Real Decreto 384/2011, de 18 de marzo, por el que se establece el título de Técnico Superior en Educación y Control Ambiental y se fijan sus enseñanzas mínimas

Rango Real Decreto
Publicación 2011-04-14
Última actualización 2024-05-28
Estado Vigente texto desactualizado
Texto Tal como se publicó
Departamento Ministerio de Educación
Fuente BOE
PDF Descargar
artículos 16

Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.

2 actos modificadores · 2024-05-28, Real Decreto 500/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican determinados reales decreto…

Historial de reformas JSON API

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone en el artículo 39.6 que el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establecerá las titulaciones correspondientes a los estudios de formación profesional, así como los aspectos básicos del currículo de cada una de ellas.

La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, establece en el artículo 10.1 que la Administración General del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149.1.30.ª y 7.ª de la Constitución y previa consulta al Consejo General de la Formación Profesional, determinará los títulos y los certificados de profesionalidad, que constituirán las ofertas de formación profesional referidas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

El Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo y define en el artículo 6 la estructura de los títulos de formación profesional, tomando como base el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, las directrices fijadas por la Unión Europea y otros aspectos de interés social.

Por otra parte, este real decreto concreta en el artículo 7 el perfil profesional de dichos títulos, que incluirá la competencia general, las competencias profesionales, personales y sociales, las cualificaciones y, en su caso, las unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en los títulos, de modo que cada título incorporará, al menos, una cualificación profesional completa, con el fin de lograr que los títulos de formación profesional respondan, de forma efectiva, a las necesidades demandadas por el sistema productivo y a los valores personales y sociales que permitan ejercer una ciudadanía democrática.

Este marco normativo hace necesario que ahora el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establezca cada uno de los títulos que formarán el Catálogo de títulos de la formación profesional del sistema educativo, sus enseñanzas mínimas y aquellos otros aspectos de la ordenación académica que, sin perjuicio de las competencias atribuidas a las Administraciones educativas en esta materia, constituyan los aspectos básicos del currículo que aseguren una formación común y garanticen la validez de los títulos, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

A estos efectos, procede determinar para cada título su identificación, su perfil profesional, el entorno profesional, la prospectiva del título en el sector o sectores, las enseñanzas del ciclo formativo, la correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación, convalidación o exención y los parámetros básicos de contexto formativo para cada módulo profesional (espacios, equipamientos necesarios, titulaciones y especialidades del profesorado y sus equivalencias a efectos de docencia), previa consulta a las Comunidades Autónomas, según lo previsto en el artículo 95 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Asimismo, en cada título se determinarán los accesos a otros estudios y, en su caso, las modalidades y materias de bachillerato que facilitan la conexión con este ciclo formativo de grado superior, las convalidaciones, exenciones y equivalencias y, cuando proceda, la información sobre los requisitos necesarios para el ejercicio profesional según la legislación vigente.

Con el fin de facilitar el reconocimiento de créditos entre los títulos de técnico superior y las enseñanzas conducentes a títulos universitarios y viceversa, en los ciclos formativos de grado superior se establecerá la equivalencia de cada módulo profesional con créditos europeos ECTS, tal y como se definen en el Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

Así, el presente real decreto, conforme a lo previsto en el Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, establece y regula, en los aspectos y elementos básicos antes indicados, el título de formación profesional del sistema educativo de Técnico Superior en Educación y Control Ambiental.

Se ha recurrido a una norma reglamentaria para establecer bases estatales conforme con el Tribunal Constitucional, que admite que «excepcionalmente» las bases puedan establecerse mediante normas reglamentarias en determinados supuestos, como ocurre en el presente caso, cuando «resulta complemento indispensable para asegurar el mínimo común denominador establecido en las normas legales básicas» (así, entre otras, en las SSTC 25/1983, 32/1983, y 48/1988).

En el proceso de elaboración de este real decreto han sido consultadas las Comunidades Autónomas y han emitido informe el Consejo General de la Formación Profesional, el Consejo Escolar del Estado y el Ministerio de Política Territorial y Administración Pública.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Educación y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de marzo de 2011,

DISPONGO:

CAPÍTULO I. Disposiciones generales

Artículo 1. Objeto.

El presente real decreto tiene por objeto el establecimiento del título de Técnico Superior en Educación y Control Ambiental, con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, así como de sus correspondientes enseñanzas mínimas.

CAPÍTULO II. Identificación del título, perfil profesional, entorno profesional y prospectiva del título en el sector o sectores

Artículo 2. Identificación.

El título de Técnico Superior en Educación y Control Ambiental queda identificado por los siguientes elementos:

Denominación: Educación y Control Ambiental.

Nivel: Formación Profesional de Grado Superior.

Duración: 2000 horas.

Familia Profesional: Seguridad y Medio Ambiente.

Referente europeo: CINE-5b (Clasificación Internacional Normalizada de la Educación).

Artículo 3. Perfil profesional del título.

El perfil profesional del título de Técnico Superior en Educación y Control Ambiental queda determinado por su competencia general, sus competencias profesionales, personales y sociales, y por la relación de cualificaciones y, en su caso, unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.

Artículo 4. Competencia general.

La competencia general de este título consiste en sensibilizar y educar a la población, promoviendo actitudes que contribuyan a la conservación y mejora del medio, informando sobre sus valores y los diversos problemas ambientales, capacitando para una correcta toma de decisiones, diseñando actividades para su conocimiento y uso basado en principios de sostenibilidad, así como realizar acciones de gestión ambiental para controlar y proteger el medio aplicando la normativa.

Artículo 5. Competencias profesionales, personales y sociales.

Las competencias profesionales, personales y sociales de este título son las que se relacionan a continuación:

a)

Recopilar y seleccionar documentación para difundir información ambiental.

b)

Informar sobre el medio ambiente, utilizando las técnicas de comunicación apropiadas.

c)

Diseñar actividades de educación ambiental.

d)

Desarrollar programas y proyectos de educación ambiental.

e)

Evaluar el desarrollo de programas de educación ambiental.

f)

Guiar visitantes por el entorno, realizando operaciones de interpretación.

g)

Resolver contingencias en el recorrido por itinerarios, aplicando los protocolos establecidos.

h)

Caracterizar problemas ambientales, proponiendo soluciones sostenibles al mismo.

i)

Gestionar actividades de uso público, aplicando criterios de compatibilidad con la conservación del entorno.

j)

Realizar operaciones de vigilancia y control en espacios naturales.

k)

Promover los valores del patrimonio en el medio natural, desarrollando actividades de interpretación.

l)

Elaborar productos cartográficos para el desarrollo de actividades en el medio natural.

m)

Realizar operaciones de control de los hábitats de un entorno, informando de sus alteraciones.

n)

Adaptarse a las nuevas situaciones laborales, manteniendo actualizados los conocimientos científicos, técnicos y tecnológicos relativos a su entorno profesional, gestionando su formación y los recursos existentes en el aprendizaje a lo largo de la vida y utilizando las tecnologías de la información y la comunicación.

ñ) Resolver situaciones, problemas o contingencias con iniciativa y autonomía en el ámbito de su competencia, con creatividad, innovación y espíritu de mejora en el trabajo personal y en el de los miembros del equipo.

o)

Organizar y coordinar equipos de trabajo con responsabilidad, supervisando el desarrollo del mismo, manteniendo relaciones fluidas y asumiendo el liderazgo, así como aportando soluciones a los conflictos grupales que se presentan.

p)

Comunicarse con sus iguales, superiores, clientes y personas bajo su responsabilidad, utilizando vías eficaces de comunicación, transmitiendo la información o conocimientos adecuados y respetando la autonomía y competencia de las personas que intervienen en el ámbito de su trabajo.

q)

Generar entornos seguros en el desarrollo de su trabajo y el de su equipo, supervisando y aplicando los procedimientos de prevención de riesgos laborales y ambientales, de acuerdo con lo establecido por la normativa y los objetivos de la empresa.

r)

Supervisar y aplicar procedimientos de gestión de calidad, de accesibilidad universal y de «diseño para todos», en las actividades profesionales incluidas en los procesos de producción o prestación de servicios.

s)

Realizar la gestión básica para la creación y funcionamiento de una pequeña empresa y tener iniciativa en su actividad profesional con sentido de la responsabilidad social.

t)

Ejercer sus derechos y cumplir con las obligaciones derivadas de su actividad profesional, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente, participando activamente en la vida económica, social y cultural.

