Real Decreto 174/2013, de 8 de marzo, por el que se establece el título de Técnico Superior en Diseño y Edición de Publicaciones Impresas y Multimedia y se fijan sus enseñanzas mínimas

Rango Real Decreto
Publicación 2013-04-08
Última actualización 2024-05-28
Estado Vigente texto desactualizado
Texto Tal como se publicó
Departamento Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Fuente BOE
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3 actos modificadores · 2024-05-28, Real Decreto 500/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican determinados reales decreto…

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La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone en el artículo 39.6 que el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establecerá las titulaciones correspondientes a los estudios de formación profesional, así como los aspectos básicos del currículo de cada una de ellas.

La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, establece en el artículo 10.1 que la Administración General del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149.1.30.ª y 7.ª de la Constitución y previa consulta al Consejo General de la Formación Profesional, determinará los títulos y los certificados de profesionalidad, que constituirán las ofertas de formación profesional referidas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

La Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, y la Ley Orgánica 4/2011, de 11 de marzo, complementaria de la Ley de Economía Sostenible, por la que se modifican las Leyes Orgánicas 5/2002, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, y 2/2006, de Educación, han introducido un ambicioso conjunto de cambios legislativos necesarios para incentivar y acelerar el desarrollo de una economía más competitiva, más innovadora, capaz de renovar los sectores productivos tradicionales y abrirse camino hacia las nuevas actividades demandantes de empleo, estables y de calidad.

El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo y define en el artículo 9 la estructura de los títulos de formación profesional, tomando como base el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, las directrices fijadas por la Unión Europea y otros aspectos de interés social.

Por otra parte, este real decreto concreta en el artículo 7 el perfil profesional de dichos títulos, que incluirá la competencia general, las competencias profesionales, personales y sociales, las cualificaciones y, en su caso, las unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en los títulos, de modo que cada título incorporará, al menos, una cualificación profesional completa, con el fin de lograr que los títulos de formación profesional respondan de forma efectiva a las necesidades demandadas por el sistema productivo y a los valores personales y sociales que permitan ejercer una ciudadanía democrática.

Este marco normativo hace necesario que ahora el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establezca cada uno de los títulos que formarán el Catálogo de títulos de la formación profesional del sistema educativo, sus enseñanzas mínimas y aquellos otros aspectos de la ordenación académica que, sin perjuicio de las competencias atribuidas a las Administraciones educativas en esta materia, constituyan los aspectos básicos del currículo que aseguren una formación común y garanticen la validez de los títulos, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

A estos efectos, procede determinar para cada título su identificación, su perfil profesional, el entorno profesional, la prospectiva del título en el sector o sectores, las enseñanzas del ciclo formativo, la correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación, convalidación o exención y los parámetros básicos de contexto formativo para cada módulo profesional (espacios, equipamientos necesarios, titulaciones y especialidades del profesorado y sus equivalencias a efectos de docencia), previa consulta a las Comunidades Autónomas, según lo previsto en el artículo 95 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Asimismo, en cada título se determinarán los accesos a otros estudios y, en su caso, las modalidades y materias de bachillerato que faciliten la admisión en caso de concurrencia competitiva, las convalidaciones, exenciones y equivalencias y, cuando proceda, la información sobre los requisitos necesarios para el ejercicio profesional, según la legislación vigente.

Con el fin de facilitar el reconocimiento de créditos entre los títulos de técnico superior y las enseñanzas conducentes a títulos universitarios y viceversa, en los ciclos formativos de grado superior se establecerá la equivalencia de cada módulo profesional con créditos europeos ECTS, tal y como se definen en el Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

Así, el presente real decreto, conforme a lo previsto en el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, establece y regula, en los aspectos y elementos básicos antes indicados, el título de formación profesional del sistema educativo de Técnico Superior en Diseño y Edición de Publicaciones Impresas y Multimedia.

Asimismo este real decreto responde a los principios de eficiencia y austeridad que han de presidir el funcionamiento de los servicios públicos establecidos en el Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo, en cuanto a las posibilidades de su implantación.

Se ha recurrido a una norma reglamentaria para establecer bases estatales conforme con el Tribunal Constitucional, que admite que «excepcionalmente» las bases puedan establecerse mediante normas reglamentarias en determinados supuestos, como ocurre en el presente caso, cuando «resulta complemento indispensable para asegurar el mínimo común denominador establecido en las normas legales básicas» (así, entre otras, en las SSTC 25/1983, 32/1983, y 48/1988).

En el proceso de elaboración de este real decreto han sido consultadas las Comunidades Autónomas y han emitido informe el Consejo General de la Formación Profesional, el Consejo Escolar del Estado y el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Educación, Cultura y Deporte y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de marzo de 2013,

DISPONGO:

CAPÍTULO I. Disposiciones generales

Artículo 1. Objeto.

1. El presente real decreto tiene por objeto el establecimiento del título de Técnico Superior en Diseño y Edición de Publicaciones Impresas y Multimedia con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, así como de sus correspondientes enseñanzas mínimas.

2. Lo dispuesto en este real decreto sustituye a la regulación del título de Técnico Superior en Diseño y Producción Editorial contenida en el Real Decreto 2422/1994, de 16 de diciembre.

CAPÍTULO II. Identificación del título, perfil profesional, entorno profesional y prospectiva del título en el sector o sectores

Artículo 2. Identificación.

El título de Técnico Superior en Diseño y Edición de Publicaciones Impresas y Multimedia queda identificado por los siguientes elementos:

Denominación: Diseño y Edición de Publicaciones Impresas y Multimedia.

Nivel: Formación Profesional de Grado Superior.

Duración: 2000 horas.

Familia Profesional: Artes Gráficas.

Referente en la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación: CINE-5b.

Nivel del Marco Español de Cualificaciones para la educación superior: Nivel 1 Técnico Superior.

Artículo 3. Perfil profesional del título.

El perfil profesional del título de Técnico Superior en Diseño y edición de publicaciones impresas y multimedia queda determinado por su competencia general, sus competencias profesionales, personales y sociales, y por la relación de cualificaciones y, en su caso, unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.

Artículo 4. Competencia general.

La competencia general de este título consiste en diseñar productos gráficos, envases y embalajes, editar publicaciones impresas y electrónicas, gestionar y controlar la producción editorial, realizando la publicación y el servicio de atención al cliente, aplicando los protocolos de calidad, seguridad y prevención de riesgos laborales y asegurando su funcionalidad y respeto al medio ambiente.

Artículo 5. Competencias profesionales, personales y sociales.

Las competencias profesionales, personales y sociales de este título son las que se relacionan a continuación:

a)

Determinar los materiales necesarios en los procesos gráficos, organizando su control y aprovisionamiento de acuerdo con el flujo de trabajo y la normativa técnica.

b)

Gestionar los procesos y recursos de preimpresión según requerimientos de la producción.

c)

Crear proyectos y diseños técnicamente reproducibles por los procesos gráficos.

d)

Gestionar el servicio de atención al cliente y la comercialización de productos gráficos.

e)

Gestionar la calidad en el proceso de edición planificando la producción.

f)

Organizar la producción editorial elaborando presupuestos y generando la documentación técnica del proceso.

g)

Proyectar envases y embalajes reproducibles mediante procesos gráficos.

h)

Definir el diseño y la planificación de proyectos editoriales multimedia analizando sus requisitos y necesidades.

i)

Desarrollar y publicar productos editoriales multimedia aplicando el diseño y las especificaciones del producto.

j)

Adaptarse a las nuevas situaciones laborales, manteniendo actualizados los conocimientos científicos, técnicos y tecnológicos relativos a su entorno profesional, gestionando su formación y los recursos existentes en el aprendizaje a lo largo de la vida y utilizando las tecnologías de la información y la comunicación.

k)

Resolver situaciones, problemas o contingencias con iniciativa y autonomía en el ámbito de su competencia, con creatividad, innovación y espíritu de mejora en el trabajo personal y en el de los miembros del equipo.

l)

Organizar y coordinar equipos de trabajo con responsabilidad, supervisando el desarrollo del mismo, manteniendo relaciones fluidas y asumiendo el liderazgo, así como aportando soluciones a los conflictos grupales que se presentan.

m)

Comunicarse con sus iguales, superiores, clientes y personas bajo su responsabilidad, utilizando vías eficaces de comunicación, transmitiendo la información o conocimientos adecuados y respetando la autonomía y competencia de las personas que intervienen en el ámbito de su trabajo.

n)

Generar entornos seguros en el desarrollo de su trabajo y el de su equipo, supervisando y aplicando los procedimientos de prevención de riesgos laborales y ambientales, de acuerdo con lo establecido por la normativa y los objetivos de la empresa.

