cumpliendo con las especificaciones de calidad, seguridad laboral y protección ambiental.
Artículo 5. Competencias profesionales, personales y sociales.
Las competencias profesionales, personales y sociales de este título son las que se relacionan a continuación:
Arrancar y conformar bloques de piedra natural, utilizando técnicas y maquinaria de extracción.
Recepcionar el bloque o materia prima, utilizando y manejando la maquinaria adecuada para su traslado y ubicación.
Cortar piedra natural, manejando la maquinaria y herramientas adecuadas y clasificando el material obtenido.
Realizar tratamientos superficiales a los diferentes tipos de piedra natural, aplicando los procedimientos definidos.
Preparar y manejar máquinas de control numérico, siguiendo las fases del proceso establecido para la fabricación de productos de piedra natural.
Elaborar productos de piedra natural, siguiendo los procedimientos técnicos y manejando la maquinaria y equipos adecuados a cada operación.
Interpretar la documentación técnica, comprobando las mediciones e incorporándolas al proyecto o presupuesto.
Colocar elementos singulares de piedra natural y materiales de cantería, utilizando los medios auxiliares, útiles y herramientas necesarias y siguiendo las normas y procedimientos establecidos, definidos dentro del ámbito de su competencia.
Montar fachadas transventiladas, manejando los equipos requeridos y aplicando las técnicas de montaje requeridas.
Realizar propuestas, dibujos, modelos y plantillas de obras en piedra natural, adaptando los trabajos a los criterios de productividad.
Elaborar de forma artesanal obras en piedra natural según las técnicas establecidas, adecuando los conocimientos adquiridos.
Mantener y, en su caso, restaurar obras en piedra natural, realizando las operaciones necesarias para la consecución del fin requerido.
Preparar y realizar el mantenimiento de primer nivel de la maquinaria y herramientas, interpretando la documentación técnica pertinente.
Adaptarse a las nuevas situaciones laborales originadas por cambios tecnológicos y organizativos en los procesos productivos, actualizando sus conocimientos, utilizando los recursos existentes para el aprendizaje a lo largo de la vida y las tecnologías de la información y la comunicación.
ñ) Actuar con responsabilidad y autonomía en el ámbito de su competencia, organizando y desarrollando el trabajo asignado, cooperando o trabajando en equipo con otros profesionales en el entorno de trabajo.
Resolver de forma responsable las incidencias relativas a su actividad, identificando las causas que las provocan, dentro del ámbito de su competencia y autonomía.
Comunicarse eficazmente, respetando la autonomía y competencia de las distintas personas que intervienen en el ámbito de su trabajo.
Aplicar los protocolos y las medidas preventivas de riesgos laborales y protección ambiental durante el proceso productivo, para evitar daños en las personas y en el entorno laboral y ambiental.
Aplicar procedimientos de calidad, de accesibilidad universal y de «diseño para todos» en las actividades profesionales incluidas en los procesos de producción o prestación de servicios.
Realizar la gestión básica para la creación y funcionamiento de una pequeña empresa y tener iniciativa en su actividad profesional.
Ejercer sus derechos y cumplir con las obligaciones derivadas de su actividad profesional, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente, participando activamente en la vida económica, social y cultural.
Artículo 6. Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones profesionales incluidas en el título.
1. Cualificación profesional completa:
Obras de artesanía y restauración en piedra natural IEX0426_2 (Real Decreto 1956/2009, de 18 de diciembre), que comprende las siguientes unidades de competencia:
UC1372_2: Realizar dibujos, modelos y presupuestos de obras de artesanía en piedra natural.
UC1373_2: Elaborar de forma artesanal obras en piedra natural.
UC1374_2: Mantener y, en su caso, restaurar obras en piedra natural.
2. Cualificaciones profesionales incompletas:
Extracción de la piedra natural IEX0135_2 (Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre):
UC0425_2: Efectuar el arranque de bloques de piedra natural.
Elaboración de la piedra natural IEX200_2 (Real Decreto 1228/2006, de 27 de octubre):
UC0634_2: Cortar el bloque de piedra natural.
UC0635_2: Preparar y realizar los tratamientos superficiales en la piedra natural.
UC0636_2: Elaborar productos finales en piedra natural.
Colocación de piedra natural IEX427_2 (Real Decreto 1956/2009, de 18 de diciembre):
UC1375_2: Colocar mampostería, sillería y perpiaño.
UC1376_2: Colocar elementos singulares de piedra natural.
Artículo 7. Entorno profesional.
1. Las personas que obtienen este título ejercen su actividad profesional como autónomo o como trabajador por cuenta ajena en empresas generalmente privadas, de tamaño pequeño, mediano o grande, de piedra natural o de construcción. Asimismo, puede ejercer su actividad en talleres de carácter artesanal y artístico. Desarrolla funciones de carácter técnico, cumpliendo órdenes y alcanzando objetivos marcados por técnicos de un nivel superior, de los que recibe instrucciones y a los cuales informa.
2. Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:
– Cantero.
– Operador de maquinaria de arranque y conformado de bloques.
– Elaborador de sillería.
– Operador de maquinaria de control numérico de piedra natural.
– Operador tornero-fresador de piedra.
– Operador de máquina cortadora de piedra natural.
– Operador de máquinas para elaborar piezas.
– Operador de máquina para labrar piedra.
– Operador de máquina pulidora de rocas.
– Operador de máquina para tratamiento superficial físico de piedra.
– Tallista, labrador y rajador de piedra natural.
– Operador de tratamientos químicos para piedra.
– Embalador/empaquetador/etiquetador.
– Colocador de conjuntos artesanales de piedra natural.
– Colocador de placas.
– Colocador de fachadas ventiladas.
– Pulidor-abrillantador de suelos.
– Marmolista de la construcción.
– Trabajador cualificado en mantenimiento y restauración de piedra natural.
– Trabajador especialista en la realización de plantillas, moldes, modelos y maquetas para trabajos de piedra natural.
Artículo 8. Prospectiva del título en el sector o sectores.
Las Administraciones educativas tendrán en cuenta, al desarrollar el currículo correspondiente, las siguientes consideraciones:
La competitividad de las empresas de extracción y elaboración de piedra natural va ligada, cada vez más, a su capacidad para satisfacer las necesidades de la sociedad en cuanto a las características del producto, integración de medidas medioambientales y gestión de los recursos naturales y ordenación del territorio.
Las directivas comunitarias favorecen la evolución de la industria de la piedra natural hacia su normalización y hacia un modelo de desarrollo sostenible, logrando un mejor aprovechamiento de los recursos, respetando el medio ambiente y minimizando el impacto ambiental, tanto en las canteras como en las plantas de elaboración.
La aplicación de nuevas tecnologías y equipamientos para el desarrollo de productos de piedra, con el desarrollo de equipos de fabricación gestionados por ordenador, llevará a una introducción progresiva de las tecnologías en la producción, principalmente en el área de fabricación de piezas y elementos, y en la etapa de tratamiento y conformado.
