Real Decreto 90/2018, de 2 de marzo, por el que se establece el título de Técnico en mantenimiento de estructuras de madera y mobiliario de embarcaciones de recreo y se fijan los aspectos básicos del currículo

Rango Real Decreto
Publicación 2018-03-03
Última actualización 2024-05-28
Estado Vigente texto desactualizado
Texto Tal como se publicó
Departamento Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Fuente BOE
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Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.

1 acto modificador · 2024-05-28, Real Decreto 499/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican determinados reales decreto…

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La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone en el artículo 39.6 que el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establecerá las titulaciones correspondientes a los estudios de formación profesional, así como los aspectos básicos del currículo de cada una de ellas.

La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, establece en el artículo 10.1 que la Administración General del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149.1.30.º y 7.º de la Constitución y previa consulta al Consejo General de la Formación Profesional, determinará los títulos y los certificados de profesionalidad, que constituirán las ofertas de formación profesional referidas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, define en su artículo 9 la estructura de los títulos de formación profesional, tomando como base el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, las directrices fijadas por la Unión Europea y otros aspectos de interés social.

Por otra parte, este real decreto concreta en el artículo 7 el perfil profesional de dichos títulos, que incluirá la competencia general, las competencias profesionales, personales y sociales, las cualificaciones y, en su caso, las unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en los títulos, de modo que cada título incorporará, al menos, una cualificación profesional completa, con el fin de lograr que los títulos de formación profesional respondan de forma efectiva a las necesidades demandadas por el sistema productivo y a los valores personales y sociales que permitan ejercer una ciudadanía democrática.

Este marco normativo hace necesario que ahora el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establezca cada uno de los títulos que formarán el Catálogo de títulos de la formación profesional del sistema educativo, los aspectos básicos del currículo y aquellos otros aspectos de la ordenación académica que, sin perjuicio de las competencias atribuidas a las Administraciones educativas en esta materia, constituyan los aspectos básicos del currículo que aseguren una formación común y garanticen la validez de los títulos, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 6 bis.1.e) de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.

A estos efectos, procede determinar para cada título su identificación, su perfil profesional, el entorno profesional, la prospectiva del título en el sector o sectores, las enseñanzas del ciclo formativo, la correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación, convalidación o exención, y los parámetros básicos de contexto formativo (espacios y equipamientos mínimos, titulaciones y especialidades del profesorado y sus equivalencias a efectos de docencia), previa consulta a las Comunidades Autónomas, según lo previsto en el artículo 39.6 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.

Asimismo, en cada título se determinarán los accesos a otros estudios, las convalidaciones, exenciones y equivalencias y, cuando proceda, la información sobre los requisitos necesarios para el ejercicio profesional, según la legislación vigente.

Así, este real decreto, conforme a lo previsto en el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, establece y regula, en los aspectos y elementos básicos antes indicados, el título de formación profesional del sistema educativo de Técnico en mantenimiento de estructuras de madera y mobiliario de embarcaciones de recreo.

Este real decreto tiene carácter de norma básica, al amparo de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1. 30.ª de la Constitución.

Se ha recurrido a una norma reglamentaria para establecer bases estatales conforme con el Tribunal Constitucional, que admite que «excepcionalmente» las bases puedan establecerse mediante normas reglamentarias en determinados supuestos, como ocurre en el presente caso, cuando «resulta complemento indispensable para asegurar el mínimo común denominador establecido en las normas legales básicas» (así, entre otras, en las SSTC 25/1983, 32/1983 y 48/1988).

Asimismo, cabe mencionar que este real decreto se ajusta a los principios de buena regulación contenidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, en tanto que la misma persigue el interés general al facilitar la adecuación de la oferta formativa a las demandas de los sectores productivos, ampliar la oferta de formación profesional, avanzar en la integración de la formación profesional en el conjunto del sistema educativo y reforzar la cooperación entre las Administraciones educativas, así como con los agentes sociales y las empresas privadas; no existiendo ninguna alternativa regulatoria menos restrictiva de derechos, resulta coherente con el ordenamiento jurídico y permite una gestión más eficiente de los recursos públicos. Del mismo modo, durante el procedimiento de elaboración de la norma se ha permitido la participación activa de los potenciales destinatarios a través del trámite de audiencia e información pública y quedan justificados los objetivos que persigue la ley.

En el proceso de elaboración de este real decreto han sido consultadas las Comunidades Autónomas y ha emitido dictamen el Consejo Escolar del Estado, e informe el Consejo General de la Formación Profesional y el Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales. Este real decreto está incluido en el Plan anual normativo para 2018 del Gobierno.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Educación, Cultura y Deporte y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 2 de marzo de 2018,

DISPONGO:

CAPÍTULO I. Disposiciones generales

Artículo 1. Objeto.

Este real decreto tiene por objeto el establecimiento del título de Técnico en mantenimiento de estructuras de madera y mobiliario de embarcaciones de recreo, con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, así como de los correspondientes aspectos básicos del currículo.

CAPÍTULO II. Identificación del título, perfil profesional, entorno profesional y prospectiva del título en el sector o sectores

Artículo 2. Identificación del título.

El título de Técnico en mantenimiento de estructuras de madera y mobiliario de embarcaciones de recreo queda identificado por los siguientes elementos:

Denominación: Mantenimiento de estructuras de madera y mobiliario de embarcaciones de recreo.

Nivel: Formación Profesional de Grado Medio.

Duración: 2000 horas.

Familia Profesional: Transporte y Mantenimiento de Vehículos.

Referente en la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación: CINE-3 b.

Artículo 3. Perfil profesional del título.

El perfil profesional del título de Técnico en mantenimiento de estructuras de madera y mobiliario de embarcaciones de recreo queda determinado por su competencia general, sus competencias profesionales, personales y sociales, y por la relación de cualificaciones y, en su caso, unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.

Artículo 4. Competencia general.

La competencia general de este título consiste en mantener en buen estado y funcionamiento las estructuras, cascos, cubiertas y elementos interiores de embarcaciones de recreo de madera, siguiendo los procedimientos establecidos por el fabricante y cumpliendo las especificaciones de seguridad, prevención de riesgos laborales y protección medioambiental.

Artículo 5. Competencias profesionales, personales y sociales.

Las competencias profesionales, personales y sociales de este título son las que se relacionan a continuación:

a)

Obtener la información requerida para poder planificar y/o desarrollar la actividad de mantenimiento de embarcaciones de recreo de madera, utilizando la documentación técnica asociada a la actividad y consultando al cliente.

b)

Localizar averías en las estructuras, cascos, cubiertas y elementos interiores de embarcaciones de recreo de madera, a partir de la información obtenida del cliente, utilizando la documentación técnica asociada y los equipos de diagnóstico requeridos.

c)

Determinar el alcance de la avería o la disfunción en las embarcaciones de recreo de madera, utilizando documentación técnica y los equipos de diagnóstico requeridos.

d)

Planificar el trabajo a realizar de mantenimiento, estableciendo el procedimiento a seguir, especificando los materiales o repuestos requeridos, equipos y herramientas necesarias y seguridad aplicable.

e)

Seleccionar y acopiar materiales, accesorios y productos de entrada y salida en almacén, de acuerdo con las especificaciones establecidas.

f)

Mantener en buen estado los elementos estructurales de madera de embarcaciones de recreo.

g)

Mantener y en su caso modificar elementos interiores de madera de embarcaciones de recreo.

h)

Reconstruir cascos y cubiertas de madera de embarcaciones de recreo, cumpliendo con los requerimientos técnicos del fabricante y de la normativa aplicable.

i)

Preparar soportes y aplicar mezclas de pintura, operando equipos de acabado requeridos de acuerdo con las especificaciones definidas.

j)

Montar y/o adaptar muebles y elementos de carpintería en embarcaciones de recreo, utilizando los instrumentos de medida requeridos para verificar el montaje de los conjuntos.

k)

Realizar el mantenimiento de primer nivel de máquinas y equipos de mecanizado utilizados en el montaje y acabado de elementos de madera, de acuerdo con la ficha de mantenimiento.

l)

Adaptarse a las nuevas situaciones laborales originadas por cambios tecnológicos y organizativos en los procesos productivos, actualizando sus conocimientos, y utilizando los recursos existentes para el aprendizaje a lo largo de la vida y las tecnologías de la información y la comunicación.

m)

Actuar con responsabilidad y autonomía en el ámbito de su competencia, organizando y desarrollando el trabajo asignado, cooperando o trabajando en equipo con otros profesionales en el entorno de trabajo.

n)

Resolver de forma responsable las incidencias relativas a su actividad, identificando las causas que las provocan, dentro del ámbito de su competencia y autonomía.