ñ) Supervisar y aplicar procedimientos de gestión de calidad, de accesibilidad universal y de «diseño para todos», en las actividades profesionales incluidas en los procesos de producción o prestación de servicios.

o)

Realizar la gestión básica para la creación y funcionamiento de una pequeña empresa y tener iniciativa en su actividad profesional con sentido de la responsabilidad social.

p)

Ejercer sus derechos y cumplir con las obligaciones derivadas de su actividad profesional, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente, participando activamente en la vida económica, social y cultural.

Artículo 6. Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.

1. Cualificaciones profesionales completas:

a)

Producción Editorial ARG073_2 (Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero), que contiene las siguientes unidades de competencia:

UC0204_3: Planificar la producción a partir del análisis de las especificaciones de los originales.

UC0205_3: Controlar la calidad del producto, a partir de las especificaciones editoriales.

UC0206_3: Gestionar la fabricación del producto gráfico.

b)

Desarrollo de productos editoriales multimedia ARG293_3 (Real Decreto 1135/2007, de 31 de agosto), que contiene las siguientes unidades de competencia:

UC0935_3: Determinar las especificaciones de proyectos editoriales multimedia.

UC0936_3: Diseñar el producto editorial multimedia.

UC0937_3: Generar y publicar productos editoriales multimedia.

UC0938_3: Gestionar y controlar la calidad del producto multimedia.

2. Cualificaciones profesionales incompletas:

a)

Diseño de productos gráficos ARG219_3 (Real Decreto 1228/2006, de 27 de octubre):

UC0696_3: Desarrollar proyectos de productos gráficos.

b)

Asistencia a la edición ARG292_3 (Real Decreto 1135/2007, de 31 de agosto):

UC0931_3: Colaborar en la gestión y planificación de la edición.

UC0933_3: Organizar los contenidos de la obra.

c)

Gestión de la producción en procesos de preimpresión ARG515_3 (Real Decreto 142/2011, de 4 de febrero):

UC1670_3: Determinar los materiales de producción en la industria gráfica.

UC1678_3: Organizar y supervisar la producción en los procesos de preimpresión.

UC1679_3: Colaborar en la gestión de la calidad en los procesos de preimpresión.

UC1680_3: Colaborar en la gestión de la seguridad y de la protección ambiental en los procesos de preimpresión.

d)

Diseño estructural de envases y embalajes de papel, cartón y otros soportes gráficos ARG660_3 (Real Decreto 1788/2011, de 16 de diciembre):

UC2220_3 Desarrollar proyectos de diseño estructural de tipos estándar o rediseños de envases, embalajes y otros productos gráficos.

UC2222_3 Representar y realizar las maquetas, muestras y prototipos de envases y embalajes y otros productos gráficos.

Artículo 7. Entorno profesional.

1. Las personas que obtienen este título ejercen su actividad en editoriales, en empresas de publicaciones multimedia, de artes gráficas, empresas de servicios gráficos integrales, empresas y empresas de comunicación y publicidad. También pueden ejercer su actividad en otras empresas como las dedicadas al «packaging» (envases y embalajes) que tengan secciones de diseño estructural de envases y embalajes.

2. Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:

– Diseñador gráfico.

– Diseñador de publicaciones multimedia.

– Diseñador de envases y embalajes.

– Técnico en producción editorial.

– Asistente a la edición.

– Técnico en preimpresión.

– Técnico en gestión de producción gráfica.

– Técnico en desarrollo y publicación de productos multimedia.

– Técnico en comercialización de productos gráficos y multimedia.

Artículo 8. Prospectiva del título en el sector o sectores.

Las Administraciones educativas tendrán en cuenta, al desarrollar el currículo correspondiente, las siguientes consideraciones:

a)

Los procesos productivos dentro del sector del diseño y la edición han evolucionado y se han expandido a otros campos debido, principalmente, al avance tecnológico, a la aparición de soportes de lectura electrónicos y a la incorporación de elementos multimedia en el ámbito de la edición. En la actualidad son las publicaciones con mayor proyección, desarrollo y futuro en el mundo de la edición.

b)

El proceso de edición de publicaciones impresas sigue siendo el mayoritario en el sector, muy arraigado, siendo un mercado altamente competitivo que necesita de un creativo y diferenciador diseño, una correcta producción editorial, una compleja y ajustada elección de los materiales de producción y un estricto control de la producción incluyendo el control y gestión de la calidad.

c)

El campo del «packaging» es decir, el mundo del envase y del embalaje, ha dado lugar a un diseño muy especializado: el diseño estructural de envases y embalajes. Este diseño es diferente al de las publicaciones pero de gran importancia ya que actualmente ha ganado gran relevancia y variedad; siendo, sin duda, uno de los productos gráficos con mayor valor añadido y mayor grado de especialización.

d)

La gran competitividad del sector del diseño y la edición, junto con la necesidad de dar una respuesta más humana a los procesos tecnológicos, hace necesario para el sector editorial y gráfico, además de una formación técnica, una formación de las cualidades más sociales para poder desarrollarse en el campo de la comercialización y la atención al cliente, que son imprescindibles para las empresas.

e)

Por todo lo anterior: la aparición de soportes de lectura no físicos y el enorme desarrollo de los elementos multimedia, junto con el «packaging» y la gran competitividad existente en el sector, hacen necesario la creación de una nueva formación que de respuesta a estas necesidades del sector.

CAPÍTULO III. Enseñanzas del ciclo formativo y parámetros básicos de contexto

Artículo 9. Objetivos generales.

Los objetivos generales de este ciclo formativo son los siguientes:

a)

Planificar el aprovisionamiento y almacenamiento, controlando las propiedades y preparando la documentación necesaria para determinar los materiales necesarios en los procesos gráficos.

b)

Organizar y supervisar la producción para gestionar los procesos y recursos de preimpresión.

c)

Desarrollar maquetas y artes finales digitales para crear proyectos y diseños técnicamente reproducibles.

d)

Organizar el servicio postventa y de reclamaciones, para gestionar la atención al cliente.

e)

Controlar los costes y los procesos de edición para gestionar la calidad.

f)

Evaluar los costes y determinar el flujo de trabajo para organizar la producción editorial.

g)

Seleccionar técnicas y materiales evaluando los procesos gráficos para proyectar envases y embalajes.

h)

Elaborar bocetos y especificaciones funcionales para definir el diseño y la planificación de proyectos editoriales multimedia.

i)

Realizar prototipos funcionales para desarrollar y publicar productos editoriales multimedia.

j)

Analizar y utilizar los recursos y oportunidades de aprendizaje relacionados con la evolución científica, tecnológica y organizativa del sector y las tecnologías de la información y la comunicación, para mantener el espíritu de actualización y adaptarse a nuevas situaciones laborales y personales.

k)

Desarrollar la creatividad y el espíritu de innovación para responder a los retos que se presentan en los procesos y en la organización del trabajo y de la vida personal.

l)

Tomar decisiones de forma fundamentada, analizando las variables implicadas, integrando saberes de distinto ámbito y aceptando los riesgos y la posibilidad de equivocación en las mismas, para afrontar y resolver distintas situaciones, problemas o contingencias.

m)

Desarrollar técnicas de liderazgo, motivación, supervisión y comunicación en contextos de trabajo en grupo, para facilitar la organización y coordinación de equipos de trabajo.

n)

Aplicar estrategias y técnicas de comunicación, adaptándose a los contenidos que se van a transmitir, a la finalidad y a las características de los receptores, para asegurar la eficacia en los procesos de comunicación.

