Real Decreto 74/2018, de 19 de febrero, por el que se establece el título de Técnico en montaje de estructuras e instalación de sistemas aeronáuticos y se fijan los aspectos básicos del currículo

Rango Real Decreto
Publicación 2018-02-20
Última actualización 2024-05-28
Estado Vigente texto desactualizado
Texto Tal como se publicó
Departamento Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Fuente BOE
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Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.

2 actos modificadores · 2024-05-28, Real Decreto 499/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican determinados reales decreto…

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La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone en el artículo 39.6 que el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establecerá las titulaciones correspondientes a los estudios de formación profesional, así como los aspectos básicos del currículo de cada una de ellas.

La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, establece en el artículo 10.1 que la Administración General del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149.1.30.º y 7.º de la Constitución y previa consulta al Consejo General de la Formación Profesional, determinará los títulos y los certificados de profesionalidad, que constituirán las ofertas de formación profesional referidas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, define en su artículo 9 la estructura de los títulos de formación profesional, tomando como base el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, las directrices fijadas por la Unión Europea y otros aspectos de interés social.

Por otra parte, este real decreto concreta en el artículo 7 el perfil profesional de dichos títulos, que incluirá la competencia general, las competencias profesionales, personales y sociales, las cualificaciones y, en su caso, las unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en los títulos, de modo que cada título incorporará, al menos, una cualificación profesional completa, con el fin de lograr que los títulos de formación profesional respondan de forma efectiva a las necesidades demandadas por el sistema productivo y a los valores personales y sociales que permitan ejercer una ciudadanía democrática.

Este marco normativo hace necesario que ahora el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establezca cada uno de los títulos que formarán el Catálogo de títulos de la formación profesional del sistema educativo, los aspectos básicos del currículo y aquellos otros aspectos de la ordenación académica que, sin perjuicio de las competencias atribuidas a las Administraciones educativas en esta materia, constituyan los aspectos básicos del currículo que aseguren una formación común y garanticen la validez de los títulos, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 6.bis.1 e) de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.

A estos efectos, procede determinar para cada título su identificación, su perfil profesional, el entorno profesional, la prospectiva del título en el sector o sectores, las enseñanzas del ciclo formativo, la correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación, convalidación o exención, y los parámetros básicos de contexto formativo (espacios y equipamientos mínimos, titulaciones y especialidades del profesorado y sus equivalencias a efectos de docencia), previa consulta a las Comunidades Autónomas, según lo previsto en el artículo 39.6 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.

Asimismo, en cada título se determinarán los accesos a otros estudios, las convalidaciones, exenciones y equivalencias y, cuando proceda, la información sobre los requisitos necesarios para el ejercicio profesional, según la legislación vigente.

Así, este real decreto, conforme a lo previsto en el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, establece y regula, en los aspectos y elementos básicos antes indicados, el título de formación profesional del sistema educativo de Técnico en montaje de estructuras e instalación de sistemas aeronáuticos.

Este real decreto se dicta al amparo de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1.30.º de la Constitución.

Se ha recurrido a una norma reglamentaria para establecer bases estatales conforme con el Tribunal Constitucional, que admite que «excepcionalmente» las bases puedan establecerse mediante normas reglamentarias en determinados supuestos, como ocurre en el presente caso, cuando «resulta complemento indispensable para asegurar el mínimo común denominador establecido en las normas legales básicas» (así, entre otras, en las SSTC 25/1983, 32/1983 y 48/1988).

Asimismo, cabe mencionar que este real decreto se ajusta a los principios de buena regulación contenidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, en tanto que la misma persigue el interés general al facilitar la adecuación de la oferta formativa a las demandas de los sectores productivos, ampliar la oferta de formación profesional, avanzar en la integración de la formación profesional en el conjunto del sistema educativo y reforzar la cooperación entre las Administraciones educativas, así como con los agentes sociales y las empresas privadas; no existiendo ninguna alternativa regulatoria menos restrictiva de derechos, resulta coherente con el ordenamiento jurídico y permite una gestión más eficiente de los recursos públicos. Del mismo modo, durante el procedimiento de elaboración de la norma se ha permitido la participación activa de los potenciales destinatarios a través del trámite de audiencia e información pública y quedan justificados los objetivos que persigue la ley.

En el proceso de elaboración de este real decreto han sido consultadas las Comunidades Autónomas y ha emitido dictamen el Consejo Escolar del Estado, e informe el Consejo General de la Formación Profesional y el Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales. Este real decreto está incluido en el Plan anual normativo para 2018 del Gobierno.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Educación, Cultura y Deporte y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de febrero de 2018,

DISPONGO:

CAPÍTULO I. Disposiciones generales

Artículo 1. Objeto.

Este real decreto tiene por objeto el establecimiento del título de Técnico en montaje de estructuras e instalación de sistemas aeronáuticos, con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, así como de los correspondientes aspectos básicos del currículo.

CAPÍTULO II. Identificación del título, perfil profesional, entorno profesional y prospectiva del título en el sector o sectores

Artículo 2. Identificación del título.

El título de Técnico en montaje de estructuras e instalación de sistemas aeronáuticos queda identificado por los siguientes elementos:

Denominación: Montaje de estructuras e instalación de sistemas aeronáuticos.

Nivel: Formación Profesional de Grado Medio.

Duración: 2.000 horas.

Familia Profesional: Transporte y Mantenimiento de Vehículos; y Fabricación Mecánica.

Referente en la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación: CINE-3 b.

Artículo 3. Perfil profesional del título.

El perfil profesional del título de Técnico en montaje de estructuras e instalación de sistemas aeronáuticos queda determinado por su competencia general, sus competencias profesionales, personales y sociales, y por la relación de cualificaciones y, en su caso, unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.

Artículo 4. Competencia general.

La competencia general de este título consiste en montar elementos metálicos, compuestos e híbridos para obtener estructuras aeronáuticas; montar equipos e instalaciones asociadas de sistemas aeronáuticos, así como aplicar tratamientos de protección, sellado y pintado de superficies, efectuando las pruebas de verificación y funcionales, todo ello en condiciones de calidad, siguiendo especificaciones técnicas, de seguridad y de protección ambiental, y cumpliendo la normativa aeronáutica correspondiente.

Artículo 5. Competencias profesionales, personales y sociales.

Las competencias profesionales, personales y sociales de este título son las que se relacionan a continuación:

a)

Relacionar las características, los elementos que constituyen las aeronaves y sus sistemas más significativos, la aerodinámica y vuelo establecidos.

b)

Interpretar y representar planos de elementos y conjuntos aeronáuticos, relacionándolos con las características de los mismos y aplicando los procesos normalizados.

c)

Mecanizar (taladrar, escariar, avellanar, rebarbar, entre otros) elementos estructurales de aeronaves para su posterior ensamblaje, siguiendo especificaciones incluidas en la información técnica.

d)

Unir los distintos componentes, elementales, y subconjuntos para formar estructuras de aeronaves, según las especificaciones incluidas en los planos de fabricación y de control de calidad, cumpliendo las normas de prevención de riesgos laborales y protección del medio ambiente.

e)

Obtener la estanqueidad de los elementos estructurales, depósitos, y acoplamiento de componentes de la aeronave, aplicando sellantes y ejecutando prueba de estanqueidad según procedimiento establecido.

f)

Montar elementales y conjuntos de la estructura de la aeronave siguiendo las especificaciones técnicas y la normativa aeronáutica aplicable en fabricación.

g)

Aplicar tratamientos superficiales a los elementos de la estructura de la aeronave, utilizando los productos estipulados en las especificaciones técnicas y según normativa aeronáutica.

h)

Montar los elementos de los sistemas de mandos de vuelo, de trenes de aterrizaje y de propulsión de las aeronaves, siguiendo las indicaciones técnicas y la normativa aeronáutica aplicable en fabricación.

i)

Ensamblar equipos, canalizaciones y elementos mecánicos de los sistemas neumáticos e hidráulicos siguiendo especificaciones de planos y documentación técnica, en condiciones de seguridad y cumpliendo la normativa aeronáutica.

j)

Montar y conexionar los mazos de cables de sistemas eléctricos y electrónicos en estructuras de aeronaves, siguiendo los procedimientos establecidos que garanticen la funcionalidad prescrita, en condiciones de seguridad.

k)

Montar los equipos de sistemas eléctricos y electrónicos siguiendo especificaciones técnicas y cumpliendo la normativa aeronáutica.

l)

Pintar elementos y aeronaves utilizando los productos estipulados en las especificaciones técnicas y cumpliendo la normativa aeronáutica en condiciones de seguridad.

m)

Montar los equipos de los sistemas de telecomunicaciones, aviónica y distribución de corriente de la aeronave, siguiendo los procedimientos establecidos en la documentación técnica.

n)

Verificar el montaje de los sistemas y equipos instalados, realizando los reglajes y ajustes necesarios, teniendo en cuenta las especificaciones de la documentación técnica.

