Real Decreto 982/2013, de 13 de diciembre, por el que se establecen dos certificados de profesionalidad de la familia profesional Actividades físicas y deportivas que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad y se actualiza un certificado de profesionalidad de la familia profesional de Comercio y marketing establecido en el Real Decreto 614/2013, de 2 de agosto

Rango Real Decreto
Publicación 2014-01-10
Estado Vigente
Texto Tal como se publicó
Departamento Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Fuente BOE
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Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.

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La Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, establece, en su artículo 3, que corresponde al Gobierno, a propuesta del actual Ministerio de Empleo y Seguridad Social, y previo informe de este Ministerio a la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, la elaboración y aprobación de las disposiciones reglamentarias en relación con, entre otras, la formación profesional ocupacional y continua en el ámbito estatal, así como el desarrollo de dicha ordenación.

El artículo 26.1 de la citada Ley 56/2003, de 16 de diciembre, tras la modificación llevada a cabo por el Real Decreto-ley 3/2011, de 18 de febrero, de medidas urgentes para la mejora de la empleabilidad y la reforma de las políticas activas de empleo, se ocupa del subsistema de formación profesional para el empleo, en el que, desde la entrada en vigor del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, que lo regula, han quedado integradas las modalidades de formación profesional en el ámbito laboral –la formación ocupacional y la continua–. Dicho subsistema, según el reseñado precepto legal y de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y la Formación Profesional, se desarrollará en el marco del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional y del Sistema Nacional de Empleo.

Por su parte, la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, tiene como finalidad la creación de un Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional entendido como el conjunto de instrumentos y acciones necesarios para promover y desarrollar la integración de las ofertas de formación profesional y la evaluación y acreditación de las competencias profesionales. Instrumentos principales de ese Sistema son el Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales y el procedimiento de reconocimiento, evaluación, acreditación y registro de las mismas. En su artículo 8, la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, establece que los certificados de profesionalidad acreditan las cualificaciones profesionales de quienes los han obtenido y que serán expedidos por la Administración competente, con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional. Además, en su artículo 10.1, indica que la Administración General del Estado, de conformidad con lo que se establece en el artículo 149.1.1.ª, 7.ª y 30.ª de la Constitución y previa consulta al Consejo General de la Formación Profesional, determinará los títulos y los certificados de profesionalidad, que constituirán las ofertas de formación profesional referidas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

El Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales, según el artículo 3.3 del Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales, en la redacción dada al mismo por el Real Decreto 1416/2005, de 25 de noviembre, constituye la base para elaborar la oferta formativa conducente a la obtención de los títulos de formación profesional y de los certificados de profesionalidad y la oferta formativa modular y acumulable asociada a una unidad de competencia, así como de otras ofertas formativas adaptadas a colectivos con necesidades específicas. De acuerdo con lo establecido en el artículo 8.5 del mismo real decreto, la oferta formativa de los certificados de profesionalidad se ajustará a los indicadores y requisitos mínimos de calidad que garanticen los aspectos fundamentales de un sistema integrado de formación, que se establezcan de mutuo acuerdo entre las Administraciones educativa y laboral, previa consulta al Consejo General de Formación Profesional.

El Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad, define la estructura y contenido de los certificados de profesionalidad, a partir del Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales y de las directrices fijadas por la Unión Europea, y se establece que el Servicio Público de Empleo Estatal, con la colaboración de los centros de referencia nacional, elaborará y actualizará los certificados de profesionalidad, que serán aprobados por real decreto.

La Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, cuyo antecedente es el Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, introduce medidas para la mejora de la oferta formativa, y de la calidad y eficiencia del sistema de formación profesional. En concreto modifica la regulación del contrato para la formación y el aprendizaje contenida en el artículo 11.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, estableciendo que la cualificación o competencia profesional adquirida a través de esta modalidad contractual podrá ser objeto de acreditación según lo previsto en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, y su normativa de desarrollo, mediante la expedición, entre otros medios, del correspondiente certificado de profesionalidad o, en su caso, acreditación parcial acumulable. Dicho contrato se ha desarrollado por el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual. Asimismo, con el fin de introducir las modificaciones de la regulación de los certificados de profesionalidad en relación con el nuevo contrato para la formación y el aprendizaje, la formación profesional dual, así como en relación con su oferta e implantación y aquellos aspectos que dan garantía de calidad al sistema se ha aprobado el Real Decreto 189/2013, de 15 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, que regula los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación.

Finalmente hay que tener en cuenta que, según el nuevo apartado 10 del artículo 26 de la Ley de Empleo, introducido por la citada Ley 3/2012, de 6 de julio, la formación recibida por el trabajador a lo largo de su carrera profesional, de acuerdo con el Catálogo de las Cualificaciones Profesionales, se inscribirá en una cuenta de formación, asociada al número de afiliación de la Seguridad Social.

En este marco regulador procede que el Gobierno establezca dos certificados de profesionalidad de la familia profesional Actividades Físicas y Deportivas del área profesional de Actividades Físico-Deportivas Recreativas y que se incorporarán al Repertorio Nacional de Certificados de Profesionalidad por niveles de cualificación profesional atendiendo a la competencia profesional requerida por las actividades productivas, tal y como se recoge en el artículo 4.4 y en el anexo II del Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, anteriormente citado. Asimismo, procede que se realice la actualización de un certificado de profesionalidad de la familia profesional de Comercio y marketing establecido en el Real Decreto 614/2013, de 2 de agosto.

En el proceso de elaboración de este real decreto ha emitido informe el Consejo General de la Formación Profesional, el Consejo General del Sistema Nacional de Empleo y ha sido informada la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Empleo y Seguridad Social y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de diciembre de 2013,

DISPONGO:

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

Este real decreto tiene por objeto establecer dos certificados de profesionalidad de la familia profesional Actividades Físicas y Deportivas que se incluyen en el Repertorio Nacional de Certificados de Profesionalidad, regulado por el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad. Asimismo, mediante este real decreto se actualiza el certificado de profesionalidad de la familia profesional de Comercio y marketing establecido como anexo I del Real Decreto 614/2013, de 2 de agosto.

Dichos certificados de profesionalidad tienen carácter oficial y validez en todo el territorio nacional y no constituyen una regulación del ejercicio profesional.

Artículo 2. Certificados de profesionalidad que se establecen.

Los certificados de profesionalidad que se establecen corresponden a la familia profesional Actividades Físicas y Deportivas y son los que a continuación se relacionan, cuyas especificaciones se describen en los anexos que se indican:

Familia profesional: Actividades físicas y deportivas.

– Anexo I. Guía por barrancos secos o acuáticos. Nivel 2.

– Anexo II. Guía de espeleología. Nivel 2.

Artículo 3. Estructura y contenido.

El contenido de cada certificado de profesionalidad responde a la estructura establecida en los apartados siguientes:

a)

En el apartado I: Identificación del certificado de profesionalidad.

b)

En el apartado II: Perfil profesional del certificado de profesionalidad.

c)

En el apartado III: Formación del certificado de profesionalidad.

d)

En el apartado IV: Prescripciones de los formadores.

e)

En el apartado V: Requisitos mínimos de espacios, instalaciones y equipamientos.

Artículo 4. Requisitos de acceso a la formación de los certificados de profesionalidad.

Los requisitos de acceso a la formación de los certificados de profesionalidad serán los establecidos en los artículos 5.5.c) y 20 del Real Decreto 34/2008, de 18 de enero.

Artículo 5. Formadores.

1. Las prescripciones sobre formación y experiencia profesional para la impartición de los certificados de profesionalidad son las recogidas en el apartado IV de cada certificado de profesionalidad y se deben cumplir tanto en la modalidad presencial como en la de teleformación.

2. De acuerdo con lo establecido en el artículo 13.3 del Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, podrán ser contratados como expertos para impartir determinados módulos formativos que se especifican en el apartado IV de cada uno de los anexos de los certificados de profesionalidad, los profesionales cualificados con experiencia profesional en el ámbito de la unidad de competencia a la que está asociado el módulo.