ñ) Evaluar situaciones de prevención de riesgos laborales y de protección ambiental, proponiendo y aplicando medidas de prevenciones personales y colectivas, de acuerdo con la normativa aplicable en los procesos del trabajo, para garantizar entornos seguros.

o)

Identificar y proponer las acciones profesionales necesarias, para dar respuesta a la accesibilidad universal y al «diseño para todos».

p)

Identificar y aplicar parámetros de calidad en los trabajos y actividades realizados en el proceso de aprendizaje, para valorar la cultura de la evaluación y de la calidad y ser capaces de supervisar y mejorar procedimientos de gestión de calidad.

q)

Utilizar procedimientos relacionados con la cultura emprendedora, empresarial y de iniciativa profesional, para realizar la gestión básica de una pequeña empresa o emprender un trabajo.

r)

Reconocer sus derechos y deberes como agente activo en la sociedad, teniendo en cuenta el marco legal que regula las condiciones sociales y laborales, para participar como ciudadano democrático.

Artículo 10. Módulos profesionales.

1. Los módulos profesionales de este ciclo formativo:

a)

Quedan desarrollados en el Anexo I del presente real decreto, cumpliendo lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio.

b)

Son los que a continuación se relacionan:

1417. Materiales de producción gráfica.

1478. Organización de los procesos de preimpresión digital.

1479. Diseño de productos gráficos.

1480. Comercialización de productos gráficos y atención al cliente.

1481. Gestión de la producción en procesos de edición.

1482. Producción editorial.

1483. Diseño estructural de envase y embalaje.

1484. Diseño y planificación de proyectos editoriales multimedia.

1485. Desarrollo y publicación de productos editoriales multimedia.

1486. Proyecto de diseño y edición de publicaciones impresas y multimedia.

1487. Formación y orientación laboral.

1488. Empresa e iniciativa emprendedora.

1489. Formación en centros de trabajo.

2. Las Administraciones educativas establecerán los currículos correspondientes, respetando lo establecido en este real decreto y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.

Artículo 11. Espacios y equipamientos.

1. Los espacios necesarios para el desarrollo de las enseñanzas de este ciclo formativo son los establecidos en el Anexo II de este real decreto.

2. Los espacios dispondrán de la superficie necesaria y suficiente para desarrollar las actividades de enseñanza que se deriven de los resultados de aprendizaje de cada uno de los módulos profesionales que se imparten en cada uno de los espacios. Además, deberán cumplir las siguientes condiciones:

a)

La superficie se establecerá en función del número de personas que ocupen el espacio formativo y deberá permitir el desarrollo de las actividades de enseñanza aprendizaje con la ergonomía y la movilidad requeridas dentro del mismo.

b)

Deberán cubrir la necesidad espacial de mobiliario, equipamiento e instrumentos auxiliares de trabajo.

c)

Deberán respetar los espacios o superficies de seguridad que exijan las máquinas y equipos en funcionamiento.

d)

Respetarán la normativa sobre prevención de riesgos laborales, la normativa sobre seguridad y salud en el puesto de trabajo y cuantas otras normas sean de aplicación.

3. Los espacios formativos establecidos podrán ser ocupados por diferentes grupos que cursen el mismo u otros ciclos formativos, o etapas educativas.

4. Los diversos espacios formativos identificados no deben diferenciarse necesariamente mediante cerramientos.

5. Los equipamientos que se incluyen en cada espacio han de ser los necesarios y suficientes para garantizar al alumnado la adquisición de los resultados de aprendizaje y la calidad de la enseñanza. Además deberán cumplir las siguientes condiciones:

a)

El equipamiento (equipos, máquinas, etc.) dispondrá de la instalación necesaria para su correcto funcionamiento, cumplirá con las normas de seguridad y prevención de riesgos y con cuantas otras sean de aplicación.

b)

La cantidad y características del equipamiento deberán estar en función del número de personas matriculadas y permitir la adquisición de los resultados de aprendizaje, teniendo en cuenta los criterios de evaluación y los contenidos que se incluyen en cada uno de los módulos profesionales que se impartan en los referidos espacios.

6. Las Administraciones competentes velarán para que los espacios y el equipamiento sean los adecuados en cantidad y características para el desarrollo de los procesos de enseñanza y aprendizaje que se derivan de los resultados de aprendizaje de los módulos correspondientes y garantizar así la calidad de estas enseñanzas.

Artículo 12. Profesorado.

1. La docencia de los módulos profesionales que constituyen las enseñanzas de este ciclo formativo corresponde al profesorado del Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, según proceda, de las especialidades establecidas en el Anexo III A) de este real decreto.

2. Las titulaciones requeridas para acceder a los cuerpos docentes citados son, con carácter general, las establecidas en el artículo 13 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley. Las titulaciones equivalentes a las anteriores a esos mismos efectos son, para las distintas especialidades del profesorado, las recogidas en el Anexo III B) del presente real decreto.

3. Para el profesorado de los centros de titularidad privada o de titularidad pública de otras administraciones distintas de las educativas, las titulaciones requeridas y los requisitos necesarios, para la impartición de los módulos profesionales que conforman el título, son las incluidas en el Anexo III C) del presente real decreto. En todo caso, se exigirá que las enseñanzas conducentes a las titulaciones citadas engloben los objetivos de los módulos profesionales y, si dichos objetivos no estuvieran incluidos, además de la titulación deberá acreditarse, mediante «certificación», una experiencia laboral de, al menos, tres años en el sector vinculado a la familia profesional, realizando actividades productivas en empresas relacionadas implícitamente con los resultados de aprendizaje.

4. Las Administraciones competentes velarán para que el profesorado que imparta los módulos profesionales cumpla con los requisitos especificados y garantizar así la calidad de estas enseñanzas.

CAPÍTULO IV. Accesos y vinculación a otros estudios, y correspondencia de módulos profesionales con las unidades de competencia

Artículo 13. Preferencias para el acceso a este ciclo formativo en relación con las modalidades y materias de bachillerato cursadas.

Tendrán preferencia para acceder a este ciclo formativo quienes hayan cursado las modalidades de bachillerato de Artes y de Ciencias y Tecnología.

Artículo 14. Acceso y vinculación a otros estudios.

1. El título de Técnico Superior en Diseño y Edición de Publicaciones Impresas y Multimedia permite el acceso directo para cursar cualquier otro ciclo formativo de grado superior, en las condiciones de admisión que se establezcan.

2. El título de Técnico Superior en Diseño y Edición de Publicaciones Impresas y Multimedia permite el acceso directo a las enseñanzas conducentes a los títulos universitarios de grado, en las condiciones de admisión que se establezcan.

3. A efectos de facilitar el régimen de convalidaciones, en este real decreto se han asignado, en las enseñanzas mínimas establecidas, 120 créditos ECTS entre todos los módulos profesionales de este ciclo formativo.

Artículo 15. Convalidaciones y exenciones.

1. Las convalidaciones entre módulos profesionales de títulos de formación profesional establecidos al amparo de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, y los módulos profesionales del título que se establece en este real decreto son las que se indican en el Anexo IV.

2. Quienes hubieran superado el módulo profesional de Formación y orientación laboral o el módulo profesional de Empresa e iniciativa emprendedora en cualquiera de los ciclos formativos correspondientes a los títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, tendrán convalidados dichos módulos en cualquier otro ciclo formativo establecido al amparo de la misma ley.