ñ) Verificar el funcionamiento de las partes móviles, sistemas y equipos instalados, según especificaciones de la documentación técnica.

o)

Realizar la unión eléctrica de las estructuras garantizando la continuidad eléctrica de la aeronave, según especificaciones de la documentación técnica y cumpliendo la normativa.

p)

Aplicar las normas de calidad establecidas por la empresa y la normativa aeronáutica en la realización de los procesos siguiendo especificaciones de la documentación técnica.

q)

Adaptarse a las nuevas situaciones laborales originadas por cambios tecnológicos y organizativos en los procesos productivos, actualizando sus conocimientos, utilizando los recursos existentes para el aprendizaje a lo largo de la vida y las tecnologías de la información y la comunicación.

r)

Actuar con responsabilidad y autonomía en el ámbito de su competencia, organizando y desarrollando el trabajo asignado, cooperando o trabajando en equipo con otros profesionales en el entorno de trabajo.

s)

Resolver de forma responsable las incidencias relativas a su actividad, identificando las causas que las provocan, dentro del ámbito de su competencia y autonomía.

t)

Comunicarse eficazmente, respetando la autonomía y competencia de las distintas personas que intervienen en el ámbito de su trabajo.

u)

Aplicar los protocolos y las medidas preventivas de riesgos laborales y protección ambiental durante el proceso productivo, para evitar daños en las personas y en el entorno laboral y ambiental.

v)

Aplicar procedimientos de calidad, de accesibilidad universal y de «diseño para todas las personas» en las actividades profesionales incluidas en los procesos de producción o prestación de servicios.

w)

Realizar la gestión básica para la creación y funcionamiento de una pequeña empresa y tener iniciativa en su actividad profesional.

x)

Ejercer sus derechos y cumplir con las obligaciones derivadas de su actividad profesional, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente, participando activamente en la vida económica, social y cultural.

Artículo 6. Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.

1. Cualificaciones profesionales completas:

a)

Montaje de estructuras e instalación de sistemas y equipos de aeronaves FME559_2 (Real Decreto 566/2011 de 20 de abril), que comprende las siguientes unidades de competencia:

UC1850_2: Montar estructuras de aeronaves.

UC1851_2: Sellar elementos estructurales de aeronaves.

UC1852_2: Instalar sistemas y equipos de aeronaves.

b)

Pintura de vehículos TMV044_2 (Real Decreto 295/2004 de 20 de febrero), que comprende las siguientes unidades de competencia:

UC0122_2: Realizar la preparación, protección e igualación de superficies de vehículos.

UC0123_2: Efectuar el embellecimiento de superficies.

Artículo 7. Entorno profesional.

1. Las personas que obtienen este título ejercen su actividad en empresas dedicadas a realizar el montaje, mantenimiento, sellado, pintado e instalación de sistemas y equipos de aeronaves de pasajeros, de transporte y militares, aviones de vuelo sin motor, aviones ligeros y aeronaves de ala rotativa.

2. Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:

a)

Montador de sistemas hidráulicos y neumáticos de las aeronaves.

b)

Montador de plantas de potencia y sistemas mecánicos de las aeronaves.

c)

Montador de sistemas eléctricos y electrónicos de las aeronaves.

d)

Montador de elementales y estructuras de las aeronaves.

e)

Operador de verificación y pruebas funcionales de los sistemas montados en la aeronave.

f)

Sellador de elementales y estructuras de las aeronaves.

g)

Operador de protección de superficies y pintado de aeronaves.

Artículo 8. Prospectiva del título en el sector o sectores.

Las Administraciones educativas tendrán en cuenta, al desarrollar el currículo correspondiente, las siguientes consideraciones:

a)

La industria aeroespacial española es un sector generador de riqueza y alto valor añadido, inductor de la cooperación y el comercio internacional y con fuertes efectos de arrastre sobre otros sectores de ingeniería y de servicios. En España, el sector ha pasado de tener 20.000 empleados en el año 2.000 a 40.000 en el año 2014, produciéndose dicho incremento en todas las categorías laborales.

b)

La industria aeroespacial prevé un avance en la fabricación de motores que dará lugar a la reducción del consumo de las aeronaves y el uso de combustibles más ecológicos, que sustituirán progresivamente al queroseno actualmente utilizado. Varias compañías aéreas han firmado un acuerdo para utilizar biocombustibles en el futuro inmediato.

c)

El futuro de la aviación contempla la aparición de aviones híbridos, que permitiría a las aerolíneas ahorrar al menos un 60% de combustible, en la actualidad se están desarrollando proyectos en distintas empresas Estos aviones además de los motores alimentados por combustible, llevarán baterías que alimentarán a motores eléctricos que permitirán desplazarse a la aeronave una vez en vuelo.

d)

La utilización de materiales avanzados, específicos de esta industria, su evolución y aplicación a futuro, han hecho de España líder mundial en desarrollo y fabricación de aeroestructuras y componentes en materiales compuestos (principalmente fibra de carbono), consiguiéndose con ello multiplicar por 2,5 su participación en la fabricación de los nuevos modelos de avión.

e)

La industria aeronáutica suele tener un fuerte impacto económico por su capacidad de difusión en otros sectores, los materiales metálicos y no metálicos que se utilizan en esta industria generan sinergias económicas en otros sectores, como el de la automoción (motores de aluminio), o los aerogeneradores eólicos (materiales compuestos), la eficacia económica.

f)

Dado que la industria aeroespacial española es una de las 10 industrias que hay en el mundo con capacidad para: diseñar, ensayar, fabricar y vender aviones, se puede afirmar que nuestro país tiene un halagüeño futuro, tanto en aviones civiles, como militares, en aviones de reabastecimiento en vuelo, así como en los no tripulados, por lo que seguirá creciendo el número de personas que trabajen en dicha industria.

g)

La necesidad de mano de obra que está demandando el sector requiere de un perfil profesional cada vez más cualificado, necesitándose conocimientos técnicos con capacidad de asumir funciones de calidad y de protección medioambiental, con espíritu abierto a la innovación, trabajando en equipos cada vez más multidisciplinares e internacionales.

h)

Considerando la necesidad de aeronaves (según previsión de la UE en su agenda 2050), como elemento de transporte con fuerte potencial de crecimiento en los próximos años, debido al auge del turismo y el desarrollo económico mundial, se requiere cada vez más, de mayor número de aviones, que permitan una movilidad sostenible, con aparatos más eficientes y eficaces en términos de seguridad, eficiencia, lo que en términos medioambientales redundara en menos consumos de hidrocarburos, mejorando la eficiencia ecológica.

CAPÍTULO III. Enseñanzas del ciclo formativo y parámetros básicos de contexto

Artículo 9. Objetivos generales.

