Resolución de 9 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 3 de diciembre de 2021, por el que se aprueba el Plan Anual de Política de Empleo para 2021, según lo establecido en el artículo 11.2 del texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre

Rango Resolución
Publicación 2021-12-15
Última actualización 2022-03-10
Estado Caducada texto desactualizado
Texto Tal como se publicó
Departamento Ministerio de Trabajo y Economía Social
Fuente BOE
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1 acto modificador · 2022-03-10, BOE-A-2022-3714

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Este marco estratégico general debe por tanto analizarse de forma conjunta con los instrumentos estratégicos que ya orientan la actuación en materia de política de empleo, y que están vigentes en este ejercicio 2021.

La Resolución de 7 de diciembre de 2018, de la Secretaría de Estado de Empleo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de diciembre, aprobó el Plan de Choque por el Empleo Joven 2019-2021 para dar solución a los problemas importantes y comunes que afectan al colectivo de personas jóvenes, con la puesta en marcha de medidas diseñadas bajo un punto de vista holístico e integral, concretas pero combinables, a través de un Acuerdo de Estado que, sin suponer un aumento del gasto, permita conseguir una mejora de la integración laboral como mejor vía de solución global y contribuya al desarrollo de un nuevo modelo productivo con estrategias a largo plazo que impulsen medidas de apoyo estratégico a la innovación aplicada a sectores o ramas concretas. Sin embargo, este marco de referencia ha tenido que ser adaptado como consecuencia de la incidencia del impacto económico y social de la COVID-19 que ha hecho que los objetivos establecidos en el mismo no sean alcanzables.

Por Resolución de 24 de junio de 2021, de la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social, se publicó el Acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de junio de 2021, por el que se aprueba el Plan Garantía Juvenil Plus 2021-2027 de trabajo digno para las personas jóvenes.

Este plan tiene como meta ser un referente de innovación y eficacia en las políticas activas de empleo juvenil en territorio nacional, en combinación con otras áreas como la educación, la inclusión social, la participación juvenil, la economía circular, o la economía del conocimiento. Igualmente, persigue ofrecer respuestas integrales a las personas jóvenes en su acceso al mercado de trabajo desde una perspectiva de desarrollo sostenible y de búsqueda de la excelencia en la gestión de los servicios ofrecidos, con el objetivo de favorecer la integración socio-económica y el desarrollo personal y social de las personas jóvenes.

Las características generales del Plan son las siguientes:

1. Luchar de manera efectiva contra la precariedad laboral. Las políticas activas de empleo juvenil deben estar alineadas con el objetivo prioritario de la lucha contra la precariedad y temporalidad laboral.

2. Evitar a toda costa el uso abusivo y fraudulento de becas y prácticas no laborales.

3. Incorporar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, particularmente en materia de lucha contra la segregación laboral, que debe formar parte de la actuación de los Servicios Públicos de Empleo a todos los niveles, tanto en el ámbito de la intermediación, como en el de la formación o el diseño y aplicación de los programas.

4. Integrar el principio antidiscriminatorio en todas las acciones, no solo por razón de género, sino también por edad, ideología o convicciones, discapacidad, orientación sexual, identidad de género y características sexuales.

5. Otorgar prioridad o tratamientos específicos a los colectivos más vulnerables o con especiales dificultades en el mundo laboral. Por ello, contempla el refuerzo de las políticas para alcanzar a la población juvenil más vulnerable y en riesgo de exclusión, así como a los que viven en zonas aisladas o menos pobladas, como las áreas rurales.

6. Situar a las personas jóvenes como protagonistas de su trayectoria hacia el empleo digno por medio de itinerarios personalizados integrados en un sistema de orientación para el empleo cualificado y estable, configurando itinerarios individualizados que se prolongarán tanto en las etapas de empleo como de eventual desempleo.

7. Crear oportunidades de acceso a nuevos empleos en nuevos sectores, tomando como referencia la transformación hacia un contexto verde, sostenible, colaborativo y digital, impulsando el acceso al empleo de calidad de las personas jóvenes en sectores emergentes como la economía digital, economía verde, o del cuidado.

8. Incrementar la cualificación de las personas jóvenes dotándolas de las competencias profesionales requeridas por el mercado de trabajo, incrementando sustancialmente el número de personas jóvenes con las competencias necesarias, técnicas y profesionales, para acceder al empleo, el trabajo decente y el emprendimiento.

9. La crisis sanitaria ha incidido en la situación del empleo de las personas y requiere acciones específicas para ofrecer soluciones integrales que den respuesta a las consecuencias adversas a medio y largo plazo en los planos educativo, formativo y profesional de las personas jóvenes. La pandemia también anticipa cambios que pueden ser estructurales en el funcionamiento del mercado de trabajo y a los que debe ser capaz de dar respuesta Garantía Juvenil Plus.

10. Introducir mayor flexibilidad en su funcionamiento y gestión. La flexibilización y aumento en la agilidad de la inscripción en el fichero de GJ resulta esencial para aumentar el volumen de personas inscritas y, consiguientemente, también la relevancia del Plan.

11. Potenciar el desarrollo de una comunidad de cooperación horizontal y vertical, para lo cual establecerá los pilares para el trabajo conjunto con los interlocutores económicos y sociales, organismos intermedios del Fondo Social Europeo y sus entidades beneficiarias, así como con el tejido asociativo juvenil y las distintas administraciones y organismos públicos que intervienen en las políticas activas de empleo juvenil.

12. Establecer los mecanismos para mejorar el diálogo y la colaboración con las empresas a fin de lograr la mejor adaptación de las capacidades de las personas jóvenes a las necesidades de las mismas. A tales efectos se facilita la conexión escuela-empresa y se favorece una transición suave de los ciclos formativos al mercado laboral. La actuación conjunta con los interlocutores sociales y con las empresas resulta fundamental para identificar las necesidades formativas y para vincular los proyectos empresariales a plantillas estables en cuya formación haya tenido parte activa la empresa.

13. Reforzar la dimensión local de las políticas activas de empleo dirigidas a las personas jóvenes. La dimensión local es la más adecuada para asegurar la cercanía imprescindible a los interlocutores sociales.

14. Fomentar su difusión con la máxima claridad y transparencia. Se pretende llegar a todas las personas que podrían beneficiarse de sus medidas o participar en ellas, así como fomentar las buenas prácticas y corregir posibles desviaciones.

