Real Decreto 531/2025, de 24 de junio, por el que se declaran diez zonas especiales de conservación, se aprueban sus medidas de conservación y las de siete zonas de especial protección para las aves, y se propone la modificación de los límites geográficos de doce espacios protegidos de la Red Natura 2000 en la Región Marina Mediterránea
Zona de Uso Restringido: se aplicará a aquellas áreas en las que la conservación de los hábitats o las especies exijan una mayor limitación de usos y actividades, en particular de los de carácter extractivo.
Zona de Uso Moderado: corresponderán a aquellas áreas en las que sean aceptables determinados usos o actividades siempre que se lleven a cabo bajo un régimen específico de regulación.
Zona de Uso Pesquero Regulado (ZUPR): para las zonas con solapes con las Reservas Marinas y otras zonas reguladas por la legislación sectorial en materia de pesca.
2.4 La incorporación de la zonificación prevista en el presente apartado se considerará como desarrollo de las disposiciones de este real decreto.
ANEXO II
Plan de Gestión ZEC/ZEPA ES0000447-«Espacio Marino de Orpesa y Benicàssim»
1. Antecedentes
El 10 de julio de 2001, y en cumplimiento de la Directiva Comunitaria 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, el Gobierno Valenciano aprobó la lista de 94 Lugares de Interés Comunitario (LIC) de la Comunidad Valenciana, donde se propuso la designación como LIC el espacio denominado Costa d’Orpesa i Benicàssim, con código ES5223037 y una superficie total de 1.326 hectáreas.
La propuesta fue motivada por la presencia, entre otros, de los tipos de hábitats naturales de interés comunitario 1120 Praderas de Posidonia (Posidonion oceanicae*) y 1170 Arrecifes (anexo I de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad).
La aprobación de este espacio como LIC tuvo lugar el 21 de septiembre de 2006 mediante la publicación en el «Diario Oficial de la Unión Europea» (DOUE) de la Decisión 2006/613/CE de la Comisión, de 19 de julio de 2006, por la que se adopta, de conformidad con la Directiva 92/43/CEE del Consejo, la lista de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica mediterránea.
En junio de 2009, se designa como Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) la Costa d’Orpesa i Benicàssim a través del Acuerdo de 5 de junio de 2009, del Consell, de ampliación de la Red de Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA) de la Comunidad Valenciana.
La Directiva Hábitats recoge en su texto la obligatoriedad, por parte de los Estados miembros, de fijar medidas para la conservación de las zonas especiales de conservación que implicarán planes de gestión específicos de los lugares o integrados en otros planes de desarrollo, y las apropiadas medidas reglamentarias, administrativas o contractuales, que respondan a las exigencias ecológicas de los tipos de hábitats naturales del anexo I y de las especies del anexo II presentes en los lugares.
Por su parte, la Ley 42/2007 de 13 de diciembre, define las competencias de las Administraciones Públicas sobre biodiversidad marina, correspondiendo a la Administración General del Estado, a través del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y el Reto Demográfico, el ejercicio de las funciones a las que se refiere dicha ley con respecto a todas las especies, espacios, hábitats o áreas críticas situados en el medio marino. No obstante, corresponde a las comunidades autónomas el ejercicio de dichas funciones respecto a especies (excepto las altamente migratorias) y espacios, hábitats o áreas críticas situados en el medio marino, cuando exista continuidad ecológica del ecosistema marino con el espacio natural terrestre objeto de protección, avalada por la mejor evidencia científica existente.
Asimismo, corresponde a la Administración General del Estado el ejercicio de estas funciones en la zona económica exclusiva, plataforma continental, y espacios situados en los estrechos.
Con el Acuerdo de 25 de abril de 2014, del Consell, por el que se adecuan los espacios protegidos de la Red Natura 2000 marinos y marítimo-terrestres al reparto de competencias en el medio marino establecido en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, son asumidas por parte de la AGE las competencias en la declaración y gestión de varios espacios protegidos de la Red Natura 2000 situados íntegramente en aguas marinas, concretamente la ZEPA ES0000447 Espacio marino de Orpesa y Benicàssim, y el LIC ES0000447 Espacio marino de Orpesa y Benicàssim.
2. Propuesta de ampliación
Tras evaluar las publicaciones y los datos científicos más actuales relativos a este espacio marino, que aportan un mejor conocimiento de los hábitats y especies, se procede a proponer la ampliación de los límites del actual espacio protegido; de esta manera, se pasa de una superficie de 1.317,55 a una superficie total de 4.030,51 hectáreas, aumentando así la superficie protegida de praderas de Posidonia oceanica en 938,82 ha. Además, se incluye la protección de praderas de Cymodocea nodosa, hábitat prioritario 1110, no contemplado en el Formulario Normalizado de Datos elaborado para la declaración inicial del espacio protegido.