Los objetivos generales de este ciclo formativo son los siguientes:

a)

Identificar y caracterizar los elementos que configuran las estructuras de las aeronaves, utilizando la documentación técnica asociada para relacionar las características de los elementos que constituyen las aeronaves y sus sistemas más significativos.

b)

Realizar croquis y representaciones gráficas, utilizando los elementos de dibujo y aplicando las normas de representación establecidas para interpretar y representar planos de elementos y conjuntos aeronáuticos.

c)

Efectuar mecanizados (taladrar, escariar, avellanar, rebarbar, entre otros) de forma manual y con máquinas específicas en elementos empleados en estructuras aeronáuticas, cumpliendo las especificaciones técnicas para realizar los mecanizados en estructuras y equipos de aeronaves.

d)

Ensamblar elementos estructurales realizando las operaciones de mecanizado manual, para su fijación, siguiendo especificaciones y órdenes de producción manejando con destreza y seguridad las máquinas, los equipos, útiles y herramientas para realizar el montaje de elementos y/o conjuntos en la fabricación de la estructura de la aeronave.

e)

Realizar la aplicación de productos para evitar la corrosión y conseguir la estanqueidad y el acabado aerodinámico utilizando los equipos y medios estipulados y realizando la preparación de los productos para sellar la estructura de la aeronave y los elementos que la constituyen.

f)

Realizar operaciones de mecanizado automático, para unir y fijar componentes estructurales de aeronaves, siguiendo especificaciones técnicas, para montar elementales y/o conjuntos de la estructura de la aeronave.

g)

Preparar y limpiar las zonas en elementos de estructuras de aeronaves. Mezclar, preparar y aplicar productos de protección utilizando los equipos y medios apropiados en condiciones de seguridad, para aplicar tratamientos superficiales en estructuras de aeronaves.

h)

Montar los elementos de los sistemas de mandos de vuelo, trenes de aterrizaje y de propulsión, siguiendo especificaciones técnicas y utilizando los equipos, útiles y herramientas para instalar los sistemas de la aeronave.

i)

Montar y conexionar elementos mecánicos y neumáticos e hidráulicas de instalaciones aeronáuticas, siguiendo las especificaciones técnicas aplicables, para montar instalaciones en estructuras de aeronaves.

j)

Ensamblar conductores convencionales y de fibra óptica para obtener mazos de cables eléctricos y electrónicos siguiendo procedimientos establecidos, utilizando los equipos, útiles y herramientas estipulados para montar y conexionar los mazos de cables en estructuras de aeronaves.

k)

Realizar el montaje de elementos y equipos eléctricos y electrónicos empleados en aeronaves, aplicando los procedimientos establecidos para montar equipos de sistemas eléctricos y electrónicos en estructuras de aeronaves.

l)

Aplicar capas de protección y embellecimiento sobre elementales y aeronaves utilizando los equipos, útiles y herramientas estipuladas para pintar elementos y aeronaves.

m)

Realizar el montaje de los sistemas de telecomunicaciones, aviónica y distribución de corriente, efectuando los procedimientos de verificación que garanticen la funcionalidad, manejando con destreza y seguridad los equipos, útiles y herramientas para montar los sistemas de la aeronave.

n)

Comprobar, utilizando los planos de montaje y equipos de medida requeridos, el montaje realizado de sistemas y equipos, ejecutando los reglajes y ajustes necesarios, para verificar el montaje de los sistemas y equipos instalados en estructuras de aeronaves.

ñ) Realizar las pruebas funcionales de los elementos montados, efectuando los reglajes y ajustes necesarios utilizando los equipos de comprobación y medida, para verificar el funcionamiento de las partes móviles, sistemas y equipos instalados.

o)

Efectuar el conexionado de las masas de elementos de estructuras de aeronaves, aplicando los procedimientos establecidos para realizar la unión eléctrica y garantizar la continuidad eléctrica de las estructuras de aeronaves.

p)

Determinar las desviaciones presentadas en los procesos de trabajo según los procedimientos establecidos y utilizando los equipos y la documentación necesaria para aplicar las normas de calidad establecidas por la empresa y la normativa aeronáutica.

q)

Analizar y utilizar los recursos existentes para el aprendizaje a lo largo de la vida y las tecnologías de la información y la comunicación para aprender y actualizar sus conocimientos, reconociendo las posibilidades de mejora profesional y personal, para adaptarse a diferentes situaciones profesionales y laborales.

r)

Desarrollar trabajos en equipo y valorar su organización, participando con tolerancia y respeto, y tomar decisiones colectivas o individuales para actuar con responsabilidad y autonomía.

s)

Adoptar y valorar soluciones creativas ante problemas y contingencias que se presentan en el desarrollo de los procesos de trabajo, para resolver de forma responsable las incidencias de su actividad.

t)

Aplicar técnicas de comunicación, adaptándose a los contenidos que se van a transmitir, a su finalidad y a las características de los receptores, para asegurar la eficacia del proceso.

u)

Analizar los riesgos ambientales y laborales asociados a la actividad profesional, relacionándolos con las causas que los producen, a fin de fundamentar las medidas preventivas que se van a adoptar, y aplicar los protocolos correspondientes para evitar daños en uno mismo, en las demás personas, en el entorno y en el medio ambiente.

v)

Analizar y aplicar las técnicas necesarias para dar respuesta a la accesibilidad universal y al «diseño para todas las personas».

w)

Aplicar y analizar las técnicas necesarias para mejorar los procedimientos de calidad del trabajo en el proceso de aprendizaje y del sector productivo de referencia.

x)

Utilizar procedimientos relacionados con la cultura emprendedora, empresarial y de iniciativa profesional, para realizar la gestión básica de una pequeña empresa o emprender un trabajo.

y)

Reconocer sus derechos y deberes como agente activo en la sociedad, teniendo en cuenta el marco legal que regula las condiciones sociales y laborales para participar como ciudadano democrático.

Artículo 10. Módulos profesionales.

1. Los módulos profesionales de este ciclo formativo:

a)

Quedan desarrollados en el anexo I de este real decreto, cumpliendo lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.

b)

Son los que a continuación se relacionan:

0260. Mecanizado básico.

0801. Montaje estructural aeronáutico.

1444. Instalaciones eléctricas y electrónicas.

1445. Preparación y sellado de superficies.

1599. Sistemas mecánicos y de fluidos.

1600. Protección y pintado de aeronaves.

1601. Sistemas de distribución de corriente, telecomunicaciones y aviónica.

1602. Sistemas de mandos de vuelo, trenes de aterrizaje y de propulsión.

1603. Empresa e iniciativa emprendedora.

1604. Formación y orientación laboral.

1605. Formación en centros de trabajo.

2. Las Administraciones educativas establecerán los currículos correspondientes, respetando lo establecido en este real decreto y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio.

Artículo 11. Espacios y equipamientos.

1. Los espacios necesarios para el desarrollo de las enseñanzas de este ciclo formativo son los establecidos en el anexo II de este real decreto.

2. Los espacios dispondrán de la superficie necesaria y suficiente para desarrollar las actividades de enseñanza que se deriven de los resultados de aprendizaje de cada uno de los módulos profesionales que se imparten en cada uno de los espacios. Además, deberán cumplir las siguientes condiciones:

a)

La superficie se establecerá en función del número de personas que ocupen el espacio formativo y deberá permitir el desarrollo de las actividades de enseñanza-aprendizaje con la ergonomía y la movilidad requeridas dentro del mismo.

b)

Deberán cubrir la necesidad espacial de mobiliario, equipamiento e instrumentos auxiliares de trabajo.

c)

Deberán respetar los espacios o superficies de seguridad que exijan las máquinas y equipos en funcionamiento.

d)

Respetarán la normativa sobre prevención de riesgos laborales, y cuantas otras normas sean de aplicación.

3. Los espacios formativos establecidos podrán ser ocupados por diferentes grupos que cursen el mismo u otros ciclos formativos, o etapas educativas.