Artículo 6. Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.

1. Cualificaciones profesionales completas:

Interpretación y educación ambiental. SEA252_3 (Real Decreto 814/2007, de 22 de junio), que comprende las siguientes unidades de competencia:

UC0803_3: Guiar grupos de personas por el entorno y sus representaciones para contribuir a su sensibilización y capacitación ambiental.

UC0804_3: Informar sobre el medio ambiente y sus valores.

UC0805_3 Interpretar la influencia recíproca de las actividades humanas y el medio socio-natural.

UC0806_3: Desarrollar programas de educación ambiental y facilitar procesos educativos.

2. Cualificaciones profesionales incompletas:

Control y protección del medio natural. SEA030_3 (Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero):

UC0083_3: Controlar y vigilar los espacios naturales y su uso público.

UC0085_3: Controlar el aprovechamiento de los recursos cinegéticos y piscícolas.

Artículo 7. Entorno profesional.

1. Las personas que obtienen este título ejercen su actividad en cualquier organización de carácter público o privado, que tenga como objeto el control del medio ambiente y sus recursos, el desarrollo de programas de educación ambiental (información, comunicación, formación, interpretación y participación ambiental), la realización de actividades de guía-intérprete y acompañamiento por el entorno o la gestión ambiental.

2. Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:

− Educador ambiental.

− Informador ambiental.

− Monitor de educación ambiental.

− Documentalista ambiental.

− Guía ambiental.

− Programador de actividades ambientales.

− Monitor de campañas ambientales.

− Guía-intérprete del patrimonio natural.

− Profesional del servicio de gestión ambiental.

− Profesional del servicio de medio ambiente.

− Técnico en control de espacios naturales.

− Monitor de la naturaleza.

− Agente medioambiental o similar.

− Monitor de equipamientos ambientales.

Artículo 8. Prospectiva del título en el sector o sectores.

Las Administraciones educativas tendrán en cuenta, al desarrollar el currículo correspondiente, las siguientes consideraciones:

a)

La transposición de las últimas directivas europeas acerca de la gestión de espacios naturales va a potenciar la protección de estos espacios, gracias a una mejor delimitación del suelo forestal, la ordenación del territorio y la planificación de las actuaciones forestales. Esta protección se verá impulsada por su uso en funciones recreativas, lo que obliga a un mayor control paisajístico, potenciando no solo su conservación sino también la adaptación de las obras al entorno natural.

b)

Se prevé un aumento de centros de educación ambiental que ofrezcan itinerarios preparados en los que se desarrollen actividades orientadas a facilitar el conocimiento de los ecosistemas, potenciar la observación, la vivencia de la naturaleza y el estudio del medio natural, y fomentar actividades de convivencia, respeto mutuo y conservación del medio natural y social.

c)

La aplicación de nuevas tecnologías en el sector de la cartografía, como la utilización de Sistemas de Información Geográfica (SIG), fotos de satélite o sistemas de localización por Sistema de Posición Global (GPS) en los espacios naturales, permiten hacer inteligible y manejable la información disponible y así crear itinerarios o bancos de datos sobre cartografía digitalizada, con información sobre el estado del medio natural y del patrimonio.

d)

También se prevé un aumento de las empresas que implanten un sistema de gestión ambiental, ya que dicho sistema no sólo mejorará la relación de la empresa con el medio ambiente, sino que contribuirá a mejorar la imagen corporativa.

e)

La aparición de nuevas técnicas de descontaminación y nuevos sistemas de medición más precisos ha fomentado la creación de una nueva legislación más exigente, por lo que habrá un endurecimiento de las condiciones en las declaraciones de impacto ambiental. Habrá, por tanto, un incremento de las actividades de auditoría, inspección y control ambiental, campo en el que la administración pública tiende a externalizar estos servicios a través de empresas especializadas y acreditadas.

f)

El incremento de centros educativos que se incorporan a redes para el desarrollo sostenible, en el ámbito de la Agenda 21 Local, precisa de actividades educativas que refuercen su gestión o, en su caso, faciliten la certificación ambiental.

CAPÍTULO III. Enseñanzas del ciclo formativo y parámetros básicos de contexto

Artículo 9. Objetivos generales.

Los objetivos generales de este ciclo formativo son los siguientes:

a)

Identificar fuentes documentales, seleccionando la información apropiada a la actividad que se va a realizar, para recopilar y difundir la información ambiental.

b)

Identificar los principales factores que afectan al medio ambiente y sus interacciones, describiendo las alteraciones que producen malas prácticas ambientales, para informar sobre el medio ambiente.

c)

Analizar los contextos de actuación y las características del grupo, determinando los objetivos que se pretende conseguir, para diseñar actividades de educación ambiental.

d)

Interpretar programas, determinando la secuenciación de actividades para planificar su implantación.

e)

Organizar actividades, seleccionando los medios y el personal adecuado para ejecutar el programa.

f)

Aplicar técnicas e instrumentos de evaluación, interpretando la información recogida, para hacer un seguimiento y evaluación de la aplicación de los programas.

g)

Valorar los registros de datos de la evaluación, identificando los logros y la sensibilización conseguida en la población, para identificar las necesidades de mejora en los programas de educación ambiental.

h)

Mostrar las incidencias ambientales, identificando la problemática planteada, para informar sobre el estado del entorno.

i)

Analizar los componentes ambientales y patrimoniales, identificando los de mayor interés desde el punto de vista cultural, paisajístico y de conservación, para interpretar el patrimonio y sus valores.

j)

Analizar incidencias, seleccionando los protocolos de intervención adecuados para resolver contingencias.

k)

Seleccionar acciones alternativas, analizando el problema ambiental para proponer soluciones sostenibles.

l)

Analizar actividades de uso público de un entorno, seleccionando los medios y determinando sus fases, para gestionar su desarrollo compatible con la conservación del entorno.

m)

Seleccionar acciones de vigilancia y control, aplicando estrategias y mecanismos disuasorios del mal uso del medio natural, para realizar operaciones de vigilancia y control.

n)

Analizar el patrimonio presente en el medio natural, seleccionando técnicas de interpretación para promover su conservación.

