Real Decreto 386/2011, de 18 de marzo, por el que se establece el título de Técnico Superior en Proyectos de Obra Civil y se fijan sus enseñanzas mínimas

Rango Real Decreto
Publicación 2011-04-14
Última actualización 2024-05-28
Estado Vigente texto desactualizado
Texto Tal como se publicó
Departamento Ministerio de Educación
Fuente BOE
PDF Descargar
artículos 16

Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.

2 actos modificadores · 2024-05-28, Real Decreto 500/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican determinados reales decreto…

Historial de reformas JSON API

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone en el artículo 39.6 que el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establecerá las titulaciones correspondientes a los estudios de formación profesional, así como los aspectos básicos del currículo de cada una de ellas.

La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, establece en el artículo 10.1 que la Administración General del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149.1.30.ª y 7.ª de la Constitución y previa consulta al Consejo General de la Formación Profesional, determinará los títulos y los certificados de profesionalidad, que constituirán las ofertas de formación profesional referidas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

El Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo y define en el artículo 6 la estructura de los títulos de formación profesional, tomando como base el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, las directrices fijadas por la Unión Europea y otros aspectos de interés social.

Por otra parte, este real decreto, concreta en el artículo 7 el perfil profesional de dichos títulos, que incluirá la competencia general, las competencias profesionales, personales y sociales, las cualificaciones y, en su caso, las unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en los títulos, de modo que cada título incorporará, al menos, una cualificación profesional completa, con el fin de lograr que, en efecto, los títulos de formación profesional respondan a las necesidades demandadas por el sistema productivo y a los valores personales y sociales para ejercer una ciudadanía democrática.

Este marco normativo hace necesario que ahora el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establezca cada uno de los títulos que formarán el Catálogo de títulos de la formación profesional del sistema educativo, sus enseñanzas mínimas y aquellos otros aspectos de la ordenación académica que, sin perjuicio de las competencias atribuidas a las Administraciones educativas en esta materia, constituyan los aspectos básicos del currículo que aseguren una formación común y garanticen la validez de los títulos, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

A estos efectos, procede determinar para cada título su identificación, su perfil profesional, el entorno profesional, la prospectiva del título en el sector o sectores, las enseñanzas del ciclo formativo, la correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación, convalidación o exención y los parámetros básicos de contexto formativo para cada módulo profesional (espacios, equipamientos necesarios, las titulaciones y especialidades del profesorado y sus equivalencias a efectos de docencia), previa consulta a las Comunidades Autónomas, según lo previsto en el artículo 95 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Asimismo, en cada título también se determinarán los accesos a otros estudios y, en su caso, las modalidades y materias de bachillerato que facilitan la conexión con el ciclo formativo de grado superior, las convalidaciones, exenciones y equivalencias y la información sobre los requisitos necesarios según la legislación vigente para el ejercicio profesional cuando proceda.

Con el fin de facilitar el reconocimiento de créditos entre los títulos de técnico superior y las enseñanzas conducentes a títulos universitarios y viceversa, en los ciclos formativos de grado superior se establecerá la equivalencia de cada módulo profesional con créditos europeos ECTS, tal y como se definen en el Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

Así, el presente real decreto, conforme a lo previsto en el Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, establece y regula, en los aspectos y elementos básicos antes indicados, el título de formación profesional del sistema educativo de Técnico Superior en Proyectos de Obra Civil.

Se ha recurrido a una norma reglamentaria para establecer bases estatales conforme con el Tribunal Constitucional, que admite que «excepcionalmente» las bases puedan establecerse mediante normas reglamentarias en determinados supuestos, como ocurre en el presente caso, cuando «resulta complemento indispensable para asegurar el mínimo común denominador establecido en las normas legales básicas» (así, entre otras, en las SSTC 25/1983, 32/1983, y 48/1988).

En el proceso de elaboración de este real decreto han sido consultadas las Comunidades Autónomas y han emitido informe el Consejo General de la Formación Profesional, el Consejo Escolar del Estado y el Ministerio de Política Territorial y Administración Pública.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Educación y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de marzo de 2011,

DISPONGO:

CAPÍTULO I. Disposiciones generales

Artículo 1. Objeto.

1. El presente real decreto tiene por objeto el establecimiento del título de Técnico Superior en Proyectos de Obra Civil, con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, así como de sus correspondientes enseñanzas mínimas.

2. Lo dispuesto en este real decreto sustituye a la regulación del título de Técnico Superior en Desarrollo de Proyectos Urbanísticos y Operaciones Topográficas, contenida en el Real Decreto 2209/1993, de 17 de diciembre, y 1411/1994, de 25 de junio.

CAPÍTULO II. Identificación del título, perfil profesional, entorno profesional y prospectiva del título en el sector o sectores

Artículo 2. Identificación.

El título de Técnico Superior en Proyectos de Obra Civil queda identificado por los siguientes elementos:

Denominación: Proyectos de Obra Civil.

Nivel: Formación Profesional de Grado Superior.

Duración: 2.000 horas.

Familia Profesional: Edificación y Obra Civil.

Referente europeo: CINE-5b (Clasificación Internacional Normalizada de la Educación).

Artículo 3. Perfil profesional del título.

El perfil profesional del título de Técnico Superior en Proyectos de Obra Civil queda determinado por su competencia general, sus competencias profesionales, personales y sociales, y por la relación de cualificaciones del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.

Artículo 4. Competencia general.

La competencia general de este título consiste en elaborar la documentación técnica de proyectos de obra civil y de ordenación del territorio, realizar levantamientos y replanteos de obras de construcción y gestionar el control documental para su ejecución, respetando la normativa vigente y las condiciones establecidas de calidad, seguridad y medio ambiente.

Artículo 5. Competencias profesionales, personales y sociales.

Las competencias profesionales, personales y sociales de este título son las que se relacionan a continuación:

a)

Realizar levantamientos de terrenos y construcciones, tomando datos previos, planificando el trabajo de campo, estacionando y operando con los instrumentos y útiles topográficos, procesando la información registrada y representando los planos correspondientes.

b)

Intervenir en el desarrollo de proyectos de obra civil y de ordenación del territorio, obteniendo y analizando la información necesaria y proponiendo distintas soluciones.

c)

Intervenir en la redacción de la documentación escrita de proyectos de obra civil y de ordenación del territorio, mediante la elaboración de memorias, pliegos de condiciones, mediciones, presupuestos y demás estudios requeridos (de seguridad, salud y medioambientales, entre otros), utilizando aplicaciones informáticas.

d)

Elaborar la documentación gráfica de proyectos de obra civil y de ordenación del territorio, mediante la representación de los planos necesarios para la definición de los mismos, utilizando aplicaciones informáticas de diseño asistido por ordenador.

e)

Predimensionar y, en su caso, dimensionar bajo las instrucciones del responsable facultativo los elementos integrantes de las redes para servicios de abastecimiento de agua y gas, saneamiento, distribucción de energía eléctrica y alumbrado público, telecomunicaciones y servicios especiales de obra civil, aplicando los procedimientos de cálculo establecidos e interpretando los resultados.

f)

Predimensionar elementos integrantes de estructuras de construcción y, en su caso, colaborar en su definición, operando con aplicaciones informáticas bajo las instrucciones del responsable facultativo.

g)

Intervenir en la definición y cálculo de trazados de obras lineales, operando con aplicaciones informáticas específicas, en su caso, bajo las instrucciones del responsable facultativo.

h)

Elaborar modelos, planos y presentaciones en 2D y 3D para facilitar la visualización y comprensión de proyectos de obra civil y de ordenación del territorio.

i)

Gestionar la documentación de proyectos y ejecución de obras civiles, y de ordenación del territorio, reproduciéndola y organizándola conforme a los criterios de calidad establecidos.

j)

Solicitar y comparar ofertas, obteniendo la información destinada a suministradores, contratistas o subcontratistas, y evaluando y homogeneizando las recibidas.

k)

Valorar proyectos y obras, generando presupuestos conforme a la información de capítulos y partidas y/u ofertas recibidas.

l)

Elaborar planes/ programas, realizando cálculos básicos de rendimientos, para permitir el control de la fase de redacción del proyecto, del proceso de contratación y de la fase de ejecución de trabajos de obra civil.

m)

Adecuar el plan/programa y sus costes al progreso real de los trabajos, partiendo del seguimiento periódico realizado o de las necesidades surgidas a partir de cambios o imprevistos.

n)

Elaborar certificaciones de obra, ajustando las relaciones valoradas a las mediciones aprobadas para proceder a su emisión y facturación.

