Real Decreto 376/2022, de 17 de mayo, por el que se regulan los criterios de sostenibilidad y de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de los biocarburantes, biolíquidos y combustibles de biomasa, así como el sistema de garantías de origen de los gases renovables

Rango Real Decreto
Publicación 2022-05-18
Última actualización 2026-07-23
Estado Vigente
Departamento Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Fuente BOE
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artículos 19
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Proceso de producción de los biocarburantes y biolíquidos 2 Emisiones de gases de efecto invernadero, valores por defecto (g CO2eq/MJ)
Etanol de paja de trigo. 1,6 1,6
Gasóleo Fischer-Tropsch procedente de residuos de madera en instalaciones independientes. 1,2 1,2
Gasóleo Fischer-Tropsch procedente de madera cultivada en instalaciones independientes. 1,2 1,2
Gasolina Fischer-Tropsch procedente de residuos de madera en instalaciones independientes. 1,2 1,2
Gasolina Fischer-Tropsch procedente de madera cultivada en instalaciones independientes. 1,2 1,2
Dimetil-éter (DME) procedente de residuos de madera en instalaciones independientes. 2,0 2,0
Dimetil-éter (DME) procedente de madera cultivada en instalaciones independientes. 2,0 2,0
Metanol de residuos de madera en instalaciones independientes. 2,0 2,0
Metanol de madera cultivada en instalaciones independientes. 2,0 2,0
Gasóleo Fischer-Tropsch procedente de la gasificación de lejía negra integrada en fábricas de papel. 2,0 2,0
Gasolina Fischer-Tropsch procedente de la gasificación de lejía negra integrada en fábricas de papel. 2,0 2,0
Dimetil-éter (DME) procedente de la gasificación de lejía negra integrada en fábricas de papel. 2,0 2,0
Metanol procedente de la gasificación de lejía negra integrada en fábricas de papel. 2,0 2,0
Parte del MTBE procedente de fuentes renovables. Iguales a los del proceso de producción de metanol utilizado. Iguales a los del proceso de producción de metanol utilizado.

Total para cultivo, transformación, transporte y distribución

Proceso de producción de los biocarburantes y biolíquidos 2 Emisiones de gases de efecto invernadero, valores por defecto (g CO2eq/MJ)
Etanol de paja de trigo. 13,7 15,7
Gasóleo Fischer-Tropsch procedente de residuos de madera en instalaciones independientes. 15,6 15,6
Gasóleo Fischer-Tropsch procedente de madera cultivada en instalaciones independientes. 16,7 16,7
Gasolina Fischer-Tropsch procedente de residuos de madera en instalaciones independientes. 15,6 15,6
Gasolina Fischer-Tropsch procedente de madera cultivada en instalaciones independientes. 16,7 16,7
Dimetil-éter (DME) procedente de residuos de madera en instalaciones independientes. 15,2 15,2
Dimetil-éter (DME) procedente de madera cultivada en instalaciones independientes. 16,2 16,2
Metanol de residuos de madera en instalaciones independientes. 15,2 15,2
Metanol de madera cultivada en instalaciones independientes. 16,2 16,2
Gasóleo Fischer-Tropsch procedente de la gasificación de lejía negra integrada en fábricas de papel. 10,2 10,2
Gasolina Fischer-Tropsch procedente de la gasificación de lejía negra integrada en fábricas de papel. 10,4 10,4
Dimetil-éter (DME) procedente de la gasificación de lejía negra integrada en fábricas de papel. 10,2 10,2
Metanol procedente de la gasificación de lejía negra inte grada en fábricas de papel. 10,4 10,4
Parte del MTBE procedente de fuentes renovables. Iguales a los del proceso de producción de metanol utilizado. Iguales a los del proceso de producción de metanol utilizado.

Redactados los apartados C y E conforme a la corrección de errores publicada en el BOE núm. 53, de 3 de marzo de 2023. Ref. BOE-A-2023-5579

ANEXO III. Normas para calcular el impacto de los combustibles de biomasa y los combustibles fósiles de referencia en las emisiones de gases de efecto invernadero

A. Valores típicos y valores por defecto de la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero en caso de combustibles de biomasa producidos sin emisiones netas de carbono debidas a cambios en el uso del suelo