3. Quienes hayan obtenido la acreditación de todas las unidades de competencia incluidas en el título, mediante el procedimiento establecido en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, podrán convalidar el módulo profesional de Formación y orientación laboral siempre que:

– Acrediten, al menos, un año de experiencia laboral.

– Estén en posesión de la acreditación de la formación establecida para el desempeño de las funciones de nivel básico de la actividad preventiva, expedida de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.

4. De acuerdo con lo establecido en el artículo 39 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, podrá determinarse la exención total o parcial del módulo profesional de Formación en centros de trabajo por su correspondencia con la experiencia laboral, siempre que se acredite una experiencia relacionada con este ciclo formativo en los términos previstos en dicho artículo.

Artículo 16. Correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación, convalidación o exención.

1. La correspondencia de las unidades de competencia con los módulos profesionales que forman las enseñanzas del título de Técnico Superior en Diseño y Edición de Publicaciones Impresas y Multimedia para su convalidación o exención queda determinada en el Anexo V A) de este real decreto.

2. La correspondencia de los módulos profesionales que forman las enseñanzas del título de Técnico Superior en Diseño y Edición de Publicaciones Impresas y Multimedia con las unidades de competencia para su acreditación queda determinada en el Anexo V B) de este real decreto.

Disposición adicional primera. Referencia del título en el marco europeo.

Una vez establecido el marco nacional de cualificaciones, de acuerdo con las recomendaciones europeas, se determinará el nivel correspondiente de esta titulación en el marco nacional y su equivalente en el europeo.

Disposición adicional segunda. Oferta a distancia del presente título.

Los módulos profesionales que forman las enseñanzas de este ciclo formativo podrán ofertarse a distancia, siempre que se garantice que el alumnado pueda conseguir los resultados de aprendizaje de los mismos, de acuerdo con lo dispuesto en el presente real decreto. Para ello, las Administraciones educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, adoptarán las medidas que estimen necesarias y dictarán las instrucciones precisas.

Disposición adicional tercera. Titulaciones equivalentes y vinculación con capacitaciones profesionales.

1. De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional trigésimo primera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, los títulos de Técnico Especialista de la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa, que a continuación se relacionan, tendrán los mismos efectos profesionales y académicos que el título de Técnico Superior en Diseño y Edición de Publicaciones Impresas y Multimedia establecido en el presente real decreto:

– Técnico Especialista en Diseño Gráfico, rama Delineación.

2. El título de Técnico Superior en Diseño y Producción Editorial establecido por el Real Decreto 2422/1994, de 16 de diciembre, tendrá los mismos efectos profesionales y académicos que el título de Técnico Superior en Diseño y Edición de Publicaciones Impresas y Multimedia establecido en el presente real decreto.

3. La formación establecida en este real decreto en el módulo profesional de Formación y orientación laboral capacita para llevar a cabo responsabilidades profesionales equivalentes a las que precisan las actividades de nivel básico en prevención de riesgos laborales, establecidas en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, siempre que tenga, al menos, 45 horas lectivas.

Disposición adicional cuarta. Regulación del ejercicio de la profesión.

1. El título establecido en el presente real decreto no constituye una regulación del ejercicio de profesión regulada alguna.

2. Asimismo, las equivalencias de titulaciones académicas establecidas en el apartado 1 y 2 de la disposición adicional tercera de este real decreto se entenderán sin perjuicio del cumplimiento de las disposiciones que habilitan para el ejercicio de las profesiones reguladas.

Disposición adicional quinta. Equivalencias a efectos de docencia en los procedimientos selectivos de ingreso en el Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional.

El título de Técnico Superior o de Técnico Especialista se declara equivalente a los exigidos para el acceso al Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, cuando el titulado haya ejercido como profesor interino en centros públicos del ámbito territorial de la Administración convocante, en la especialidad docente a la que pretenda acceder y durante un periodo mínimo de dos años antes del 31 de agosto de 2007.

Disposición adicional sexta. Accesibilidad universal en las enseñanzas de este título.

1. Las Administraciones educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, incluirán en el currículo de este ciclo formativo los elementos necesarios para garantizar que las personas que lo cursen desarrollen las competencias incluidas en el currículo en «diseño para todos».

2. Asimismo, dichas Administraciones adoptarán las medidas que estimen necesarias para que este alumnado pueda acceder y cursar dicho ciclo formativo en las condiciones establecidas en la disposición final décima de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

Disposición transitoria única. Aplicabilidad de otras normas.

1. Hasta que sea de aplicación lo dispuesto en este real decreto, en virtud de lo establecido en sus disposiciones finales segunda y tercera, será de aplicación lo dispuesto en el Real Decreto 2422/1994, de 16 de diciembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Diseño y Producción Editorial y las correspondientes enseñanzas mínimas.

2. Asimismo, hasta que sea de aplicación la norma que regule, para el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, el currículo correspondiente al título de Técnico Superior en Diseño y Edición de Publicaciones Impresas y Multimedia será de aplicación lo establecido en el Real Decreto 2433/1994, de 16 de diciembre, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Diseño y Producción Editorial.

Disposición derogatoria única. Derogación de normas.

1. Queda derogado el Real Decreto 2422/1994, de 16 de diciembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Diseño y Producción Editorial y las correspondientes enseñanzas mínimas y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este real decreto.

2. Queda derogado el Real Decreto 2433/1994, de 16 de diciembre, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Diseño y Producción Editorial.

Disposición final primera. Título competencial.

El presente real decreto tiene carácter de norma básica, al amparo de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1.1.ª y 30.ª de la Constitución. Se exceptúa de norma básica la disposición transitoria única punto 2.

Disposición final segunda. Implantación del nuevo currículo.

Las Administraciones educativas implantarán el nuevo currículo de estas enseñanzas en el curso escolar 2014-2015. No obstante, podrán anticipar la implantación de este ciclo formativo en los cursos anteriores.

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 8 de marzo de 2013.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Educación, Cultura y Deporte,

JOSÉ IGNACIO WERT ORTEGA

ANEXO I. Módulos Profesionales

Módulo Profesional: Materiales de producción gráfica.

Equivalencia en créditos ECTS: 9

Código: 1417

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

1. Caracteriza los soportes de impresión, analizando la compatibilidad con el producto gráfico y demás materiales.

Criterios de evaluación:

a)

Se han evaluado las necesidades físicas y funcionales de los soportes de impresión en relación a la estructura final del producto gráfico definido en el proyecto.

b)

Se han determinado las características básicas del soporte.

c)

Se han evaluado los aspectos estratégicos del producto gráfico que determinan la selección del material de soporte.

d)

Se han determinado las características del soporte que respondan a las necesidades estéticas del proyecto.

e)

Se ha seleccionado el tipo de soporte para las pruebas de preimpresión simulando el producto final, atendiendo a criterios definidos por los proveedores, a los tamaños normalizados y a las limitaciones de los equipos.

f)

Se han determinado los requerimientos técnicos del soporte en cuanto a resistencias químicas y mecánicas.

g)

Se ha determinado la cantidad y el formato de los soportes no normalizados para permitir la optimización del material.

2. Establece las características de las formas impresoras, tintas, barnices y colas, deduciendo la compatibilidad con los demás materiales y con el trabajo gráfico.