ñ) Elaborar planes de seguridad y salud y de gestión de residuos de construcción y demoliciones, utilizando la documentación del proyecto y garantizando el cumplimiento de la normativa.

o)

Obtener las autorizaciones preceptivas, realizando los trámites administrativos requeridos en relación al proyecto y/o ejecución de trabajos de obra civil.

p)

Realizar replanteos de puntos, alineaciones y cotas altimétricas, estacionando y operando con los instrumentos y útiles topográficos de medición.

q)

Adaptarse a las nuevas situaciones laborales, manteniendo actualizados los conocimientos científicos, técnicos y tecnológicos relativos a su entorno profesional, gestionando su formación y los recursos existentes en el aprendizaje a lo largo de la vida y utilizando las tecnologías de la información y la comunicación.

r)

Resolver situaciones, problemas o contingencias con iniciativa y autonomía en el ámbito de su competencia, con creatividad, innovación y espíritu de mejora en el trabajo personal y en el de los miembros del equipo.

s)

Organizar y coordinar equipos de trabajo, con responsabilidad, supervisando el desarrollo del mismo, manteniendo relaciones fluidas y asumiendo el liderazgo, así como aportando soluciones a los conflictos grupales que se presentan.

t)

Comunicarse con sus iguales, superiores, clientes y personas bajo su responsabilidad, utilizando vías eficaces de comunicación, transmitiendo la información o conocimientos adecuados, y respetando la autonomía y competencia de las personas que intervienen en el ámbito de su trabajo.

u)

Generar entornos seguros en el desarrollo de su trabajo y el de su equipo, supervisando y aplicando los procedimientos de prevención de riesgos laborales y ambientales de acuerdo con lo establecido por la normativa y los objetivos de la empresa.

v)

Supervisar y aplicar procedimientos de gestión de calidad, de accesibilidad universal y de «diseño para todos», en las actividades profesionales incluidas en los procesos de producción o prestación de servicios.

w)

Realizar la gestión básica para la creación y funcionamiento de una pequeña empresa y tener iniciativa en su actividad profesional con sentido de la responsabilidad social.

x)

Ejercer sus derechos y cumplir con las obligaciones derivadas de su actividad profesional, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente, participando activamente en la vida económica, social y cultural.

Artículo 6. Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.

Cualificaciones profesionales completas:

a)

Representación de proyectos de obra civil EOC202_3 (Real Decreto 1228/2006, de 27 de octubre), que comprende las siguientes unidades de competencia:

UC0638_3: Realizar representaciones de construcción.

UC0641_3: Realizar y supervisar desarrollos de proyectos de carreteras y de urbanización.

UC0642_3: Representar servicios en obra civil.

b)

Control de proyectos y obras de construcción EOC273_3 (Real Decreto 872/2007, de 2 de julio), que comprende las siguientes unidades de competencia:

UC0874_3: Realizar el seguimiento de la planificación en construcción.

UC0875_3: Procesar el control de costes en construcción.

UC0876_3: Gestionar sistemas de documentación de proyectos de construcción.

c)

Levantamientos y replanteos EOC274_3 (Real Decreto 872/2007, de 2 de julio), que comprende las siguientes unidades de competencia:

UC0877_3: Realizar trabajos de campo para levantamientos.

UC0878_3: Realizar trabajos de gabinete para levantamientos.

UC0879_3: Realizar replanteos de proyectos

Artículo 7. Entorno profesional.

1. Las personas que obtienen este título ejercen su actividad como trabajadores autónomos o asalariados en estudios de delineación, estudios de arquitectura e ingeniería, promotoras, empresas de servicios técnicos y consultorías, empresas constructoras, concesionarias y de explotación, empresas de otros sectores cuyas actividades presentan una marcada incidencia territorial con actividades de explotación de recursos naturales y Administraciones Públicas. Su actividad está regulada.

2. Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:

Delineante proyectista de carreteras.

Delineante proyectista de urbanización.

Delineante de obra civil.

Delineante de servicios urbanos.

Práctico en topografía.

Especialista en levantamiento de terrenos.

Especialista en levantamiento de construcciones.

Especialista en replanteos.

Aparatista.

Delineante de topografía.

Ayudante de Jefe de Oficina Técnica.

Ayudante de Planificador.

Ayudante de Técnico de Control de Costes.

Técnico de control documental.

Maquetista de construcción.

Delineante proyectista de redes y sistemas de distribución de fluidos.

Artículo 8. Prospectiva del título en el sector o sectores.

Las Administraciones educativas tendrán en cuenta, al desarrollar el currículo correspondiente, las siguientes consideraciones:

a)

La competitividad de las empresas constructoras en general, especialmente las dedicadas a la construcción de obra civil, y de las empresas u organismos dedicados a la ordenación del territorio estará cada vez más ligada a su capacidad para satisfacer las necesidades del cliente en cuanto a las características del producto y del servicio ofrecido.

b)

Las normativas de aplicación en el sector exigirán que la calidad esté presente en todas y cada una de las fases del proceso constructivo, en cuanto a diseño, compromiso de calidad de productos y materiales, procesos de ejecución y garantías de las obras.

c)

La seguridad y salud laboral será un campo de importancia capital en el sector de la construcción, y se marcará como objetivo prioritario reducir los altos niveles de siniestralidad con una formación permanentemente adaptada a los cambios producidos por la innovación y tecnificación del sector.

d)

Las directivas comunitarias propiciarán la evolución de la construcción hacia un modelo de desarrollo sostenible que evite la degradación del medio ambiente, marcando los requerimientos que deben satisfacer todos los productos que intervienen en los procesos constructivos, las condiciones que se deben cumplir para minimizar el impacto ambiental de las obras realizadas y la correcta gestión de los residuos generados.

e)

La innovación en el sector hará posible el desarrollo de nuevos materiales, incrementará el grado de automatización de los procesos de ejecución y reducirá la producción a pie de obra, propiciando la utilización creciente de prefabricados.

f)

La innovación se orientará a la construcción de infraestructuras inteligentes en las que los servicios cobrarán una importancia creciente, aportando soluciones para mejorar el confort de los usuarios

g)

Las políticas energéticas comunitarias y nacionales impulsarán medidas para la utilización de energías renovables y para mejorar la eficiencia energética en infraestructuras y servicios.

h)

Las tecnologías de la información y de la comunicación (TIC) se incorporarán en todas las fases de los procesos de contrucción, desde el proyecto a la ejecución, dando respuesta a sus necesidades concretas mediante programas informáticos integrados (de diseño, cálculo, planificación y control de costes, entre otros) específicos para el sector.

CAPÍTULO III. Enseñanzas del ciclo formativo y parámetros básicos de contexto

Artículo 9. Objetivos generales.

