Orden EFP/301/2019, de 11 de marzo, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Enseñanza y Animación Sociodeportiva

Rango Orden
Publicación 2019-03-18
Última actualización 2024-07-01
Estado Vigente texto desactualizado
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Departamento Ministerio de Educación y Formación Profesional
Fuente BOE
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Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.

1 acto modificador · 2024-07-01, Orden EFD/659/2024, de 25 de junio, por la que se determina el currículo y se regulan det…

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El Real Decreto 653/2017, de 23 de junio, por el que se establece el título de Técnico Superior en Enseñanza y animación sociodeportiva y se fijan los aspectos básicos del currículo, actúa de conformidad con el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, que define en el artículo 9 la estructura de los títulos de formación profesional y de los cursos de especialización, tomando como base el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, las directrices fijadas por la Unión Europea y otros aspectos de interés social e implanta el mencionado título de Técnico Superior en Enseñanza y animación sociodeportiva.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece que las Administraciones educativas desarrollarán el currículo de los títulos de formación profesional, a partir del currículo básico y en las condiciones establecidas en su artículo 6 bis.4. Los centros docentes desarrollarán y completarán, en su caso y según lo establecido por las Administraciones educativas, el currículo de las diferentes etapas y ciclos en uso de su autonomía tal como se recoge en el capítulo II del título V de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.

El Real Decreto 653/2017, de 23 de junio, en su Disposición derogatoria única, deroga el Real Decreto 1262/1997, de 24 de julio, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas, establecido al amparo de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.

De conformidad con lo anterior y una vez que el Real Decreto 653/2017, de 23 de junio, ha fijado el perfil profesional del título de Técnico Superior en Enseñanza y animación sociodeportiva, los aspectos básicos del currículo y aquellos otros aspectos de la ordenación académica que aseguran una formación común y garantizan la validez de los títulos en todo el territorio nacional, procede ahora determinar, en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional, la ampliación y contextualización de los contenidos de los módulos profesionales incluidos en el título de Técnico Superior en Enseñanza y animación sociodeportiva, respetando el perfil profesional del mismo.

Las necesidades de un mercado de trabajo integrado en la Unión Europea requieren que las enseñanzas de formación profesional presten especial atención a los idiomas de los países miembros, incorporándolos en su oferta formativa. En este sentido, este ciclo formativo incorpora en el currículo formación en lengua inglesa, dando respuesta a lo dispuesto en el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio.

Asimismo, el currículo de este ciclo formativo se establece desde el respeto a la autonomía pedagógica, organizativa y de gestión de los centros que impartan formación profesional, impulsando estos el trabajo en equipo del profesorado y el desarrollo de planes de formación, investigación e innovación en su ámbito docente y las actuaciones que favorezcan la mejora continua de los procesos formativos.

Por otra parte, los centros de formación profesional desarrollarán el currículo establecido en esta orden, teniendo en cuenta las características del alumnado, con especial atención a las necesidades de las personas con discapacidad.

Finalmente, cabe precisar que el currículo de este ciclo formativo integra los aspectos científicos, tecnológicos y organizativos de las enseñanzas establecidas para lograr que el alumnado adquiera una visión global de los procesos productivos propios del perfil profesional del Técnico Superior en enseñanza y animación sociodeportiva.

Asimismo, cabe mencionar que esta orden se ajusta a los principios de buena regulación contenidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, en tanto que la misma persigue el interés general al facilitar la adecuación de la oferta formativa a las demandas de los sectores productivos, ampliar la oferta de formación profesional, avanzar en la integración de la formación profesional en el conjunto del sistema educativo y reforzar la cooperación entre las Administraciones educativas, así como con los agentes sociales y las empresas privadas; no existiendo ninguna alternativa regulatoria menos restrictiva de derechos, resulta coherente con el ordenamiento jurídico y permite una gestión más eficiente de los recursos públicos. Del mismo modo, durante el procedimiento de elaboración de la norma se ha permitido la participación activa de los potenciales destinatarios a través del trámite de audiencia e información pública y quedan justificados los objetivos que persigue la ley.

En el proceso de elaboración de esta orden ha emitido informe el Consejo Escolar del Estado.

Por todo lo anterior, en su virtud, dispongo:

CAPÍTULO I. Disposiciones generales

Artículo 1. Objeto.

Esta orden tiene por objeto determinar el currículo correspondiente al título de Técnico Superior en enseñanza y animación sociodeportiva, a partir del currículo básico establecido en el Real Decreto 653/2017, de 23 de junio, por el que se establece el título de Técnico Superior en enseñanza y animación sociodeportiva y se fijan los aspectos básicos del currículo.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

El currículo establecido en esta orden será de aplicación en el ámbito territorial de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

CAPÍTULO II. Currículo

Artículo 3. Currículo.

1. El currículo para las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo correspondiente al título de Técnico Superior en enseñanza y animación sociodeportiva, establecido en el Real Decreto 653/2017, de 23 de junio, queda determinado en los términos fijados en esta orden.

2. El perfil profesional del currículo, que viene expresado por la competencia general, las competencias profesionales, personales y sociales, y las cualificaciones y las unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, será el incluido en el título de Técnico Superior en enseñanza y animación sociodeportiva, referido en el apartado anterior.

3. Los objetivos generales del currículo del ciclo formativo, los objetivos de los módulos profesionales expresados en términos de resultados de aprendizaje y sus criterios de evaluación serán los incluidos en el título de Técnico Superior en enseñanza y animación sociodeportiva, referido en el apartado 1 de este artículo.

4. Los contenidos de los módulos profesionales que conforman este currículo, adaptados a la realidad socioeconómica así como a las perspectivas de desarrollo económico y social del entorno, serán los establecidos en el anexo I de esta orden.

Artículo 4. Adaptación al entorno socio-productivo.

1. El currículo del ciclo formativo regulado en esta orden se implantará teniendo en cuenta la realidad socioeconómica y las características geográficas, socio-productivas y laborales propias del entorno de implantación del título.

2. Los centros de formación profesional dispondrán de la necesaria autonomía pedagógica, organizativa y de gestión económica para el desarrollo de las enseñanzas y su adaptación a las características concretas del entorno socioeconómico, cultural y profesional.

3. Los centros autorizados para impartir este ciclo formativo concretarán y desarrollarán las medidas organizativas y curriculares que resulten más adecuadas a las características de su alumnado y de su entorno productivo, de manera flexible y en uso de su autonomía pedagógica, en el marco general del proyecto educativo, en los términos establecidos por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

4. El currículo del ciclo formativo regulado en esta orden se desarrollará en las programaciones didácticas o desarrollo curricular, potenciando o creando la cultura de prevención de riesgos laborales en los espacios donde se impartan los diferentes módulos profesionales, así como promoviendo una cultura de respeto ambiental, la excelencia en el trabajo, el cumplimiento de normas de calidad, la creatividad, la innovación, la igualdad de géneros y el respeto a la igualdad de oportunidades, el diseño para todos y la accesibilidad universal, especialmente en relación con las personas con discapacidad.

Artículo 5. Adaptación al entorno educativo.

1. Los centros de formación profesional gestionados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional desarrollarán el currículo establecido en esta orden, teniendo en cuenta las características del alumnado y del entorno, atendiendo especialmente a las personas con discapacidad, en condiciones de accesibilidad y con los recursos de apoyo necesarios para garantizar que este alumnado pueda cursar estas enseñanzas en las mismas condiciones que el resto.

2. Asimismo, las enseñanzas de este ciclo se impartirán con una metodología flexible y abierta, basada en el autoaprendizaje y adaptada a las condiciones, capacidades y necesidades personales del alumnado, de forma que permitan la conciliación del aprendizaje con otras actividades y responsabilidades.

Artículo 6. Duración y secuenciación de los módulos profesionales.

1. La duración total de las enseñanzas correspondientes a este ciclo formativo, incluido el módulo profesional de Formación en centros de trabajo, es de 2000 horas.

2. Los módulos profesionales de este ciclo formativo, cuando se oferten en régimen presencial, se organizarán en dos cursos académicos y se ajustarán a la secuenciación y distribución horaria semanal determinadas en el anexo II de esta orden.