3. Para acreditar la competencia docente requerida, el formador o persona experta deberá estar en posesión del certificado de profesionalidad de Formador ocupacional o del certificado de profesionalidad de docencia de la formación profesional para el empleo. La formación en metodología didáctica de formación profesional para adultos será equivalente al certificado de profesionalidad de Formador ocupacional o del certificado de profesionalidad de docencia de la formación profesional para el empleo, siempre que dicha formación se haya obtenido hasta el 31 de diciembre de 2013.

Del requisito establecido en el párrafo anterior estarán exentos:

a)

Quienes estén en posesión de las titulaciones universitarias oficiales de Licenciado en Pedagogía, Psicopedagogía o de Maestro en cualquiera de sus especialidades, de un título universitario de Graduado en el ámbito de la Psicología o de la Pedagogía, o de un título universitario oficial de Posgrado en los citados ámbitos.

b)

Quienes posean una titulación universitaria oficial distinta de las indicadas en el apartado anterior y además se encuentren en posesión del Certificado de Aptitud Pedagógica o de los títulos profesionales de Especialización Didáctica y el Certificado de Cualificación Pedagógica. Asimismo estarán exentos quienes acrediten la posesión del Máster Universitario habilitante para el ejercicio de las Profesiones reguladas de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Escuelas Oficiales de Idiomas y quienes acrediten la superación de un curso de formación equivalente a la formación pedagógica y didáctica exigida para aquellas personas que, estando en posesión de una titulación declarada equivalente a efectos de docencia, no pueden realizar los estudios de Máster, establecida en la disposición adicional primera del Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, por el que se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria obligatoria, el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas de régimen especial y se establecen las especialidades de los cuerpos docentes de enseñanza secundaria.

c)

Quienes acrediten una experiencia docente contrastada de, al menos, 600 horas en los últimos diez años en formación profesional para el empleo o del sistema educativo.

4. Los tutores-formadores que impartan formación mediante teleformación, además de cumplir las prescripciones específicas que se establecen para cada certificado de profesionalidad, deberán cumplir las establecidas en el artículo 13.4 del Real Decreto 34/2008, de 18 de enero.

Artículo 6. Contratos para la formación y el aprendizaje.

La formación inherente a los contratos para la formación y el aprendizaje se realizará, en régimen de alternancia con la actividad laboral retribuida, en los términos previstos en la normativa de aplicación.

Artículo 7. Formación mediante teleformación.

Los módulos formativos que constituyen la formación de los certificados de profesionalidad podrán ofertarse mediante teleformación en su totalidad o en parte, combinada con formación presencial, en los términos establecidos en el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero.

Artículo 8. Centros autorizados para su impartición

Los centros y entidades de formación que impartan la formación conducente a la obtención de un certificado de profesionalidad deberán cumplir lo establecido en el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero.

Articulo 9. Correspondencia con los títulos de formación profesional

La acreditación de unidades de competencia de las Cualificaciones profesionales del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales obtenidas a través de la superación de los módulos profesionales de los títulos de formación profesional o de los módulos de enseñanza deportiva de los títulos de técnico deportivo o técnico deportivo superior en la modalidad o especialidad deportiva correspondiente, surtirán los efectos de exención del módulo o módulos formativos de los certificados de profesionalidad asociados a dichas unidades de competencia establecidos en el presente real decreto.

Disposición final primera. Título competencial.

El presente real decreto se dicta en virtud de las competencias que se atribuyen al Estado en el artículo 149.1.1.ª, 7.ª y 30.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva para la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales; la legislación laboral; y la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales y normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.

Disposición final segunda. Actualización del anexo I del Real Decreto Real Decreto 614/2013, de 2 de agosto, por el que se establecen seis certificados de profesionalidad de la familia profesional Comercio y marketing que se incluyen en el Repertorio Nacional de Certificados de Profesionalidad.

De conformidad con lo establecido en el artículo 7 del Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, se procede a la actualización del certificado de profesionalidad cuyas especificaciones están establecidas en el anexo I del Real Decreto 614/2013, de 2 de agosto, por el que se establecen seis certificados de profesionalidad de la familia profesional Comercio y marketing que se incluyen en el Repertorio Nacional de Certificados de Profesionalidad, en los siguientes términos:

Se modifica el certificado de profesionalidad establecido como anexo «I. Actividades de gestión de pequeño comercio» sustituyendo las capacidades y criterios de evaluación de la UF0032 Venta «on line» del módulo formativo MF2105_2: Organización y animación de pequeño comercio, que figuran en el apartado III. Formación del certificado de profesionalidad, por los que a continuación se especifican:

Capacidades y criterios de evaluación.

C1: Definir las variables y utilidades disponibles en Internet –páginas web, servidores y software a nivel usuario– para la comercialización on line de distintos tipos de productos y servicios.

CE1.1 Identificar las variables que intervienen en la conducta y las motivaciones de compra del cliente-internauta.

CE1.2 Describir las características que debe poseer un página web comercial y los enlaces y utilidades de los banners para la promoción on line de productos y servicios.

CE1.3 A partir de información convenientemente detallada sobre una empresa determinada que comercializa sus productos o servicios de forma on line:

– Identificar la página web de la empresa y la imagen y productos que comercializa.

– Explicar la repercusión de su página web en sus relaciones comerciales on line y off line.

– Diferenciar los elementos claves de su página web.

– Evaluar críticamente la página web.

CE1.4 Identificar los principales servidores gratuitos para la comercialización de productos y servicios.

C2: Adoptar criterios comerciales en el diseño de páginas para la comercialización aplicando técnicas de venta adecuadas.

CE2.1 Identificar las características de los productos y servicios que deben resaltarse en una página web comercial para su comercialización on line con éxito.

CE2.2 Describir y explicar las técnicas básicas de fidelización on line, analizando los elementos racionales y emocionales que intervienen en el cliente-internauta.

CE2.3 Especificar formas de provocar distintas ventas adicionales, sustitutivas y/o complementarias en la comercialización y diseño de páginas web.

CE2.4 Adaptar las técnicas de venta a la comercialización on line.

– Transmitir información del producto y las condiciones de venta con claridad y precisión de forma oral y/o escrita.

CE2.4 En la simulación de una comercialización on line de productos/servicios y a partir de información convenientemente caracterizada:

– Identificar la tipología del cliente-internauta.

– Identificar sus necesidades de compra, utilizando la información suministrada a través de las herramientas informáticas de gestión de clientes.

– Identificar y seleccionar la información de las características del producto/servicios que permita destacar las ventajas y adecuación a las necesidades del cliente.

– Diseñar una página web con criterios de usabilidad y facilidad a la compra-online adecuados, utilizando software a nivel de usuario.

– Evaluar críticamente la página web desarrollada.

CE2.5 Analizar los elementos y materiales de comunicación comercial y su ubicación en un supuesto punto de venta virtual.

CE2.6 A partir de un supuesto práctico en el que se proporciona una herramienta de gestión de contenidos de un sitio web, elementos publicitarios (banners, pop ups...), información sobre los productos/servicios (imágenes, precios, características...), e la información suministrada por la herramienta de análisis de navegación de clientes:

– Distinguir las zonas frías y calientes.

– Proponer cambios para calentar las zonas frías.

– Supervisar el estado de la información suministrada a los clientes.

– Elaborar un informe con los resultados del proceso utilizando medios informáticos.

CE2.7 Identificar los medios de pago utilizados habitualmente en la comercialización on line y criterios de seguridad aplicados habitualmente.

CE2.8 A partir de la caracterización de un producto, un supuesto grupo objetivo de clientes-internautas a los que se dirige y empleando las aplicaciones y software informático a nivel usuario de diseño de páginas web, realizar la presentación del producto o servicio en una página web recogiendo fotos, elementos y textos que permitan describir las características del producto/servicio y cliente.

