Circular 3/2022, de 30 de marzo, del Banco de España, por la que se modifican la Circular 2/2016, de 2 de febrero, a las entidades de crédito, sobre supervisión y solvencia, que completa la adaptación del ordenamiento jurídico español a la Directiva 2013/36/UE y al Reglamento (UE) n.º 575/2013; la Circular 2/2014, de 31 de enero, a las entidades de crédito, sobre el ejercicio de diversas opciones regulatorias contenidas en el Reglamento (UE) n.º 575/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito y las empresas de inversión, y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 648/2012; y la Circular 5/2012, de 27 de junio, a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos
| Áreas de negocio | Consejo de Administración. Consejeros no ejecutivos2 | Consejo de Administración. Consejeros ejecutivos3 | Banca de inversión4 | Banca comercial5 | Gestión de activos6 | Funciones corporativas7 | Funciones independientes de control8 | Resto9 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| 1. Número de personas de alta dirección10. | ||||||||
| 2. Número de personas en funciones de control11. | ||||||||
| 3. Número personas de otro personal. | ||||||||
| 4. Número total de personas cuyas remuneraciones devengadas superaron el millón de euros en el año. | ||||||||
| De los que: «colectivo identificado»12. | ||||||||
| 5. Total remuneración fija13. | ||||||||
| De los que: en metálico. | ||||||||
| De los que: en acciones o instrumentos relacionados. | ||||||||
| De los que: en otros tipos de instrumentos. | ||||||||
| 6. Total remuneración variable14. | ||||||||
| De los que: en metálico. | ||||||||
| De los que: en acciones o instrumentos relacionados. | ||||||||
| De los que: en otros tipos de instrumentos15. | ||||||||
| 7. Total remuneración variable devengada en el ejercicio que se difiere16. | ||||||||
| De los que: en metálico. | ||||||||
| De los que: en acciones o instrumentos relacionados. | ||||||||
| De los que: en otros tipos de instrumentos17. | ||||||||
| Información adicional sobre el importe total de remuneración variable. | Información adicional sobre el importe total de remuneración variable. | Información adicional sobre el importe total de remuneración variable. | Información adicional sobre el importe total de remuneración variable. | Información adicional sobre el importe total de remuneración variable. | Información adicional sobre el importe total de remuneración variable. | Información adicional sobre el importe total de remuneración variable. | Información adicional sobre el importe total de remuneración variable. | Información adicional sobre el importe total de remuneración variable. |
| 8. Número de beneficiarios de indemnizaciones por resolución anticipada de contrato. | ||||||||
| 9. Importe total de indemnizaciones por resolución anticipada de contrato en el ejercicio. | ||||||||
| 10. Importe total de las aportaciones a beneficios discrecionales de pensión en el ejercicio18. | ||||||||
| 11. Importe total de retribución variable devengada en períodos plurianuales en programas que no se actualizan anualmente. | ||||||||
| Nota: actividades desarrolladas por las personas incluidas en «Resto». | ||||||||
| 1 Deberá completarse un estado por cada banda salarial de un millón de euros, a partir de un millón de euros. 2 Incluye a los miembros no ejecutivos de los órganos de dirección de cualquier entidad del ámbito de consolidación, de acuerdo con el artículo 3, apartado 1.8), de la Directiva 2013/36/UE y el apartado 2 del artículo 529 duodecies del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital. Se asignarán los miembros a esta categoría teniendo en cuenta el punto 3.4 de las directrices sobre el ejercicio de recopilación de información relativa a personas con alta remuneración de la Autoridad Bancaria Europea (EBA/GL/2014/07). Los pagos por asistencia a los consejos deberían ser considerados como remuneración. 3 Incluye a los miembros ejecutivos de los órganos de dirección de cualquier entidad del ámbito de consolidación, de acuerdo con el artículo 3, apartado 1.7), de la Directiva 2013/36/UE y el apartado 1 del artículo 529 duodecies del Real Decreto Legislativo 1/2010. 4 Incluye servicios de asesoramiento a empresas en materia de finanzas corporativas, capital riesgo, mercados de capitales, ventas y negociación. 5 Incluye toda la actividad de préstamos (a particulares y a empresas). 6 Incluye gestión de carteras, gestión de instituciones de inversión colectiva y otras formas de gestión de activos. 7 Todas las funciones que tienen responsabilidad para la entidad en su conjunto, a nivel consolidado y/o individual; por ejemplo, recursos humanos o sistemas de información. 8 Personal de la unidad de riesgos, cumplimiento normativo y auditoría interna, según se describe en la guía de la ABE sobre gobierno interno (EBA/GL/2017/11). La información de estas funciones deberá realizarse a nivel consolidado y/o individual. 9 Esta columna incluirá a aquellos empleados que no pueden ser ubicados en una de las áreas de negocio indicadas. En este caso, la entidad incluirá una nota a pie de página en esta columna e información cualitativa en la línea correspondiente al número total de empleados indicando la actividad que realizan. 10 Altos directivos, tal y como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 9, de la Directiva 2013/36/UE, es decir, aquellas personas físicas que ejerzan funciones ejecutivas en la entidad y que sean responsables de su gestión diaria y deban rendir cuentas de ello ante el órgano de dirección. 11 Las funciones de control comprenden las funciones de gestión de riesgos, cumplimiento normativo y auditoría interna, así como las unidades de control dependientes de las áreas de negocio. 