Sistema de producción de combustibles de biomasa Distancia de transporte Calor Electricidad Calor Electricidad
Sistema de producción de combustibles de biomasa Distancia de transporte Reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, valores típicos Reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, valores típicos Reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, valores por defecto Reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, valores por defecto
Astillas de madera de desechos forestales. 1 a 500 km. 93 % 89 % 91 % 87 %
Astillas de madera de desechos forestales. 500 a 2 500 km. 89 % 84 % 87 % 81 %
Astillas de madera de desechos forestales. 2 500 a 10 000 km. 82 % 73 % 78 % 67 %
Astillas de madera de desechos forestales. Más de 10 000 km. 67 % 51 % 60 % 41 %
Astillas de madera de monte bajo de rotación corta (eucalipto). 2 500 a 10 000 km. 77 % 65 % 73 % 60 %
Astillas de madera de monte bajo de rotación corta (álamo - con fertilización). 1 a 500 km. 89 % 83 % 87 % 81 %
Astillas de madera de monte bajo de rotación corta (álamo - con fertilización). 500 a 2 500 km. 85 % 78 % 84 % 76 %
Astillas de madera de monte bajo de rotación corta (álamo - con fertilización). 2 500 a 10 000 km. 78 % 67 % 74 % 62 %
Astillas de madera de monte bajo de rotación corta (álamo - con fertilización). Más de 10 000 km. 63 % 45 % 57 % 35 %
Astillas de madera de monte bajo de rotación corta (álamo - sin fertilización). 1 a 500 km. 91 % 87 % 90 % 85 %
Astillas de madera de monte bajo de rotación corta (álamo - sin fertilización). 500 a 2 500 km. 88 % 82 % 86 % 79 %
Astillas de madera de monte bajo de rotación corta (álamo - sin fertilización). 2 500 a 10 000 km. 80 % 70 % 77 % 65 %
Astillas de madera de monte bajo de rotación corta (álamo - sin fertilización). Más de 10 000 km. 65 % 48 % 59 % 39 %
Astillas de madera de tronco. 1 a 500 km. 93 % 89 % 92 % 88 %
Astillas de madera de tronco. 500 a 2 500 km. 90 % 85 % 88 % 82 %
Astillas de madera de tronco. 2 500 a 10 000 km. 82 % 73 % 79 % 68 %
Astillas de madera de tronco. Más de 10 000 km. 67 % 51 % 61 % 42 %
Astillas de madera de desechos industriales. 1 a 500 km. 94 % 92 % 93 % 90 %
Astillas de madera de desechos industriales. 500 a 2 500 km. 91 % 87 % 90 % 85 %
Astillas de madera de desechos industriales. 2 500 a 10 000 km. 83 % 75 % 80 % 71 %
Astillas de madera de desechos industriales. Más de 10 000 km. 69 % 54 % 63 % 44 %
Sistema de producción de combustibles de biomasa Sistema de producción de combustibles de biomasa Distancia de transporte Calor Electricidad Calor
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Sistema de producción de combustibles de biomasa Sistema de producción de combustibles de biomasa Distancia de transporte Reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, valores típicos Reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, valores típicos Reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, valores por defecto
Briquetas o pellets de madera procedentes de desechos forestales. Caso 1. 1 a 500 km. 58 % 37 % 49 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de desechos forestales. Caso 1. 500 a 2 500 km. 58 % 37 % 49 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de desechos forestales. Caso 1. 2 500 a 10 000 km. 55 % 34 % 47 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de desechos forestales. Caso 1. Más de 10 000 km. 50 % 26 % 40 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de desechos forestales. Caso 2a. 1 a 500 km. 77 % 66 % 72 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de desechos forestales. Caso 2a. 500 a 2 500 km. 77 % 66 % 72 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de desechos forestales. Caso 2a. 2 500 a 10 000 km. 75 % 62 % 70 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de desechos forestales. Caso 2a. Más de 10 000 km. 69 % 54 % 63 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de desechos forestales. Caso 3a. 1 a 500 km. 92 % 88 % 90 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de desechos forestales. Caso 3a. 500 a 2 500 km. 92 % 88 % 90 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de desechos forestales. Caso 3a. 2 500 a 10 000 km. 90 % 85 % 88 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de desechos forestales. Caso 3a. Más de 10 000 km. 84 % 76 % 81 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de monte bajo de rotación corta (eucalipto). Caso 1. 2 500 a 10 000 km. 52 % 28 % 43 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de monte bajo de rotación corta (eucalipto). Caso 2a. 2 500 a 10 000 km. 70 % 56 % 66 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de monte bajo de rotación corta (eucalipto). Caso 3a. 2 500 a 10 000 km. 85 % 78 % 83 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de monte bajo de rotación corta (álamo - con fertilización). Caso 1. 1 a 500 km. 54 % 32 % 46 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de monte bajo de rotación corta (álamo - con fertilización). Caso 1. 500 a 10 000 km. 52 % 29 % 44 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de monte bajo de rotación corta (álamo - con fertilización). Caso 1. Más de 10 000 km. 47 % 21 % 37 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de monte bajo de rotación corta (álamo - con fertilización). Caso 2a. 1 a 500 km. 73 % 60 % 69 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de monte bajo de rotación corta (álamo - con fertilización). Caso 2a. 500 a 10 000 km. 71 % 57 % 67 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de monte bajo de rotación corta (álamo - con fertilización). Caso 2a. Más de 10 000 km. 66 % 49 % 60 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de monte bajo de rotación corta (álamo - con fertilización). Caso 3a. 1 a 500 km. 88 % 82 % 87 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de monte bajo de rotación corta (álamo - con fertilización). Caso 3a. 500 a 10 000 km. 86 % 79 % 84 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de monte bajo de rotación corta (álamo - con fertilización). Caso 3a. Más de 10 000 km. 80 % 71 % 78 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de monte bajo de rotación corta (álamo - sin fertilización). Caso 1. 1 a 500 km. 56 % 35 % 48 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de monte bajo de rotación corta (álamo - sin fertilización). Caso 1. 500 a 10 000 km. 54 % 32 % 46 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de monte bajo de rotación corta (álamo - sin fertilización). Caso 1. Más de 10 000 km. 49 % 24 % 40 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de monte bajo de rotación corta (álamo - sin fertilización). Caso 2a. 1 a 500 km. 76 % 64 % 72 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de monte bajo de rotación corta (álamo - sin fertilización). Caso 2a. 500 a 10 000 km. 74 % 61 % 69 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de monte bajo de rotación corta (álamo - sin fertilización). Caso 2a. Más de 10 000 km. 68 % 53 % 63 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de monte bajo de rotación corta (álamo - sin fertilización). Caso 3a. 1 a 500 km. 91 % 86 % 90 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de monte bajo de rotación corta (álamo - sin fertilización). Caso 3a. 500 a 10 000 km. 89 % 83 % 87 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de monte bajo de rotación corta (álamo - sin fertilización). Caso 3a. Más de 10 000 km. 83 % 75 % 81 %
Madera de tronco. Caso 1. 1 a 500 km. 57 % 37 % 49 %
Madera de tronco. Caso 1. 500 a 2 500 km. 58 % 37 % 49 %
Madera de tronco. Caso 1. 2 500 a 10 000 km. 55 % 34 % 47 %
Madera de tronco. Caso 1. Más de 10 000 km. 50 % 26 % 40 %
Madera de tronco. Caso 2a. 1 a 500 km. 77 % 66 % 73 %
Madera de tronco. Caso 2a. 500 a 2 500 km. 77 % 66 % 73 %
Madera de tronco. Caso 2a. 2 500 a 10 000 km. 75 % 63 % 70 %
Madera de tronco. Caso 2a. Más de 10 000 km. 70 % 55 % 64 %
Madera de tronco. Caso 3a. 1 a 500 km. 92 % 88 % 91 %
Madera de tronco. Caso 3a. 500 a 2 500 km. 92 % 88 % 91 %
Madera de tronco. Caso 3a. 2 500 a 10 000 km. 90 % 85 % 88 %
Madera de tronco. Caso 3a. Más de 10 000 km. 84 % 77 % 82 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de desechos de la industria maderera. Caso 1 1 a 500 km. 75 % 62 % 69 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de desechos de la industria maderera. Caso 1 500 a 2 500 km. 75 % 62 % 70 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de desechos de la industria maderera. Caso 1 2 500 a 10 000 km. 72 % 59 % 67 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de desechos de la industria maderera. Caso 1 Más de 10 000 km. 67 % 51 % 61 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de desechos de la industria maderera. Caso 2a 1 a 500 km. 87 % 80 % 84 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de desechos de la industria maderera. Caso 2a 500 a 2 500 km. 87 % 80 % 84 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de desechos de la industria maderera. Caso 2a 2 500 a 10 000 km. 85 % 77 % 82 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de desechos de la industria maderera. Caso 2a Más de 10 000 km. 79 % 69 % 75 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de desechos de la industria maderera. Caso 3a 1 a 500 km. 95 % 93 % 94 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de desechos de la industria maderera. Caso 3a 500 a 2 500 km. 95 % 93 % 94 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de desechos de la industria maderera. Caso 3a 2 500 a 10 000 km. 93 % 90 % 92 %