3. El primer curso académico se desarrollará íntegramente en el centro educativo. Para poder cursar el segundo curso, será necesario haber superado los módulos profesionales que supongan en su conjunto, al menos, el ochenta por ciento de las horas del primer curso.

4. Se garantizará el derecho de matriculación de quienes hayan superado algún módulo profesional en otra Comunidad Autónoma en los términos establecidos en el artículo 48.3 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.

5. Con carácter general, durante el tercer trimestre del segundo curso, y una vez alcanzada la evaluación positiva en todos los módulos profesionales realizados en el centro educativo, se desarrollará el módulo profesional de Formación en centros de trabajo.

6. Excepcionalmente, y con el fin de facilitar la adaptación del número de personas matriculadas a la disponibilidad de puestos formativos en las empresas, aproximadamente la mitad del alumnado de segundo curso podrá desarrollar dicho módulo profesional de Formación en centros de trabajo durante el segundo trimestre del segundo curso, siempre y cuando hayan superado positivamente todos los módulos profesionales del primer curso académico.

7. Sin perjuicio de lo anterior y como consecuencia de la temporalidad de ciertas actividades económicas que puede impedir que el desarrollo del módulo profesional de Formación en centros de trabajo pueda ajustarse a los supuestos anteriores, este se podrá organizar en otros periodos coincidentes con el desarrollo de la actividad económica propia del perfil profesional del título.

8. En cualquier caso, la evaluación del módulo profesional de Formación en centros de trabajo quedará condicionada a la evaluación positiva del resto de los módulos profesionales del ciclo formativo.

Artículo 7. Módulo profesional de proyecto.

1. El módulo profesional de proyecto tiene un carácter interdisciplinar e incorpora las variables tecnológicas y organizativas relacionadas con los aspectos esenciales de la competencia profesional del título de Técnico Superior en enseñanza y animación sociodeportiva.

2. Con carácter general este módulo será impartido por el profesorado que ejerce la tutoría de formación en centros de trabajo.

3. El módulo profesional de proyecto se desarrollará durante el último periodo del ciclo formativo, compaginando la tutoría individual y la colectiva, de forma que, al menos, el 50 % de la duración total se lleve a cabo de forma presencial y se complete con la tutoría a distancia en la que se emplearán las tecnologías de la información y la comunicación.

4. En todo caso y antes del inicio del módulo profesional de Formación en centros de trabajo, el profesorado responsable deberá anticipar las actividades de enseñanza y aprendizaje que faciliten el desarrollo del módulo profesional de proyecto.

5. La evaluación de este módulo profesional quedará condicionada a la evaluación positiva del resto de los módulos profesionales del ciclo formativo, incluido el de Formación en centros de trabajo.

Artículo 8. Enseñanza bilingüe.

1. El currículo de este ciclo formativo incorpora la lengua inglesa de forma integrada al menos en dos módulos profesionales de entre los que componen la totalidad del ciclo formativo. Estos módulos se impartirán por el profesorado con atribución docente en los mismos y que, además, posea la habilitación lingüística correspondiente al nivel B2 del Marco Común Europeo de referencia para las lenguas.

2. Al objeto de garantizar que la enseñanza bilingüe se imparta en los dos cursos académicos del ciclo formativo de forma continuada, se elegirán módulos profesionales de ambos cursos.

3. Los módulos susceptibles de ser impartidos en lengua inglesa son los señalados el anexo III.

4. Como consecuencia de la mayor complejidad que supone la transmisión y recepción de enseñanzas en una lengua diferente a la materna, los módulos profesionales impartidos en lengua inglesa incrementarán su carga horaria lectiva, en tres horas semanales para el conjunto de los módulos que se impartan en el primer año y dos horas para los que se desarrollen durante el segundo curso. Además, el profesorado que imparta dichos módulos profesionales tendrá asignadas, en su horario individual, al menos tres horas semanales para su preparación. Estas horas tendrán el mismo carácter que las horas lectivas.

5. Con carácter excepcional y de forma transitoria hasta el año 2020, cuando el profesorado con atribución docente no cuente con el nivel de inglés exigido en estos módulos profesionales, compartirá un total de tres horas semanales para el conjunto de los módulos que se impartan en el primer año y dos horas para los que se desarrollen durante el segundo curso con un profesor o una profesora de la especialidad de inglés. En este supuesto, la programación de dichos módulos incluirán, al menos, una unidad de trabajo o didáctica que se desarrollará exclusivamente en lengua inglesa y el resto de unidades didácticas incorporarán actividades de enseñanza aprendizaje impartidas exclusivamente en inglés en ese tiempo asignado.

6. Con carácter excepcional, y para quienes lo soliciten, en el caso de alumnos o de alumnas con discapacidad que puedan presentar dificultades en su expresión oral (parálisis cerebral, sordera…) se establecerán medidas de flexibilización y/o alternativas en el requisito de impartición de módulos en lengua inglesa, de forma que puedan cursar todas las enseñanzas de los módulos profesionales en lengua castellana. Estas adaptaciones en ningún caso se tendrán en cuenta para minorar las calificaciones obtenidas.

CAPÍTULO III. Profesorado, espacios y equipamientos

Artículo 9. Titulaciones y acreditación de requisitos del profesorado.

1. Las especialidades del profesorado con atribución docente en los módulos profesionales que constituyen las enseñanzas establecidas para el título referido en el artículo 1 de esta orden, así como las titulaciones equivalentes a efectos de docencia, son las recogidas respectivamente en los anexos III A y III B del Real Decreto 653/2017, de 23 de junio.

2. Con objeto de garantizar el cumplimiento del artículo 12.3 del Real Decreto 653/2017, de 23 de junio, para la impartición de los módulos profesionales que lo conforman, se deberá acreditar que se cumple con todos los requisitos establecidos en el citado artículo, aportando la siguiente documentación:

a)

Fotocopia compulsada del título académico oficial exigido, de conformidad a las titulaciones incluidas en el anexo III C) del Real Decreto 653/2017, de 23 de junio. Cuando las enseñanzas conducentes a las titulaciones citadas no engloben los objetivos del módulo profesional que se desea impartir, además de la titulación se aportarán los documentos indicados en el apartado b) o c).

b)

Al objeto de justificar que las enseñanzas conducentes a la titulación aportada engloban los objetivos de los módulos profesionales que se pretende impartir:

1.º Certificación académica personal de los estudios realizados, original o fotocopia compulsada, expedida por un centro oficial, en la que consten las enseñanzas cursadas detallando las asignaturas y las calificaciones.

2.º Programas de los estudios aportados y cursados por la persona interesada, original o fotocopia compulsada de los mismos, sellados por la propia Universidad o Centro docente oficial o autorizado correspondiente.

c)

Al objeto de justificar mediante la experiencia laboral que, al menos durante tres años, ha desarrollado su actividad en el sector vinculado a la familia profesional, su duración se acreditará mediante el documento oficial justificativo correspondiente, al que se le añadirá:

1.º Certificación de la empresa u organismo empleador en la que conste específicamente la actividad desarrollada por la persona interesada. Esta actividad ha de estar relacionada implícitamente con los resultados de aprendizaje del módulo profesional que se pretende impartir.

2.º En el caso de quienes trabajan por cuenta propia, declaración de la persona interesada de las actividades más representativas relacionadas con los resultados de aprendizaje.

Artículo 10. Espacios y equipamientos.

Los espacios y equipamientos que deben reunir los centros de formación profesional, para permitir el desarrollo de las actividades de enseñanza, son los establecidos en el anexo IV de esta orden y deberán cumplir lo establecido en el artículo 11 del Real Decreto 653/2017, de 23 de junio, así como la normativa sobre igualdad de oportunidades, diseño para todos y accesibilidad universal, prevención de riesgos laborales y seguridad y salud en el puesto de trabajo.

CAPÍTULO IV. Otras ofertas y modalidad de estas enseñanzas

Artículo 11. Oferta a distancia.