12 Empleados cuyas actividades profesionales inciden de manera importante en el perfil de riesgo de la entidad, de acuerdo con el artículo 92, apartado 2, de la Directiva 2013/36/UE y el artículo 32.1 de la Ley 10/2014. 13 La remuneración fija incluye pagos, contribuciones regulares (no discrecionales) a fondos de pensiones o beneficios (que no dependan de la actuación de quien los percibe), de acuerdo con los principios generales de la política de remuneraciones recogidos en el artículo 33.1 letra e) 1.º de la Ley 10/2014. 14 La remuneración variable incluye pagos adicionales u otras retribuciones que dependan del desempeño o, en circunstancias excepcionales, otros elementos contractuales, pero no aquellos que forman parte de los paquetes habituales para empleados (como asistencia sanitaria, ayuda a los hijos o aportaciones normales y proporcionadas a planes de pensiones) de acuerdo con los principios generales de la política de remuneraciones recogida en el artículo 33.1 letra e) 2.º de la Ley 10/2014. Deberán incluirse tanto las retribuciones pecuniarias como las no pecuniarias. Los importes deberán declararse brutos, sin aplicar el tipo de descuento de la retribución variable (r. v.), que se aplica a la r. v. total, a la r. v. en metálico, a la r. v. en acciones e instrumentos ligados a las acciones y a la r. v. en otros tipos de instrumentos. 15 Instrumentos de acuerdo con el artículo 94, apartado 1, letra l.ii), de la Directiva 2013/36/UE y el artículo 34.1 I).2.ª de la Ley 10/2014. 16 Remuneración diferida de acuerdo con el artículo 94, apartado 1, letra m), de la Directiva 2013/36/UE y el artículo 34.1 letra m) de la Ley 10/2014. Los importes deberán declararse brutos, sin aplicar el tipo de descuento de la retribución variable (r. v.), que se aplica a la r. v. total, a la r. v. en metálico, a la r. v. en acciones e instrumentos ligados a las acciones y a la r. v. en otros tipos de instrumentos. 17 Instrumentoscontemplados en el artículo 94, apartado 1, letra l.ii), de la Directiva 2013/36/UE y el artículo 34.1 letra I).2.ª de la Ley 10/2014. 18 Según se define en el artículo 3, apartado 53, de la Directiva 2013/36/UE. | 1 Deberá completarse un estado por cada banda salarial de un millón de euros, a partir de un millón de euros. 2 Incluye a los miembros no ejecutivos de los órganos de dirección de cualquier entidad del ámbito de consolidación, de acuerdo con el artículo 3, apartado 1.8), de la Directiva 2013/36/UE y el apartado 2 del artículo 529 duodecies del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital. Se asignarán los miembros a esta categoría teniendo en cuenta el punto 3.4 de las directrices sobre el ejercicio de recopilación de información relativa a personas con alta remuneración de la Autoridad Bancaria Europea (EBA/GL/2014/07). Los pagos por asistencia a los consejos deberían ser considerados como remuneración. 3 Incluye a los miembros ejecutivos de los órganos de dirección de cualquier entidad del ámbito de consolidación, de acuerdo con el artículo 3, apartado 1.7), de la Directiva 2013/36/UE y el apartado 1 del artículo 529 duodecies del Real Decreto Legislativo 1/2010. 4 Incluye servicios de asesoramiento a empresas en materia de finanzas corporativas, capital riesgo, mercados de capitales, ventas y negociación. 5 Incluye toda la actividad de préstamos (a particulares y a empresas). 6 Incluye gestión de carteras, gestión de instituciones de inversión colectiva y otras formas de gestión de activos. 7 Todas las funciones que tienen responsabilidad para la entidad en su conjunto, a nivel consolidado y/o individual; por ejemplo, recursos humanos o sistemas de información. 8 Personal de la unidad de riesgos, cumplimiento normativo y auditoría interna, según se describe en la guía de la ABE sobre gobierno interno (EBA/GL/2017/11). La información de estas funciones deberá realizarse a nivel consolidado y/o individual. 9 Esta columna incluirá a aquellos empleados que no pueden ser ubicados en una de las áreas de negocio indicadas. En este caso, la entidad incluirá una nota a pie de página en esta columna e información cualitativa en la línea correspondiente al número total de empleados indicando la actividad que realizan. 10 Altos directivos, tal y como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 9, de la Directiva 2013/36/UE, es decir, aquellas personas físicas que ejerzan funciones ejecutivas en la entidad y que sean responsables de su gestión diaria y deban rendir cuentas de ello ante el órgano de dirección. 11 Las funciones de control comprenden las funciones de gestión de riesgos, cumplimiento normativo y auditoría interna, así como las unidades de control dependientes de las áreas de negocio. 12 Empleados cuyas actividades profesionales inciden de manera importante en el perfil de riesgo de la entidad, de acuerdo con el artículo 92, apartado 2, de la Directiva 2013/36/UE y el artículo 32.1 de la Ley 10/2014. 13 La remuneración fija incluye pagos, contribuciones regulares (no discrecionales) a fondos de pensiones o beneficios (que no dependan de la actuación de quien los percibe), de acuerdo con los principios generales de la política de remuneraciones recogidos en el artículo 33.1 letra e) 1.º de la Ley 10/2014. 14 La remuneración variable incluye pagos adicionales u otras retribuciones que dependan del desempeño o, en circunstancias excepcionales, otros elementos contractuales, pero no aquellos que forman parte de los paquetes habituales para empleados (como asistencia sanitaria, ayuda a los hijos o aportaciones normales y proporcionadas a planes de pensiones) de acuerdo con los principios generales de la política de remuneraciones recogida en el artículo 33.1 letra e) 2.