4. Los diversos espacios formativos identificados no deben diferenciarse necesariamente mediante cerramientos.

5. Los equipamientos que se incluyen en cada espacio han de ser los necesarios y suficientes para garantizar al alumnado la adquisición de los resultados de aprendizaje y la calidad de la enseñanza. Además, deberán cumplir las siguientes condiciones:

a)

El equipamiento (equipos, máquinas y otros) dispondrá de la instalación necesaria para su correcto funcionamiento, cumplirá con las normas de seguridad y prevención de riesgos y con cuantas otras sean de aplicación.

b)

La cantidad y características del equipamiento deberán estar en función del número de personas matriculadas y permitir la adquisición de los resultados de aprendizaje, teniendo en cuenta los criterios de evaluación y los contenidos que se incluyen en cada uno de los módulos profesionales que se impartan en los referidos espacios.

6. Las Administraciones competentes velarán para que los espacios y el equipamiento sean los adecuados en cantidad y características para el desarrollo de los procesos de enseñanza y aprendizaje que se derivan de los resultados de aprendizaje de los módulos correspondientes y garantizar así la calidad de estas enseñanzas.

Artículo 12. Profesorado.

1. La docencia de los módulos profesionales que constituyen las enseñanzas de este ciclo formativo corresponde al profesorado del Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, según proceda, de las especialidades establecidas en el anexo III A) de este real decreto.

2. Las titulaciones requeridas para ingresar en los cuerpos docentes citados son, con carácter general, las contempladas en el artículo 13 del Reglamento establecido en el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.

3. El profesorado especialista tendrá atribuida, excepcionalmente, la competencia docente de los módulos profesionales especificados en el anexo III A) de este real decreto.

4. El profesorado especialista deberá cumplir los requisitos generales exigidos para el ingreso en la función pública docente establecidos en el artículo 12 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero.

5. Además, con el fin de garantizar que se da respuesta a las necesidades de los procesos involucrados en el módulo profesional, es necesario que el profesorado especialista acredite al inicio de cada nombramiento una experiencia profesional reconocida en el campo laboral correspondiente, debidamente actualizada, de al menos dos años de ejercicio profesional en los cuatro años inmediatamente anteriores al nombramiento.

6. Para el profesorado de los centros de titularidad privada o de titularidad pública de otras administraciones distintas de las educativas, las titulaciones requeridas y los requisitos necesarios, para la impartición de los módulos profesionales que conforman el título, son las incluidas en el anexo III C) de este real decreto. En todo caso, se exigirá que las enseñanzas conducentes a las titulaciones citadas engloben los objetivos de los módulos profesionales y, si dichos objetivos no estuvieran incluidos, además de la titulación deberá acreditarse, mediante «certificación», una experiencia laboral de, al menos tres años en el sector vinculado a la familia profesional, realizando actividades productivas en empresas relacionadas implícitamente con los resultados de aprendizaje.

7. Las Administraciones competentes velarán para que el profesorado que imparta los módulos profesionales cumpla con los requisitos especificados y garantizar así la calidad de estas enseñanzas.

CAPÍTULO IV. Accesos y vinculación a otros estudios, y correspondencia de módulos profesionales con las unidades de competencia

Artículo 13. Acceso a otros estudios.

1. El título de Técnico en montaje de estructuras e instalación de sistemas aeronáuticos permite el acceso a cualquier otro ciclo formativo de grado medio o de grado superior, según lo establecido en los artículos 44.2 y 41.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.

2. El título de Técnico en montaje de estructuras e instalación de sistemas aeronáuticos permitirá obtener el título de Bachiller por la superación de la evaluación final de Bachillerato en relación con las materias del bloque de asignaturas troncales que como mínimo se deban cursar en la modalidad y opción que escoja el alumno o alumna, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.

3. No obstante lo anterior, la aplicación de este apartado queda suspendida hasta la entrada en vigor de la normativa resultante del Pacto de Estado social y político por la educación, según lo establecido en el Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.

Durante este período, los alumnos que se encuentren en posesión del título de Técnico en montaje de estructuras e instalación de sistemas aeronáuticos podrán obtener el título de Bachiller cursando y superando las materias generales del bloque de asignaturas troncales de la modalidad de Bachillerato que el alumno elija.

Artículo 14. Convalidaciones y exenciones.

1. Las convalidaciones entre módulos profesionales de títulos de formación profesional del sistema educativo, y los módulos profesionales del título que se establece en este real decreto son las que se indican en el anexo IV.

2. Quienes hubieran superado el módulo profesional de Formación y orientación laboral o el módulo profesional de Empresa e iniciativa emprendedora en cualquiera de los ciclos formativos correspondientes a los títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, tendrán convalidados dichos módulos en cualquier otro ciclo formativo establecido al amparo de la misma ley.

3. Quienes hayan obtenido la acreditación de todas las unidades de competencia incluidas en el título, mediante el procedimiento establecido en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, podrán convalidar el módulo profesional de Formación y Orientación Laboral siempre que:

a)

Acrediten, al menos, un año de experiencia laboral

b)

y estén en posesión de la acreditación de la formación establecida para el desempeño de las funciones de nivel básico de la actividad preventiva, expedida de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.

4. De acuerdo con lo establecido en el artículo 39 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, podrá determinarse la exención total o parcial del módulo profesional de Formación en centros de trabajo por su correspondencia con la experiencia laboral, siempre que se acredite una experiencia relacionada con este ciclo formativo en los términos previstos en dicho artículo.

Artículo 15. Correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación, convalidación o exención.

1. La correspondencia de las unidades de competencia, acreditadas conforme establece el artículo 8 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, con los módulos profesionales que forman las enseñanzas del título de Técnico en montaje de estructuras e instalación de sistemas aeronáuticos, para su convalidación o exención, queda determinada en el anexo V A) de este real decreto.

2. La correspondencia de los módulos profesionales que forman las enseñanzas del título de Técnico en montaje de estructuras e instalación de sistemas aeronáuticos con las unidades de competencia, para su acreditación, queda determinada en el anexo V B) de este real decreto.

Disposición adicional primera. Referencia del título en el marco europeo.

Una vez establecido el marco nacional de cualificaciones, de acuerdo con las recomendaciones europeas, se determinará el nivel correspondiente de esta titulación en el marco nacional y su equivalente en el europeo.

Disposición adicional segunda. Oferta a distancia de este título.

Los módulos profesionales que forman las enseñanzas de este ciclo formativo podrán ofertarse a distancia, siempre que se garantice que el alumnado pueda conseguir los resultados de aprendizaje de los mismos, de acuerdo con lo dispuesto en este real decreto. Para ello, las Administraciones educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, adoptarán las medidas que estimen necesarias y dictarán las instrucciones precisas.

Disposición adicional tercera. Regulación del ejercicio de la profesión.

El título establecido en este real decreto no constituye una regulación del ejercicio de profesión regulada alguna.

Disposición adicional cuarta. Accesibilidad universal en las enseñanzas de este título.

1. Las Administraciones educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, incluirán en el currículo de este ciclo formativo los elementos necesarios para garantizar que las personas que lo cursen desarrollen las competencias incluidas en el currículo en «diseño para todas las personas».

2. Asimismo, dichas Administraciones adoptarán las medidas que estimen necesarias para que este alumnado pueda acceder y cursar dicho ciclo formativo en las condiciones establecidas en la disposición final tercera del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.

Disposición adicional quinta. Titulaciones habilitantes a efectos de docencia.

1. A los efectos del artículo 12.2 de este real decreto, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 95.1 de la Ley Orgánica, 2/2006, de 3 de mayo, y en la disposición adicional décimo quinta de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, las titulaciones recogidas en el anexo III B) de este real decreto habilitarán a efectos de docencia para el ingreso en las distintas especialidades del profesorado.