1. Los módulos profesionales ofertados a distancia, cuando por sus características lo requieran, asegurarán al alumnado la consecución de todos los objetivos expresados en resultados de aprendizaje, mediante actividades presenciales.

2. Las Direcciones Provinciales y las Consejerías de Educación adoptarán las medidas necesarias y dictarán las instrucciones precisas a los centros que estén autorizados para impartir este ciclo formativo en régimen presencial, para la puesta en marcha y funcionamiento de la oferta del mismo a distancia.

3. Los centros autorizados para impartir enseñanzas de formación profesional a distancia contarán con materiales curriculares adecuados que se adaptarán a lo dispuesto en la disposición adicional cuarta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.

Artículo 12. Oferta combinada.

Con el objeto de responder a las necesidades e intereses personales y dar la posibilidad de compatibilizar la formación con la actividad laboral, con otras actividades o situaciones, la oferta de estas enseñanzas para las personas adultas y jóvenes en circunstancias especiales podrá ser combinada entre regímenes de enseñanza presencial y a distancia simultáneamente, siempre y cuando no se cursen los mismos módulos en las dos modalidades al mismo tiempo.

A tal efecto, se considerarán circunstancias especiales aquellas a las que se refieren los artículos 3.9 y 67. 1 de la Ley Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, u otras que determinen las administraciones educativas en el ámbito de sus competencias.

Artículo 13. Oferta para personas adultas.

1. Los módulos profesionales de este ciclo formativo asociados a unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales podrán ser objeto de una oferta modular destinada a las personas adultas.

2. Esta formación se desarrollará con una metodología abierta y flexible, adaptada a las condiciones, capacidades y necesidades personales que les permita la conciliación del aprendizaje con otras actividades y responsabilidades, cumpliendo lo previsto en el capítulo I del título IV del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio. Además, dicha formación será capitalizable para conseguir un título de formación profesional, para cuya obtención será necesario acreditar los requisitos de acceso establecidos.

3. Con el fin de conciliar el aprendizaje con otras actividades y responsabilidades, las Direcciones Provinciales y las Consejerías de Educación podrán establecer medidas específicas para cumplir lo dispuesto en el artículo 41 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, y posibilitar una oferta presencial y a distancia de forma simultánea.

4. Con el fin de promover la formación a lo largo de la vida, la Dirección General de Formación Profesional del Ministerio de Educación y Formación Profesional podrá autorizar a las Direcciones Provinciales y a las Consejerías de Educación la impartición, en los centros de su competencia, de módulos profesionales organizados en unidades formativas de menor duración. En este caso, cada resultado de aprendizaje, con sus criterios de evaluación y su correspondiente bloque de contenidos, será la unidad mínima e indivisible de partición.

Disposición adicional primera. Autorización para impartir estas enseñanzas.

Las Direcciones Provinciales y las Consejerías de Educación tramitarán ante la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional la autorización para poder impartir las enseñanzas de este ciclo formativo, de forma completa o parcial, en régimen presencial y a distancia, de los centros que lo soliciten y cumplan los requisitos exigidos conforme a la legislación vigente.

Disposición adicional segunda. Habilitación lingüística del profesorado de enseñanza bilingüe.

El profesorado que vaya a impartir docencia en lengua inglesa deberá estar en posesión, antes de la fecha de inicio de cada curso académico, de la habilitación lingüística correspondiente, a cuyo efecto el Ministerio de Educación y Formación Profesional llevará a cabo un procedimiento de habilitación antes del comienzo de cada curso.

Disposición adicional tercera. Formación del profesorado de enseñanza bilingüe.

Las Direcciones Provinciales y las Consejerías de Educación programarán cursos y actividades de formación en lengua inglesa destinados a todo el profesorado de formación profesional que vaya a impartir docencia en módulos profesionales susceptibles de ser impartidos en lengua inglesa, quienes tendrán la obligación de asistir a los mismos hasta que consigan la habilitación requerida. Estas medidas serán aplicables, al menos, hasta el año 2020.

La formación que se oferte será de tres tipos:

a)

Formación intensiva, mediante un curso realizado, preferentemente en la modalidad presencial, durante el mes de septiembre.

b)

Formación de larga duración a lo largo del año escolar, mediante un curso que combine la forma presencial y en línea, que se realizará fuera del horario de obligada permanencia en el centro formativo. Durante el periodo de realización del módulo profesional de Formación en centros de trabajo, este curso se intensificará y se realizará, en lo posible, dentro del horario de obligada permanencia en el centro.

c)

Formación en país anglófono, mediante cursos, que a ser posible incluirán visitas culturales y a instituciones y asistencia a conferencias, y que se realizará al final del curso una vez finalizadas las actividades escolares en los centros formativos.

Disposición transitoria única. Sustitución de títulos relacionados con estas enseñanzas.

1. El alumnado que, al finalizar el curso escolar 2018-2019, cumpla las condiciones requeridas para cursar el segundo curso del título de Técnico Superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas, amparado por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, y que no haya superado alguno de los módulos profesionales del primer curso del mencionado título, contará con dos convocatorias en cada uno de los dos años sucesivos para poder superar dichos módulos profesionales. Transcurrido dicho periodo, en el curso escolar 2021-2022, se le aplicarán las convalidaciones, para los módulos superados, establecidas en el artículo 15.1 del Real Decreto 653/2017, de 23 de junio, regulado por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.

2. Al alumnado que, al finalizar el curso escolar 2018-2019, no cumpla las condiciones requeridas para cursar el segundo curso del título de Técnico Superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas, amparado por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, se le aplicarán las convalidaciones establecidas en el artículo 15.1 del Real Decreto 653/2017, de 23 de junio, regulado por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.

3. El alumnado que, al finalizar el curso escolar 2019-2020, no cumpla las condiciones requeridas para obtener el título de Técnico Superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas, amparado por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, contará con dos convocatorias en cada uno de los dos años sucesivos para poder superar dichos módulos profesionales, a excepción del módulo de Formación en centro de trabajo para el que se dispondrá de un curso escolar suplementario. Al alumnado que transcurrido dicho periodo no hubiera obtenido el título se le aplicarán las convalidaciones, para los módulos superados, establecidas en el artículo 15.1 del Real Decreto 653/2017, de 23 de junio, regulado por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.

Disposición final primera. Aplicación de la orden.

Se autoriza al Secretario de Estado de Educación y Formación Profesional, en el ámbito de sus competencias, para adoptar las medidas y dictar las instrucciones necesarias para la aplicación de lo dispuesto en esta orden.

Disposición final segunda. Implantación de estas enseñanzas.

1. En el curso 2019-2020 se implantará el primer curso del ciclo formativo al que hace referencia el artículo 1 de esta orden y dejarán de impartirse las enseñanzas de primer curso amparadas por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, correspondientes al título de Técnico Superior en Técnico Superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas

2. En el curso 2020-2021 se implantará el segundo curso del ciclo formativo al que hace referencia el artículo 1 de esta orden y dejarán de impartirse las enseñanzas de segundo curso amparadas por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, correspondientes al título de Técnico Superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 11 de marzo de 2019.– La Ministra de Educación y Formación Profesional, María Isabel Celaá Diéguez.

ANEXO I. Módulos profesionales

1. Módulo profesional: Actividades de ocio y tiempo libre

Código: 1123

Contenidos:

a)

Planificación de proyectos de ocio y tiempo libre:

– Ocio y tiempo libre:

o Características del tiempo libre en la sociedad actual.

o Análisis de la sociedad y el tiempo libre.

o Diferencias entre ocio y tiempo libre.

– Pedagogía del ocio:

o Concepto.

o Características de la pedagogía del ocio.

o Finalidades de la pedagogía del ocio.

– Fundamentos pedagógicos de la educación en el tiempo libre.

– Ocio inclusivo. La ocupación del tiempo libre en las personas con discapacidad.

– Planificación de proyectos de ocio y tiempo libre.

– Planificación de proyectos de ocio y tiempo libre para colectivos específicos:

o Infancia.

o Juventud.

o Edad adulta.

o Personas de la tercera edad.

o Personas con discapacidad.

o Otros colectivos.