º de la Ley 10/2014. Deberán incluirse tanto las retribuciones pecuniarias como las no pecuniarias. Los importes deberán declararse brutos, sin aplicar el tipo de descuento de la retribución variable (r. v.), que se aplica a la r. v. total, a la r. v. en metálico, a la r. v. en acciones e instrumentos ligados a las acciones y a la r. v. en otros tipos de instrumentos. 15 Instrumentos de acuerdo con el artículo 94, apartado 1, letra l.ii), de la Directiva 2013/36/UE y el artículo 34.1 I).2.ª de la Ley 10/2014. 16 Remuneración diferida de acuerdo con el artículo 94, apartado 1, letra m), de la Directiva 2013/36/UE y el artículo 34.1 letra m) de la Ley 10/2014. Los importes deberán declararse brutos, sin aplicar el tipo de descuento de la retribución variable (r. v.), que se aplica a la r. v. total, a la r. v. en metálico, a la r. v. en acciones e instrumentos ligados a las acciones y a la r. v. en otros tipos de instrumentos. 17 Instrumentoscontemplados en el artículo 94, apartado 1, letra l.ii), de la Directiva 2013/36/UE y el artículo 34.1 letra I).2.ª de la Ley 10/2014. 18 Según se define en el artículo 3, apartado 53, de la Directiva 2013/36/UE. | 1 Deberá completarse un estado por cada banda salarial de un millón de euros, a partir de un millón de euros. 2 Incluye a los miembros no ejecutivos de los órganos de dirección de cualquier entidad del ámbito de consolidación, de acuerdo con el artículo 3, apartado 1.8), de la Directiva 2013/36/UE y el apartado 2 del artículo 529 duodecies del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital. Se asignarán los miembros a esta categoría teniendo en cuenta el punto 3.4 de las directrices sobre el ejercicio de recopilación de información relativa a personas con alta remuneración de la Autoridad Bancaria Europea (EBA/GL/2014/07). Los pagos por asistencia a los consejos deberían ser considerados como remuneración. 3 Incluye a los miembros ejecutivos de los órganos de dirección de cualquier entidad del ámbito de consolidación, de acuerdo con el artículo 3, apartado 1.7), de la Directiva 2013/36/UE y el apartado 1 del artículo 529 duodecies del Real Decreto Legislativo 1/2010. 4 Incluye servicios de asesoramiento a empresas en materia de finanzas corporativas, capital riesgo, mercados de capitales, ventas y negociación. 5 Incluye toda la actividad de préstamos (a particulares y a empresas). 6 Incluye gestión de carteras, gestión de instituciones de inversión colectiva y otras formas de gestión de activos. 7 Todas las funciones que tienen responsabilidad para la entidad en su conjunto, a nivel consolidado y/o individual; por ejemplo, recursos humanos o sistemas de información. 8 Personal de la unidad de riesgos, cumplimiento normativo y auditoría interna, según se describe en la guía de la ABE sobre gobierno interno (EBA/GL/2017/11). La información de estas funciones deberá realizarse a nivel consolidado y/o individual. 9 Esta columna incluirá a aquellos empleados que no pueden ser ubicados en una de las áreas de negocio indicadas. En este caso, la entidad incluirá una nota a pie de página en esta columna e información cualitativa en la línea correspondiente al número total de empleados indicando la actividad que realizan. 10 Altos directivos, tal y como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 9, de la Directiva 2013/36/UE, es decir, aquellas personas físicas que ejerzan funciones ejecutivas en la entidad y que sean responsables de su gestión diaria y deban rendir cuentas de ello ante el órgano de dirección. 11 Las funciones de control comprenden las funciones de gestión de riesgos, cumplimiento normativo y auditoría interna, así como las unidades de control dependientes de las áreas de negocio. 12 Empleados cuyas actividades profesionales inciden de manera importante en el perfil de riesgo de la entidad, de acuerdo con el artículo 92, apartado 2, de la Directiva 2013/36/UE y el artículo 32.1 de la Ley 10/2014. 13 La remuneración fija incluye pagos, contribuciones regulares (no discrecionales) a fondos de pensiones o beneficios (que no dependan de la actuación de quien los percibe), de acuerdo con los principios generales de la política de remuneraciones recogidos en el artículo 33.1 letra e) 1.º de la Ley 10/2014. 14 La remuneración variable incluye pagos adicionales u otras retribuciones que dependan del desempeño o, en circunstancias excepcionales, otros elementos contractuales, pero no aquellos que forman parte de los paquetes habituales para empleados (como asistencia sanitaria, ayuda a los hijos o aportaciones normales y proporcionadas a planes de pensiones) de acuerdo con los principios generales de la política de remuneraciones recogida en el artículo 33.1 letra e) 2.º de la Ley 10/2014. Deberán incluirse tanto las retribuciones pecuniarias como las no pecuniarias. Los importes deberán declararse brutos, sin aplicar el tipo de descuento de la retribución variable (r. v.), que se aplica a la r. v. total, a la r. v. en metálico, a la r. v. en acciones e instrumentos ligados a las acciones y a la r. v. en otros tipos de instrumentos. 15 Instrumentos de acuerdo con el artículo 94, apartado 1, letra l.ii), de la Directiva 2013/36/UE y el artículo 34.1 I).2.ª de la Ley 10/2014. 16 Remuneración diferida de acuerdo con el artículo 94, apartado 1, letra m), de la Directiva 2013/36/UE y el artículo 34.1 letra m) de la Ley 10/2014. Los importes deberán declararse brutos, sin aplicar el tipo de descuento de la retribución variable (r. v.), que se aplica a la r. v. total, a la r. v. en metálico, a la r. v. en acciones e instrumentos ligados a las acciones y a la r. v. en otros tipos de instrumentos. 17 Instrumentoscontemplados en el artículo 94, apartado 1, letra l.ii), de la Directiva 2013/36/UE y el artículo 34.1 letra I).2.ª de la Ley 10/2014. 