Los objetivos generales de este ciclo formativo son los siguientes:

a)

Analizar, obtener y representar la información de la zona de actuación (datos previos y de campo), operando con instrumentos y útiles topográficos y procesando la informacion registrada, para realizar levantamientos de terrenos y construcciones.

b)

Obtener y analizar la información técnica y proponer las distintas soluciones, realizando la toma de datos, interpretando la información relevante y elaborando croquis para colaborar en el desarrollo de proyectos de obra civil y de ordenación del territorio.

c)

Elaborar memorias, pliegos de condiciones, mediciones, presupuestos y demás estudios requeridos, utilizando aplicaciones informáticas para participar en la redacción escrita de proyectos de obra civil y de ordenación del territorio.

d)

Diseñar y representar los planos necesarios, utilizando aplicaciones informáticas de diseño asistido por ordenador para elaborar documentación gráfica de proyectos de obra civil y de ordenación del territorio.

e)

Interpretar y configurar las redes para servicios de abastecimiento de agua y gas, saneamiento, distribución de energía eléctrica y alumbrado público, telecomunicaciones y especiales en obra civil, aplicando procedimientos de cálculo establecidos y normativa para el predimensionamiento de las redes de dichos servicios.

f)

Analizar, predimensionar y representar los elementos y sistemas estructurales de proyectos de obra civil, aplicando procedimientos de cálculo establecidos y normativa para colaborar en el cálculo y definición de la estructura.

g)

Analizar, dimensionar y representar trazados de obras lineales, aplicando procedimientos de cálculo establecidos y normativa, y operando con aplicaciones informáticas específicas para colaborar en la definición y cálculo de dichos trazados.

h)

Diseñar y confeccionar modelos, planos y composiciones en 2D y 3D, utilizando aplicaciones informáticas y técnicas básicas de maquetismo para elaborar presentaciones para la visualización y promoción de proyectos de obra civil y de ordenación del territorio.

i)

Reproducir y organizar la documentación gráfica y escrita, aplicando criterios de calidad establecidos, para gestionar la documentación de proyectos y ejecución de obras civiles y de ordenación del territorio.

j)

Identificar, evaluar y homogeneizar la documentación destinada y recibida de suministradores, contratistas o subcontratistas, analizando la información requerida o suministrada para solicitar y comparar ofertas.

k)

Calcular y comparar presupuestos, obteniendo mediciones y costes conforme a la información de capítulos, partidas y ofertas recibidas, para valorar proyectos y obras.

l)

Planificar y controlar las distintas fases de un proyecto u obra civil, realizando cálculos básicos de rendimiento para elaborar planes y programas que permitan el control en la fase de redacción del proyecto, en el proceso de contratación y en la ejecución de trabajos de obra civil.

m)

Verificar el plan/programa y los costes, partiendo del seguimiento periódico realizado y de las necesidades surgidas, para adecuar el plan/programa y los costes al progreso real de los trabajos.

n)

Medir las unidades de obra ejecutadas, ajustando las relaciones valoradas para elaborar certificaciones de obra.

ñ) Analizar y desarrollar la información sobre seguridad y salud, aplicando procedimientos establecidos y normativa, para elaborar planes de seguridad y salud y de gestión de residuos y demoliciones.

o)

Realizar trámites administrativos, analizando y preparando la información requerida para obtener las autorizaciones perceptivas.

p)

Situar y emplazar la posición de elementos significativos del terreno y obra, estacionando y operando con instrumentos y útiles topográficos de medición para realizar replanteos de puntos, alineaciones y cotas altimétricas.

q)

Analizar y utilizar los recursos y oportunidades de aprendizaje relacionadas con la evolución científica, tecnológica y organizativa del sector y las tecnologías de la información y la comunicación, para mantener el espíritu de actualización y adaptarse a nuevas situaciones laborales y personales.

r)

Desarrollar la creatividad y el espíritu de innovación, para responder a los retos que se presentan en los procesos y en la organización del trabajo y de la vida personal.

s)

Tomar decisiones de forma fundamentada, analizando las variables implicadas, integrando saberes de distinto ámbito y aceptando los riesgos y la posibilidad de equivocación en las mismas, para afrontar y resolver distintas situaciones, problemas o contingencias.

t)

Desarrollar técnicas de liderazgo, motivación, supervisión y comunicación en contextos de trabajo en grupo, para facilitar la organización y coordinación de equipos de trabajo.

u)

Aplicar estrategias y técnicas de comunicación adaptándose a los contenidos que se van a transmitir, a la finalidad y a las características de los receptores, para asegurar la eficacia en los procesos de comunicación.

v)

Evaluar situaciones de prevención de riesgos laborales y de protección ambiental, proponiendo y aplicando medidas de prevención personales y colectivas, de acuerdo con la normativa aplicable en los procesos del trabajo, para garantizar entornos seguros.

w)

Identificar y proponer las acciones profesionales necesarias, para dar respuesta a la accesibilidad universal y al «diseño para todos».

x)

Identificar y aplicar parámetros de calidad en los trabajos y actividades realizados en el proceso de aprendizaje, para valorar la cultura de la evaluación y de la calidad y ser capaces de supervisar y mejorar procedimientos de gestión de calidad.

y)

Utilizar procedimientos relacionados con la cultura emprendedora, empresarial y de iniciativa profesional, para realizar la gestión básica de una pequeña empresa o emprender un trabajo.

z)

Reconocer sus derechos y deberes como agente activo en la sociedad, teniendo en cuenta el marco legal que regula las condiciones sociales y laborales, para participar como ciudadano democrático.

Artículo 10. Módulos profesionales.

1. Los módulos profesionales de este ciclo formativo:

a)

Quedan desarrollados en el Anexo I del presente real decreto, cumpliendo lo previsto en el artículo 14 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre.

b)

Son los que a continuación se relacionan:

0562. Estructuras de construcción.

0563. Representaciones de construcción.

0564. Mediciones y valoraciones de construcción.

0565. Replanteos de construcción.

0566. Planificación de construcción.

0769. Urbanismo y obra civil.

0770. Redes y servicios en obra civil.

0771. Levantamientos topográficos.

0772. Desarrollo de proyectos urbanísticos.

0773. Desarrollo de proyectos de obras lineales.

0774. Proyecto en obra civil.

0775. Formación y orientación laboral.

0776. Empresa e iniciativa emprendedora.

0777. Formación en centros de trabajo.

2. Las Administraciones educativas establecerán los currículos correspondientes, respetando lo establecido en este real decreto y de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 17 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.

Artículo 11. Espacios y equipamientos.

1. Los espacios necesarios para el desarrollo de las enseñanzas de este ciclo formativo son los establecidos en el Anexo II de este real decreto.

2. Los espacios dispondrán de la superficie necesaria y suficiente para desarrollar las actividades de enseñanza que se deriven de los resultados de aprendizaje de cada uno de los módulos profesionales que se imparten en cada uno de los espacios. Además, deberán cumplir las siguientes condiciones:

a)

La superficie se establecerá en función del número de personas que ocupen el espacio formativo y deberá permitir el desarrollo de las actividades de enseñanza-aprendizaje con la ergonomía y la movilidad requeridas dentro del mismo.

b)

Deberán cubrir la necesidad espacial de mobiliario, equipamiento e instrumentos auxiliares de trabajo.

c)

Deberán respetar los espacios o superficies de seguridad que exijan las máquinas y equipos en funcionamiento.

d)

Respetarán la normativa sobre prevención de riesgos laborales, la normativa sobre seguridad y salud en el puesto de trabajo y cuantas otras normas sean de aplicación.

3. Los espacios formativos establecidos podrán ser ocupados por diferentes grupos de alumnos que cursen el mismo u otros ciclos formativos, o etapas educativas.

4. Los diversos espacios formativos identificados no deben diferenciarse necesariamente mediante cerramientos.

5. Los equipamientos que se incluyen en cada espacio han de ser los necesarios y suficientes para garantizar al alumnado la adquisición de los resultados de aprendizaje y la calidad de la enseñanza. Además deberán cumplir las siguientes condiciones:

a)

El equipamiento (equipos, máquinas, etc.) dispondrá de la instalación necesaria para su correcto funcionamiento, cumplirá con las normas de seguridad y prevención de riesgos y con cuantas otras sean de aplicación.

b)

La cantidad y características del equipamiento deberán estar en función del número de personas matriculados y permitir la adquisición de los resultados de aprendizaje, teniendo en cuenta los criterios de evaluación y los contenidos que se incluyen en cada uno de los módulos profesionales que se impartan en los referidos espacios.