15. Mejorar los procesos y optimizar los recursos. Garantía Juvenil Plus fomenta el intercambio de información y experiencias entre los distintos actores sociales. Igualmente se abren vías de participación para los distintos entes implicados. Asimismo, se apoya a las personas profesionales vinculadas al Plan para que refuercen las competencias necesarias para desarrollar de manera eficaz sus funciones. En tal sentido, el Plan prevé su monitorización continua para asegurar el seguimiento y medición del impacto de todo el sistema, así como la evaluación, e incorporación de mejoras.

16. La digitalización integral del servicio de formación para el empleo de las personas jóvenes resulta esencial, tanto en la relación con las personas usuarias, como en el ámbito de la formación y en la generación de un sistema de datos compartido y accesible en el marco de la ley de protección de datos. Igualmente, la digitalización supone un principio transversal de Garantía Juvenil Plus.

Por su parte, hay que resaltar la Resolución de 8 de abril de 2019, de la Secretaría de Estado de Empleo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de abril de 2019, por el que se aprueba el Plan trienal para prevenir y reducir el Desempleo de Larga Duración para el período 2019-2021 (en adelante, Plan REINCORPORA-T). El colectivo diana de este Plan, es el de las personas que han sufrido o sufren el paro durante 12 meses (360 días) en los últimos 18 meses, entre los que se encuentra un amplio sector de la población activa que se ha vuelto especialmente vulnerable ante el empleo. También tendrán la consideración como colectivo de atención prioritaria en las acciones de este Plan, aquellas personas que hayan permanecido inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en el Servicio Público de Empleo durante 180 días en los 9 meses inmediatamente anteriores, si son personas mayores de 45 años o si están inscritas como trabajadores/as agrarios.

El factor del alto desempleo de larga duración incide negativamente en el potencial de crecimiento de nuestra economía y configura diversos escenarios de exclusión del mercado de trabajo y aumento del riesgo de exclusión social, pobreza y desigualdad, exigiendo un incremento de los recursos de protección básicos de los servicios sociales y otros recursos públicos. En el marco de un debate global sobre cómo articular una serie de acciones para atajar la situación de paro, precariedad y pobreza laboral, se hacía urgente plantear un Programa de impacto para combatir el desempleo de larga duración –con carácter integral y con una mayor eficiencia del gasto público–, que pusiera en marcha medidas específicas y coordinadas para recuperar el potencial laboral y de integración social de determinados colectivos en situaciones de paro de larga duración y especialmente vulnerables ante el mercado de trabajo.

La articulación del Plan REINCORPORA-T para las Personas Paradas de Larga Duración se vertebra sobre dos dimensiones transversales para: 1. La promoción de actuaciones específicas para la incorporación al mercado de trabajo de las personas Paradas de Larga Duración (PLD). 2. La promoción del carácter preventivo de las actuaciones de los Servicios Públicos de Empleo, interlocutores sociales y otras entidades sociales, para identificar factores de riesgo y vulnerabilidad ante el empleo en las personas desempleadas, como, por ejemplo:

– Situaciones de precariedad laboral. Personas trabajadoras que disponen de empleo que no garantiza unos ingresos para llegar al umbral del salario mínimo: por reducción de salario como consecuencia de la parcialidad de la jornada o reducción del número de días trabajados al año.

– Población potencialmente vulnerable en hogares con bajos ingresos y/o baja actividad laboral, para reducir la «Tasa de riesgo de pobreza y/o exclusión social (estrategia Europa 2020). Indicador AROPE». En el apartado de integración social el objetivo nacional 2020 para España es conseguir que 1.400.000 personas menos estén en riesgo de pobreza y/o exclusión social.

– Personas ocupadas en el trabajo doméstico.

– Personas cuidadoras no profesionales.

– Personas mayores de 45 años que pierden su empleo y se mantienen en paro 9 meses en los últimos 18 meses.

– Personas con discapacidad.

– Personas que forman parte de un proceso colectivo de regulación de empleo.

– Personas que forman parte de hogares vulnerables.

– Personas en paro durante 9 meses en los últimos 18 meses inscritas como Trabajadores/as agrarios.

Para facilitar la consecución de los objetivos señalados en el Plan REINCORPORA-T, en las actuaciones derivadas del mismo, el Sistema Nacional de Empleo garantizará el cumplimiento de los fines señalados en el artículo 7 de la Ley de Empleo, entre ellos el fortalecimiento de los servicios públicos de empleo y el favorecimiento de la colaboración público‐privada en la intermediación laboral y el desarrollo de las políticas activas de empleo.

Igualmente, la recuperación del subsidio de mayores de 52 años ya aprobado, así como la nueva formulación de la protección asistencial por desempleo en la que se está trabajando, permitirán reforzar los mecanismos de protección social de las personas con mayor riesgo de vulnerabilidad ante el empleo y de las personas paradas de larga duración, incrementando así sus posibilidades de inserción laboral mediante la potenciación de políticas que mejoren su empleabilidad.

La recuperación económica y la evolución del mercado laboral en el contexto de transformación y recuperación de la actividad económica arroja un elemento de incertidumbre en la evolución de la política de empleo en 2021, que deberá atender al impacto de las medidas puestas en marcha ante la pandemia, así como a la corrección de los desequilibrios arrastrados del pasado y a los desafíos de futuro que se vienen haciendo frente en el amplio y decidido programa de reformas e inversiones en marcha. El Plan 2021 es un instrumento esencial, con el que la puesta en marcha de las políticas activas de empleo, mejorarán la empleabilidad de las personas y contribuirá a responder mejor a las necesidades de empleo y formación de las empresas, contribuyendo a la recuperación económica.

4. Estructura y objetivos

De conformidad con lo establecido en el apartado 2, del artículo 11 del texto refundido de la Ley de Empleo, los Planes Anuales de Política de Empleo se elaborarán por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, teniendo en cuenta las previsiones formuladas por las Comunidades Autónomas y el Servicio Público de Empleo Estatal en el seno de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, se informarán por el Consejo General del Sistema Nacional de Empleo, regulado en el artículo 8.b), y se aprobarán por el Consejo de Ministros.

En este PAPE 2021 se establecen 4 tipos de objetivos: objetivos-clave, objetivos estratégicos o prioritarios, objetivos estructurales y objetivos presupuestarios/económicos.

En primer lugar, los objetivos clave, sintetizan y constituyen la finalidad última de la actuación de los servicios públicos de empleo. Se trata de objetivos de resultado comunes para el conjunto de la UE que permanecen estables durante todo el período de vigencia de la EEAE y que coinciden con los aprobados en la Decisión N.º 573/2014/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, por la que se crea la Red de Servicios Públicos de Empleo de la Unión Europea.