18 Según se define en el artículo 3, apartado 53, de la Directiva 2013/36/UE. | 1 Deberá completarse un estado por cada banda salarial de un millón de euros, a partir de un millón de euros. 2 Incluye a los miembros no ejecutivos de los órganos de dirección de cualquier entidad del ámbito de consolidación, de acuerdo con el artículo 3, apartado 1.8), de la Directiva 2013/36/UE y el apartado 2 del artículo 529 duodecies del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital. Se asignarán los miembros a esta categoría teniendo en cuenta el punto 3.4 de las directrices sobre el ejercicio de recopilación de información relativa a personas con alta remuneración de la Autoridad Bancaria Europea (EBA/GL/2014/07). Los pagos por asistencia a los consejos deberían ser considerados como remuneración. 3 Incluye a los miembros ejecutivos de los órganos de dirección de cualquier entidad del ámbito de consolidación, de acuerdo con el artículo 3, apartado 1.7), de la Directiva 2013/36/UE y el apartado 1 del artículo 529 duodecies del Real Decreto Legislativo 1/2010. 4 Incluye servicios de asesoramiento a empresas en materia de finanzas corporativas, capital riesgo, mercados de capitales, ventas y negociación. 5 Incluye toda la actividad de préstamos (a particulares y a empresas). 6 Incluye gestión de carteras, gestión de instituciones de inversión colectiva y otras formas de gestión de activos. 7 Todas las funciones que tienen responsabilidad para la entidad en su conjunto, a nivel consolidado y/o individual; por ejemplo, recursos humanos o sistemas de información. 8 Personal de la unidad de riesgos, cumplimiento normativo y auditoría interna, según se describe en la guía de la ABE sobre gobierno interno (EBA/GL/2017/11). La información de estas funciones deberá realizarse a nivel consolidado y/o individual. 9 Esta columna incluirá a aquellos empleados que no pueden ser ubicados en una de las áreas de negocio indicadas. En este caso, la entidad incluirá una nota a pie de página en esta columna e información cualitativa en la línea correspondiente al número total de empleados indicando la actividad que realizan. 10 Altos directivos, tal y como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 9, de la Directiva 2013/36/UE, es decir, aquellas personas físicas que ejerzan funciones ejecutivas en la entidad y que sean responsables de su gestión diaria y deban rendir cuentas de ello ante el órgano de dirección. 11 Las funciones de control comprenden las funciones de gestión de riesgos, cumplimiento normativo y auditoría interna, así como las unidades de control dependientes de las áreas de negocio. 12 Empleados cuyas actividades profesionales inciden de manera importante en el perfil de riesgo de la entidad, de acuerdo con el artículo 92, apartado 2, de la Directiva 2013/36/UE y el artículo 32.1 de la Ley 10/2014. 13 La remuneración fija incluye pagos, contribuciones regulares (no discrecionales) a fondos de pensiones o beneficios (que no dependan de la actuación de quien los percibe), de acuerdo con los principios generales de la política de remuneraciones recogidos en el artículo 33.1 letra e) 1.º de la Ley 10/2014. 14 La remuneración variable incluye pagos adicionales u otras retribuciones que dependan del desempeño o, en circunstancias excepcionales, otros elementos contractuales, pero no aquellos que forman parte de los paquetes habituales para empleados (como asistencia sanitaria, ayuda a los hijos o aportaciones normales y proporcionadas a planes de pensiones) de acuerdo con los principios generales de la política de remuneraciones recogida en el artículo 33.1 letra e) 2.º de la Ley 10/2014. Deberán incluirse tanto las retribuciones pecuniarias como las no pecuniarias. Los importes deberán declararse brutos, sin aplicar el tipo de descuento de la retribución variable (r. v.), que se aplica a la r. v. total, a la r. v. en metálico, a la r. v. en acciones e instrumentos ligados a las acciones y a la r. v. en otros tipos de instrumentos. 15 Instrumentos de acuerdo con el artículo 94, apartado 1, letra l.ii), de la Directiva 2013/36/UE y el artículo 34.1 I).2.ª de la Ley 10/2014. 16 Remuneración diferida de acuerdo con el artículo 94, apartado 1, letra m), de la Directiva 2013/36/UE y el artículo 34.1 letra m) de la Ley 10/2014. Los importes deberán declararse brutos, sin aplicar el tipo de descuento de la retribución variable (r. v.), que se aplica a la r. v. total, a la r. v. en metálico, a la r. v. en acciones e instrumentos ligados a las acciones y a la r. v. en otros tipos de instrumentos. 17 Instrumentoscontemplados en el artículo 94, apartado 1, letra l.ii), de la Directiva 2013/36/UE y el artículo 34.1 letra I).2.ª de la Ley 10/2014. 18 Según se define en el artículo 3, apartado 53, de la Directiva 2013/36/UE. | 1 Deberá completarse un estado por cada banda salarial de un millón de euros, a partir de un millón de euros. 2 Incluye a los miembros no ejecutivos de los órganos de dirección de cualquier entidad del ámbito de consolidación, de acuerdo con el artículo 3, apartado 1.8), de la Directiva 2013/36/UE y el apartado 2 del artículo 529 duodecies del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital. Se asignarán los miembros a esta categoría teniendo en cuenta el punto 3.4 de las directrices sobre el ejercicio de recopilación de información relativa a personas con alta remuneración de la Autoridad Bancaria Europea (EBA/GL/2014/07). Los pagos por asistencia a los consejos deberían ser considerados como remuneración. 3 Incluye a los miembros ejecutivos de los órganos de dirección de cualquier entidad del ámbito de consolidación, de acuerdo con el artículo 3, apartado 1.7), de la Directiva 2013/36/UE y el apartado 1 del artículo 529 duodecies del Real Decreto Legislativo 1/2010. 