Orden HAC/836/2021, de 9 de julio, por la que se aprueban las normas para la formulación de cuentas anuales consolidadas en el ámbito del sector público local
Para cada una de las combinaciones de negocios y operaciones de reestructuración empresarial reconocidas en las cuentas individuales de las entidades consolidadas por el método de integración global o proporcional sujetas al Plan General de Contabilidad que tengan lugar durante el ejercicio, se proporcionará la siguiente información:
Nombre y descripción de la entidad o entidades adquiridas.
Fecha de adquisición.
Forma jurídica empleada para llevar a cabo la combinación.
Razones principales que han motivado la combinación de negocios o la reestructuración empresarial, así como una descripción cualitativa de los factores que dan lugar al reconocimiento del fondo de comercio, tales como sinergias esperadas de las operaciones de combinación de la adquirida y la adquirente, activos intangibles que no cumplen las condiciones para su reconocimiento por separado u otros factores.
Criterios de valoración de los elementos patrimoniales objeto de la combinación de negocios cuando no se ha aplicado el valor contable.
8. Fondo de comercio de consolidación
Análisis del movimiento de esta partida, indicando:
− Saldo inicial (Importe bruto del mismo, el importe de las amortizaciones acumuladas y las correcciones valorativas por deterioro acumuladas al principio del ejercicio).
− Adiciones (El fondo de comercio adicional reconocido durante el periodo).
− La amortización del ejercicio y, en su caso, las correcciones valorativas por deterioro reconocidas durante el ejercicio. En particular se informará sobre las estimaciones realizadas para determinar la vida útil del fondo de comercio, y el método de amortización empleado.
− Cualesquiera otros cambios en el valor contable durante el ejercicio, y
− Saldo final (El importe bruto del fondo de comercio, el importe de las amortizaciones acumuladas, y las correcciones valorativas por deterioro acumuladas al final del ejercicio.)
Se deberán describir sintéticamente las operaciones que han originado las adiciones y reducciones que sean significativas.
Desglose del saldo final en función de las participaciones que han generado el fondo de comercio de consolidación.
9. Diferencia negativa de consolidación
Análisis de la composición de las siguientes partidas de la cuenta del resultado económico patrimonial consolidada: 18 «Diferencia negativa de consolidación de entidades consolidadas» y 28 «Diferencia negativa de consolidación de entidades puestas en equivalencia». Se deberán describir las razones por las que la transacción ha originado el saldo de estos epígrafes cuando sean significativos.
Desglose del saldo final en función de las participaciones que han generado las diferencias negativas de consolidación.
10. Socios externos
Se mostrará la siguiente información:
Desglose de este epígrafe indicando para cada entidad dependiente:
El movimiento acaecido en el ejercicio y las causas que lo han originado.
La composición del saldo al cierre del ejercicio, diferenciando entre su participación en el patrimonio generado, ajustes por cambios de valor y subvenciones recibidas pendientes de imputación a resultados.
Si la adquisición de la condición de entidad dependiente ha tenido lugar durante el ejercicio se informará del importe de los socios externos en la adquirida reconocidos en la fecha de adquisición.
Participación de los socios externos en el fondo de comercio contabilizado en las cuentas anuales consolidadas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25.1.d) de estas normas.
11. Modificaciones en el porcentaje de participación en entidades del grupo
Deberá informarse de los efectos en el patrimonio neto atribuible a la entidad dominante de aquellos cambios en la participación de la dominante en la propiedad de una dependiente que no den lugar a pérdida de control. En particular, para cada operación que resulte significativa se mostrará la siguiente información:
Variación en las reservas.
Variación en los epígrafes III. Ajustes por cambios de valor, y IV. Subvenciones recibidas pendientes de imputación a resultados.
En su caso, fondo de comercio atribuido a los socios minoritarios.
12. Partidas correspondientes a entidades multigrupo
Se desglosarán para cada partida significativa del balance y de la cuenta del resultado económico patrimonial consolidados, los importes correspondientes a las entidades multigrupo. Esta información se incluirá de forma agregada para todas las entidades multigrupo.
13. Participaciones en entidades puestas en equivalencia
Se mostrará la siguiente información:
Desglose de esta partida por entidades puestas en equivalencia, indicando el movimiento del ejercicio y las causas que lo han originado, así como los importes que correspondan al fondo de comercio.
Información financiera resumida de las entidades, donde se incluirá el importe acumulado de los activos, de los pasivos, de los ingresos ordinarios y del resultado del ejercicio.
Resultado del ejercicio de las entidades puestas en equivalencia que corresponda a la entidad inversora. Deberá informarse del contabilizado en la cuenta del resultado económico patrimonial y del que luce directamente en el patrimonio neto.