La innovación en el sector de elaboración de la piedra natural hace posible el desarrollo de nuevas tecnologías y materiales, incrementa el grado de automatización de los procesos de ejecución e implica la sustitución de equipos convencionales por otros más avanzados, así como la adaptación o cambio de los procesos y de los sistemas productivos.
El uso de tecnologías limpias de fabricación, junto con la normalización de los productos de piedra natural, posiciona al sector en un puesto económico relevante, gracias además a la utilización de materiales naturales, sostenibles y funcionales.
La creciente tendencia de utilización de la piedra natural en edificación residencial y pública potencia la oportunidad de negocio para el sector que, unido a la utilización de productos exclusivos y de alta calidad, hacen que la piedra natural sea un producto de prestigio y perdurable.
Las mayores exigencias en el cumplimiento de la legislación europea en materia de seguridad y protección ambiental da lugar a la aplicación exhaustiva de la correspondiente normativa de prevención de riesgos laborales.
CAPÍTULO III. Enseñanzas del ciclo formativo y parámetros básicos de contexto
Artículo 9. Objetivos generales.
Los objetivos generales de este ciclo formativo son los siguientes:
Manejar la maquinaria de arranque de bloques de piedra natural, caracterizando las técnicas de extracción y conformado, para arrancar y conformar bloques de piedra natural.
Identificar y manejar los medios y maquinaria de traslado de cargas, relacionándolos con las características y destino de la piedra natural para recepcionar el bloque o materia prima.
Reconocer y manipular máquinas y herramientas, describiendo su funcionamiento y utilizando las técnicas adecuadas para cortar la piedra natural.
Describir y aplicar las técnicas en función de los tipos de piedra natural, analizando las características del proceso, para realizar su tratamiento superficial.
Relacionar las fases del proceso de fabricación de productos de piedra natural con los lenguajes de programación, para preparar y manejar máquinas de control numérico.
Identificar y manipular la maquinaria y equipos, relacionándolos con la secuencia operativa del proceso para elaborar productos de piedra natural.
Calcular los costes de los materiales, mano de obra y maquinaria, mediciones y otras partes del proyecto, consultando la información necesaria para interpretar la documentación técnica.
Seleccionar y manejar las herramientas, maquinaria, equipos de montaje y materiales, analizando las condiciones de la obra y teniendo en cuenta los medios de seguridad y las operaciones que se deben ejecutar para colocar elementos singulares de piedra natural.
Identificar y seleccionar las herramientas, equipos de montaje, materiales y medios de seguridad, relacionándolos con las condiciones de la obra y con las técnicas de colocación y fijación, para montar elementos de fachadas transventiladas.
Aplicar técnicas de representación y modelado, analizando las condiciones técnicas y productivas, para realizar dibujos, modelos y plantillas de obras en piedra.
Caracterizar las técnicas de tallado y de elaboración, relacionándolas con los utensilios y equipos que deben utilizar, para elaborar de forma artesanal obras en piedra natural.
Identificar los daños y patologías referidos a la piedra natural, describiendo las técnicas de conservación y restauración aplicables a las obras existentes en piedra natural, para realizar su mantenimiento.
Describir la organización de los trabajos, relacionándola con protocolos de calidad y seguridad, para preparar y realizar el mantenimiento de primer nivel de la maquinaria y herramientas.
Analizar y utilizar los recursos existentes para el aprendizaje a lo largo de la vida y las tecnologías de la información y la comunicación para aprender y actualizar sus conocimientos, reconociendo las posibilidades de mejora profesional y personal, para adaptarse a diferentes situaciones profesionales y laborales.
ñ) Desarrollar trabajos en equipo y valorar su organización, participando con tolerancia y respeto, y tomar decisiones colectivas o individuales para actuar con responsabilidad y autonomía.
Adoptar y valorar soluciones creativas ante problemas y contingencias que se presentan en el desarrollo de los procesos de trabajo, para resolver de forma responsable las incidencias de su actividad.
Aplicar técnicas de comunicación, adaptándose a los contenidos que se van a transmitir, a su finalidad y a las características de los receptores, para asegurar la eficacia del proceso.
Analizar los riesgos ambientales y laborales asociados a la actividad profesional, relacionándolos con las causas que los producen, a fin de fundamentar las medidas preventivas que se van adoptar, y aplicar los protocolos correspondientes para evitar daños en uno mismo, en las demás personas, en el entorno y en el medio ambiente.
Analizar y aplicar las técnicas necesarias para dar respuesta a la accesibilidad universal y al «diseño para todos».
Aplicar y analizar las técnicas necesarias para mejorar los procedimientos de calidad del trabajo en el proceso de aprendizaje y del sector productivo de referencia.
Utilizar procedimientos relacionados con la cultura emprendedora, empresarial y de iniciativa profesional, para realizar la gestión básica de una pequeña empresa o emprender un trabajo.
Reconocer sus derechos y deberes como agente activo en la sociedad, teniendo en cuenta el marco legal que regula las condiciones sociales y laborales para participar como ciudadano democrático.
Artículo 10. Módulos profesionales.
1. Los módulos profesionales de este ciclo formativo:
Quedan desarrollados en el anexo I del presente real decreto, cumpliendo lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio.
Son los que a continuación se relacionan:
0887. Corte de bloques.
0888. Tratamientos superficiales.
0889. Elaboración de piezas.
0890. Modelos en obras de piedra.
0891. Comercialización de obras de piedra.
0892. Conocimiento y extracción de la piedra.
0893. Talla y montaje de piedra natural.
0894. Restauración de piedra natural.
0895. Tecnologías de mecanizado en piedra natural.
0896. Montaje de piedra natural.
0897. Formación y orientación laboral.
0898. Empresa e iniciativa emprendedora.
0899. Formación en centros de trabajo.
2. Las Administraciones educativas establecerán los currículos correspondientes, respetando lo establecido en este real decreto y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.
Artículo 11. Espacios y equipamientos.
1. Los espacios necesarios para el desarrollo de las enseñanzas de este ciclo formativo son los establecidos en el anexo II de este real decreto.
2. Los espacios dispondrán de la superficie necesaria y suficiente para desarrollar las actividades de enseñanza que se deriven de los resultados de aprendizaje de cada uno de los módulos profesionales que se imparten en cada uno de los espacios. Además, deberán cumplir las siguientes condiciones:
La superficie se establecerá en función del número de personas que ocupen el espacio formativo y deberá permitir el desarrollo de las actividades de enseñanza aprendizaje con la ergonomía y la movilidad requeridas dentro del mismo.
Deberán cubrir la necesidad espacial de mobiliario, equipamiento e instrumentos auxiliares de trabajo.
Deberán respetar los espacios o superficies de seguridad que exijan las máquinas y equipos en funcionamiento.
Respetarán la normativa sobre prevención de riesgos laborales, la normativa sobre seguridad y salud en el puesto de trabajo y cuantas otras normas sean de aplicación.
3. Los espacios formativos establecidos podrán ser ocupados por diferentes grupos que cursen el mismo u otros ciclos formativos, o etapas educativas.