En segundo lugar, los objetivos estratégicos o prioritarios, son los que adquieren especial relevancia en un momento determinado, y en los cuales se tiene que focalizar la atención y el esfuerzo durante un período de tiempo. Estos constituyen una referencia estable y recogen los puntos acordados por la Conferencia de Presidentes del 17 de enero de 2017 sobre políticas de empleo, fueron asumidos por la Estrategia 2017-2020, y de acuerdo con ella corresponde al Gobierno su determinación con carácter anual, a través de los respectivos Planes Anuales de Política de Empleo.

En tercer lugar, los objetivos estructurales, de naturaleza estable, son los que tienen que ser atendidos por los servicios públicos de empleo en su funcionamiento ordinario mediante servicios sostenidos a lo largo del tiempo y se articulan en los seis Ejes de las políticas de activación para el empleo recogidos en el artículo 10 del texto refundido de la Ley de Empleo.

En cuarto y último lugar se incluye un nuevo bloque de objetivos, los objetivos presupuestarios/económicos, alineados con algunas de las principales recomendaciones recibidas por el Sistema Nacional de Empleo como resultado de las principales evaluaciones de las que ha sido objeto en los últimos años. Asimismo, los objetivos e indicadores de este nuevo bloque permitirán, en este PAPE y en los siguientes, facilitar el carácter holístico de futuras evaluaciones, completando los aspectos cuantitativos definidos con mayor detalle en los bloques segundo y tercero.

Como resultado del trabajo realizado con los servicios públicos de empleo para delimitar los indicadores básicos de los Planes Anuales, se ha conseguido avanzar en la transparencia, representatividad, precisión, viabilidad y participación de todos los servicios públicos en su elaboración.

Dentro de las novedades que presenta este Plan 2021, fruto de este trabajo desarrollado en colaboración con las Comunidades Autónomas, se ha conseguido reducir el número de indicadores respecto de los establecidos en la Estrategia, simplificar su cálculo con la eliminación de duplicidades, priorizando el uso de aquéllos cuya fuente sean los datos que ya se encuentran en los sistemas de información compartidos o accesibles para todos los servicios públicos de empleo, limitándose la utilización de información agregada declarada que no pueda ser contrastada.

Es por todo ello, que en el presente Plan 2021, se recoge una selección de los objetivos de acuerdo a la siguiente estructura:

4.1 Objetivos clave.

a)

Reducir el desempleo (Objetivo-UE1).

b)

Aumentar la activación y reducción de los períodos de desempleo (Objetivo-UE2).

c)

Mejorar la participación de los servicios públicos de empleo en la cobertura de vacantes (Objetivo-UE3).

d)

Mejorar el grado de satisfacción de los empleadores y demandantes con los servicios prestados por los Servicios Públicos de Empleo (Objetivo-UE4).

4.2 Objetivos estratégicos.

A. Promover y potenciar la activación y mejora de la empleabilidad de personas jóvenes menores de 30 años, con especial atención a quienes presentan mayores necesidades de formación y riesgo de precariedad laboral, según su nivel formativo.

B. Promover la participación de las mujeres para impulsar su empleabilidad y activación en el empleo.

C. Contribuir a la reducción de la duración del desempleo para poder hacer frente al desempleo de larga duración y estructural, así como a la exclusión social.

D. Potenciar el empleo como principal instrumento de inclusión social, mejorando de manera prioritaria la activación e inserción de personas pertenecientes a colectivos especialmente afectados por el desempleo: personas desempleadas de larga duración y mayores de 45 años.

4.3 Objetivos estructurales.

Eje 1. Orientación:

Comprende las acciones, actuaciones o actividades de información, orientación profesional, motivación, asesoramiento, diagnóstico y determinación del perfil profesional y de competencias, diseño y gestión de la trayectoria individual de aprendizaje, búsqueda de empleo, intermediación laboral y, en resumen, las actuaciones de apoyo a la inserción de las personas beneficiarias.

Este eje persigue medir la cobertura y el resultado de la atención de orientación personalizada e intermediación laboral prestada a las personas demandantes por los Servicios Públicos de Empleo.

Comprende un objetivo, siendo el siguiente:

1.1 Promover la inserción de calidad mediante actuaciones de información, diagnóstico e itinerario personalizado.

Eje 2. Formación:

Comprende las acciones, actuaciones o actividades de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, dirigidas al aprendizaje, formación, recualificación o reciclaje profesional y de formación en alternancia con la actividad laboral, incluidos los programas públicos de empleo y formación, que permitan al beneficiario adquirir competencias o mejorar su experiencia profesional, para mejorar su cualificación y facilitar su inserción laboral.

Hay que resaltar que en esta edición los servicios y programas comunes del Eje 2-Formación se han adaptado al nuevo ámbito competencial circunscrito a especialidades formativas no vinculadas a la obtención de certificados de profesionalidad, incluidas en el Catálogo de especialidades formativas, así como al traspaso de competencias al Ministerio de Educación y Formación Profesional en materia de coordinación de la red de Centros de Referencia Nacional y del procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral y vías no formales de formación; por lo que las citadas materias objeto de traspaso afecta también a los objetivos establecidos en la Estrategia Española de Activación para el Empleo 2017-2020.

Este eje persigue medir el esfuerzo para la adecuación de la oferta formativa a las necesidades del mercado de trabajo.

Comprende un objetivo, siendo el siguiente:

2.1 Ajustar la oferta formativa a las necesidades del mercado de trabajo y a la mejora de la competitividad del tejido productivo, con especial atención a las competencias clave y digitales, asimismo, evaluando la formación vinculada a contratación y obtención de experiencia laboral.

Eje 3. Oportunidades de Empleo:

Comprende las acciones, actuaciones o actividades que tienen por objeto incentivar la contratación, la creación de empleo o el mantenimiento de los puestos de trabajo, especialmente para aquellos colectivos que tienen mayor dificultad en el acceso o permanencia en el empleo, con especial consideración a la situación de las personas con discapacidad, de las personas en situación de exclusión social, de las personas con responsabilidades familiares –en particular, las cabezas de familia monoparentales-, de las víctimas del terrorismo y de las mujeres víctimas de violencia de género.

Este eje persigue medir tanto la cobertura del colectivo con especiales dificultades de acceso al empleo para recibir un itinerario de inserción, como el resultado de la acción en términos de inserción después de haber finalizado la oportunidad de empleo. Además, mide tanto la cobertura de los perceptores de prestaciones y la vinculación de políticas activas y pasivas como el resultado de la acción en términos de inserción.