14. Principales epígrafes del balance
Se presentará información acerca de los principales epígrafes del balance, así como de la variación que han experimentado en el ejercicio. Asimismo, se informará de las principales causas que han motivado la variación cuando esta sea significativa.
Sin perjuicio de lo anterior, en relación con el Patrimonio Neto se informará del movimiento de cada partida del balance durante el ejercicio, indicando:
– Saldo inicial.
– Aumentos.
– Disminuciones.
– Saldo final.
La partida, «1. Reservas y resultados de ejercicios anteriores», se desglosará con el siguiente nivel de detalle:
– Reservas y resultados de ejercicios anteriores de la entidad dominante
– Reservas y resultados de ejercicios anteriores en entidades consolidadas
– Reservas y resultados de ejercicios anteriores en entidades puestas en equivalencia.
15. Información presupuestaria consolidada
15.1 Obligaciones de presupuestos cerrados.
En relación con las entidades de presupuesto limitativo se presentará, al menos a nivel de capítulo, información sobre:
– Obligaciones pendientes de pago a 1 de enero.
– Modificaciones del saldo inicial y anulaciones.
– Total obligaciones.
– Prescripciones.
– Pagos realizados.
– Obligaciones pendientes de pago a 31 de diciembre.
Obligaciones de presupuestos cerrados
| Código económico | Descripción | Obligaciones pendientes de pago a 1 de enero | Modificaciones saldo inicial y anulaciones | Total obligaciones | Prescripciones | Pagos realizados | Obligaciones pendientes de pago a 31 de diciembre |
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Total. |
15.2 Compromisos de gasto con cargo a presupuestos de ejercicios posteriores.
En relación con las entidades de presupuesto limitativo se presentará, al menos a nivel de capítulo, información sobre los compromisos de gastos adquiridos durante el ejercicio, así como en los precedentes, imputables a presupuestos de ejercicios sucesivos, con indicación de su importe y año al que se refieran.
Compromisos de gasto con cargo a presupuestos de ejercicios posteriores
| Código Económico | Descripción | (Año) | (Año) | (Año) | (Año) | Años Sucesivos |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Código Económico | Descripción | Compromisos de Gasto Adquiridos con Cargo al Presupuesto del Ejercicio | Compromisos de Gasto Adquiridos con Cargo al Presupuesto del Ejercicio | Compromisos de Gasto Adquiridos con Cargo al Presupuesto del Ejercicio | Compromisos de Gasto Adquiridos con Cargo al Presupuesto del Ejercicio | Compromisos de Gasto Adquiridos con Cargo al Presupuesto del Ejercicio |
| Total. |
15.3 Derechos a cobrar de presupuestos cerrados.
En relación con las entidades de presupuesto limitativo se presentará, al menos a nivel de capítulo, información sobre:
– Derechos pendientes de cobro a 1 de enero.
– Modificaciones del saldo inicial.
– Derechos anulados.
– Derechos cancelados.
– Recaudación.
– Derechos pendientes de cobro a 31 de diciembre.
Derechos a cobrar de presupuestos cerrados
| Código Económico | Descripción | Derechos pendientes de cobro a 1 de enero | Modificaciones saldo inicial | Derechos anulados | Derechos cancelados | Recaudación | Derechos pendientes de cobro a 31 de diciembre |
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Total. |
15.4 Compromisos de ingreso con cargo a presupuestos de ejercicios posteriores.
En relación con las entidades de presupuesto limitativo se presentará, al menos a nivel de capítulo, información sobre los compromisos de ingreso concertados durante el ejercicio, así como los concertados en ejercicios anteriores, que tengan repercusión en presupuestos de ejercicios posteriores, con indicación de su importe y año al que se refieran.
Compromisos de ingreso con cargo a presupuestos de ejercicios posteriores
| Código Económico | Descripción | (Año) | (Año) | (Año) | (Año) | Años Sucesivos |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Código Económico | Descripción | Compromisos de Ingreso Concertados Imputables al Ejercicio | Compromisos de Ingreso Concertados Imputables al Ejercicio | Compromisos de Ingreso Concertados Imputables al Ejercicio | Compromisos de Ingreso Concertados Imputables al Ejercicio | Compromisos de Ingreso Concertados Imputables al Ejercicio |
| Total. |
15.5 Liquidación de los estados de previsión de gastos e ingresos de las entidades sin presupuesto limitativo.
Se presentará la liquidación, agregada o consolidada, por tipo de entidad, de los estados de previsión de gastos e ingresos que se incluyan en el Presupuesto General de la entidad de cada ejercicio, de acuerdo con los modelos que figuren en el mismo y añadiendo al importe presupuestado, el importe realizado y la desviación, en términos absolutos y relativos, producida.