4. Los diversos espacios formativos identificados no deben diferenciarse necesariamente mediante cerramientos.
5. Los equipamientos que se incluyen en cada espacio han de ser los necesarios y suficientes para garantizar al alumnado la adquisición de los resultados de aprendizaje y la calidad de la enseñanza. Además, deberán cumplir las siguientes condiciones:
El equipamiento (equipos, máquinas, etc.) dispondrá de la instalación necesaria para su correcto funcionamiento, cumplirá con las normas de seguridad y prevención de riesgos y con cuantas otras sean de aplicación.
La cantidad y características del equipamiento deberán estar en función del número de personas matriculadas y permitir la adquisición de los resultados de aprendizaje, teniendo en cuenta los criterios de evaluación y los contenidos que se incluyen en cada uno de los módulos profesionales que se impartan en los referidos espacios.
6. Las Administraciones competentes velarán para que los espacios y el equipamiento sean los adecuados en cantidad y características para el desarrollo de los procesos de enseñanza y aprendizaje que se derivan de los resultados de aprendizaje de los módulos correspondientes y garantizar así la calidad de estas enseñanzas.
Artículo 12. Profesorado.
1. La docencia de los módulos profesionales que constituyen las enseñanzas de este ciclo formativo corresponde al profesorado del Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, según proceda, de las especialidades establecidas en el anexo III A) de este real decreto.
2. Las titulaciones requeridas para acceder a los cuerpos docentes citados son, con carácter general, las establecidas en el artículo 13 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley. Las titulaciones equivalentes a las anteriores a esos mismos efectos son, para las distintas especialidades del profesorado, las recogidas en el anexo III B) del presente real decreto.
3. Los profesores especialistas tendrán atribuida la competencia docente de los módulos profesionales especificados en el anexo III A) del presente real decreto.
4. Los profesores especialistas deberán cumplir los requisitos generales exigidos para el ingreso en la función pública docente establecidos en el artículo 12 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.
5. Además, con el fin de garantizar que se da respuesta a las necesidades de los procesos involucrados en el módulo profesional, es necesario que el profesorado especialista acredite al inicio de cada nombramiento una experiencia profesional reconocida en el campo laboral correspondiente, debidamente actualizada, de al menos dos años de ejercicio profesional en los cuatro años inmediatamente anteriores al nombramiento.
6. Para el profesorado de los centros de titularidad privada o de titularidad pública de otras administraciones distintas de las educativas, las titulaciones requeridas y los requisitos necesarios, para la impartición de los módulos profesionales que conforman el título, son las incluidas en el anexo III C) del presente real decreto. En todo caso, se exigirá que las enseñanzas conducentes a las titulaciones citadas engloben los objetivos de los módulos profesionales y, si dichos objetivos no estuvieran incluidos, además de la titulación deberá acreditarse, mediante «certificación», una experiencia laboral de, al menos, tres años en el sector vinculado a la familia profesional, realizando actividades productivas en empresas relacionadas implícitamente con los resultados de aprendizaje.
7. Las Administraciones competentes velarán para que el profesorado que imparta los módulos profesionales cumpla con los requisitos especificados y garantizar así la calidad de estas enseñanzas.
CAPÍTULO IV. Accesos y vinculación a otros estudios, y correspondencia de módulos profesionales con las unidades de competencia
Artículo 13. Acceso a otros estudios.
1. El título de Técnico en Piedra Natural permite el acceso directo para cursar cualquier otro ciclo formativo de grado medio, en las condiciones de admisión que se establezcan.
2. El título de Técnico en Piedra Natural permitirá acceder mediante prueba o superación de un curso específico, en las condiciones que se establecen en el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, a todos los ciclos formativos de grado superior de la misma familia profesional y a otros ciclos formativos en los que coincida la modalidad de bachillerato que facilite la conexión con los ciclos solicitados.
3. El título de Técnico en Piedra Natural permitirá el acceso a cualquiera de las modalidades de bachillerato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y en el artículo 34 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio.
Artículo 14. Convalidaciones y exenciones.
1. Las convalidaciones entre módulos profesionales de títulos de formación profesional establecidos al amparo de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, y los módulos profesionales del título que se establece en este real decreto son las que se indican en el anexo IV.
2. Quienes hubieran superado el módulo profesional de Formación y orientación laboral o el módulo profesional de Empresa e iniciativa emprendedora en cualquiera de los ciclos formativos correspondientes a los títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, tendrán convalidados dichos módulos en cualquier otro ciclo formativo establecido al amparo de la misma ley.
3. Quienes hayan obtenido la acreditación de todas las unidades de competencia incluidas en el título, mediante el procedimiento establecido en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, podrán convalidar el módulo profesional de Formación y Orientación Laboral siempre que:
– Acrediten, al menos, un año de experiencia laboral.
– Estén en posesión de la acreditación de la formación establecida para el desempeño de las funciones de nivel básico de la actividad preventiva, expedida de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
4. De acuerdo con lo establecido en el artículo 39 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, podrá determinarse la exención total o parcial del módulo profesional de Formación en centros de trabajo por su correspondencia con la experiencia laboral, siempre que se acredite una experiencia relacionada con este ciclo formativo en los términos previstos en dicho artículo.
Artículo 15. Correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación, convalidación o exención.
1. La correspondencia de las unidades de competencia con los módulos profesionales que forman las enseñanzas del título de Técnico en Piedra Natural para su convalidación o exención queda determinada en el anexo V A) de este real decreto.
2. La correspondencia de los módulos profesionales que forman las enseñanzas del título de Técnico en Piedra Natural con las unidades de competencia para su acreditación, queda determinada en el anexo V B) de este real decreto.
Disposición adicional primera. Referencia del título en el marco europeo.
Una vez establecido el marco nacional de cualificaciones, de acuerdo con las recomendaciones europeas, se determinará el nivel correspondiente de esta titulación en el marco nacional y su equivalente en el europeo.
Disposición adicional segunda. Oferta a distancia del presente título.
Los módulos profesionales que forman las enseñanzas de este ciclo formativo podrán ofertarse a distancia, siempre que se garantice que el alumnado pueda conseguir los resultados de aprendizaje de los mismos, de acuerdo con lo dispuesto en el presente real decreto. Para ello, las Administraciones educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, adoptarán las medidas que estimen necesarias y dictarán las instrucciones precisas.
Disposición adicional tercera. Titulaciones equivalentes y vinculación con capacitaciones profesionales.
1. De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional trigésima primera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, el título de Técnico Auxiliar de la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa, que a continuación se relaciona, tendrá los mismos efectos profesionales que el título de Técnico en Piedra Natural establecido en el presente real decreto:
– Técnico Auxiliar en Piedra y Mármol, rama Construcción y Obras.
2. La formación establecida en este real decreto en el módulo profesional de Formación y orientación laboral capacita para llevar a cabo responsabilidades profesionales equivalentes a las que precisan las actividades de nivel básico en prevención de riesgos laborales, establecidas en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, siempre que tenga, al menos, 45 horas lectivas.