4 Incluye servicios de asesoramiento a empresas en materia de finanzas corporativas, capital riesgo, mercados de capitales, ventas y negociación. 5 Incluye toda la actividad de préstamos (a particulares y a empresas). 6 Incluye gestión de carteras, gestión de instituciones de inversión colectiva y otras formas de gestión de activos. 7 Todas las funciones que tienen responsabilidad para la entidad en su conjunto, a nivel consolidado y/o individual; por ejemplo, recursos humanos o sistemas de información. 8 Personal de la unidad de riesgos, cumplimiento normativo y auditoría interna, según se describe en la guía de la ABE sobre gobierno interno (EBA/GL/2017/11). La información de estas funciones deberá realizarse a nivel consolidado y/o individual. 9 Esta columna incluirá a aquellos empleados que no pueden ser ubicados en una de las áreas de negocio indicadas. En este caso, la entidad incluirá una nota a pie de página en esta columna e información cualitativa en la línea correspondiente al número total de empleados indicando la actividad que realizan. 10 Altos directivos, tal y como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 9, de la Directiva 2013/36/UE, es decir, aquellas personas físicas que ejerzan funciones ejecutivas en la entidad y que sean responsables de su gestión diaria y deban rendir cuentas de ello ante el órgano de dirección. 11 Las funciones de control comprenden las funciones de gestión de riesgos, cumplimiento normativo y auditoría interna, así como las unidades de control dependientes de las áreas de negocio. 12 Empleados cuyas actividades profesionales inciden de manera importante en el perfil de riesgo de la entidad, de acuerdo con el artículo 92, apartado 2, de la Directiva 2013/36/UE y el artículo 32.1 de la Ley 10/2014. 13 La remuneración fija incluye pagos, contribuciones regulares (no discrecionales) a fondos de pensiones o beneficios (que no dependan de la actuación de quien los percibe), de acuerdo con los principios generales de la política de remuneraciones recogidos en el artículo 33.1 letra e) 1.º de la Ley 10/2014. 14 La remuneración variable incluye pagos adicionales u otras retribuciones que dependan del desempeño o, en circunstancias excepcionales, otros elementos contractuales, pero no aquellos que forman parte de los paquetes habituales para empleados (como asistencia sanitaria, ayuda a los hijos o aportaciones normales y proporcionadas a planes de pensiones) de acuerdo con los principios generales de la política de remuneraciones recogida en el artículo 33.1 letra e) 2.º de la Ley 10/2014. Deberán incluirse tanto las retribuciones pecuniarias como las no pecuniarias. Los importes deberán declararse brutos, sin aplicar el tipo de descuento de la retribución variable (r. v.), que se aplica a la r. v. total, a la r. v. en metálico, a la r. v. en acciones e instrumentos ligados a las acciones y a la r. v. en otros tipos de instrumentos. 15 Instrumentos de acuerdo con el artículo 94, apartado 1, letra l.ii), de la Directiva 2013/36/UE y el artículo 34.1 I).2.ª de la Ley 10/2014. 16 Remuneración diferida de acuerdo con el artículo 94, apartado 1, letra m), de la Directiva 2013/36/UE y el artículo 34.1 letra m) de la Ley 10/2014. Los importes deberán declararse brutos, sin aplicar el tipo de descuento de la retribución variable (r. v.), que se aplica a la r. v. total, a la r. v. en metálico, a la r. v. en acciones e instrumentos ligados a las acciones y a la r. v. en otros tipos de instrumentos. 17 Instrumentoscontemplados en el artículo 94, apartado 1, letra l.ii), de la Directiva 2013/36/UE y el artículo 34.1 letra I).2.ª de la Ley 10/2014. 18 Según se define en el artículo 3, apartado 53, de la Directiva 2013/36/UE. | 1 Deberá completarse un estado por cada banda salarial de un millón de euros, a partir de un millón de euros. 2 Incluye a los miembros no ejecutivos de los órganos de dirección de cualquier entidad del ámbito de consolidación, de acuerdo con el artículo 3, apartado 1.8), de la Directiva 2013/36/UE y el apartado 2 del artículo 529 duodecies del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital. Se asignarán los miembros a esta categoría teniendo en cuenta el punto 3.4 de las directrices sobre el ejercicio de recopilación de información relativa a personas con alta remuneración de la Autoridad Bancaria Europea (EBA/GL/2014/07). Los pagos por asistencia a los consejos deberían ser considerados como remuneración. 3 Incluye a los miembros ejecutivos de los órganos de dirección de cualquier entidad del ámbito de consolidación, de acuerdo con el artículo 3, apartado 1.7), de la Directiva 2013/36/UE y el apartado 1 del artículo 529 duodecies del Real Decreto Legislativo 1/2010. 4 Incluye servicios de asesoramiento a empresas en materia de finanzas corporativas, capital riesgo, mercados de capitales, ventas y negociación. 5 Incluye toda la actividad de préstamos (a particulares y a empresas). 6 Incluye gestión de carteras, gestión de instituciones de inversión colectiva y otras formas de gestión de activos. 7 Todas las funciones que tienen responsabilidad para la entidad en su conjunto, a nivel consolidado y/o individual; por ejemplo, recursos humanos o sistemas de información. 8 Personal de la unidad de riesgos, cumplimiento normativo y auditoría interna, según se describe en la guía de la ABE sobre gobierno interno (EBA/GL/2017/11). La información de estas funciones deberá realizarse a nivel consolidado y/o individual. 9 Esta columna incluirá a aquellos empleados que no pueden ser ubicados en una de las áreas de negocio indicadas. En este caso, la entidad incluirá una nota a pie de página en esta columna e información cualitativa en la línea correspondiente al número total de empleados indicando la actividad que realizan. 