C3: Aplicar procedimientos de seguimiento y atención al cliente siguiendo criterios y procedimientos establecidos en las situaciones comerciales on line.

CE3.1 Explicar el significado e importancia del servicio posventa en los procesos comerciales del comercio electrónico.

CE3.2 Identificar las situaciones comerciales que precisan seguimiento y posventa en la comercialización on line de productos y servicios.

CE3.3 Describir los momentos o fases que caracterizan el proceso de posventa on line y la seguridad on line.

CE3.4 Identificar los conflictos y reclamaciones más habituales en la comercialización on line diferenciando según su naturaleza.

CE3.5 Describir las utilidades y herramientas de Internet para resolver y gestionar las reclamaciones comerciales en la red y mantener relaciones de confianza con los clientes.

CE3.6 Describir los usos y orientaciones de buena conducta para afrontar las quejas y reclamaciones de los clientes habituales de la comercialización on line de manera rápida y eficaz.

CE3.7 Identificar la documentación e información que se requiere para registrar y gestionar de forma eficaz una reclamación comercial on line.

CE3.8 A partir de información, convenientemente detallada sobre el sistema de seguimiento de clientes y procedimiento de control del servicio pos venta on line, describir el procedimiento a seguir desde el momento en que se tiene constancia de una incidencia en el proceso, identificando:

– Elementos y claves que la han provocado.

– Ámbito de responsabilidad del comercial, el canal de comercialización, el cliente u otros.

– Actuación acorde al sistema aplicando los criterios establecidos garantizando la idoneidad del servicio e incorporando, en su caso, la información obtenida en la herramienta informática de gestión de postventa.

CE3.9 A partir de un supuesto de fidelización de clientes on line, con unas características establecidas, redactar, utilizando las aplicaciones informáticas adecuadas, en función de su finalidad para su distribución a través de listas de distribución on line, escritos adecuados a distintas situaciones:

– onomástica,

– navidad,

– agradecimiento u otros.

CE3.10 A partir de un caso convenientemente caracterizado de reclamación de un producto/servicio comercializado on line:

– Elaborar un plan de actuación en el que se establezcan las fases que se deben seguir en la resolución de la reclamación.

– Cumplimentar correctamente la documentación requerida a través del correspondiente formulario on line.

– Confeccionar un informe con los datos de la reclamación y quejas, introduciendo, en su caso, esta información en la herramienta informática de gestión de reclamaciones.

Disposición final tercera. Desarrollo normativo.

Se autoriza a la Ministra de Empleo y Seguridad Social para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo de este real decreto.

Disposición final cuarta. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 13 de diciembre de 2013.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Empleo y Seguridad Social,

FÁTIMA BÁÑEZ GARCÍA

ANEXO I

I. IDENTIFICACIÓN DEL CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD

Denominación: Guía por barrancos secos o acuáticos.

Código: AFDA0112

Familia profesional: Actividades Físicas y Deportivas

Área profesional: Actividades Físico-Deportivas Recreativas.

Nivel de cualificación profesional: 2

Cualificación profesional de referencia:

AFD338_2 Guía por barrancos secos o acuáticos (RD. 1521/2007, de 16 de noviembre)

Relación de unidades de competencia que configuran el certificado de profesionalidad:

UC1076_2: Elaborar recorridos por barrancos.

UC1077_2: Progresar con eficacia y seguridad por barrancos de cualquier tipología y dificultad.

UC1078_2: Guiar y dinamizar a personas por itinerarios de barrancos.

UC0272_2: Asistir como primer interviniente en caso de accidente o situación de emergencia.

Competencia general:

Determinar itinerarios en barrancos y guiar usuarios por barrancos de cualquier tipología y dificultad, utilizando técnicas y materiales específicos de la actividad, en condiciones de seguridad y respeto al medio ambiente, adaptándose a los usuarios, consiguiendo su satisfacción, la calidad del servicio y en los límites de coste previsto.

Entorno Profesional:

Ámbito profesional:

Desarrolla su actividad profesional en el ámbito de actividades deportivo-recreativas en la naturaleza y en el del turismo activo, deportivo o de aventura, en las áreas de programación, organización, desarrollo, seguimiento y evaluación de itinerarios por barrancos para todo tipo de usuarios. La actividad profesional se realiza tanto de forma autónoma como contratada, en el ámbito público, ya sean administraciones generales, autonómicas o locales, y en el ámbito privado, con clientes particulares y en grandes, medianas y pequeñas empresas, tales como: Empresas de ocio activo, deportivo o de aventura. Empresas turísticas: hoteles, camping, albergues, casas rurales. Agencias de viaje. Estaciones de esquí con oferta complementaria de actividades fuera de temporada. Refugios y albergues de montaña. Centros escolares y empresas de servicios de actividades extraescolares. Casas de colonias, granjas escuela, campamentos. Federaciones deportivas y clubes deportivos y sociales. Compañías de guías. Empresas de gestión de parques naturales. Empresas de servicios de formación de recursos humanos. Empresas de gestión de parques naturales. Empresas de servicios de formación de recursos humanos. Clientes particulares.

Sectores productivos:

Se ubica en el sector del deporte, ocio y tiempo libre, y turismo.

Ocupaciones y puestos de trabajo relacionados:

Monitor en campamentos.

Guía en actividades de barrancos.

Equipador de rutas de barrancos.

Mantenedor de instalaciones de «rápel» y pasamanos de barrancos.

Diseñador de itinerarios terrestres hasta media montaña.

Requisitos necesarios para el ejercicio profesional:

Los establecidos según la legislación vigente publicados en las normativas y decretos de cada una de las Comunidades Autónomas de España.

Duración de la formación asociada: 660 horas

Relación de módulos formativos y de unidades formativas:

MF1076_2: Itinerarios en barrancos (220 horas).

• UF2879 (Transversal): Entorno natural-cartografía-conservación-meteorología y orientación. (80 horas).

• UF2472 (Transversal): Análisis diagnóstico y evaluación en actividades de conducción en barrancos. (70 horas).

• UF2473: Diseño y gestión de itinerarios por barrancos. (70 horas).

MF1077_2: Técnicas de progresión en barrancos secos o acuáticos (230 horas).

• UF2879 (Transversal): Entorno natural-cartografía-conservación-meteorología y orientación. (80 horas).

• UF2474: Material deportivo, aproximación, regreso y pernoctación en barranquismo. (60 horas).

• UF2475: Técnicas de progresión en barrancos. (90 horas).

MF1078_2: Conducción de personas o grupos por barrancos secos o acuáticos (240 horas).

• UF2879 (Transversal): Entorno natural-cartografía-conservación-meteorología y orientación. (80 horas).

• UF2472 (Transversal): Análisis diagnóstico y evaluación en actividades de conducción en barrancos. (70 horas).

• UF2476: Guía por barrancos secos o acuáticos. (90 horas).

MF0272_2 (Transversal): Primeros auxilios (40 horas).

MP0517: Módulo de prácticas profesionales no laborales de guía por barrancos secos o acuáticos. (160 horas)

II. PERFIL PROFESIONAL DEL CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD

Unidad de competencia 1

Denominación: ELABORAR RECORRIDOS POR BARRANCOS.

Nivel: 2

Código: UC1076_2

Realizaciones profesionales y criterios de realización

RP1: Realizar el análisis diagnóstico del contexto de intervención para concretar o adaptar un itinerario por barrancos ajustándose al servicio demandado.

CR1.1 La documentación que se requiere para establecer el itinerario se selecciona utilizando las técnicas de búsqueda y recopilación.

CR1.2 Las características de la organización se analizan determinando las finalidades los recursos y medios disponibles.

CR1.3 Las características generales del cliente y de los destinatarios se identifican mediante las técnicas de análisis de información, quedando determinadas sus condiciones, necesidades, intereses y expectativas, dando especial atención a los que presentan alguna necesidad específica.