3. La formación establecida en el presente real decreto, en sus diferentes módulos profesionales, garantiza el nivel de conocimiento exigido para obtener la tarjeta profesional de la construcción, establecido al amparo de Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción.
Disposición adicional cuarta. Regulación del ejercicio de la profesión.
1. El título establecido en el presente real decreto no constituye una regulación del ejercicio de profesión regulada alguna.
2. Asimismo, las equivalencias de titulaciones académicas establecidas en el apartado 1 de la disposición adicional tercera de este real decreto se entenderán sin perjuicio del cumplimiento de las disposiciones que habilitan para el ejercicio de las profesiones reguladas.
Disposición adicional quinta. Equivalencias a efectos de docencia en los procedimientos selectivos de ingreso en el Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
El título de Técnico Superior o de Técnico Especialista se declara equivalente a los exigidos para el acceso al Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, cuando el titulado haya ejercido como profesor interino en centros públicos del ámbito territorial de la Administración convocante, en la especialidad docente a la que pretenda acceder y durante un periodo mínimo de dos años antes del 31 de agosto de 2007.
Disposición adicional sexta. Accesibilidad universal en las enseñanzas de este título.
1. Las Administraciones educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, incluirán en el currículo de este ciclo formativo los elementos necesarios para garantizar que las personas que lo cursen desarrollen las competencias incluidas en el currículo en «diseño para todos».
2. Asimismo, dichas Administraciones adoptarán las medidas que estimen necesarias para que este alumnado pueda acceder y cursar dicho ciclo formativo en las condiciones establecidas en la disposición final décima de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
Disposición derogatoria única. Derogación de normas.
Quedan derogadas todas y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este real decreto.
Disposición final primera. Título competencial.
El presente real decreto tiene carácter de norma básica, al amparo de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1.1.º y 30.º de la Constitución. Se exceptúa del carácter de norma básica el artículo 13.2.
Disposición final segunda. Implantación del nuevo currículo.
Las Administraciones educativas implantarán el nuevo currículo de estas enseñanzas en el curso escolar 2012/2013.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 4 de noviembre de 2011.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Educación,
ÁNGEL GABILONDO PUJOL
ANEXO I. Módulos profesionales
Módulo profesional: Corte de bloques.
Código: 0887
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.
1. Recepciona y almacena el bloque, describiendo las operaciones que va a realizar.
Criterios de evaluación:
Se ha caracterizado el material en función de sus dimensiones y marcas de cantera.
Se ha lavado y clasificado el material por calidades, siguiendo la trazabilidad de cantera.
Se ha marcado el material y codificado para su ubicación en placeta y posterior corte.
Se ha manejado la maquinaria, equipos y elementos auxiliares para el movimiento, transporte interno y almacenaje.
Se ha ubicado el material en el almacén.
Se ha realizado el mantenimiento de primer nivel de la maquinaria y equipos.
2. Realiza el precorte y el corte primario de la piedra, caracterizando la secuencia de las operaciones que va a efectuar.
Criterios de evaluación:
Se ha seleccionado el bloque y las operaciones de precorte y corte primario en función del material y producto que se desea obtener.
Se han preparado y manejado la maquinaria, los equipos y los útiles, según las especificaciones del proceso, para obtener las formas o la pieza requerida.
Se ha nivelado e inmovilizado el material conforme a las especificaciones técnicas para la realización del corte.
Se han trazado las líneas y planos de corte en función de las características del proceso.
Se ha realizado el escuadre del bloque.
Se han manejado los equipos de corte con hilos, sierras y otras herramientas para el precorte y corte primario.
Se han identificado y corregido los posibles defectos del corte, relacionándolos con las causas que los provocan.
Se ha realizado el mantenimiento de primer nivel de herramientas, máquinas y equipos.
3. Realiza el corte secundario, relacionando el material y maquinaria con el producto que se desea obtener.
Criterios de evaluación:
Se ha seleccionado el material en función del producto que se desea obtener.
Se ha seleccionado y manejado la maquinaria y equipos.
Se han secuenciado las operaciones de corte en función de las características del proceso.
Se han aplicado los procedimientos de trazado y estereotomía según especificaciones técnicas.
Se han montado y ajustado los útiles de corte según especificaciones del proceso.
Se han controlado los parámetros de corte de cada operación.
Se han programado máquinas automáticas y semiautomáticas, según las especificaciones del proceso, para obtener las formas o la pieza requerida.
Se han identificado y corregido los posibles defectos del corte, relacionándolos con las causas que los provocan.
Se ha realizado el mantenimiento de primer nivel de herramientas, máquinas y equipos.
4. Clasifica los productos resultantes del corte, relacionando el proceso con las características de los materiales.
Criterios de evaluación:
Se ha medido el producto y se han comprobado los estándares de calidad.
Se ha seleccionado y manejado la maquinaria y equipos para movimiento interno, estiba y almacenaje.
Se han aplicado los sistemas de identificación del material.
Se ha embalado y paletizado el material para su expedición.
Se ha ubicado y estibado el material conforme a sus características uso y destino.
Se ha registrado la trazabilidad de los productos resultantes del corte.
Se ha realizado el mantenimiento de primer nivel de maquinaria y equipos.
5. Cumple las normas de prevención de riesgos laborales y de protección ambiental, identificando los riesgos asociados y las medidas y equipos para prevenirlos.
Criterios de evaluación:
Se han identificado los riesgos y el nivel de peligrosidad que supone la manipulación de los materiales, herramientas, útiles y máquinas de corte de piedra natural.
Se han descrito las medidas de seguridad y de protección individual y colectiva que se deben adoptar en la ejecución de operaciones de corte.
Se han descrito los elementos de seguridad de las máquinas que se deben emplear en las distintas operaciones del corte de bloques.
Se han utilizado las máquinas y equipos, respetando las normas de seguridad.
Se ha valorado el orden y la limpieza de instalaciones y equipos como primer factor de prevención de riesgos.
Se ha cumplido la normativa de prevención de riesgos laborales y de protección ambiental en las operaciones realizadas.
Se han identificado las posibles fuentes de contaminación del entorno ambiental.
Se han clasificado los residuos generados para su retirada selectiva.
Se han recogido los residuos de acuerdo con las normas de protección ambiental.
Duración: 65 horas.
Contenidos básicos:
Recepción y almacenamiento del bloque:
– Interpretación de la documentación técnica. Tipos de material y clasificación.
– Características y estructura de los materiales.
– Preparación de materiales, equipos y maquinaria de lavado, carga, descarga y corte.
– Máquinas de agua a presión para lavado de bloques.
– El parque de bloques. Recepción. Sistemas de codificación, marcado y registro. Almacenaje del material. Ubicación.
– Maquinaria y equipos para el movimiento de bloques: grúas pórtico (puentes grúa), polipastos, carretillas elevadoras:
• Principales componentes de los puentes-grúa y polipastos. Tipos de sistemas de control y mando. Ubicación del operador. Útiles para el movimiento de cargas. Accesorios. Aplicaciones y limitaciones de los útiles y accesorios. Envases y embalajes. Sistemas de sujeción. Protectores de la carga. Operación de la maquinaria.