Briquetas o pellets de madera procedentes de desechos de la industria maderera. Caso 3a Más de 10 000 km. 88 % 82 % 85 %
(*) El caso 1 engloba los procesos en los que para obtener el calor necesario para la producción de pellets de madera se utiliza una caldera de gas natural. La electricidad para la instalación de producción procede de la red. El caso 2a engloba los procesos en los que para obtener el calor necesario para la producción se utiliza una caldera de astillas de madera alimentada con astillas desecadas. La electricidad para la instalación de producción procede de la red. El caso 3a engloba los procesos en los que para generar tanto el calor como la electricidad de la instalación de producción de pellets se utiliza una caldera de cogeneración alimentada con astillas desecadas. (*) El caso 1 engloba los procesos en los que para obtener el calor necesario para la producción de pellets de madera se utiliza una caldera de gas natural. La electricidad para la instalación de producción procede de la red. El caso 2a engloba los procesos en los que para obtener el calor necesario para la producción se utiliza una caldera de astillas de madera alimentada con astillas desecadas. La electricidad para la instalación de producción procede de la red. El caso 3a engloba los procesos en los que para generar tanto el calor como la electricidad de la instalación de producción de pellets se utiliza una caldera de cogeneración alimentada con astillas desecadas. (*) El caso 1 engloba los procesos en los que para obtener el calor necesario para la producción de pellets de madera se utiliza una caldera de gas natural. La electricidad para la instalación de producción procede de la red. El caso 2a engloba los procesos en los que para obtener el calor necesario para la producción se utiliza una caldera de astillas de madera alimentada con astillas desecadas. La electricidad para la instalación de producción procede de la red. El caso 3a engloba los procesos en los que para generar tanto el calor como la electricidad de la instalación de producción de pellets se utiliza una caldera de cogeneración alimentada con astillas desecadas. (*) El caso 1 engloba los procesos en los que para obtener el calor necesario para la producción de pellets de madera se utiliza una caldera de gas natural. La electricidad para la instalación de producción procede de la red. El caso 2a engloba los procesos en los que para obtener el calor necesario para la producción se utiliza una caldera de astillas de madera alimentada con astillas desecadas. La electricidad para la instalación de producción procede de la red. El caso 3a engloba los procesos en los que para generar tanto el calor como la electricidad de la instalación de producción de pellets se utiliza una caldera de cogeneración alimentada con astillas desecadas. (*) El caso 1 engloba los procesos en los que para obtener el calor necesario para la producción de pellets de madera se utiliza una caldera de gas natural. La electricidad para la instalación de producción procede de la red. El caso 2a engloba los procesos en los que para obtener el calor necesario para la producción se utiliza una caldera de astillas de madera alimentada con astillas desecadas. La electricidad para la instalación de producción procede de la red. El caso 3a engloba los procesos en los que para generar tanto el calor como la electricidad de la instalación de producción de pellets se utiliza una caldera de cogeneración alimentada con astillas desecadas. (*) El caso 1 engloba los procesos en los que para obtener el calor necesario para la producción de pellets de madera se utiliza una caldera de gas natural. La electricidad para la instalación de producción procede de la red. El caso 2a engloba los procesos en los que para obtener el calor necesario para la producción se utiliza una caldera de astillas de madera alimentada con astillas desecadas. La electricidad para la instalación de producción procede de la red. El caso 3a engloba los procesos en los que para generar tanto el calor como la electricidad de la instalación de producción de pellets se utiliza una caldera de cogeneración alimentada con astillas desecadas.
Sistema de producción de combustibles de biomasa Distancia de transporte Calor Electricidad Calor Electricidad
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Sistema de producción de combustibles de biomasa Distancia de transporte Reducción de emisiones de Reducción de emisiones de Reducción de emisiones de Reducción de emisiones de
3 1 a 500 km. 95 % 92 % 93 % 90 %
3 500 a 2 500 km. 89 % 83 % 86 % 80 %
3 2 500 a 10 000 km. 77 % 66 % 73 % 60 %
3 Más de 10 000 km. 57 % 36 % 48 % 23 %
3 1 a 500 km. 95 % 92 % 93 % 90 %
3 500 a 2 500 km. 93 % 89 % 92 % 87 %
3 2 500 a 10 000 km. 88 % 82 % 85 % 78 %
3 Más de 10 000 km. 78 % 68 % 74 % 61 %
Gránulos de paja. 1 a 500 km. 88 % 82 % 85 % 78 %
Gránulos de paja. 500 a 10 000 km. 86 % 79 % 83 % 74 %
Gránulos de paja. Más de 10 000 km. 80 % 70 % 76 % 64 %
Briquetas de bagazo. 500 a 10 000 km. 93 % 89 % 91 % 87 %
Briquetas de bagazo. Más de 10 000 km. 87 % 81 % 85 % 77 %
Harina de palmiste. Más de 10 000 km. 20 % -18 % 11 % -33 %
4 Más de 10 000 km. 46 % 20 % 42 % 14 %
() Este grupo de materiales engloba los desechos agrícolas de baja densidad aparente y engloba materiales como las balas de paja, cáscaras de avena, cascarillas de arroz y balas de bagazo de caña de azúcar (la lista no es exhaustiva). (*) En el grupo de desechos agrícolas de mayor densidad aparente están materiales tales como los restos de mazorcas de maíz, cáscaras de frutos secos, cáscaras de soja, cáscaras de palmiste (la lista no es exhaustiva). () Este grupo de materiales engloba los desechos agrícolas de baja densidad aparente y engloba materiales como las balas de paja, cáscaras de avena, cascarillas de arroz y balas de bagazo de caña de azúcar (la lista no es exhaustiva). (*) En el grupo de desechos agrícolas de mayor densidad aparente están materiales tales como los restos de mazorcas de maíz, cáscaras de frutos secos, cáscaras de soja, cáscaras de palmiste (la lista no es exhaustiva). () Este grupo de materiales engloba los desechos agrícolas de baja densidad aparente y engloba materiales como las balas de paja, cáscaras de avena, cascarillas de arroz y balas de bagazo de caña de azúcar (la lista no es exhaustiva). (*) En el grupo de desechos agrícolas de mayor densidad aparente están materiales tales como los restos de mazorcas de maíz, cáscaras de frutos secos, cáscaras de soja, cáscaras de palmiste (la lista no es exhaustiva). () Este grupo de materiales engloba los desechos agrícolas de baja densidad aparente y engloba materiales como las balas de paja, cáscaras de avena, cascarillas de arroz y balas de bagazo de caña de azúcar (la lista no es exhaustiva). (*) En el grupo de desechos agrícolas de mayor densidad aparente están materiales tales como los restos de mazorcas de maíz, cáscaras de frutos secos, cáscaras de soja, cáscaras de palmiste (la lista no es exhaustiva). () Este grupo de materiales engloba los desechos agrícolas de baja densidad aparente y engloba materiales como las balas de paja, cáscaras de avena, cascarillas de arroz y balas de bagazo de caña de azúcar (la lista no es exhaustiva). (*) En el grupo de desechos agrícolas de mayor densidad aparente están materiales tales como los restos de mazorcas de maíz, cáscaras de frutos secos, cáscaras de soja, cáscaras de palmiste (la lista no es exhaustiva). () Este grupo de materiales engloba los desechos agrícolas de baja densidad aparente y engloba materiales como las balas de paja, cáscaras de avena, cascarillas de arroz y balas de bagazo de caña de azúcar (la lista no es exhaustiva). (*) En el grupo de desechos agrícolas de mayor densidad aparente están materiales tales como los restos de mazorcas de maíz, cáscaras de frutos secos, cáscaras de soja, cáscaras de palmiste (la lista no es exhaustiva).
Sistema de producción de biogás Sistema de producción de biogás Opción tecnológica Reducción de emisiones de Reducción de emisiones de
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(1). Caso 1. (2). 146 % 94 %
(1). Caso 1. (3). 246 % 240 %
(1). Caso 2. Digestato en abierto. 136 % 85 %
(1). Caso 2. Digestato en cerrado. 227 % 219 %
(1). Caso 3. Digestato en abierto. 142 % 86 %
(1). Caso 3. Digestato en cerrado. 243 % 235 %
(4). Caso 1. Digestato en abierto. 36 % 21 %
(4). Caso 1. Digestato en cerrado. 59 % 53 %
(4). Caso 2. Digestato en abierto. 34 % 18 %