6. Las Administraciones competentes velarán para que los espacios y el equipamiento sean los adecuados en cantidad y características para el desarrollo de los procesos de enseñanza y aprendizaje que se derivan de los resultados de aprendizaje de los módulos correspondientes y garantizar así la calidad de estas enseñanzas.

Artículo 12. Profesorado.

1. La docencia de los módulos profesionales que constituyen las enseñanzas de este ciclo formativo corresponde al profesorado del Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, según proceda, de las especialidades establecidas en el Anexo III A) de este real decreto.

2. Las titulaciones requeridas para acceder a los cuerpos docentes citados son, con carácter general, las establecidas en el artículo 13 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley. Las titulaciones equivalentes a las anteriores a esos mismos efectos son, para las distintas especialidades del profesorado, las recogidas en el Anexo III B) del presente real decreto.

3. Para el profesorado de los centros de titularidad privada o de titularidad pública de otras administraciones distintas de las educativas, las titulaciones requeridas y los requisitos necesarios para la impartición de los módulos profesionales que conforman el título son las incluidas en el Anexo III C) del presente real decreto. En todo caso, se exigirá que las enseñanzas conducentes a las titulaciones citadas engloben los objetivos de los módulos profesionales o se acredite, mediante «certificación», una experiencia laboral de, al menos, tres años en el sector vinculado a la familia profesional, realizando actividades productivas en empresas relacionadas implícitamente con los resultados de aprendizaje.

4. Las Administraciones competentes velarán para que el profesorado que imparte los módulos profesionales cumpla con los requisitos especificados y garantizar así la calidad de estas enseñanzas.

CAPÍTULO IV. Accesos y vinculación a otros estudios, y correspondencia de módulos profesionales con las unidades de competencia

Artículo 13. Preferencias para el acceso a este ciclo formativo en relación con las modalidades y materias de Bachillerato cursadas.

Tendrán preferencia para acceder a este ciclo formativo aquellos alumnos que hayan cursado la modalidad de Bachillerato de Ciencias y Tecnología, o del Bachillerato de Artes.

Artículo 14. Acceso y vinculación a otros estudios.

1. El título de Técnico Superior en Proyectos de Obra Civil permite el acceso directo para cursar cualquier otro ciclo formativo de grado superior, en las condiciones de admisión que se establezcan.

2. El título de Técnico Superior en Proyectos de Obra Civil permite el acceso directo a las enseñanzas conducentes a los títulos universitarios de grado, en las condiciones de admisión que se establezcan.

3. El Gobierno, oído el Consejo de Universidades, regulará, en norma específica, el reconocimiento de créditos entre los títulos de técnico superior de la formación profesional y las enseñanzas universitarias de grado. A efectos de facilitar el régimen de convalidaciones se han asignado 120 créditos ECTS, en las enseñanzas mínimas establecidas en este real decreto, entre todos los módulos profesionales de este ciclo formativo.

Artículo 15. Convalidaciones y exenciones.

1. Las convalidaciones entre módulos profesionales de títulos de formación profesional establecidos al amparo de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, y los módulos profesionales del título que se establece en este real decreto son las que se indican en el Anexo IV.

2. Serán objeto de convalidación los módulos profesionales comunes a varios ciclos formativos, de igual denominación, duración, contenidos, objetivos expresados como resultados de aprendizaje y criterios de evaluación, establecidos en los reales decretos por los que se fijan las enseñanzas mínimas de los títulos de Formación Profesional. No obstante lo anterior, y de acuerdo con el artículo 45.2 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, quienes hubieran superado el módulo profesional de Formación y orientación laboral o el módulo profesional de Empresa e iniciativa emprendedora en cualquiera de los ciclos formativos correspondientes a los títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación tendrán convalidados dichos módulos en cualquier otro ciclo formativo establecido al amparo de la misma ley.

3. El módulo profesional de Formación y orientación laboral de cualquier título de formación profesional podrá ser objeto de convalidación siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 45.3 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre: que se acredite, al menos, un año de experiencia laboral y que se presente una acreditación de la formación establecida para el desempeño de las funciones de nivel básico de la actividad preventiva, expedida de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.

4. De acuerdo con lo establecido en el artículo 49 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, podrá determinarse la exención total o parcial del módulo profesional de Formación en centros de trabajo por su correspondencia con la experiencia laboral, siempre que se acredite una experiencia relacionada con este ciclo formativo en los términos previstos en dicho artículo.

Artículo 16. Correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación, convalidación o exención.

1. La correspondencia de las unidades de competencia con los módulos profesionales que forman las enseñanzas del título de Técnico Superior en Proyectos de Obra Civil para su convalidación o exención queda determinada en el Anexo V A) de este real decreto.

2. La correspondencia de los módulos profesionales que forman las enseñanzas del título de Técnico Superior en Proyectos de Obra Civil con las unidades de competencia para su acreditación queda determinada en el Anexo V B) de este real decreto.

Disposición adicional primera. Referencia del título en el marco europeo.

Una vez establecido el marco nacional de cualificaciones, de acuerdo con las recomendaciones europeas, se determinará el nivel correspondiente de esta titulación en el marco nacional y su equivalente en el europeo.

Disposición adicional segunda. Oferta a distancia del presente título.

Los módulos profesionales que forman las enseñanzas de este ciclo formativo podrán ofertarse a distancia, siempre que se garantice que el alumno puede conseguir los resultados de aprendizaje de los mismos, de acuerdo con lo dispuesto en el presente real decreto. Para ello, las Administraciones educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, adoptarán las medidas que estimen necesarias y dictarán las instrucciones precisas.

Disposición adicional tercera. Titulaciones equivalentes y vinculación con capacitaciones profesionales.

1. De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional trigésimo primera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, los títulos de Técnico Especialista de la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa, que a continuación se relacionan, tendrán los mismos efectos profesionales y académicos que el título de Técnico Superior en Proyectos de Obra Civil establecido en el presente real decreto:

a)

Técnico Especialista en Topografía, rama Construcción y Obras.

b)

Técnico Especialista en Vias y Obras, rama Construcción y Obras.

c)

Técnico Especialista Sobrestante, rama Construcción y Obras.

2. El título de Técnico Superior en Desarrollo de Proyectos Urbanísticos y Operaciones Topográficas, establecido por el Real Decreto 2209/1993, de 17 de diciembre, y 1411/1994, de 25 de junio, tendrá los mismos efectos profesionales y académicos que el título de Técnico Superior en Proyectos de Obra Civil establecido en el presente real decreto.

3. La formación establecida en este real decreto en el módulo profesional de Formación y orientación laboral capacita para llevar a cabo responsabilidades profesionales equivalentes a las que precisan las actividades de nivel básico en prevención de riesgos laborales, establecidas en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, siempre que tenga, al menos, 45 horas lectiva; recogiéndose en los módulos asociados a las unidades de competencia, de forma integrada, la formación en materia preventiva adicional para completar las 60 horas correspondientes al Nivel Básico en Prevención de Riesgos Laborales en el sector de la Construcción.

4. La formación establecida en este real decreto cubre, entre todos los módulos asociados a las unidades de competencia y de forma integrada, la formación específica en materia de prevención de riesgos laborales, y los requisitos exigibles en dicha materia para la obtención de la Tarjeta Profesional de la Construcción (TPC), conforme a las especificaciones establecidas en el Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción.

Disposición adicional cuarta. Regulación del ejercicio de la profesión.