10 Altos directivos, tal y como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 9, de la Directiva 2013/36/UE, es decir, aquellas personas físicas que ejerzan funciones ejecutivas en la entidad y que sean responsables de su gestión diaria y deban rendir cuentas de ello ante el órgano de dirección. 11 Las funciones de control comprenden las funciones de gestión de riesgos, cumplimiento normativo y auditoría interna, así como las unidades de control dependientes de las áreas de negocio. 12 Empleados cuyas actividades profesionales inciden de manera importante en el perfil de riesgo de la entidad, de acuerdo con el artículo 92, apartado 2, de la Directiva 2013/36/UE y el artículo 32.1 de la Ley 10/2014. 13 La remuneración fija incluye pagos, contribuciones regulares (no discrecionales) a fondos de pensiones o beneficios (que no dependan de la actuación de quien los percibe), de acuerdo con los principios generales de la política de remuneraciones recogidos en el artículo 33.1 letra e) 1.º de la Ley 10/2014. 14 La remuneración variable incluye pagos adicionales u otras retribuciones que dependan del desempeño o, en circunstancias excepcionales, otros elementos contractuales, pero no aquellos que forman parte de los paquetes habituales para empleados (como asistencia sanitaria, ayuda a los hijos o aportaciones normales y proporcionadas a planes de pensiones) de acuerdo con los principios generales de la política de remuneraciones recogida en el artículo 33.1 letra e) 2.º de la Ley 10/2014. Deberán incluirse tanto las retribuciones pecuniarias como las no pecuniarias. Los importes deberán declararse brutos, sin aplicar el tipo de descuento de la retribución variable (r. v.), que se aplica a la r. v. total, a la r. v. en metálico, a la r. v. en acciones e instrumentos ligados a las acciones y a la r. v. en otros tipos de instrumentos. 15 Instrumentos de acuerdo con el artículo 94, apartado 1, letra l.ii), de la Directiva 2013/36/UE y el artículo 34.1 I).2.ª de la Ley 10/2014. 16 Remuneración diferida de acuerdo con el artículo 94, apartado 1, letra m), de la Directiva 2013/36/UE y el artículo 34.1 letra m) de la Ley 10/2014. Los importes deberán declararse brutos, sin aplicar el tipo de descuento de la retribución variable (r. v.), que se aplica a la r. v. total, a la r. v. en metálico, a la r. v. en acciones e instrumentos ligados a las acciones y a la r. v. en otros tipos de instrumentos. 17 Instrumentoscontemplados en el artículo 94, apartado 1, letra l.ii), de la Directiva 2013/36/UE y el artículo 34.1 letra I).2.ª de la Ley 10/2014. 18 Según se define en el artículo 3, apartado 53, de la Directiva 2013/36/UE. | 1 Deberá completarse un estado por cada banda salarial de un millón de euros, a partir de un millón de euros. 2 Incluye a los miembros no ejecutivos de los órganos de dirección de cualquier entidad del ámbito de consolidación, de acuerdo con el artículo 3, apartado 1.8), de la Directiva 2013/36/UE y el apartado 2 del artículo 529 duodecies del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital. Se asignarán los miembros a esta categoría teniendo en cuenta el punto 3.4 de las directrices sobre el ejercicio de recopilación de información relativa a personas con alta remuneración de la Autoridad Bancaria Europea (EBA/GL/2014/07). Los pagos por asistencia a los consejos deberían ser considerados como remuneración. 3 Incluye a los miembros ejecutivos de los órganos de dirección de cualquier entidad del ámbito de consolidación, de acuerdo con el artículo 3, apartado 1.7), de la Directiva 2013/36/UE y el apartado 1 del artículo 529 duodecies del Real Decreto Legislativo 1/2010. 4 Incluye servicios de asesoramiento a empresas en materia de finanzas corporativas, capital riesgo, mercados de capitales, ventas y negociación. 5 Incluye toda la actividad de préstamos (a particulares y a empresas). 6 Incluye gestión de carteras, gestión de instituciones de inversión colectiva y otras formas de gestión de activos. 7 Todas las funciones que tienen responsabilidad para la entidad en su conjunto, a nivel consolidado y/o individual; por ejemplo, recursos humanos o sistemas de información. 8 Personal de la unidad de riesgos, cumplimiento normativo y auditoría interna, según se describe en la guía de la ABE sobre gobierno interno (EBA/GL/2017/11). La información de estas funciones deberá realizarse a nivel consolidado y/o individual. 9 Esta columna incluirá a aquellos empleados que no pueden ser ubicados en una de las áreas de negocio indicadas. En este caso, la entidad incluirá una nota a pie de página en esta columna e información cualitativa en la línea correspondiente al número total de empleados indicando la actividad que realizan. 10 Altos directivos, tal y como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 9, de la Directiva 2013/36/UE, es decir, aquellas personas físicas que ejerzan funciones ejecutivas en la entidad y que sean responsables de su gestión diaria y deban rendir cuentas de ello ante el órgano de dirección. 11 Las funciones de control comprenden las funciones de gestión de riesgos, cumplimiento normativo y auditoría interna, así como las unidades de control dependientes de las áreas de negocio. 12 Empleados cuyas actividades profesionales inciden de manera importante en el perfil de riesgo de la entidad, de acuerdo con el artículo 92, apartado 2, de la Directiva 2013/36/UE y el artículo 32.1 de la Ley 10/2014. 13 La remuneración fija incluye pagos, contribuciones regulares (no discrecionales) a fondos de pensiones o beneficios (que no dependan de la actuación de quien los percibe), de acuerdo con los principios generales de la política de remuneraciones recogidos en el artículo 33.1 letra e) 1.º de la Ley 10/2014. 