(4). Caso 2. Digestato en cerrado. 55 % 47 %
(4). Caso 3. Digestato en abierto. 28 % 10 %
(4). Caso 3. Digestato en cerrado. 52 % 43 %
Biorresiduos. Caso 1. Digestato en abierto. 47 % 26 %
Biorresiduos. Caso 1. Digestato en cerrado. 84 % 78 %
Biorresiduos. Caso 2. Digestato en abierto. 43 % 21 %
Biorresiduos. Caso 2. Digestato en cerrado. 77 % 68 %
Biorresiduos. Caso 3. Digestato en abierto. 38 % 14 %
Biorresiduos. Caso 3. Digestato en cerrado. 76 % 66 %
(1) En los valores relativos a la producción de biogás a partir de estiércol se incluye la emisión negativa derivada de la reducción de emisiones lograda gracias a la gestión del estiércol bruto. El valor de esca considerado es igual a – 45 g CO2 eq/MJ para estiércol utilizado en digestión anaeróbica. (2) El almacenamiento de digestato en abierto conlleva emisiones adicionales de CH4 y N2O. La magnitud de esas emisiones varía en función de las condiciones ambientales, los tipos de sustrato y la eficiencia de la digestión. (3) El almacenamiento en cerrado significa que el digestato resultante del proceso de digestión se almacena en un tanque hermético y se da por supuesto que el biogás adicional liberado durante el almacenamiento se recupera para la producción adicional de electricidad o biometano. En ese proceso no se incluyen emisiones de gases de efecto invernadero. (4) Por “maíz, toda la planta” hay que entender el maíz cosechado para forraje y ensilado para su conservación. () El caso 1 alude a procesos en los que la electricidad y el calor necesarios para el proceso se obtienen del propio motor de cogeneración. El caso 2 alude a procesos en los que la electricidad necesaria para el proceso se obtiene de la red, y el calor del propio motor de cogeneración. En algunos Estados miembros los operadores no pueden optar a subvenciones para la producción bruta, por lo que el caso 1 será el más habitual. El caso 3 alude a procesos en los que la electricidad necesaria para el proceso se obtiene de la red, y el calor de una caldera de biogás. Este caso es el de algunas instalaciones en las que el motor de cogeneración no se encuentra in situ* y el biogás se vende (sin enriquecerlo para convertirlo en biometano). (1) En los valores relativos a la producción de biogás a partir de estiércol se incluye la emisión negativa derivada de la reducción de emisiones lograda gracias a la gestión del estiércol bruto. El valor de esca considerado es igual a – 45 g CO2 eq/MJ para estiércol utilizado en digestión anaeróbica. (2) El almacenamiento de digestato en abierto conlleva emisiones adicionales de CH4 y N2O. La magnitud de esas emisiones varía en función de las condiciones ambientales, los tipos de sustrato y la eficiencia de la digestión. (3) El almacenamiento en cerrado significa que el digestato resultante del proceso de digestión se almacena en un tanque hermético y se da por supuesto que el biogás adicional liberado durante el almacenamiento se recupera para la producción adicional de electricidad o biometano. En ese proceso no se incluyen emisiones de gases de efecto invernadero. (4) Por “maíz, toda la planta” hay que entender el maíz cosechado para forraje y ensilado para su conservación. () El caso 1 alude a procesos en los que la electricidad y el calor necesarios para el proceso se obtienen del propio motor de cogeneración. El caso 2 alude a procesos en los que la electricidad necesaria para el proceso se obtiene de la red, y el calor del propio motor de cogeneración. En algunos Estados miembros los operadores no pueden optar a subvenciones para la producción bruta, por lo que el caso 1 será el más habitual. El caso 3 alude a procesos en los que la electricidad necesaria para el proceso se obtiene de la red, y el calor de una caldera de biogás. Este caso es el de algunas instalaciones en las que el motor de cogeneración no se encuentra in situ* y el biogás se vende (sin enriquecerlo para convertirlo en biometano). (1) En los valores relativos a la producción de biogás a partir de estiércol se incluye la emisión negativa derivada de la reducción de emisiones lograda gracias a la gestión del estiércol bruto. El valor de esca considerado es igual a – 45 g CO2 eq/MJ para estiércol utilizado en digestión anaeróbica. (2) El almacenamiento de digestato en abierto conlleva emisiones adicionales de CH4 y N2O. La magnitud de esas emisiones varía en función de las condiciones ambientales, los tipos de sustrato y la eficiencia de la digestión. (3) El almacenamiento en cerrado significa que el digestato resultante del proceso de digestión se almacena en un tanque hermético y se da por supuesto que el biogás adicional liberado durante el almacenamiento se recupera para la producción adicional de electricidad o biometano. En ese proceso no se incluyen emisiones de gases de efecto invernadero. (4) Por “maíz, toda la planta” hay que entender el maíz cosechado para forraje y ensilado para su conservación. () El caso 1 alude a procesos en los que la electricidad y el calor necesarios para el proceso se obtienen del propio motor de cogeneración. El caso 2 alude a procesos en los que la electricidad necesaria para el proceso se obtiene de la red, y el calor del propio motor de cogeneración. En algunos Estados miembros los operadores no pueden optar a subvenciones para la producción bruta, por lo que el caso 1 será el más habitual. El caso 3 alude a procesos en los que la electricidad necesaria para el proceso se obtiene de la red, y el calor de una caldera de biogás. Este caso es el de algunas instalaciones en las que el motor de cogeneración no se encuentra in situ* y el biogás se vende (sin enriquecerlo para convertirlo en biometano). (1) En los valores relativos a la producción de biogás a partir de estiércol se incluye la emisión negativa derivada de la reducción de emisiones lograda gracias a la gestión del estiércol bruto. El valor de esca considerado es igual a – 45 g CO2 eq/MJ para estiércol utilizado en digestión anaeróbica. (2) El almacenamiento de digestato en abierto conlleva emisiones adicionales de CH4 y N2O. La magnitud de esas emisiones varía en función de las condiciones ambientales, los tipos de sustrato y la eficiencia de la digestión. (3) El almacenamiento en cerrado significa que el digestato resultante del proceso de digestión se almacena en un tanque hermético y se da por supuesto que el biogás adicional liberado durante el almacenamiento se recupera para la producción adicional de electricidad o biometano. En ese proceso no se incluyen emisiones de gases de efecto invernadero. (4) Por “maíz, toda la planta” hay que entender el maíz cosechado para forraje y ensilado para su conservación. () El caso 1 alude a procesos en los que la electricidad y el calor necesarios para el proceso se obtienen del propio motor de cogeneración. El caso 2 alude a procesos en los que la electricidad necesaria para el proceso se obtiene de la red, y el calor del propio motor de cogeneración. En algunos Estados miembros los operadores no pueden optar a subvenciones para la producción bruta, por lo que el caso 1 será el más habitual. El caso 3 alude a procesos en los que la electricidad necesaria para el proceso se obtiene de la red, y el calor de una caldera de biogás. Este caso es el de algunas instalaciones en las que el motor de cogeneración no se encuentra in situ* y el biogás se vende (sin enriquecerlo para convertirlo en biometano). (1) En los valores relativos a la producción de biogás a partir de estiércol se incluye la emisión negativa derivada de la reducción de emisiones lograda gracias a la gestión del estiércol bruto. El valor de esca considerado es igual a – 45 g CO2 eq/MJ para estiércol utilizado en digestión anaeróbica. (2) El almacenamiento de digestato en abierto conlleva emisiones adicionales de CH4 y N2O. La magnitud de esas emisiones varía en función de las condiciones ambientales, los tipos de sustrato y la eficiencia de la digestión. (3) El almacenamiento en cerrado significa que el digestato resultante del proceso de digestión se almacena en un tanque hermético y se da por supuesto que el biogás adicional liberado durante el almacenamiento se recupera para la producción adicional de electricidad o biometano. En ese proceso no se incluyen emisiones de gases de efecto invernadero. (4) Por “maíz, toda la planta” hay que entender el maíz cosechado para forraje y ensilado para su conservación. () El caso 1 alude a procesos en los que la electricidad y el calor necesarios para el proceso se obtienen del propio motor de cogeneración. El caso 2 alude a procesos en los que la electricidad necesaria para el proceso se obtiene de la red, y el calor del propio motor de cogeneración. En algunos Estados miembros los operadores no pueden optar a subvenciones para la producción bruta, por lo que el caso 1 será el más habitual. El caso 3 alude a procesos en los que la electricidad necesaria para el proceso se obtiene de la red, y el calor de una caldera de biogás. Este caso es el de algunas instalaciones en las que el motor de cogeneración no se encuentra in situ* y el biogás se vende (sin enriquecerlo para convertirlo en biometano).