1. De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, los elementos recogidos en el presente real decreto no constituyen una regulación del ejercicio de profesión titulada alguna.

2. Asimismo, las equivalencias de titulaciones académicas establecidas en el apartado 1 y 2 de la disposición adicional tercera de este real decreto, se entenderán sin perjuicio del cumplimiento de las disposiciones que habilitan para el ejercicio de las profesiones reguladas.

Disposición adicional quinta. Equivalencias a efectos de docencia en los procedimientos selectivos de ingreso en el Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional.

El título de Técnico Superior o de Técnico Especialista se declara equivalente a los exigidos para el acceso al Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, cuando el titulado haya ejercido como profesor interino en centros públicos del ámbito territorial de la Administración convocante, en la especialidad docente a la que pretenda acceder y durante un periodo mínimo de dos años antes del 31 de agosto de 2007.

Disposición adicional sexta. Accesibilidad universal en las enseñanzas de este título.

1. Las Administraciones educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, incluirán en el currículo de este ciclo formativo los elementos necesarios para garantizar que las personas que lo cursen desarrollen las competencias incluidas en el currículo en «diseño para todos».

2. Asimismo, dichas Administraciones adoptarán las medidas que estimen necesarias para que este alumnado pueda acceder y cursar dicho ciclo formativo en las condiciones establecidas en la disposición final décima de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

Disposición transitoria única. Aplicabilidad de otras normas.

1. Hasta que sea de aplicación lo dispuesto en este real decreto, en virtud de lo establecido en sus disposiciones finales segunda y tercera, será de aplicación lo dispuesto en el Real Decreto 2209/1993, de 17 de diciembre, y 1411/1994, de 25 de junio, por el que se establece el título de Técnico Superior en Desarrollo de Proyectos Urbanísticos y Operaciones Topográficas y las correspondientes enseñanzas mínimas.

2. Asimismo, hasta que sea de aplicación la norma que regule, para el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, el currículo correspondiente al título de Técnico Superior en Proyectos de Obra Civil, será de aplicación lo establecido en el Real Decreto 135/1994, de 4 de febrero, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Desarrollo de Proyectos Urbanísticos y Operaciones Topográficas.

Disposición derogatoria única. Derogación de normas.

1. Queda derogado el Real Decreto 2209/1993, de 17 de diciembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Desarrollo de Proyectos Urbanísticos y Operaciones Topográficas y las correspondientes enseñanzas mínimas y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este real decreto.

2. Queda derogado el Real Decreto 135/1994, de 4 de febrero, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Desarrollo de Proyectos Urbanísticos y Operaciones Topográficas.

Disposición final primera. Título competencial.

El presente real decreto tiene carácter de norma básica, al amparo de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1.1.ª y 30.ª de la Constitución.

Disposición final segunda. Implantación del nuevo currículo.

Las Administraciones educativas implantarán el nuevo currículo de estas enseñanzas en el curso escolar 2012/2013. No obstante, podrán anticipar al año académico 2011/2012 la implantación de este ciclo formativo.

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 18 de marzo de 2011.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Educación,

ÁNGEL GABILONDO PUJOL

ANEXO I. Módulos Profesionales

Módulo Profesional: Estructuras de construcción.

Equivalencia en créditos ECTS: 6

Código: 0562

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

1.Realiza cálculos para el pre-dimensionado de elementos de construcción, resolviendo problemas de estática y aplicando la composición, descomposición y equilibrio de fuerzas y sus momentos.

Criterios de evaluación:

a)

Se ha calculado la magnitud y dirección de la resultante de un sistema de fuerzas.

b)

Se ha realizado la descomposición de una fuerza en dos direcciones dadas de forma analítica y gráfica.

c)

Se ha obtenido la resultante de una serie de fuerzas dispersas en el plano, utilizando el polígono central y el funicular.

d)

Se han compuesto y descompuesto, analítica y gráficamente, fuerzas paralelas.

e)

Se han aplicado momentos estáticos a la resolución de problemas de composición de fuerzas dispersas y paralelas.

f)

Se han establecido las condiciones generales de equilibrio de fuerzas en el plano.

g)

Se ha identificado la posición del centro de gravedad de figuras simples.

h)

Se ha obtenido analítica y gráficamente la posición del centro de gravedad en figuras compuestas.

i)

Se han identificado los momentos de inercia de figuras simples.

j)

Se han calculado los momentos de inercia de figuras compuestas.

2. Elabora diagramas de esfuerzos internos, analizando elementos estructurales de construcción y determinando los efectos producidos por la acción de las cargas.

Criterios de evaluación:

a)

Se han identificado los diferentes elementos y sistemas estructurales: cables y membranas, triangulados, reticulados, laminares y porticados.

b)

Se ha dibujado un esquema del recorrido de cargas de una estructura elemental.

c)

Se han definido los diferentes tipos de apoyos y uniones.

d)

Se han reconocido las características de los sistemas articulados.

e)

Se han calculado las reacciones y esfuerzos de un sistema articulado.

f)

Se han identificado los distintos tipos de cargas y apoyos en vigas.

g)

Se ha obtenido el valor del esfuerzo cortante y el momento flector de una viga simplemente apoyada.

h)

Se han definido las condiciones de equilibrio estático de muros de sostenimiento.

3. Propone soluciones constructivas para estructuras de construcción, relacionando su tipología con las propiedades del material empleado y con su proceso de puesta en obra.

Criterios de evaluación:

a)

Se ha identificado la tipología de elementos estructurales de hormigón armado, acero, madera y fábrica y sus características fundamentales.

b)

Se han relacionado los tipos de hormigón con sus características, propiedades y aplicaciones.

c)

Se han secuenciado los procedimientos de puesta en obra del hormigón (fabricación, transporte, vertido, compactado y curado).

d)

Se han identificado los tipos de encofrado, sus características y aplicaciones.

e)

Se han identificado los sistemas de ensamblaje, unión, apuntalamiento y apeo para la confección de elementos de hormigón armado.

f)

Se han establecido criterios para la ejecución del desencofrado.

g)

Se ha relacionado la tipología y características de las armaduras utilizadas en obras de hormigón armado con sus aplicaciones.

h)

Se han secuenciado los procedimientos para la ejecución de armaduras (medida, corte, doblado y montaje de las barras).

i)

Se ha relacionado la tipología y características del acero utilizado en estructuras metálicas con sus aplicaciones.

j)

Se ha relacionado la tipología y características de la madera utilizada en estructuras con sus aplicaciones.

k)

Se han caracterizado los materiales utilizados en la ejecución de fábricas y sus propiedades.

4. Dimensiona elementos y sistemas estructurales sencillos de hormigón armado, acero, madera o fábrica, aplicando normativa y utilizando procedimientos de cálculo.

Criterios de evaluación:

a)

Se han realizado croquis y preparado documentación de apoyo, que sirva de base a la definición de las estructuras.

b)

Se han evaluado las acciones a las que están sometidas elementos estructurales sencillos.

c)

Se han dimensionado cimentaciones mediante zapatas aisladas de hormigón armado.

d)

Se han dimensionado vigas de hormigón armado, acero y madera.

e)

Se han dimensionado soportes de hormigón armado, acero y madera.

f)

Se han dimensionado muros de hormigón armado y fábrica.

g)

Se han dimensionado sistemas estructurales articulados de acero laminado y madera.

h)

Se ha aplicando la normativa y el método correspondiente (ábacos, tablas o programas informáticos).

5. Reconoce los métodos y la operativa para la prospección del terreno, relacionándolos con la determinación de las propiedades del suelo, su clasificación a efectos de cimentación y el contenido del estudio geotécnico.