2. A los efectos del artículo 12.3 o 12.6 de este real decreto, y de conformidad con la disposición adicional décimo quinta de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, las titulaciones recogidas en el anexo III D) de este real decreto habilitarán a efectos de docencia para los distintos módulos profesionales.

Disposición transitoria única. Acceso a otros estudios.

La aplicación del artículo 13.2 de este real decreto queda suspendida hasta la entrada en vigor de la normativa resultante del Pacto de Estado social y político por la educación, según lo establecido en el Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre.

Durante este período, los alumnos que se encuentren en posesión del título de Técnico en montaje de estructuras e instalación de sistemas aeronáuticos podrán obtener el título de Bachiller cursando y superando las materias generales del bloque de asignaturas troncales de la modalidad de Bachillerato que el alumno elija.

Disposición final primera. Título competencial.

El presente real decreto se dicta al amparo del artículo 149.1.30.º de la Constitución, que atribuye al Estado las competencias para la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales y normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

Este real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 19 de febrero de 2018.

FELIPE R.

El Ministro de Educación, Cultura y Deporte,

ÍÑIGO MÉNDEZ DE VIGO Y MONTOJO

ANEXO I. Módulos Profesionales

Módulo Profesional: Mecanizado básico.

Código: 0260.

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

1. Dibuja croquis de piezas interpretando la simbología específica y aplicando los convencionalismos de representación correspondientes.

Criterios de evaluación:

a)

Se han representado a mano alzada vistas de piezas.

b)

Se ha interpretado las diferentes vistas, secciones y detalles del croquis, determinando la información contenida en este.

c)

Se ha utilizado la simbología específica de los elementos.

d)

Se han reflejado las cotas.

e)

Se han aplicado las especificaciones dimensionales y escalas en la realización del croquis.

f)

Se ha realizado el croquis con orden y limpieza.

g)

Se ha verificado que las medidas del croquis corresponden con las obtenidas en el proceso de medición de piezas, elementos o transformaciones a realizar.

2. Traza piezas para su posterior mecanizado, relacionando las especificaciones de croquis y planos con la precisión de los equipos de medida.

Criterios de evaluación:

a)

Se han identificado los distintos equipos de medida (calibre, palmer, comparadores, transportadores, goniómetros) y se ha realizado el calado y puesta a cero de los mismos en los casos necesarios.

b)

Se ha descrito el funcionamiento de los distintos equipos de medida relacionándolos con las medidas a efectuar.

c)

Se han descrito los sistemas de medición métrico y anglosajón y se han interpretado los conceptos de nonio y apreciación.

d)

Se han estudiado e interpretado adecuadamente los croquis y planos para efectuar la medición y trazado.

e)

Se han realizado cálculo de conversión de medidas entre el sistema métrico decimal y anglosajón.

f)

Se han realizado medidas interiores, exteriores y de profundidad con el instrumento adecuado y la precisión exigida.

g)

Se han seleccionado los útiles necesarios para realizar el trazado de las piezas y se ha efectuado su preparación.

h)

Se ha ejecutado el trazado de forma adecuada y precisa para la realización de la pieza.

i)

Se ha verificado que las medidas del trazado corresponden con las dadas en croquis y planos.

3. Mecaniza piezas manualmente, relacionando las técnicas de medición con los márgenes de tolerancia de las medidas dadas en croquis y planos.

Criterios de evaluación:

a)

Se han explicado las características de los materiales metálicos más usados en el automóvil, como fundición, aceros, y aleaciones de aluminio entre otros.

b)

Se han identificado las herramientas necesarias para el mecanizado.

c)

Se han clasificado los distintos tipos de limas atendiendo a su picado y a su forma teniendo en cuenta el trabajo que van a realizar.

d)

Se han seleccionado las hojas de sierra teniendo en cuenta el material a cortar.

e)

Se ha determinado la secuencia de operaciones que es preciso realizar.

f)

Se han relacionado las distintas herramientas de corte con desprendimiento de viruta con los materiales, acabados y formas deseadas.

g)

Se han estudiado e interpretado adecuadamente los croquis y planos para ejecutar la pieza.

h)

Se han dado las dimensiones y forma estipulada a la pieza aplicando las técnicas correspondientes (limado, corte, entre otros).

i)

Se ha efectuado el corte de chapa con tijeras, seleccionando estas en función de los cortes.

j)

Se han respetado los criterios de calidad requeridos.

4. Rosca piezas exterior e interiormente ejecutando los cálculos y operaciones necesarias.

Criterios de evaluación:

a)

Se ha descrito el proceso de taladrado y los parámetros que se van a ajustar en las máquinas según el material que se ha de taladrar.

b)

Se ha calculado la velocidad de la broca en función del material que se ha de taladrar y del diámetro del taladro.

c)

Se ha calculado el diámetro del taladro para efectuar roscados interiores de piezas.

d)

Se han ajustado los parámetros de funcionamiento de las máquinas taladradoras.

e)

Se han ejecutado los taladros en los sitios estipulados y se ha efectuado la lubricación adecuada.

f)

Se ha efectuado el avellanado teniendo en cuenta el taladro y el elemento a embutir en él.

g)

Se ha seleccionado la varilla teniendo en cuenta los cálculos efectuados para la realización del tornillo.

h)

Se ha seguido la secuencia correcta en las operaciones de roscado interior y exterior y se ha efectuado la lubricación correspondiente.

i)

Se ha verificado que las dimensiones de los elementos roscados, así como su paso, son las estipuladas.

j)

Se han respetado los criterios de seguridad y medio ambiente.

5. Realiza uniones de elementos metálicos mediante soldadura blanda describiendo las técnicas utilizadas en cada caso.

Criterios de evaluación:

a)

Se han descrito las características y propiedades de la soldadura blanda.

b)

Se ha realizado la preparación de la zona de unión y se han eliminado los residuos existentes.

c)

Se ha seleccionado el material de aportación en función del material base y la unión que es preciso efectuar.

d)

Se han seleccionado y preparado los desoxidantes adecuados a la unión que se pretende efectuar.

e)

Se han seleccionado los medios de soldeo según la soldadura que se desea efectuar.

f)

Se ha efectuado el encendido de soldadores y lamparillas respetando los criterios de seguridad.

g)

Se ha efectuado la unión y rellenado de elementos comprobando que reúne las características de resistencia y homogeneidad requeridas.

Duración: 50 horas.

Contenidos básicos:

Elaboración de croquis de piezas:

− Dibujo técnico básico.

− Normalización de planos.

− Simbología, normalización.

− Planta, alzado, vistas y secciones.

− Acotación.

− Técnicas de croquización.

Trazado de piezas:

− Fundamentos de metrología.

− Sistemas de medidas.

− Magnitudes y unidades.

− Instrumentos de medida directa.

− Aparatos de medida por comparación.

− Apreciación de los aparatos de medida.

− Teoría del nonius.

− Tipos de medida.

− El trazado en la elaboración de piezas.

− Objeto del trazado, fases y procesos.

− Útiles utilizados en el trazado.

− Operaciones de trazado.

Mecanizado manual:

− Características de los materiales metálicos más usados en el automóvil (fundición, aceros y aleaciones de aluminio).

− Objeto del limado.

− Uso y tipos de limas atendiendo a su forma y a su picado.

− Técnicas de limado.

− Corte de materiales con sierra de mano.

− Hojas de sierra: características, tipos y elección en función del trabajo que se ha de realizar.

− Operaciones de aserrado.

− El corte con tijera de chapa: tipos de tijeras.

− Procesos de corte con tijeras de chapa.

Técnicas de roscado:

− Objeto del taladrado.

− Máquinas de taladrar.

− Parámetros que es preciso tener en cuenta en función del material que se pretende taladrar.

− Brocas, tipos y partes que las constituyen.

− Proceso de taladrado.

− El avellanado.

− Clases de tornillos.

− Partes que constituyen las roscas. Tipos de roscas y su utilización.