La delimitación del nuevo espacio viene determinada por un polígono cuyos vértices se describen a continuación:
Tabla 1. Delimitación del Espacio marino de Orpesa y Benicàssim ampliado
| Límites y coordenadas ETRS89 (grados minutos decimales) |
|---|
| Línea de costa, desde la coordenada 1 a la coordenada 2 |
| 1: 40° 4,38493'N; 0° 0,13300' E. |
| 2: 40° 3,32193'N; 0° 0,09367' E. |
| Alineación entre las coordenadas 2-3-4-5-6-7-8-9-10-1 |
| 3: 40° 3,26211'N; 0° 0,08849' E. |
| 4: 40° 2,10801'N; 0° 0,05351' E. |
| 5: 40° 0,901316526'N; 0° 0,041665987916' E. |
| 6: 40° 0,60905742'N; 0° 0,056827332' E. |
| 7: 40° 0,25302'N; 0° 0,08277' E. |
| 8: 40° 2,05593'N; 0° 0,14332' E. |
| 9: 40° 2,95015'N; 0° 0,16164' E. |
| 10: 40° 4,27501'N; 0° 0,15604' E. |
El plan de gestión del espacio ZEC/ZEPA ES0000447 Espacio marino de Orpesa y Benicàssim, y su ampliación es el objeto del presente documento.
3. Ámbito territorial
El espacio marino protegido de la Red Natura 2000 denominado Espacio marino de Orpesa y Benicàssim, se encuentra situado en el Mar Mediterráneo al este de la Península Ibérica, en la demarcación marina levantino-balear, frente a la costa de la provincia de Castellón, en aguas marítimas en las que España ejerce soberanía.
Se sitúa al sur del puerto deportivo de Orpesa del Mar, sito en el municipio del mismo nombre, hasta playa Heliópolis, situada en el límite meridional del municipio de Benicàssim. La superficie total del espacio incluyendo la zona de ampliación es de 4.030,51 hectáreas y alcanza una profundidad máxima de 30 m en aguas situadas frente a Punta Larga, en Orpesa del Mar.
El espacio marino es coincidente con la ZEPA del mismo nombre y es colindante con los espacios de la Red Natura 2000 denominados LIC ES5223037 Litoral de Benicàssim y ZEPA ES0000512 Espacio marino del Delta de l'Ebre-Illes Columbretes.
Convenios Internacionales de Protección:
El espacio marino protegido se encuentra dentro de la Zonas Especiales del mar Mediterráneo relativas a la prevención de la contaminación por hidrocarburos y la basura de los buques, establecidas en virtud de los anexos I y V del Convenio internacional para prevenir la contaminación ocasionada por los buques, 1973, modificado por los protocolos de 1978 y de 1997 (Convenio MARPOL).
Asimismo, es de aplicación en el ámbito de este espacio marino protegido el Convenio para la protección del medio marino y de la región costera del Mediterráneo, o Convenio de Barcelona.
Finalmente, también es de aplicación en el ámbito de este espacio marino protegido el Acuerdo sobre la conservación de los cetáceos del Mar Negro, el mar Mediterráneo y la zona Atlántica contigua o ACCOBAMS.
4. Caracterización del medio
4.1 Caracterización física
4.1.1 Climatología:
La cuenca del Mediterráneo occidental, en la que se encuadra la zona de estudio, posee su propia climatología con sus propios vientos característicos. Está rodeada de un relieve montañoso y salpicado de islas de tamaño considerable. Se encuentra en el límite entre el clima oceánico templado y las regiones tropicales, lo que favorece las incursiones de aire frio provenientes de las latitudes medias (mistral y tramontana), así como de aire cálido provenientes de los desiertos subtropicales (siroco).
El litoral del espacio protegido queda enmarcado dentro de la zona climática del Clima de la Llanura Litoral Septentrional, según la clasificación desarrollada por Clavero Paricio, P.L. (Atlas Climático de la Comunidad Valenciana, 1994), mientras que de acuerdo con Köppen y Geiger se clasifica como clima BSk, semiárido caluroso, registrando escasas precipitaciones, cuyos valores medios se encuentran en unos 447 mm anuales en Benicàssim y 456 mm anuales en Orpesa.