Sistema de producción de biogás Sistema de producción de biogás Opción tecnológica Reducción de emisiones de Reducción de emisiones de
--- --- --- --- ---
Estiércol – Maíz. 80 % - 20 %. Caso 1. Digestato en abierto. 72 % 45 %
Estiércol – Maíz. 80 % - 20 %. Caso 1. Digestato en cerrado. 120 % 114 %
Estiércol – Maíz. 80 % - 20 %. Caso 2. Digestato en abierto. 67 % 40 %
Estiércol – Maíz. 80 % - 20 %. Caso 2. Digestato en cerrado. 111 % 103 %
Estiércol – Maíz. 80 % - 20 %. Caso 3. Digestato en abierto. 65 % 35 %
Estiércol – Maíz. 80 % - 20 %. Caso 3. Digestato en cerrado. 114 % 106 %
Estiércol – Maíz. 70 % - 30 %. Caso 1. Digestato en abierto. 60 % 37 %
Estiércol – Maíz. 70 % - 30 %. Caso 1. Digestato en cerrado. 100 % 94 %
Estiércol – Maíz. 70 % - 30 %. Caso 2. Digestato en abierto. 57 % 32 %
Estiércol – Maíz. 70 % - 30 %. Caso 2. Digestato en cerrado. 93 % 85 %
Estiércol – Maíz. 70 % - 30 %. Caso 3. Digestato en abierto. 53 % 27 %
Estiércol – Maíz. 70 % - 30 %. Caso 3. Digestato en cerrado. 94 % 85 %
Estiércol – Maíz. 60 % - 40 %. Caso 1. Digestato en abierto. 53 % 32 %
Estiércol – Maíz. 60 % - 40 %. Caso 1. Digestato en cerrado. 88 % 82 %
Estiércol – Maíz. 60 % - 40 %. Caso 2. Digestato en abierto. 50 % 28 %
Estiércol – Maíz. 60 % - 40 %. Caso 2. Digestato en cerrado. 82 % 73 %
Estiércol – Maíz. 60 % - 40 %. Caso 3. Digestato en abierto. 46 % 22 %
Estiércol – Maíz. 60 % - 40 %. Caso 3. Digestato en cerrado. 81 % 72 %
Sistema de producción de biometano Opciones tecnológicas Reducción de emisiones de Reducción de emisiones de
--- --- --- ---
Estiércol húmedo. Digestato en abierto, sin combustión de los gases desprendidos. 117 % 72 %
Estiércol húmedo. Digestato en abierto, con combustión de los gases desprendidos. 133 % 94 %
Estiércol húmedo. Digestato en cerrado, sin combustión de los gases desprendidos. 190 % 179 %
Estiércol húmedo. Digestato en cerrado, con combustión de los gases desprendidos. 206 % 202 %
Maíz, toda la planta. Digestato en abierto, sin combustión de los gases desprendidos. 35 % 17 %
Maíz, toda la planta. Digestato en abierto, con combustión de los gases desprendidos. 51 % 39 %
Maíz, toda la planta. Digestato en cerrado, sin combustión de los gases desprendidos. 52 % 41 %
Maíz, toda la planta. Digestato en cerrado, con combustión de los gases desprendidos. 68 % 63 %
Biorresiduos. Digestato en abierto, sin combustión de los gases desprendidos. 43 % 20 %
Biorresiduos. Digestato en abierto, con combustión de los gases desprendidos. 59 % 42 %
Biorresiduos. Digestato en cerrado, sin combustión de los gases desprendidos. 70 % 58 %
Biorresiduos. Digestato en cerrado, con combustión de los gases desprendidos. 86 % 80 %
(*) La reducción de emisiones de gases de efecto invernadero correspondiente al biometano alude únicamente al biometano comprimido en relación con el combustible fósil de referencia para el transporte de 94 g CO2 eq/MJ. (*) La reducción de emisiones de gases de efecto invernadero correspondiente al biometano alude únicamente al biometano comprimido en relación con el combustible fósil de referencia para el transporte de 94 g CO2 eq/MJ. (*) La reducción de emisiones de gases de efecto invernadero correspondiente al biometano alude únicamente al biometano comprimido en relación con el combustible fósil de referencia para el transporte de 94 g CO2 eq/MJ. (*) La reducción de emisiones de gases de efecto invernadero correspondiente al biometano alude únicamente al biometano comprimido en relación con el combustible fósil de referencia para el transporte de 94 g CO2 eq/MJ.
Sistema de producción de biometano Opciones tecnológicas Reducción de emisiones de Reducción de emisiones de
--- --- --- ---
Estiércol – Maíz. 80 % - 20 %. (1). 62 % 35 %
Estiércol – Maíz. 80 % - 20 %. (2). 78 % 57 %
Estiércol – Maíz. 80 % - 20 %. Digestato en cerrado, sin combustión de los gases desprendidos. 97 % 86 %
Estiércol – Maíz. 80 % - 20 %. Digestato en cerrado, con combustión de los gases desprendidos. 113 % 108 %
Estiércol – Maíz. 70 % - 30 %. Digestato en abierto, sin combustión de los gases desprendidos. 53 % 29 %
Estiércol – Maíz. 70 % - 30 %. Digestato en abierto, con combustión de los gases desprendidos. 69 % 51 %
Estiércol – Maíz. 70 % - 30 %. Digestato en cerrado, sin combustión de los gases desprendidos. 83 % 71 %
Estiércol – Maíz. 70 % - 30 %. Digestato en cerrado, con combustión de los gases desprendidos. 99 % 94 %
Estiércol – Maíz. 60 % - 40 %. Digestato en abierto, sin combustión de los gases desprendidos. 48 % 25 %
Estiércol – Maíz. 60 % - 40 %. Digestato en abierto, con combustión de los gases desprendidos. 64 % 48 %
Estiércol – Maíz. 60 % - 40 %. Digestato en cerrado, sin combustión de los gases desprendidos. 74 % 62 %
Estiércol – Maíz. 60 % - 40 %. Digestato en cerrado, con combustión de los gases desprendidos. 90 % 84 %
(*)La reducción de emisiones de gases de efecto invernadero correspondiente al biometano alude únicamente al biometano comprimido en relación con el combustible fósil de referencia para el transporte de 94 g CO2eq/MJ. (1) Esta categoría comprende las siguientes categorías de tecnologías para el enriquecimiento del biogás a biometano: adsorción por cambio de presión (PSA), depuración por agua a presión (PWS), membranas, técnicas criogénicas y depuración física orgánica (OPS). Incluye una emisión de 0,03 MJ CH4/MJ biometano para la emisión de metano en los gases desprendidos. (2) Esta categoría comprende las siguientes categorías de tecnologías para el enriquecimiento del biogás a biometano: depuración por agua a presión (PWS) cuando el agua es reciclada, adsorción por cambio de presión (PSA), depuración química, depuración física orgánica (OPS), membranas y enriquecimiento criogénico. En esta categoría no se consideran las emisiones de metano (el metano de los gases desprendidos, caso de haberlo, es objeto de combustión). (*)La reducción de emisiones de gases de efecto invernadero correspondiente al biometano alude únicamente al biometano comprimido en relación con el combustible fósil de referencia para el transporte de 94 g CO2eq/MJ. (1) Esta categoría comprende las siguientes categorías de tecnologías para el enriquecimiento del biogás a biometano: adsorción por cambio de presión (PSA), depuración por agua a presión (PWS), membranas, técnicas criogénicas y depuración física orgánica (OPS). Incluye una emisión de 0,03 MJ CH4/MJ biometano para la emisión de metano en los gases desprendidos. (2) Esta categoría comprende las siguientes categorías de tecnologías para el enriquecimiento del biogás a biometano: depuración por agua a presión (PWS) cuando el agua es reciclada, adsorción por cambio de presión (PSA), depuración química, depuración física orgánica (OPS), membranas y enriquecimiento criogénico. En esta categoría no se consideran las emisiones de metano (el metano de los gases desprendidos, caso de haberlo, es objeto de combustión). (*)La reducción de emisiones de gases de efecto invernadero correspondiente al biometano alude únicamente al biometano comprimido en relación con el combustible fósil de referencia para el transporte de 94 g CO2eq/MJ. (1) Esta categoría comprende las siguientes categorías de tecnologías para el enriquecimiento del biogás a biometano: adsorción por cambio de presión (PSA), depuración por agua a presión (PWS), membranas, técnicas criogénicas y depuración física orgánica (OPS). Incluye una emisión de 0,03 MJ CH4/MJ biometano para la emisión de metano en los gases desprendidos. (2) Esta categoría comprende las siguientes categorías de tecnologías para el enriquecimiento del biogás a biometano: depuración por agua a presión (PWS) cuando el agua es reciclada, adsorción por cambio de presión (PSA), depuración química, depuración física orgánica (OPS), membranas y enriquecimiento criogénico. En esta categoría no se consideran las emisiones de metano (el metano de los gases desprendidos, caso de haberlo, es objeto de combustión). (*)La reducción de emisiones de gases de efecto invernadero correspondiente al biometano alude únicamente al biometano comprimido en relación con el combustible fósil de referencia para el transporte de 94 g CO2eq/MJ. (1) Esta categoría comprende las siguientes categorías de tecnologías para el enriquecimiento del biogás a biometano: adsorción por cambio de presión (PSA), depuración por agua a presión (PWS), membranas, técnicas criogénicas y depuración física orgánica (OPS). Incluye una emisión de 0,03 MJ CH4/MJ biometano para la emisión de metano en los gases desprendidos. (2) Esta categoría comprende las siguientes categorías de tecnologías para el enriquecimiento del biogás a biometano: depuración por agua a presión (PWS) cuando el agua es reciclada, adsorción por cambio de presión (PSA), depuración química, depuración física orgánica (OPS), membranas y enriquecimiento criogénico. En esta categoría no se consideran las emisiones de metano (el metano de los gases desprendidos, caso de haberlo, es objeto de combustión).