ñ) Analizar fuentes cartográficas y medios informáticos, seleccionando los apropiados para elaborar productos cartográficos relativos a una actividad.

o)

Analizar los parámetros de calidad de un hábitat, identificando las anomalías observadas en su biodiversidad para realizar operaciones de control.

p)

Analizar y utilizar los recursos y oportunidades de aprendizaje relacionados con la evolución científica, tecnológica y organizativa del sector y las tecnologías de la información y la comunicación, para mantener el espíritu de actualización y adaptarse a nuevas situaciones laborales y personales.

q)

Desarrollar la creatividad y el espíritu de innovación, para responder a los retos que se presentan en los procesos y en la organización del trabajo y de la vida personal.

r)

Tomar decisiones de forma fundamentada, analizando las variables implicadas, integrando saberes de distinto ámbito y aceptando los riesgos y la posibilidad de equivocación en las mismas, para afrontar y resolver distintas situaciones, problemas o contingencias.

s)

Desarrollar técnicas de liderazgo, motivación, supervisión y comunicación en contextos de trabajo en grupo, para facilitar la organización y coordinación de equipos de trabajo.

t)

Aplicar estrategias y técnicas de comunicación, adaptándose a los contenidos que se van a transmitir, a la finalidad y a las características de los receptores, para asegurar la eficacia en los procesos de comunicación.

u)

Evaluar situaciones de prevención de riesgos laborales y de protección ambiental, proponiendo y aplicando medidas de prevención personales y colectivas, de acuerdo con la normativa aplicable en los procesos del trabajo, para garantizar entornos seguros.

v)

Identificar y proponer las acciones profesionales necesarias, para dar respuesta a la accesibilidad universal y al «diseño para todos»

w)

Identificar y aplicar parámetros de calidad en los trabajos y actividades realizados en el proceso de aprendizaje, para valorar la cultura de la evaluación y de la calidad y ser capaces de supervisar y mejorar procedimientos de gestión de calidad.

x)

Utilizar procedimientos relacionados con la cultura emprendedora, empresarial y de iniciativa profesional, para realizar la gestión básica de una pequeña empresa o emprender un trabajo.

y)

Reconocer sus derechos y deberes como agente activo en la sociedad, teniendo en cuenta el marco legal que regula las condiciones sociales y laborales, para participar como ciudadano democrático.

Artículo 10. Módulos profesionales.

1. Los módulos profesionales de este ciclo formativo:

a)

Quedan desarrollados en el Anexo I del presente real decreto, cumpliendo lo previsto en el artículo 14 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre.

b)

Son los que a continuación se relacionan:

0785. Estructura y dinámica del medio ambiente.

0786. Medio natural.

0787. Actividades humanas y problemática ambiental.

0788. Gestión ambiental.

0789. Métodos y productos cartográficos.

0790. Técnicas de educación ambiental.

0791. Programas de educación ambiental.

0792. Actividades de uso público.

0793. Desenvolvimiento en el medio.

0017. Habilidades sociales.

0794. Proyecto de educación y control ambiental.

0795. Formación y orientación laboral.

0796. Empresa e iniciativa emprendedora.

0797. Formación en centros de trabajo.

2. Las Administraciones educativas establecerán los currículos correspondientes, respetando lo establecido en este real decreto y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.

Artículo 11. Espacios y equipamientos.

1. Los espacios necesarios para el desarrollo de las enseñanzas de este ciclo formativo son los establecidos en el Anexo II de este real decreto.

2. Los espacios dispondrán de la superficie necesaria y suficiente para desarrollar las actividades de enseñanza que se deriven de los resultados de aprendizaje de cada uno de los módulos profesionales que se imparten en cada uno de los espacios. Además, deberán cumplir las siguientes condiciones:

a)

La superficie se establecerá en función del número de personas que ocupen el espacio formativo y deberá permitir el desarrollo de las actividades de enseñanza-aprendizaje con la ergonomía y la movilidad requeridas dentro del mismo.

b)

Deberán cubrir la necesidad espacial de mobiliario, equipamiento e instrumentos auxiliares de trabajo.

c)

Deberán respetar los espacios o superficies de seguridad que exijan las máquinas y equipos en funcionamiento.

d)

Respetarán la normativa sobre prevención de riesgos laborales, la normativa sobre seguridad y salud en el puesto de trabajo y cuantas otras normas sean de aplicación.

3. Los espacios formativos establecidos podrán ser ocupados por diferentes grupos que cursen el mismo u otros ciclos formativos, o etapas educativas.

4. Los diversos espacios formativos identificados no deben diferenciarse necesariamente mediante cerramientos.

5. Los equipamientos que se incluyen en cada espacio han de ser los necesarios y suficientes para garantizar al alumnado la adquisición de los resultados de aprendizaje y la calidad de la enseñanza. Además deberán cumplir las siguientes condiciones:

a)

El equipamiento (equipos, máquinas, etc.) dispondrá de la instalación necesaria para su correcto funcionamiento, cumplirá con las normas de seguridad y prevención de riesgos y con cuantas otras sean de aplicación.

b)

La cantidad y características del equipamiento deberán estar en función del número de personas matriculadas y permitir la adquisición de los resultados de aprendizaje, teniendo en cuenta los criterios de evaluación y los contenidos que se incluyen en cada uno de los módulos profesionales que se impartan en los referidos espacios.

6. Las Administraciones competentes velarán para que los espacios y el equipamiento sean los adecuados en cantidad y características para el desarrollo de los procesos de enseñanza y aprendizaje que se derivan de los resultados de aprendizaje de los módulos correspondientes y garantizar así la calidad de estas enseñanzas.

Artículo 12. Profesorado.

1. La docencia de los módulos profesionales que constituyen las enseñanzas de este ciclo formativo corresponde al profesorado del Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, según proceda, de las especialidades establecidas en el Anexo III A) de este real decreto.

2. Las titulaciones requeridas para acceder a los cuerpos docentes citados son, con carácter general, las establecidas en el artículo 13 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley. Las titulaciones equivalentes a las anteriores a esos mismos efectos son, para las distintas especialidades del profesorado, las recogidas en el Anexo III B) del presente real decreto.

3. Los profesores especialistas tendrán atribuida la competencia docente de los módulos profesionales especificados en el Anexo III A) del presente real decreto.

4. Los profesores especialistas deberán cumplir los requisitos generales exigidos para el ingreso en la función pública docente establecidos en el artículo 12 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.

5. Además, con el fin de garantizar que se da respuesta a las necesidades de los procesos involucrados en el módulo profesional, es necesario que el profesorado especialista acredite al inicio de cada nombramiento una experiencia profesional reconocida en el campo laboral correspondiente, debidamente actualizada, de al menos dos años de ejercicio profesional en los cuatro años inmediatamente anteriores al nombramiento.

6. Para el profesorado de los centros de titularidad privada o de titularidad pública de otras administraciones distintas de las educativas, las titulaciones requeridas y los requisitos necesarios, para la impartición de los módulos profesionales que conforman el título, son las incluidas en el Anexo III C) del presente real decreto. En todo caso, se exigirá que las enseñanzas conducentes a las titulaciones citadas engloben los objetivos de los módulos profesionales y, si dichos objetivos no estuvieran incluidos, además de la titulación deberá acreditarse, mediante «certificación», una experiencia laboral de, al menos tres años, en el sector vinculado a la familia profesional, realizando actividades productivas en empresas relacionadas implícitamente con los resultados de aprendizaje.

7. Las Administraciones competentes velarán para que el profesorado que imparte los módulos profesionales cumpla con los requisitos especificados y garantizar así la calidad de estas enseñanzas.

CAPÍTULO IV. Accesos y vinculación a otros estudios, y correspondencia de módulos profesionales con las unidades de competencia

Artículo 13. Preferencias para el acceso a este ciclo formativo en relación con las modalidades y materias de Bachillerato cursadas.

Tendrán preferencia para acceder a este ciclo formativo aquellos alumnos que hayan cursado la modalidad de bachillerato de Ciencias y Tecnología.

Artículo 14. Acceso y vinculación a otros estudios.

1. El título de Técnico Superior en Educación y Control Ambiental permite el acceso directo para cursar cualquier otro ciclo formativo de grado superior, en las condiciones de admisión que se establezcan.

2. El título de Técnico Superior en Educación y Control Ambiental permite el acceso directo a las enseñanzas conducentes a los títulos universitarios de grado, en las condiciones de admisión que se establezcan.

3. El Gobierno, oído el Consejo de Universidades, regulará, en norma específica, el reconocimiento de créditos entre los títulos de técnico superior de la formación profesional y las enseñanzas universitarias de grado. A efectos de facilitar el régimen de convalidaciones, en este real decreto se han asignado, en las enseñanzas mínimas establecidas, 120 créditos ECTS entre todos los módulos profesionales de este ciclo formativo.