Criterios de evaluación:

a)

Se han analizado los datos del producto gráfico que hay que producir, los ejemplares que hay que imprimir y la calidad de impresión que se requiere, relacionándolos con la forma impresora.

b)

Se han seleccionado los barnices, aditivos y tintas, analizando el tipo de soporte que se va a imprimir, la compatibilidad entre ellos y los requerimientos de calidad.

c)

Se han cumplimentado y actualizado los documentos de especificaciones de las tintas y barnices, recogiendo las características físicas, químicas y su comportamiento.

d)

Se han definido las características de las tintas y barnices mediante ensayos físico-químicos, atendiendo a la normativa vigente sobre utilización de materiales en contacto con alimentos.

e)

Se han establecido las características técnicas de los materiales y las exigencias de la certificación requerida.

f)

Se han definido las propiedades gigantes y de secado de las colas y adhesivos, atendiendo a las características de los soportes, compatibilidad y necesidades de producción.

g)

Se han definido las características físico-químicas mediante la adición de productos auxiliares para optimizar su funcionalidad y rendimiento.

h)

Se ha cumplimentado el documento de especificaciones y el registro de fichas técnicas garantizando la identificación de las colas y adhesivos mediante el correcto etiquetado de los productos.

3. Determina los tratamientos superficiales que deben aplicarse a los materiales, definiendo las operaciones y secuencia del proceso.

Criterios de evaluación:

a)

Se han analizado los aspectos estéticos del proyecto en relación al tratamiento superficial que hay que aplicar.

b)

Se han determinado las necesidades físico-químicas del producto gráfico, en relación al tratamiento superficial que hay que aplicar.

c)

Se han deducido los tratamientos superficiales más adecuados al material que hay que tratar.

d)

Se ha realizado la selección de tratamiento de barnizado y el tipo de material de laminado.

e)

Se han proyectado los tratamientos superficiales de los materiales que vayan a estar en contacto con productos alimenticios, de acuerdo con la normativa vigente.

f)

Se han programado las operaciones del proceso, asegurando la disponibilidad de materiales y de la calidad requerida.

4. Identifica los materiales y los proveedores más adecuados, documentando los datos y fichas necesarias.

Criterios de evaluación:

a)

Se han identificando los materiales según su función, frecuencia y proveedor.

b)

Se han registrado los materiales en una base de datos que facilite la accesibilidad y localización de los productos, indicando los homologados.

c)

Se han archivado y evaluado las fichas técnicas de los materiales de forma clara, permitiendo su localización y uso en condiciones de seguridad.

d)

Se han clasificado los materiales agrupándolos según su naturaleza, función en el proceso y calidades.

e)

Se han seleccionado los proveedores que cumplan con las exigencias de certificación requeridas.

f)

Se ha realizado el archivo de los materiales, estableciendo su código de manera que mantenga una relación lógica con la especificación y clasificación del mismo.

g)

Se han conformado los catálogos de materiales, estructurando los datos sobre especificación, clasificación y codificación de materiales, siguiendo un ordenamiento lógico que facilite su consulta y actualización.

5. Gestiona el aprovisionamiento de los materiales, especificando datos e información.

Criterios de evaluación:

a)

Se han elaborado las especificaciones de los pedidos de compras, incluyendo datos sobre materiales, volúmenes de compras y estimaciones de cantidades y precios, para realizar la gestión del aprovisionamiento.

b)

Se ha actualizado la información sobre compras y stocks e interpretado en relación al proceso gráfico.

c)

Se ha gestionado el consumo de materiales según las condiciones de utilización, sistema de impresión y proceso de acabado, manteniendo un adecuado nivel de stock.

d)

Se ha reflejado, en los documentos de registro, la situación de los pedidos, existencias de inventarios, monto de adquisiciones efectuadas clasificadas y demás información que posibilite la adopción de decisiones operativas.

e)

Se ha asignado el destino de las materias primas en la recepción de materiales, informando al departamento de producción.

f)

Se ha proyectado el consumo de gigantes y adhesivos, valorando el histórico de producciones o analizando los ensayos previos.

6. Valora el cumplimiento de los criterios de calidad de los materiales comprobando sus características.

Criterios de evaluación:

a)

Se han analizado los procedimientos de calidad establecidos por la empresa en relación al control de los materiales.

b)

Se han seleccionado las muestras que se deben controlar de cada lote de material, siguiendo las instrucciones especificadas en los procedimientos de calidad.

c)

Se han preparado los equipos de medición y ensayo según las instrucciones definidas en los procedimientos de calidad.

d)

Se han realizado los ensayos de los diferentes materiales de producción siguiendo las instrucciones de los procedimientos de calidad, con la periodicidad establecida, registrando las mediciones en las fichas correspondientes.

e)

Se han comparado los valores obtenidos en los ensayos con los estándares de referencia.

f)

Se ha comunicado al responsable de calidad los materiales cuyas variables estén fuera de los márgenes de tolerancia, adjuntado ficha de ensayos.

7. Planifica las condiciones de almacenamiento de los materiales de producción, diseñando la organización y las condiciones óptimas de conservación.

Criterios de evaluación:

a)

Se han definido las condiciones de recepción, almacenamiento y distribución de los materiales, de acuerdo a normas técnicas, de seguridad, salud y protección ambiental.

b)

Se ha diseñado el registro de los ingresos de material gráfico al almacén, en el que constará la fecha de entrega, proveedor y pruebas de inspección.

c)

Se ha planificado el almacenamiento del material, teniendo en cuenta, tipo de material, dimensión, ubicación y condiciones de las instalaciones, medios de acceso y equipos necesarios para el traslado de materiales.

d)

Se ha diseñado la organización de los materiales en el almacén y los flujos de entrada y salida optimizados.

e)

Se han establecido las condiciones óptimas de conservación de las materias primas, definiendo temperatura, humedad y sus rangos, así como las condiciones de ventilación e iluminación de los diferentes materiales gráficos.

f)

Se han realizado los registros de inspección de las propiedades críticas periódicamente, registrado los resultados.

Duración: 90 horas.

Contenidos básicos:

Caracterización de los soportes de impresión:

– Productos gráficos: clasificación, características físicas, estructurales y de resistencia.

– Características básicas de los soportes de impresión. Productos gráficos: características estéticas y de acabados.

– Soportes para las pruebas.

– Propiedades de resistencia química y mecánica de los soportes.

– Operaciones de encuadernación y acabados del producto gráfico.

– Elección y cálculo de soportes de impresión.

Establecimiento de las características de las formas impresoras, tintas, barnices y colas:

– Funcionamiento y transferencia de tinta de las formas impresoras.

– La forma offset: clases, partes, características, formatos. La forma flexográfica: clases, partes, características, formatos. La forma serigráfica: clases, partes, características. Comportamiento de las tintas en la impresión.

– Barnices y aditivos. Aditivos y acondicionamiento de los barnices.

– Ensayos y normativa para determinar las características de la tinta. Instrumentación y equipos de medición de las características de las tintas. Preparación de las tintas para la impresión.

– Clasificaciones de los adhesivos.

– Componentes de los principales adhesivos.

– Estructura y clasificación de propiedades de los adhesivos.

– Proceso de preparación de los adhesivos y colas.

– Normativa relacionada con adhesivos.

Determinación de los tratamientos superficiales de los materiales:

– Resistencia de los soportes a la luz.

– Resistencia de los soportes a la humedad.

– Resistencia de los soportes a las grasas, a los álcalis, a los ácidos a los alcoholes.

– Tratamientos superficiales en la industria gráfica.

– Barnizado: tipos, características, sistema de secado. Parafinado: equipos, procedimiento de aplicación.

– Laminado: equipos y procedimiento de aplicación.

– Normativa relacionada con envases de alimentos.

Identificación de los materiales y proveedores:

– Fichas técnicas u hojas de datos de los materiales.

– Sistemas de clasificación de materiales gráficos.

– Sistemas de selección de proveedores.

Gestión del aprovisionamiento de los materiales:

– Aprovisionamiento de materiales.

– Realización de pedidos.

– Plazos de entrega.

– Sistemas de entrega.

– Materiales en almacén: stocks, control y rotación.

– Sistemas de información sobre compras y almacén.

– Programación y cálculo del consumo de materiales.