CR1.4 Las características de la zona por donde va a transcurrir el itinerario se analizan «in situ» y/o utilizando reseñas técnicas y guías descriptivas, seleccionándolas en función de las que el entorno ofrece, la demanda y las posibles situaciones peligrosas.

CR1.5 La normativa y la reglamentación vigente relacionadas con el servicio ofertado se analizan identificando los aspectos que afectan al diseño y organización de la actividad.

CR1.6 La información obtenida se procesa mediante las técnicas necesarias, utilizando herramientas de ofimática, elaborando, si se requiere, informes para el diseño y oferta del servicio.

CR1.7 La documentación y análisis de la misma se valora si son adecuados, ajustados a la realidad, siendo el tiempo y esfuerzo invertido y la relevancia de los datos manejados proporcionales al proyecto demandado.

CR1.8 La documentación se organiza aplicando criterios de archivo que faciliten su localización y acceso, actualizándola de forma sistemática, permitiendo para aquella información que lo requiera la confidencialidad de la misma.

RP2: Concretar el desplazamiento hasta el inicio del itinerario por barrancos teniendo en cuenta el diagnóstico realizado.

CR2.1 La traza del desplazamiento se ajusta a lo establecido en la normativa y reglamentación vigente.

CR2.2 Las peculiaridades del desplazamiento, distancia, desnivel, dificultad, actividades y otros, se seleccionan satisfaciendo las expectativas de los clientes, adecuándose a las características y capacidades de los mismos teniendo en cuenta las posibles necesidades, permitiendo su realización en el tiempo previsto y considerando el ritmo de los usuarios.

CR2.3 Los valores naturales y culturales y los recursos de la zona se tienen en cuenta, quedando evidenciados en el desplazamiento elaborado.

CR2.4 Los puntos de descanso y pernoctación quedan reflejados en el itinerario, asegurando su avituallamiento y la dosificación del esfuerzo.

CR2.5 Los puntos conflictivos del itinerario quedan identificados, valorando el nivel de dificultad, determinando las alternativas de superación y previniendo posibles contingencias en el desarrollo de la actividad.

CR2.6 Los puntos de referencia se identifican y valoran, facilitando la orientación y la prevención de posibles contingencias en el desarrollo de la actividad.

CR2.7 Las actividades de sensibilización y conocimiento del entorno se prevén teniendo en cuenta las características y expectativas de los destinatarios, los valores naturales y culturales y los recursos de la zona, las condiciones del lugar de realización previstas y la consecución de los objetivos previstos.

CR2.8 Las rutas y actividades alternativas se establecen previendo posibles contingencias.

CR2.9 La representación gráfica, el programa, el cuaderno de ruta o los datos quedan reflejados en el itinerario, indicando la técnica y soporte acorde a la situación.

RP3: Determinar itinerarios y medios para actividades de conducción en barrancos, teniendo en cuenta el análisis diagnóstico realizado.

CR3.1 La normativa y reglamentación vigente para el acceso y recorrido en barrancos se aplican en la traza del itinerario de forma rigurosa.

CR3.2 Las características y morfología del barranco por donde va a transcurrir el itinerario se identifican «in situ» y/o mediante la utilización de reseñas técnicas y guías descriptivas adaptándose a la demanda del servicio y evidenciando lo que el entorno ofrece y las posibles situaciones peligrosas.

CR3.3 Las peculiaridades del itinerario en el barranco: longitud, desnivel, dificultad, caudal, tipo de equipamiento, número y longitud de los rápeles se tienen en cuenta satisfaciendo las expectativas de los clientes, adecuándose a las características y capacidades de los mismos y permitiendo su realización en el tiempo previsto y con el ritmo adecuado a los usuarios.

CR3.4 Los puntos de descanso y pernoctación en el itinerario se reflejan, asegurando un avituallamiento y la dosificación del esfuerzo.

CR 3.5 Los puntos conflictivos del itinerario se identifican, concretando:

  • El nivel de dificultad.
  • La peligrosidad.
  • El nivel técnico para la superación de las dificultades.
  • Distintas alternativas de superación de los mismos.
  • Las maniobras, materiales y técnicas necesarias para su superación en cada alternativa.
  • Las rutas de escape y planes alternativos cuando no se puedan superar las dificultades (por condiciones ambientales, capacidad de los clientes, ruptura, deterioro o pérdida del material).

CR3.6 Los puntos de dificultad y peligrosidad más significativos del itinerario en el barranco se identifican facilitando el lugar de localización y la prevención de posibles contingencias en el desarrollo de la actividad.

CR3.7 La representación gráfica del itinerario, el programa o datos necesarios se incluyen en la elaboración de un croquis, aplicando la técnica y soporte adecuados a la situación.

CR3.8 Las necesidades logísticas de transporte y materiales se determinan en función del tipo de barranco y tipologías de los usuarios y/o grupos.

RP4: Concretar los protocolos de seguridad específicos de barrancos, estableciendo las conductas y los recursos para la protección de los usuarios, anticipando posibles contingencias.

CR4.1 Las medidas y material de seguridad se determinan en función de las características del recorrido y del grupo de manera que el material de seguridad esté siempre disponible.

CR4.2 Las pautas de actuación ante condiciones del medio potencialmente peligrosas y/o deterioro o pérdida del material deportivo se establecen de forma ordenada, clara y concisa, permitiendo al profesional comprender las características y gravedad de la situación, las acciones que se deben emprender, las técnicas que se deben utilizar y las personas o instancias a quienes se debe informar.

CR4.3 Los problemas de hidratación y de alimentación se anticipan previendo un avituallamiento cualitativa y cuantitativamente suficiente.

CR4.4 El equipamiento de protección personal se prevé en función de la tipología del itinerario diseñado asegurando su idoneidad ante la naturaleza e intensidad de los posibles agentes del entorno.

CR4.5 El protocolo de primeros auxilios específicos se selecciona teniendo en cuenta la casuística de posibles lesiones.

CR4.6 Las pautas que se deben seguir respecto a la información previa a dar a los servicios de emergencia de la zona (datos relevantes sobre los usuarios y la actividad), así como los protocolos de socorro-evacuación por si fuese necesarios, se determinan conjuntamente con los servicios de emergencia de la zona y de una manera ordenada, clara y concisa.

CR4.7 Los aparatos de comunicación y las pautas para la comprobación de su funcionamiento se establecen teniendo en cuenta su operatividad.

CR4.8 Los códigos de comunicación mediante signos para el itinerario se establecen asegurando su interpretación y operatividad entre los guías y con los usuarios, manteniendo el nivel de comunicación necesario para el desarrollo de la actividad.

RP5: Concretar los protocolos de protección del medio natural de barrancos determinando los valores ecológicos y geológicos, y las actuaciones y los recursos necesarios de acuerdo con la normativa vigente.

CR5.1 Los valores ecológicos tanto bióticos como abióticos se refleja en las fichas del itinerario determinado.

CR5.2 Las normas de comportamiento de los usuarios se definen teniendo en cuenta:

  • Los criterios de adecuación a las condiciones y normativa de uso del medio.
  • Las características y normas de conservación y respeto del medio natural de barrancos.
  • Las posibles contingencias en el desarrollo de la actividad.

CR5.3 Los materiales y medios necesarios para la protección del medio natural de barrancos se concretan según las peculiaridades de los usuarios y del proyecto.

RP6: Determinar el proceso de seguimiento de la actividad de descenso de barrancos recogiendo la información necesaria para valorarla, concretando las técnicas y los instrumentos.

CR6.1 Las directrices sobre la valoración del servicio son interpretadas priorizando los aspectos a tener en cuenta.

CR6.2 Las técnicas e instrumentos para el seguimiento de la actividad se determinan en función de los objetivos, los procesos y los resultados previstos, de modo que permitan aplicar los indicadores de evaluación establecidos.

CR6.3 Los momentos y secuencia de la aplicación de los diferentes instrumentos se determinan atendiendo al desarrollo de la actividad y a criterios de oportunidad y de participación de los implicados.