Artículo 15. Convalidaciones y exenciones.

1. Serán objeto de convalidación los módulos profesionales comunes a varios ciclos formativos, de igual denominación, duración, contenidos, objetivos expresados como resultados de aprendizaje y criterios de evaluación, establecidos en los reales decretos por los que se fijan las enseñanzas mínimas de los títulos de formación profesional. No obstante lo anterior, y de acuerdo con el artículo 45.2 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, quienes hubieran superado el módulo profesional de Formación y orientación laboral o el módulo profesional de Empresa e iniciativa emprendedora en cualquiera de los ciclos formativos correspondientes a los títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, tendrán convalidados dichos módulos en cualquier otro ciclo formativo establecido al amparo de la misma ley.

2. El módulo profesional de Formación y orientación laboral de cualquier título de formación profesional podrá ser objeto de convalidación siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 45.3 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre: que se acredite, al menos, un año de experiencia laboral y que se presente la acreditación de la formación establecida para el desempeño de las funciones de nivel básico de la actividad preventiva, expedida de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.

3. De acuerdo con lo establecido en el artículo 49 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, podrá determinarse la exención total o parcial del módulo profesional de Formación en centros de trabajo por su correspondencia con la experiencia laboral, siempre que se acredite una experiencia relacionada con este ciclo formativo en los términos previstos en dicho artículo.

Artículo 16. Correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación, convalidación o exención.

1. La correspondencia de las unidades de competencia con los módulos profesionales que forman las enseñanzas del título de Técnico Superior en Educación y Control Ambiental para su convalidación o exención queda determinada en el Anexo IV A) de este real decreto.

2. La correspondencia de los módulos profesionales que forman las enseñanzas del título de Técnico Superior en Educación y Control Ambiental con las unidades de competencia para su acreditación, queda determinada en el Anexo IV B) de este real decreto.

Disposición adicional primera. Referencia del título en el marco europeo.

Una vez establecido el marco nacional de cualificaciones, de acuerdo con las recomendaciones europeas, se determinará el nivel correspondiente de esta titulación en el marco nacional y su equivalente en el europeo.

Disposición adicional segunda. Oferta a distancia del presente título.

Los módulos profesionales que forman las enseñanzas de este ciclo formativo podrán ofertarse a distancia, siempre que se garantice que el alumnado pueda conseguir los resultados de aprendizaje de los mismos, de acuerdo con lo dispuesto en el presente real decreto. Para ello, las Administraciones educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, adoptarán las medidas que estimen necesarias y dictarán las instrucciones precisas.

Disposición adicional tercera. Titulaciones equivalentes y vinculación con capacitaciones profesionales.

La formación establecida en este real decreto en el módulo profesional de Formación y orientación laboral capacita para llevar a cabo responsabilidades profesionales equivalentes a las que precisan las actividades de nivel básico en prevención de riesgos laborales, establecidas en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, siempre que tenga, al menos, 45 horas lectivas.

Disposición adicional cuarta. Regulación del ejercicio de la profesión.

De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, los elementos recogidos en el presente real decreto no constituyen una regulación del ejercicio de profesión titulada alguna.

Disposición adicional quinta. Equivalencias a efectos de docencia en los procedimientos selectivos de ingreso en el Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional.

El título de Técnico Superior o de Técnico Especialista se declara equivalente a los exigidos para el acceso al Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, cuando el titulado haya ejercido como profesor interino en centros públicos del ámbito territorial de la Administración convocante, en la especialidad docente a la que pretenda acceder y durante un periodo mínimo de dos años antes del 31 de agosto de 2007.

Disposición adicional sexta. Accesibilidad universal en las enseñanzas de este título.

1. Las Administraciones educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, incluirán en el currículo de este ciclo formativo los elementos necesarios para garantizar que las personas que lo cursen desarrollen las competencias incluidas en el currículo en «diseño para todos».

2. Asimismo, dichas Administraciones adoptarán las medidas que estimen necesarias para que este alumnado pueda acceder y cursar dicho ciclo formativo en las condiciones establecidas en la disposición final décima de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

Disposición derogatoria única. Derogación de normas.

Quedan derogadas todas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este real decreto.

Disposición final primera. Título competencial.

El presente real decreto tiene carácter de norma básica, al amparo de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1.1.ª y 30.ª de la Constitución.

Disposición final segunda. Implantación del nuevo currículo.

Las Administraciones educativas implantarán el nuevo currículo de estas enseñanzas en el curso escolar 2012/2013. No obstante, podrán anticipar al año académico 2011/2012 la implantación de este ciclo formativo.

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 18 de marzo de 2011.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Educación,

ÁNGEL GABILONDO PUJOL

ANEXO I. Módulos Profesionales

Módulo Profesional: Estructura y dinámica del medio ambiente.

Equivalencia en créditos ECTS: 10

Código: 0785

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

1. Clasifica los principios fundamentales de la ecología, identificando las principales leyes que los sustentan.

Criterios de evaluación:

a)

Se han identificado las partes principales que forman la estructura de un ecosistema.

b)

Se han caracterizado los principales tipos de ecosistemas.

c)

Se han identificado los principales factores ambientales.

d)

Se ha determinado la productividad primaria de un sistema ecológico.

e)

Se han identificado las cadenas, redes y niveles tróficos.

f)

Se ha determinado la concentración de sustancias tóxicas en las cadenas tróficas.

g)

Se han identificado los factores limitantes y el ambiente físico.

h)

Se han identificado los pasos más importantes en el desarrollo y evolución de un ecosistema.

2. Caracteriza las actividades humanas que influyen en el medio ambiente, relacionándolas con criterios de sostenibilidad y equilibrio ambiental.

Criterios de evaluación:

a)

Se han clasificado las principales actividades humanas que influyen en el medio natural.

b)

Se han identificado las interacciones producidas entre los organismos y el medio.

c)

Se han comparado las diferentes características del hábitat estudiado.

d)

Se ha identificado el problema ambiental producido por diferentes actividades extractivas.

e)

Se ha identificado el problema ambiental producido por diferentes actividades agrícolas y ganaderas.

f)

Se ha identificado el tipo de alteraciones ambientales que se pueden producir.

3. Interpreta los factores que influyen en el funcionamiento de los ecosistemas terrestres, aéreos y acuáticos, relacionándolos con el desarrollo de los procesos geológicos, meteorológicos e hidrológicos.

Criterios de evaluación:

a)

Se han descrito los diferentes procesos de erosión producidos por fenómenos naturales.

b)

Se han identificado los agentes causantes de la desertización, tanto naturales como artificiales.

c)

Se han clasificado los distintos tipos de suelos en función de su composición.

d)

Se han identificado los efectos de los diferentes meteoros en el medio natural y social.

e)

Se han relacionado los factores que influyen en el cambio climático, con el efecto invernadero, la lluvia ácida y las alteraciones de la capa de ozono.

f)

Se han enunciado los principales usos del agua como recurso esencial para la vida y para el funcionamiento de los diferentes ecosistemas.

g)

Se han identificado las distintas normas de clasificación del agua según su uso.

h)

Se han caracterizado las propiedades físico-químicas de una muestra de suelo.

i)

Se ha evaluado la actividad biológica de una muestra de suelo.

4. Caracteriza los elementos abióticos que componen el medio, relacionando su importancia con el comportamiento de los organismos.

Criterios de evaluación:

a)

Se han descrito los métodos de reconocimiento de elementos abióticos que componen el medio ambiente.

b)

Se han identificado las características físicas o químicas que afectan a los organismos.

c)

Se ha relacionado la influencia de la luz y la temperatura con los ecosistemas.

d)

Se ha relacionado la influencia de la humedad atmosférica y las precipitaciones, con la distribución de los seres vivos.

e)

Se ha relacionado la influencia del viento con la distribución de los seres vivos.

f)

Se ha relacionado la influencia de la altitud y latitud con la adaptación de los seres vivos.

g)

Se han identificado las características físicas del agua, estado en que se encuentra y composición química, para determinar qué organismos habitan en uno u otro sistema.

h)

Se han identificado los factores del suelo, para determinar la habitabilidad de diferentes especies.

i)

Se han clasificado los métodos principales de predicción meteorológica.