ñ) Comunicarse eficazmente, respetando la autonomía y competencia de las distintas personas que intervienen en el ámbito de su trabajo.

o)

Aplicar los protocolos y las medidas preventivas de riesgos laborales y protección ambiental durante el proceso productivo, para evitar daños en las personas y en el entorno laboral y ambiental.

p)

Aplicar procedimientos de calidad, de accesibilidad universal y de «diseño para todas las personas» en las actividades profesionales incluidas en los procesos de producción o prestación de servicios.

q)

Realizar la gestión básica para la creación y funcionamiento de una pequeña empresa y tener iniciativa en su actividad profesional.

r)

Ejercer sus derechos y cumplir con las obligaciones derivadas de su actividad profesional, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente, participando activamente en la vida económica, social y cultural.

Artículo 6. Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.

1. Cualificaciones profesionales completas:

Operaciones de mantenimiento de elementos de madera de embarcaciones deportivas y de recreo TMV556_2. (Real Decreto 562/2011, de 20 de abril) que comprende las siguientes unidades de competencia:

UC1840_2: Mantener y modificar elementos interiores de madera de embarcaciones deportivas y de recreo.

UC1839_2: Reparar elementos estructurales de madera de embarcaciones deportivas y de recreo.

UC1838_2: Reconstruir cascos y cubiertas de madera de embarcaciones deportivas y de recreo.

2. Cualificaciones profesionales incompletas:

a)

Mecanizado de madera y derivados MAM058_2 (Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero), que comprende las siguientes unidades de competencia:

UC0160_2: Preparar máquinas y equipos de taller.

b)

Montaje de muebles y elementos de carpintería MAM062_2 (Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero):

UC0171_2: Controlar y organizar componentes y accesorios de carpintería y mueble.

Artículo 7. Entorno profesional.

1. Las personas que obtienen este título ejercen su actividad profesional en el sector de mantenimiento de embarcaciones de recreo de madera.

2. Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:

a)

Carpintero (Montador/Reparador de mobiliario) en embarcaciones de recreo.

b)

Carpintero de ribera (Mantenimiento de estructuras, cascos y cubiertas de embarcaciones de recreo de madera).

Artículo 8. Prospectiva del título en el sector o sectores.

Las Administraciones educativas tendrán en cuenta, al desarrollar el currículo correspondiente, las siguientes consideraciones:

a)

En la competencia profesional asociada a este perfil está adquiriendo cada vez mayor importancia la responsabilidad en la toma de decisiones sobre el control de las actividades que ejecuta y los productos obtenidos. En la reparación de embarcaciones de recreo de madera es importante el cumplimiento de las normas de seguridad náuticas, demanda una formación específica.

b)

La incorporación de nuevos materiales y tecnologías, principalmente en la construcción de cascos y estructuras, está dejando las embarcaciones de madera como algo testimonial, aunque la carpintería de ribera está adquiriendo importancia en el mantenimiento y construcción de embarcaciones tradicionales.

c)

La incorporación de nuevos materiales en el sector de las embarcaciones, no ha eliminado el uso de la madera en su construcción, ya que generalmente, se sigue utilizando cubiertas de madera, elementos interiores de embellecimiento y puntualmente elementos estructurales.

d)

Las exigencias normativas sobre protección del medioambiente, y las exigencias de los clientes en relación a la calidad, tienen como consecuencia la sustitución de equipos convencionales por otros más avanzados y la adaptación o cambio de los procesos y de los sistemas productivos.

e)

La internacionalización del mercado de mantenimiento de embarcaciones de recreo que incluyen componentes de madera especial en cubiertas, partes estructurales y mobiliario interior, está llevando a las empresas del sector a priorizar los esfuerzos en el diseño de nuevos procesos y técnicas en la gestión de proveedores, que inciden en la logística, empleándose la imagen de marca como una ventaja competitiva, incrementando el dinamismo del proceso de mantenimiento implicado.

CAPÍTULO III. Enseñanzas del ciclo formativo y parámetros básicos de contexto

Artículo 9. Objetivos generales.

Los objetivos generales de este ciclo formativo son los siguientes:

a)

Interpretar la información contenida en la documentación técnica asociada al mantenimiento de las estructuras, cascos, cubiertas y elementos interiores de madera de embarcaciones de recreo de madera, con el fin de obtener la información requerida para elaborar el plan de trabajo.

b)

Identificar elementos de las estructuras y del casco de embarcaciones, relacionándolos con sus características constructivas y función que realizan, utilizando como apoyo la documentación técnica asociada y planos de formas.

c)

Obtener elementos de las embarcaciones por mecanizado manual, utilizando equipos y herramientas adecuadas, relacionando los parámetros de control con las condiciones de seguridad exigidas.

d)

Preparar soportes y aplicar mezclas para su protección y/o pintado, en condiciones de seguridad, utilizando los equipos de preparación y aplicación de acabados requeridos, identificando los parámetros de control y relacionándolos con las características de acabado a obtener.

e)

Realizar las operaciones de mantenimiento de primer nivel, de máquinas y equipos para asegurar su correcto funcionamiento, relacionando la actividad realizada con las necesidades de mantenimiento.

f)

Obtener elementos de «carpintería de ribera» y curvar madera maciza utilizando equipos y herramientas convencionales, de mecanizado y realizar el montaje del conjunto de elementos en el taller.

g)

Instalar y adaptar mobiliario en espacios similares al interior de embarcaciones de recreo, especificando el proceso a seguir y medios requeridos.

h)

Ensamblar/montar/desmontar elementos que conforman la estructura, casco y cubiertas de embarcaciones de madera, relacionando los requerimientos técnicos del procedimiento empleado con las técnicas aplicadas.

i)

Establecer procedimientos de mantenimiento de elementos estructurales de embarcaciones de recreo, utilizando la documentación técnica asociada y especificaciones técnicas de los fabricantes.

j)

Analizar y utilizar los recursos existentes para el aprendizaje a lo largo de la vida y las tecnologías de la información y la comunicación para aprender y actualizar los conocimientos, reconociendo las posibilidades de mejora profesional y personal, para adaptarse a diferentes situaciones profesionales y laborales.

k)

Desarrollar trabajos en equipo y valorar su organización, participando con tolerancia y respeto, y tomar decisiones colectivas o individuales para actuar con responsabilidad y autonomía.

l)

Adoptar y valorar soluciones creativas ante problemas y contingencias que se presentan en el desarrollo de los procesos de trabajo, para resolver de forma responsable las incidencias de su actividad.

m)

Aplicar técnicas de comunicación, adaptándose a los contenidos que se van a transmitir, a su finalidad y a las características de los receptores, para asegurar la eficacia del proceso.

n)

Analizar los riesgos ambientales y laborales asociados a la actividad profesional, relacionándolos con las causas que los producen, a fin de fundamentar las medidas preventivas que se van a adoptar, y aplicar los protocolos correspondientes para evitar daños en uno mismo, en las demás personas, en el entorno y en el medio ambiente.