RP7: Establecer, o en su caso gestionar, los medios y recursos para la realización del servicio de descenso de barrancos en el nivel de calidad, los límites de coste y los objetivos previstos.

CR7.1 Los recursos humanos y la estructura funcional para el desarrollo de la actividad se determinan de modo que permitan alcanzar los objetivos y optimizar y racionalizar los medios y recursos disponibles.

CR7.2 La información referente a las características de la actividad se elabora permitiendo la creación de los medios y recursos de información, sensibilización y promoción necesarios según el público a la que va dirigida.

CR7.3 La documentación de las condiciones de contratación del servicio y las responsabilidades legales, propias y de la empresa es conocida por el guía y se transmite al usuario cuando lo requiera.

CR7.4 Los recursos para el desarrollo del servicio se gestionan en función de sus peculiaridades, actividades previstas y características de los usuarios y en los niveles de calidad y límites de coste previstos.

CR7.5 La reposición del material se realiza siguiendo criterios de seguridad y las recomendaciones del fabricante.

CR7.6 Los medios logísticos (alojamiento, manutención y transporte de usuarios) se determinan y, en su caso, se gestionan de modo que se ajusten a las necesidades y características del servicio demandado u ofertado.

CR7.7 Los permisos y autorizaciones para el paso y/o acceso se gestionan utilizando las vías establecidas y con el tiempo suficiente.

Contexto profesional

Medios de producción

Oficina con equipamiento informático. Aplicaciones informáticas. Informes sobre los criterios que motivan la decisión de contratación del servicio. Informes sobre las características de los clientes y usuarios. Programas de servicio. Fichas de itinerarios de barrancos. Croquis. Reseñas técnicas y guías de barrancos. Legislación de espacios naturales y actividades en el medio natural y en barrancos. Formularios de solicitud de permisos de acceso y pernoctación. Material de promoción. Documentación de actividades de conocimiento y sensibilización del entorno natural.

Productos y resultados

Caracterización del recorrido. Itinerarios de recorridos por baja y media montaña, y barrancos adaptados al contexto de intervención. Protocolos de seguridad para baja y media montaña, y barrancos. Protocolos de conservación del medio natural de baja y media montaña, y barrancos. Tramitación de los permisos necesarios. Documentación sobre las necesidades logísticas y recursos humanos. Documentación informativa para los usuarios. Programa del itinerario. Croquis del itinerario. Representaciones gráficas de los itinerarios. Gestión de recursos y materiales. Valoración de las dificultades del terreno. Valoración sobre la peligrosidad de los itinerarios. Valoración sobre el estado de las instalaciones de los itinerarios. Documentación sobre localización, acceso y vuelta de los barrancos.

Información utilizada o generada

Mapas cartográficos. Bibliografía sobre los espacios naturales de la zona. Normativas de oferta de turismo activo. Legislación específica que afecte al servicio. Informes sobre los clientes y usuarios. Radiofrecuencias y teléfonos de los grupos de socorro. Guías de itinerarios. Información sobre seguros y responsabilidad civil. Información meteorológica. Instrumentos de evaluación de los servicios. Cuadernos de rutas y representaciones gráficas. Catálogos de materiales de barrancos. Información de empresas de transporte. Guías de hostelería y restauración. Información sobre seguros y responsabilidad civil. Documentación de actividades de conocimiento y sensibilización del entorno natural. Croquis y reseñas sobre barrancos.

Unidad de competencia 2

Denominación: PROGRESAR CON EFICACIA Y SEGURIDAD POR BARRANCOS DE CUALQUIER TIPOLOGÍA Y DIFICULTAD.

Nivel: 2

Código: UC1077_2

Realizaciones profesionales y criterios de realización

RP1: Preparar el material deportivo asegurando su estado y funcionamiento para llevar a buen fin la actividad y evitar lesiones o accidentes.

CR1.1 La selección del material deportivo y equipamiento personal se realiza con criterios de oportunidad, peso y adecuación en relación a las características personales y naturaleza de la actividad.

CR1.2 La selección del material de equipamiento de instalaciones de «rápel» se realiza con criterios de prevención, seguridad y adecuación en relación con características del barranco y naturaleza de la actividad.

CR1.3 La reposición del material se realiza siguiendo criterios de seguridad y las recomendaciones del fabricante.

CR1.4 El mantenimiento preventivo y operativo del material se realiza con la frecuencia y especificidad necesarias permitiendo mantener las prestaciones del mismo.

CR1.5 El almacenaje del material deportivo se realiza asegurando su durabilidad y el mantenimiento de sus prestaciones.

CR1.6 El transporte del material deportivo se realiza asegurando su durabilidad y el mantenimiento de sus prestaciones.

RP2: Realizar la aproximación y el regreso al y desde el barranco respectivamente, con eficacia y seguridad porteando todo el material para el descenso del barranco.

CR2.1 Las técnicas de progresión en baja y media montaña, excluyendo el terreno nevado, necesarias para el recorrido de aproximación y de regreso al y desde el barranco respectivamente, se aplican de forma oportuna ejecutando los movimientos y manteniendo posturas de equilibrio estático y dinámico.

CR2.2 El ritmo de marcha en el recorrido de aproximación y de regreso al y desde el barranco respectivamente se adapta a las características del terreno y a los objetivos planteados previendo el tiempo que requiere el recorrido de acceso, la realización del barranco y el regreso del mismo portando el material imprescindible.

CR2.3 El material para la aproximación y el regreso al y desde el barranco respectivamente se utiliza correctamente y el material específico para la realización del recorrido por el barranco se traslada asegurando su estado y accesibilidad.

RP3: Superar los tramos del barranco con y sin la ayuda de cuerdas con eficacia y seguridad.

CR3.1 El equipo y materiales de uso personal para la realización del recorrido se utilizan conforme a las características del barranco, como elementos indispensables para el progreso por el mismo, con protección y seguridad.

CR3.2 Las dificultades y las posibles zonas de paso se identifican, analizan y seleccionan aplicando la técnica para la superación de las mismas, primando la seguridad, eficacia y rapidez.

CR3.3 Las zonas de paso y las técnicas para conseguir el objetivo se seleccionan teniendo en cuenta el nivel técnico personal, las posibilidades del material disponible y el análisis del terreno realizado.

CR3.4 La utilización de los cabos de anclaje durante la progresión se realiza siguiendo el protocolo de uso y con especial atención en los lugares donde se encuentran instalados los pasamanos.

CR3.5 Las técnicas de progresión sin cuerda (saltos al agua, deslizamiento en tobogán, destrepe cara a la pendiente y a la pared y desplazamiento sobre caos) y de progresión con cuerda («rápel» desembragable, «rápel» guiado, descenso en «cordelette», descenso controlado en polea, movimiento en pasamanos y pasos en fraccionamientos), cuando la situación lo requiere, se ejecutan manteniendo la finalidad y la seguridad en cada una de las acciones.

RP4: Superar las dificultades de los barrancos acuáticos utilizando técnicas de natación y buceo de forma que permitan evitar o superar los elementos de la dinámica fluvial con eficacia y seguridad y continuar el recorrido porteando el material.

CR4.1 Los elementos de la dinámica fluvial, el caudal, las dificultades, peligros y posibles zonas de paso, apoyo o seguridad se identifican y analizan, de modo que se determinen los tramos conflictivos y las posibilidades de superarlos, siguiendo criterios de peligrosidad y/o dificultad técnica.

CR4.2 La trayectoria en el barranco de características acuáticas y las técnicas más correctas y seguras para conseguir el objetivo se seleccionan teniendo en cuenta el nivel técnico personal, las posibilidades del material disponible y el análisis de la zona realizado.

CR4.3 La entrada en el agua se realiza con las técnicas adecuadas al objetivo pretendido y en condiciones de seguridad para uno mismo y el material.