− Sistemas de roscas.

− Normalización y representación de roscas.

− Cálculos para la ejecución de roscas interiores y exteriores.

− Medición de roscas.

− Procesos de ejecución de roscas.

Uniones por soldadura blanda:

− Equipos de soldar: soldadores y lamparillas.

− Materiales de aportación: en barra, en varilla.

− Desoxidantes más utilizados.

− Preparación del metal base.

− El estañado.

− Procesos de ejecución de soldaduras.

Orientaciones pedagógicas.

Este módulo profesional es un módulo de soporte y contiene la formación necesaria para desempeñar las funciones de montaje y mantenimiento mediante operaciones de mecanizado básico.

Las técnicas de mecanizado y unión asociadas a las funciones de montaje y mantenimiento incluyen aspectos como:

− La interpretación de planos y croquis.

− Las características y tratamientos de materiales.

− La ejecución de mecanizado.

− La aplicación de las técnicas correspondientes.

Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en:

− El desmontaje y montaje de elementos amovibles y accesorios.

− En todos aquellos procesos en los que interviene la interpretación de planos y croquis.

− En los procesos de medición de elementos y sustituciones parciales en las que se realice el trazado para el corte.

La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales b), c), d), p), q), r), s), t), u) y w) del ciclo formativo y las competencias profesionales, personales y sociales b), c), d), p), q), r), s), t) y u) del título.

Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:

− La elaboración de planos y croquis aplicando la simbología y normalización de la representación gráfica.

− La aplicación de las técnicas de metrología en los procesos de medición utilizando los equipos de medida adecuados a cada caso.

− La mecanización manual y el trazado para la obtención de piezas, ajustes y secciones de elementos.

− El montaje y desmontaje de elementos atornillados.

− La ejecución de roscados en los procesos de desmontaje y montaje.

− La ejecución de uniones mediante soldadura blanda.

Módulo Profesional: Montaje estructural aeronáutico.

Código: 0801.

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

1. Identifica las partes fijas y móviles que constituyen las aeronaves, relacionándolas con los fundamentos aerodinámicos básicos y de vuelo.

Criterios de evaluación:

a)

Se han identificado las fuerzas aerodinámicas básicas que influyen en la navegación de las aeronaves.

b)

Se han identificado los elementos de la aeronave que intervienen en el concepto de aerodinámica.

c)

Se han clasificado los componentes fijos y móviles de la aeronave identificando su función.

d)

Se han identificado los principales elementos estructurales de los componentes fijos.

e)

Se han identificado las distintas partes del ala.

f)

Se ha reconocido la relación existente entre los distintos componentes del avión.

g)

Se han reconocido los distintos ejes del avión.

h)

Se ha realizado un organigrama donde se relaciona los componentes de la aeronave con su función.

2. Relaciona los principales sistemas y subsistemas de la aeronave, con su estructura, ubicación y función.

a)

Se han identificado los sistemas de la aeronave realizando su clasificación.

b)

Se ha reconocido y descrito las definiciones de cada uno de los sistemas de la aeronave.

c)

Se ha enunciado la función de cada uno de los sistemas.

d)

Se han reconocido las funciones de cada sistema del avión

e)

Se ha identificado la relación existente entre los distintos sistemas del avión.

f)

Se han identificado los principales componentes de cada sistema.

g)

Se han reconocido los objetivos de los sistemas auxiliares del avión.

3. Realiza operaciones de acoplamiento de piezas y montaje estructural en estructuras metálicas, de materiales compuestos e hibridas con máquinas semiautomáticas, interpretando especificaciones técnicas.

Criterios de evaluación:

a)

Se han seleccionado los equipos y herramientas necesarios para realizar los ajustes y aplicación de suplementos para el montaje estructural de la aeronave, interpretando la documentación técnica.

b)

Se ha realizado el ajuste dimensional en las elementales pre-montadas en los útiles o gradas, verificando las tolerancias de ajuste ente las piezas según las especificaciones de la documentación técnica.

c)

Se han aplicado los suplementos líquidos o sólidos y cumplido los ciclos de curado de los suplementos instalados asegurando el ajuste.

d)

Se ha seleccionado e instalado la plantilla de taladrado de acuerdo a las características del sistema de conexión de la máquina y a la secuencia de fijación indicada en la documentación técnica, garantizando su posición sobre la pieza o útil.

e)

Se han regulado los parámetros de avance, velocidad de rotación y profundidad de las Unidades Avanzadas de Taladrado (ADU), según las indicaciones en la documentación técnica.

f)

Se ha instalado la herramienta de corte de acuerdo a los requerimientos de los planos, documentación técnica y sistema de amarre de la máquina.

g)

Se han realizado las fases de taladrado establecidas en la documentación técnica y de acuerdo a la estructura con la que se está trabajando.

h)

Se ha comprobado que los acabados están de acuerdo a los requerimientos de diseño y a las indicaciones de los planos.

i)

Se han verificado que no existen desviaciones entre el producto terminado y los requerimientos de los planos.

j)

Se han utilizado los equipos de protección individual para los trabajos con Unidades Avanzadas de Taladrado (ADU).

4. Realiza el endurecimiento de taladros en frío para conseguir mayor resistencia estructural, aplicando las técnicas requeridas y cumpliendo la reglamentación aeronáutica.

Criterios de evaluación:

a)

Se han relacionado las fases de la deformación estructural con el proceso de endurecido de taladros en frío.

b)

Se han determinado las partes de las que está compuesto el equipo de expansión en frio de taladros (pistola extractora, mandriles, boquillas, equipo de potencia, entre otros).

c)

Se ha seleccionado el equipo para realizar la expansión de taladros teniendo en cuenta el diámetro, tipo del taladro, espesores e indicaciones de la documentación técnica.

d)

Se ha realizado el endurecimiento de los taladros insertando los casquillos en el orden y tamaño determinado, realizando su expansión.

e)

Se han efectuado las comprobaciones de los diámetros de expansión en todas las fases del endurecimiento.

f)

Se ha realizado el escariado final del taladro en los casos determinados.

g)

Se han utilizado los equipos de protección individual en la realización de los procesos.

h)

Se han realizado las operaciones de mantenimiento de primer nivel a los equipos de expansión, asegurando que están dentro de las tolerancias de calibración.

5. Ensambla mediante remachado elementos metálicos y materiales compuestos cumpliendo la reglamentación aeronáutica y de calidad establecidas.

Criterios de evaluación:

a)

Se han descrito las características y propiedades del remachado.

b)

Se ha interpretado el plano y se ha determinado los puntos a remachar, la distancia entre remaches, el tipo de remache a utilizar, ente otros.

c)

Se ha realizado el cálculo para determinar la medida del taladro en función del remache.

d)

Se han seleccionado y preparado las remachadoras realizando los ajustes necesarios.

e)

Se ha realizado el ajuste de las revoluciones de la taladradora en función del material a taladrar y del diámetro de la broca.

f)

Se ha efectuado el taladrado del material y el avellanado en los casos necesarios eliminando las rebabas.

g)

Se ha realizado el remachado para la unión utilizando los tipos de remaches especificados en el plano.

h)

Se ha verificado que el remachado efectuado reúne las características de calidad determinada.

i)

En las distintas operaciones efectuadas se han aplicado las medidas de seguridad y de impacto ambiental estipuladas, depositando los residuos en los lugares determinados para ello.

6. Realiza las uniones de masas de la estructura y elementos aeronáuticos, garantizando la continuidad eléctrica de la aeronave, cumpliendo la normativa y siguiendo las especificaciones técnicas.