– Metodología de la animación de ocio y tiempo libre. Estrategias y técnicas.

– Análisis de recursos y equipamientos de ocio y tiempo libre. Centros de ocio y tiempo libre:

o Ludotecas. Marco legislativo. Estructura organizativa y funcional.

o Parques infantiles.

o Espacios de juego privado.

o Campamentos y granjas-escuelas.

o Club de ocio.

o Movimiento asociativo.

o Actividades de respiro.

o Hogares de mayores y club de ancianos.

o Balnearios.

o Otros.

– El papel del animador en las actividades de ocio y tiempo libre.

– Dinamización y coordinación de actividades de ocio y tiempo libre.

– Valoración del ocio y tiempo libre para la educación en valores.

b)

Organización de actividades de ocio y tiempo libre educativo:

– Pedagogía del juego. El valor educativo del juego.

– El juego:

o Tipos y funciones.

o Características.

o Evolución del juego.

– Uso del juego en la animación de ocio y tiempo libre.

– El juguete:

o Clasificación de los juguetes.

o Juego y juguete tradicional.

o Normativa de seguridad.

– Espacios de juego:

o Ludotecas. Marco legislativo. Estructura organizativa y funcional.

o Parques infantiles de ocio: espacios abiertos y cerrados.

– Tipos de actividades lúdicas:

o Macromontajes o grandes juegos.

o Actividades fuera de la escuela.

o La fiesta.

o Las veladas.

o Los pasacalles.

– Recursos lúdicos.

– Organización de espacios de ocio:

o Ludotecas.

o Albergues, campamentos y granjas escuelas.

o Espacios de juego en grandes superficies.

o Otros espacios (centros hospitalarios y clubs de ocio, entre otros).

– Organización y selección de materiales para las actividades de ocio y tiempo libre.

– Prevención y seguridad en espacios de ocio y tiempo libre.

– Valoración de la importancia de la generación de entornos seguros en las actividades de ocio y tiempo libre.

c)

Implementación de actividades de ocio y tiempo libre:

– Animación y técnicas de expresión.

– Creatividad, significado y recursos.

– Aplicación de técnicas para el desarrollo de la expresión oral, plástica, motriz, musical y audiovisual.

– Realización de actividades para el desarrollo de la expresión:

o Realización de actividades de expresión oral.

o Realización de actividades de expresión plástica.

o Realización de actividades de expresión motriz.

o Realización de actividades de expresión musical.

o Realización de actividades de expresión audiovisual.

– Juegos para el desarrollo de las habilidades sociales e intelectuales.

– Juegos para el desarrollo motor de la persona:

o Identificación de las habilidades motrices básicas: trepa, saltos, desplazamientos y lanzamientos.

o Juegos específicos para el desarrollo motor.

o Criterios de selección de los juegos según las posibilidades motrices de las personas usuarias.

– Los talleres en la educación del tiempo libre.

– Aplicaciones de los recursos audiovisuales e informáticos en la animación de ocio y tiempo libre.

– Diseño de actividades para el ocio y tiempo libre, a partir de recursos y técnicas expresivas.

– Adecuación de los recursos expresivos a las diferentes necesidades de los usuarios.

– Diseño de actividades de ocio y tiempo libre normalizadas para personas con discapacidad.

d)

Realización de actividades de ocio y tiempo libre en el medio natural:

– Educación ambiental:

o Características y principios de la educación ambiental.

o Ecología. Meteorología.

o Funciones del animador en la educación ambiental.

o Educación ambiental y sostenibilidad.

– Marco legislativo en las actividades al aire libre.

– Uso y mantenimiento de los recursos en el medio natural.

– Instalaciones para la práctica de actividades en el medio natural:

o Marco legislativo de uso de las instalaciones.

o Protocolos de seguridad e información a los usuarios.

– Organización y desarrollo de actividades para el medio natural.

– Técnicas de descubrimiento del entorno natural.

o Orientación en la naturaleza: técnicas y procedimientos. Mapa y brújula.

o Senderismo.

– Análisis y aplicación de recursos de excursionismo:

o Relieve.

o Previsión de itinerarios.

– Actividades de orientación en el medio natural:

o Juegos y carreras de orientación.

– Rutas y campamentos:

o Diseño, organización, materiales y medidas de seguridad.

o Rutas de reconocimiento del entorno.

o Adaptación a personas con discapacidad.

– Juegos y actividades medioambientales.

– Ecosistema urbano.

– Coordinación de los/as técnicos/as a su cargo:

o Pautas de intervención para las actividades.

– Prevención y seguridad en las actividades de ocio y tiempo libre en el medio natural.

– Situaciones de emergencia en el medio natural.

e)

Desarrollo de actividades de seguimiento y evaluación de las actividades de ocio y tiempo libre:

– Evaluación de proyectos de animación de ocio y tiempo libre:

o Características.

o Momentos de la evaluación.

– Técnicas e instrumentos para la realización de la evaluación en el ámbito del ocio y tiempo libre:

o Observación.

o Entrevistas.

o Cuestionarios.

– Indicadores de evaluación.

– Elaboración y cumplimentación de registros de seguimiento.

– Elaboración de memorias e informes.

– Importancia de la transmisión de la información para el desarrollo de proyectos de animación de ocio y tiempo libre.

– Gestión de calidad en los proyectos y actividades de ocio y tiempo libre.

2. Módulo profesional: Dinamización grupal

Código: 1124

Contenidos:

a)

Estrategias de creación de un grupo:

– Principios de intervención con grupos. Iniciación y dinamización de procesos grupales: aplicación de técnicas orientadas a la creación de grupos en situación de ocio.

– Análisis del ámbito de intervención de los técnicos superiores. Instalaciones hoteleras, campings, casas de colonias, campamentos, ludotecas, instalaciones deportivas y centros escolares en horario extraescolar, entre otros.

– Psicología social aplicada a grupos.

– Cognición social. Análisis de elementos relacionados con la cognición social: esquemas sociales y percepción social.

– Motivación social. Emociones y motivaciones.

– Grupo. Características. Elementos que forman un grupo. Tipos.

– Valoración del respeto al otro como principio de interacción en un grupo.

– Métodos activos y técnicas de participación grupal en animación turística. Importancia de la participación en la creación de grupos.

b)

Dinamización de grupo:

– Procesos y estructura de grupo:

o Elementos estáticos y dinámicos del grupo. Estáticos: tamaño del grupo, grado de homogeneidad, características psicosociales de los miembros, estatus y poder. Dinámicos: microentorno, recursos, redes comunicativas, influencia, normas, conflictos, afiliación, roles, sistemas ideológicos y naturaleza de las tareas.

– Fenómenos que afectan al grupo. La cohesión social. Factores que favorecen la cohesión grupal.

– El liderazgo:

o Tipos y funciones del liderazgo.

o Habilidades para el desarrollo del liderazgo.

o Liderazgo e inteligencia emocional.

– Fases de desarrollo de un grupo.

– Técnicas de dinámica de grupos como metodología de intervención. Espacios y medios necesarios.

– Aplicación de técnicas de grupo:

o Técnicas de presentación.

o Técnicas de motivación.

o Técnicas de trabajo.

o Técnicas de comunicación.

o Técnicas de resolución de conflictos.

o Técnicas finales o de evaluación.

– Papel del animador como iniciador y dinamizador de procesos grupales. Función relacional orientada al mantenimiento de un grupo: seguimiento grupal.

c)

Selección de técnicas de comunicación:

– El proceso de comunicación. Características y funciones: la interacción grupal, la retroalimentación, la comunicación interpersonal y la comunicación en grandes grupos.

– Elementos en el proceso de la comunicación.

– Estilos de comunicación. Asertividad.

– Sistemas de comunicación. Tipos de comunicación: verbal y no verbal.

– Aplicación de las nuevas tecnologías para la comunicación.

– Barreras en la comunicación:

o Dificultades más habituales. Comunicación y personas con discapacidad. Localización de las barreras: en el animador, en el usuario y en el entorno.

o Estrategias de superación de barreras y de potenciación de la comunicación.