Comprende dos objetivos y son los siguientes:

3.1 Fomentar y sostener la contratación de personas pertenecientes a colectivos que presentan especiales dificultades para el acceso y la permanencia en el empleo.

3.2 Promover la activación laboral de las personas perceptoras de prestaciones por desempleo.

Eje 4. Igualdad de oportunidades en el acceso al empleo:

Comprende las acciones, actuaciones o actividades dirigidas a promover la igualdad entre mujeres y hombres en el acceso, permanencia y promoción en el empleo, así como la conciliación de la vida personal, familiar y laboral. También incluye las dirigidas a facilitar la movilidad geográfica o promover la contratación en sectores de actividad diferentes de aquellos en los que se hubiera trabajado habitualmente.

Este objetivo persigue medir la cobertura de las atenciones que dan los Servicios Públicos de Empleo a las mujeres, así como la movilidad sectorial hacia aquéllos dirigidos a la transición ecológica.

Comprende dos objetivos y son los siguientes:

4.1 Potenciar el alcance de los servicios proporcionados por los Servicios Públicos de Empleo a las mujeres para alcanzar la igualdad efectiva de oportunidades entre hombres y mujeres.

4.2 Favorecer la movilidad sectorial hacia aquellos sectores dirigidos a la transición ecológica.

Eje 5. Emprendimiento:

Comprende las acciones, actuaciones o actividades dirigidas a fomentar la iniciativa empresarial, el trabajo autónomo y la economía social, así como las encaminadas a la generación de empleo, actividad empresarial y dinamización e impulso del desarrollo económico local.

Se ha de hacer énfasis en la creación y fortalecimiento de iniciativas de emprendimiento viables y con perspectivas de crecimiento y consolidación estables, a cuyo fin el seguimiento y apoyo de las que están en marcha resulta fundamental. Debe evitarse impulsar a las personas a posiciones autónomas precarias y vulnerables.

Este eje persigue medir la cobertura y el resultado de la atención prestada para el fomento del empleo autónomo y el emprendimiento y la eficacia en términos de inserción en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

Comprende un objetivo, siendo el siguiente:

5.1 Potenciar el alcance de los servicios proporcionados por los Servicios Públicos de Empleo para el fomento del empleo autónomo y el emprendimiento y la eficacia en términos de inserción en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

Eje 6. Mejora del marco institucional del Sistema Nacional de Empleo:

Comprende las acciones, medidas y actuaciones que van dirigidas a la mejora de la gestión, colaboración, coordinación y comunicación dentro del Sistema Nacional de Empleo y el impulso a su modernización.

El eje tiene como finalidad medir la contribución de los Servicios Públicos de Empleo en la optimización del marco institucional a través de la mejora, en cada Servicio Público de Empleo, de los factores que inciden en su desempeño, establecidos por la Red PES EU.

Por su propia naturaleza, los objetivos de este Eje son instrumentales, en la medida en que el cumplimiento de los mismos tendrá como resultado una mayor eficacia de los servicios públicos de empleo en los objetivos finalistas de activación e inserción.

Comprende uno de los seis objetivos previstos en la Estrategia y son los siguientes:

6.1 Potenciar la contribución de los Servicios Públicos de Empleo en la optimización del marco institucional a través de la mejora, en cada Servicio Público de Empleo, de los factores que inciden en su desempeño, establecidos por la Red PES EU.

4.4 Objetivos presupuestarios/económicos.

a)

Promover la adquisición de nuevas competencias para la transformación digital y productiva, tanto a personas desempleadas como ocupadas (ECON1).

b)

Favorecer la puesta en marcha de proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad que afecten a la mayor población posible. (ECON2).

c)

Incrementar el esfuerzo en el impulso de la gobernanza del PAPE (ECON3).

d)

Impulsar la transformación digital de los servicios públicos de Empleo para el rediseño, optimización y modernización de los servicios públicos (ECON4).

e)

Maximizar la utilización del gasto comprometido en las PAE. (ECON5).

Los objetivos de este nuevo bloque están alineados con algunas de las principales recomendaciones recibidas por el Sistema Nacional de Empleo como resultado de las principales evaluaciones de las que ha sido objeto en los últimos años. Los objetivos e indicadores de este nuevo bloque permitirán, en este PAPE y en los siguientes, facilitar el carácter holístico de futuras evaluaciones, completando los aspectos cuantitativos definidos con mayor detalle en los bloques Estratégico y Estructural.

5. Criterios de elaboración

El Plan 2021 que se presenta, contiene el conjunto de los servicios y programas que cada Comunidad Autónoma llevará a cabo, comprendiendo tanto los que establezca libremente, ajustándose a la realidad de las personas trabajadoras y del tejido productivo de su ámbito territorial, como los servicios y programas de ámbito estatal que son de aplicación en todo el Estado, con independencia del ámbito territorial en el que vivan las personas destinatarias de las mismas.

La coherencia interna del Plan 2021 se refuerza utilizando el marco conceptual que estableció la Estrategia Española de Activación para el Empleo 2017-2020. Este marco conceptual diferencia entre los servicios y los programas y, a su vez, diferencia entre aquellos servicios y programas que son comunes o de aplicación para todo el Estado, y los que son propios de cada Comunidad Autónoma y del Servicio Público de Empleo Estatal, de acuerdo con las siguientes definiciones:

– Servicio. Conjunto coordinado de actividades (que debería estar específicamente identificado como tal en la cartera de servicios de un Servicio Público de Empleo a que hace referencia el artículo 27 del texto refundido de la Ley de Empleo y en el Real Decreto 7/2015, de 16 de enero, por el que se aprueba la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo), que se prestan de forma continuada y sostenida en el tiempo, y que buscan atender derechos o responder a las necesidades de personas desempleadas, ocupadas y empresas, con objeto de facilitar el empleo o mejorar la empleabilidad de sus destinatarios.

– Programa. Conjunto coordinado de actuaciones dirigidas a un colectivo, sector o ámbito territorial, a realizar durante un período de tiempo predeterminado, Planificado y gestionado a través de un instrumento jurídico o técnico concreto (concesión de una subvención, contratación administrativa, suscripción de convenio, gestión directa, etc.), con coste identificado o identificable, dirigido a la consecución de unos objetivos de empleo preestablecidos.

– Servicio Común. Servicio común o de aplicación en todo el Estado. Se incluyen las actividades diferenciadas en la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo.

– Servicio Propio. Servicio prestado por uno de los integrantes del Sistema Nacional de Empleo en su ámbito propio.