14 La remuneración variable incluye pagos adicionales u otras retribuciones que dependan del desempeño o, en circunstancias excepcionales, otros elementos contractuales, pero no aquellos que forman parte de los paquetes habituales para empleados (como asistencia sanitaria, ayuda a los hijos o aportaciones normales y proporcionadas a planes de pensiones) de acuerdo con los principios generales de la política de remuneraciones recogida en el artículo 33.1 letra e) 2.º de la Ley 10/2014. Deberán incluirse tanto las retribuciones pecuniarias como las no pecuniarias. Los importes deberán declararse brutos, sin aplicar el tipo de descuento de la retribución variable (r. v.), que se aplica a la r. v. total, a la r. v. en metálico, a la r. v. en acciones e instrumentos ligados a las acciones y a la r. v. en otros tipos de instrumentos. 15 Instrumentos de acuerdo con el artículo 94, apartado 1, letra l.ii), de la Directiva 2013/36/UE y el artículo 34.1 I).2.ª de la Ley 10/2014. 16 Remuneración diferida de acuerdo con el artículo 94, apartado 1, letra m), de la Directiva 2013/36/UE y el artículo 34.1 letra m) de la Ley 10/2014. Los importes deberán declararse brutos, sin aplicar el tipo de descuento de la retribución variable (r. v.), que se aplica a la r. v. total, a la r. v. en metálico, a la r. v. en acciones e instrumentos ligados a las acciones y a la r. v. en otros tipos de instrumentos. 17 Instrumentoscontemplados en el artículo 94, apartado 1, letra l.ii), de la Directiva 2013/36/UE y el artículo 34.1 letra I).2.ª de la Ley 10/2014. 18 Según se define en el artículo 3, apartado 53, de la Directiva 2013/36/UE. | 1 Deberá completarse un estado por cada banda salarial de un millón de euros, a partir de un millón de euros. 2 Incluye a los miembros no ejecutivos de los órganos de dirección de cualquier entidad del ámbito de consolidación, de acuerdo con el artículo 3, apartado 1.8), de la Directiva 2013/36/UE y el apartado 2 del artículo 529 duodecies del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital. Se asignarán los miembros a esta categoría teniendo en cuenta el punto 3.4 de las directrices sobre el ejercicio de recopilación de información relativa a personas con alta remuneración de la Autoridad Bancaria Europea (EBA/GL/2014/07). Los pagos por asistencia a los consejos deberían ser considerados como remuneración. 3 Incluye a los miembros ejecutivos de los órganos de dirección de cualquier entidad del ámbito de consolidación, de acuerdo con el artículo 3, apartado 1.7), de la Directiva 2013/36/UE y el apartado 1 del artículo 529 duodecies del Real Decreto Legislativo 1/2010. 4 Incluye servicios de asesoramiento a empresas en materia de finanzas corporativas, capital riesgo, mercados de capitales, ventas y negociación. 5 Incluye toda la actividad de préstamos (a particulares y a empresas). 6 Incluye gestión de carteras, gestión de instituciones de inversión colectiva y otras formas de gestión de activos. 7 Todas las funciones que tienen responsabilidad para la entidad en su conjunto, a nivel consolidado y/o individual; por ejemplo, recursos humanos o sistemas de información. 8 Personal de la unidad de riesgos, cumplimiento normativo y auditoría interna, según se describe en la guía de la ABE sobre gobierno interno (EBA/GL/2017/11). La información de estas funciones deberá realizarse a nivel consolidado y/o individual. 9 Esta columna incluirá a aquellos empleados que no pueden ser ubicados en una de las áreas de negocio indicadas. En este caso, la entidad incluirá una nota a pie de página en esta columna e información cualitativa en la línea correspondiente al número total de empleados indicando la actividad que realizan. 10 Altos directivos, tal y como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 9, de la Directiva 2013/36/UE, es decir, aquellas personas físicas que ejerzan funciones ejecutivas en la entidad y que sean responsables de su gestión diaria y deban rendir cuentas de ello ante el órgano de dirección. 11 Las funciones de control comprenden las funciones de gestión de riesgos, cumplimiento normativo y auditoría interna, así como las unidades de control dependientes de las áreas de negocio. 12 Empleados cuyas actividades profesionales inciden de manera importante en el perfil de riesgo de la entidad, de acuerdo con el artículo 92, apartado 2, de la Directiva 2013/36/UE y el artículo 32.1 de la Ley 10/2014. 13 La remuneración fija incluye pagos, contribuciones regulares (no discrecionales) a fondos de pensiones o beneficios (que no dependan de la actuación de quien los percibe), de acuerdo con los principios generales de la política de remuneraciones recogidos en el artículo 33.1 letra e) 1.º de la Ley 10/2014. 14 La remuneración variable incluye pagos adicionales u otras retribuciones que dependan del desempeño o, en circunstancias excepcionales, otros elementos contractuales, pero no aquellos que forman parte de los paquetes habituales para empleados (como asistencia sanitaria, ayuda a los hijos o aportaciones normales y proporcionadas a planes de pensiones) de acuerdo con los principios generales de la política de remuneraciones recogida en el artículo 33.1 letra e) 2.º de la Ley 10/2014. Deberán incluirse tanto las retribuciones pecuniarias como las no pecuniarias. Los importes deberán declararse brutos, sin aplicar el tipo de descuento de la retribución variable (r. v.), que se aplica a la r. v. total, a la r. v. en metálico, a la r. v. en acciones e instrumentos ligados a las acciones y a la r. v. en otros tipos de instrumentos. 15 Instrumentos de acuerdo con el artículo 94, apartado 1, letra l.ii), de la Directiva 2013/36/UE y el artículo 34.1 I).2.ª de la Ley 10/2014. 