ñ) Analizar y aplicar las técnicas necesarias para dar respuesta a la accesibilidad universal y al «diseño para todas las personas».

o)

Aplicar y analizar las técnicas necesarias para mejorar los procedimientos de calidad del trabajo en el proceso de aprendizaje y del sector productivo de referencia.

p)

Utilizar procedimientos relacionados con la cultura emprendedora, empresarial y de iniciativa profesional, para realizar la gestión básica de una pequeña empresa o emprender un trabajo.

q)

Reconocer sus derechos y deberes como agente activo en la sociedad, teniendo en cuenta el marco legal que regula las condiciones sociales y laborales para participar como ciudadano democrático.

Artículo 10. Módulos profesionales.

1. Los módulos profesionales de este ciclo formativo:

a)

Quedan desarrollados en el anexo I de este real decreto, cumpliendo lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.

b)

Son los que a continuación se relacionan:

0538. Materiales en carpintería y mueble.

0539. Soluciones constructivas.

0540. Operaciones básicas de carpintería.

0541. Operaciones básicas de mobiliario.

0542. Control de almacén.

1618. Preparación de embarcaciones de recreo para trabajos de mantenimiento.

1630. Mecanizado de elementos de carpintería de ribera.

1631. Mantenimiento de cubiertas y cascos de madera en embarcaciones de recreo.

1632. Mantenimiento de elementos estructurales de madera de embarcaciones de recreo.

1633. Mantenimiento de elementos interiores de madera y mobiliario de embarcaciones de recreo.

1634. Formación y orientación laboral.

1635. Empresa e iniciativa emprendedora.

1636. Formación en centros de trabajo.

2. Las Administraciones educativas establecerán los currículos correspondientes, respetando lo establecido en este real decreto y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio.

Artículo 11. Espacios y equipamientos.

1. Los espacios necesarios para el desarrollo de las enseñanzas de este ciclo formativo son los establecidos en el anexo II de este real decreto.

2. Los espacios dispondrán de la superficie necesaria y suficiente para desarrollar las actividades de enseñanza que se deriven de los resultados de aprendizaje de cada uno de los módulos profesionales que se imparten en cada uno de los espacios. Además, deberán cumplir las siguientes condiciones:

a)

La superficie se establecerá en función del número de personas que ocupen el espacio formativo y deberá permitir el desarrollo de las actividades de enseñanza-aprendizaje con la ergonomía y la movilidad requeridas dentro del mismo.

b)

Deberán cubrir la necesidad espacial de mobiliario, equipamiento e instrumentos auxiliares de trabajo.

c)

Deberán respetar los espacios o superficies de seguridad que exijan las máquinas y equipos en funcionamiento.

d)

Respetarán la normativa sobre prevención de riesgos laborales y cuantas otras normas sean de aplicación.

3. Los espacios formativos establecidos podrán ser ocupados por diferentes grupos que cursen el mismo u otros ciclos formativos, o etapas educativas.

4. Los diversos espacios formativos identificados no deben diferenciarse necesariamente mediante cerramientos.

5. Los equipamientos que se incluyen en cada espacio han de ser los necesarios y suficientes para garantizar al alumnado la adquisición de los resultados de aprendizaje y la calidad de la enseñanza. Además, deberán cumplir las siguientes condiciones:

a)

El equipamiento (equipos, máquinas y otros) dispondrá de la instalación necesaria para su correcto funcionamiento, cumplirá con las normas de seguridad y prevención de riesgos y con cuantas otras sean de aplicación.

b)

La cantidad y características del equipamiento deberán estar en función del número de personas matriculadas y permitir la adquisición de los resultados de aprendizaje, teniendo en cuenta los criterios de evaluación y los contenidos que se incluyen en cada uno de los módulos profesionales que se impartan en los referidos espacios.

6. Las Administraciones competentes velarán para que los espacios y el equipamiento sean los adecuados en cantidad y características para el desarrollo de los procesos de enseñanza y aprendizaje que se derivan de los resultados de aprendizaje de los módulos correspondientes y garantizar así la calidad de estas enseñanzas.

Artículo 12. Profesorado.

1. La docencia de los módulos profesionales que constituyen las enseñanzas de este ciclo formativo corresponde al profesorado del Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, según proceda, de las especialidades establecidas en el anexo III A) de este real decreto.

2. Las titulaciones requeridas para ingresar en los cuerpos docentes citados son, con carácter general, las determinadas en el artículo 13 del Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley, aprobado por Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero.

3. El profesorado especialista tendrá atribuida, excepcionalmente, la competencia docente de los módulos profesionales especificados en el anexo III A) de este real decreto.

4. El profesorado especialista deberá cumplir los requisitos generales exigidos para el ingreso en la función pública docente establecidos en el artículo 12 del citado Reglamento aprobado por Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero.

5. Además, con el fin de garantizar que se da respuesta a las necesidades de los procesos involucrados en el módulo profesional, es necesario que el profesorado especialista acredite al inicio de cada nombramiento una experiencia profesional reconocida en el campo laboral correspondiente, debidamente actualizada, de al menos dos años de ejercicio profesional en los cuatro años inmediatamente anteriores al nombramiento.

6. Para el profesorado de los centros de titularidad privada o de titularidad pública de otras administraciones distintas de las educativas, las titulaciones requeridas y los requisitos necesarios, para la impartición de los módulos profesionales que conforman el título, son las incluidas en el anexo III C) de este real decreto. En todo caso, se exigirá que las enseñanzas conducentes a las titulaciones citadas engloben los objetivos de los módulos profesionales y, si dichos objetivos no estuvieran incluidos, además de la titulación deberá acreditarse, mediante «certificación», una experiencia laboral de, al menos tres años en el sector vinculado a la familia profesional, realizando actividades productivas en empresas relacionadas implícitamente con los resultados de aprendizaje.

7. Las Administraciones competentes velarán para que el profesorado que imparta los módulos profesionales cumpla con los requisitos especificados y garantizar así la calidad de estas enseñanzas.

CAPÍTULO IV. Accesos y vinculación a otros estudios, y correspondencia de módulos profesionales con las unidades de competencia

Artículo 13. Acceso a otros estudios.

1. El título de Técnico en mantenimiento de estructuras de madera y mobiliario de embarcaciones de recreo permite el acceso a cualquier otro ciclo formativo de grado medio o de grado superior, según lo establecido en los artículos 44.2 y 41.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.

2. El título de Técnico en mantenimiento de estructuras de madera y mobiliario de embarcaciones de recreo permitirá obtener el título de Bachiller por la superación de la evaluación final de Bachillerato en relación con las materias del bloque de asignaturas troncales que como mínimo se deban cursar en la modalidad y opción que escoja el alumno o alumna, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.

3. No obstante lo anterior, la aplicación de este apartado queda suspendida hasta la entrada en vigor de la normativa resultante del Pacto de Estado social y político por la educación, según lo establecido en el Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.

Durante este período, los alumnos que se encuentren en posesión del título de Técnico en mantenimiento de estructuras de madera y mobiliario de embarcaciones de recreo podrán obtener el título de Bachiller cursando y superando las materias generales del bloque de asignaturas troncales de la modalidad de Bachillerato que el alumno elija.

Artículo 14. Convalidaciones y exenciones.

1. Las convalidaciones entre módulos profesionales de títulos de formación profesional del sistema educativo, y los módulos profesionales del título que se establece en este real decreto son las que se indican en el anexo IV.

2. Quienes hubieran superado el módulo profesional de Formación y orientación laboral o el módulo profesional de Empresa e iniciativa emprendedora en cualquiera de los ciclos formativos correspondientes a los títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, tendrán convalidados dichos módulos en cualquier otro ciclo formativo establecido al amparo de la misma ley.

