Resolución de 15 de abril de 2024, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales

Rango Resolución
Publicación 2024-04-20
Estado Vigente
Texto Tal como se publicó
Departamento Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Fuente BOE
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artículos 27

Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.

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A efectos de lo dispuesto en el artículo 35.7.b) del convenio, la República de Indonesia confirma que ha concluido sus procedimientos internos para que surta efecto la notificación adicional efectuada por la siguiente Parte en relación con su convenio:

Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante Fecha de recepción Disposición Jurisdicción contratante Fecha de comunicación
Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante Fecha de recepción Información sobre las notificaciones adicionales Información sobre las notificaciones adicionales Información sobre las notificaciones adicionales
26 Finlandia. 27.11.2023 Artículo 9.8. Finlandia. 27.6.2023

INDONESIA.

27-11-2023 NOTIFICACIÓN.

Artículo 2. Interpretación de los términos.

Notificación de los convenios comprendidos en el convenio multilateral.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 2.1.a).ii) del convenio, la República de Indonesia desea que los siguientes convenios queden comprendidos en el convenio:

N.º Título Otra jurisdicción contratante Instrumento original/por el que se modifica Fecha de la firma Fecha de entrada en vigor
1 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de Australia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Australia. Original. 22.4.1992 14.12.1992
2 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de Brunéi Darusalam para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Brunéi Darusalam. Original. 27.2.2000 7.11.2001
3 Convenio entre la República de Indonesia y Canadá para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. Canadá. Original. 16.1.1979 23.12.1980
3 Convenio entre la República de Indonesia y Canadá para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. Canadá. Instrumento por el que se modifica a). 1.4.1998 31.12.1998
4 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República Popular China para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. China (República Popular). Original. 7.11.2001 25.8.2003
4 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República Popular China para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. China (República Popular). Instrumento por el que se modifica a). 26.3.2015 16.3.2016
5 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República Francesa para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. Francia. Original. 14.9.1979 13.3.1981
6 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la Región Administrativa Especial de Hong Kong de la República Popular China para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Hong Kong (Región Administrativa Especial). Original. 23.3.2010 28.3.2012
7 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República de la India para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y su Protocolo. India. Original. 27.7.2012 5.2.2016
8 Convenio entre la República de Indonesia y Japón para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Japón. Original. 3.3.1982 31.12.1982
9 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República Democrática Popular de Laos para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. República Popular Democrática de Laos. Original. 8.9.2011 11.10.2016
10 Convenio entre la República de Indonesia y el Gran Ducado de Luxemburgo para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. Luxemburgo. Original. 14.1.1993 10.3.1994
11 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de Malasia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Malasia. Original. 12.9.1991 11.8.1992
11 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de Malasia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Malasia. Instrumento por el que se modifica a). 12.1.2006 1.7.2010
11 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de Malasia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Malasia. Instrumento por el que se modifica b). 20.10.2011 1.8.2017
12 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de los Países Bajos para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Países Bajos. Original. 29.1.2002 31.12.2003
12 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de los Países Bajos para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Países Bajos. Instrumento por el que se modifica a). 30.7.2015 1.8.2017
13 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de Nueva Zelanda para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y su Protocolo. Nueva Zelanda. Original. 25.3.1987 24.6.1988
14 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República de Filipinas para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Filipinas(7). Original. 18.6.1981 19.5.1982
15 Convenio entre la República de Indonesia y la República de la Singapur para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Singapur. Original. 8.5.1990 25.1.1991
16 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República de Seychelles para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Seychelles. Original. 27.9.1999 16.5.2000
17 Convenio entre la República de Indonesia y la República Corea para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y su Protocolo. República de Corea. Original. 10.11.1988 3.5.1989
18 Convenio entre la República de Indonesia y la Confederación Suiza para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta. Suiza. Original. 29.8.1988 24.10.1989
18 Convenio entre la República de Indonesia y la Confederación Suiza para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta. Suiza. Instrumento por el que se modifica a). 8.2.2007 20.3.2009
19 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno del Reino de Tailandia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Tailandia. Original. 15.6.2001 23.10.2003
20 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. Reino Unido. Original. 5.4.1993 14.4.1994
21 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de los Emiratos Árabes Unidos para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Emiratos Árabes Unidos. Original. 30.11.1995 1.6.1999
22 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de los Estados Unidos de América para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Estados Unidos de América. Original. 11.7.1988 1.2.1991
22 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de los Estados Unidos de América para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Estados Unidos de América. Instrumento por el que se modifica a). 24.7.1996 23.12.1996
23 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República Socialista de Vietnam para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Vietnam. Original. 22.12.1997 10.2.1999
24 Convenio entre la República de Indonesia y el Reino de Bélgica para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Bélgica. Original. 16.9.1997 7.11.2001
25 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República de Croacia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Croacia. Original. 15.2.2002 16.3.2012
26 Convenio entre la República de Indonesia y la República de Finlandia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Finlandia. Original. 15.10.1987 26.1.1989
27 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República Italiana para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio y prevenir la evasión fiscal. Italia. Original. 18.2.1990 2.9.1995
28 Convenio entre la República de Indonesia y el Reino de Noruega para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. Noruega. Original. 19.7.1988 7.2.1990
29 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República de Polonia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Polonia. Original. 6.10.1992 25.8.1993
30 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno del Estado de Qatar para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Qatar. Original. 30.4.2006 19.9.2007
31 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República Eslovaca para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la evitar. Eslovaquia. Original. 12.10.2000 30.1.2001
32 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República de Sudáfrica para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Sudáfrica. Original. 15.7.1997 23.11.1998
33 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República de Turquía para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Turquía. Original. 25.2.1997 6.3.2000
34 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República de Armenia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. Armenia. Original. 13.10.2005 12.4.2016
35 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República de Bulgaria para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Bulgaria. Original. 11.1.1991 25.5.1992
36 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República Checa para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. República Checa. Original. 4.10.1994 26.1.1996
37 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno del Reino de Dinamarca para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Dinamarca. Original. 28.12.1985 29.4.1986
38 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República de Egipto para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Egipto. Original. 13.5.1998 26.2.2002
39 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República Popular de Hungría para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Hungría. Original. 19.10.1989 15.2.1993
40 Acuerdo entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. México. Original. 6.9.2002 28.10.2004
40 Acuerdo entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. México. Instrumento por el que se modifica a). 6.10.2013 18.9.2019
41 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República Islámica de Pakistán para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Pakistán. Original. 7.10.1990 28.2.1991
42 Convenio entre la República de Indonesia y la República Portuguesa para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Portugal. Original. 9.7.2003 11.5.2007
43 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de Rumanía para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Rumanía. Original. 3.7.1996 13.1.1999
44 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la Federación de Rusia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Rusia. Original. 12.3.1999 17.12.2002
45 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República de Serbia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Serbia. Original. 28.2.2011 13.12.2018
46 Convenio entre la República de Indonesia y el Reino de España para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. España. Original. 30.5.1995 20.12.1999
47 Convenio entre la República de Indonesia y el Reino de Suecia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Suecia. Original. 28.2.1989 27.9.1989
(7) La República de Indonesia depositó la notificación el 27.11.2023 para retirar el instrumento por el que se modifica a). (7) La República de Indonesia depositó la notificación el 27.11.2023 para retirar el instrumento por el que se modifica a). (7) La República de Indonesia depositó la notificación el 27.11.2023 para retirar el instrumento por el que se modifica a). (7) La República de Indonesia depositó la notificación el 27.11.2023 para retirar el instrumento por el que se modifica a). (7) La República de Indonesia depositó la notificación el 27.11.2023 para retirar el instrumento por el que se modifica a). (7) La República de Indonesia depositó la notificación el 27.11.2023 para retirar el instrumento por el que se modifica a).