Criterios de evaluación:

a)

Se han descrito las partes de la estructura de la aeronave que garantizan la continuidad eléctrica estructural.

b)

Se han identificado los puntos de uniones de masa en los planos de montaje y los elementos que intervienen en las uniones.

c)

Se ha determinado el proceso a realizar para garantizar la continuidad eléctrica en la estructura.

d)

Se ha seleccionado la herramienta para realizar las uniones de masa de acuerdo al material sobre el que se va a trabajar

e)

Se ha establecido el proceso de medición de la continuidad eléctrica en la estructura.

f)

Se ha realizado el conexionado de los elementos que garantizan la continuidad eléctrica.

g)

Se han obtenido los valores de resistencia admisibles entre los elementos de la estructura y los equipos de la aeronave según la documentación técnica aplicable.

h)

Se ha realizado la protección de los puntos de masa de acuerdo a las indicaciones de los planos.

7. Monta partes fijas y móviles aplicando los pares de apriete establecidos utilizando los equipos determinados en los planos de montaje y cumpliendo los criterios de calidad y normativa aplicable.

Criterios de evaluación:

a)

Se han relacionado los sistemas de medida métrico y anglosajón con los torcómetros o instrumentos a utilizar.

b)

Se ha realizado el cálculo de conversión de medidas entre el sistema métrico decimal y anglosajón

c)

Se han relacionado los diferentes tipos de torcómetros (manuales, eléctrico, neumáticos, entre otros) con sus aplicaciones.

d)

Se han seleccionado los prolongadores y acoples de los torcómetros identificando el factor de corrección necesario para cada modelo.

e)

Se ha realizado el proceso de calibración de cada tipo de torcómetro con los equipos de metrología necesarios.

f)

Se ha realizado el montaje de los elementos y se les han aplicado los pares de apriete estipulado.

g)

Se ha realizado el frenado del elemento de unión con la técnica indicada en los planos o la documentación técnica.

h)

Se han marcado e identificado los elementos de unión frenados según especificaciones de la documentación técnica o los planos de referencia.

8. Realiza operaciones con máquinas de control numérico, previas al montaje de estructuras relacionando las diferentes máquinas, con los controles y procesos establecidos en la documentación técnica.

Criterios de evaluación:

a)

Se ha identificado las principales máquinas de control numérico utilizadas en el montaje de estructuras aeronáuticas (taladrado, remachado, esmerilado, entre otras).

b)

Se han identificado todas las partes que se utilizan para configurar las máquinas de control numérico (elementos de control, paneles, botoneras, porta-herramientas, sistema interfaz, entre otros)

c)

Se ha aplicado el plan de carga/capacidad para obtener el máximo rendimiento de la máquina.

d)

Se han determinado las secuencias para lanzar un programa de CN (control numérico), (búsqueda por bloques, reposicionar ejes, diagnostico de fallo, ajuste de decalajes, revisar informes de la máquina, ajustes de máquina, entre otros).

e)

Se han ajustado los parámetros de taladrado, fresado o remachado antes de iniciar el programa de CN.

f)

Se han realizado los procesos (taladrado, remachado, fresado, entre otros) sobre la estructura de la aeronave.

g)

Se ha verificado los resultados del proceso de taladrado/escariado avellanado después de ejecutarlo (control de profundidad, dimensiones del taladro, entre otros).

h)

Se ha realizado el primer nivel de mantenimiento de las máquinas de CN referido en la documentación técnica.

9. Aplica las normas de prevención de riesgos laborales y de protección ambiental, en el manejo de máquinas semiautomáticas y de control numérico, de acuerdo a los riesgos asociados.

Criterios de evaluación:

a)

Se ha identificado los riesgos y el nivel de peligrosidad que suponen la manipulación de las máquinas semiautomáticas y con control numérico.

b)

Se ha operado con las máquinas respetando las normas de seguridad.

c)

Se han identificado las causas más frecuentes de accidentes en los trabajos con máquinas semiautomáticas y con control numérico.

d)

Se han descrito los elementos de seguridad (protecciones, alarmas, pasos de emergencia, entre otros) de las máquinas y los equipos de protección individual (calzado, protección ocular, indumentaria, entre otros) que se deben emplear en el manejo de las máquinas.

e)

Se han relacionado la manipulación y uso de las máquinas con las medidas de seguridad y protección personal requeridos.

f)

Se han determinado las medidas de seguridad y de protección personal que se deben adoptar en la preparación y ejecución de las operaciones.

g)

Se han identificado las posibles fuentes de contaminación del entorno ambiental producidas por el manejo de las máquinas.

h)

Se ha cumplido la normativa de prevención de riesgos laborales y de protección ambiental.

Duración: 120 horas.

Contenidos básicos:

Partes fijas y móviles que constituyen las aeronaves:

− Historia de la aeronáutica: La aeronáutica en España

− Desarrollo de la industria aeronáutica.

− Principios aerodinámicos.

− Atmósfera.

− Elementos que intervienen en la aerodinámica.

− Centro de gravedad: Estabilidad de la aeronave.

− Estabilidad de vuelo.

− Velocidad: Tipos de velocidad para la navegación.

− Componentes de un avión.

Principales sistemas y subsistemas:

− Grupo de sistemas auxiliares.

− Objetivos de los sistemas auxiliares.

− Subsistemas eléctricos del avión.

− Subsistemas hidráulicos y neumáticos del avión.

− Motorizaciones del avión Planta de Potencia.

− Sistema de Acondicionamiento Interior.

− Sistemas de emergencia.

− Sistema de navegación.

− Sistemas FITS.

− Contramedidas.

Operaciones de acoplamientos de piezas y montaje estructural con máquinas semi-automáticas:

− Carga estructural en montajes aeronáuticos

− Evaluación de holguras en estructuras.

− Ajuste por mecanizado en piezas metálicas y de material compuesto.

− Tipos de suplementos.

− Procesos de instalación de suplementos sólidos y líquidos.

− Procesos de curado de suplementos líquidos.

− Tipos de máquinas semiautomáticas.

− Elementos que componen las máquinas semi-automáticas:

• Sistemas de lubricación

• Boquillas.

• Sistemas de amarre.

• Extractores de viruta.

• Sistema anti vibración.

− Plantillas de taladrado:

• Sistemas de fijación.

• Tipos de casquillos e identificación.

− Secuencias de taladrado.

− Procesos de cambio de herramientas.

− Preparación de la máquina antes de taladrar.

− Mantenimiento de primer nivel de las máquinas.

− Calibración de las máquinas.

− Defectología por mala calibración y consecuencias.

− Procesos de taladrado con máquinas semi-automáticas.

− Equipos de protección individual en los procesos.

Endurecimiento de taladros en frío:

− Variaciones en las características de la estructura con el endurecimiento en frío de los taladros.

− Objetivo del endurecimiento en frio.

− Métodos de trabajo en frio de taladros.

− Comportamiento del material durante el proceso de endurecimiento.

− Equipos y herramientas para el trabajo en frio de taladros:

• Escariadores especiales (codificación).

• Pistolas extractoras.

• Extractores manuales.

• Boquillas.

• Mandriles.

• Casquillos.

• Lubricantes.

• Bulones de seguridad para taladros adyacentes.

• Bloques de seguridad para espesores finos.

• Unidades de potencia hidráulica.

− Requisitos previos al trabajo en frio.

− Proceso de trabajo en frio de taladros:

• Escariado.

• Mandrilado.

Ensamblado de elementos metálicos y de materiales compuestos mediante remachado:

− El remachado:

• Tipos de remachado.

− Material de constitución de los remaches.

− Partes que constituyen los remaches.

− Tipos de remaches.

− Máquinas utilizadas en el remachado.

− Tipos de remachado.

Continuidad eléctrica estructural:

− Principios e importancia de la continuidad eléctrica estructural.

− Ley de Ohm.

− Método Kelvin.

− Uniones de masa.

− Continuidad eléctrica.

− Material utilizado para realizar las uniones de masa.

− Preparación de superficies.

− Conexión a masa de tuberías hidráulicas.

− Zona de masa para tornillos.

− Tratamientos finales y de protección (sellantes, barnices, entre otros).