3. Quienes hayan obtenido la acreditación de todas las unidades de competencia incluidas en el título, mediante el procedimiento establecido en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, podrán convalidar el módulo profesional de Formación y Orientación Laboral siempre que:

a)

Acrediten, al menos, un año de experiencia laboral

b)

y estén en posesión de la acreditación de la formación establecida para el desempeño de las funciones de nivel básico de la actividad preventiva, expedida de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.

4. De acuerdo con lo establecido en el artículo 39 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, podrá determinarse la exención total o parcial del módulo profesional de Formación en centros de trabajo por su correspondencia con la experiencia laboral, siempre que se acredite una experiencia relacionada con este ciclo formativo en los términos previstos en dicho artículo.

Artículo 15. Correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación, convalidación o exención.

1. La correspondencia de las unidades de competencia, acreditadas conforme establece el artículo 8 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, con los módulos profesionales que forman las enseñanzas del título de Técnico en mantenimiento de estructuras de madera y mobiliario de embarcaciones de recreo, para su convalidación o exención, queda determinada en el anexo V A) de este real decreto.

2. La correspondencia de los módulos profesionales que forman las enseñanzas del título de Técnico en mantenimiento de estructuras de madera y mobiliario de embarcaciones de recreo con las unidades de competencia, para su acreditación, queda determinada en el anexo V B) de este real decreto.

Disposición adicional primera. Referencia del título en el marco europeo.

Una vez establecido el marco nacional de cualificaciones, de acuerdo con las recomendaciones europeas, se determinará el nivel correspondiente de esta titulación en el marco nacional y su equivalente en el europeo.

Disposición adicional segunda. Oferta a distancia de este título.

Los módulos profesionales que forman las enseñanzas de este ciclo formativo podrán ofertarse a distancia, siempre que se garantice que el alumnado pueda conseguir los resultados de aprendizaje de los mismos, de acuerdo con lo dispuesto en este real decreto. Para ello, las Administraciones educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, adoptarán las medidas que estimen necesarias y dictarán las instrucciones precisas.

Disposición adicional tercera. Titulaciones equivalentes y vinculación con capacitaciones profesionales.

La formación establecida en este real decreto en el módulo profesional de Formación y orientación laboral capacita para llevar a cabo responsabilidades profesionales equivalentes a las que precisan las actividades de nivel básico en prevención de riesgos laborales, establecidas en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, siempre que tenga, al menos, 45 horas lectivas.

Disposición adicional cuarta. Regulación del ejercicio de la profesión.

El título establecido en este real decreto no constituye una regulación del ejercicio de profesión regulada alguna.

Disposición adicional quinta. Accesibilidad universal en las enseñanzas de este título.

1. Las Administraciones educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, incluirán en el currículo de este ciclo formativo los elementos necesarios para garantizar que las personas que lo cursen desarrollen las competencias incluidas en el currículo en «diseño para todas las personas».

2. Asimismo, dichas Administraciones adoptarán las medidas que estimen necesarias para que este alumnado pueda acceder y cursar dicho ciclo formativo en las condiciones establecidas en la disposición final tercera del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.

Disposición adicional sexta. Titulaciones habilitantes a efectos de docencia.

1. A los efectos del artículo 12.2 de este real decreto, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 95.1 de la Ley Orgánica, 2/2006, de 3 de mayo, y en la disposición adicional décimo quinta de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, las titulaciones recogidas en el anexo III B) de este real decreto habilitarán a efectos de docencia para el ingreso en las distintas especialidades del profesorado.

2. A los efectos del artículo 12.3 de este real decreto, y de conformidad con la disposición adicional décimo quinta de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, las titulaciones recogidas en el anexo III D) de este real decreto habilitarán a efectos de docencia para los distintos módulos profesionales.

Disposición transitoria única. Acceso a otros estudios.

La aplicación del artículo 13.2 de este real decreto queda suspendida hasta la entrada en vigor de la normativa resultante del Pacto de Estado social y político por la educación, según lo establecido en el Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre.

Durante este período, los alumnos que se encuentren en posesión del título de Técnico en mantenimiento de estructuras de madera y mobiliario de embarcaciones de recreo podrán obtener el título de Bachiller cursando y superando las materias generales del bloque de asignaturas troncales de la modalidad de Bachillerato que el alumno elija.

Disposición final primera. Título competencial.

Este real decreto tiene carácter de norma básica, al amparo de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1. 30.ª de la Constitución.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

Este real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 2 de marzo de 2018.

FELIPE R.

El Ministro de Educación, Cultura y Deporte,

ÍÑIGO MÉNDEZ DE VIGO Y MONTOJO

ANEXO I. Módulos profesionales

Módulo profesional: Materiales en carpintería y mueble

Código: 0538

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

1. Identifica los principales tipos de madera utilizadas en carpintería y mueble relacionando sus características con las aplicaciones.

Criterios de evaluación:

a)

Se ha caracterizado la estructura macro y microscópica de la madera y el corcho.

b)

Se han identificado las principales maderas nacionales y de importación por su nombre comercial y especie, clasificándolas como coníferas y frondosas.

c)

Se han descrito maderas, considerando sus propiedades y ventajas para la utilización en los distintos procesos de carpintería y mueble.

d)

Se han descrito los defectos que presentan las maderas y sus posibles consecuencias o alteraciones en el elemento a producir.

e)

Se han realizado listados de material confeccionados a partir de los distintos productos de aserrado disponibles (tabla, tablón, tablilla, listones y recortes).

f)

Se ha seleccionado el sistema de protección de la madera (acabado superficial, sales y autoclave, entre otros) en función del producto a obtener en la primera transformación.

g)

Se ha calculado la humedad de la madera a través del manejo de útiles e instrumentos de medición específicos.

h)

Se ha seleccionado el tipo de madera a utilizar en función del tipo de esfuerzo mecánico a soportar y las características de la misma.

i)

Se han realizado ensayos sencillos de laboratorio para evaluar el cumplimiento de las normas de calidad.

2. Selecciona productos derivados de la madera y otros materiales utilizados en carpintería y mueble, justificando su aplicación en función del resultado a obtener.

Criterios de evaluación:

a)

Se han identificado los tableros por su nombre comercial en función de sus características y aplicación.

b)

Se han seleccionado chapas y materiales de revestimiento en función de sus características y aplicación.

c)

Se han seleccionado los vidrios en función de sus características y espacio a cerrar.

d)

Se han seleccionado los adhesivos en función del material a unir y del proceso de juntado.

e)

Se han escogido materiales complementarios de muebles y de instalaciones.

3. Caracteriza los procesos de transformación de la madera relacionando las especificaciones técnicas de los productos con las materias primas y recursos.

Criterios de evaluación:

a)

Se han identificado, a partir de muestras e ilustraciones, los principales sistemas de despiece y troceado de la madera, relacionándolos con los productos a obtener y las dimensiones de los mismos.

b)

Se han analizado los principales sistemas de secado y tratamiento de las maderas.

c)

Se han descrito e ilustrado los sistemas de obtención de chapas, relacionándolos con los productos obtenidos y sus características.

d)

Se han diferenciado los distintos sistemas de fabricación de tableros, relacionándolos con los tipos obtenidos y su aplicación.

e)

Se han descrito los sistemas de fabricación de los distintos tipos de laminados decorativos, relacionándolos con sus características técnicas y con su campo de utilización.

f)

Se han elaborado esquemas con la configuración de empresas que fabrican elementos de carpintería (puertas, ventanas y barandillas).

g)

Se han elaborado esquemas con la configuración de empresas que fabrican mobiliario.

h)

Se han elaborado esquemas con la configuración de talleres de carpintería y ebanistería.

4. Caracteriza los principales procesos de fabricación de elementos de carpintería y mueble relacionándolos con los aspectos históricos, estéticos y funcionales.