B. Metodología

1.

Las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes de la producción y el uso de combustibles de biomasa se calcularán con las fórmulas siguientes:

a)

Las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes de la producción y el uso de combustibles de biomasa antes de su conversión en electricidad, calefacción y refrigeración, se calcularán con la fórmula siguiente:

E = eec + el + ep + etd + eu - esca – eccs - eccr

Siendo:

E = las emisiones totales procedentes de la producción del combustible antes de la conversión energética;

eec = las emisiones procedentes de la extracción o del cultivo de las materias primas

el = las emisiones anualizadas procedentes de las modificaciones en las reservas de carbono causadas por el cambio en el uso de la tierra;

ep = las emisiones procedentes de la transformación;

etd = las emisiones procedentes del transporte y la distribución;

eu = las emisiones procedentes del combustible durante su consumo;

esca = la reducción de emisiones derivada de la acumulación de carbono

en el suelo mediante una mejora de la gestión agrícola;

eccs = la reducción de emisiones derivada de la captura y almacenamiento geológico del CO2; y

eccr = la reducción de emisiones derivada de la captura y sustitución del CO2.

No se tendrán en cuenta las emisiones procedentes de la fabricación de maquinaria y equipos.

b)

En caso de codigestión de diferentes sustratos en una instalación de biogás para la producción de biogás o biometano, los valores típicos y los valores por defecto de las emisiones de gases de efecto invernadero se calcularán con la fórmula siguiente:

Siendo:

E = emisiones de gases de efecto invernadero por MJ de biogás o biometano producido mediante codigestión de la mezcla de sustratos definida

Sn = parte correspondiente a la materia prima n en el contenido energético

En = emisión en g CO2 /MJ para el proceso n de acuerdo con lo dispuesto en la parte D del presente anexo (*)

(*) En el caso del estiércol animal usado como sustrato, se añade una prima de 45 g CO2 eq/MJ para estiércol (-54 kg CO2 eq/t de materia fresca) en concepto de mejora de la gestión agrícola y del estiércol.

Siendo:

Pn = rendimiento energético [MJ] por kg de materia prima húmeda n (**)

Wn = factor de ponderación del sustrato n definido como:

(**) Para calcular los valores típicos y los valores por defecto se usarán los siguientes valores de Pn:

P(Maíz): 4,16 [MJ biogás /kg maíz húmedo con 65 % de humedad]

P(Estiércol): 0,50 [MJ biogás /kg estiércol húmedo con 90 % de humedad]

P(Biorresiduos) 3,41 [MJ biogás /kg biorresiduos húmedos con 76 % de humedad]

Siendo:

In = aportación anual en el digestor del sustrato n [tonelada de materia fresca]

AMn = humedad media anual del sustrato n [kg de agua/kg de materia fresca]

SMn = humedad estándar del sustrato n (***).

(***) Se usarán los siguientes valores de humedad estándar del sustrato SMn:

SM(Maíz): 0,65 [kg agua/kg materia fresca]

SM(Estiércol): 0,90 [kg agua/kg materia fresca]

SM(Biorresiduos): 0,76 [kg agua/kg materia fresca]

c)

En caso de codigestión de n sustratos en una instalación de biogás para la producción de electricidad o biometano, las emisiones reales de gases de efecto invernadero procedentes de biogás y biometano se calcularán con la fórmula siguiente:

Siendo:

E = emisiones totales procedentes de la producción del biogás o el biometano antes de la conversión energética;

Sn = parte correspondiente a la materia prima n como fracción de la aportación total en el digestor

eec,n = las emisiones procedentes de la extracción o del cultivo de la materia prima n;

etd,materia prima,n= las emisiones procedentes del transporte de la materia prima n al digestor;

el,n = las emisiones anualizadas procedentes de las modificaciones en las reservas de carbono causadas por el cambio en el uso de la tierra, para la materia prima n;

esca = la reducción de emisiones derivada de una mejora de la gestión agrícola de la materia prima n*;

(*) En el caso de esca se aplicará una prima de 45 g CO2 eq/MJ de estiércol por mejoras en la gestión agrícola y del estiércol, cuando el estiércol animal se use como sustrato para la producción de biogás y biometano.

ep = las emisiones procedentes de la transformación;

etd,producto = las emisiones procedentes del transporte y la distribución de biogás y/o biometano;

eu= las emisiones procedentes del combustible cuando se utiliza, es decir, los gases de efecto invernadero emitidos durante la combustión;

eccs= la reducción de emisiones derivada de la captura y almacenamiento geológico de CO2; y

eccr = la reducción de emisiones derivada de la captura y sustitución de CO2.

d)

Las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes de la utilización de combustibles de biomasa en la producción de electricidad, calefacción y refrigeración, incluida la conversión energética en la electricidad y/o calefacción y refrigeración producida, se calcularán con las fórmulas siguientes:

i)

En el caso de las instalaciones energéticas que produzcan solamente calor:

ii) En el caso de las instalaciones energéticas que produzcan solamente electricidad:

Donde:

ECh,el = las emisiones totales de gases de efecto invernadero del producto energético final,

E = las emisiones totales de gases de efecto invernadero del combustible antes de la conversión final,

ηel = la eficiencia eléctrica, definida como la electricidad producida anualmente dividida por la aportación anual de combustible, sobre la base de su contenido energético.

η h = la eficiencia térmica, definida como la producción anual de calor útil dividida por la aportación anual de combustible, sobre la base de su contenido energético.

iii) En el caso de electricidad o energía mecánica procedentes de instalaciones energéticas que produzcan calor útil junto con electricidad y/o energía mecánica:

iv) En el caso del calor útil procedente de instalaciones energéticas que produzcan calor junto con electricidad y/o energía mecánica:

Siendo:

ECh,el = las emisiones totales de gases de efecto invernadero del producto energético final,

E = las emisiones totales de gases de efecto invernadero del combustible antes de la conversión final,

ηel= la eficiencia eléctrica, definida como la electricidad producida anualmente dividida por la aportación anual de energía, sobre la base de su contenido energético,

ηh = la eficiencia térmica, definida como la producción anual de calor útil dividida por la aportación anual de energía, sobre la base de su contenido energético,

Cel = la fracción de exergía en la electricidad y/o la energía mecánica, fijada en el 100 % (C el = 1),

Ch = la eficiencia de Carnot (fracción de exergía en el calor útil).

La eficiencia de Carnot C h, para el calor útil a diferentes temperaturas, se define como:

Siendo:

Th = la temperatura, medida en temperatura absoluta (kelvin), del calor útil en el punto de entrega,

T0 = la temperatura del ambiente, fijada a 273,15 kelvin (igual a 0 °C).

Si el calor excedentario se exporta para la calefacción de edificios a una temperatura inferior a 150 °C (423,15 kelvin), Ch puede definirse de forma alternativa del modo siguiente:

Ch = eficiencia de Carnot en calor a 150 °C (423,15 kelvin), que es 0,3546

A efectos de ese cálculo, se entenderá por:

i)

«Cogeneración»: la generación simultánea de energía térmica y eléctrica y/o mecánica en un solo proceso;

ii) «Calor útil»: el calor generado para satisfacer una demanda económicamente justificable de calor a efectos de calefacción o refrigeración;

iii) «Demanda económicamente justificable»: la demanda que no supera las necesidades de calor o refrigeración y que, en otro caso, sería satisfecha en condiciones de mercado.

2.

Las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes de combustibles de biomasa se expresarán del modo siguiente:

a)

Las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes de combustibles de biomasa, E, se expresarán en gramos equivalentes de CO2 por MJ de combustible de biomasa, g CO2 eq/MJ;

b)

Las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes de la calefacción o la electricidad, producida a partir de combustibles de biomasa, EC, se expresarán en gramos equivalentes de CO2 por MJ del producto energético final (calor o electricidad), g CO2 eq/MJ.