– Programa Común. Programa cuyos aspectos esenciales han sido determinados a través de un instrumento jurídico de aplicación a todo el conjunto del Estado, y que puede ser aplicado, y en su caso desarrollado en sus aspectos no esenciales, por todos los integrantes del Sistema Nacional de Empleo.

– Programa Propio. Programa definido mediante un instrumento jurídico aplicable en una Comunidad Autónoma y dirigido a su ámbito propio de actuación.

Asimismo, se mantienen en el Plan 2021 los criterios de idoneidad definidos en las ediciones anteriores, que deben cumplir los servicios y programas para su inclusión en el Plan, y que son los siguientes:

1) Tratarse de servicios y programas de Políticas Activas de Empleo o intermediación laboral a desarrollar en el marco del Sistema Nacional de Empleo.

2) Gestionarse mediante la concesión de subvenciones públicas, contratación administrativa, suscripción de convenios, gestión directa o cualquier otro instrumento ajustado a derecho.

3) Al menos una parte del servicio o programa se ejecutará durante el 2021, de forma que puedan identificarse beneficiarios en este año, sin perjuicio de que el servicio o programa pueda continuar desarrollándose en años posteriores.x

4) Relevancia: Dar respuesta a problemas del mercado laboral previamente diagnosticados e identificados adecuadamente.

5) Pertinencia: Estar dotados de los elementos que permitan valorar metas, fines y resultados con claridad y concreción.

6) Coherencia interna: Consistencia con el resto de elementos que integran el Plan 2021 (ejes, objetivos clave, objetivos estratégicos, objetivos estructurales).

Con el fin de recoger de forma sistematizada y homogénea los servicios y programas de políticas activas de empleo e intermediación laboral a incluir en el mismo, tanto las Comunidades Autónomas como el Servicio Público de Empleo Estatal, en sus respectivos ámbitos de competencia, han proporcionado para su análisis y consideración, la relación y descripción de cada uno de los servicios y programas que se prevé realizar durante 2021, y cuya inclusión final ha dado lugar a los servicios y programas de este Plan 2021.

En la descripción se ha recogido para cada uno de los servicios y programas incluidos, la información necesaria para conocer en qué consiste su instrumentalización, incidencia y los costes que se financian, así como la fuente de financiación, ya sea por financiación propia, por fondos estatales distribuidos a las Comunidades Autónomas de acuerdo con los criterios objetivos acordados por la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, por financiación mixta o por otras fuentes de financiación.

En un contexto de colaboración entre los Servicios Públicos de Empleo, las Comunidades Autónomas han podido optar por realizar servicios y programas propios, con cargo a los fondos distribuidos por el Servicio Público de Empleo Estatal en la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales. Por otro lado, de acuerdo con lo previsto en el texto refundido de la Ley de Empleo, el Plan 2021 recoge también la información correspondiente a los servicios y programas de políticas activas de empleo e intermediación laboral que las Comunidades Autónomas prevean realizar con recursos económicos propios.

Además, hay que señalar que en el Plan 2021, también se recogen los servicios y programas de políticas activas de empleo que desarrollará el Servicio Público de Empleo Estatal dentro de su ámbito de gestión, en el que se incluyen tanto los servicios y programas en territorio no transferido (Ceuta y Melilla), como los gestionados con cargo a la reserva de gestión establecida en el artículo 18.h) del texto refundido de la Ley de Empleo, como los programas que no son objeto de traspaso a las Comunidades Autónomas, como son el Programa de Fomento de Empleo Agrario, los incentivos de fomento de empleo mediante bonificaciones a la contratación y la formación programada por las empresas.

Finalmente, ha de tenerse en cuenta que la irrupción de la pandemia causada por el COVID-19 ha conllevado a una reformulación de las actuaciones incorporando como finalidad transversal contener, sofocar y anular los efectos económicos y sociales de esta crisis en su afectación al empleo, tanto en términos cuantitativos como cualitativos. Por ello, en la selección de servicios y programas por parte de los distintos agentes que conforman el Sistema Nacional de Empleo se han tomado en consideración los siguientes principios:

I. Priorizar las medidas y acciones de los servicios públicos de empleo para que se adecuen a los nuevos objetivos del contexto laboral para 2021.

II. Focalizar los esfuerzos en aquellos colectivos en los que las medidas establecidas resulten de mayor eficiencia y eficacia.

III. Flexibilizar los instrumentos operativos de los servicios públicos de empleo para que puedan actuar de forma ágil e inmediata ante el nuevo contexto del mercado de trabajo provocado por la emergencia sanitaria.

6. Servicios y programas de políticas de activación para el empleo

Los servicios y programas de políticas de activación para el empleo incluidos en este Plan 2021 son aquellos que no se financian con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR).

Las Comunidades Autónomas y el Servicio Público de Empleo Estatal han propuesto para su inclusión en el Plan 2021 un total de 738 servicios y programas distintos para el conjunto de los 6 Ejes, tal y como se muestra en el Anexo I.

Los servicios y programas de políticas activas de empleo e intermediación laboral que tanto las Comunidades Autónomas como el Servicio Público de Empleo Estatal, en sus respectivos ámbitos de competencia, desarrollarán en el marco de este Plan 2021, se recogen de manera resumida en el Anexo II y de forma detallada en el Anexo III, que lo acompañan.

Con el fin de facilitar la identificación y diferenciación de los servicios y programas comunes o de aplicación en todo el Estado, de aquellos que no son comunes, y por ende propios de una Comunidad Autónoma, se ha establecido un sistema de codificación que permite diferenciar entre un tipo y otro de acuerdo con los siguientes códigos:

SC: Servicio Común.

PC: Programa Común.

SP: Servicio Propio.

PP: Programa Propio.

De manera resumida, se muestran los servicios y programas según Eje:

Eje 1. Orientación:

Se encuentra integrado por un total de 111 servicios y programas, de los cuales 13 son comunes y 98 propios.

Las Comunidades Autónomas y el Servicio Público de Empleo Estatal han podido seleccionar entre los siguientes servicios y programas comunes:

SC00001 Diagnóstico individualizado y elaboración del perfil.

SC00002 Diseño del itinerario personalizado para el empleo.

SC00003 Acompañamiento personalizado en el desarrollo del itinerario y el cumplimiento del compromiso de actividad.

SC00004 Asesoramiento y ayuda técnica adicional.

SC00005 Información y asesoramiento adicional.

SC00006 Gestión de las ofertas de empleo a través de la casación entre ofertas y demandas.