5. Caracteriza las relaciones entre organismos de una misma especie y entre los de diferentes especies, valorando los efectos de los elementos bióticos.

Criterios de evaluación:

a)

Se han descrito modelos de crecimiento poblacional.

b)

Se han identificado diferentes tipos de interacciones entre individuos.

c)

Se han definido diferentes modelos de competencia.

d)

Se han descrito los tipos de depredación.

e)

Se han relacionado otras interacciones de herbivoría con los efectos sobre las plantas.

f)

Se han identificado los diferentes índices de diversidad y biodiversidad.

g)

Se han relacionado diferentes tipos de asociación con las necesidades de la especie.

h)

Se han caracterizado diferentes tipos de sociedades en función de la distribución del trabajo y su jerarquización.

i)

Se han identificado los diferentes tipos de asociación cuyos cuerpos se hayan unido entre sí.

6. Comprueba la influencia de los factores antrópicos en el medio ambiente, analizando su valor en el mantenimiento de la biodiversidad.

Criterios de evaluación:

a)

Se ha identificado el valor de los factores antrópicos presentes en el medio ambiente.

b)

Se han determinado los factores que caracterizan la desertización.

c)

Se ha descrito la influencia del hombre en el modelado del paisaje.

d)

Se han clasificado los efectos que producen perturbaciones en los ecosistemas naturales y, las prácticas agrarias y ganaderas inadecuadas.

e)

Se han relacionado las obras de infraestructuras con las alteraciones del medio, el suelo y las aguas.

f)

Se han identificado episodios de contaminación difusa que alteran grandes espacios naturales.

g)

Se han identificado los daños causados por los incendios forestales y la erosión producida.

h)

Se han clasificado las actividades extractivas a cielo abierto y sus consecuencias para el medio natural.

i)

Se han descrito métodos de desarrollo sostenible de producción agrícola y ganadera.

j)

Se han valorado las diferencias entre las modalidades de turismo tradicional y el ecoturismo, para el mantenimiento de la biodiversidad.

Duración: 90 horas.

Contenidos básicos:

Clasificación de los principios fundamentales de la ecología:

− Estructura de un ecosistema.

− Principales factores ambientales.

− Cadenas, redes y niveles tróficos.

− Determinación de la concentración de sustancias tóxicas en las cadenas tróficas.

Caracterización de las actividades humanas que influyen en el medio ambiente:

− Influencia de actividades humanas en el medio natural.

− Interacciones entre organismo y ambiente.

− Impacto ambiental. Actividades sujetas a estudio.

Interpretación de los factores que influyen en los ecosistemas:

− Procesos de erosión y desertización.

− Petrología y mineralogía.

− Edafología: origen, tipos, características y componentes.

− El suelo como recurso natural.

− El suelo. Textura y estructura.

− Propiedades físicas y químicas.

− Actividad biológica del suelo.

− Muestreo de suelos.

− Análisis de suelos.

− Remediación de un suelo contaminado.

− Influencia de los meteoros sobre el medio natural y social.

− Clima y suelo.

Caracterización de los elementos abióticos que componen el medio ambiente:

− Características físicas o químicas que afectan a los organismos.

− La luz y su influencia en los ecosistemas.

− La temperatura, la humedad y el viento. Su influencia en la distribución de las diferentes especies de seres vivos.

− Altitud y latitud; su influencia en la adaptación de los seres vivos.

− Características físicas del agua.

Caracterización de las relaciones entre organismos de una misma especie:

− Modelos de crecimiento poblacional.

− Modelos de competencia.

− Depredación.

− Índices de diversidad y biodiversidad.

− Ciclo del agua. Caudal ecológico. Cuencas hidrográficas.

− Calidad del agua.

− Usos del agua y normativa.

− Riberas y humedales.

Comprobación de la influencia de los factores antrópicos:

− Factores antrópicos.

− Desertización.

− El paisaje.

− Métodos de producción agraria y perturbaciones que producen.

− Alteraciones producidas en el medio por determinadas infraestructuras y actividades extractivas a cielo abierto.

− Contaminación difusa.

− Desarrollo sostenible de producción agrícola y ganadera.

− Turismo tradicional, turismo sostenible o ecoturismo.

Orientaciones pedagógicas.

Este módulo profesional contiene la formación necesaria para desempeñar las funciones de planificación y diseño.

Las funciones de planificación y diseño incluyen aspectos como:

− Interpretación de la influencia recíproca de las actividades humanas y el medio socio-natural.

− Búsqueda y recogida de la información ambiental.

− Elaboración de materiales.

− Conocimiento de las interrelaciones entre especies.

− Difusión de información sobre biodiversidad y cadenas tróficas.

− Estrategias de actuación.

Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en:

− Elaboración de materiales y productos medioambientales.

− Información de actividades ambientales.

− Impartición de formación ambiental.

− Asesoramiento ambiental.

− Gestión ambiental.

La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales b), k), n) y p) del ciclo formativo, y las competencias b), h), k) y n) del título.

Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:

− La información sobre el medio ambiente y sus valores.

− El estudio de la estructura y la dinámica del medio ambiente.

Módulo Profesional: Medio natural.

Equivalencia en créditos ECTS: 12

Código: 0786

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

1. Caracteriza los principales hábitats de España, valorando su biodiversidad.

Criterios de evaluación:

a)

Se han clasificado los principales hábitats de España y asociado a su región biogeográfica.

b)

Se han determinado las estructuras y características básicas en los principales hábitats de España.

c)

Se han descrito brevemente las características de las comunidades faunísticas de los hábitats más importantes de España.

d)

Se han relacionado las especies vegetales y animales presentes en los hábitats correspondientes.

e)

Se han reconocido los principales bosques españoles, determinando las especies vegetales y animales más características.

f)

Se han determinado las estructuras y características básicas de los principales bosques españoles.

2. Clasifica las principales especies animales y vegetales de los medios natural y urbano, interpretando la terminología taxonómica.

Criterios de evaluación:

a)

Se han distinguido las principales especies de la flora española.

b)

Se han distinguido las principales especies de fauna española.

c)

Se han distinguido las principales especies fúngicas de interés comercial.

d)

Se han determinado los principales parámetros de conservación de las especies vegetales españolas más características.

e)

Se han determinado los principales parámetros de conservación de las especies animales españolas más características.

f)

Se han distinguido las principales especies de animales y vegetales más comunes del medio urbano.

g)

Se han identificado la fauna y flora exóticas e invasoras de un entorno.

h)

Se han determinado las pautas de erradicación de la flora y fauna exóticas presentes en un entorno.

i)

Se han caracterizado especies vegetales y animales de un hábitat concreto, utilizando registros fotográficos.

3. Reconoce las principales especies cinegéticas y piscícolas de España, determinando su distribución y estado sanitario.

Criterios de evaluación:

a)

Se han identificado especies cinegéticas y de aguas continentales.

b)

Se han identificado las características del hábitat de especies cinegéticas y de aguas continentales.

c)

Se ha valorado los trofeos de caza mayor en campo.

d)

Se han clasificado trofeos de caza mayor.

e)

Se han caracterizado las técnicas de caza y pesca compatibles con un entorno determinado.

f)

Se ha caracterizado un espacio cinegético, valorando las mejoras y repoblaciones necesarias.

g)

Se ha caracterizado un espacio piscícola, valorando las mejoras y repoblaciones necesarias.

h)

Se ha evaluado la problemática ambiental ocasionada por la actividad cinegética y piscícola en un entorno natural determinado.