Valoración del cumplimiento de los criterios de calidad de los materiales:

– Procedimientos e instrucciones de trabajo.

– El manual de calidad: ensayos, equipos e instrumentación y calibración.

– Selección de muestras: métodos de muestreo. Representatividad de las muestras.

– Registro de las muestras.

– Equipos de medición de las características de los soportes.

– Equipos de medición de las características de las tintas y barnices.

– Equipos de medición de las características de los adhesivos.

– Proceso de calibración y mantenimiento.

– Certificación de los equipos de medida.

Planificación de las condiciones de almacenamiento de los materiales de producción:

– Sistemas de almacenamiento de soportes de impresión: pliegos y bobinas.

– Sistemas de almacenamiento de las tintas, barnices y colas.

– Conservación de los soportes papeleros.

– Conservación de los soportes plásticos.

– Conservación de las tintas y barnices.

– Conservación de las colas.

– Control de variables: temperatura, iluminación, ventilación y humedad.

Orientaciones pedagógicas.

Este módulo profesional contiene la formación necesaria para desempeñar la función de gestión de las materias primas: papel, tintas, barnices, etc., en la producción gráfica.

La definición de esta función incluyen aspectos como:

– La planificación de las características de los soportes, tintas, barnices y adhesivos que se van a utilizar.

– La proyección los tratamientos superficiales a aplicar a los materiales.

– La comprobación de las características de los materiales de producción.

– La gestión del aprovisionamiento y la proyección de las condiciones de almacenamiento y conservación de los materiales gráficos.

Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en:

– Planificación del proceso de producción gráfica.

– Gestión de la producción gráfica.

– Supervisión del proceso de producción gráfica y de los productos obtenidos.

La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales a), j), k), l), n), ñ), o) y p) del ciclo formativo, y las competencias a), j), k), m), n) y ñ) del título.

Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:

– La identificación y determinación de los materiales necesarios para la realización de un producto gráfico.

– La planificación del proceso de selección, adquisición y acopio de los materiales necesarios.

– El control de las propiedades de los soportes, las tintas de impresión, los barnices y demás materiales necesarios.

– La utilización de técnicas e instrumentos de laboratorio.

– Las técnicas de almacenado y reciclado de materiales dentro de la empresa gráfica.

Módulo Profesional: Organización de los procesos de preimpresión digital.

Equivalencia en créditos ECTS: 18

Código: 1478

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

1. Reconoce las diferentes fases del proceso de preimpresión, e identifica los equipos informáticos, maquinaria y materiales que hay que utilizar, comprobando su funcionamiento y disponibilidad.

Criterios de evaluación:

a)

Se han reconocido las diferentes fases del proceso de preimpresión.

b)

Se han identificado los ordenadores y se ha comprobado su funcionamiento.

c)

Se han identificado los periféricos de entrada y salida (escáneres, impresoras, plotters, CTP, procesadoras) y se ha comprobado su funcionamiento.

d)

Se ha comprobado el estado y la cantidad de los materiales que hay que utilizar (formas impresoras, soportes de impresión, toner y tinta).

e)

Se ha reconocido el sistema operativo de los ordenadores y se ha comprobado su funcionamiento.

f)

Se ha identificado el software utilizado en preimpresión y se ha comprobado su funcionamiento.

g)

Se ha comprobado el estado y funcionamiento de la red local.

2. Elabora la hoja de ruta, en función de las especificaciones técnicas y plazos que hay que cumplir, planificando la ejecución de las distintas fases del proceso de preimpresión.

Criterios de evaluación:

a)

Se han reconocido los flujos de trabajo en preimpresión.

b)

Se ha identificado el software de gestión de la producción y se ha comprobado su funcionamiento.

c)

Se han interpretado correctamente las especificaciones técnicas y las maquetas.

d)

Se ha calculado el rendimiento productivo de los equipos.

e)

Se ha elaborado la hoja de ruta.

f)

Se han coordinado las distintas fases del proceso productivo y se ha asignado el personal y los equipos necesarios para su desarrollo.

3. Organiza el proceso de tratamiento de imágenes, documentando las pruebas, los originales, las instrucciones recibidas y los parámetros de calidad, según normas nacionales e internacionales.

Criterios de evaluación:

a)

Se han establecido parámetros de calidad para el tratamiento de la imagen.

b)

Se han reconocido las normas y organismos de estandarización.

c)

Se ha deducido la relación entre la resolución de imagen, el sistema de impresión, soporte y lineatura.

d)

Se ha comprobado la incrustación de perfiles de color en las imágenes.

e)

Se ha comprobado que los fotomontajes y las ilustraciones vectoriales se han realizado correctamente.

f)

Se ha supervisado el color en las imágenes tratadas, comparando originales y pruebas con luz normalizada e instrumentos de medida.

g)

Se ha comprobado la compatibilidad de los ficheros de imagen con el programa de compaginación.

h)

Se han realizado las correcciones oportunas en las imágenes.

4. Organiza el proceso de tratamiento de textos y compaginación, proponiendo las instrucciones de la hoja de ruta, las normas de composición y los parámetros de calidad.

Criterios de evaluación:

a)

Se han establecido parámetros de calidad para el tratamiento de textos y la compaginación.

b)

Se ha identificado el formateo del texto, comprobando que fuentes, cuerpo, e interlineado se corresponden con las especificaciones de la hoja de ruta.

c)

Se ha comprobado la aplicación de páginas maestras, hojas de estilo y normas de partición y justificación.

d)

Se ha detectado que los tipos de párrafo y la foliación se ajustan a las especificaciones técnicas.

e)

Se ha documentado la corrección ortotipográfica de textos, así como de las líneas viudas y huérfanas.

f)

Se ha comprobado la disposición correcta de textos e imágenes respecto a la retícula, las indicaciones técnicas y la maqueta.

g)

Se ha comprobado la conversión de los archivos nativos a PDF, con la configuración adecuada.

h)

Se ha validado el informe del preflight en los PDF y realizado las correcciones oportunas.

5. Organiza el proceso de imposición y obtención de la forma impresora, estableciendo los procedimientos de actuación, calidad, revisión de pruebas y corrección.

Criterios de evaluación:

a)

Se han establecido parámetros de calidad para la imposición y obtención digital de la forma impresora.

b)

Se han analizado las pruebas de trazado, comprobando la corrección de casados y trazados.

c)

Se han validado los ferros, comprobando la distribución de las páginas y el tipo de encuadernación.

d)

Se ha comprobado la disposición de los elementos o marcas de referencia e información.

e)

Se ha modificado la configuración del RIP, comprobando diversos parámetros, como resolución, tipo de tramado, lineatura, forma y tamaño de punto y curvas de compensación de ganancia de estampación, entre otros.

f)

Se ha documentado la ausencia de defectos, la correcta transferencia de la imagen y los porcentajes mínimo y máximo de punto de trama de la forma impresora.

g)

Se ha comprobado la configuración de la procesadora de formas impresoras.

6. Organiza grupos de trabajo en preimpresión, aplicando buenas prácticas de comunicación, trabajo en equipo, motivación profesional y un plan de formación, atendiendo a las necesidades del personal.

Criterios de evaluación:

a)

Se han analizado las características de los puestos de trabajo en los procesos de preimpresión.

b)

Se ha valorado la distribución del personal, en función de las aptitudes y capacidades individuales.

c)

Se han establecido protocolos de comunicación dentro del grupo de trabajo y en su relación con otros departamentos.

d)

Se ha reconocido la necesidad del trabajo en equipo.

e)

Se ha fomentando la motivación profesional, así como la responsabilidad personal y colectiva.

f)

Se ha elaborado un plan de formación profesional continua para el grupo de trabajo, estimando las necesidades individuales, según los conocimientos y habilidades personales.