SC00007 Información y asesoramiento sobre la contratación y las medidas de apoyo a la activación, la contratación e inserción en la empresa.

SC00008 Comunicación de la contratación laboral y de las altas, períodos de actividad y certificados de empresa.

SC00009 Apoyo a los procesos de recolocación en los supuestos previstos legalmente.

PC00001 Programas de orientación profesional para el empleo y autoempleo.

PC00002 Programas de colaboración con agencias de colocación.

PC00031 Programa ORIENTAJOVEN.

PC00036 Lanzaderas de empleo.

Eje 2. Formación:

Se encuentra integrado por un total de 185 servicios y programas, de los cuales 15 son comunes y 170 propios.

Las Comunidades Autónomas y el Servicio Público de Empleo Estatal han podido seleccionar entre los siguientes servicios y programas comunes:

SC00010 Formación profesional para el empleo acorde a las necesidades de los usuarios.

SC00011 Control, seguimiento y evaluación de la calidad de la formación.

SC00012 Evaluación, reconocimiento y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral.

SC00013 Mantenimiento y actualización de la cuenta de formación.

SC00014 Inscripción de centros y entidades de formación profesional para el empleo.

PC00003 Oferta formativa para personas trabajadoras ocupadas (Programas de formación sectoriales, transversales y de cualificación y reconocimiento profesional).

PC00004 Oferta formativa para personas trabajadoras desempleadas (Programas de formación de los Servicios Públicos de Empleo).

PC00005 Programas específicos de formación dirigidos a personas desempleadas con necesidades formativas especiales o con dificultades para su inserción o recualificación profesional.

PC00006 Programas formativos que incluyan compromisos de contratación.

PC00007 Formación en alternancia con el empleo.

PC00008 Prácticas no laborales en empresas.

PC00017 Actividad formativa del contrato para la formación y el aprendizaje.

PC00027 Formación impartida con carácter extraordinario a través de la red pública de centros de formación.

PC00034 Oferta formativa para trabajadores desempleados (Cheque formación).

PC00037 Cadena formativa intergeneracionales.

Eje 3. Oportunidades de Empleo:

Se encuentra integrado por un total de 192 servicios y programas, de los cuales 6 son comunes y 186 propios.

Las Comunidades Autónomas y el Servicio Público de Empleo Estatal han podido seleccionar entre los siguientes servicios y programas comunes:

PC00011 Programas de colaboración con corporaciones locales.

PC00012 Programas de colaboración con órganos de la administración general del estado, organismos autónomos y entidades sin ánimo de lucro.

PC00013 Programas para la inserción laboral de personas con discapacidad en el mercado protegido (centros especiales de empleo).

PC00014 Programas para la inserción laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.

PC00015 Programas integrales de empleo.

PC00016 Trabajos temporales de colaboración social.

Eje 4. Igualdad de oportunidades en el acceso al empleo:

Se encuentra integrado por un total de 42 servicios y programas, de los cuales 5 son comunes y 37 propios.

Las Comunidades Autónomas y el Servicio Público de Empleo Estatal han podido seleccionar entre los siguientes servicios y programas comunes:

SC00015 Apoyo a la gestión de la movilidad laboral (Red EURES).

SC00016 Gestión de los instrumentos europeos para favorecer la movilidad en la formación y cualificación profesional.

PC00018 Apoyo a programas de ayuda a la movilidad para inserción laboral, formación y prácticas en Europa.

PC00033 Programa de inserción sociolaboral para mujeres víctimas de violencia de género.

PC00039 Apoyo a startup o proyectos de base tecnológica para mujeres jóvenes.

Eje 5. Emprendimiento:

Se encuentra integrado por un total de 135 servicios y programas, de los cuales 11 son comunes y 124 propios.

Las Comunidades Autónomas y el Servicio Público de Empleo Estatal han podido seleccionar entre los siguientes servicios y programas comunes:

SC00017 Asesoramiento para el autoempleo y el emprendimiento.

SC00018 Fomento de la economía social y del emprendimiento colectivo.

SC00019 Asesoramiento sobre ayudas a las iniciativas emprendedoras y de autoempleo.

SC00020 Asesoramiento sobre incentivos y medidas disponibles para el fomento de la contratación.

PC00019 Fomento del empleo autónomo.

PC00020 Apoyo a la creación y al empleo en cooperativas y sociedades laborales.

PC00021 Estudios de mercado y campañas para la promoción laboral.

PC00022 Agentes de Empleo y Desarrollo Local.

PC00023 Proyectos y empresas calificadas como I+E.

PC00024 Concesión de subvenciones consistentes en el abono a los trabajadores que hicieren uso del derecho a percibir la prestación por desempleo en su modalidad de pago único.

PC00038 Startup con incubadoras de empresas.

Eje 6. Mejora del marco institucional del Sistema Nacional de Empleo:

Se encuentra integrado por un total de 73 servicios y programas, de los cuales 8 son comunes y 65 propios.

Las Comunidades Autónomas y el Servicio Público de Empleo Estatal han podido seleccionar entre los siguientes servicios y programas comunes:

SC00021 Mejora del Sistema de Información de los Servicios Públicos de Empleo (SISPE).

PC00025 Portal Único de Empleo.

PC00026 Marco de referencia para la colaboración pública-privada y pública-pública.

PC00028 Programas de intercambio de Buenas Prácticas.

PC00029 Mejora del sistema de gestión y soporte del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

PC00030 Programa de reforma, adaptación y mejora de las oficinas de empleo.

PC00032 Plan Reincorpora-T, Plan Trienal para prevenir y reducir el paro de Larga Duración 2019-2021.

PC00035 Programa de evaluación del desempeño de los Servicios Públicos de Empleo, EVADES.

7. Financiación

La Ley 11/2020, de 30 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, aprueba la dotación financiera que se ha tenido en cuenta en la elaboración del Plan Anual de Política de Empleo para el año 2021.

La dotación recogida en la citada norma para financiar iniciativas que faciliten la ejecución de políticas de activación para el empleo con cargo a los presupuestos del Ministerio de Trabajo y Economía Social y del Servicio Público de Empleo Estatal, asciende a 6.478.670,83 miles de euros que se financiarán con cargo a la cuota de formación profesional para el empleo (1.340.918,30 miles de euros);a las aportaciones procedentes del FSE (300.000,00 miles de euros); las aportaciones procedentes del MRR (1.084.750,00 miles de euros); aportaciones del Estado (3.348.798,64 miles de euros) y otros ingresos (404.203,89 miles de euros). Por lo tanto, la dotación destinada a financiar iniciativas en materia de políticas activas de empleo no vinculadas al MRR, es de 5.393.920,83 miles de euros, siendo la dotación destinada para las vinculadas al MRR, las cuales no se recogen en este plan, de 1.084.750,00 miles de euros.