4. Caracteriza los principales rastros, huellas y señales de la fauna, interpretando sus pautas de comportamiento.

Criterios de evaluación:

a)

Se han identificado los principales rastros, huellas y señales de la avifauna más característica en los hábitats españoles.

b)

Se han identificado los principales rastros, huellas y señales de los mamíferos más característicos en los hábitats españoles.

c)

Se han analizado excrementos y egagrópilas, determinando la posible dieta del animal.

d)

Se han identificado pautas de comportamiento de una especie, estudiando sobre el terreno los rastros encontrados.

e)

Se han determinado en campo y estimado los posibles orígenes de los daños producidos por herbívoros salvajes y domésticos.

f)

Se han descrito los daños producidos por animales salvajes y domésticos.

g)

Se han catalogado los rastros encontrados en campo.

h)

Se han almacenado correctamente las muestras de rastros encontradas en campo.

i)

Se han aplicado las normas de prevención de riesgos apropiadas a la actividad realizada.

5. Realiza operaciones de control y seguimiento de la fauna y flora, describiendo los medios y métodos necesarios para asegurar su conservación.

Criterios de evaluación:

a)

Se ha reconocido la flora y vegetación de un entorno natural.

b)

Se han realizado inventarios y muestreos de vegetación de un entorno natural.

c)

Se ha realizado un censo básico de fauna, estimando su población.

d)

Se han definido los criterios de eliminación de depredadores y las técnicas de trampeo homologadas para ello.

e)

Se han descrito los principales métodos de marcaje de animales y de anillamiento de aves.

f)

Se han descrito los principales métodos de captura de animales, asegurando el bienestar animal.

g)

Se han reconocido los principales síntomas y patologías animales.

h)

Se ha realizado la toma de muestras de restos de animales, utilizando el protocolo adecuado.

i)

Se ha manipulado un animal para su examen, preparándolo para la recepción en centros especializados.

j)

Se han aplicado las normas de prevención de riesgos apropiadas a la actividad realizada.

6. Aplica la legislación básica sobre biodiversidad y conservación de espacios naturales, interpretando la normativa vigente.

Criterios de evaluación:

a)

Se han reconocido las especies que son clasificadas como amenazadas.

b)

Se ha manejado la legislación básica sobre biodiversidad y conservación de carácter nacional y autonómico.

c)

Se ha manejado la legislación básica de montes de carácter nacional y autonómico.

d)

Se ha manejado la legislación básica cinegética y piscícola de carácter nacional y autonómico.

e)

Se ha utilizado la legislación de la actividad profesional.

f)

Se han realizado búsquedas en bases de datos de biodiversidad, en fuentes oficiales y en organismos competentes.

g)

Se han evaluado proyectos de conservación de flora y fauna.

Duración: 110 horas.

Contenidos básicos:

Caracterización de los principales hábitats de España:

− Hábitats y biodiversidad:

• Regiones biogeográficas de España.

• Hábitats prioritarios. Directiva Hábitat Europea.

− Hábitats en España:

• Clasificación.

• Especies animales y vegetales representativas.

− Los bosques en España:

• Principales formaciones boscosas.

• La sucesión vegetal y la vegetación clímax.

• Estructura y características generales de los distintos bosques en España.

− Brezales y matorrales de zona templada: estructura y características generales.

− Matorrales esclerófilos: estructura y características generales.

− Formaciones herbosas naturales y seminaturales: estructura y características generales.

− Hábitats de agua dulce: estructura y características generales.

− Turberas y áreas pantanosas: estructura y características generales.

− Hábitats rocosos y cuevas: estructura y características generales.

− Hábitats costeros y vegetación halófila: estructura y características generales.

− Dunas marítimas y continentales: estructura y características generales.

Clasificación de las principales especies animales y vegetales de los medios natural y urbano:

− Taxonomía práctica:

• Historia y orígenes.

• Categorías taxonómicas. El nombre científico.

• Identificación de especies. Clasificación taxonómica.

− El medio natural: equilibrio de un espacio natural.

− Biología, ecología y conservación de las principales especies vegetales y fúngicas de los hábitats españoles.

− Biología, ecología y conservación de las principales especies de animales de los hábitats españoles.

− Fauna y flora metropolitana:

• El medio urbano: tipologías.

• El ecosistema urbano.

• Principales especies vegetales y animales presentes en el medio urbano.

• Fauna y flora exótica.

− La fotografía como herramienta en el estudio del medio natural.

Reconocimiento de las principales especies cinegéticas y piscícolas de España:

− Especies cinegéticas españolas:

• Especie cinegética. Definición y concepto legal.

• La actividad cinegética. Problemática social y medioambiental.

• Especies de caza mayor y menor. Descripción y ecología de las especies.

− Especies piscícolas españolas:

• Especies pescables y no pescables. Definiciones y concepto legal.

• La actividad piscícola. Problemática social y medioambiental.

• Especies de aguas continentales. Descripción y ecología de las especies.

− La actividad cinegética y piscícola:

• El patrimonio cinegético y piscícola español.

• La gestión del patrimonio cinegético y piscícola.

• Modalidades de caza y pesca. Características.

• Tipos de armas y de municiones.

• Federaciones y sociedades de cazadores y pescadores. Características.

• Prácticas ilegales de caza y pesca. Furtivismo. Detección.

− Repoblaciones y mejoras de hábitats:

• Procedimientos de mejora del hábitat de las especies cinegéticas y de aguas continentales.

• Repoblaciones de especies cinegéticas y de aguas continentales.

• Problemática ambiental.

Caracterización de rastros, huellas y señales de la fauna:

− Observación indirecta de fauna. La lectura del entorno: toma de muestras en campo. Técnicas y formas de proceder.

− Rastros, huellas y señales de aves:

• Egagrópilas y excrementos.

• Huellas. Tipos y morfologías.

• Señales de alimentación y de comportamiento.

− Rastros, huellas y señales de mamíferos:

• Excrementos.

• Huellas y pisadas.

• Cráneos y cornamentas. Principales morfologías.

• Señales de alimentación y de comportamiento.

• Madrigueras y cubiles.

− Otros rastros y señales.

• Daños de animales salvajes y domésticos:

• Reconocimiento de daños y síntomas. Medidas preventivas.

• Informes y valoración.

Realización de operaciones de control y seguimiento de fauna y flora:

− Estudios básicos de flora y vegetación:

• Inventarios y muestreos.

• Estimación de poblaciones. Metodologías.

• Informes de diversidad vegetal.

− Estimación de poblaciones y seguimientos de fauna:

• Censos y muestreos. Tipos, protocolos y métodos.

• Estimaciones de poblaciones. Metodologías.

• Seguimientos, tipos. Procedimientos de vigilancia y control.

• Equipos para el control y seguimiento de fauna.

− Marcajes y anillamientos. Señalamientos.

− Protección y captura de animales:

• Métodos, técnicas y fundamentos.

• Protocolos de envío y recepción de especies.

− Toma de muestras de restos de animales: formas de recogida, conservación y transporte.

− Control sanitario de la fauna:

• Principales enfermedades.

• Identificación de síntomas y agentes patógenos más comunes.

− Control de la depredación. Definición y conceptos:

• Predadores. Principales especies y pautas de comportamiento.

• Técnicas de trampeo. Medios tradicionales y homologados.

− Tenencias de fauna no autorizadas:

• Naturalización. Problemática.

• Tráfico, comercio y exposición pública.

− Planes de recuperación de fauna y conservación de especies protegidas:

• Tipos. Actuaciones básicas.

• Técnicas básicas de reintroducción y de recuperación.

• La custodia del territorio en España.