Criterios de evaluación:

a)

Se han relacionado los materiales que componen el terreno con sus propiedades.

b)

Se han clasificado las construcciones y el terreno de acuerdo con los sistemas de reconocimiento.

c)

Se ha determinado la densidad y la profundidad de los reconocimientos y representado en un plano mediante referencias.

d)

Se han identificado los procedimientos para la prospección del terreno.

e)

Se han caracterizado los ensayos de campo que pueden realizarse en un reconocimiento geotécnico.

f)

Se han definido los objetivos, categorías, equipos y procedimientos para la toma de muestras de un terreno.

g)

Se han reconocido los ensayos de laboratorio que se utilizan para determinar las propiedades de un suelo.

h)

Se ha elaborado un guión básico con el contenido de un estudio geotécnico.

6. Caracteriza las operaciones de movimiento de tierras, analizando los procesos de ejecución asociados y relacionándolos con la maquinaria empleada.

Criterios de evaluación:

a)

Se han diferenciado las características y métodos del movimiento de tierras.

b)

Se ha identificado la maquinaria utilizada para movimiento de tierras y su tipología.

c)

Se han identificado las operaciones básicas del movimiento de tierras (arranque, carga, transporte, explanación y compactación) y la maquinaria asociada.

d)

Se han definido los procesos de ejecución de excavaciones, realizando lecturas de planos, describiendo las tareas y los recursos materiales y humanos necesarios.

e)

Se ha relacionado la maquinaria con los trabajos que hay que realizar.

f)

Se han definido los procedimientos para asegurar la estabilidad de los taludes y paredes de la excavación (entibación, refuerzo y protección superficial del terreno).

g)

Se ha caracterizado el proceso de ejecución de rellenos y los controles que deben realizarse.

7. Propone soluciones constructivas para cimentaciones y elementos de contención, relacionando sus características con los procesos y trabajos de ejecución.

Criterios de evaluación:

a)

Se ha recabado la información gráfica de cimentaciones y elementos de contención.

b)

Se han identificado los diferentes tipos de cimentaciones directas, profundas y elementos de contención y sus características fundamentales.

c)

Se ha relacionado el proceso de ejecución de zapatas, losas y pozos de cimentación con los tipos de pilotaje y encepados.

d)

Se ha relacionado el proceso de ejecución de muros y pantallas con las condiciones que debe reunir el soporte.

e)

Se han reconocido las unidades de obra relativas a las cimentaciones directas, profundas y elementos de contención.

f)

Se han determinado los recursos necesarios para la ejecución de las cimentaciones y sus procedimientos de control.

g)

Se han identificado los aspectos relativos al agotamiento o rebajamiento del agua.

h)

Se han identificado las inestabilidades de las estructuras enterradas en el terreno por roturas hidráulicas.

i)

Se han realizado croquis a mano alzada de las soluciones propuestas.

Duración: 50 horas.

Contenidos básicos:

Pre-dimensionado de elementos de construcción:

− Fuerzas. Composición y descomposición. Equilibrio.

− Momentos estáticos.

− Condiciones de equilibrio de fuerzas en el plano.

− Centros de gravedad.

− Momentos de inercia.

Elaboración de diagramas de esfuerzos:

− Elementos y sistemas estructurales. Acciones, su recorrido y transferencia.

− Fuerzas interiores. Uniones y apoyos.

− Sistemas articulados. Esfuerzos en las barras: tracción y compresión.

− Esfuerzos internos: esfuerzo cortante y momento flector en una viga. Diagrama de cortantes y flectores.

− Macizos de fábrica. Rozamiento. Muros de sostenimiento y su estabilidad. Empujes de tierras y su determinación.

Definición de soluciones y materiales estructurales:

− Estructuras de hormigón armado.

− Soluciones, detalles constructivos y procesos de ejecución de elementos y conexiones.

− Hormigón, encofrados y armaduras: tipología, propiedades, fabricación y puesta en obra.

− Elementos prefabricados.

− Naves prefabricadas.

− Estructuras de acero.

− Soluciones, detalles constructivos y procesos de ejecución de elementos y conexiones.

− El acero: tipos y características. Propiedades mecánicas. Perfiles comerciales.

− Estructuras de madera.

− Soluciones, detalles constructivos y procesos de ejecución de elementos y conexiones.

− La madera como material estructural. Tipología, propiedades y protección. Adhesivos.

− Estructuras de fábrica.

− Soluciones constructivas. Tipos de muros. Coordinación dimensional. Soluciones, detalles constructivos y procesos de ejecución de elementos y conexiones.

− Materiales utilizados en fábricas: tipología y propiedades. Morteros: tipos, propiedades y ejecución. Armaduras, llaves y piezas de unión.

Dimensionado de estructuras:

− Tipología de cargas.

− Cuantificación de las acciones.

− Acción de las cargas sobre los elementos estructurales: esfuerzos simples y compuestos.

− Características mecánicas de los materiales: tensiones, módulos y coeficientes.

− Cálculo de piezas sometidas a tracción, compresión y flexión. Normativa aplicable.

Reconocimiento de las características del terreno:

− Las rocas: clasificación y propiedades.

− Los suelos: origen, estructura física y clasificación. La estratificación del terreno. El agua en el suelo.

− Investigación del terreno.

− Clasificación de construcciones y terrenos a efectos de reconocimiento.

− La prospección del terreno.

− Ensayos de campo.

− La toma de muestras.

− Ensayos de laboratorio.

− Determinación de las propiedades más usuales de un suelo.

− Contenido del estudio geotécnico.

Identificación de maquinaria y operaciones para movimiento de tierras:

− Características y métodos de: desbroce, explanación, desmonte, vaciado, excavaciones y terraplenes.

− Maquinaria para el movimiento de tierras. Tipología.

− Operaciones básicas y maquinaria asociada: arranque, carga, transporte, explanación y compactación.

− Procesos de ejecución de excavaciones en cimientos y zanjas.

Soluciones constructivas para cimentaciones y elementos de contención:

− Conceptos generales sobre la cimentación.

− Cimentaciones superficiales o directas.

− Cimentaciones profundas.

− Elementos de contención.

− Elementos singulares asociados a la cimentación y a la contención.

− Sistemas de mejora o refuerzo del terreno.

− Procesos de ejecución de cimentaciones y contenciones.

− Patología de las cimentaciones.

Orientaciones pedagógicas.

Este módulo profesional es un módulo soporte que contribuye a la formación necesaria para desempeñar la función de desarrollo aplicada a los proyectos de edificación y obra civil.

Los elementos de construcción correspondientes a la estructura, el terreno y la cimentación, asociados a la función de desarrollo, incluyen aspectos como:

− La aplicación de criterios de diseño.

− El dimensionado de elementos constructivos.

− La propuesta de soluciones constructivas alternativas.

Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en:

− Desarrollo de proyectos de edificación y obra civil.

− Seguimiento y supervisión de la planificación.

− Valoración económica y control de costes.

− Ejecución de obra.

− Control de calidad de recepción y ejecución.

− Seguridad y salud.

La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales b), c), d), e), f), g), j), k), l), ñ), p), v), w) y x) del ciclo formativo, y las competencias b), c), d), e), f), g), j), k), l), ñ), p), u) y v) del título.

Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:

− La resolución de problemas de aplicación de estática de construcciones que planteen situaciones identificables en la realidad.

− El análisis del comportamiento de las estructuras de construcción, el descubrimiento de los factores que se han tenido en cuenta al diseñarlas y la exploración de soluciones alternativas, mejoras o cambios en sistemas estructurales dados, teniendo en cuenta otros factores o criterios de diseño.

− La realización de sencillos modelos funcionales de sistemas articulados, para reconocer sus partes, analizar y explicar su funcionamiento.

− El conocimiento de los materiales y sus formas comerciales desde un planteamiento de su aplicación a elementos o sistemas constructivos concretos, analizando las características que definen el material y las razones que justifican su elección y empleo en función de las propiedades requeridas en cuanto a estética, economía, puesta en obra, durabilidad u otras.