Notificación de ampliación de la lista de convenios comprendidos en el convenio.

En virtud del artículo 29.5 del convenio, la República de Indonesia desea ampliar el listado de convenios comprendidos en el convenio para incluir en él los que figuran a continuación. El Depositario recibió y comunicó la notificación de esta ampliación del listado de convenios en las fechas que figuran a continuación.

N.º Título Otra jurisdicción contratante Instrumento original/por el que se modifica Fecha de la firma Fecha de entrada en vigor Fecha de recepción/comunicación
48 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República de Austria para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. Austria. Original. 24.7.1986 1.10.1988 Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
49 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República de Bielorrusia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Bielorrusia. Original. 19.3.2013 9.5.2018 Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
50 Convenio entre la República de Indonesia y la República Federal Alemania para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. Alemania. Original. 30.10.1990 28.12.1991 Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
51 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno del Reino Hachemí de Jordania para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Jordania. Original. 12.11.1996 22.12.1998 Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
52 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno del Estado de Kuwait para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. Kuwait. Original. 23.4.1997 11.12.1998 Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
53 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de Mongolia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Mongolia. Original. 2.7.1996 7.1.2000 Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
54 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno del Reino de Marruecos para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Marruecos. Original. 8.6.2008 10.4.2012 Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
55 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno del Estado Independiente de Papúa Nueva Guinea para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Papúa Nueva Guinea. Original. 12.3.2010 5.3.2014 Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
56 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de la República de Singapur para eliminar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio y prevenir la evasión fiscal. Singapur (nuevo). Original. 4.2.2020 23.7.2021 Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
57 Convenio entre la República de Indonesia y la República Socialista Democrática de Sri Lanka para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Sri Lanka. Original. 3.2.1993 21.6.1994 Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
58 Convenio entre la República de Indonesia y la República de Túnez para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Túnez. Original. 13.5.1992 12.4.1993 Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
59 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de Ucrania para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Ucrania. Original. 11.4.1996 9.11.1998 Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
60 Convenio entre el Gobierno de la República de Indonesia y el Gobierno de los Emiratos Árabes Unidos para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Emiratos Árabes Unidos (nuevo). Original. 24.7.2019 19.8.2021 Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.

Artículo 3. Entidades transparentes.

Reserva.

En virtud del artículo 3.5.a) del convenio, la República de Indonesia se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 3 a sus convenios fiscales comprendidos.

Artículo 4. Entidades con doble residencia.

Reserva.

En virtud del artículo 4.3.c) del convenio, la República de Indonesia se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 4 a sus convenios fiscales comprendidos que ya aborden casos en los que una persona distinta de una persona física es residente de más de una jurisdicción contratante, denegando los beneficios del convenio sin requerir a las autoridades competentes de las jurisdicciones contratantes que hagan lo posible por llegar a un acuerdo mutuo para determinar una única jurisdicción contratante de residencia. Los siguientes convenios contienen disposiciones comprendidas en el ámbito de esta reserva.

Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante Disposición
40 México. Artículo 4.3.

En virtud del artículo 4.3.e) del convenio, la República de Indonesia se reserva el derecho a sustituir la última frase del artículo 4.1 por el siguiente texto en sus convenios fiscales comprendidos: «En ausencia de dicho acuerdo, dicha persona no tendrá derecho a las desgravaciones o exenciones previstas en el convenio fiscal comprendido.»

Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 4.4 del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 4.2 que no están sujetas a reserva alguna en virtud del artículo 4.3.b) a 4.3.d). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante Disposición
1 Australia. Artículo 4.4.
2 Brunéi Darusalam. Artículo 4.3.
3 Canadá. Artículo 4.3.
4 China (República Popular). Artículo 4.3.
5 Francia. Artículo 4.3.
6 Hong Kong (Región Administrativa Especial). Artículo 4.3.
7 India. Artículo 4.3.
8 Japón. Artículo 4.2.
9 República Popular Democrática de Laos. Artículo 4.3.
10 Luxemburgo. Artículo 4.3.
11 Malasia. Artículo 4.3.
12 Países Bajos. Artículo 4.4.
13 Nueva Zelanda. Artículo 4.3.
14 Filipinas. Artículo 4.3.
15 Singapur. Artículo 4.3.
16 Seychelles. Artículo 4.3.
17 República de Corea. Artículo 4.3.
18 Suiza. Artículo 4.3.
19 Tailandia. Artículo 4.3.
20 Reino Unido. Artículo 4.3.
21 Emiratos Árabes Unidos. Artículo 4.3.
22 Estados Unidos de América. Artículo 4.4.
23 Vietnam. Artículo 4.3.
24 Bélgica. Artículo 4.3.
25 Croacia. Artículo 4.3.
26 Finlandia. Artículo 4.3.
27 Italia. Artículo 4.3.
28 Noruega. Artículo 4.3.
29 Polonia. Artículo 4.3.
30 Qatar. Artículo 4.3.
31 Eslovaquia. Artículo 4.3.
32 Sudáfrica. Artículo 4.3.
33 Turquía. Artículo 4.3.
34 Armenia. Artículo 4.3.
35 Bulgaria. Artículo 4.3.
36 República Checa. Artículo 4.3.
37 Dinamarca. Artículo 4.3.
38 Egipto. Artículo 4.3 y 4.4.
39 Hungría. Artículo 4.3.
41 Pakistán. Artículo 4.3.
42 Portugal. Artículo 4.3.
43 Rumanía. Artículo 4.3.
44 Rusia. Artículo 4.3.
45 Serbia. Artículo 4.3.
46 España. Artículo 4.3.
47 Suecia. Artículo 4.3.

Notificaciones efectuadas como consecuencia de la ampliación del listado de convenios con posterioridad a la ratificación.

Habiendo incluido, en virtud del artículo 29.5 del convenio, nuevos convenios en el listado de convenios comprendidos y a efectos de lo dispuesto en el artículo 7.4 del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios no contienen disposiciones de las descritas en el artículo 4.2 que no están sujetas a reserva alguna en virtud del artículo 4.3.b) a 4.3.d). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones. El Depositario recibió y comunicó las notificaciones adicionales en las fechas que figuran a continuación.

Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante Disposición Fecha de recepción/comunicación
48 Austria. Artículo 4.3. Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
49 Bielorrusia. Artículo 4.3. Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
50 Alemania. Artículo 4.3. Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
51 Jordania. Artículo 4.3. Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
52 Kuwait. Artículo 4.4. Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
53 Mongolia. Artículo 4.3. Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
54 Marruecos. Artículo 4.3. Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
55 Papúa Nueva Guinea. Artículo 4.3. Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
56 Singapur (nuevo). Artículo 4.3. Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
57 Sri Lanka. Artículo 4.3. Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
58 Túnez. Artículo 4.3. Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
59 Ucrania. Artículo 4.3. Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
60 Emiratos Árabes Unidos (nuevo). Artículo 4.3. Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.

Artículo 5. Aplicación de los métodos para eliminar la doble imposición.

Reserva.

En virtud del artículo 5.8 del convenio, la República de Indonesia se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 5 a sus convenios fiscales comprendidos.

Artículo 6. Objeto de los convenios fiscales comprendidos.

Notificación del texto del preámbulo existente en los convenios incluidos en el listado.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 6.5 del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios no están comprendidos en el ámbito de ninguna reserva formulada al amparo del artículo 6.4 y contienen en el preámbulo la redacción mencionada en el artículo 6.2. A continuación, se reproduce el texto del párrafo correspondiente.

Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante Texto del preámbulo
1 Australia. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,»
2 Brunéi Darusalam. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,»
3 Canadá. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio,»
4 China (República Popular). «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,»
5 Francia. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio,»
6 Hong Kong (Región Administrativa Especial). «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta;»
7 India. Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y con vistas a fomentar la cooperación económica entre los dos países.»
8 Japón. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,»
9 República Popular Democrática de Laos. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,»
10 Luxemburgo. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio,»
11 Malasia. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,»
12 Países Bajos. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,»
13 Nueva Zelanda. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,»
14 Filipinas. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,»
15 Singapur. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,»
16 Seychelles. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,»
17 República de Corea. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,»
18 Suiza. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta.»
19 Tailandia. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,»
20 Reino Unido. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y las ganancias de capital;»
21 Emiratos Árabes Unidos. «Deseando fomentar y reforzar sus relaciones económicas mediante la conclusión de un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,»
22 Estados Unidos de América. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y prevenir la evasión fiscal,»
23 Vietnam. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,»
24 Bélgica. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,»
25 Croacia. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta,»
26 Finlandia. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,»
27 Italia. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y prevenir la evasión fiscal,»
28 Noruega. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio,»
29 Polonia. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,»
30 Qatar. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,»
31 Eslovaquia. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,»
32 Sudáfrica. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y fomentar y reforzar las relaciones económicas entre los dos países,»
33 Turquía. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta»
34 Armenia. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio»
35 Bulgaria. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,»
36 República Checa. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,»
37 Dinamarca. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,»
38 Egipto. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,»
39 Hungría. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,»
40 México. «Deseando concluir un Acuerdo para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,»
41 Pakistán. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta»
42 Portugal. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta»
43 Rumanía. «Deseando fomentar y reforzar las relaciones económicas entre los dos países sobre la base de la soberanía nacional y el respeto de la independencia, la plena igualdad de derechos, el beneficio mutuo y la no injerencia en asuntos internos, y concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta»
44 Rusia. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta»
45 Serbia. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta»
46 España. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio»
47 Suecia. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta»

Notificaciones efectuadas como consecuencia de la ampliación del listado de convenios con posterioridad a la ratificación.

Habiendo incluido, en virtud del artículo 29.5 del convenio, nuevos convenios en el listado de convenios comprendidos y a efectos de lo dispuesto en el artículo 6.5 del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios no contienen disposiciones de las descritas en el artículo 6.4 y contienen en el preámbulo la redacción mencionada en el artículo 6.2. A continuación, se reproduce el texto del párrafo correspondiente. El Depositario recibió y comunicó las notificaciones adicionales en las fechas que figuran a continuación.

Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante Texto del preámbulo Fecha de recepción/comunicación
48 Austria. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio,» Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
49 Bielorrusia. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta;» Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
50 Alemania. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio con vistas a fomentar la inversión y el comercio mutuos» Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
51 Jordania. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,» Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
52 Kuwait. «Deseando fomentar sus relaciones económicas suprimiendo los obstáculos fiscales mediante la conclusión de un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio;» Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
53 Mongolia. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,» Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
54 Marruecos. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,» Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
55 Papúa Nueva Guinea. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,» Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
56 Singapur (nuevo). «Con la intención de concluir un convenio para eliminar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta sin generar oportunidades para la no imposición o para una imposición reducida mediante evasión o elusión fiscales (incluida la práctica de la búsqueda del convenio más favorable que persigue la obtención de los beneficios previstos en este convenio para el beneficio indirecto de residentes de terceras jurisdicciones)» Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
57 Sri Lanka. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta» Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
58 Túnez. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,» Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
59 Ucrania. «Deseando concluir un convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio que confirme su empeño por desarrollar y profundizar en sus relaciones económicas,» Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
60 Emiratos Árabes Unidos (nuevo). «Con la intención de eliminar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta sin generar oportunidades para la no imposición o para una imposición reducida mediante evasión o elusión fiscales (incluida la práctica de la búsqueda del convenio más favorable que persigue la obtención de los beneficios previstos en este convenio para el beneficio indirecto de residentes de terceras jurisdicciones).» Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.

Artículo 7. Medidas para impedir la utilización abusiva de los convenios.

Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 7.17.a) del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios no están comprendidos en el ámbito de ninguna reserva formulada al amparo del artículo 7.15.b) y contienen disposiciones de las descritas en el artículo 7.2. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante Disposición
6 Hong Kong. Artículos 10.7, 11.8 y 12.7.
7 India. Artículo 24.2 a 24.3.
9 Laos. Artículos 10.9, 11.9 12.7.
20 Reino Unido. Artículos 11.9 y 12.7.
40 México. Artículos 11.8 y 12.7.
44 Rusia. Artículo 26.
45 Serbia. Artículos 10.8, 11.8, 12.7 y 13.6.

Notificaciones efectuadas como consecuencia de la ampliación del listado de convenios con posterioridad a la ratificación.

Habiendo incluido, en virtud del artículo 29.5 del convenio, nuevos convenios en el listado de convenios comprendidos y a efectos de lo dispuesto en el artículo 7.17.a) del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios no están comprendidos en el ámbito de ninguna reserva formulada al amparo del artículo 7.15.b) y contienen disposiciones de las descritas en el artículo 7.2. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones. El Depositario recibió y comunicó las notificaciones adicionales en las fechas que figuran a continuación.

Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante Disposición Fecha de recepción/comunicación
55 Papúa Nueva Guinea. Artículo 11.8. Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
56 Singapur (nuevo). Artículo 28. Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
60 Emiratos Árabes Unidos (nuevo). Artículo 29. Recepción: 27.6.2023. Comunicación: 27/06/2023.

Artículo 8. Operaciones con dividendos.

Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 8.4 del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 8.1 que no están sujetas a reserva alguna en virtud del artículo 8.3.b). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante Disposición
3 Canadá. Artículo 10.2.a).
5 Francia. Artículo 10.2.a).
8 Japón. Artículo 10.2.a).
12 Países Bajos. Artículo 10.2.a).
24 Bélgica. Artículo 10.2.a).
29 Polonia. Artículo 10.2.a).
32 Sudáfrica. Artículo 10.2.a).
34 Armenia. Artículo 10.2.a).
43 Rumanía. Artículo 10.2.a).
46 España. Artículo 10.2.a).