Aplicación de la legislación básica sobre biodiversidad y conservación de espacios naturales:

− Legislación básica sobre la biodiversidad y la conservación.

− Legislación básica de montes.

− Legislación cinegética y piscícola: nacional y autonómica.

− Normativa de referencia estatal y autonómica sobre biodiversidad y conservación.

− Normativa de referencia europea sobre biodiversidad y conservación: tratados internacionales, convenios, acuerdos y declaraciones.

Orientaciones pedagógicas.

Este módulo profesional contiene la formación necesaria para desempeñar las funciones de gestión, ejecución y protección ambiental.

La función de gestión incluye aspectos como:

− La caracterización de los principales hábitats de España y sus problemáticas de conservación.

− La gestión de inventarios y documentación.

La función de ejecución incluye aspectos como:

− La realización de inventarios de fauna y flora, determinando su estado de conservación.

− El seguimiento básico de fauna y la determinación de comportamientos.

− La elaboración de informes.

La función de protección ambiental incluye aspectos como:

− La realización de operaciones de protección y conservación de la biodiversidad en los hábitats españoles.

− La detección de impactos sobre la biodiversidad en un entorno.

− La supervisión y seguimiento de la normativa ambiental.

Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en:

− Supervisión y seguimiento de la normativa ambiental.

− Detección de impactos y establecimiento de medidas correctoras.

La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales b), m), o), p), r), s), t), u) y v) del ciclo formativo, y las competencias b), j), m), n), ñ), o), p), q) y r) del título.

Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:

− La caracterización de los hábitats y el conocimiento de la biología, ecología y conservación de sus principales especies.

− El conocimiento de las principales técnicas de inventario y muestreo de poblaciones.

− El conocimiento de las problemáticas de las actividades cinegéticas y piscícolas en los espacios naturales, para la promoción sostenible de estas actividades.

Módulo Profesional: Actividades humanas y problemática ambiental.

Equivalencia en créditos ECTS: 8

Código: 0787

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

1. Clasifica las actividades humanas en función de la alteración provocada en el medio natural, valorando su impacto.

Criterios de evaluación:

a)

Se han relacionado determinadas prácticas agrícolas y ganaderas con el grado de alteración del medio natural.

b)

Se han relacionado procesos de producción industrial con los daños que causan al medio.

c)

Se han relacionado determinadas acciones urbanísticas con la pérdida de zonas de esparcimiento y ocio naturales.

d)

Se han identificado grandes obras de infraestructuras que perjudican las migraciones de fauna salvaje.

e)

Se ha relacionado la desaparición de determinadas especies vegetales y animales con la construcción de grandes barreras artificiales.

f)

Se han identificado las normas de aplicación de plaguicidas para evitar daños ambientales.

g)

Se ha valorado el impacto producido.

h)

Se han relacionado las posibles medidas preventivas, correctoras y compensatorias con el impacto generado.

i)

Se han valorado las actividades humanas en cuanto a su grado de sostenibilidad y coherencia ambiental.

2. Caracteriza la normativa ambiental, identificando sus límites de aplicación.

Criterios de evaluación:

a)

Se ha descrito la normativa de ámbito europeo, estatal y autonómico.

b)

Se ha seleccionado la normativa relacionada con la actividad.

c)

Se han clasificado las infracciones relacionadas con el medio ambiente.

d)

Se ha aplicado el Reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas, al desarrollo de una actividad concreta.

e)

Se han seleccionado protocolos en la medida de la calidad del aire de una zona.

f)

Se han definido planes de tratamiento de residuos sólidos urbanos e industriales, aplicando la normativa vigente.

g)

Se han definido las medidas de protección de espacios naturales de interés ecológico y paisajístico según la normativa.

h)

Se han seleccionado las medidas de protección de incendios forestales, valorando su posible eficacia.

3. Propone alternativas sostenibles a problemas ambientales, analizando los componentes básicos del mismo.

Criterios de evaluación:

a)

Se han valorado las repercusiones del problema ambiental generado, desde el punto de vista socioeconómico de una zona.

b)

Se ha reconocido la incidencia de un problema ambiental, a nivel global.

c)

Se han identificado los niveles máximos permitidos, para determinados parámetros ambientales, según la legislación nacional y transnacional vigente.

d)

Se han identificado los parámetros fuera de norma.

e)

Se han definido actuaciones para la corrección de parámetros.

f)

Se han relacionado las posibles medidas correctoras con el daño producido.

g)

Se ha valorado la incidencia de las medidas propuestas.

h)

Se ha determinado la viabilidad de aplicación de las medidas propuestas.

i)

Se han propuesto medidas correctoras de emisiones que minimicen la contaminación producida.

4. Define propuestas de gestión ambiental, interpretando buenas prácticas utilizadas en el entorno.

Criterios de evaluación:

a)

Se han seleccionado buenas prácticas ambientales en los distintos sectores relacionados con las actividades de la zona.

b)

Se han descrito las actuaciones respetuosas y sostenibles acordes con cada tipo de actividad.

c)

Se han clasificado los residuos urbanos de una población, proponiendo un plan de gestión adecuado.

d)

Se ha secuenciado el proceso de tratamiento de un agua residual urbana.

e)

Se ha definido una propuesta de gestión de los residuos generados por una actividad.

f)

Se han definido los diferentes tratamientos de un residuo industrial generado por una industria.

g)

Se han utilizado las mejores tecnologías disponibles.

h)

Se ha verificado una actividad productiva de modo tradicional o moderno, valorando su influencia ambiental.

5. Colabora en un estudio de impacto ambiental, analizando la normativa.

Criterios de evaluación:

a)

Se han definido las fases de un proyecto de estudio de impacto ambiental.

b)

Se ha realizado un estudio pormenorizado de cada una de las partes que lo componen.

c)

Se han relacionado acciones previas que hay que realizar, con la posible contaminación del medio.

d)

Se han propuesto actuaciones auxiliares que minimicen el impacto producido.

e)

Se ha descrito la ficha tipo de la realización del proyecto.

f)

Se han realizado estudios del medio, relacionando clima, suelo, vegetación, fauna, paisaje y socioeconomía.

g)

Se han verificado los elementos afectados por la actividad.

h)

Se ha elaborado una matriz de evaluación de impactos.

i)

Se ha aplicado la legislación vigente en materia de impactos.

Duración: 70 horas.

Contenidos básicos:

Clasificación de las actividades humanas en función de alteraciones medioambientales:

− Clasificación de actividades humanas que causan perturbaciones en el medio natural.

− Trabajos agrícolas y ganaderos que alteran el medio.

− Contaminantes biodegradables y no biodegradables.

− Construcciones urbanas.

− Alteraciones en especies vegetales y animales por la construcción de grandes obras.

− Impacto: tipos y magnitud.

Caracterización de la normativa ambiental:

− Ley de libre acceso a la información ambiental.

− Directiva europea sobre gestión del ruido.

− Ley sobre protección del medio ambiente atmosférico.

− Decreto sobre calidad de las aguas de uso público.

− Legislación de protección de incendios forestales.

− Niveles máximos permitidos de parámetros ambientales.

Propuestas de alternativas sostenibles a problemas ambientales:

− Desarrollo sostenible.

− Pérdida de calidad ambiental.

− Ecoauditorías.

− Uso de energías alternativas para la realización de procesos de producción.

− Actividades extractivas que alteran el medio natural.

− Clasificación de las industrias químico-farmacéuticas que emplean nuevos métodos de producción menos lesivos para el medio.

− Tipos de contaminantes producidos por la utilización de combustibles fósiles.

Definición de propuestas de gestión ambiental:

− Identificación de impactos generados por una determinada actividad.

− Clasificación de industrias químico-farmacéuticas que producen contaminación.

− Contaminación directa e indirecta. Capa de ozono. Lluvia ácida. Efecto invernadero.