− La identificación de procesos de fabricación de materiales y su representación mediante diagramas.

− La resolución de problemas de dimensionado de elementos estructurales sencillos como zapatas aisladas, vigas simplemente apoyadas, soportes y muros.

− Las características e investigación del terreno así como la identificación y previsión de las posibles interacciones entre el terreno y la estructura como paso previo para el diseño y ejecución de cimentaciones técnica y económicamente correctas.

− Las operaciones y maquinaria necesarias para realizar los trabajos de movimiento de tierras.

− La identificación y análisis de documentación escrita y gráfica relativa a estructuras, cimentaciones y reconocimiento de terrenos, valorando su contenido, presentación, lenguaje y convenciones técnicas.

Módulo Profesional: Representaciones de construcción.

Equivalencia en créditos ECTS: 18

Código: 0563

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

1. Representa elementos de construcción, dibujando plantas, alzados, cortes y secciones y empleando útiles de dibujo sobre tablero.

Criterios de evaluación:

a)

Se ha seleccionado el sistema de representación adecuado para representar los elementos constructivos, dependiendo de la información que se desee mostrar.

b)

Se ha elegido la escala en función del tamaño de los elementos constructivos y del espacio de dibujo disponible.

c)

Se ha elegido el formato y el soporte adecuado a los elementos constructivos, a la escala seleccionada y al uso previsto.

d)

Se han seleccionado los útiles de dibujo en función de la naturaleza del trabajo previsto.

e)

Se han realizado las vistas mínimas necesarias para visualizar los elementos constructivos.

f)

Se han realizado los cortes y secciones necesarios.

g)

Se han acotado los elementos representados de forma clara y de acuerdo a las normas.

h)

Se han tenido en cuenta las normas de representación gráfica.

i)

Se ha seleccionado el tipo y el grosor de línea según la norma, la escala, el tamaño o la importancia relativa de lo representado.

j)

Se ha trabajo con orden y limpieza.

2. Realiza representaciones de construcción, dibujando a mano alzada croquis de planos y detalles constructivos.

Criterios de evaluación:

a)

Se ha valorado la importancia de los croquis en el proceso de desarrollo de proyectos de construcción, identificando el uso al que se destinan.

b)

Se han seleccionado los distintos elementos y espacios que van a ser representados en los croquis.

c)

Se han identificado los elementos representados, relacionándolos con sus características constructivas.

d)

Se han seleccionado las vistas necesarias y los cortes suficientes para la identificación de los elementos representados.

e)

Se ha utilizado un soporte adecuado al uso previsto.

f)

Se ha utilizado la simbología normalizada.

g)

Se han definido las proporciones adecuadamente.

h)

Se han acotado los elementos representados de forma clara y de acuerdo a las normas.

i)

Se han tenido en cuenta las normas de representación gráfica.

j)

Se han definido los croquis con la calidad gráfica suficiente para su comprensión.

k)

Se ha trabajado con pulcritud y limpieza.

3. Elabora documentación gráfica de proyectos de construcción, dibujando planos mediante programas de diseño asistido por ordenador.

Criterios de evaluación:

a)

Se ha identificado el proceso de trabajo e interfaz de usuario del programa de diseño asistido por ordenador.

b)

Se ha identificado el diseño con objetos arquitectónicos y utilidades del programa de diseño asistido por ordenador.

c)

Se han identificado los croquis suministrados para la definición de los planos del proyecto de construcción.

d)

Se han distribuido los dibujos, leyendas, rotulación y la información complementaria en los planos.

e)

Se ha seleccionado la escala y el formato apropiado.

f)

Se han realizado los cálculos básicos de superficies y volúmenes que permiten el dimensionamiento correcto de los distintos elementos que componen el plano.

g)

Se han dibujado planos de planta, alzado, cortes, secciones y detalles de proyectos de construcción, de acuerdo con los croquis suministrados y la normativa específica.

h)

Se ha comprobado la correspondencia entre vistas y cortes.

i)

Se han acotado los elementos representados de forma clara y de acuerdo a las normas.

j)

Se han incorporado la simbología y leyendas correspondientes.

k)

Se ha dibujado con precisión y calidad en el tiempo previsto.

4. Realiza presentaciones de proyectos de construcción, obteniendo vistas y perspectivas y utilizando aplicaciones informáticas y técnicas de fotocomposición.

Criterios de evaluación:

a)

Se han identificado las características y elementos constructivos del proyecto de construcción que es preciso representar.

b)

Se han seleccionado los dibujos y fotografías más significativas para la presentación.

c)

Se han seleccionado los planos de planta, alzados, secciones y perfiles para la definición de la perspectiva.

d)

Se han definido las escalas y sistemas de representación establecidos.

e)

Se ha comprobado que los colores, texturas y sombreados cumplen con los acabados que se van a ejecutar en la obra.

f)

Se han utilizado las técnicas y aplicaciones informáticas adecuadas.

g)

Se han obtenido las vistas y perspectivas del proyecto de construcción.

h)

Se ha realizado la fotocomposición como imagen representativa y atrayente del proyecto.

i)

Se ha realizado con precisión y calidad en el tiempo previsto.

5. Elabora maquetas de estudio de proyectos de construcción, aplicando técnicas básicas de maquetismo.

Criterios de evaluación:

a)

Se han identificado los tipos de modelos y maquetas.

b)

Se han seleccionado los planos de planta, alzados, secciones y perfiles para la definición de la maqueta.

c)

Se han seleccionado los materiales de acuerdo con los acabados que se pretenden.

d)

Se ha comprobado que el utillaje reúne las condiciones de uso.

e)

Se ha utilizado el utillaje adecuado.

f)

Se ha definido la escala de la maqueta en relación con su función.

g)

Se ha obtenido el resultado de los volúmenes y formas especificados.

h)

Se ha realizado dentro del plazo indicado.

6. Gestiona la documentación gráfica de proyectos de construcción, reproduciendo, organizando y archivando los planos en soporte papel e informático.

Criterios de evaluación:

a)

Se ha identificado el sistema de reproducción y archivo para cada situación.

b)

Se ha identificado el sistema de codificación de la documentación.

c)

Se ha seleccionado y utilizado el medio de reproducción adecuado a las necesidades de distribución.

d)

Se ha comprobado la nitidez y legibilidad de las copias realizadas.

e)

Se han cortado y doblado los planos correctamente y al tamaño requerido.

f)

Se ha organizado y archivado la documentación gráfica en el soporte solicitado.

g)

Se ha localizado la documentación archivada en el tiempo requerido.

Duración: 175 horas.

Contenidos básicos:

Representación de elementos de construcción:

− Útiles de dibujo.

− Papeles y formatos.

− Rotulación normalizada.

− Dibujo geométrico.

− Elementos de construcción.

− Escalas de uso en construcción.

− Acotación.

− Normalización.

− Representaciones de vistas. Cortes y secciones. Proyección frontal y de perfil. Sombras.

− Planos acotados. Representaciones de superficies y terrenos. Aplicaciones.

Realización de croquis de construcciones:

− Normas generales para la elaboración de croquis.

− Técnicas y proceso de elaboración de croquis.

− Proporciones.

− Rotulación libre.

Elaboración de la documentación gráfica de proyectos de construcción:

− Diseño asistido por ordenador. Introducción e instalación de software. Interfaz de usuario. Inicio, organización y guardado. Control de las vistas de dibujos. Elección del proceso de trabajo. Creación y modificación de objetos. Anotación de dibujos. Trazado y publicación de dibujos.

− Documentación gráfica. Normas generales de representación.

− Planos de proyecto de edificación. Situación y emplazamiento. Plantas de cimentación y estructura. Plantas de distribución y cotas. Plantas de mobiliario. Memorias de carpintería. Planta de cubierta. Cortes. Alzados. Detalle de sección constructiva.