Notificación adicional posterior a la ratificación.

A efectos de lo dispuesto en los artículos 29.6 y 8.4 del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 6 que no están sujetas a reserva alguna en virtud del artículo 8.3.b). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones. El Depositario recibió y comunicó las notificaciones adicionales en las fechas que figuran a continuación.

Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante Disposición Fecha de recepción/comunicación
14 Filipinas. Artículo 10.2.a). Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.

Notificaciones efectuadas como consecuencia de la ampliación del listado de convenios con posterioridad a la ratificación.

Habiendo incluido, en virtud del artículo 29.5 del convenio, nuevos convenios en el listado de convenios comprendidos y a efectos de lo dispuesto en el artículo 8.4 del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios no contienen disposiciones de las descritas en el artículo 8.1 que no están sujetas a reserva alguna en virtud del artículo 8.3.b). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones. El Depositario recibió y comunicó las notificaciones adicionales en las fechas que figuran a continuación.

Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante Disposición Fecha de recepción/comunicación
48 Austria. Artículo 10.2.a). Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
50 Alemania. Artículo 10.1.a). Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
56 Singapur (nuevo). Artículo 10.2.a). Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
59 Ucrania. Artículo 10.2.a). Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.

Artículo 9. Ganancias de capital procedentes de la enajenación de acciones o derechos asimilables en entidades cuyo valor proceda principalmente de bienes inmuebles.

Notificación de la elección de las disposiciones opcionales.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 9.8 del convenio, la República de Indonesia opta por aplicar el artículo 9.4.

Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 9.7 del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 9.1. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante Disposición
1 Australia. Artículo 13.4.
3 Canadá. Artículo 13.3.
4 China (República Popular). Artículo 13.4.
5 Francia. Artículo 13.1.
6 Hong Kong (Región Administrativa Especial). Artículo 13.4.
7 India. Artículo 13.4.
9 República Popular Democrática de Laos. Artículo 13.4.
11 Malasia. Artículo 13.3.
14 Filipinas. Artículo 13.4.
23 Vietnam. Artículo 13.4.
25 Croacia. Artículo 13.4.
26 Finlandia. Artículo 13.2.
38 Egipto. Artículo 13.4.
40 México. Artículo 13.2.
45 Serbia. Artículo 13.4.

Notificaciones efectuadas como consecuencia de la ampliación del listado de convenios con posterioridad a la ratificación.

Habiendo incluido, en virtud del artículo 29.5 del convenio, nuevos convenios en el listado de convenios comprendidos y a efectos de lo dispuesto en el artículo 9.7 del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 9.1. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones. El Depositario recibió y comunicó las notificaciones adicionales en las fechas que figuran a continuación.

Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante Disposición Fecha de recepción/comunicación
54 Marruecos. Artículo 13.4. Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
56 Singapur (nuevo). Artículo 13.4. Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
59 Ucrania. Artículo 13.3. Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
60 Emiratos Árabes Unidos (nuevo). Artículo 13.4. Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.

Artículo 10. Norma antiabuso para establecimientos permanentes situados en terceras jurisdicciones.

Reserva.

En virtud del artículo 10.5.a) del convenio, la República de Indonesia se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 10 a sus convenios fiscales comprendidos.

Artículo 11. Aplicación de los convenios fiscales para restringir el derecho de una Parte a someter a imposición a sus propios residentes.

Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 11.4 del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 11.2. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante Disposición
20 Reino Unido. Artículo 22.

Notificaciones efectuadas como consecuencia de la ampliación del listado de convenios con posterioridad a la ratificación.

Habiendo incluido, en virtud del artículo 29.5 del convenio, nuevos convenios en el listado de convenios comprendidos y a efectos de lo dispuesto en el artículo 11.4 del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 11.2. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones. El Depositario recibió y comunicó las notificaciones adicionales en las fechas que figuran a continuación.

Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante Disposición Fecha de recepción/comunicación
60 Emiratos Árabes Unidos (nuevo). Artículo 1.2. Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.

Artículo 12. Elusión artificiosa del estatus de establecimiento permanente a través de acuerdos de comisión y estrategias similares.

Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 12.5 del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 12.3.a). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante Disposición
1 Australia. Artículo 5.4.b).
2 Brunéi Darusalam. Artículo 5.4.a).
3 Canadá. Artículo 5.4.a).
4 China (República Popular). Artículo 5.5.a).
5 Francia. Artículo 5.4.a).
6 Hong Kong (Región Administrativa Especial). Artículo 5.5.a).
7 India. Artículo 5.5.a).
8 Japón. Artículo 5.6.a).
9 República Popular Democrática de Laos. Artículo 5.5.a).
10 Luxemburgo. Artículo 5.5.a).
11 Malasia. Artículo 5.5.a).
12 Países Bajos. Artículo 5.5.a).
13 Nueva Zelanda. Artículo 5.5.a).
14 Filipinas. Artículo 5.4.a).
15 Singapur. Artículo 5.5.a).
16 Seychelles. Artículo 5.5.a).
17 República de Corea. Artículo 5.5.a).
18 Suiza. Artículo 5.4.a).
19 Tailandia. Artículo 5.5.a).
20 Reino Unido. Artículo 5.5.a).
21 Emiratos Árabes Unidos. Artículo 5.5.a).
22 Estados Unidos de América. Artículo 5.4.a).
23 Vietnam. Artículo 5.5.a).
24 Bélgica. Artículo 5.5.a).
25 Croacia. Artículo 5.5.
26 Finlandia. Artículo 5.5.a).
27 Italia. Artículo 5.4.a).
28 Noruega. Artículo 5.5.a).
29 Polonia. Artículo 5.5.a).
30 Qatar. Artículo 5.5.a).
31 Eslovaquia. Artículo 5.5.a).
32 Sudáfrica. Artículo 5.5.
33 Turquía. Artículo 5.5.a).
34 Armenia. Artículo 5.5.a).
35 Bulgaria. Artículo 5.5.
36 República Checa. Artículo 5.5.
37 Dinamarca. Artículo 5.5.a).
38 Egipto. Artículo 5.5.a).
39 Hungría. Artículo 5.5.a).
40 México. Artículo 5.5.a).
41 Pakistán. Artículo 5.5.a).
42 Portugal. Artículo 5.5.
43 Rumanía. Artículo 5.5.a).
44 Rusia. Artículo 5.5.a).
45 Serbia. Artículo 5.
46 España. Artículo 5.5.a).
47 Suecia. Artículo 5.4.a).

Notificaciones efectuadas como consecuencia de la ampliación del listado de convenios con posterioridad a la ratificación.

Habiendo incluido, en virtud del artículo 29.5 del convenio, nuevos convenios en el listado de convenios comprendidos y a efectos de lo dispuesto en el artículo 12.5 del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 12.3.a). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones. El Depositario recibió y comunicó las notificaciones adicionales en las fechas que figuran a continuación.

Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante Disposición Fecha de recepción/comunicación
48 Austria. Artículo 5.5.a). Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
49 Bielorrusia. Artículo 5.5.a). Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
50 Alemania. Artículo 5.5.a). Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
51 Jordania. Artículo 5.5.a). Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
52 Kuwait. Artículo 5.7.a). Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
53 Mongolia. Artículo 5.5.a). Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
54 Marruecos. Artículo 5.5.a). Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
55 Papúa Nueva Guinea. Artículo 5.5.a). Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
56 Singapur (nuevo). Artículo 5.5.a). Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
57 Sri Lanka. Artículo 5.5.a). Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
58 Túnez. Artículo 5.5.a). Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
59 Ucrania. Artículo 5.5.a). Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
60 Emiratos Árabes Unidos (nuevo). Artículo 5.5.a) y 5.5.1. Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 12.6 del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 12.3.b). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante Disposición
1 Australia. Artículo 5.5.
2 Brunéi Darusalam. Artículo 5.6.
3 Canadá. Artículo 5.6.
4 China (República Popular). Artículo 5.7.
5 Francia. Artículo 5.6.
6 Hong Kong (Región Administrativa Especial). Artículo 5.6.
7 India. Artículo 5.7.
8 Japón. Artículo 5.8 y apartado 1 del Protocolo.
9 República Popular Democrática de Laos. Artículo 5.7.
10 Luxemburgo. Artículo 5.7.
11 Malasia. Artículo 5.6.
12 Países Bajos. Artículo 5.7.
13 Nueva Zelanda. Artículo 5.6.
14 Filipinas. Artículo 5.6.
15 Singapur. Artículo 5.7.
16 Seychelles. Artículo 5.6.
17 República de Corea. Artículo 5.7.
18 Suiza. Artículo 5.6.
19 Tailandia. Artículo 5.7.
20 Reino Unido. Artículo 5.7.
21 Emiratos Árabes Unidos. Artículo 5.6.
22 Estados Unidos de América. Artículo 5.5.
23 Vietnam. Artículo 5.7.
24 Bélgica. Artículo 5.6.
25 Croacia. Artículo 5.6.
26 Finlandia. Artículo 5.7.
27 Italia. Artículo 5.6.
28 Noruega. Artículo 5.7.
29 Polonia. Artículo 5.7.
30 Qatar. Artículo 5.7.
31 Eslovaquia. Artículo 5.6.
32 Sudáfrica. Artículo 5.6.
33 Turquía. Artículo 5.6.
34 Armenia. Artículo 5.7.
35 Bulgaria. Artículo 5.6.
36 República Checa. Artículo 5.7.
37 Dinamarca. Artículo 5.6.
38 Egipto. Artículo 5.7.
39 Hungría. Artículo 5.7.
40 México. Artículo 5.7.
41 Pakistán. Artículo 5.7.
42 Portugal. Artículo 5.6.
43 Rumanía. Artículo 5.7.
44 Rusia. Artículo 5.7.
45 Serbia. Artículo 5.7.
46 España. Artículo 5.7.
47 Suecia. Artículo 5.6.

Notificaciones efectuadas como consecuencia de la ampliación del listado de convenios con posterioridad a la ratificación.

Habiendo incluido, en virtud del artículo 29.5 del convenio, nuevos convenios en el listado de convenios comprendidos y a efectos de lo dispuesto en el artículo 12.6 del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 12.3.b). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones. El Depositario recibió y comunicó las notificaciones adicionales en las fechas que figuran a continuación.

Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante Disposición Fecha de recepción/comunicación
48 Austria. Artículo 5.7. Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
49 Bielorrusia. Artículo 5.6. Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
50 Alemania. Artículo 5.7. Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
51 Jordania. Artículo 5.7. Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
52 Kuwait. Artículo 5.9. Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
53 Mongolia. Artículo 5.7. Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
54 Marruecos. Artículo 5.7. Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
55 Papúa Nueva Guinea. Artículo 5.6. Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
56 Singapur (nuevo). Artículo 5.7. Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
57 Sri Lanka. Artículo 5.7. Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
58 Túnez. Artículo 5.6. Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
59 Ucrania. Artículo 5.6. Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
60 Emiratos Árabes Unidos (nuevo). Artículo 5.6. Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.

Artículo 13. Elusión artificiosa del estatus de establecimiento permanente a través de exenciones de actividades concretas.

Notificación de la elección de las disposiciones opcionales.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 13.7 del convenio, la República de Indonesia opta, conforme al artículo 13.1, por aplicar la Opción A.

Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 13.7 del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 13.5.a). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante Disposición
1 Australia. Artículo 5.3.
2 Brunéi Darusalam. Artículo 5.3.
3 Canadá. Artículo 5.3.
4 China (República Popular). Artículo 5.4.
5 Francia. Artículo 5.3.
6 Hong Kong (Región Administrativa Especial). Artículo 5.4.
7 India. Artículo 5.4.
8 Japón. Artículo 5.4.
9 República Popular Democrática de Laos. Artículo 5.4.
10 Luxemburgo. Artículo 5.4.
11 Malasia. Artículo 5.3.
12 Países Bajos. Artículo 5.4.
13 Nueva Zelanda. Artículo 5.4.
14 Filipinas. Artículo 5.3.
15 Singapur. Artículo 5.3.
16 Seychelles. Artículo 5.4.
17 República de Corea. Artículo 5.4.
18 Suiza. Artículo 5.3.
19 Tailandia. Artículo 5.4.
20 Reino Unido. Artículo 5.4.
21 Emiratos Árabes Unidos. Artículo 5.4.
22 Estados Unidos de América. Artículo 5.3 y Protocolo (ad artículo 5.3).
23 Vietnam. Artículo 5.4.
24 Bélgica. Artículo 5.4.
25 Croacia. Artículo 5.4.
26 Finlandia. Artículo 5.4.
27 Italia. Artículo 5.3 y letra a) del Protocolo.
28 Noruega. Artículo 5.4.
29 Polonia. Artículo 5.4.
30 Qatar. Artículo 5.4.
31 Eslovaquia. Artículo 5.4.
32 Sudáfrica. Artículo 5.4.
33 Turquía. Artículo 5.4.
34 Armenia. Artículo 5.4.
35 Bulgaria. Artículo 5.4.
36 República Checa. Artículo 5.4.
37 Dinamarca. Artículo 5.4.
38 Egipto. Artículo 5.4.
39 Hungría. Artículo 5.4 y apartados 2, 3 y 4 del Protocolo.
40 México. Artículo 5.4.
41 Pakistán. Artículo 5.4.
42 Portugal. Artículo 5.4.
43 Rumanía. Artículo 5.4.
44 Rusia. Artículo 5.4.
45 Serbia. Artículo 5.4.
46 España. Artículo 4 y apartado 1 del Protocolo.
47 Suecia. Artículo 5.3.

Notificaciones efectuadas como consecuencia de la ampliación del listado de convenios con posterioridad a la ratificación.

Habiendo incluido, en virtud del artículo 29.5 del convenio, nuevos convenios en el listado de convenios comprendidos y a efectos de lo dispuesto en el artículo 13.7 del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 13.5.a). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones. El Depositario recibió y comunicó las notificaciones adicionales en las fechas que figuran a continuación.

Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante Disposición Fecha de recepción/comunicación
48 Austria Artículo 5.4 Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
49 Bielorrusia Artículo 5.4 Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
50 Alemania Artículo 5.4 Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
51 Jordania Artículo 5.4 Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
52 Kuwait Artículo 5.6 Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
53 Mongolia Artículo 5.4 Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
54 Marruecos Artículo 5.4 Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
55 Papúa Nueva Guinea Artículo 5.4 Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
56 Singapur (nuevo) Artículo 5.3 Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
57 Sri Lanka Artículo 5.4 Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
58 Túnez Artículo 5.4 Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
59 Ucrania Artículo 5.4 Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
60 Emiratos Árabes Unidos (nuevo) Artículo 5.4 Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.

Artículo 14. Fragmentación de contratos.

Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 14.4 del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 14.2 que no están sujetas a reserva alguna en virtud del artículo 14.3.b). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante Disposición
13 Nueva Zelanda. Protocolo (ad artículo 5.b), segunda y tercera frase).
12 Países Bajos. Artículo 25.
28 Noruega. Artículo 21.

Artículo 16. Procedimiento amistoso.

Reserva.