Criterios de evaluación:

a)

Se han identificado, a partir de ejemplos e información técnica, los sistemas de fabricación de puertas, ventanas y marcos de madera.

b)

Se han identificado, a partir de ejemplos e información técnica, los sistemas de fabricación de escaleras, ventanas, barandillas y estructuras simples de madera.

c)

Se han identificado, a partir de muestras e información técnica, los sistemas de fabricación de juguetes, instrumentos musicales y objetos diversos de madera.

d)

Se han descrito sistemas de revestimiento de madera en suelos, techos y paredes, identificando sus componentes, sistemas de fabricación e instalación.

e)

Se han croquizado los componentes fundamentales de los muebles, relacionándolos con los materiales, estética, elementos decorativos, técnicas, funcionalidad y aplicación.

f)

Se han reconocido los principales estilos de mueble a partir de la información hallada en bibliografía y sitios web de Internet.

g)

Se han elaborado muestras con elementos significativos de muebles que identifican las características principales de estilo y de sus sistemas de construcción.

5. Reconoce los sistemas constructivos utilizados en la fabricación e instalación de carpintería y mueble relacionándolos con los elementos accesorios y de unión.

Criterios de evaluación:

a)

Se han descrito sistemas de construcción y los subconjuntos de muebles y elementos de carpintería.

b)

Se han descrito e ilustrado los sistemas de construcción y las partes de muebles.

c)

Se han identificado, a partir de muestras e información técnica, los sistemas de unión en los cajones y guías de los mismos.

d)

Se ha identificado, a partir de muestras e información técnica de apoyos (zócalos, nivelación de bases, regulaciones, entre otros), las distintas opciones.

e)

Se han identificado, a partir de muestras e información técnica, los elementos de unión (clavijas, galletas, espigas, puntas y tornillos, entre otros).

f)

Se han seleccionado herrajes para soluciones constructivas en base a catálogos y mediante programas informáticos de proveedores.

g)

Se han obtenido planos de montaje de herrajes para cada solución constructiva, a través de programas informáticos de proveedores de herrajes.

h)

Se han elaborado listados de proveedores de elementos de unión para cada solución constructiva a partir de sitios Web de Internet.

6. Identifica la normativa medioambiental sobre el uso de la madera reconociendo los sellos de calidad y valorando su contribución.

Criterios de evaluación:

a)

Se han analizado los principales tipos de bosque de España y su gestión de explotación, observando las diferencias entre las distintas especies de maderas más significativas.

b)

Se han confeccionado mapas representando la distribución geográfica mundial de las maderas más utilizadas en carpintería y mueble.

c)

Se ha llevado a cabo un estudio sobre la planificación de los aprovechamientos forestales de España.

d)

Se ha elaborado un listado de maderas debidamente documentadas que aporta el respeto al medio ambiente mediante algún sello de calidad y control (FSC y PEFC).

e)

Se ha descrito la madera más adecuada para cada trabajo en función de sus características y aplicación, rechazando las partidas de madera no certificadas.

f)

Se ha cumplimentado una base de datos de empresas que tienen integrados los sistemas de certificación del origen, aprovechamiento de sus maderas y subproductos.

Duración: 70 horas.

Contenidos básicos:

Identificación de tipos de madera:

– La madera. El árbol. Partes. Alimentación. Apeo.

– Estructura macroscópica y microscópica. Composición química.

– Maderas nacionales y de importación. Coníferas y frondosas.

– Clasificación. Normas españolas. Normas Europeas. Maderas aserradas en Finlandia y Suecia.

– Maderas de sierra. Medidas comerciales. Identificación. Aplicación industrial.

– Enfermedades y defectos de las maderas.

Criterios para la selección de productos derivados de la madera y materiales complementarios:

– Tableros de virutas, fibras y compuestos. Características físicas y mecánicas.

– Chapas de madera. Clases. Chapeado.

– Adhesivos. Tipos y sistemas de junta.

Caracterización de los procesos de transformación de la madera:

– Sistemas de despiece y troceado de la madera.

– Fabricación de tableros.

– Fabricación elementos de carpintería (puertas, ventanas, barandillas, entre otros).

– Fabricación mobiliario.

– Configuración de talleres de carpintería y ebanistería.

Caracterización de los procesos de fabricación de carpintería y mueble:

– Fabricación de puertas, ventanas y marcos de madera.

– Fabricación de escaleras, ventanas, barandillas y estructuras simples de madera.

– Revestimientos de madera en suelos, techos y paredes.

Reconocimiento de los principales sistemas constructivos:

– Tipos de mobiliario y sistemas constructivos.

– Estructuras simples. Entramado ligero, pesado y troncos.

Aplicación de la normativa ambiental referente al uso de la madera:

– Bosques. Especies de maderas. Distribución geográfica.

– Sistemas de certificación. PEFC. FSC. Normas y estándares internacionales.

Orientaciones pedagógicas. Este módulo profesional contiene la formación necesaria para desempeñar la función de Mantenimiento de estructuras de madera y mobiliario de embarcaciones de recreo.

La concreción de esta función incluye aspectos como:

– La identificación de maderas por su nombre comercial.

– La identificación de maderas con defectos o alteraciones.

– La selección y acopio de tableros y productos derivados.

– La caracterización de sistemas constructivos.

– La determinación del grado de humedad de la madera.

– El cumplimiento de la normativa medioambiental.

– La selección de herrajes y complementos específicos.

Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en:

– La adopción de soluciones constructivas en la fabricación de mobiliario y en la construcción y mantenimiento de embarcaciones de recreo de madera.

– La determinación de soluciones constructivas en montaje de elementos mobiliarios.

La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales a), b), c), d), f), g), h), i), j), l), m) y n) del ciclo formativo, y las competencias profesionales, personales y sociales a), b), c), e), h), i), j), l) y m) del título.

Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:

– La identificación de los principales tipos de madera y productos y subproductos derivados de estos empleados en embarcaciones.

– El reconocimiento de los principales sistemas constructivos empleados en estructuras de embarcaciones.

– El análisis de los procesos constructivo y la normativa de seguridad y medioambiental que se ha de aplicar.

– La aplicación de las normas de seguridad, prevención de riesgos laborales y medioambientales.

– El uso de actividades de aprendizaje que potencien el trabajo en equipo.

– El uso de actividades de aprendizaje que impliquen dar respuesta a contingencias planteadas y potencien el aprendizaje permanente.

Módulo profesional: Soluciones constructivas

Código: 0539

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

1. Elabora bocetos y croquis de elementos y productos de carpintería y mueble aportando soluciones a requerimientos establecidos.

Criterios de evaluación:

a)

Se ha seleccionado el sistema de representación gráfica para mostrar la solución constructiva.

b)

Se han preparado los instrumentos de representación y soportes necesarios.

c)

Se ha elaborado el croquis siguiendo las normas de representación gráfica.

d)

Se ha representado en el croquis la forma, dimensiones (cotas y tolerancias, entre otras), elementos normalizados y materiales.

e)

Se ha comprobado la funcionalidad de la solución.

f)

Se ha valorado la estética de la solución adoptada.

g)

Se ha valorado la proporcionalidad y el detalle del croquis.

h)

Se ha comprobado que el dimensionamiento de la solución se adecua a los requerimientos de resistencia y espacio.

i)

Se ha comprobado la factibilidad de ejecución de la solución.

2. Define soluciones de fabricación e instalación de carpintería y mueble justificando las características dimensionales y técnicas establecidas.