– Habilidades sociales básicas de comunicación:

o Características generales de las habilidades básicas de comunicación. Pautas de conducta en la atención a los participantes.

o Escucha activa.

– Tipos de estrategias para valorar los diferentes sistemas de comunicación.

d)

Organización de equipos de trabajo:

– Coordinación y dinamización de equipos de trabajo dentro de una organización.

– El trabajo en equipo.

– Comunicación horizontal y vertical en el equipo de trabajo.

– Estrategias de distribución de tareas y funciones.

– Técnicas de motivación y apoyo en el desarrollo de las funciones de los miembros del equipo de trabajo.

– Conducción de reuniones. Tipos de reuniones. Técnicas.

– Técnicas de información, motivación y orientación dentro del equipo de trabajo:

o Formación de las personas que forman parte del equipo sobre las normas de seguridad de las actividades e instalaciones.

o Supervisión y seguimiento de las tareas y funciones.

– El ambiente de trabajo. Problemas relacionados con el ambiente de trabajo. Burning. Moobing.

– Valoración de la promoción de la igualdad en la generación de equipos de trabajo.

– Valoración de la importancia de los procesos de comunicación y coordinación dentro de un equipo de trabajo.

e)

Aplicación de estrategias de solución de conflictos:

– Los conflictos individuales y colectivos en el grupo. Causas y efectos en la integración grupal. Carácter del conflicto: funcional y disfuncional. Tipos de conflictos: de tareas, de relaciones y por los procesos.

– La toma de decisiones. Fases del proceso de toma de decisiones.

– Las actitudes de los grupos ante los conflictos.

– Las técnicas para la gestión y resolución del conflicto:

– Negociación y mediación.

o Debate, resolución de problemas y reestructuración cognitiva.

o Técnicas y procedimiento.

– La importancia de las estrategias de comunicación en la solución de problemas grupales.

f)

Evaluación de los procesos de grupo y de la propia competencia social:

– Recogida de datos. Técnicas.

– Evaluación de la competencia social.

– Evaluación de la estructura y procesos grupales. Técnicas de observación y sociometría básica. Evaluación de la situación y de la dinámica grupal.

– Aplicación de las técnicas de investigación social al trabajo con grupos.

– Análisis de estrategias e instrumentos para el estudio de grupos.

– Valoración de la autoevaluación como estrategia para la mejora de la competencia social.

3. Módulo profesional: Valoración de la condición física e intervención en accidentes

Código: 1136

Contenidos:

a)

Relación de la intensidad del ejercicio con los sistemas cardiorrespiratorio y de regulación:

– Actividad física y salud. Efectos de la actividad física sobre la salud. El estilo de vida. Concepto y tipos. Relación con el ejercicio físico:

o Vertiente psicológica del concepto salud en acondicionamiento físico.

o Vertiente social del concepto salud en acondicionamiento físico.

o Vertiente orgánica del concepto salud en acondicionamiento físico. Salud percibida.

– Hábitos no saludables y conductas de riesgo para la salud.

– Contraindicaciones absolutas o relativas de la práctica de actividad física.

– Funciones orgánicas y adaptaciones al ejercicio físico:

o Metabolismo energético. Sistemas de producción de energía. Utilización de los sistemas e intensidad del ejercicio físico. Los productos de desecho en los procesos de obtención de energía para el ejercicio físico.

o Sistema cardiorrespiratorio. Funcionamiento y adaptaciones agudas y crónicas en diferentes tipos de ejercicio físico. Factores de la condición física relacionados con el funcionamiento del sistema cardiorrespiratorio.

o Sistema de regulación. Función nerviosa y función hormonal en distintos tipos de ejercicio físico. Maduración hormonal e intensidad del ejercicio.

– La fatiga. Mecanismos de fatiga: aspectos hormonales, inmunitarios y patológicos de la fatiga. Percepción de la fatiga y percepción de la recuperación. Síndrome de sobreentrenamiento: diagnóstico, prevención y tratamiento. Relación trabajo/descanso como factor en las adaptaciones fisiológicas.

– El equilibrio hídrico: rehidratación y ejercicio físico.

– Termorregulación y ejercicio físico: mecanismos de regulación. La termorregulación en el medio acuático.

b)

Relación de la mecánica del ejercicio con el sistema músculo-esquelético:

– Sistema músculo-esquelético:

o Anatomía del sistema osteoarticular y del sistema muscular. Características mecánicas y funcionales de las articulaciones. Cadenas musculares y fascias. El músculo: tipos, elementos pasivos y activos. Funciones del músculo y del tendón.

o Reflejos relacionados con el tono y los estiramientos.

o Adaptaciones agudas y crónicas del sistema músculo-esquelético a diferentes tipos de ejercicio físico. Hipertrofia, hiperplasia, tonificación, distensibilidad muscular y movilidad articular, entre otros.

– Comportamiento mecánico del sistema músculo-esquelético:

o Biomecánica de la postura y del movimiento. Tipos de contracción muscular y biomecánica de la contracción muscular.

o Análisis de los movimientos. Ejes, planos, intervención muscular y grados de libertad fisiológicos en los movimientos articulares. Sistemas de palancas en el aparato locomotor. Descripción y demostración de los movimientos.

o Sistema de representación de los movimientos. Nomenclatura y terminología. Usos de las tecnologías en la representación de movimientos.

– Construcción de ejercicios a partir de los movimientos. Factores de la condición física relacionados con:

o Ejercicios de fuerza. Diseño y adaptación a diferentes niveles. Factores: postura global y segmentaria, acciones musculares y tipo de contracción durante las fases de ejecución, efecto de la acción de la gravedad sobre el tipo de contracción, ritmo, velocidad, amplitud y tipo de cargas.

o Ejercicios por parejas o en grupo. Precauciones, localización, agarres y acciones externas.

o Ejercicios de amplitud de movimiento. Diseño y adaptación a diferentes niveles. Factores: rango de amplitud de las articulaciones en cada plano o eje, tipo de ejercicio, acciones musculares durante las fases de ejecución, tiempo de mantenimiento de posturas, ritmo, velocidad y amplitud. Precauciones, localización, agarres y acciones externas. Consignas de interpretación de las sensaciones propioceptivas. Ejercicios por parejas o en grupo.

c)

Elaboración de programas de acondicionamiento físico básico:

– Factores de la condición física y motriz. Condición física, capacidades físicas y capacidades perceptivo-motrices. Capacidad física y rendimiento deportivo versus capacidad física y salud:

o Capacidad aeróbica y anaeróbica. Sistemas orgánicos implicados en su desarrollo.

o Fuerza. Tipos de fuerza y sistemas orgánicos implicados en su desarrollo.

o Amplitud de movimiento, movilidad articular y elasticidad muscular.

o Velocidad. Tipos.

o Capacidades perceptivo-motrices: propiocepción, esquema corporal, espacialidad, temporalidad, estructuración espacio-temporal, equilibrio y coordinación.

– Metodología del entrenamiento. Aplicación de los principios del entrenamiento en los métodos de mejora de las capacidades físicas. Efectos sobre la composición corporal.

– Principios generales del desarrollo de las capacidades físicas.

– Desarrollo de las capacidades aeróbica y anaeróbica: sistemas y medios de entrenamiento. Métodos continuos y métodos fraccionados. Márgenes de esfuerzo para la salud.

– Desarrollo de la fuerza: sistemas y medios de entrenamiento. Métodos: intensivo, isométrico, isocinético y extensivo. Electroestimulación y vibraciones, entre otros. Márgenes de esfuerzo para la salud.

– Desarrollo de la amplitud de movimientos: sistemas y medios de entrenamiento. Métodos activos, pasivos y asistidos.

– Desarrollo integral de las capacidades físicas y las perceptivo-motrices.

– Actividades de acondicionamiento físico aplicadas a los diferentes niveles de autonomía personal. Limitaciones de autonomía funcional: factores limitantes del movimiento en función del tipo de discapacidad.

– Singularidades de la adaptación al esfuerzo y contraindicaciones en situaciones de limitación en la autonomía funcional.

