Historial de reformas

Ley 2/2011, de 17 de marzo, de caza

5 versiones · 2011-04-13
2025-04-02
Ley 2/2011, de 17 de marzo, de caza — art. 2
2022-07-14
Ley 2/2011, de 17 de marzo, de caza — art. 36

Cambios del 2022-07-14

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2. Se prohíbe la tenencia y la utilización de cartuchos de perdigones en la caza mayor; para ésta sólo podrá emplearse bala como munición. Se prohíbe la tenencia y utilización de cartuchos de bala para la caza menor; para ésta sólo podrán emplearse cartuchos de perdigón igual o inferior a 4,5 milímetros de diámetro.
3. Se prohíbe la tenencia y el uso de munición que contenga plomo durante el ejercicio de la caza y el tiro deportivo, cuando estas actividades se realicen en zonas húmedas incluidas en la Lista del Convenio relativo a Humedales de Importancia Internacional, en las de espacios protegidos del patrimonio natural o en los incluidos en el plan territorial sectorial de zonas húmedas y el uso de tal munición en una zona inferior a cien metros de los cursos fluviales.
3. Se prohíbe realizar cualquiera de los siguientes actos en humedales, a menos de 100 metros de estos, o a una distancia inferior a 100 metros de los cursos fluviales:
a) Disparar munición que contenga plomo.
b) Trasportar cualquier munición de este tipo mientras se practica el tiro o dirigiéndose a practicarlo, en las zonas anteriormente citadas.
Artículo 37. Dispositivos auxiliares.
2021-12-09
Ley 2/2011, de 17 de marzo, de caza — art. 36
2019-12-29
Ley 2/2011, de 17 de marzo, de caza — art. 27
2011-03-28
Ley 2/2011, de 17 de marzo, de caza
versión original Texto en esta fecha