16. Otra información que afecte a las cuentas consolidadas
Se suministrará cualquier otra información significativa que afecte a las cuentas consolidadas cuando no se haya reflejado en el apartado correspondiente al elemento patrimonial afectado.
17. Indicadores financieros y patrimoniales
Liquidez inmediata: Refleja el porcentaje de deudas que pueden atenderse con la liquidez inmediatamente disponible.
| Fondos líquidos |
|---|
| ––––––––––––––– |
| Pasivo corriente |
(Fondos líquidos: Efectivo y otros activos líquidos equivalentes)
Liquidez a corto plazo: Refleja la capacidad para atender a corto plazo las obligaciones pendientes de pago.
| Fondos líquidos + Derechos pendientes de cobro |
|---|
| –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– |
| Pasivo corriente |
Liquidez general. Refleja en qué medida todos los elementos patrimoniales que componen el activo corriente cubren el pasivo corriente.
| Activo corriente |
|---|
| –––––––––––––––– |
| Pasivo corriente |
Endeudamiento por habitante: Este índice distribuye la deuda total entre el número de habitantes.
| Pasivo corriente + Pasivo no corriente |
|---|
| –––––––––––––––––––––––––––––––––––– |
| Número de habitantes |
Endeudamiento: Representa la relación entre la totalidad del pasivo exigible (corriente y no corriente) y el patrimonio neto más el pasivo total.
| Pasivo corriente + Pasivo no corriente |
|---|
| ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– |
| Pasivo corriente + Pasivo no corriente + Patrimonio neto |
Relación de endeudamiento: Representa la relación existente entre el pasivo corriente y el no corriente.
| Pasivo corriente |
|---|
| –––––––––––––––– |
| Pasivo no corriente |
Cash-flow: Refleja en qué medida los flujos netos de gestión de caja cubren el pasivo.
| Pasivo no corriente | Pasivo corriente | |
|---|---|---|
| –––––––––––––––––––––– | + | –––––––––––––––––––––– |
| Flujos netos de gestión | Flujos netos de gestión |
(Flujos netos de gestión: Importe de flujos netos de efectivo por actividades de gestión y de explotación del estado de flujos de efectivo consolidado)
Ratios de la cuenta del resultado económico patrimonial.
Para la elaboración de las siguientes ratios se tendrán en cuenta las equivalencias con los correspondientes epígrafes de la cuenta del resultado económico patrimonial consolidada:
ING.TRIB.: Ingresos tributarios y urbanísticos.
TRANSFR.: Transferencias y subvenciones recibidas.
VN y PS.: Ventas netas, prestación de servicios e ingresos de la actividad propia.
G. PERS.: Gastos de personal.
TRANSFC.: Transferencias, subvenciones y gastos por ayudas concedidas.
APROV.: Aprovisionamientos.
1) Estructura de los ingresos.
| ING. TRIB / IGOR | TRANSFR / IGOR | VN y PS / IGOR | Resto IGOR / IGOR |
|---|---|---|---|
| Ingresos de Gestión Ordinaria (IGOR) | Ingresos de Gestión Ordinaria (IGOR) | Ingresos de Gestión Ordinaria (IGOR) | |
2) Estructura de los gastos.
| G. PERS. / GGOR | TRANSFC / GGOR | APROV / GGOR | Resto GGOR / GGOR |
|---|---|---|---|
| Gastos de Gestión Ordinaria (GGOR) | Gastos de Gestión Ordinaria (GGOR) | Gastos de Gestión Ordinaria (GGOR) | |
3) Cobertura de los gastos corrientes: Pone de manifiesto la relación existente entre los gastos de gestión ordinaria y los ingresos de la misma naturaleza.
| Gastos de gestión ordinaria |
|---|
| ––––––––––––––––––––––––––– |
| Ingresos de gestión ordinaria |
18. Hechos posteriores al cierre
La entidad dominante informará de:
Los hechos posteriores que pongan de manifiesto circunstancias que ya existían en la fecha de cierre del ejercicio y que, por aplicación de las normas de registro y valoración, hayan supuesto la inclusión de un ajuste en las cifras contenidas en los documentos que integran las cuentas anuales consolidadas.
Los hechos posteriores que pongan de manifiesto circunstancias que ya existían en la fecha de cierre del ejercicio que no hayan supuesto, de acuerdo con su naturaleza, la inclusión de un ajuste en las cifras contenidas en las cuentas anuales, si bien la información contenida en la memoria consolidada debe ser modificada de acuerdo con dicho hecho posterior.
Los hechos posteriores que muestren condiciones que no existían al cierre del ejercicio y que sean de tal importancia que, si no se suministra información al respecto, podría afectar a la capacidad de evaluación de los usuarios de las cuentas anuales consolidadas.
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