− Sistemas de gestión de residuos urbanos e industriales.

− Aprovechamiento y reutilización de aguas residuales y urbanas.

− Contaminación de suelos.

− Deforestación y desertización.

− Comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres.

Impacto ambiental:

− Leyes vigentes de evaluación de impacto ambiental.

− Definición de proyecto de impacto.

− Actuaciones auxiliares y correctoras.

− Ficha del proyecto de impacto.

− Matrices de evaluación de impacto.

Orientaciones pedagógicas.

Este módulo profesional contiene la formación necesaria para desempeñar las funciones de planificación y programación.

Las funciones de planificación y diseño incluyen aspectos como:

− Interpretación de la influencia recíproca de las actividades humanas y el medio socio-natural.

− Búsqueda y recogida de la información ambiental.

− Elaboración de materiales.

− Estudios de pérdidas de especies animales y vegetales.

− Estudios sobre efectos nocivos para la economía y bienestar social de la pérdida de la biodiversidad.

− Estrategias de actuación.

Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en:

− Identificación de las necesidades y definición de los trabajos.

− Determinación de los recursos.

− Establecimiento de puntos críticos.

− Elaboración de presupuestos.

La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales b), k), n), p) y t) del ciclo formativo, y las competencias b), h), k), n) y p) del título.

Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:

− Actuaciones en el medio natural y problemática ambiental.

Módulo Profesional: Gestión ambiental.

Equivalencia en créditos ECTS: 12

Código: 0788

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

1. Diseña el proceso de verificación del cumplimiento de los límites legales establecidos de emisión de contaminantes atmosféricos, analizando y valorando muestras de los focos que los originan.

Criterios de evaluación:

a)

Se han diferenciado emisión e inmisión.

b)

Se han clasificado los principales contaminantes atmosféricos químicos, físicos y biológicos.

c)

Se ha relacionado la contaminación atmosférica con sus efectos sobre los seres vivos y los materiales.

d)

Se han inventariado los focos de emisión de contaminantes.

e)

Se han tomado muestras para su análisis y valoración.

f)

Se han interpretado los resultados analíticos.

g)

Se ha interpretado la eficiencia de los principales sistemas de depuración de contaminantes atmosféricos.

h)

Se ha identificado la legislación referente a los límites de cada contaminante y se han enumerado posibles medidas correctoras.

2. Diseña el proceso de verificación del cumplimiento de los límites legales de emisión ruidos y vibraciones, interpretando mapas de situación.

Criterios de evaluación:

a)

Se ha realizado un inventario de los focos generadores de ruidos y vibraciones.

b)

Se han identificado los elementos que intervienen en la propagación de ruidos y vibraciones.

c)

Se han descrito los métodos de determinación de ruido ambiental y vibraciones.

d)

Se han enumerado los métodos utilizados para la elaboración de mapas de ruidos.

e)

Se han interpretado los resultados.

f)

Se ha identificado la legislación referente a los límites de emisión de ruidos y vibraciones.

g)

Se han propuesto medidas correctoras.

3. Diseña el proceso de verificación del cumplimiento del tratamiento y expedición de residuos según la normativa, siguiendo el proceso de gestión.

Criterios de evaluación:

a)

Se han clasificado los sistemas de gestión de residuos habitualmente aplicados.

b)

Se han descrito las condiciones de almacenamiento y manipulación de residuos.

c)

Se ha identificado la legislación referente a los diferentes tipos de residuos.

d)

Se han identificado los aspectos legales básicos ligados al transporte de residuos y sustancias peligrosas.

e)

Se ha realizado el inventario de los residuos.

f)

Se ha realizado el etiquetado de los residuos peligrosos según los requisitos y modalidades establecidos en la legislación.

g)

Se ha definido la entrega de residuos peligrosos, elaborando toda la documentación requerida en la legislación.

h)

Se ha realizado una propuesta de medidas correctoras.

4. Diseña el proceso de verificación del cumplimiento de los límites legales de vertido de aguas residuales, examinando los focos.

Criterios de evaluación:

a)

Se ha realizado el inventario de puntos de vertido.

b)

Se han tomado muestras para su análisis y valoración.

c)

Se han interpretado los resultados analíticos.

d)

Se han clasificado los tipos de contaminantes de las aguas en función de su origen.

e)

Se han identificado los efectos de la contaminación de las aguas sobre el entorno.

f)

Se ha identificado la legislación referente a los límites y condiciones de vertido en aguas.

g)

Se han clasificado los principales sistemas de depuración de aguas.

h)

Se ha realizado una propuesta de medidas correctoras.

5 Diseña el proceso de verificación del cumplimiento de los límites legales de contaminantes en suelos, estudiando los focos.

Criterios de evaluación:

a)

Se han clasificado los principales agentes contaminantes de los suelos.

b)

Se han identificado las vías de contaminación del entorno de los suelos contaminados.

c)

Se han enumerado los efectos de la contaminación del suelo sobre el entorno, incluyendo atmósfera, aguas superficiales y subterráneas.

d)

Se han tomado muestras para su análisis y valoración.

e)

Se han interpretado los resultados obtenidos en las analíticas.

f)

Se ha identificado la legislación referente a los límites y condiciones de clasificación de un suelo como suelo contaminado.

g)

Se han clasificado las técnicas de descontaminación de suelos.

h)

Se ha realizado el inventario de los focos contaminantes de un suelo.

i)

Se ha realizado una propuesta de medidas correctoras.

6. Diseña el proceso de verificación de la reducción de consumo en los procesos de producción de bienes o prestación de servicios, identificando las materias primas y recursos naturales utilizados.

Criterios de evaluación:

a)

Se ha elaborado un inventario de materias primas y recursos naturales.

b)

Se han identificado las restricciones de uso, o requisitos legales aplicables al consumo, de determinadas materias primas y recursos naturales.

c)

Se han clasificado las técnicas para la determinación de los consumos de materias primas y recursos naturales.

d)

Se han comparado las opciones de reducción de consumo de materias primas y recursos.

e)

Se han valorado las ventajas e inconvenientes de las principales medidas encaminadas a la reducción de consumo de materias primas y recursos naturales.

f)

Se ha colaborado en la implantación de medidas para la reducción de consumo de materias primas y recursos naturales.

7. Cataloga los aspectos ambientales de una actividad de producción de bienes o de prestación de servicios, valorando su importancia.

Criterios de evaluación:

a)

Se han clasificado los aspectos medioambientales generados en distintas actividades industriales.

b)

Se han clasificado los aspectos medioambientales generados en distintas actividades de prestación de servicios.

c)

Se han identificado los aspectos ambientales de la actividad.

d)

Se han evaluado los aspectos ambientales, siguiendo los criterios establecidos.

e)

Se han jerarquizado los aspectos medioambientales, destacando aquellos que resulten más significativos.

f)

Se han elaborado propuestas de actualizaciones debido a cambios en el proceso productivo.

g)

Se han realizado propuestas en la elaboración de informes.

h)

Se han comparado los aspectos ambientales evaluados con los resultados obtenidos en periodos anteriores.

i)

Se ha valorado la mejora ambiental de la organización a lo largo del tiempo.

8. Elabora documentación para el establecimiento de un Sistema de Gestión Ambiental (SGA), analizando sus requerimientos.

Criterios de evaluación:

a)

Se han identificado las funciones y responsabilidades en la organización para permitir la correcta implantación del SGA.

b)

Se ha analizado la sistemática del funcionamiento del SGA para colaborar en la difusión del mismo.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial del Estado correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de BOE, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. BOE
Condiciones de reutilización del BOE — cita obligatoria de la fuente
Fuente de los datos: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (https://www.boe.es). Datos reutilizados conforme a las condiciones de reutilización del BOE (Resolución de 27 de junio de 2024). Este repositorio es una obra derivada basada en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.