Criterios de evaluación:

a)

Se han recopilado los datos de partida.

b)

Se ha comprobado que la funcionalidad de la solución adoptada cumple con el uso previsto.

c)

Se han considerado los esfuerzos y solicitaciones a que se someterá el elemento o conjunto.

d)

Se han comprobado las condiciones y limitaciones de emplazamiento.

e)

Se han valorado las posibilidades de acceso al lugar y dimensiones máximas de los elementos.

f)

Se han identificado los materiales y productos necesarios.

g)

Se han previsto los recursos humanos necesarios.

h)

Se han previsto los medios de fabricación e instalación requeridos.

i)

Se ha tenido en cuenta el coste de fabricación.

3. Dibuja planos de elementos de carpintería y mueble aplicando normas de representación y utilizando programas de diseño.

Criterios de evaluación:

a)

Se han seleccionado los útiles, soportes y formatos más adecuados para la realización de los planos.

b)

Se ha seleccionado el sistema de representación a emplear.

c)

Se han representado los elementos de detalle (cortes y secciones, entre otros) suficientes.

d)

Se ha acotado de acuerdo a las normas y con claridad.

e)

Se han incorporado indicaciones y leyendas.

f)

Se han utilizado escalas y formatos normalizados.

g)

Se ha identificado el plano con su información característica.

h)

Se han manejado programas de diseño asistido por ordenador.

4. Elabora listas de materiales para fabricación y/o instalación de carpintería y mueble identificando piezas, componentes y accesorios.

Criterios de evaluación:

a)

Se ha identificado la totalidad del conjunto objeto de actuación.

b)

Se han valorado las diferentes posibilidades de elementos compatibles, existentes en el mercado.

c)

Se ha aplicado un criterio de referenciación.

d)

Se han clasificado las referencias en función de su material y proceso.

e)

Se han determinado las dimensiones en bruto de cada uno de los materiales.

f)

Se han aplicado las técnicas y los procedimientos requeridos.

5. Representa plantillas y piezas complejas para la fabricación e instalación de carpintería y mueble utilizando técnicas, materiales y procedimientos establecidos.

Criterios de evaluación:

a)

Se han identificado las partes singulares del elemento a construir y/o instalar.

b)

Se han seleccionado los elementos para la toma medidas de distancias y ángulos.

c)

Se ha seleccionado el soporte para la elaboración de la plantilla.

d)

Se han dibujado plantillas a escala natural.

e)

Se ha comprobado la optimización del aprovechamiento del material.

f)

Se han seleccionado los elementos adecuados para la fabricación de la plantilla.

g)

Se han realizado plantillas de los elementos que lo requieran.

h)

Se han respetado las normas de Seguridad y salud laboral.

Duración: 105 horas.

Contenidos básicos:

Elaboración de bocetos y croquis de productos de carpintería y mueble:

– Sistemas de representación gráfica.

– Instrumentos de dibujo a mano alzada.

– Normas de acotación.

Definición de soluciones de fabricación en instalación de carpintería y mueble:

– Sistemas constructivos.

– Definición de muebles y elementos de carpintería.

– Determinación de materiales y componentes.

Dibujo de elementos de carpintería y mueble:

– Normas de representación de dibujo técnico.

– Representación gráfica de elementos de carpintería y mueble.

– Diseño asistido por ordenador 2D.

Elaboración de listas de materiales:

– Diferenciación entre materia prima, pieza, subconjunto y conjunto.

– Referenciación de materiales. Sistemas.

– Herramientas de informática aplicada.

Representación de plantillas:

– Piezas complejas (curvas y dobles ángulos, entre otras).

– Toma de datos (coordenadas y ángulos, entre otros).

– Sistemas de elaboración de plantillas.

Orientaciones pedagógicas. Este módulo profesional contiene la formación necesaria para desempeñar la función de montaje y reparación de estructuras, cascos y montaje de mobiliario de madera en embarcaciones de recreo.

La concreción de esta función incluye aspectos como:

– La definición de soluciones constructivas y de fabricación.

– La representación de elementos y conjuntos de carpintería y mueble.

– La elaboración de listas de piezas para la fabricación.

– La representación y elaboración de plantillas para la fabricación de elementos complejos.

– El montaje y mantenimiento de embarcaciones de recreo de madera.

Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en:

La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales a), b), e), f), h), j), l), m) y n) del ciclo formativo, y las competencias profesionales, personales y sociales a), b), d), e), f), h), j), l) y m) del título.

Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:

– El análisis y uso de soluciones constructivas comunes utilizadas en el mantenimiento de estructuras, cascos y mobiliario de madera en embarcaciones de recreo.

– La elaboración a mano alzada de croquis de elementos estructuras, cascos y mobiliario de embarcaciones y, en su caso, utilizando programas informáticos básicos.

– La elaboración de listas de materiales, clasificando los mismos en función de diferentes procesos de fabricación.

– El uso de actividades de aprendizaje que potencien el trabajo en equipo.

– El uso de actividades de aprendizaje que impliquen dar respuesta a contingencias planteadas y potencien el aprendizaje permanente.

Módulo profesional: Operaciones básicas de carpintería

Código: 0540

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

1. Identifica los sistemas de ensamblado y unión relacionando sus prestaciones con el resultado estético y funcional a obtener.

Criterios de evaluación:

a)

Se han identificado los principales tipos de ensambles utilizados en carpintería.

b)

Se han relacionado las principales soluciones constructivas con sus aplicaciones.

c)

Se ha comprobado el nivel de resistencia mecánica en función del tipo de ensamble.

d)

Se ha seleccionado el material a emplear en función de las características mecánicas y estéticas del ensamble.

e)

Se han propuesto soluciones de ensamble alternativas que cumplan con la funcionalidad solicitada.

f)

Se ha establecido el procedimiento de elaboración del ensamble, relacionando las posibles soluciones.

2. Selecciona madera para la fabricación de elementos de carpintería justificando su elección en función del mecanizado a realizar y del resultado a obtener.

Criterios de evaluación:

a)

Se ha identificado la madera según las características principales establecidas en la documentación gráfica.

b)

Se ha controlado el grado de humedad de la madera.

c)

Se ha comprobado que la madera carece de defectos o, en su caso, estos permiten su utilización.

d)

Se han saneado los posibles pequeños defectos de la madera en función del resultado a obtener.

e)

Se ha comprobado que las dimensiones de las piezas a obtener se corresponden con los listados de materiales.

f)

Se ha optimizado el consumo de material en función de las dimensiones comerciales de la materia prima.

g)

Se han seleccionado las piezas por su aspecto estético (tonalidad, veteado, entre otros) y estructura (nudos y repelos, entre otros).

h)

Se han identificado los riesgos de manipulación en función del mecanizado a realizar.

3. Realiza operaciones de marcado y trazado interpretando documentación gráfica y aplicando técnicas de medición.

Criterios de evaluación:

a)

Se ha identificado la forma y dimensiones de las piezas a obtener a partir de la documentación técnica.

b)

Se han seleccionado los útiles de medición, marcado y trazado en función del trabajo a realizar.

c)

Se ha seleccionado la cara y el canto de las piezas en función de sus características (caras visibles y defectos, entre otros).

d)

Se han utilizado los signos convencionales de marcado y trazado (posición y emparejado, entre otros).

e)

Se ha comprobado que las medidas de los elementos marcados se corresponden con la documentación técnica.

4. Elabora piezas de carpintería mecanizando madera con herramientas manuales.

Criterios de evaluación:

a)

Se han relacionado las herramientas manuales con sus aplicaciones y manejo.

b)

Se ha posicionado el material según las características de la pieza a mecanizar (veta, posición de trabajo, acometida de la herramienta, entre otros).

c)

Se han fijado las piezas a mecanizar mediante útiles de apriete (gatos y prensas, entre otros).

d)

Se ha efectuado el mecanizado en condiciones de seguridad y salud laboral.

e)

Se han obtenido las piezas con las características requeridas.

f)

Se ha comprobado que las piezas resultantes mantienen los márgenes de tolerancia admisibles.

g)

Se ha realizado el mantenimiento de las herramientas manuales.

h)

Se han empleado los EPI en función del tipo de mecanizado realizado.

i)

Se han utilizado las herramientas manuales de acuerdo a las buenas prácticas (ergonomía, sujeción, ajuste, preparación, puesta a punto y afilado, entre otras).