CR4.4 La progresión en el agua se realiza utilizando las técnicas de nado con eficacia garantizando la seguridad propia y del material, manteniendo un ritmo adecuado.

CR4.5 La posición de seguridad en descenso en una corriente de agua se adopta de forma eficaz y segura manteniendo la dirección y orientación del desplazamiento.

CR4.6 La superación de un obstáculo por debajo del agua o la recuperación de material hundido se realizan utilizando las técnicas de nado en apnea.

RP5: Adaptar el ritmo y la técnica de progresión del barranco a las características del momento posibilitando su realización dentro de los límites de tiempo adecuados y en condiciones de cansancio o fatiga proporcionales a la dificultad y estado actual.

CR5.1 El ritmo de progresión en el barranco se adapta a las características presentes del caudal de agua y las modificaciones del mismo por el efecto de arrastre, asegurando su realización en el tiempo previsto y dentro de los márgenes de seguridad adecuados.

CR5.2 El refuerzo de instalaciones o reposición de anclajes deteriorados se realiza siguiendo criterios de seguridad y aplicando las técnicas propias de instalación de seguros fijos.

CR5.3 La nutrición e hidratación durante la progresión en el interior del barranco se dosifican evitando la deshidratación por vestimenta no transpirable en actividad física de larga duración, asegurando así el rendimiento deportivo.

CR5.4 Las técnicas de progresión y maniobra se seleccionan primando la seguridad personal y la sencillez de ejecución.

RP6: Pernoctar en el medio natural en zonas preparadas o no para tal fin, utilizando técnicas de acampada o vivac.

CR6.1 El lugar de acampada o vivac se selecciona en función del encanto de su ubicación y funcionalidad asegurando su protección frente a los peligros objetivos naturales como caída de piedras, crecida de ríos, rayos o viento.

CR6.2 La zona de pernoctación se ajusta a la normativa de uso y conservación del medio natural.

CR6.3 La tienda se instala teniendo en cuenta la orientación, el tipo de suelo, la inclinación de la pendiente, las características de la tienda y las posibilidades de anclaje al terreno.

CR6.4 El vivac planificado o forzado se realiza utilizando los materiales disponibles procurando las mayores garantías de confort y seguridad en el paso de la noche.

CR6.5 Los lugares más apropiados para cocinar, comer y para las necesidades higiénicas se seleccionan en función de criterios de seguridad, funcionalidad y ambientales.

CR6.6 El entorno natural se respeta siguiendo las pautas que permitan la menor alteración posible del mismo.

RP7: Reconocer los recursos del entorno para aprovechar las posibilidades que ofrecen sin perjudicar su valor ecológico.

CR7.1 La normativa de protección ambiental y acceso al entorno natural y con atención especial a los barrancos se respeta teniendo en cuenta el impacto ambiental y el uso del medio.

CR7.2 Las características de los ecosistemas y especies frecuentes en los barrancos se identifican reconociendo su valor ambiental y actuando con el respeto a los mismos.

CR7.3 Los recursos naturales para la supervivencia son identificados permitiendo resolver posibles y variadas contingencias.

CR7.4 Los fenómenos geológicos más característicos de la acción de las aguas en barrancos se identifican reconociendo su valor ambiental, su relación con la génesis del barranco y actuando con respeto a los mismos.

RP8: Identificar los signos meteorológicos y ambientales para prevenir situaciones adversas y actuar consecuentemente en el medio natural, utilizando los medios adecuados.

CR8.1 Los mapas y predicciones meteorológicas generales y locales se interpretan anticipando la posible evolución de los fenómenos atmosféricos para actuar en consecuencia.

CR8.2 Los signos naturales indicadores de cambios meteorológicos se detectan e interpreta la posible evolución de los mismos.

CR8.3 Los aparatos de medición de la presión atmosférica se utilizan interpretando la posible evolución meteorológica y se actúa en consecuencia.

CR8.4 La morfología y el desnivel del barranco se identifican relacionando los cambios meteorológicos con la velocidad de variación de caudal del barranco.

Contexto profesional

Medios de producción

Cuerdas para el descenso de barrancos. Equipamiento personal de media montaña y descenso de barrancos. Mantas aluminizadas. Cordinos de longitudes diferentes. Bidones estanco. Mapas cartográficos. Croquis de barrancos. Mapas de información meteorológica general y local. Brújula. GPS. Altímetro. Tiendas de campaña. Sustancias para la limpieza y mantenimiento del equipo y materiales. Zonas de acampada autorizadas. Medios de transporte. Zonas de baja y media montaña. Zonas de barrancos. Espacios e implementos para acondicionamiento físico. Material de vivac. Fichas técnicas de recorrido. Alimentos y bebidas adecuadas para la práctica deportiva. Material deportivo personal específico para el descenso de barrancos (arnés, casco, gafas de bucear, cabos de anclaje, bidón estanco, descensores, mosquetones, «maillones», burilador, mochila y otros). Botiquín de urgencia. Material de reparación de trajes de neopreno. Navaja de acero inoxidable.

Productos y resultados

Progresión según el tipo de terreno y barranco. Selección del tipo de barranco en función del objetivo deportivo establecido. Realización el descenso de barranco previsto. Ubicarse en todo momento en el medio natural en el cual se desarrolla el recorrido. Conocimiento y utilización del equipo y materiales deportivos. Almacenaje y mantenimiento de las prestaciones del material deportivo. Reparaciones básicas del traje de neopreno. Desarrollo de la actividad en las condiciones meteorológicas adecuadas. Reconocimiento de los cambios bruscos del tiempo y toma de decisiones de seguridad. Cálculo de caudales de agua en barrancos. Identificación de los elementos de la dinámica fluvial característicos de los barrancos. Selección y adecuación de la zona de acampada o vivac garantizando el máximo confort y seguridad. Selección e ingestión de los alimentos durante la práctica deportiva. Programas de autoentrenamiento personalizados específicos para el descenso de barrancos. Fichas de autoevaluación de resultados de los programas de entrenamiento. Mantenimiento de la capacidad física y técnica para descender cualquier tipo de barranco. Valoración de la capacidad personal para superar las dificultades del terreno.

Información utilizada o generada

Manuales de técnicas de progresión en media y baja montaña. Manuales de técnicas de progresión en barrancos. Manuales de equipamientos deportivos de barrancos. Mapas de predicción meteorológica. Manuales sobre características, mantenimiento y almacenaje del equipo y materiales deportivos. Manuales de acampada y vivac. Manuales de predicción meteorológica por indicios. Manuales sobre cartografía y orientación. Guías sobre el medio natural de media montaña. Guías sobre el medio natural de barrancos. Manuales sobre metodología de educación ambiental. Normativa de protección y acceso al medio natural. Dietas típicas de nutrición deportiva. Programa personal de entrenamiento físico y técnico. Fichas personales de análisis de resultados de entrenamiento. Revistas especializadas. Catálogos de material y equipo de descenso de barrancos.

Unidad de competencia 3

Denominación: GUIAR Y DINAMIZAR A PERSONAS POR ITINERARIOS DE BARRANCOS.

Nivel: 2

Código: UC1078_2

Realizaciones profesionales y criterios de realización

RP1: Preparar los medios y revisar los materiales que se requieren para llevar a cabo la actividad con un grupo de usuarios, según lo planificado, utilizando las técnicas más adecuadas y siguiendo los protocolos establecidos.

CR1.1 El barranco, cuando sea preciso, se revisa antes de su realización, verificando las posibles zonas conflictivas y previendo las medidas necesarias.

CR1.2 El material deportivo individual y colectivo se selecciona, revisa y distribuye entre los integrantes del grupo en función del tipo de actividad, de la tipología del grupo y del material personal de cada uno de los usuarios.

CR1.3 El botiquín y el material de seguridad se preparan y revisan comprobando que son apropiados, suficientes y que están en estado de uso antes y durante la actividad, de modo que se posibilite el desarrollo de la misma dentro de los márgenes de seguridad.

