Ley 1/2021, de 4 de marzo, de Pesca Marítima, Marisqueo y Acuicultura de Cantabria

Rango Ley
Publicación 2021-05-17
Última actualización 2021-12-30
Estado Vigente
Comunidad Autónoma Cantabria
Departamento Comunidad Autónoma de Cantabria
Fuente BOE
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Se autoriza al Consejo de Gobierno y al Consejero competente en materia de pesca marítima, marisqueo y acuicultura para que en el ámbito de sus competencias dicten cuantas disposiciones reglamentarias estimen necesarias para el desarrollo y aplicación de la presente ley.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente Ley entrará en vigor al mes siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de Cantabria».

Palacio del Gobierno de Cantabria, 4 de marzo de 2021.–El Presidente de la Comunidad Autónoma de Cantabria, Miguel Ángel Revilla Roiz.

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