• Principales componentes de las carretillas elevadoras. Manejo de la carretilla. Estabilidad cargada y descargada.
– Colocación del bloque en el almacén.
– Mantenimiento de primer nivel de la maquinaria de lavado, carga, descarga y movimiento del bloque.
Realización del precorte y el corte primario de la piedra:
– Selección del bloque. Operaciones de precorte. Operaciones de corte primario. Relaciones entre el bloque y las operaciones de precorte y corte primario.
– Preparación y manejo de maquinaria, equipos y útiles de precorte y corte primario.
– Preparación del material. Nivelado e inmovilizado del material. Colocación del material para el corte. Fijación del material o bloque.
– Líneas y planos de corte. Características del proceso.
– Técnica de escuadre del bloque.
– Maquinaria de precorte y corte primario.
– Aplicación de técnicas de corte con monohilo.
– Aplicación de técnicas de corte con monolama.
– Aplicación de técnicas de corte con cortabloques.
– Aplicación de técnicas de corte con multihilo.
– Aplicación de técnicas de corte con telar diamantado.
– Aplicación de técnicas de corte con telar tradicional o de granalla.
– Especificaciones técnicas de corte. Plantillas y útiles para trazado y conformado.
– Defectos del corte.
– Mantenimiento de primer nivel de la maquinaria de precorte y corte primario. Técnicas y procedimientos para la sustitución de elementos simples.
– Clasificación de los residuos de corte para su posterior aprovechamiento.
Realización del corte secundario:
– Interpretación de la documentación técnica. Selección del material.
– Maquinaria de corte secundario. Relaciones entre el material y las operaciones de corte secundario.
– Operaciones de corte.
– Técnicas de trazado y estereotomía mediante plantillas.
– Útiles de corte. Técnicas de corte secundario. Parámetros de corte.
– Aplicación de técnicas de corte con disco diamantado.
– Aplicación de técnicas de corte con hidrocorte.
– Aplicación de técnicas de corte con cizalla.
– Programación de maquinaria.
– Defectos del corte.
– Mantenimiento de primer nivel de la maquinaria de corte secundario.
Clasificación de los productos resultantes del corte:
– Comprobación del producto.
– Maquinaria, equipos y medios auxiliares para el movimiento interno.
– Identificación y codificación.
– Embalado y palatizado.
– Estiba y almacenaje.
– Trazabilidad, normativa y marcado CE.
Cumplimiento de las normas de prevención de riesgos laborales y protección ambiental:
– Normativa de prevención de riesgos laborales en las operaciones de corte de bloques.
– Factores y situaciones de riesgo.
– Seguridad en los trabajos en altura, a nivel y distinto nivel.
– Medios y equipos de protección individual y colectiva.
– Prevención y protección colectiva.
– Normativa reguladora de la gestión de residuos.
– Clasificación y almacenamiento de residuos.
– Tratamiento y recogida de residuos.
Orientaciones pedagógicas.
Este módulo profesional contiene la formación necesaria para desempeñar las funciones de planificación y programación, producción de piedra natural, mantenimiento de equipos y maquinaria, y seguridad y prevención de riesgos laborales.
La función de planificación y programación, producción y mantenimiento de equipos y maquinaria incluye aspectos como:
– El aprovisionamiento de materiales.
– La recepción, almacenaje y el movimiento del bloque hasta su ubicación.
– El precorte y corte primario del bloque.
– Las operaciones de corte secundario.
– La clasificación los productos del corte, su almacenaje y expedición.
– El mantenimiento de primer nivel de las máquinas, equipos y herramientas de corte y almacenaje o movimiento del material.
– Aplicación de los planes de prevención de riesgos laborales asociados al corte de bloques de piedra natural.
Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en:
– Talleres y fábricas de elaboración de piedra natural.
– Construcciones y obras civiles.
La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales b), c), m), n), ñ), o), p), q) y s) del ciclo formativo, y las competencias b), c), m), n), ñ), o), p), q) y r) del título.
Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:
– Fases previas a la ejecución de las operaciones de corte, analizando cada sistema en función del material, uso y destino final.
– Organización, secuenciación y ejecución de los trabajos de precorte.
– Organización, secuenciación y ejecución de los trabajos de corte primario.
– Organización, secuenciación y ejecución de los trabajos de corte secundario.
– Organización, secuenciación y ejecución de los trabajos de clasificación, etiquetado, almacenaje y expedición.
– Aplicación y cumplimiento de las normas establecidas en los planes de prevención de riesgos laborales y de protección ambiental.
Módulo profesional: Tratamientos superficiales.
Código: 0888
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.
1. Pule la piedra natural, relacionando las técnicas con el tipo de material, para obtener el acabado superficial con la calidad exigida.
Criterios de evaluación:
Se han descrito las técnicas de pulido de la piedra natural de acuerdo con los documentos de trabajo.
Se han relacionado las técnicas de pulido de productos de piedra natural con los equipos e instalaciones empleados.
Se han seleccionado los diferentes procedimientos de pulido de la piedra natural.
Se han seleccionado los abrasivos y sus correspondientes series de colocación, según las características de la piedra y el acabado final requerido.
Se han preparado y manejado los equipos, las máquinas y herramientas pulidoras, conforme al tratamiento que se va a realizar.
Se ha realizado el mantenimiento de primer nivel de la maquinaria y equipos.
Se han aplicado las técnicas de pulido y se han introducido los parámetros del proceso.
Se han identificado y corregido los posibles defectos del tratamiento, relacionándolos con las causas que los provocan.
Se ha verificado que los pulidos cumplen con las especificaciones definidas.
2. Aplica tratamientos superficiales de carácter físico, describiendo el proceso en función de las características de la piedra sobre la que se aplica.
Criterios de evaluación:
Se han caracterizado las técnicas de tratamientos físicos superficiales, relacionándolos con los equipos e instalaciones y con los documentos de trabajo.
Se han seleccionado los diferentes procedimientos de tratamiento superficial en función de los resultados que se pretenden obtener.
Se han realizado las labores previas y accesorias de preparación del material.
Se han aplicado los parámetros del proceso y se han seleccionado los útiles y equipos.
Se ha manejado la maquinaria y equipos para tratar superficialmente cada material.
Se ha realizado el mantenimiento de primer nivel de la maquinaria y equipos.
Se han identificado y corregido posibles defectos y se ha verificado su acabado conforme a las especificaciones técnicas.
3. Realiza tratamientos químicos relativos a la piedra natural, identificando las técnicas y procedimientos y caracterizando las máquinas, productos y consumibles.
Criterios de evaluación:
Se han descrito las técnicas de tratamiento químico, relacionándolas con los equipos e instalaciones y con los documentos de trabajo.
Se han seleccionado y secuenciado los diferentes procedimientos en función de los resultados esperados.
Se han identificado y preparado las distintas máquinas, herramientas, útiles y consumibles para cada uno de los tratamientos químicos superficiales.
Se han elaborado los preparados químicos, siguiendo las especificaciones técnicas y de seguridad del fabricante.