CR1.4 El avituallamiento y el material de los usuarios se revisan comprobando que todos los clientes disponen de lo necesario y que están correctamente distribuidos.

CR1.5 Los aparatos de comunicación para mantener contacto con la empresa, equipo de guías o servicios de emergencias se seleccionan, comprobando su funcionamiento y operatividad.

CR1.6 La documentación y los permisos para la realización de las actividades previstas en el itinerario se revisan comprobando que son los adecuados y están vigentes, respecto al programa, al grupo y al entorno por el que discurrirá la actividad.

CR1.7 La evolución meteorológica a corto-medio plazo se comprueba con los servicios meteorológicos antes de iniciar la actividad o se interpreta con los instrumentos de medición y observación de signos naturales tomando las medidas oportunas respecto a las actividades y los medios necesarios.

CR1.8 Las frecuencias y horas de apertura de compuertas en centrales eléctricas que influyan en el caudal del barranco o accesos se verificarán y actualizarán diariamente para la realización del itinerario con los márgenes de seguridad adecuados.

CR1.9 Los medios de transporte, cuando se requieren, se comprueba que están preparados y se utilizan respetando los criterios de seguridad y operatividad adecuados.

CR1.10 El material deportivo individual y colectivo utilizado durante la actividad se recoge comprobando su estado, reparando aquel que lo precise y limpiando y almacenando el que no necesite reparación, manteniendo el inventario al día.

RP2: Analizar al grupo y sus componentes antes y durante la actividad para adecuar el desarrollo de la misma, realizando las adaptaciones pertinentes en el programa, en la medida que lo permitan las directrices de la organización que presta el servicio.

CR2.1 Las expectativas y necesidades de los miembros del grupo se verifican con las técnicas adecuadas de intercambio de información.

CR2.2 El perfil deportivo, material personal y nivel de experiencia del usuario se constata mediante las técnicas de observación e intercambio de información adecuada.

CR2.3 El nivel de ejecución técnica y la experiencia de los usuarios se valoran durante la realización de la misma y de las maniobras básicas de cuerda, proporcionando las informaciones para la adaptación de las actividades y manteniendo en todo momento los niveles de seguridad.

CR2.4 Las características del grupo se determinan con la información de los datos personales y con el uso de las técnicas específicas apropiadas.

CR2.5 Las adaptaciones pertinentes en el programa se realizan de modo que se ajuste a los intereses, condiciones y necesidades de los usuarios y a la evolución de la situación en la medida que lo permitan las directrices de la organización que presta el servicio.

CR2.6 Las señales de fatiga, deshidratación y posibles conductas de riesgo en los usuarios se identifican para aplicar las medidas correctoras a cada situación y poder mantener la actividad dentro de los niveles de seguridad y de satisfacción.

CR2.7 Los problemas de salud que tenga el cliente y que puedan afectar la actividad se identifican con el objeto de tomar las medidas preventivas necesarias.

CR2.8 Las actitudes y conductas temerarias, patológicas o ilegales se identifican para prevenirlas y actuar en consecuencia, manteniendo los niveles de seguridad y continuidad de la actividad.

RP3: Atender al cliente para facilitar la realización de la actividad y velar por su satisfacción usando las técnicas apropiadas a cada momento y tipo de usuario, según los criterios establecidos por la empresa.

CR3.1 El guía proyecta una imagen personal y se comporta con el usuario de acuerdo a los criterios establecidos por la entidad que le contrata y al contexto en el que se produce la actividad.

CR3.2 Los participantes se reciben y despiden de forma empática, activa y estimuladora promoviendo la desinhibición y la relación natural y respetuosa.

CR3.3 La información se proporciona a los usuarios de forma detallada, amena, con un lenguaje comprensible, en el momento oportuno, manteniendo el interés por la actividad, usando los canales y técnicas más apropiados, teniendo en cuenta a las personas con necesidades especiales y, si es posible, comprobando que ha sido comprendida, abarcando los siguientes aspectos:

– Características del itinerario, etapas, horarios previstos, descansos y lugares de especial interés.

– Equipo, material personal y avituallamiento.

– Técnica de progresión, dificultad del recorrido, requisitos físicos o destrezas necesarias, condiciones del medio y, cuando proceda, patologías que desaconsejan su práctica.

– Cantidad y tipo de alimentos sólidos y líquidos que se deben llevar durante la actividad y cuándo y cómo ingerirlos.

– Espacios protegidos y características de la zona.

– Protocolos de actuación en las vías, cruces, retrasos, obstáculos y posibles incidentes.

– Normas de protección y comportamiento en el medio natural.

CR3.4 El trato con el cliente se mantiene de una forma empática y motivante durante todo el recorrido identificando y resolviendo las demandas y solicitudes, en la medida de lo posible, y sin perjuicio de la actividad y/o grupo.

CR3.5 Las reclamaciones presentadas por los clientes son atendidas con una postura segura, actitud positiva, siguiendo los criterios y procedimientos establecidos e informando al cliente del proceso de reclamación.

CR3.6 La información sobre los resultados de la actividad y la evolución personal se proporciona al usuario, reforzando su autovaloración y creando expectativas realistas y positivas.

CR3.7 El clima creado, la dinámica de la actividad y la consecución de los objetivos previstos son elementos que colaboran en la satisfacción del usuario.

RP4: Optimizar la dinámica interna de los grupos para facilitar el desarrollo de la actividad y la convivencia y promover las relaciones positivas entre los participantes.

CR4.1 Las características de la dinámica interna del grupo: los roles tipo, relaciones, las necesidades de liderazgo y los conflictos del grupo se identifican, aplicando las técnicas adecuadas a la situación.

CR4.2 El grupo se dinamiza utilizando habilidades sociales y técnicas grupales de modo que se facilite el control de la dinámica relacional en el desarrollo de la actividad, promoviendo entre sus distintos componentes la cordialidad y desinhibición, respetando los intereses individuales, consiguiendo que la participación sea máxima, previniendo y abordando situaciones conflictivas y potenciando o reconduciendo conductas o actitudes.

CR4.3 Las actividades y la organización del grupo se realizan de forma flexible y dinámica para lograr:

– La máxima participación respetando los intereses individuales.

– La participación de todos en la toma de decisiones y en la asunción de responsabilidades.

– La formación de una actitud abierta y solidaria entre los miembros del grupo.

CR4.4 Las actitudes, conductas y técnicas utilizadas o generadas en el desarrollo de la actividad se analizan y selecciona aquello que ha dado resultado, determinando los aspectos a modificar.

RP5: Instruir en las técnicas básicas y uso del material requerido en el itinerario para permitirles realizar la actividad en las mejores condiciones para su disfrute y seguridad utilizando los medios más apropiados.

CR5.1 El uso del material se enseña y demuestra prácticamente a los usuarios utilizando los recursos más apropiados y comprobando que se ha comprendido.

CR5.2 Las técnicas y las acciones de seguridad se explican y demuestran prácticamente a los usuarios utilizando los recursos más apropiados comprobando que se han entendido.

CR5.3 La ejecución técnica de los clientes se valora durante la realización de la actividad realizando las correcciones oportunas para mantener en todo momento los niveles de seguridad.

CR5.4 La comprobación del material de seguridad utilizado en la progresión y anclaje de los usuarios se realiza sistemáticamente durante la práctica deportiva.

RP6: Organizar y controlar la progresión del grupo por el barranco y las actividades programadas para conseguir los objetivos propuestos en condiciones de seguridad, teniendo en cuenta las características de los usuarios, el medio y los recursos disponibles.

CR6.1 El traslado del cliente o grupo al lugar de comienzo de la actividad se realiza atendiendo a criterios de adecuación a la normativa vigente, rapidez, eficacia y comodidad.

CR6.2 La progresión por el barranco se realiza conforme al programa establecido, adecuando el ritmo de marcha de los usuarios a las valoraciones realizadas durante el recorrido, comunicando a los usuarios instrucciones claras y precisas cada vez que sea necesario.