16 Remuneración diferida de acuerdo con el artículo 94, apartado 1, letra m), de la Directiva 2013/36/UE y el artículo 34.1 letra m) de la Ley 10/2014. Los importes deberán declararse brutos, sin aplicar el tipo de descuento de la retribución variable (r. v.), que se aplica a la r. v. total, a la r. v. en metálico, a la r. v. en acciones e instrumentos ligados a las acciones y a la r. v. en otros tipos de instrumentos. 17 Instrumentoscontemplados en el artículo 94, apartado 1, letra l.ii), de la Directiva 2013/36/UE y el artículo 34.1 letra I).2.ª de la Ley 10/2014. 18 Según se define en el artículo 3, apartado 53, de la Directiva 2013/36/UE. | 1 Deberá completarse un estado por cada banda salarial de un millón de euros, a partir de un millón de euros. 2 Incluye a los miembros no ejecutivos de los órganos de dirección de cualquier entidad del ámbito de consolidación, de acuerdo con el artículo 3, apartado 1.8), de la Directiva 2013/36/UE y el apartado 2 del artículo 529 duodecies del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital. Se asignarán los miembros a esta categoría teniendo en cuenta el punto 3.4 de las directrices sobre el ejercicio de recopilación de información relativa a personas con alta remuneración de la Autoridad Bancaria Europea (EBA/GL/2014/07). Los pagos por asistencia a los consejos deberían ser considerados como remuneración. 3 Incluye a los miembros ejecutivos de los órganos de dirección de cualquier entidad del ámbito de consolidación, de acuerdo con el artículo 3, apartado 1.7), de la Directiva 2013/36/UE y el apartado 1 del artículo 529 duodecies del Real Decreto Legislativo 1/2010. 4 Incluye servicios de asesoramiento a empresas en materia de finanzas corporativas, capital riesgo, mercados de capitales, ventas y negociación. 5 Incluye toda la actividad de préstamos (a particulares y a empresas). 6 Incluye gestión de carteras, gestión de instituciones de inversión colectiva y otras formas de gestión de activos. 7 Todas las funciones que tienen responsabilidad para la entidad en su conjunto, a nivel consolidado y/o individual; por ejemplo, recursos humanos o sistemas de información. 8 Personal de la unidad de riesgos, cumplimiento normativo y auditoría interna, según se describe en la guía de la ABE sobre gobierno interno (EBA/GL/2017/11). La información de estas funciones deberá realizarse a nivel consolidado y/o individual. 9 Esta columna incluirá a aquellos empleados que no pueden ser ubicados en una de las áreas de negocio indicadas. En este caso, la entidad incluirá una nota a pie de página en esta columna e información cualitativa en la línea correspondiente al número total de empleados indicando la actividad que realizan. 10 Altos directivos, tal y como se definen en el artículo 3, apartado 1, punto 9, de la Directiva 2013/36/UE, es decir, aquellas personas físicas que ejerzan funciones ejecutivas en la entidad y que sean responsables de su gestión diaria y deban rendir cuentas de ello ante el órgano de dirección. 11 Las funciones de control comprenden las funciones de gestión de riesgos, cumplimiento normativo y auditoría interna, así como las unidades de control dependientes de las áreas de negocio. 12 Empleados cuyas actividades profesionales inciden de manera importante en el perfil de riesgo de la entidad, de acuerdo con el artículo 92, apartado 2, de la Directiva 2013/36/UE y el artículo 32.1 de la Ley 10/2014. 13 La remuneración fija incluye pagos, contribuciones regulares (no discrecionales) a fondos de pensiones o beneficios (que no dependan de la actuación de quien los percibe), de acuerdo con los principios generales de la política de remuneraciones recogidos en el artículo 33.1 letra e) 1.º de la Ley 10/2014. 14 La remuneración variable incluye pagos adicionales u otras retribuciones que dependan del desempeño o, en circunstancias excepcionales, otros elementos contractuales, pero no aquellos que forman parte de los paquetes habituales para empleados (como asistencia sanitaria, ayuda a los hijos o aportaciones normales y proporcionadas a planes de pensiones) de acuerdo con los principios generales de la política de remuneraciones recogida en el artículo 33.1 letra e) 2.º de la Ley 10/2014. Deberán incluirse tanto las retribuciones pecuniarias como las no pecuniarias. Los importes deberán declararse brutos, sin aplicar el tipo de descuento de la retribución variable (r. v.), que se aplica a la r. v. total, a la r. v. en metálico, a la r. v. en acciones e instrumentos ligados a las acciones y a la r. v. en otros tipos de instrumentos. 15 Instrumentos de acuerdo con el artículo 94, apartado 1, letra l.ii), de la Directiva 2013/36/UE y el artículo 34.1 I).2.ª de la Ley 10/2014. 16 Remuneración diferida de acuerdo con el artículo 94, apartado 1, letra m), de la Directiva 2013/36/UE y el artículo 34.1 letra m) de la Ley 10/2014. Los importes deberán declararse brutos, sin aplicar el tipo de descuento de la retribución variable (r. v.), que se aplica a la r. v. total, a la r. v. en metálico, a la r. v. en acciones e instrumentos ligados a las acciones y a la r. v. en otros tipos de instrumentos. 17 Instrumentoscontemplados en el artículo 94, apartado 1, letra l.ii), de la Directiva 2013/36/UE y el artículo 34.1 letra I).2.ª de la Ley 10/2014. 18 Según se define en el artículo 3, apartado 53, de la Directiva 2013/36/UE. |
ANEJO III
ANEJO VI. Información sobre titulaciones
| Artículo del Reglamento (UE) n.º 575/2013 aplicable a la titulización. | < 244(2), 244(3), 245(2), 245(3) > |
| Opciones de compra a favor del originador incluidas en la transacción. | < sí, no > |
| Tipo de activos subyacentes. | (RMBS, CMBS, préstamos a estudiantes, préstamos corporativos, trade finance…) |
| Divisa de referencia. | |
| Nocional de la transacción. | miles de millones (mm) |
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