5. Elabora piezas de carpintería mecanizando madera mediante máquinas convencionales.

Criterios de evaluación:

a)

Se han relacionado las máquinas convencionales con los procesos de mecanizado.

b)

Se han caracterizado los distintos componentes de las máquinas describiendo su función.

c)

Se ha seleccionado la maquinaria en función de las operaciones de mecanizado a realizar.

d)

Se han dispuesto las protecciones correspondientes a máquinas y útiles en función del mecanizado a realizar.

e)

Se ha verificado la colocación y sujeción de los elementos y útiles de seguridad (alimentador, protecciones y topes, entre otros).

f)

Se han ajustado los parámetros de máquina en función de las características del mecanizado a realizar.

g)

Se ha verificado la puesta a punto de la máquina.

h)

Se ha comprobado que la primera pieza cumple las características técnicas especificadas.

i)

Se ha considerado las características del material (caras de referencia, veta y entrada de pieza, entre otros) en el proceso de mecanizado.

j)

Se han empleado los EPI en función del tipo de mecanizado realizado.

k)

Se ha mecanizado de acuerdo a las buenas prácticas (ergonomía, sujeción, ajuste, preparación y puesta a punto, afilado, entre otras).

l)

Se ha comprobado que la calidad del mecanizado se mantiene durante el proceso.

6. Compone conjuntos de carpintería ajustando sus elementos según la documentación técnica.

Criterios de evaluación:

a)

Se ha establecido la secuencia de las operaciones de montaje.

b)

Se han posicionado las piezas de acuerdo a las especificaciones técnicas de montaje (instrucciones, planos de conjunto y hojas de ruta, entre otras).

c)

Se han seleccionado las herramientas y maquinaria necesaria para la composición.

d)

Se han evitado deformaciones durante el montaje y prensado (alabeos y descuadrado, entre otros).

e)

Se ha comprobado que los conjuntos y subconjuntos resultantes cumplen los márgenes de tolerancia admisibles.

f)

Se han mantenido las superficies libres de grasas, adhesivos y polvo, entre otros.

g)

Se ha comprobado la calidad del conjunto, realizándose los ajustes para que el conjunto cumpla las especificaciones establecidas (mediante manipulación de herrajes, cepillado, lijado y encerado, entre otras).

h)

Se ha mantenido limpia y ordenada la zona de trabajo.

7. Realiza el mantenimiento operativo de herramientas y máquinas convencionales aplicando procedimientos establecidos.

Criterios de evaluación:

a)

Se ha realizado las operaciones de mantenimiento de las herramientas manuales (afilado de formones, gubias y cuchillas, entre otras).

b)

Se ha identificado las operaciones de mantenimiento operativo en máquinas convencionales.

c)

Se ha realizado las operaciones de mantenimiento definidas en la maquinaria convencional (tensado de correas, cadenas, bandas y purgado de circuitos de aire comprimido, entre otras).

d)

Se ha mantenido la zona de trabajo limpia y ordenada en todo momento.

e)

Se han cambiado las herramientas de corte no operativas, cuchillas y sierras entre otras.

f)

Se ha generado un histórico de incidencias de máquina y operaciones de mantenimiento, entre otros.

g)

Se ha comprobado la calidad de los trabajos de mantenimiento realizados.

8. Cumple las normas de prevención de riesgos laborales y de protección ambiental, identificando los riesgos asociados, las medidas y equipos para prevenirlos.

Criterios de evaluación:

a)

Se han identificado los riesgos y el nivel de peligrosidad que supone la manipulación de los distintos materiales, herramientas, útiles, máquinas y medios de transporte.

b)

Se han identificado las causas más frecuentes de accidentes en la manipulación de materiales, herramientas, máquinas, útiles.

c)

Se ha relacionado los elementos de seguridad (protecciones, alarmas y paros de emergencia, entre otros) de las máquinas y los equipos de protección individual (calzado, protección ocular e indumentaria, entre otros) que se deben emplear con las distintas operaciones de mecanizado.

d)

Se ha relacionado la manipulación de materiales, herramientas y máquinas con las medidas de seguridad y protección personal requeridos.

e)

Se han determinado las medidas de seguridad y de protección personal que se deben adoptar en la preparación y ejecución de las operaciones de mecanizado.

f)

Se ha valorado el orden y la limpieza de instalaciones y equipos como primer factor de prevención de riesgos.

g)

Se han operado las máquinas respetando las normas de seguridad.

h)

Se han identificado las posibles fuentes de contaminación del entorno ambiental.

i)

Se han gestionado los residuos generados.

Duración: 140 horas.

Contenidos básicos:

Identificación de sistemas de ensamblado y unión:

– Características. Tipos. Aplicaciones.

– Simbología empleada en el dibujo de piezas.

– Interpretación de vistas, secciones y perspectivas de piezas y conjuntos simples.

– Sistemas de unión. Ensambles. Empalmes. Acoplamientos. Descripción.

Selección de la madera para la fabricación de elementos de carpintería:

– Identificación de la madera. Tipos.

– Despiezos. Escuadrías. Cubicación.

Realización de marcado, trazado y medición:

– Herramientas para medir, marcar y trazar. Manejo.

– Útiles de trazado.

– Operaciones de trazado y marcado con útiles.

Elaboración de piezas de carpintería con herramientas manuales:

– Herramientas manuales. Tipos y características. Aplicaciones.

– Mecanizado manual. Aplicaciones. Características de las piezas obtenidas.

– Medios auxiliares para el mecanizado. Banco de trabajo. Prensas. Soportes.

– Operaciones de mecanizado con herramientas. Secuencias. Procedimientos.

– Seguridad en las operaciones con herramientas manuales. Riesgos. Medidas de prevención.

Elaboración de piezas de carpintería con máquinas convencionales:

– Máquinas convencionales. Tipos. Características. Funcionamiento. Aplicaciones.

– Preparación de las máquinas. Colocación de herramientas y útiles. Regulación de parámetros.

– Operaciones de mecanizado. Secuencias.

– Seguridad en el mecanizado con máquinas convencionales. Riesgos. Medidas de protección.

Composición de conjuntos de carpintería:

– Útiles de montaje. Tipos.

– Adhesivos. Encolado.

– Ensamblado. Comprobación de conjuntos. Ajuste.

– Prensado. Disposición/situación de los elementos de apriete.

Mantenimiento de herramientas y máquinas:

– Manuales mantenimiento.

– Operaciones de mantenimiento.

– Mantenimiento operativo y preventivo.

Prevención de riesgos laborales y protección ambiental:

– Identificación de riesgos.

– Determinación de las medidas de prevención de riesgos laborales.

– Prevención de riesgos laborales en las operaciones de mecanizado.

– Sistemas de seguridad aplicados a las máquinas de mecanizado.

– Equipos de protección individual.

Orientaciones pedagógicas. Este módulo profesional contiene la formación necesaria para desempeñar la función de mantenimiento de estructuras, cascos y mobiliario de madera de embarcaciones de recreo, aplicando operaciones básicas de carpintería.

La concreción de esta función incluye aspectos tales como:

– La identificación de diferentes sistemas de ensamblado y unión.

– La identificación y selección de materiales.

– La identificación y uso de herramientas y útiles de taller.

– La caracterización de reparaciones tipo en muebles, estructuras y casco de embarcaciones.

– La asignación de recursos materiales a diferentes procesos de mantenimiento.

– El uso seguro de diferentes equipos en las operaciones de mecanizado.

Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en:

– La elección de las materias primas.

– El mecanizado de elementos de madera utilizando herramientas manuales y máquinas convencionales.