− Planos de proyecto de obra civil. Situación. Plano topográfico. Plano de trazado. Zonificación y parcelación. Perfiles longitudinales y transversales. Secciones tipo.

Realización de presentaciones de proyectos de construcción:

− Trabajos con modelos 3D.

− Perspectivas.

− Texturas.

− Aplicación informática de edición y retoque de imágenes.

− Fotocomposición.

− Iluminación.

− Montaje de la presentación.

Elaboración de maquetas de estudio de proyectos de construcción:

− Útiles de maquetismo.

− Materiales. Propiedades.

− Metodología.

− Elementos complementarios.

Gestión de la documentación gráfica de proyectos de construcción:

− Tipos de documentos. Formatos.

− Periféricos de salida gráfica.

− Archivos. Contenido y estructura.

− Normas de codificación.

Orientaciones pedagógicas.

Este módulo profesional tiene carácter transversal y contiene la formación necesaria para desempeñar la función de representación de proyectos de construcción en los procesos de edificación y obra civil.

La elaboración de la documentación gráfica de proyectos de construcción asociada a la función de representación incluye aspectos como:

− La comunicación mediante la representación gráfica de croquis.

− La utilización de programas de diseño asistido por ordenador y aplicaciones informáticas.

− El desarrollo de los planos de proyectos de edificación y obra civil.

− La exposición de los proyectos mediante presentaciones y modelos.

Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en:

− La representación en detalle de obras de construcción mediante: planos de situación, emplazamiento, urbanización, plantas generales, planos de cubiertas, alzados y secciones, planos de estructura, planos de instalaciones, planos de definición constructiva y memorias gráficas, entre otros.

− La elaboración de planos del terreno, seleccionando los datos de campo, representando las curvas, vértices, puntos de relleno, el cuadro de coordenadas y de orientación, y perfiles longitudinales y transversales.

− La gestión de la documentación relacionada con las actividades profesionales anteriormente mencionadas.

La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales d), h), i), r), s), t), v), w) y x) del ciclo formativo, y las competencias d), h), i), r), s), u) y v) del título.

Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:

− La identificación de los elementos de construcción, realizando su representación con útiles de dibujo y elaboración de croquis.

− La visión de volúmenes y formas iniciales para la confección de proyectos de construcción mediante la elaboración de maquetas sencillas.

− La elaboración de planos de proyectos de construcción mediante programas de diseño asistido por ordenador.

− La aplicación de programas informáticos y técnicas de fotocomposición en la presentación de proyectos de construcción.

− La gestión de la documentación gráfica de los proyectos de construcción.

Módulo Profesional: Mediciones y valoraciones de construcción.

Equivalencia en créditos ECTS: 6

Código: 0564

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

1. Elabora listados de unidades de obra, analizando proyectos de construcción y organizando la información obtenida en capítulos.

Criterios de evaluación:

a)

Se han identificado los diferentes capítulos del proyecto según los planos y la memoria.

b)

Se ha definido de forma clara y completa la unidad de obra.

c)

Se han identificado las distintas unidades de obra o partidas alzadas que constituyen los diferentes capítulos del proyecto.

d)

Se han relacionado las diferentes cantidades de cada unidad de obra o partidas alzadas que se van a emplear en el proyecto.

e)

Se han utilizado bases de datos normalizadas para la obtención de las unidades de obra o partidas alzadas.

2. Confecciona cuadros de precios de unidades de obra, seleccionando recursos y rendimientos.

Criterios de evaluación:

a)

Se ha realizado el cálculo de los rendimientos del personal.

b)

Se ha realizado el cálculo de los rendimientos de la diferente maquinaria empleada.

c)

Se han obtenido los precios de los materiales empleados en las diferentes unidades de obra.

d)

Se han obtenido las tablas salariales que determinan los costes de personal.

e)

Se han obtenido los costes horarios de uso de la maquinaria.

f)

Se han calculado los costes directos.

g)

Se han calculado los costes indirectos.

h)

Se han calculado los precios descompuesto y unitario de la unidad de obra, combinando de manera adecuada los costes directos e indirectos.

i)

Se ha calculado el precio de las partidas alzadas.

j)

Se han elaborado los cuadros de precios.

3. Realiza mediciones de unidades de obra, aplicando criterios, calculando cantidades y reflejando su resultado en documentos normalizados.

Criterios de evaluación:

a)

Se han establecido los criterios de medición de forma inequívoca.

b)

Se han ajustado los criterios de medición a las unidades de obra medidas.

c)

Se ha seleccionado la documentación gráfica relacionada con las mediciones que se pretenden realizar.

d)

Se han medido los elementos identificados que intervienen en la medición, utilizando la escala especificada en los planos y teniendo en cuenta los criterios de medición establecidos.

e)

Se han reflejado las mediciones realizadas en el documento seleccionado con la precisión adecuada al destino final de las mismas.

f)

Se ha comprobado que la unidad de medida especificada coincide con la establecida en los criterios de medición y/o con la redacción de la unidad de obra correspondiente.

4. Elabora presupuestos de trabajos de construcción relacionando la medición de unidades de obra con el precio correspondiente.

Criterios de evaluación:

a)

Se ha definido el tipo de presupuesto que se debe elaborar.

b)

Se han establecido los diferentes capítulos en los que se va a dividir el presupuesto.

c)

Se han obtenido las mediciones de las unidades de obra de los diferentes capítulos.

d)

Se han obtenido los precios unitarios de las unidades de obra de los diferentes capítulos.

e)

Se han combinado, para cada unidad de obra incluida en su partida correspondiente, la medición y el precio unitario.

f)

Se ha realizado el presupuesto por cada capítulo.

g)

Se ha realizado el presupuesto total, considerando los gastos generales.

h)

Se han aplicado los impuestos vigentes.

i)

Se ha redactado el anexo de “Justificación de precios”.

5. Realiza controles de costes elaborando estudios comparativos de ofertas, certificaciones y documentación técnica.

Criterios de evaluación:

a)

Se ha completado la información de capítulos y partidas, aplicando el sistema de codificación establecido.

b)

Se ha generado un presupuesto de partida (estimación inicial de costes).

c)

Se han distribuido las unidades del presupuesto en lotes.

d)

Se ha determinado el alcance económico de los lotes planteados.

e)

Se ha preparado la documentación destinada a los suministradores, contratista y subcontratistas para la petición de ofertas (concurso).

f)

Se ha comprobado que la información suministrada por los proveedores es homogénea, no contiene errores u omisiones y permite la comparación de las ofertas.

g)

Se han evaluado las ofertas recibidas, realizando estudios comparativos.

h)

Se han redactado las certificaciones para su emisión y facturación, ajustando las relaciones valoradas a las mediciones aprobadas por el responsable del proyecto y a las cláusulas establecidas.

i)

Se ha realizado el seguimiento y la actualización de los costes derivados de los cambios del proyecto ajustados a las cláusulas del contrato.

j)

Se han justificado las propuestas de cambio elaboradas, valorando económicamente el alcance de las mismas.

k)

Se han elaborado y procesado las hojas de costes que reflejan los estados de contratación, cambios y certificación.

l)

Se han emitido los informes periódicos del estado de costes del proyecto total.

6. Confecciona mediciones, presupuestos y procesos de control de costes, empleando herramientas informáticas específicas.

Criterios de evaluación:

a)

Se han definido los datos generales de la obra que se va a presupuestar.

b)

Se han importado las bases de datos que contienen los precios de las unidades de obra.

c)

Se han seleccionado las unidades de obra que se deben incluir en los diferentes capítulos.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial del Estado correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de BOE, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. BOE
Condiciones de reutilización del BOE — cita obligatoria de la fuente
Fuente de los datos: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (https://www.boe.es). Datos reutilizados conforme a las condiciones de reutilización del BOE (Resolución de 27 de junio de 2024). Este repositorio es una obra derivada basada en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.