– Discapacidad. Clasificaciones médico-deportivas: tipos y características. Organización y adaptación de recursos. Consideraciones básicas para la adaptación de materiales. Barreras arquitectónicas y adaptación de las instalaciones.

d)

Evaluación de la condición física y biológica:

– Ámbitos de la evaluación de la aptitud física. Test, pruebas y cuestionarios en función de la edad y del género. Ventajas y dificultades. Requisitos de los test de condición física. Cualidades de los datos obtenidos.

– Valoración antropométrica en el ámbito del acondicionamiento físico:

o Biotipología. Aplicación al ámbito de la actividad física. Pruebas antropométricas en actividades físicas y deportivas. Protocolos, mediciones e índices antropométricos y de robustez. Aplicación autónoma y colaboración con técnicos especialistas.

o Valoración de la composición corporal. Valores de referencia de la composición corporal en distintos tipos de usuarios. Modelos de composición corporal. Composición corporal y salud: índice de masa corporal, porcentaje de grasa corporal y patrón de distribución de la grasa corporal. Determinación de la composición corporal mediante los pliegues cutáneos. Determinación de la masa y la densidad ósea en poblaciones de riesgo.

– Pruebas de medición de capacidades perceptivo-motrices. Protocolos y aplicación de los tests de percepción espacial, de percepción temporal, de estructuración espacio-temporal, de esquema corporal, de coordinación y de equilibrio.

– Pruebas biológico-funcionales en el ámbito del acondicionamiento físico. Requisitos, protocolos, instrumentos y aparatos de medida. Aplicación autónoma o en colaboración con técnicos especialistas:

o Evaluación de la capacidad aeróbica y de la capacidad anaeróbica. Pruebas indirectas y tests de campo. Umbrales. Indicadores de riesgo.

o Evaluación de la velocidad. Pruebas específicas de evaluación: tiempo de reacción, velocidad segmentaria y capacidad de aceleración.

o Evaluación de las diferentes manifestaciones de la fuerza. Pruebas específicas de evaluación de la fuerza máxima, la fuerza veloz y la fuerza resistencia.

o Evaluación de la amplitud de movimiento. Pruebas específicas de movilidad articular y de elasticidad muscular.

– Valoración postural:

o Alteraciones posturales más frecuentes: recuperables y patológicas.

o Pruebas de análisis postural en el ámbito del acondicionamiento físico: protocolos, aplicación autónoma o en colaboración con técnicos especialistas. Instrumentos y aparatos de medida.

– Historial y valoración motivacional. Historial médico y deportivo del cliente o usuario. Integración de datos.

– La entrevista personal en el ámbito del acondicionamiento físico:

o Cuestionarios para la valoración inicial: ámbito de aplicación, modelos y fichas de registro.

o Dinámica relacional entrevistador-entrevistado: técnicas de entrevista personal en acondicionamiento físico.

– La observación como técnica básica de evaluación en las actividades de acondicionamiento físico.

– Normativa vigente de protección de datos. Criterios deontológicos profesionales de confidencialidad.

e)

Análisis e interpretación de datos:

– Registro de resultados en la aplicación de tests, pruebas y cuestionarios en el ámbito del acondicionamiento físico.

– Integración y tratamiento de la información obtenida: modelos de documentos y soportes.

– Recursos informáticos aplicados a la valoración y al registro de tests, pruebas y cuestionarios en el ámbito del acondicionamiento físico:

o Software y hardware genérico y específico de valoración y registro de tests, pruebas y cuestionarios en el ámbito del acondicionamiento físico.

– Aplicación del análisis de datos. Modelos de análisis cuantitativos y cualitativos.

– Estadística para la interpretación de datos obtenidos en los distintos tests y pruebas. Cruce de datos y relaciones entre las distintas variables. Ordenación, representación gráfica, normalización e interpretación de datos. Índices de correlación. Inferencias.

– Análisis del cuestionario y del historial. La prescripción del ejercicio desde otros especialistas. El análisis como base del diagnóstico para la elaboración de programas de mejora de la condición física. Elaboración del informe específico. Evaluación del estilo de vida del usuario. Evaluación de factores de riesgo. Información de fuentes externas y coordinación con otros especialistas.

– Flujo de la información: ubicación y comunicación de los datos elaborados.

f)

Integración de medidas complementarias para la mejora de la condición física:

– Medidas de recuperación del esfuerzo físico. Bases biológicas de la recuperación.

– Métodos y medios de recuperación de sustratos energéticos: del oxígeno, de niveles de mioglobina, de reservas musculares de fosfato, de creatina, de glucógeno muscular y hepático, y eliminación del lactato muscular.

– Medios y métodos de recuperación intra e intersesión: físicos (masaje, sauna, baños de contraste, agua fría e hidromasaje, entre otros) y fisioterapéuticos (electroterapia, terapia con calor de penetración, iontoforesis, terapia de corriente dinámica, estimulación nerviosa eléctrica transcutánea y estimulación eléctrica muscular, entre otros).

– Suplementos y fármacos.

– Ayudas psicológicas.

– Alimentación y nutrición:

o Clasificación y grupos de los alimentos. Nutrientes. Composición de los alimentos y principios inmediatos. Vitaminas, minerales y agua.

o Necesidades calóricas.

o Dieta equilibrada, recomendaciones RDA y dieta mediterránea.

o Necesidades alimentarias antes, durante y después del ejercicio físico, en función de los objetivos. Ayudas ergogénicas, reposición de agua, soluciones electrolíticas, equilibrio nutricional en la actividad física y alimentos funcionales.

o Ayudas para ganar y perder peso: dietas hipo e hipercalóricas.

o Consecuencias de una alimentación no saludable.

o Trastornos alimentarios.

g)

Valoración inicial de la asistencia en una urgencia:

– Urgencia y emergencia: sistemas de emergencia, sistemas integrales de urgencias y organización de sistemas.

– Protocolo de actuación frente a emergencias: evaluación inicial del paciente, planificación de la actuación, localización y formas de acceso, identificación de posibles riesgos, protección de la zona y acceso a la persona accidentada.

– Terminología médica o sanitaria de utilidad en primeros auxilios.

– Primer interviniente como parte de la cadena asistencial: conducta PAS (proteger, alertar y socorrer). Perfil del primer interviniente. Competencias.

– Objetivos y límites de la actuación del primer interviniente. Principios generales. Riesgos y protección. Seguridad en la intervención. Prevención de enfermedades y contagios.

– Sistemática de actuación: valoración del nivel de consciencia, comprobación de la ventilación y actuación frente a signos de riesgo vital.

– Actitudes, control de la ansiedad, marco legal, responsabilidad y ética profesional.

– El botiquín de primeros auxilios: instrumentos, material de cura y fármacos básicos.

h)

Aplicación de técnicas de soporte vital y primeros auxilios:

– Protocolos frente a obstrucción de vía aérea. Víctima consciente y víctima inconsciente.

– Fundamentos de la resucitación cardiopulmonar básica (RCPB). Instrumental, métodos y técnicas básicas.

– Actuación frente a parada respiratoria y cardiorrespiratoria: masaje cardiaco y desfibrilación externa semiautomática. Accesorios de apoyo a la ventilación y oxigenoterapia.

– Protocolos de RCPB en diferentes situaciones y frente a distintos perfiles de personas accidentadas: adultos (inconsciente con signos de actividad cardiaca, en parada respiratoria y en parada cardiorrespiratoria), colectivos especiales (lactantes, niños y embarazadas), muerte clínica y biológica y situaciones de ahogamiento.

– Atención inicial a las emergencias más frecuentes. Pautas de intervención en la aplicación de los primeros auxilios. Pautas para la no intervención.

– Valoración primaria y secundaria de la persona accidentada. Detección de lesiones, enfermedades y traumatismos. Causas, síntomas y signos: alteraciones de la consciencia, fiebre, vómitos y diarrea, desmayos, lipotimias, síncopes, shock, dolor abdominal y vientre en tabla, dolor torácico y otros.