– La utilización de elementos mecanizados para obtener conjuntos de carpintería.

La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales a), b), e), g), i), j), l), m) y n) del ciclo formativo, y las competencias profesionales, personales y sociales a), b), e), g), i), j), l) y m) del título.

Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:

– El uso de diferentes técnicas de mecanizado empleando equipos y herramientas manuales.

– El análisis de operaciones tipo empleadas en el mantenimiento de estructuras, cascos y mobiliario de madera en embarcaciones.

– La colocación de herrajes en muebles resaltando la importancia de no crear daños secundarios.

– El desarrollo de técnicas de comunicación apropiadas al contexto de trabajo.

– El uso de actividades de aprendizaje que potencien el trabajo en equipo.

– El uso de actividades de aprendizaje que impliquen dar respuesta a contingencias planteadas y potencien el aprendizaje permanente.

Módulo profesional: Operaciones básicas de mobiliario

Código: 0541

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

1. Selecciona materiales para la fabricación de muebles justificando su elección en función de las características del producto.

Criterios de evaluación:

a)

Se ha identificado el material atendiendo a las características técnicas establecidas en la documentación gráfica.

b)

Se ha comprobado que los materiales carecen de defectos o, en su caso, estos permiten su utilización.

c)

Se han corregido los posibles defectos del material en función del resultado a obtener.

d)

Se ha comprobado que las dimensiones de las piezas a obtener se corresponden con los listados de materiales.

e)

Se ha optimizado el consumo de material en función de las dimensiones comerciales de los materiales a mecanizar.

f)

Se han identificado los riesgos de manipulación en función del material a mecanizar y del mecanizado a realizar.

2. Elabora plantillas aplicando técnicas de marcado, corte y acabado.

Criterios de evaluación:

a)

Se ha identificado la forma y dimensiones de las plantillas a desarrollar mediante la interpretación de la documentación gráfica.

b)

Se ha seleccionado el material base de acuerdo a las características de las plantillas a realizar.

c)

Se ha seleccionado el procedimiento gráfico en función de las formas y dimensiones de la pieza a elaborar.

d)

Se han desarrollado las formas geométricas aplicando los procedimientos gráficos establecidos.

e)

Se han seleccionado los instrumentos de trazar y marcar requeridos en cada caso.

f)

Se han deducido las correcciones necesarias en el trazado, en función de las deformaciones que pueden sufrir los elementos en su proceso constructivo.

g)

Se ha trazado considerando las variables del proceso constructivo (preparación de bordes, tipo de corte, sangría del corte y criterios de aprovechamiento de material, entre otros).

h)

Se ha verificado que los trazados y marcados realizados cumplen con las especificaciones definidas.

i)

Se ha realizado el mecanizado respetando los trazos marcados con la calidad requerida.

j)

Se ha realizado el acabado de las plantillas en función de la documentación técnica.

3. Mecaniza piezas de mobiliario utilizando máquinas portátiles.

Criterios de evaluación:

a)

Se ha identificado la maquinaria portátil empleada en la fabricación de mobiliario describiendo sus elementos constitutivos.

b)

Se han seleccionado la herramienta que es preciso utilizar en función de la maquinaria portátil disponible y las características del mecanizado.

c)

Se ha preparado la maquinaria portátil ajustando sus útiles.

d)

Se ha comprobado el estado y la colocación de los útiles (discos de corte, fresas y brocas, entre otros).

e)

Se han verificado los parámetros de trabajo en la máquinas portátiles (perpendicular o ángulo, profundidad y/o entrada, par de apriete y sentido de giro, entre otros).

f)

Se ha seleccionado el abrasivo en función de las características superficiales a obtener.

g)

Se ha dispuesto y sujetado el material con los útiles adecuados.

h)

Se ha realizado el mecanizado respetado de trazos y mediciones.

4. Mecaniza piezas de mobiliario utilizando máquinas convencionales.

Criterios de evaluación:

a)

Se han relacionado las máquinas convencionales con los procesos de mecanizado de mobiliario.

b)

Se han caracterizado los distintos componentes de las máquinas describiendo su función.

c)

Se ha seleccionado la maquinaria en función de las operaciones de mecanizado a realizar.

d)

Se han dispuesto las protecciones correspondientes a máquinas y útiles en función del mecanizado a realizar.

e)

Se ha verificado la colocación y sujeción de los elementos y útiles de seguridad (alimentador, protecciones y topes, entre otros).

f)

Se han ajustado los parámetros de máquina en función de las características del mecanizado a realizar.

g)

Se ha verificado la puesta a punto de la máquina.

h)

Se ha comprobado que la primera pieza cumple las características técnicas especificadas.

i)

Se han empleado los EPI en función del tipo de mecanizado realizado.

j)

Se ha mecanizado de acuerdo a las buenas prácticas (ergonomía, sujeción, ajuste, preparación, puesta a punto y afilado, entre otras).

k)

Se ha comprobado que la calidad del mecanizado se mantiene durante el proceso.

l)

Se ha mantenido el área de trabajo limpia y en orden.

5. Monta elementos de mobiliario ubicando y fijando sus piezas de acuerdo a la documentación técnica.

Criterios de evaluación:

a)

Se han identificado los sistemas de unión (adhesivo, herraje y tortillería, entre otros) valorando su adecuación y aplicación en cada caso.

b)

Se han trazado las secuencias de las operaciones de montaje de mobiliario.

c)

Se han situado las piezas en el orden y posición establecidos para realizar el montaje.

d)

Se han seleccionado las herramientas y maquinaria necesaria para el armado, comprobando su correcto funcionamiento.

e)

Se han ajustado las piezas sin producirse distorsiones o/y alabeos en el conjunto, efectuando comprobaciones.

f)

Se ha aplicado adhesivo con útiles, realizando la limpieza posterior.

g)

Se ha operado con los útiles de prensado realizando las comprobaciones necesarias.

h)

Se han realizado las uniones y fijaciones de las piezas utilizando los elementos establecidos.

i)

Se ha comprobado la estructura y las dimensiones del conjunto.

j)

Se han realizado las correcciones que permitan que el conjunto esté dentro de las tolerancias permitidas.

6. Realiza el mantenimiento operativo de máquinas portátiles y convencionales, aplicando procedimientos establecidos.

Criterios de evaluación:

a)

Se han identificado las operaciones de mantenimiento operativo en máquinas portátiles y convencionales.

b)

Se han realizado las operaciones de mantenimiento de las máquinas portátiles (limpieza, engrasado y cambios de herramienta, entre otras).

c)

Se han realizado las operaciones de mantenimiento definidas en la maquinaria convencional (tensado de correas, cadenas, bandas y purgado de circuitos de aire comprimido, entre otras).

d)

Se ha mantenido la zona de trabajo limpia y ordenada.

e)

Se han sustituido las herramientas de corte (cuchillas y sierras, entre otras) no operativas.

f)

Se ha generado un histórico de incidencias de máquina y operaciones de mantenimiento entre otros.

g)

Se ha comprobado la calidad de los trabajos de mantenimiento realizados.

7. Cumple las normas de prevención de riesgos laborales y de protección ambiental, identificando los riesgos asociados, las medidas y equipos para prevenirlos.

Criterios de evaluación:

a)

Se han identificado los riesgos y el nivel de peligrosidad que suponen la manipulación de los distintos materiales, herramientas, útiles, máquinas y medios de transporte.

b)

Se han identificado las causas más frecuentes de accidentes en la manipulación de materiales, herramientas, máquinas y útiles.

c)

Se han relacionado los elementos de seguridad (protecciones, alarmas, paros de emergencia, entre otros) de las máquinas y los equipos de protección individual (calzado, protección ocular e indumentaria, entre otros) que se deben emplear con las distintas operaciones de mecanizado.

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