Cuando la calefacción y la refrigeración se cogeneren con electricidad, las emisiones se repartirán entre el calor y la electricidad [según lo expuesto en el punto 1, letra d)], con independencia de que el calor se use realmente para calefacción o para refrigeración.(1)

(1) El calor o el calor residual se utilizan para generar refrigeración (aire o agua enfriados) mediante enfriadores de absorción. Por tanto, procede calcular únicamente las emisiones asociadas al calor producido por MJ de calor, con independencia de que el uso final del calor sea la calefacción efectiva o la refrigeración mediante enfriadores de absorción.

Cuando las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes de la extracción o del cultivo de las materias primas eec se expresen en unidades de g CO2 eq/tonelada seca de materia prima, la conversión en gramos equivalentes de CO2 por MJ de combustible (g CO2 eq/MJ) se calculará con la fórmula siguiente(2):

(2) La fórmula para el cálculo de las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes de la extracción o del cultivo de materias primas eec describe casos en los que las materias primas se transforman en biocarburantes en un único paso. En el caso de cadenas de suministro más complejas es necesario aplicar ajustes para calcular las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes de la extracción o del cultivo de materias primas eec para productos intermedios.

Siendo:

Las emisiones por tonelada seca de materia prima se calcularán con la fórmula siguiente:

3.

La reducción de emisiones de gases de efecto invernadero procedente de combustibles de biomasa se calculará como sigue:

a)

Reducción de emisiones de gases de efecto invernadero procedente de combustibles de biomasa utilizados como combustible para el transporte:

REDUCCIÓN = (EF(t) – EB) /EF(t)

Siendo:

EB) = las emisiones totales procedentes de combustibles de biomasa

usados como combustible para el transporte; y

EF(t) = las emisiones totales del combustible fósil de referencia para el transporte.

b)

Reducción de emisiones de gases de efecto invernadero procedente de la calefacción y refrigeración, y electricidad generada a partir de combustibles de biomasa:

REDUCCIÓN = (ECF(h&c,el) – ECB(h&c,el) )/ECF (h&c,el)

Siendo:

ECB(h&c,el) = las emisiones totales procedentes del calor o la electricidad;

ECF(h&c,el) = las emisiones totales del combustible fósil de referencia para el calor útil o la electricidad.

4.

Los gases de efecto invernadero que se tendrán en cuenta a efectos del punto 1 serán CO2, N2O y CH4. Con el fin de calcular la equivalencia en CO2, estos gases se valorarán del siguiente modo:

CO2: 1

N2O: 298

CH4: 25

5.

Las emisiones procedentes de la extracción, recolección o cultivo de las materias primas, eec, incluirán las emisiones procedentes del proceso de extracción, recolección o cultivo propiamente dicho; de la recogida, el secado y el almacenamiento de las materias primas; de los residuos y pérdidas, y de la producción de sustancias químicas o productos utilizados en la extracción o el cultivo. Se excluirá la captura de CO2 en el cultivo de las materias primas. Como alternativa a la utilización de valores reales, podrán obtenerse estimaciones de las emisiones procedentes del cultivo de biomasa agrícola a partir de medias regionales de las emisiones en el cultivo incluidas en los informes a que se refiere el artículo 10.2, o de la información sobre los valores por defecto desagregados para las emisiones en el cultivo que figuran en el presente anexo. En ausencia de información pertinente en dichos informes, se permitirá calcular medias basadas en prácticas agrícolas locales sobre la base, por ejemplo, de datos de un grupo de explotaciones, como alternativa a la utilización de valores reales.

Las estimaciones de las emisiones procedentes del cultivo y cosecha de biomasa forestal podrán elaborarse a partir de medias de tales emisiones calculadas para zonas geográficas a nivel nacional, como alternativa a la utilización de valores reales.

6.

A efectos del cálculo a que se refiere el punto 1, letra a), la reducción de emisiones debida a la mejora de la gestión agrícola esca (como la reducción o supresión de la labranza, sistemas mejorados de rotación de cultivos, uso de cultivos de cobertura, incluida la gestión de los desechos de los cultivos, y el uso de enmiendas orgánicas del suelo, tales como el compost o el digestato de la fermentación del estiércol), solo se considerará si se facilitan pruebas convincentes y verificables de que el contenido de carbono del suelo ha aumentado, o cabe esperar que haya aumentado, en el período en el que se han cultivado las materias primas consideradas, teniendo a la vez en cuenta las emisiones cuando tales prácticas llevan a un mayor uso de abonos y herbicidas.(3)

(3) Dichas pruebas pueden consistir en mediciones del carbono en suelo, compuestas, por ejemplo, de una primera medición con anterioridad al cultivo y otras posteriores a intervalos regulares de varios años. En tal caso, antes de que se disponga de la segunda medición, el aumento del carbono en suelo se calcularía atendiendo a experimentos representativos o a modelos de suelo. A partir de la segunda medición, las mediciones constituirían la base para determinar la existencia de un aumento del carbono en suelo y de su magnitud.

7.

Las emisiones anualizadas procedentes de las modificaciones en las reservas de carbono causadas por un cambio del uso de la tierra, el, se calcularán dividiendo las emisiones totales por igual a lo largo de 20 años. Para el cálculo de esas emisiones, se aplicará la siguiente fórmula:

el = (CSR – CSA ) × 3,664 × 1/20 × 1/P– eB(4)

(4) Al dividir el peso molecular del CO2 (44,010 g/mol) por el peso atómico del carbono (12,011 g/mol) se obtiene un cociente de 3,664.

Siendo:

el= emisiones anualizadas de gases de efecto invernadero procedentes de las modificaciones en las reservas de carbono causadas por el cambio de uso de la tierra (expresadas como masa equivalente de CO2 por unidad de energía producida por combustibles de biomasa). Las «tierras de cultivo»(5) y las tierras usadas para «cultivos vivaces»(6) se considerarán un único uso de la tierra;

(5) Tierras de cultivo definidas por el Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático.

(6) Los cultivos vivaces se definen como cultivos multianuales cuyo tallo, por lo general, no se recoge anualmente, como el monte bajo de rotación corta y la palmera de aceite.

CSR = reservas de carbono por unidad de superficie asociadas al uso de la tierra de referencia [expresadas como masa de carbono (toneladas) por unidad de superficie, incluidos tanto el suelo como la vegetación]. El uso de la tierra de referencia será el uso de la tierra en enero de 2008, o bien 20 años antes de que se obtuvieran las materias primas, si esta fecha es posterior;

CSA = reservas de carbono por unidad de superficie asociadas al uso real de la tierra [expresadas como masa de carbono (toneladas) por unidad de superficie, incluidos tanto el suelo como la vegetación]. En los casos en que las reservas de carbono se acumulen durante un período superior a un año, el valor de CS A será el de las reservas estimadas por unidad de superficie después de 20 años, o cuando el cultivo alcance su madurez, si esta fecha es anterior;

P = productividad de los cultivos (medida como la energía producida por los combustibles de biomasa por unidad de superficie al año); y

eB= prima de 29 g CO2 eq/MJ para el combustible de biomasa si la biomasa se obtiene de tierras degradadas restauradas según las condiciones establecidas en el punto 8.

8.

La prima de 29 g CO2 eq/MJ se asignará siempre que se demuestre que la tierra:

a)

No era explotada con fines agrícolas en enero de 2008 ni con otros fines; y

b)

Se define como tierras gravemente degradadas, incluidas las tierras anteriormente explotadas con fines agrícolas.

La prima de 29 g CO2 eq/MJ se aplicará durante un período máximo de 20 años a partir de la fecha de la reconversión de la tierra en explotación agrícola, siempre que se garantice un crecimiento regular de las reservas de carbono así como una reducción importante de la erosión para las tierras incluidas en la categoría b).

9.

Se entenderá por «tierras gravemente degradadas» las tierras que, durante un período de tiempo considerable, se hayan salinizado de manera importante o hayan presentado un contenido de materias orgánicas significativamente bajo y hayan sido gravemente erosionadas.

10.