7. Elabora un plan de mantenimiento y limpieza de equipos y maquinaria, planificando la periodicidad de las operaciones y las revisiones técnicas que hay que realizar.

Criterios de evaluación:

a)

Se ha elaborado un plan de mantenimiento periódico de la red, que incluye la comprobación de la velocidad de la misma y la revisión de conectores y switchs.

b)

Se ha planificado el mantenimiento periódico de ordenadores, comprendiendo la limpieza de pantallas, teclado y ratón, comprobación de velocidad, optimización del disco duro y limpieza de la memoria cache, entre otros.

c)

Se ha confeccionado el plan de mantenimiento y limpieza periódica de impresoras y plotters, reflejando la comprobación de la caducidad de cartuchos de tinta y el cambio de filtros y otros componentes.

d)

Se ha planificado el mantenimiento de procesadoras, abarcando la limpieza de tanques, rodillos y depósitos y el cambio de engranajes.

e)

Se ha elaborado el plan de calibración y perfilado de monitores escáneres, impresoras y plotters de pruebas.

f)

Se ha planificado el mantenimiento y limpieza de los dispositivos CTP.

g)

Se ha elaborado el plan de mantenimiento y calibración de densitómetros, colorímetros y espectrofotómetros, determinando la periodicidad de cada uno de ellos.

h)

Se ha elaborado el plan de homologación y certificación de aparatos de medición, determinando la frecuencia, de acuerdo con las empresas u organismos competentes.

8. Aplica procedimientos de prevención de riesgos laborales y de protección ambiental, evaluando las situaciones de riesgo y gestionando las medidas más habituales que se presentan en su actividad profesional.

Criterios de evaluación:

a)

Se han identificado los riesgos y el nivel de peligrosidad que suponen la aplicación de técnicas operativas en el sector.

b)

Se han identificado las posibles fuentes de contaminación del entorno ambiental.

c)

Se ha verificado la aplicación de las normas de prevención y seguridad personales y colectivas, así como de protección ambiental en la ejecución de los trabajos específicos.

d)

Se han propuesto soluciones a las causas más frecuentes de accidentes en la ejecución de los trabajos específicos evaluados.

e)

Se han determinado las medidas necesarias para promover entornos seguros en preimpresión.

f)

Se han organizado las medidas y equipos de protección para diferentes áreas y situaciones de trabajo.

g)

Se ha cumplimentado la documentación relacionada con la gestión de prevención y seguridad, así como de protección ambiental.

h)

Se han seleccionado las medidas de seguridad y de protección individual y colectiva que se deben emplear en la ejecución de las distintas técnicas aplicadas a la preimpresión.

i)

Se han aplicado las medidas de seguridad y protección ambiental requeridas en el desarrollo de las distintas actividades.

Duración: 160 horas.

Contenidos básicos:

Reconocimiento de las diferentes fases del proceso de preimpresión:

– El proceso gráfico en preimpresión: objetivos, etapas y relación entre las mismas.

– La etapa de preimpresión y sus fases.

– Equipos, maquinaria y materiales utilizados en la preimpresión.

– Formas impresoras de offset, flexografía, serigrafía, tampografía y huecograbado.

– Software estándar en preimpresión y su funcionamiento.

Elaboración de la hoja de ruta:

– Flujos de trabajo en preimpresión.

– Especificaciones técnicas. Maquetas.

– Hojas de ruta.

– Software de gestión de la producción en preimpresión.

Organización del proceso de tratamiento de imágenes:

– Normas de estandarización: ISO, UNE, GRACOL, SWOP, SNAP, FOGRA, CGATS.

– El tramado. Tramado AM, FM e híbrido. Lineatura, inclinación y forma de punto.

– Relación de resolución de imagen y lineatura.

– Relación entre lineatura y soporte de impresión.

– Relación entre lineatura y sistema de impresión.

– Tipo de tramado y separación de color.

– Software de tratamiento de imagen e ilustración vectorial: editores de pixel y de objetos.

– El reventado. Aplicación y software.

– Digitalización de imágenes. El escáner. Resolución de digitalización.

– Resolución de imagen digital. Profundidad de pixel.

– Modos de color: escala de grises, bitonos, RGB, CMYK y Lab.

– Gestión del color: hardware, software y perfiles.

– Sistemas de pruebas de color. Pruebas hard y soft. Pruebas tramadas. Pruebas de contrato.

– Densitómetros, colorímetros y espectrofotómetros.

Organización del proceso de tratamiento de textos y compaginación:

– Software de tratamiento de textos.

– Tipos. Familias tipográficas. Series. Estilos. Catálogos tipográficos.

– Tipometría. Unidades de medida. Tipómetros.

– Hojas de estilo. Partición y justificación.

– Creación de normas de partición y justificación.

– Fuentes digitales: TrueType, Tipo 1 y OpenType.

– Interletraje: tracking y kerning.

– Alineaciones. Clases de párrafos. Sangrías.

– Software de compaginación o maquetación.

– Páginas maestras.

– Retículas.

– El lenguaje PostScript.

– Formatos PS y PDF.

– Software de edición de archivos PDF. Perfiles. Configuración.

– El preflight o comprobación previa de archivos.

Organización del proceso de imposición y obtención de la forma impresora:

– Signaturas y pliegos.

– Casados y trazados.

– Pruebas de imposición o ferros.

– Marcas de referencia e información en el trazado.

– Software de imposición.

– Formas impresoras para offset, flexografía, serigrafía, tampografía y huecograbado. Características y formas de obtención.

– Densitómetros de planchas.

– Curvas de compensación de la ganancia de punto.

– Dispositivos de obtención directa de la forma impresora desde el ordenador (CTP).

– RIP de CTP. Configuración y flujos de trabajo.

Organización de grupos de trabajo en preimpresión:

– Técnicas de comunicación en la empresa.

– Análisis de puestos de trabajo en preimpresión.

– Necesidad de la formación continua en preimpresión.

Elaboración de un plan de mantenimiento y limpieza:

– Manuales técnicos de mantenimiento de equipos y maquinaria de preimpresión.

– Mantenimiento de redes.

– Mantenimiento de impresoras y plotters.

– Mantenimiento de procesadoras de formas impresoras.

– Calibración y caracterización de monitores, escáneres, impresoras, plotters de pruebas y CTP.

– Mantenimiento y calibración de densitómetros, colorímetros y espectrofotómetros.

Aplicación de procedimientos de prevención de riesgos laborales y de protección ambiental:

– Plan de prevención. Contenido y aplicación al sector de preimpresión.

– Fuentes de contaminación en preimpresión.

– Identificación de los riesgos asociados a la prevención de riesgos laborales en preimpresión.

– Determinación de las medidas de prevención de riesgos laborales en preimpresión.

– Prevención de riesgos laborales en los procesos de preimpresión.

– Prevención y protección colectiva.

– Equipos de protección individual.

– Gestión de la protección ambiental.

– Normativa de prevención de riesgos laborales y de protección ambiental.

– Métodos / normas de orden y limpieza.

Orientaciones pedagógicas.

Este módulo profesional contiene la formación necesaria para poder desempeñar las funciones de organización y supervisión de los procesos de preimpresión, así como la colaboración en la gestión de la calidad y la seguridad de los mismos.

Estas funciones incluyen aspectos como:

– Reconocimiento de las fases, maquinaria y materiales del proceso de preimpresión.

– Elaboración de hojas de ruta.

– Supervisión del tratamiento de imágenes.

– Supervisión del tratamiento de textos y de la compaginación.

– Supervisión de la imposición y obtención de la forma impresora.

– Coordinación de un grupo de trabajo en preimpresión.

– Elaboración de un plan de mantenimiento y limpieza de equipos y maquinaria.

– Aplicación de procedimientos de prevención de riesgos laborales y de protección ambiental.

Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en:

– Empresas de servicios de preimpresión.

– Departamentos de preimpresión de empresas de artes gráficas y manipulados.