Se ha manejado la maquinaria, equipos y medios para aplicar productos químicos a cada material, obteniendo los acabados con la calidad requerida.
Se ha realizado el mantenimiento de primer nivel de la maquinaria y equipos.
Se han previsto posibles defectos, relacionándolos con las causas que los provocan y se han propuesto soluciones o alternativas de tratamiento.
Se ha verificado que las características del elemento obtenido se ajustan a las especificaciones técnicas.
4 Clasifica y etiqueta los productos para su almacenaje o expedición, relacionando sus características técnicas, estéticas y funcionales con sus aplicaciones y destinos.
Criterios de evaluación:
Se han aplicado los criterios de medición a los productos de piedra natural.
Se han descrito y seleccionado los procesos de clasificación y etiquetado de los productos, en función de los criterios de calidad establecidos.
Se han preparado y manejado los equipos de embalado, etiquetado y almacenado.
Se ha realizado el mantenimiento de primer nivel de la maquinaria y equipos.
Se han clasificado y ubicado las piezas conforme a los criterios establecidos.
Se ha identificado la trazabilidad del producto.
5. Cumple las normas de prevención de riesgos laborales y de protección ambiental, identificando los riesgos asociados y las medidas y equipos para prevenirlos.
Criterios de evaluación:
Se han identificado los riesgos y el nivel de peligrosidad que supone la manipulación de los materiales, herramientas, útiles y máquinas de tratamientos superficiales.
Se han descrito las medidas de seguridad y de protección individual y colectiva que se deben adoptar en la ejecución de operaciones de tratamientos superficiales.
Se han descrito los elementos de seguridad de las máquinas que se deben emplear en las distintas operaciones del tratamiento superficial.
Se han utilizado máquinas y equipos, respetando las normas de seguridad.
Se ha valorado el orden y la limpieza de instalaciones y equipos como primer factor de prevención de riesgos.
Se ha cumplido la normativa de prevención de riesgos laborales y de protección ambiental en las operaciones realizadas.
Se han identificado las posibles fuentes de contaminación del entorno ambiental.
Se han clasificado los residuos generados para su retirada selectiva.
Se han recogido los residuos de acuerdo con las normas de protección ambiental.
Duración: 50 horas.
Contenidos básicos:
Pulimento de la piedra natural:
– Técnicas de pulido de la piedra natural:
• Secuencia de pulido: calibrado, desbaste, apomazado y pulido.
• Características, propiedades y aplicaciones.
• Maquinaria: pulidoras, herramientas y medios auxiliares.
• Máquinas-herramienta CNC.
– Procesos previos.
– Abrasivos.
– Técnicas de izado y transporte.
– Mantenimiento de primer nivel de la maquinaria y equipos.
– Especificaciones técnicas del pulido.
– Instrumentos de medida.
– Incidencias. Defectos de fabricación. Irregularidades del material. Protectores.
– Características finales del pulido. Estándares de calidad y criterios de clasificación.
Aplicación de tratamientos superficiales de carácter físico:
– Técnicas de tratamientos físicos:
• Raspado: usos, características y aplicaciones.
• Abujardado: Usos, características y aplicaciones. Maquinaria y herramientas.
• Agua: usos y características. Maquinaria.
• Apiconado: usos y características. Máquinas y herramientas.
• Escafilado de la piedra natural: usos y características. Maquinaria, herramientas y útiles de escafilado.
• Arenado y granallado de la piedra natural: características y aplicaciones. Maquinaria y medios auxiliares. Identificación y elección de abrasivos.
• Flameado: características, propiedades y aplicaciones. Maquinaria, herramientas, útiles y medios auxiliares para el flameado.
• Envejecido de la piedra natural: tipos de envejecido, productos y sistemas que se pueden utilizar. Maquinaria y herramientas. Reactivos químicos, catalizadores y otros. Medios auxiliares para el envejecido de la piedra natural.
• Empastado y resinado: usos, características y aplicaciones. Maquinaria, herramientas y útiles de aplicación. Materiales.
• Máquinas-herramienta CNC.
– Especificaciones técnicas de los tratamientos físicos.
– Conocimiento de características técnicas, pruebas y ensayos de la piedra natural.
– Órdenes de fabricación. Preparación del material. Programación del tratamiento. Control del proceso.
– Mantenimiento de primer nivel de la maquinaria para la aplicación de tratamientos. Registro del mantenimiento.
– Incidencias. Defectos de fabricación. Características finales. Control de calidad.
Realización de tratamientos químicos de la piedra natural:
– Procedimientos de los tratamientos químicos de la piedra natural: inmersión y pulverización.
– Consumibles: resinas, colorantes y otros. Ácidos, productos de patinado y coloreados.
– Productos químicos protectores de funcionalidad diversa.
– Especificaciones técnicas. Órdenes de fabricación. Grado de acabado. Relación entre las características técnicas requeridas y el acabado de las mismas, comprobación de imprimación y deficiencias en la funcionalidad esperada.
– Instalaciones y maquinaria: carga y descarga manual y automática. Cubas de inmersión. Dosificadoras, mezcladoras y extendedoras. Máquinas de proyección. Cabinas de proyección, pistolas airless, pincelado y brochado.
– Órdenes de fabricación. Preparación del material. Programación del tratamiento. Control del proceso.
– Mantenimiento de primer nivel de la maquinaria para la aplicación de tratamientos.
– Incidencias. Defectos de fabricación. Características finales. Control de calidad.
Clasificación y etiquetado de los productos para su almacenaje:
– Criterios de medición. Unidades de medida.
– Técnicas de clasificación: por productos, tamaños, dimensión, forma, peso, tipo, características y utilización.
– Clases y métodos de etiquetado. Descripción del etiquetado y tipos de etiquetas.
– Técnicas de almacenamiento.
– Maquinaria y equipos de almacenaje.
– Mantenimiento de primer nivel de la maquinaria para almacenaje y etiquetado.
– Estándares de calidad y criterios de clasificación. Trazabilidad, normativa, marcado CE y otros. Control de ubicaciones y gestión de stocks.
Cumplimiento de las normas de prevención de riesgos laborales y protección ambiental:
– Normativa de prevención de riesgos laborales en las operaciones de tratamientos superficiales.
– Factores y situaciones de riesgo.
– Seguridad en los trabajos en altura, a nivel y a distinto nivel.
– Medios y equipos de protección individual y colectiva.
– Prevención y protección colectiva.
– Normativa reguladora de la gestión de residuos.
– Clasificación y almacenamiento de residuos.
– Tratamiento y recogida de residuos.
Orientaciones pedagógicas.
Este módulo profesional contiene la formación necesaria para desempeñar las funciones de planificación y programación, producción, mantenimiento de equipos y maquinaria, y seguridad y prevención de riesgos laborales.
La planificación y programación, producción y mantenimiento de equipos y maquinaria incluye aspectos como:
– Organización y secuenciación del trabajo de tratamiento superficial.
– Trabajos de pulido y apomazado.
– Tratamientos físicos en superficie.
– Tratamientos químicos de resinado, protectores y funcionales.
– Clasificación, etiquetado y control de almacén.