Las temperaturas medias varían desde los 10 °C en enero hasta las temperaturas medias estivales, meses de julio y agosto, que no suelen descender de los 25 °C, alcanzando valores más elevados según nos acercamos a la costa. La temperatura media anual de la zona litoral se establece entorno a los 17° C (17.1 °C en Benicàssim y 17.2 °C en Oropesa).
Se caracteriza por presentar una elevada humedad relativa en el periodo estival y la existencia frecuente de regímenes de brisas marinas que durante todo el año provocan este aumento de la humedad, determinando un efecto amortiguador de las temperaturas.
Con relación al régimen de vientos, presentan una clara alternancia estacional. Según datos procedentes de la estación de Castellón para el período 1998-2006, se observa un predominio del flujo del oeste durante el otoño y el invierno, así como un descenso de las brisas en las zonas litorales debido a la amortiguación generada por las bajas temperaturas interiores. En primavera y verano, el desplazamiento del anticiclón de las Azores contribuye al descenso de las corrientes del oeste, al tiempo que las mayores temperaturas de tierra adentro, con relación a los niveles térmicos marinos, dispara el régimen de brisas de componente sureste, e incrementa los flujos del este.
4.1.2 Geología y geomorfología:
El espacio marino protegido se enmarca dentro de la cuenca mediterránea occidental, en el mar Surbalear, en el margen continental de las Cordilleras Ibéricas y Costero Catalana, concretamente en el dominio del Golfo de Valencia, el cual se extiende desde la parte meridional de la Cuenca del Ebro hasta el cabo de la Nao. Las cuencas hidrográficas que vierten en este sector han transportado durante todo el cuaternario una gran carga sedimentaria al litoral en forma de depósitos prodeltaicos que provocan lobulaciones en la línea de costa y que a veces generan secuencias imbricadas en la zona infralitoral y la plataforma interna.
La formación de la cuenca mediterránea occidental es relativamente reciente. A partir del Oligoceno, coincidiendo con las dos últimas fases de la orogenia alpina, se produjo la expansión de esta área mediante «rifting continental», rotación hacia el este del bloque corso-sardo y la existencia de un punto triple tipo «r» al sureste de Menorca, una de cuyas ramas producirá la apertura de la cuenca sur balear en el Burdigaliense. Esta apertura se produjo a favor de fracturas de dirección noreste-suroeste y noroeste-sureste, las cuales conforman y condicionan en la actualidad los márgenes de la cuenca debido a procesos posteriores de extensión y subsidencia.
Los márgenes de la cuenca occidental del Mediterráneo se encuentran en fase juvenil, evolucionando por mecanismos de subsidencia tectono-térmica, fracturación y desarrollo de prismas sedimentarios. Según la clasificación morfo-tectónica de Heezen (1974), son de tipo pasivo o atlántico. En este contexto, el margen continental del Golfo de Valencia se corresponde con un margen progradante o progresivo, caracterizado por una plataforma relativamente amplia (30-60 km), de perfil cóncavo en su parte más próxima al continente con un descenso suave hasta una profundidad de 40 a 60 metros, a partir de la cual se desarrolla una superficie muy poco inclinada que comprende la mayor extensión de la plataforma. Este tipo de margen ha sido desarrollado por una serie de potentes cuñas sedimentarias que aumentan de espesor mar adentro, siendo sus características morfológicas actuales esencialmente el resultado final de un proceso de colmatación del basamento y progradación sedimentaria.
Toda la superficie marina del espacio se sitúa sobre la plataforma continental, como continuación de la cuenca neógeno-cuaternaria de Valencia, afectada estructuralmente en esta parte por la cadena Ibérica. Se trata de una plataforma de amplio desarrollo, como corresponde a una margen de tipo progradante, y notable espesor, formada por sedimentos no consolidados de carácter silicicoclástico que tapizan el sustrato rocoso, procedentes principalmente de cursos fluviales.
4.1.3 Dinámica marina:
Las masas de agua que bañan el espacio protegido son aguas de origen atlántico transformadas por procesos de evaporación, mezcla y convección.
Las Aguas Superficiales Atlánticas (AW: Atlantic Water) entran en el mar Mediterráneo por el estrecho de Gibraltar, situándose encima del agua mediterránea al tener menor densidad que ésta. Esta agua más fría y menos salina, y, por tanto, menos densa, da lugar a una corriente superficial que tras atravesar los giros del mar de Alborán y el semipermanente frente Almería-Orán, se extienden desde la costa española y africana iniciando la corriente Argelina y la corriente Septentrional, que entra a formar parte de la circulación ciclónica del Mediterráneo Occidental (MEDOC) y alcanzando la costa norte del MEDOC.