– Tipos de lesiones. Clasificación, síntomas y signos. Tratamiento básico: hemorragias, heridas, quemaduras, accidentes eléctricos, accidentes acuáticos y traumatismos (esguinces, contusiones, luxaciones, fracturas, traumatismos torácicos, traumatismos craneoencefálicos, traumatismos de la columna vertebral, síndrome de aplastamiento y politraumatizados).

– Otras situaciones de urgencia: intoxicaciones, crisis anafiláctica, epilepsia y cuadros convulsivos, deshidratación, cuerpos extraños en la piel, ojos, oídos y nariz, pequeños traumatismos, urgencias materno-infantiles, accidentes de tráfico, accidentes domésticos y lesiones producidas por calor o por frío.

– Intervención prehospitalaria en accidentes en el medio acuático: intervención en función del grado de ahogamiento e intervención ante lesiones medulares.

i)

Métodos de movilización e inmovilización:

– Evaluación de la necesidad de efectuar el transporte por enfermedad repentina o accidente. Recogida de una persona lesionada. Principios básicos para el rescate.

– Métodos de movilización e inmovilización más adecuados en función de la patología: posiciones de seguridad.

– Traslado de personas accidentadas: confección de camillas utilizando medios convencionales o inespecíficos.

– Transporte de personas accidentadas a centros sanitarios. Posiciones de transporte seguro: técnicas de inmovilización y transporte de enfermos repentinos o accidentados utilizando medios convencionales y materiales inespecíficos o de fortuna.

– Emergencias colectivas y catástrofes: métodos de triage simple y norias de evacuación.

– Técnicas de apoyo psicológico para personas accidentadas y familiares:

o La comunicación en situaciones de crisis. Canales y tipos de comunicación. Comunicación asistente-accidentado y asistente-familia. Perfil psicológico de la víctima.

o Habilidades sociales en situaciones de crisis: escucha activa, respuesta funcional y comunicación operativa.

o Apoyo psicológico y autocontrol. Técnicas de autocontrol ante situaciones de estrés: mecanismos de defensa. Medidas, técnicas y estrategias de superación de situaciones de ansiedad, agresividad, angustia, duelo y estrés. Afrontamiento y autocuidado.

4. Módulo Profesional: Planificación de la animación sociodeportiva

Código: 1137

Contenidos:

a)

Análisis de la realidad en animación sociodeportiva:

– La animación. Aspectos históricos y conceptuales:

o Conceptos y definiciones de animación.

o Aspectos históricos y evolutivos de la animación.

o La animación sociodeportiva en el marco de la animación social.

o El movimiento olímpico como fenómeno de participación social. Sinergias con la animación sociodeportiva. Los valores olímpicos.

– Análisis general del público al que va destinada la animación según edad y desarrollo evolutivo, posibilidades de comunicación, lugar de procedencia y nivel socio-cultural.

– Métodos, técnicas e instrumentos de análisis de la realidad:

o Métodos y técnicas de recogida de la información y datos.

o Análisis de las principales fuentes y sistemas de registro de la información: observación, entrevista, cuestionario, encuesta y recopilación documental. Fiabilidad y validez de los métodos de obtención de la información.

o Uso de las TIC en el análisis de la realidad.

o Análisis e interpretación de datos.

o Valoración de los aspectos éticos de la recogida de información.

b)

Programación y diseño de proyectos de animación sociodeportiva:

– Modelo teórico en los proyectos de animación sociodeportiva.

– Criterios de programación: tipos de usuarios y clientes, objetivos que hay que cumplir, metodología, actividades más adecuadas, infraestructura, espacios y materiales que se van a utilizar.

– Diseño de proyectos de animación sociodeportiva: estructura del proyecto de animación por la adición de programas y encuadre de programas en ámbitos o sectores específicos.

– Definición de las medidas de prevención y seguridad en los proyectos de animación sociodeportiva.

– Adecuación y respuesta a las necesidades y expectativas de la demanda en el diseño de proyectos de animación sociodeportiva.

– Planificación en los proyectos de animación sociodeportiva.

– Complementariedad de programas de animación en función de su contexto: cultural, turístico y deportivo, entre otros.

– Modelos de proyectos de animación: urbanos, en el medio natural y mixtos, entre otros.

c)

Gestión de proyectos de animación sociodeportiva:

– Recursos humanos en proyectos de animación sociodeportiva:

o La gestión de los recursos humanos. Criterios de selección del personal en proyectos de animación sociodeportiva. Estimación de gastos de personal.

o El departamento de animación: configuración y funcionamiento.

o Puestos de trabajo que componen la estructura según la misión, las funciones y las tareas de los mismos.

o Las relaciones interdepartamentales e intradepartamentales: comunicación vertical y horizontal.

– Recursos materiales y espacios en proyectos de animación sociodeportiva:

o Espacios e instalaciones propios de la recreación: espacios habituales de recreación, espacios alternativos, instalaciones y equipamientos específicos de la recreación.

o La gestión de espacios en proyectos de animación sociodeportiva. Criterios para la determinación de espacios seguros. Normativa específica, responsabilidades, permisos, seguros y normativa medioambiental.

o Accesos y servicios adaptados a personas con discapacidad.

o Recursos materiales en recreación: materiales tradicionales, materiales alternativos y materiales reciclados.

o La gestión de recursos materiales en proyectos de animación sociodeportiva. Criterios para la determinación de materiales seguros. Normativa específica, responsabilidades, permisos, seguros y normativa medioambiental.

o Ayudas técnicas para personas con discapacidad.

o Ámbito de desarrollo de la animación: entidades, empresas y organismos demandantes de servicios de animación.

o Gestión de compras: análisis de las características de los recursos necesarios y selección de proveedores.

d)

Estrategias de promoción y difusión en proyectos de animación sociodeportiva:

– Publicidad y comunicación.

– Técnicas de promoción y comunicación: objetivos de la promoción.

– Uso de tecnologías de la información y la comunicación en la promoción y difusión de proyectos de animación.

– Acciones promocionales. Control presupuestario.

– Elaboración de materiales para la promoción y difusión de proyectos de animación: carteles, trípticos y propuestas para páginas web, entre otros.

– Soportes comunes. Criterios de utilización. Valoración económica.

e)

Evaluación de proyectos de animación sociodeportiva:

– Evaluación de proyectos de animación. Indicadores. Finalidades.

– Técnicas e instrumentos para la evaluación de proyectos de animación. Protocolos de aplicación, criterios de fiabilidad y validez.

– Los soportes informáticos en el tratamiento de la información.

– Valoración y análisis del servicio prestado: características del servicio, conceptos básicos de calidad de prestación de servicios, interpretación de resultados y elaboración de informes.

– La gestión de la calidad en los proyectos de animación. Aplicación de la retroalimentación en proyectos de animación sociodeportiva.

– Evaluación y seguimiento en las intervenciones para impulsar la igualdad entre hombres y mujeres.

5. Módulo profesional: Juegos y actividades físico-recreativas y de animación turística

Código: 1138

Contenidos:

a)

Programación de veladas, actividades culturales, eventos de juegos y actividades físico-recreativas:

– Instalaciones y entornos para el desarrollo de eventos de actividades físico-deportivas y recreativas, veladas y actividades culturales con fines de animación turística:

o Urbanas: instalaciones deportivas, colegios, equipamientos culturales, parques y jardines y edificios singulares, entre otros.

o Turísticas: hoteles, albergues, campings y casas rurales, entre otros.

o Medio natural: acuático y terrestre.

– Técnicas de promoción y publicitación.

– Colectivos diana en actividades de animación. Intereses y necesidades.

– Recursos culturales en el ámbito de la animación turística.

– Las veladas y los espectáculos en el contexto de un proyecto de animación. Niveles de participación requerida. Tipos de veladas y espectáculos (concursos y fiestas participativas, musicales, fiestas caracterizadas y shows externos, entre otros). Técnicas de programación. Objetivos. Criterios para la elaboración de guiones.

– El juego. Función recreativa y valor educativo. Juego y etapas evolutivas. Tipos de juegos, clasificaciones y utilización en diferentes contextos. Aproximación terminológica y conceptual. Definición y características. Teorías acerca del juego.

– Juegos motores y sensomotores.