De acuerdo con el anexo II.C.10, la Decisión 2010/335/UE de la Comisión(7), que establece las directrices para calcular las reservas de carbono en suelo, elaboradas a partir de las Directrices de 2006 del IPCC para los inventarios nacionales de gases de efecto invernadero, volumen 4, y de acuerdo con los Reglamentos (UE) n. o 525/2013 y (UE) 2018/841 servirán de base para el cálculo de las reservas de carbono en suelo.

(7) Decisión 2010/335/UE de la Comisión, de 10 de junio de 2010, sobre directrices para calcular las reservas de carbono en suelo a efectos del anexo V de la Directiva 2009/28/CE (DO L 151 de 17.6.2010, p. 19).

11.

Las emisiones procedentes de la transformación, ep, incluirán las emisiones procedentes de la transformación propiamente dicha, de los residuos y pérdidas, y de la producción de sustancias químicas o productos utilizados en transformación con inclusión de las emisiones de CO2 correspondientes al contenido de carbono de los insumos fósiles, se produzca o no la combustión de estas durante el proceso.

Para calcular el consumo de electricidad no producida en la instalación de producción de combustibles de biomasa sólidos o gaseosos, se considerará que la intensidad de las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes de la producción y distribución de esa electricidad es igual a la intensidad media de las emisiones procedentes de la producción y distribución de electricidad en una región determinada. Como excepción a esta regla, los productores podrán utilizar un valor medio para la electricidad producida en una determinada instalación de producción de electricidad, si dicha instalación no está conectada a la red eléctrica.

Las emisiones procedentes de la transformación incluirán las emisiones procedentes del secado de productos y materiales intermedios, cuando proceda.

12.

Las emisiones procedentes del transporte y la distribución, etd, incluirán las emisiones procedentes del transporte de materias primas y semiacabadas y del almacenamiento y la distribución de materias acabadas. Las emisiones procedentes del transporte y la distribución que deben tenerse en cuenta en el punto 5 no estarán cubiertas por el presente punto.

13.

Las emisiones de CO2 procedentes del combustible durante su consumo, eu, se considerarán nulas para los combustibles de biomasa. Las emisiones de gases de efecto invernadero distintos del CO2 (CH4 y N2O) procedentes del combustible durante su consumo se incluirán en el factor eu.

14.

La reducción de emisiones derivada de la captura y almacenamiento geológico del CO2, eccs, que no se haya contabilizado ya en ep, se limitará a las emisiones evitadas gracias a la captura y el almacenamiento del CO2 emitido, relacionado directamente con la extracción, el transporte, la transformación y la distribución del combustible de biomasa, siempre y cuando se almacene de conformidad con la Directiva 2009/31/CE.

15.

La reducción de emisiones derivada de la captura y sustitución del CO2, eccr estará directamente relacionada con la producción de combustible de biomasa de donde proceden, y se limitará a las emisiones evitadas gracias a la captura del CO2 cuyo carbono proviene de la biomasa y se utiliza para sustituir el CO2 de origen fósil en la producción de productos y servicios comerciales.

16.

Cuando una unidad de cogeneración –que suministra calor y/o electricidad a un proceso de producción de combustible de biomasa cuyas emisiones se estén calculando– produzca electricidad excedentaria y/o calor útil excedentario, las emisiones de gases de efecto invernadero se repartirán entre la electricidad y el calor útil en función de la temperatura del calor (que refleja la utilidad del este). La porción útil del calor se obtiene al multiplicar su contenido energético por el factor de eficiencia de Carnot, Ch, que se calcula como sigue:

Siendo:

Th = temperatura, medida en temperatura absoluta (kelvin) del calor útil en el punto de entrega;

T0 = temperatura del ambiente, fijada a 273,15 kelvin (igual a 0 oC).

Si el calor excedentario se exporta para la calefacción de edificios a una temperatura inferior a 150 oC (423,15 kelvin), C h puede definirse de forma alternativa del modo siguiente:

Ch = eficiencia de Carnot en calor a 150 oC (423,15 kelvin), que es 0,3546

A efectos de ese cálculo, se utilizarán las eficiencias reales, definidas como la producción anual de energía mecánica, electricidad y calor dividida, respectivamente, por la aportación anual de energía.

A efectos de ese cálculo, se entenderá por:

a)

«Cogeneración»: la generación simultánea en un proceso de energía térmica y eléctrica y/o mecánica;

b)

«Calor útil»: el calor generado para satisfacer una demanda económicamente justificable de calor a efectos de calefacción o refrigeración;

c)

«Demanda económicamente justificable»: la demanda que no supera las necesidades de calor o refrigeración y que, en otro caso, sería satisfecha en condiciones de mercado.

17.

Si en un proceso de producción de combustible de biomasa se produce, de manera combinada, el combustible cuyas emisiones se están calculando y uno o más productos diferentes («coproductos»), las emisiones de gases de efecto invernadero se repartirán entre el combustible o su producto intermedio y los coproductos, proporcionalmente a su contenido energético (determinado por el valor calorífico inferior en el caso de los coproductos distintos de la electricidad y el calor). La intensidad de gases de efecto invernadero del calor útil o la electricidad excedentarios es la misma que la del calor o la electricidad suministrados al proceso de producción de combustible de biomasa, y viene determinada por el cálculo de la intensidad de gases de efecto invernadero de todos los insumos y emisiones, incluidas las materias primas y las emisiones de CH4 y N2O, desde y hacia la unidad de cogeneración, caldera u otro aparato que suministre calor o electricidad al proceso de producción del combustible de biomasa. En caso de cogeneración de electricidad y calor, el cálculo se efectuará de conformidad con el punto 16.

18.

A efectos del cálculo mencionado en el punto 17, las emisiones que deben repartirse serán eec + el + esca + las fracciones de ep, etd, eccs, y eccr que intervienen hasta la fase del proceso en que se produce un coproducto, incluida dicha fase. Si se han asignado emisiones a coproductos en una fase anterior del proceso en el ciclo de vida, se utilizará a dichos efectos la fracción de esas emisiones asignadas al producto combustible intermedio en esa última fase, en lugar del total de las emisiones.

En el caso del biogás y el biometano, todos los coproductos se tendrán en cuenta a efectos de ese cálculo. No se asignarán emisiones a los residuos y desechos. A efectos del cálculo, se considerará que los coproductos con un contenido energético negativo tienen un contenido energético nulo.

Se considerará que los residuos y desechos, incluidas las copas de árboles y ramas, la paja, las cortezas, peladuras y cáscaras de frutos secos, así como los desechos de la transformación, incluidos la glicerina en crudo (no refinada) y el bagazo, son materiales sin emisiones de gases de efecto invernadero en el ciclo de vida hasta su recogida, independientemente de si son transformados en productos intermedios antes de su transformación en producto final.

En el caso de los combustibles de biomasa producidos en refinerías, distintos de la combinación de plantas de transformación con calderas o unidades de cogeneración que suministran calor y/o electricidad a la planta de transformación, la unidad de análisis a efectos del cálculo mencionado en el punto 17 será la refinería.

19.

Para los combustibles de biomasa utilizados en la producción de electricidad, a efectos del cálculo mencionado en el punto 3, el valor del combustible fósil de referencia ECF(el) será 183 g CO2 eq/MJ de electricidad o 212 g CO2 eq/MJ de electricidad para las regiones ultraperiféricas.

Para los combustibles de biomasa utilizados para el calor útil, y en la producción de calefacción y/o refrigeración, a efectos del cálculo mencionado en el punto 3, el valor del combustible fósil de referencia EC F(h) será 80 g CO2 eq/MJ de calor.

Para los combustibles de biomasa utilizados en la producción de calor útil, en caso de que pueda demostrarse una sustitución física directa del carbón, a efectos del cálculo mencionado en el punto 3, el valor del combustible fósil de referencia ECF(h) será 124 g CO2 eq/MJ de calor.

Para los combustibles de biomasa utilizados como combustible de transporte, a efectos del cálculo mencionado en el punto 3, el valor del combustible fósil de referencia ECF(t) será 94 g CO2 eq/MJ.

C. Valores por defecto desagregados para los combustibles de biomasa

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