Dicho esto, de acuerdo al citado presupuesto, inicialmente, un total de 2.110.827,03 miles de euros, han sido objeto de distribución para su gestión por las Comunidades Autónomas de acuerdo a los criterios aprobados en la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales de 28 de abril de 2021.

En 2021 además, en los presupuestos del SEPE sólo se recoge la parte de la cuota de Formación Profesional para el Empleo que corresponde ingresar a dicho organismo, ya que con motivo de la reestructuración de diversos Departamentos Ministeriales aprobada en el Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, determinadas competencias en el ámbito del Sistema de Formación Profesional para el Empleo que hasta dicho ejercicio se desarrollaban por el Servicio Público de Empleo Estatal, pasaban a ser competencia del Ministerio de Educación y Formación Profesional. En este sentido, la disposición adicional 124.ª de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, establece que la parte de la cuota de formación profesional para el empleo que se vaya a utilizar para financiar las competencias de ejecución del Sistema de Formación Profesional para el Empleo que asumirá el Ministerio de Educación y Formación Profesional se ingresará en el Tesoro Público.

En el anexo IV se incluye la dotación presupuestaria destinada a financiar las iniciativas recogidas en el Plan Anual de Política de Empleo para el año 2021 por ejes.

En consecuencia, cabe señalar que, los servicios y programas de políticas de activación para el empleo incluidos en este Plan 2021 recogidos en los Anexos I, II y III no se financian con cargo al Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (MRR), pues encuentran su financiación en la dotación de 5.393.920,83 miles de euros, como se ha expuesto anteriormente.

Por último, se debe destacar el mantenimiento del programa de refuerzo de los Servicios Públicos de Empleo Autonómicos en las labores de orientación y prospección de empleo, así como la inclusión de un importante refuerzo en la financiación de programas de formación en alternancia con el empleo dirigidos prioritariamente para personas jóvenes.

8. Evaluación

El texto refundido de la Ley de Empleo establece que el PAPE es un instrumento de coordinación del Sistema Nacional de Empleo que permite concretar los objetivos formulados por la Estrategia Española de Activación para el Empleo, adaptándolos a las circunstancias cambiantes del mercado de trabajo, así como al marco presupuestario anual.

En este sentido, el PAPE 2021 representa la primera oportunidad de plasmar la concreción operativa de la nueva Estrategia de Apoyo Activo al Empleo 2021-2024, informada por la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales de 28 de abril de 2021, con el apoyo unánime de las comunidades autónomas, y por el Consejo General del Sistema Nacional de Empleo, que articula la participación de los interlocutores sociales. Precisamente por su carácter primigenio en relación con la nueva Estrategia, resulta esencial que el PAPE 2021 incorpore ya los elementos más innovadores de esta, entre los que se sitúa la apuesta por la evaluación integral y permanente que permita sistematizar el seguimiento en su aplicación y la obtención de resultados, así como proponer los cambios y ajustes necesarios de la misma a lo largo de su vigencia.

Desde esta perspectiva, que pretende trasladar el marco lógico de planificación y diseño de la Estrategia a su ámbito operativo a través del PAPE con la mayor inmediatez posible, se aprecia con claridad la voluntad de este nuevo marco estratégico de servir al mismo tiempo como documento de programación y como referente conceptual para el impulso de las PAE en el seno del Sistema Nacional de Empleo en los próximos años que asume la evaluación como eje vertebral de su funcionamiento y mejora continua.

En términos prácticos, este papel central de la evaluación permitirá superar la utilización de indicadores focalizados exclusivamente en el reparto de fondos, incorporando paulatinamente a los PAPE un modelo de evaluación orientado hacia los resultados de los servicios y programas que resulte transparente y accesible. Este nuevo modelo de evaluación integral configurará finalmente el sistema de evaluación de las PAE y del conjunto de su marco estratégico, facilitando no solo la evaluación de los planes anuales sino también la evaluación global de la Estrategia al final de su periodo de vigencia.

Puede decirse que el PAPE 2021 pretende ejemplificar la plena coherencia entre la Estrategia y la planificación operativa anual, desde el primer momento en que resulta posible verificarla, para manifestar explícitamente una misma visión de reforma sobre el conjunto de las PAE que se traduce en elementos de modernización y mejora, concretamente en la adopción de este nuevo modelo de evaluación.

De hecho, el Objetivo estratégico 3 de «Orientación hacia resultados» de la EEAAE 2021-2024 incorpora expresamente el Objetivo específico 1, «Consolidar un modelo integrado de evaluación de las Políticas Activas de Empleo», con la vocación de diferenciar entre los procesos evaluativos a desarrollar para un conjunto de políticas activas de empleo, de aquellos servicios o programas que puedan ser objeto de seguimiento continuo en forma de monitorización o de una evaluación individualizada en el seno del SNE.

En este sentido, trasladar de manera inmediata al PAPE 2021 el Objetivo estratégico de orientar las PAE hacia resultados mensurables ha de ser compatible con el hecho de consolidar el modelo integral de evaluación de las PAE en forma paulatina a lo largo del período de vigencia de la Estrategia, toda vez que el diseño de las metodologías cuantitativas y cualitativas para la evaluación y el seguimiento de los servicios y programas requerirá un proceso participativo de los distintos actores implicados.

En primer lugar, los miembros del SNE, servicios públicos de empleo estatal y autonómicos, que participarán en el propio diseño del modelo integrado de evaluación y seguimiento de las PAE con el fin de institucionalizar la evaluación en el marco del SNE de modo que esta se incorpore plenamente a su modelo de gobernanza.

En segundo lugar, a través de la apertura conceptual y operativa del modelo integral de evaluación de las PAE a la participación de los interlocutores sociales que, además de su función en los Servicios Públicos de Empleo, cuentan con experiencias valiosas en la evaluación de las PAE a nivel autonómico, nacional e internacional.

En tercer lugar, mediante la colaboración del SNE con organismos especializados, en particular la AIREF, que ha venido proponiendo elementos de mejora de la evaluación de las PAE a través de distintos informes durante los últimos años. Conviene recordar que, en los últimos años, se han incorporado trabajos concretos en colaboración con otras instituciones independientes de ámbito nacional e internacional, como en el caso del trabajo desarrollado por el Banco Mundial en relación con los Planes de Choque de Empleo Joven y de prevención del desempleo de larga duración y por el equipo evaluador designado por la PES Network en relación con la mejora del desempeño de los servicios públicos de empleo en el marco del programa EVADES.