– La sesión de juegos. Criterios para su elaboración:

o Coherencia fisiológica: alternancia y control de la intensidad.

o Coherencia afectivo-social: juegos de interacción y participación.

o Variabilidad en el tipo de juegos: competitivos y cooperativos.

o Proporcionalidad en la participación de los mecanismos de la tarea motriz: percepción, decisión y ejecución.

o Semejanza en la organización de los diferentes juegos para minimizar los tiempos de espera.

– Actividades físico-recreativas en diferentes ámbitos y contextos de animación. La recreación a través de las actividades físicas y deportivas.

– Juegos y actividades físico-recreativas en el medio natural. Características que deben reunir: globalidad, sostenibilidad, armonía y respeto por el medio.

– Eventos de juegos y actividades físico-recreativas.

– Protocolos de seguridad y prevención de riesgos. Coordinación con otros profesionales.

b)

Organización de recursos y medios para el desarrollo de las actividades de animación:

– Recursos culturales del entorno. Fuentes de información para la selección y análisis: recursos informáticos, fuentes bibliográficas y discográficas, material audiovisual y publicaciones de diferentes organismos e instituciones de ámbito local y regional, entre otros.

– La ficha de juegos y el fichero de juegos. Estructura y diseño.

– Espacios e instalaciones. Características para el desarrollo de actividades de animación en diferentes contextos.

– Materiales para la animación: características, uso y aplicación en diferentes contextos. Protocolos de utilización, criterios de organización y distribución (tipo, características y número de participantes, experiencia motriz y manipulativas, objetivos que se persiguen y estructura organizativa de la actividad). Funciones del material y protocolos de utilización.

– Mantenimiento y almacenamiento del material: supervisión, inventario, ubicación de los materiales, condiciones de almacenamiento y conservación.

– Organización de la actividad de animación. Ajuste a los objetivos previstos, a las características y expectativas de los participantes, al contexto y a las directrices de la entidad.

– Actos protocolarios en grandes eventos en el contexto de la animación. Sistemas de coordinación de personal y actividades. Etapas para la realización y producción de un montaje: escenografía, iluminación, sonido y efectos especiales. Materiales básicos en decoración. Rotulación y grafismo.

– Normativas aplicables a las actividades de animación. Normativa de seguridad en instalaciones turísticas y deportivas. Legislación de interés sobre responsabilidad en la tutela de grupos y responsabilidad civil. Aplicación de la ley de prevención de riesgos laborales a diferentes contextos de práctica de actividades físico-recreativas y de animación turística.

c)

Dirección y dinamización de eventos, juegos y actividades físico-deportivas y recreativas:

– Juegos motores y sensomotores: para el desarrollo de la competencia motriz (capacidades físicas, capacidades coordinativas y perceptivo-motrices y habilidades motrices básicas), de la competencia social (juegos cooperativos y competitivos) y de transmisión cultural (juegos y deportes populares y tradicionales, de calle y de patio). Espacios y materiales para la práctica: convencional, alternativo y reciclado, entre otros.

– Actividades físico-recreativas: acromontajes, actividades circenses, parcour, actividades físico-recreativas con soporte musical y juegos deportivo-recreativos, entre otros.

– Juegos y actividades físico-recreativas en el medio natural:

o Juegos de pistas y rastreo.

o Juegos nocturnos en grandes espacios abiertos.

o Grandes juegos motores de táctica y estrategia en espacios abiertos.

o Juegos de orientación. Cros de orientación.

o Actividades de equilibrio, trepa y destrepe: puente de mono, puente tibetano, tirolinas, rapel, bulder y travesía horizontal hasta 3 metros.

o Juegos en el agua: buceo sin bombonas, recorridos a nado por aguas abiertas, piragüismo en aguas tranquilas y stand up paddle, entre otros.

o Actividades físico-deportivas de playa: voley playa, fútbol playa, balonmano playa y palas, entre otras.

– Eventos de juegos y actividades físico-recreativas. Presentación de la información básica para la participación en eventos físico-deportivos y recreativos: normativas y reglamentos, sistemas de juego y competición.

o Jornadas de puertas abiertas y fiestas en instalaciones polideportivas, centros escolares, centros cívicos y geriátricos, entre otros.

o Olimpiadas temáticas y días temáticos.

– Funciones del animador en las sesiones y eventos de juegos y actividades físicas deportivas y recreativas: recepción y despedida de los grupos, dirección y dinamización de las actividades, control de material y reestructuración de los espacios y equipamientos.

– Metodología de la animación físico-deportiva y recreativa:

o Estrategias y actitudes del técnico animador para animar y motivar en la interacción grupal.

o Directrices, medios y normas para la dirección de eventos, actividades y juegos de animación físico-deportiva y recreativa.

o Pautas para la creación de un clima de trabajo positivo y gratificante.

o Pautas para favorecer la autonomía personal y la creatividad.

o Criterios para la propuesta de actividades alternativas en función de las características de los usuarios.

– Criterios para la observación y registro de juegos.

d)

Conducción de veladas y espectáculos:

– Técnicas de presentación: cualidades del presentador. Técnicas de comunicación verbal y no verbal. El animador showman. Técnicas de clown. Guion de presentación.

– Técnicas de expresión y representación: características y aplicación. Técnicas de expresión oral y manejo de micrófono.

– Baile y coreografía: composición de coreografías. Coreografías específicas para espectáculos.

– Actividades con pequeños materiales. Técnicas básicas y figuras sencillas en la globoflexia, entre otras.

– Técnicas escenográficas y decoración de espacios: la puesta en escena. Técnicas de iluminación, sonido y efectos especiales. Teatro de sombras.

– Teatro de marionetas y guiñol. Estrategias para la elaboración de guiones Técnicas básicas de construcción y manipulación. Reciclaje como alternativa en la construcción de marionetas.

– Técnicas de maquillaje y caracterización.

– Metodología de intervención en veladas y espectáculos: fases de la intervención. Análisis del grupo. Control de contingencias. Funciones del animador-showman. Recursos metodológicos. Trabajo en equipo.

– Supervisión del desarrollo de veladas y espectáculos.

e)

Dirección y dinamización de actividades culturales en animación turística:

– Presentación de las actividades culturales en el marco de la animación turística: vinculación con el entorno y con los centros de interés de los participantes.

– Recursos culturales en el ámbito de la animación turística: artes y costumbres populares, patrimonio histórico-artístico, ritos y leyendas, juegos autóctonos, fiestas populares, gastronomía y folclore local y regional.

– Funciones del animador de actividades culturales en la animación turística: recepción y despedida de los grupos, dirección y dinamización de las actividades, control de material y reestructuración de los espacios y equipamientos.

– Metodología de la animación de actividades culturales:

o Estrategias y actitudes del técnico animador para dinamizar y motivar en la interacción grupal.

o Directrices y medios para la dirección de actividades culturales con fines de animación turística.

o Pautas para la creación de un clima de trabajo positivo y gratificante.

o Pautas para favorecer la autonomía personal y la creatividad.

o Criterios para la propuesta de actividades alternativas en función de las características de los usuarios.

– Criterios para la observación y registro de actividades culturales.

f)

Evaluación de las actividades de animación:

– Evaluación de procesos y resultados de las actividades de animación:

o Espacios utilizados, instalaciones, instrumentos y material.

o Personal de la organización implicado.

o Desarrollo de la actividad.

o Elementos complementarios y auxiliares.

o Nivel de participación.

o Satisfacción de los participantes.

– Pautas para la evaluación de los elementos que componen la programación y la ejecución de las actividades de animación:

o Juegos y actividades físicas recreativas.

o Eventos de carácter físico-deportivo-recreativo.

o Actividades culturales para la animación turística.

o Veladas y espectáculos.

– Técnicas de diseño de instrumentos específicos de evaluación para las actividades de animación. Aplicación de instrumentos específicos de evaluación.

– Detección de necesidades de mejora derivadas de la evaluación. Elaboración de informes de evaluación.

6. Módulo profesional: Actividades físico-deportivas individuales

Código: 1139

Contenidos:

a)

Caracterización de las actividades físico-deportivas individuales:

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