En virtud del artículo 16.5.a) del convenio, la República de Indonesia se reserva el derecho a no aplicar la primera frase del artículo 16.1 a sus convenios fiscales comprendidos, dado que su intención es cumplir el estándar mínimo para la mejora de la resolución de controversias conforme al Paquete BEPS de la OCDE/G20, garantizando que, al amparo de cada uno de sus convenios fiscales comprendidos (distintos de aquellos que permitan a una persona presentar un caso a la autoridad competente de cualquiera de las jurisdicciones contratantes), cuando una persona considere que las acciones adoptadas por una o por ambas jurisdicciones contratantes implican o pueden implicar para ella una imposición no conforme con las disposiciones del convenio fiscal comprendido, podrá, con independencia de los recursos previstos por el Derecho interno de esas jurisdicciones contratantes, someter su caso a la autoridad competente de la jurisdicción contratante de la que sea residente o, cuando el caso esté comprendido en el ámbito de una disposición de un convenio fiscal comprendido relativa a la no discriminación por razón de nacionalidad, a la autoridad competente de la jurisdicción contratante de la que sea nacional y la autoridad competente de esa jurisdicción contratante instituirá un proceso bilateral de notificación o de consulta con la autoridad competente de la otra jurisdicción contratante para aquellos casos en los que la autoridad competente ante la que se presentó la solicitud de procedimiento amistoso no considere justificada la objeción planteada por el contribuyente.

Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.

A efectos 1de lo dispuesto en el artículo 16.6.b).i) del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios contienen una disposición por la que los casos a los que resulte aplicable la primera frase del artículo 16.1 deben presentarse en un plazo de tiempo inferior a tres años contados desde la primera notificación de la acción que genera una imposición no conforme con las disposiciones del convenio fiscal comprendido. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante Disposición
3 Canadá. Artículo 24.1, segunda frase.
10 Luxemburgo. Artículo 25.1, segunda frase.
13 Nueva Zelanda. Artículo 24.1, segunda frase.
14 Filipinas. Artículo 25.1, segunda frase.
16 Seychelles. Artículo 25.1, segunda frase.
18 Suiza. Artículo 23.1, segunda frase.
19 Tailandia. Artículo 25.1, segunda frase.
21 Emiratos Árabes Unidos. Artículo 25.1, segunda frase.
27 Italia. Artículo 25.1, segunda frase.
29 Polonia. Artículo 24.1, segunda frase.
30 Qatar. Artículo 25.1, segunda frase.
32 Sudáfrica. Artículo 24.1, segunda frase.
35 Bulgaria. Artículo 24.1, segunda frase.
38 Egipto. Artículo 25.1, segunda frase.
39 Hungría. Artículo 25.1, segunda frase.
41 Pakistán. Artículo 26.1, segunda frase.
42 Portugal. Artículo 25.1, segunda frase.
43 Rumanía. Artículo 26.1, segunda frase.
44 Rusia. Artículo 23.1, segunda frase.
45 Serbia. Artículo 25.1, segunda frase.
46 España. Artículo 26.1, segunda frase.

Notificaciones efectuadas como consecuencia de la ampliación del listado de convenios con posterioridad a la ratificación.

Habiendo incluido, en virtud del artículo 29.5 del convenio, nuevos convenios en el listado de convenios comprendidos y a efectos de lo dispuesto en el artículo 16.6.b).i) del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios contienen una disposición por la que los casos a los que resulte aplicable la primera frase del artículo 16.1 deben presentarse en un plazo de tiempo de, al menos, tres años contados desde la primera notificación de la acción que genera una imposición no conforme con las disposiciones del convenio fiscal comprendido. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones. El Depositario recibió y comunicó las notificaciones adicionales en las fechas que figuran a continuación.

Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante Disposición Fecha de recepción/comunicación
48 Austria. Artículo 26.1, segunda frase. Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
50 Alemania. Artículo 25.1, segunda frase. Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
51 Jordania. Artículo 25.1, segunda frase. Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
57 Sri Lanka. Artículo 25.1, segunda frase. Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
59 Ucrania. Artículo 25.1, segunda frase. Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.
60 Emiratos Árabes Unidos (nuevo). Artículo 25.1, segunda frase. Recepción: 27.11.2023. Comunicación: 27.11.2023.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 16.6.b).ii) del convenio, la República de Indonesia considera que los siguientes convenios contienen una disposición por la que los casos a los que resulte aplicable la primera frase del artículo 16.1 deben presentarse en un plazo de tiempo de, al menos, tres años contados desde la primera notificación de la acción que genera una imposición no conforme con las disposiciones del convenio fiscal comprendido. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante Disposición
1 Australia. Artículo 25.1, segunda frase.
2 Brunéi Darusalam. Artículo 26.1, segunda frase.
4 China (República Popular). Artículo 25.1, segunda frase.
5 Francia. Artículo 26.1, segunda frase.
6 Hong Kong (Región Administrativa Especial). Artículo 24.1, segunda frase.
7 India. Artículo 26.1, segunda frase.
8 Japón. Artículo 25.1, segunda frase.
9 República Popular Democrática de Laos. Artículo 25.1, segunda frase.
11 Malasia. Artículo 24.1, segunda frase.
12 Países Bajos. Artículo 27.1, segunda frase.
15 Singapur. Artículo 25.1, segunda frase.
17 República de Corea. Artículo 25.1, segunda frase.
22 Estados Unidos de América. Artículo 25.1, segunda frase.
23 Vietnam. Artículo 25.1, segunda frase.
24 Bélgica. Artículo 24.1, segunda frase.
25 Croacia. Artículo 24.1, segunda frase.
26 Finlandia. Artículo 24.1, segunda frase.
28 Noruega. Artículo 26.1, segunda frase.
31 Eslovaquia. Artículo 25.1, segunda frase.
34 Armenia. Artículo 26.1, segunda frase.
37 Dinamarca. Artículo 25.1, segunda frase.
40 México. Artículo 25.2.
47 Suecia. Artículo 25.1, segunda frase.

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