– Edición e impresión de libros, prensa periódica y revistas.

– Estudios de diseño gráfico.

La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales: b), j), k), l), m), n), ñ), o) y p) del ciclo formativo, y las competencias b), j), k), l), m), n) y ñ) del título.

Las líneas de actuación en el proceso enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:

– Planificación del proceso productivo de preimpresión.

– Control de los procesos productivos de preimpresión.

– Coordinación y elaboración de planes de formación de un grupo de trabajo de preimpresión.

– Planificación del mantenimiento periódico y calibración de maquinaria.

– Identificación de riesgos y verificación de la aplicación de las normas de prevención y seguridad y protección del medio ambiente.

Módulo Profesional: Diseño de productos gráficos.

Equivalencia en créditos ECTS: 18

Código: 1479

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

1. Documenta el proyecto gráfico propuesto, especificando las características técnicas y las necesidades del proyecto.

Criterios de evaluación:

a)

Se ha elaborado un formulario organizando la recogida de información necesaria sobre el proyecto.

b)

Se han verificado todos los datos necesarios para la realización del proyecto gráfico.

c)

Se ha efectuado un estudio en función de las necesidades del producto y del público objetivo.

d)

Se han establecido criterios de búsqueda recopilando información sobre el producto, el público objetivo y la competencia.

e)

Se ha analizado la información sobre proyectos con exigencias similares.

f)

Se ha analizado la identidad corporativa que se va a utilizar.

g)

Se ha establecido el tipo de producto gráfico que se va a elaborar teniendo en cuenta la información obtenida.

2. Organiza el proyecto gráfico, analizando los elementos que lo caracterizan.

Criterios de evaluación:

a)

Se ha valorado la calidad de las imágenes verificando sus posibilidades estéticas, comunicativas y su reproducción.

b)

Se han organizado los contenidos y la extensión de los textos.

c)

Se han especificado los colores en función de la imagen corporativa.

d)

Se ha establecido un registro de requisitos legales.

e)

Se ha creado un archivo documental del proyecto facilitando su seguimiento y organización.

f)

Se han revisado y comprobado todos los datos necesarios para la realización del proyecto gráfico.

g)

Se ha desarrollado el archivo documental definiendo las líneas de actuación creativa.

3. Planifica la fase de diseño, identificando las condiciones y parámetros técnicos y elaborando una ficha de producción de un proyecto gráfico.

Criterios de evaluación:

a)

Se han determinado los procedimientos de gestión de un proyecto gráfico.

b)

Se ha seleccionado un sistema de impresión por sus características y sus requisitos de calidad.

c)

Se ha elegido un soporte optimizando su formato.

d)

Se ha determinado el tipo de acabado según las características del trabajo.

e)

Se han propuesto soluciones alternativas.

f)

Se ha verificado el cumplimiento de las normas y los requisitos legales.

g)

Se ha elaborado una ficha de producción de un proyecto gráfico.

4. Elabora bocetos digitales a partir de las especificaciones del proyecto de diseño, proponiendo los planteamientos estético-formales y técnicos.

Criterios de evaluación:

a)

Se han valorado diferentes formatos según el tipo de producto gráfico y el sistema de impresión.

b)

Se han distribuido los elementos gráficos respetando los principios de composición.

c)

Se han adecuado los planteamientos estético-formales cumpliendo con las especificaciones definidas en las fases de documentación, análisis y planificación.

d)

Se ha utilizado el software adecuado de manera eficaz.

e)

Se han analizado diferentes bocetos valorando su impacto visual y su capacidad de transmitir con eficacia el mensaje.

f)

Se han valorado los criterios técnicos objetivos para verificar la legibilidad, el color y la reproductibilidad.

g)

Se ha verificado que el proyecto cumple las características definidas en la ficha de producción.

5. Crea maquetas y artes finales digitales de los proyectos gráficos, aplicando las características técnicas con parámetros de calidad.

Criterios de evaluación:

a)

Se ha valorado la originalidad respetando las características técnicas y económicas del proyecto.

b)

Se han calibrado los equipos informáticos consiguiendo una correcta gestión de color.

c)

Se han realizado pruebas objetivas evaluando la calidad del color.

d)

Se han comprobado las tipografías verificando su calidad.

e)

Se ha realizado una maqueta con calidad apta para su presentación.

f)

Se ha realizado un arte final cumpliendo las condiciones necesarias para su impresión y manipulado.

g)

Se han controlado los parámetros técnicos realizando un preflight del arte final.

h)

Se ha evaluado la maqueta verificando todos los elementos gráficos.

i)

Se ha efectuado el proyecto en el plazo previsto.

6. Desarrolla el diseño gráfico considerando la creación, su producción y el presupuesto económico.

Criterios de evaluación:

a)

Se ha desarrollado el diseño gráfico de forma creativa y eficaz.

b)

Se ha organizado la producción del proyecto con la calidad adecuada.

c)

Se han comparado las tarifas de asociaciones profesionales, de imprentas, de acabados y de materiales.

d)

Se han valorado los costes de los materiales, de la preimpresión, de la impresión y de los acabados.

e)

Se ha planificado la producción y el plazo de entrega respetando los costes y los tiempos.

f)

Se ha propuesto un proyecto gráfico viable teniendo en cuenta los estándares gráficos.

g)

Se ha especificado el coste de la propiedad intelectual.

Duración: 160 horas.

Contenidos básicos:

Documentación del proyecto gráfico:

– Características de un formulario de recogida de información.

– Tipos de productos gráficos y sus características.

– El briefing.

– La identidad corporativa.

– Técnicas de búsqueda de información.

Organización del proyecto gráfico:

– Especificaciones de un proyecto gráfico.

– Diferentes tipos de imagen y sus posibilidades de reproducción.

– Bancos de imágenes y/o ilustraciones.

– El color en la industria gráfica. CMYK, cartas de color, Lab, RGB.

– ISBN y Depósito Legal.

Planificación de la fase de diseño:

– Sistemas de impresión: características, requisitos de calidad. Volumen de la tirada.

– Materiales de producción. Catálogos de materiales. Características técnicas y requisitos de calidad.

– Operaciones de acabados.

– Criterios normativos.

– Fichas de producción.

Elaboración de bocetos digitales:

– Fundamentos de dibujo. Técnicas de composición. Retículas. Simulación de textos. Rotulación.

– Técnicas de creatividad.

– Materiales y equipos informáticos. Software de diseño.

– Técnicas gráficas al servicio de la expresión publicitaria.

– El anuncio. Folletos. Catálogos.

– Publicidad exterior.

– Los carteles.

– Las colecciones editoriales: el periódico, la revista, el libro

Creación de maquetas y artes finales digitales:

– Psicología del color. Dinámica y lenguaje de los colores. Funciones y variables del color.

– Espacios cromáticos y acromáticos. Armonía y contraste.

– Clasificación de los caracteres tipográficos. Familias tipográficas.

– Tipometría. Unidades. Cuerpo. Interlínea. Retícula tipográfica. Mancha tipográfica.

– Tipografía creativa y digital.

– Realización y montaje de maquetas. Materiales y equipos.

– Artes finales digitales: montaje, posicionamiento, separación de colores, marcado.

– Preflight con PDF. Control de calidad de un proceso gráfico.

Desarrollo de un proyecto gráfico:

– Cálculo de originales.

– Software de confección de presupuestos.

– Derechos de la propiedad intelectual y derechos de autor.

– Estándares gráficos.

– Asociaciones profesionales.

– Condiciones de mercado.

Orientaciones pedagógicas.

Este módulo profesional contiene la formación necesaria para desempeñar las funciones de la planificación de las fases del diseño, la realización de proyectos gráficos y la creación y desarrollo de bocetos y maquetas digitales aptos para su reproducción.

Estas funciones incluyen aspectos como:

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