– Transporte y manejo de cargas.
– Mantenimiento y manejo de maquinaria.
– Aplicación y cumplimiento de los planes de prevención de riesgos laborales asociados a los tratamientos superficiales.
Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en:
– Talleres de piedra natural.
– Construcciones y obras.
– Aplicación de nuevas técnicas funcionales y de protección de la piedra natural.
La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales d), m), n), ñ), o), p), q), r), s) y u) y del ciclo formativo, y las competencias d), m), n), ñ), o), p), q,) r) y t) del título.
Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:
– Fases previas a la ejecución de los tratamientos, analizando cada sistema en función del material, uso y destino final.
– Organización, secuenciación y ejecución de los trabajos de tratamientos superficiales por medios físicos.
– Organización, secuenciación y ejecución de los trabajos de tratamientos superficiales químicos.
– Organización, secuenciación y ejecución de los trabajos de clasificación y etiquetado.
– Identificación y caracterización de la gestión de residuos y protección medioambiental.
– Aplicación de las técnicas de mantenimiento de primer nivel de maquinaria y equipos.
– Aplicación y cumplimiento de las normas establecidas en los planes de prevención de riesgos laborales y de protección ambiental.
Módulo profesional: Elaboración de piezas.
Código: 0889
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.
1. Corta tableros y gruesos espesores de piedra, relacionando las técnicas y el tipo de material con los útiles y equipos que va a utilizar.
Criterios de evaluación:
Se ha interpretado la documentación técnica, relacionándola con los trabajos de corte y elaboración de piedra natural.
Se han medido y marcado los tableros y piezas según planos de corte, para optimizar el aprovechamiento del material.
Se ha preparado y manejado la maquinaria, instrumentos y útiles necesarios, para realizar las operaciones de corte y elaboración de piezas de piedra.
Se ha cargado el material en la máquina, posicionándolo y orientándolo según la dirección del corte.
Se han identificado y corregido los posibles defectos de las piezas, relacionándolos con las causas que los provocan.
Se han limpiado y acondicionado las piezas para su posterior tratamiento o corte.
Se ha realizado el mantenimiento de primer nivel de los equipos y maquinaria.
2. Realiza piezas estándar y en serie, describiendo y aplicando las técnicas de mecanizado conforme a las características, uso y destino del producto final.
Criterios de evaluación:
Se han caracterizado las técnicas de elaboración de piezas de piedra, relacionándolas con los materiales, equipos e instalaciones y documentos de trabajo.
Se han seleccionado los diferentes procedimientos de elaboración de piezas, en función de los resultados que se pretenden obtener.
Se han aplicado los parámetros del proceso y se han seleccionado los útiles y equipos.
Se ha manejado la maquinaria y los equipos para mecanizar y elaborar cada material.
Se han regulado y controlado los equipos e instalaciones.
Se han realizado las operaciones auxiliares y complementarias de mecanizado de terminación de las piezas.
Se han identificado y corregido posibles defectos y verificado su acabado conforme a las especificaciones técnicas.
Se ha realizado la limpieza y el mantenimiento preventivo y de primer nivel de la maquinaria y equipos.
3. Realiza piezas singulares y a medida, relacionando las técnicas de labores especiales con el tipo de material.
Criterios de evaluación:
Se han relacionado las técnicas de mecanizado de piezas singulares con los equipos, instalaciones y documentos de trabajo.
Se han realizado y programado plantillas para la elaboración de piezas y conjuntos.
Se han programado y simulado los equipos de corte en función de la pieza que se va a elaborar.
Se ha manejado la maquinaria de labores especiales, los equipos y los medios auxiliares.
Se ha optimizado el proceso para conseguir la calidad requerida.
Se han realizado y comprobado los encastres y ensamblados de las piezas que forman el conjunto.
Se ha realizado el mantenimiento de primer nivel de la maquinaria y equipos.
4. Labra y exfolia la pizarra, caracterizando las máquinas y utilizando las herramientas mediante el proceso manual.
Criterios de evaluación:
Se han seleccionado las distintas técnicas de lajado y corte de pizarra, relacionándolas con las herramientas y maquinaria específica.
Se han identificado las características propias del rachón, determinando su esquistosidad para realizar su tratamiento.
Se ha asegurado la humedad de la pieza para garantizar su fisibilidad.
Se ha exfoliado la pizarra según su esquistosidad o estratos mediante técnicas manuales y automáticas.
Se han serrado las piezas conforme a las medidas y estándares comerciales.
Se ha realizado las labores especificas de taladrado, troquelado y acabado de piezas.
Se ha realizado el mantenimiento de primer nivel de la maquinaria y equipos.
5. Elabora y conforma piezas con piedra y otros materiales, relacionando las características de los materiales con los procedimientos y el producto que se desea obtener.
Criterios de evaluación:
Se han identificado las materias primas, semielaborados y componentes empleados en la fabricación de productos prefabricados de piedra.
Se han relacionado los condicionantes productivos y tecnológicos con las tipologías de productos mixtos de piedra.
Se han caracterizado las distintas técnicas de conformado de prefabricados, relacionándolas con los materiales, las herramientas y la maquinaria específica.
Se han mezclado los materiales pétreos con resinas y compactos pétreos.
Se han preparado los moldes y se ha realizado el conformado mixto de la piedra natural y prefabricados de otros materiales.
Se han realizado las operaciones de llenado, vaciado y desmoldado según los procedimientos establecidos.
Se han determinado los defectos en productos elaborados originados en las operaciones de conformado.
Se ha realizado el mantenimiento de primer nivel de la maquinaria y equipos.
6 Clasifica y etiqueta los productos para su almacenaje o expedición, relacionando sus características técnicas y funcionales con sus aplicaciones y destinos.
Criterios de evaluación:
Se han descrito y seleccionado los procesos de clasificación y etiquetado de los productos.
Se han aplicado los criterios de calidad a los productos elaborados de piedra natural.
Se han seleccionado y manejado los equipos y útiles adecuados para el movimiento de productos elaborados en cada punto del proceso productivo.
Se han preparado y manejado los equipos de embalaje, etiquetado y almacenaje.
Se ha cargado y estibado el producto elaborado, asegurando su estabilidad.
Se han clasificado y ubicado las piezas conforme a los criterios establecidos.
Se ha realizado el mantenimiento de primer nivel de la maquinaria y equipos.
7. Cumple las normas de prevención de riesgos laborales y de protección ambiental, identificando los riesgos asociados y las medidas y equipos para prevenirlos.
Criterios de evaluación:
Se han identificado los riesgos y accidentes derivados de la manipulación de los materiales, equipos, maquinaria y medios auxiliares en los trabajos de elaboración de piedra natural.
Se han descrito las medidas de seguridad, de protección personal y colectiva que se deben adoptar en la ejecución de operaciones de elaboración de piezas de piedra natural.
Se ha relacionado la manipulación de materiales, equipos, maquinaria e instalaciones con las medidas de seguridad y protección personal requeridas.
Se ha cumplido la normativa de prevención de riesgos laborales y de protección ambiental en las operaciones realizadas.