− Equipos de medición de continuidad eléctrica.

− Métodos de medición de continuidad eléctrica.

− Medición de mazos eléctricos.

− Registro de los datos obtenidos y documentación asociada.

− Consecuencias de una mala conexión.

Montaje de partes fijas y móviles:

− Principios de apriete torcométrico.

− Par de apriete.

− Concepto de Fuerza Aplicada.

− Concepto de brazo de palanca.

− Sistemas de medición.

− Conversión de medidas.

− Comportamiento de los elementos de unión sometidos a un par de apriete.

− Torcómetros.

− Calibración.

− Accesorios para torcómetros.

− Factores de corrección.

− Sistemas de frenado.

− Marcado/lacrado de fijaciones torcometreadas.

Operaciones con máquinas de control numérico:

− Aplicaciones de Control Numérico (CN).

− Clasificación de las máquinas de CN.

− Características y partes de las máquinas de CN.

− Sistemas de ejes (cabezales).

− Movimientos de una máquina de control numérico (CN).

− Sistemas de referenciado. Captadores de posición.

− Control de ejecución.

− Procesos con máquinas de CN.

Prevención de riesgos laborales y protección ambiental:

− Identificación de riesgos en el manejo de máquinas semiautomáticas y con control numérico.

− Prevención de riesgos laborales en la realización de los procesos con máquinas semiautomáticas y con control numérico.

− Factores físicos del entorno de trabajo que influyen en los accidente durante el manejo de las máquinas.

− Equipos de protección individual inherentes a los procesos con máquinas semiautomáticas y con control numérico.

Orientaciones pedagógicas.

Este módulo profesional contiene la formación necesaria para desempeñar las funciones de montaje estructural y ensamblado de elementos metálicos y de materiales compuestos de las aeronaves.

Las funciones de montaje estructural y ensamblado de elementos metálicos y de materiales compuestos de las aeronaves incluye aspectos como:

− La interpretación de planos de partes fijas y móviles que constituyen las aeronaves.

− La interpretación de esquemas de montaje sobre la estructura de la aeronave de los principales componentes, sistemas y subsistemas aeronáuticos.

− El montaje de partes fijas y móviles de la estructura aeronáutica.

− El montaje estructural de la aeronave con máquinas semiautomáticas y control numérico.

− El ensamblado de elementos metálicos y de materiales compuestos.

− La comprobación de la continuidad eléctrica estructural.

− La verificación de los elementos estructurales montados.

Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en:

− El montaje de partes fijas y móviles de la estructura aeronáutica.

− El ensamblado de elementos estructurales metálicos y de materiales compuestos.

La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales a), c), d), f), o), p), q), r), s), t) y u), del ciclo formativo y las competencias profesionales, personales y sociales a), b), c), d), f), o), p), q), r), s), t) y u), del título.

Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:

− La interpretación de planos de partes fijas y móviles que constituyen las aeronaves.

− La interpretación de esquemas de montaje sobre la estructura de la aeronave de los principales componentes, sistemas y subsistemas aeronáuticos.

− Las técnicas de montaje de partes fijas y móviles de la estructura aeronáutica.

− Las técnicas de montaje estructural de la aeronave con máquinas semiautomáticas y control numérico.

− Las técnicas de ensamblado de elementos metálicos y de materiales compuestos.

− La comprobación de la continuidad eléctrica estructural.

− La verificación de los elementos estructurales montados.

Módulo Profesional: Instalaciones eléctricas y electrónicas.

Código: 1444.

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

1. Reconoce los materiales y elementos de los circuitos eléctricos y electrónicos de las aeronaves, describiendo la función y características fundamentales de cada uno de ellos.

Criterios de evaluación:

a)

Se han relacionado las magnitudes y leyes eléctricas fundamentales con sus correspondientes unidades asociadas.

b)

Se han diferenciado las magnitudes básicas utilizadas en los circuitos eléctricos y electrónicos de las aeronaves, describiendo sus valores más característicos.

c)

Se han identificado los elementos eléctricos y electrónicos, relacionando su simbología con los elementos reales, describiendo la función que realizan.

d)

Se han identificado los tipos de cables, aislantes, elementos de montaje y conexionado, describiendo sus características eléctricas y mecánicas relacionándolos con su aplicación.

e)

Se ha descrito la funcionalidad de los sistemas de carga de corriente continua, corriente alterna y tipos de acumuladores relacionándolos con su aplicación en las aeronaves.

f)

Se han identificado los distintos tipos de sensores y actuadores de los circuitos eléctricos y electrónicos y se les ha relacionado con su funcionalidad y aplicación en las aeronaves.

2. Monta circuitos eléctricos y electrónicos básicos sobre panel o maqueta aplicando la técnica correspondiente, y analizando la relación entre las magnitudes fundamentales con la interpretación de esquemas eléctricos y electrónicos.

Criterios de evaluación:

a)

Se han realizado esquemas eléctricos y electrónicos de los circuitos básicos, relacionando cada elemento o parte del esquema con el componente real.

b)

Se han seleccionado los elementos del circuito y de montaje a partir del plano o esquema, justificando su adecuación a las características de la instalación.

c)

Se han montado los elementos del circuito respetando los planos de montaje y las especificaciones del fabricante y aplicado la técnica requerida.

d)

Se han instalado los cables y realizado el conexionado de los diferentes elementos, utilizando la herramienta estipulada y siguiendo las especificaciones técnicas.

e)

Se ha realizado la comprobación de la carga de la batería, verificando con los aparatos de medida adecuados, que se cumplen los parámetros y características técnicas establecidas.

f)

Se ha conectado el acumulador de corriente continua (batería) justificando su adecuación a las características de la instalación.

g)

Se han realizado medidas de magnitudes eléctricas, conexionando el aparato de medida en función del parámetro eléctrico a medir y seleccionado la parte del circuito más conveniente para su realización.

h)

Se ha verificado la instalación describiendo la funcionalidad de cada parte o elemento y relacionándolo con el plano o esquema de la instalación.

i)

Se han calculado magnitudes eléctricas básicas de la instalación aplicando las leyes de la electricidad y relacionando los valores obtenidos con las medidas efectuadas.

j)

Se ha comprobado los efectos que se produce sobre los circuitos o sobre alguna de sus magnitudes al modificar elementos o condiciones de la instalación justificando la causa que lo produce.

k)

Se han aplicado las normas se seguridad y utilizado los equipos de protección individual en el desarrollo de las técnicas y medidas utilizadas.

3. Monta e instala el cableado de los circuitos eléctricos y electrónicos de las aeronaves, aplicando las técnicas requeridas y cumpliendo la reglamentación aeronáutica.

Criterios de evaluación:

a)

Se han interpretado planos de montaje y ordenes de producción de circuitos eléctricos y electrónicos de aeronaves diferenciando la aplicación de cada uno de ellos.

b)

Se han identificado los elementos que intervienen en el cableado (cables, terminales, conectores, entre otros) de las aeronaves describiendo sus características y las funciones de cada uno de ellos.

c)

Se han relacionado los tipos de señales y bandas de frecuencia con la tipología de cables y con los posibles defectos del propio cable o por la propia manipulación que puedan producir perturbaciones en las comunicaciones.

d)

Se han seleccionado los tipos de cable y sus terminales y conectores que constituyen el mazo en función de las características de los equipos eléctricos y electrónicos de aeronaves y de los parámetros (intensidad, potencia, tipo de señal de comunicaciones o datos, entre otros).

e)

Se han seleccionado los útiles, herramientas y demás elementos de montaje justificando su utilización.

f)

Se han realizado mazos con diferentes ramificaciones aplicando la técnica de tendido de conductores, marcado, corte, pelado de conductores apantallados o sin apantallar, colocación de terminales y contactos para conectores, montaje de cinta de silicona, entre otros, y adecuándolos a las indicaciones de los planos de montaje.

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