En cuarto lugar, con las aportaciones complementarias a la evaluación integral que realicen expertos en evaluación a través de unidades especializadas o de colaboraciones con otras instituciones y entidades, del ámbito público y privado, incluyendo el ámbito académico.

Precisamente por este carácter abierto y cooperativo con distintos actores relevantes en la evaluación de las PAE, este nuevo modelo sistémico e integral de evaluación que se inicia con el PAPE 2021 requerirá diseñar e implementar un plan de trabajo anual con los objetivos específicos de la evaluación anual. Como indica oportunamente la EEAAE 2021-2024, este plan anual de evaluación deberá concretar las actividades a realizar, como la elaboración de guías, los instrumentos de colaboración con terceros, el diseño de indicadores, el cronograma de actuaciones, incluyendo los eventos de comunicación y difusión, y el presupuesto asignado.

Sin perjuicio de su carácter estatal, este plan de trabajo anual tendrá en cuenta las singularidades de cada uno de los SPE y del resto de agentes de las PAE, y fomentará la capacitación en evaluación y la sensibilización en la cultura evaluadora en el conjunto del SNE. Para dotar de estabilidad la práctica de la evaluación se promoverá la creación de unidades especializadas en evaluación en los Servicios Públicos de Empleo

Dentro de este nuevo modelo de evaluación integral de las PAE, llamado a convertirse en un elemento diferencial de la nueva Estrategia, será necesario prestar atención a ciertos instrumentos instrumentales.

Por una parte, la futura ley de empleo elevará el rango normativo de la evaluación confiriendo a esta el carácter de institución que permita una mejor asignación de recursos y mayor efectividad.

Por otra, la revisión y simplificación normativa de las PAE, como el nuevo reglamento de programas comunes del SNE, facilitará la coherencia de los conceptos, definiciones y métricas a nivel nacional y, por tanto, permitirá una mayor coherencia en las evaluaciones a nivel nacional y una mejor comparación con las referencias internacionales.

En la misma línea, será preciso impulsar la transparencia de datos y su puesta a disposición para el acceso de todas las entidades descritas anteriormente, particularmente equipos de investigación y universidades interesadas en realizar evaluaciones externas al Sistema Nacional de Empleo.

En definitiva, sin perjuicio de las actuaciones específicas en materia de seguimiento y evaluación promovidas por los Servicios Públicos de Empleo autonómicos en su ámbito territorial, el PAPE incorporará, en forma paulatina, un modelo integrado de seguimiento y evaluación de las políticas activas de empleo coherente con la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2021-2024, y orientado a la medición del impacto y de los resultados de las PAE en las personas y las empresas, prestando especial atención a los de la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo, a la evaluación del desempeño de los Servicios Públicos de Empleo y a la concurrencia de evaluaciones externas e independientes.

Para que este modelo de evaluación se incorpore eficazmente a cada PAPE será necesario un nuevo árbol de objetivos económicos, que complete los objetivos clave, estratégicos y estructurales, y la adopción paulatina de instrumentos de contabilidad analítica que permitan analizar la eficacia y eficiencia de los servicios y programas.

De este modo, además de la rendición de cuentas, el modelo de evaluación de las PAE facilitará la toma de decisiones y contribuirá a la mejora del desempeño, de la transparencia y de la difusión de las actuaciones de los Servicios Públicos de Empleo.

Por último, cabe señalar que los programas y servicios incluidos en el PAPE 2021 se complementan con las medidas novedosas de activación para el empleo diseñadas en el marco del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia, las cuales serán objeto de la evaluación establecida en el mismo.

ANEXO I

PAPE 2021: Resumen General por Ejes, Servicios y Programas distintos

Eje Servicios comunes SNE Servicios propios Programas comunes SNE Programas propios Total servicios y programas distintos
Eje 1. Orientación. 9 28 4 70 111
Eje 2. Formación. 5 14 10 156 185
Eje 3. Oportunidades de empleo. 0 3 6 183 192
Eje 4. Igualdad de oportunidades en el acceso al empleo. 2 2 3 35 42
Eje 5. Emprendimiento. 4 15 7 109 135
Eje 6. Mejora del marco institucional del Sistema Nacional de Empleo. 1 29 7 36 73
TOTAL. 21 91 37 589 738

ANEXO II

PAPE 2021: Resumen General por CCAA: Servicios y programas a realizar

Comunidades Autónomas Servicios y programas propios Servicios y programas comunes SNE Total servicios y programas a realizar
ANDALUCÍA. 50 36 86
ARAGÓN. 44 36 80
PRINCIPADO DE ASTURIAS. 27 50 77
ILLES BALEARS. 41 33 74
ISLAS CANARIAS. 14 26 40
CANTABRIA. 29 45 74
CASTILLA LA MANCHA. 68 43 111
CASTILLA Y LEÓN. 55 32 87
CATALUÑA. 45 34 79
VALENCIANA. 36 34 70
EXTREMADURA. 45 35 80
GALICIA. 63 41 104
MADRID. 37 38 75
REGIÓN DE MURCIA. 33 52 85
NAVARRA. 25 37 62
PAÍS VASCO. 28 40 68
LA RIOJA. 32 45 77
CEUTA. 0 39 39
MELILLA. 0 40 40
GESTIÓN ESTATAL NO TRANSFERIDA. 8 15 23
TOTAL MEDIDAS DISTINTAS. 680 (1)58 (2)738
(1) Existen un total de 58 servicios y programas comunes distintos, de entre las cuales cada Comunidad Autónoma determina los que va a realizar. (2) Número total de servicios y programas distintos que se prevé realizar. (1) Existen un total de 58 servicios y programas comunes distintos, de entre las cuales cada Comunidad Autónoma determina los que va a realizar. (2) Número total de servicios y programas distintos que se prevé realizar. (1) Existen un total de 58 servicios y programas comunes distintos, de entre las cuales cada Comunidad Autónoma determina los que va a realizar. (2) Número total de servicios y programas distintos que se prevé realizar. (1) Existen un total de 58 servicios y programas comunes distintos, de entre las cuales cada Comunidad Autónoma determina los que va a realizar. (2) Número total de servicios y programas distintos que se prevé realizar.

ANEXO III

PAPE 2021 Servicios y programas por eje y CC. AA.

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