Se han identificado las posibles fuentes de contaminación del entorno ambiental.
Se ha valorado el orden y la limpieza de tajos, instalaciones y equipos como primer factor de prevención de riesgos.
Se han definido los procedimientos establecidos para el almacenamiento, control y gestión de los residuos resultantes del proceso de corte y elaboración de piezas de piedra natural.
Se han aplicado las medidas de seguridad establecidas para el apilado, embalado y estabilización de las piezas de piedra natural.
Se han clasificado los residuos del embalado y etiquetado en los contenedores correspondientes, para su posterior entrega al gestor autorizado.
Duración: 120 horas.
Contenidos básicos:
Corte de tableros y gruesos espesores de piedra:
– Documentación técnica para el mecanizado de la piedra natural: diseños y planos. Fichas o documentos de seguimiento del proceso. Planos de montaje y despiece. Órdenes de fabricación y corte.
– Técnicas de medida de longitud, superficie y volumen. Conversión de unidades. Replanteos. Clases: esquistosidad y estructura de la piedra, planos de corte y otros.
– Herramientas, instrumentos y útiles de corte y elaboración. Tipologías. Corte a medida de la piedra natural: corte recto, inclinado y curvo. Aplicaciones. Métodos. Tipos de mecanizado.
– Medios auxiliares para la carga, descarga y transporte del material. Tipos y características. Carga del material en banco de trabajo o máquina.
– Defectos del corte de piezas. Calidad del producto.
– Limpieza y acondicionado de piezas.
– Mantenimiento de primer nivel de la maquinaria y equipos.
Realización de piezas estándar y en serie de piedra natural:
– Técnicas y procedimientos de elaboración de piezas de piedra natural. Fases de las operaciones de corte.
– Realización de piezas estándar de piedra. Terminación y mecanizado. Tipos y características de las técnicas: desbaste y corte. Características de los acabados superficiales de carácter manual. Mecanizados.
– Procedimientos de elaboración de piezas: estándar, en serie y otros.
– Maquinaria para el corte y elaboración de la piedra natural. Útiles de trabajo y herramientas: discos, abrasivos, hilo diamantado y otros.
– Puesta en marcha de la maquinaria. Parámetros de control: especificaciones de material, velocidad de corte, avance y otros.
– Operaciones auxiliares y de terminación.
– Procesos y condiciones de calidad.
– Mantenimiento de primer nivel de la maquinaria y equipos.
Realización de piezas singulares y a medida:
– Técnicas de realización de piezas singulares y a medida de piedra natural. Técnicas de dimensionado para corte y ensambles. Técnicas de corte y conformado. Tipos de elementos singulares. Encimeras, elementos funcionales y constructivos en piedra natural. Trazado de piezas. Corte a medida. Mecanizados.
– Plantillas. Tipos. Manejo y aplicación.
– Proceso, programación y simulación de equipos de corte para la elaboración de piezas singulares. Optimización del proceso.
– Maquinaria de labores especiales, equipos y medios auxiliares. Utilización y manejo.
– Encastres y ensamblados. Tipos. Realización.
– Mantenimiento de primer nivel de la maquinaria y equipos.
– Útiles de trabajo: discos, abrasivos, brocas, fresas y otros.
Labrado y exfoliación de piezas de pizarra:
– Operaciones de labrado y exfoliación de la pizarra. Técnicas de lajado.
– Características de la pizarra: exfoliación y corte. Inspección visual de rachones. Marcado de la dirección de corte.
– Humectación de piezas. Técnicas. Inmersión en cubetas de agua.
– Exfoliado. Tipos: primario y final. Automático. Exfoliación manual. Posición-labrador-rachón. Uso de herramientas. Exfoliacion final. Manual en bancos de labrado. Exfoliación mecánica: ventosas, espátulas, autocentradora y percutidora.
– Técnicas de serrado. Discos. Técnicas de taladrado de las placas.
– Manipulación y transporte de rachones.
– Dimensionado de placas: corte tijeras, guillotinas, troqueladoras y cortadoras continuas neumáticas. Taladradoras automáticas.
– Mantenimiento de primer nivel de la maquinaria y equipos.
Elaboración y conformación de aglomerados y compactos de piedra:
– Materias primas y semielaborados. Áridos. Resinas. Cargas (pesadas y volátiles). Morteros y hormigones. Catalizadores y aditivos empleados.
– Condicionantes productivos y tecnológicos. Rasgos básicos de las instalaciones industriales y del proceso manual para la fabricación de aglomerados, compactos de piedra y otros.
– Conformado. Características de las mezclas. Compactación mediante prensado. Extrusionados, moldeados, laminados y otros. Procesos de fabricación de productos compactos.
– Mezclas: dosificaciones, tipos de maquinaria, mezcladoras, colorantes y otros.
– Moldes. Tipos. Llenado. Desmoldado.
– Identificación de defectos originados en las operaciones de conformado y secado de productos aglomerados y compactos.
– Mantenimiento de primer nivel de la maquinaria y equipos.
Clasificación y etiquetado de los productos:
– Procesos de clasificación y etiquetado. Almacenamiento y acopio de materiales.
– Estándares de calidad y criterios de clasificación. Trazabilidad, normativa, marcado CE y otros.
– Maquinaria y equipos de movimiento y almacenaje.
– Equipos de embalaje y etiquetado de piedra natural. Medios auxiliares para el embalaje. Clases y métodos de etiquetado. Marcado CE, normalización y otros.
– Carga y estiba. Técnicas de manipulación. Almacenamiento.
– Técnicas de clasificación. Técnicas de almacenamiento.
– Documentación para el transporte. Nota de carga. Parte de salida.
– Mantenimiento de primer nivel de la maquinaria y equipos.
Cumplimiento de las normas de prevención de riesgos laborales y protección ambiental:
– Normativa de prevención de riesgos laborales en las operaciones de elaboración de piezas.
– Factores y situaciones de riesgo.
– Seguridad en los trabajos en altura.
– Medios y equipos de protección individual y colectiva.
– Prevención y protección colectiva.
– Normativa reguladora de la gestión de residuos.
– Clasificación y almacenamiento de residuos.
– Tratamiento y recogida de residuos.
Orientaciones pedagógicas.
Este módulo profesional contiene la formación necesaria para desempeñar las funciones de elaboración y fabricación de piezas de piedra natural, y seguridad y prevención de riesgos laborales. Capacita también para el conformado industrial de prefabricados aglomerados y compactos de piedra natural.
La función de elaboración de piezas de piedra natural incluye aspectos como:
– Corte de tableros y gruesos de piedra.
– Elaboración de piezas estándar y en serie.
– Elaboración de piezas singulares y elementos en piedra natural.
– Conformado y mecanizado de piezas singulares y conjuntos.
– Labrado y exfoliado de pizarra.
– Montaje de fachadas transventiladas.
– Aplicación y cumplimiento de los planes de prevención de riesgos laborales asociados a la elaboración de piedra natural.
Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en:
– Talleres de piedra natural.
– Construcciones y obras.
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