CR6.3 La dificultad técnica y peligrosidad de los pasos conflictivos se contrasta con los medios y las posibilidades de los usuarios, de modo que cada uno reciba la ayuda y apoyo necesario con tacto y firmeza, asegurando a cada miembro del grupo con las técnicas más apropiadas a las condiciones y medios disponibles.

CR6.4 El grupo se organiza según sus características de modo que se faciliten las condiciones de seguridad y el interés por la actividad, distribuyendo las tareas en función de la experiencia y habilidades deportivas de los componentes del grupo y en cada situación que se vaya presentando.

CR6.5 El material deportivo, de seguridad, de reparación, de comunicación y avituallamiento se comprueba durante el desarrollo de la actividad de forma regular, haciendo las reparaciones de urgencia pertinentes y suministrando líquidos destinados para una rápida hidratación y alimentos de fácil asimilación a aquellos usuarios que lo precisen.

CR6.6 La situación del guía durante el recorrido permite el control visual del grupo, la comunicación oral y/o gestual con los otros guías y los participantes de modo que permita mantener la seguridad durante el recorrido, la anticipación a posibles contingencias y la operatividad en la intervención, teniendo en cuenta el mayor riesgo potencial al que puedan enfrentarse determinados usuarios como niños, mayores o personas con discapacidad o necesidades específicas.

CR6.7 La pernoctación se organiza y cuando se requiera acampar se distribuye al grupo y las tiendas, indicando el lugar y orientación apropiados, ayudando en caso necesario a la instalación y determinando los lugares comunes y de necesidades higiénicas, haciendo respetar constantemente la normativa vigente.

CR6.8 La observación de los signos naturales, el uso de instrumentos de medición, la documentación técnica y/o la comunicación externa se utilizan para predecir la evolución meteorológica a corto-medio plazo, tomando las medidas oportunas respecto al grupo y ante posibles cambios climatológicos no previstos.

CR6.9 La actitud y conducta del guía fomenta que el grupo tenga un comportamiento respetuoso con el entorno, las personas y los medios materiales, identificando y corrigiendo aquellas conductas irrespetuosas y/o peligrosas a través de las técnicas más apropiadas en función de la gravedad o peligrosidad del comportamiento.

RP7: Dinamizar y participar en el desarrollo de las actividades programadas de sensibilización y conocimiento del entorno y las lúdico-recreativas para el esparcimiento del usuario, aplicando las técnicas de animación adecuadas al momento y de manera que resulten seguras y satisfactorias para los participantes.

CR7.1 Los espacios y medios donde se van a realizar las actividades se revisan para determinar su disponibilidad e idoneidad y se toman las medidas para solucionar las posibles contingencias.

CR7.2 El material e indumentaria necesarios se revisan, colocan y distribuyen antes del comienzo de la actividad y se recoge y guarda después de su uso en los lugares y modos adecuados para la seguridad y conservación.

CR7.3 Las personas, espacios y recursos se organizan de modo que se potencie la máxima participación, adaptándose a las condiciones del grupo, actividad, entorno y materiales a emplear.

CR7.4 La información sobre la actividad, objetivos, uso de material y normas se explican y demuestran a los usuarios de forma clara, comprensible y motivadora, utilizando los recursos más apropiados, adaptándose a cada persona y comprobando que ha sido comprendida.

CR7.5 La participación de los usuarios es incentivada a través de técnicas de motivación.

CR7.6 La actividad se controla para que se mantenga en los parámetros de seguridad y disfrute solucionando las posibles contingencias.

RP8: Realizar el seguimiento de la actividad para valorar su calidad y proponer mejoras en su desarrollo.

CR8.1 Los instrumentos previstos para el seguimiento y evaluación de la actividad se aplican en el momento y en las condiciones establecidas.

CR8.2 La información generada se analiza y se toman o proponen mecanismos de mejora.

CR8.3 La información del seguimiento, cuando se solicite, se presenta en la forma y plazos establecidos.

RP9: Dirigir al grupo en situaciones de emergencia, coordinando las medidas de seguridad y/o realizando el salvamento cuando no se pueda recibir a tiempo ayuda externa o el tipo de situación requiera una rápida intervención, aplicando las técnicas de rescate y evacuación, recursos y métodos más adecuados a la situación.

CR9.1 Los recursos humanos y materiales se movilizan siendo los adecuados para el tipo de actuación y superación de la situación de peligro, siendo correcto su uso, desdramatizando y calmando el estado de ánimo del grupo y ejemplificando seguridad y confianza.

CR9.2 En situación de accidente sin ayuda exterior rápida se valora la accesibilidad al accidentado, se selecciona la técnica de aproximación, si se accede se asegura al accidentado y cuando sea posible se recupera realizando las maniobras apropiadas.

CR9.3 La evacuación y/o traslado del enfermo o accidentado, cuando sea necesario, se realiza en condiciones de seguridad y utilizando el sistema más adecuado a la lesión y nivel de gravedad.

CR9.4 Cuando la situación lo requiere se busca o construye un refugio de modo que permita al grupo superarla con las mayores garantías posibles.

CR9.5 En situaciones de cambios climatológicos bruscos no previstos se actúa priorizando la seguridad del grupo conduciéndolo por la vía de escape más próxima del barranco.

RP10: Seguir programas de entrenamiento tipo para mantenerse en las condiciones físicas y técnicas que requieren los recorridos de descenso de barrancos y resolver posibles contingencias.

CR10.1 La condición física se mantiene en los niveles adecuados a su labor de guía efectuando programas de entrenamiento de las cualidades condicionales, que combinen y alternen el método continuo y el fraccionado, así como los sistemas aeróbico y anaeróbico tanto en sala como en el medio natural de manera periódica y sistemática.

CR10.2 El dominio técnico personal se mantiene en las condiciones necesarias, entrenándolas de manera periódica y sistemática.

CR10.3 El dominio técnico de las maniobras de cuerda, progresión y autorrescate se mantienen entrenándolas y actualizándolas de manera periódica y sistemática.

Contexto profesional

Medios de producción

Medios de transporte. Refugios de montaña. Albergues. Zonas de baja y media montaña. Zonas de barrancos. Material de vivac. Vestimenta apropiada. Equipo de montaña adecuado al tipo de actividad. Equipo de descenso de barrancos. Vehículos de transporte. Radiotransmisores y/o teléfono móvil. Botiquín. Croquis e información sobre los barrancos. Equipamiento deportivo para el montaje de instalaciones de descenso de barrancos. Tiendas y material de acampada. Alimentos de rápida asimilación y recuperación.

Productos y resultados

Dirección y conducción con eficacia y seguridad a personas o grupos por barrancos en los límites previstos por las normativas al respecto. Dinamismo y estímulo a los grupos durante la actividad. Mantenimiento de la serenidad en situaciones de peligro tomando las decisiones más adecuadas. Liderazgo en situaciones de peligro. Interpretación de los indicios naturales que aportan los barrancos para evaluar su posible realización. Información pormenorizada a los usuarios sobre el comportamiento durante la actividad. Información a los usuarios del material deportivo adecuado para la actividad. Información a los usuarios de los hábitos alimenticios y de hidratación durante la actividad. Pernoctación en grupo con la máxima seguridad y respeto al medio.

Información utilizada o generada

Documentación técnica de materiales. Documentación sobre dinámica de grupos. Manuales de rescate en barrancos. Manuales especializados en progresión técnica en barrancos. Manuales especializados en primeros auxilios de montaña. Manuales especializados en predicción meteorológica. Informes sobre la hidratación y alimentación deportiva. Croquis de recorridos por barrancos.

Unidad de competencia 4

Denominación: ASISTIR COMO PRIMER INTERVINIENTE EN CASO DE ACCIDENTE O SITUACIÓN DE EMERGENCIA.

Nivel: 2

Código: UC0272_2

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