Estas aguas superficiales muy mezcladas y que pasan a la circulación general ciclónica alrededor del MEDOC, son relativamente más frías y salinas y fluyen desde el Golfo de León hacia el sur a lo largo del talud peninsular, paralelamente a la costa, formando parte de la corriente del norte (NC: Northern Current) o Septentrional.
Es frecuente además la aparición de eddies o remolinos en el Golfo de Valencia, generalmente anticiclónicos, que pueden llegar a alcanzar Kilómetros de diámetro, que ocupan el Canal de Ibiza y que, cuando aparecen, obligan a la corriente del norte a retornar hacia el norte por la costa norte de Mallorca dando lugar a la llamada Corriente Balear. Además, estos eddies pueden hacer también que las aguas atlánticas que fluyen hacia el norte impulsadas por los giros de la corriente de entrada procedente de Gibraltar retornen hacia el sur por el canal de Mallorca.
Figura 1. Circulación general superficial del Mediterráneo Occidental. Fuente: MITECO
Las aguas intermedias de la zona de estudio forman parte de la masa de agua denominada Agua Intermedia Levantina (LIW: Levantine Intermediate Water), formadas por un incremento de salinidad, y por tanto de densidad, que sufren las AW debido a procesos de evaporación sufridos en su recorrido por el Mediterráneo Oriental (MEDOR), que retornan al MEDOC y siguen su camino hacia el estrecho de Gibraltar, con una velocidad promedio de 5cm/s-1.
Finalmente, en los fondos del MEDOC, se encuentra el agua profunda del mar Mediterráneo (WMDW: Western Mediterranean Deep Water), formada por procesos invernales de convección en el área del Golfo de León.
– Corrientes y mareas:
Las corrientes son el desplazamiento de las masas de agua. Pueden ser debidas a la acción del viento (corrientes de arrastre), a la acción de las mareas (corrientes de marea) o a las diferencias de temperatura y salinidad entre dos profundidades por la variación de sus densidades (corrientes de densidad).
En la zona de Castellón se diferencian fácilmente la circulación costera de la litoral. La corriente costera son masas de aguas adyacentes al litoral, que se mueven paralelas a la línea de costa con una velocidad más o menos constante. Esta corriente proviene del Golfo de León (corriente del Norte). Por su parte, las corrientes litorales se ocasionan debido al efecto de las olas.
En cuanto a las mareas, en el Mediterráneo en general son muy leves debido fundamentalmente a que la marea oceánica apenas penetra al estar limitada por la reducida extensión de la cuenca. Por lo que respecta al nivel medio del mar, éste se ve sometido en esta área a oscilaciones, cuyo periodo medio se aproxima a los diez días. Las fluctuaciones máximas del nivel medio del mar suponen unos 65 cm.
– Oleaje y viento:
El oleaje es una alteración de la superficie del mar causado por el viento. Es un factor determinante en la dinámica litoral muy importante para el desarrollo de especies y hábitats marinos debido a que favorece el intercambio de oxígeno y dióxido de carbono entre la atmósfera y las capas superficiales del mar. Así mismo, puede desgarrar o destruir hábitats marinos sensibles, como las praderas de fanerógamas, cuando se trate de olaje de gran altura y fuerza.
Para hablar de la altura del oleaje, se suele promediar el del tercio de las olas más altas, denominada altura significativa. En el Mediterráneo, la distancia que recorre la ola sobre el mar no es muy grande debido al tamaño de la cuenca mediterránea y ser una cuenca cerrada, lo que impide que las olas alcancen alturas elevadas. En la zona de la Comunidad Valenciana, los valores generales de altura significativa del oleaje se encuentran en torno a 1 m de altura de ola, aunque en momentos puntuales se han registrado alturas significativas máximas de oleaje entre los 4 y los 5 m de altura. Los meses en donde la probabilidad de encontrar alturas de ola mayores son los meses de octubre a diciembre, mientras que los meses con menor altura de ola son los meses estivales.
El periodo medio del oleaje es el tiempo (medido en segundos) que transcurre entre la llegada de una cresta de la ola y la siguiente. En la Comunidad Valenciana, el periodo medio del oleaje ronda los 4-5 s aproximadamente, aunque se han registrado valores puntuales entorno a los 7 s. Se observa una clara estacionalidad, con periodos más largos en la época fría del año, que se acortan en los meses de verano (al tiempo que las olas disminuyen de tamaño).
Los oleajes frente al Golfo de Valencia muestran en esta zona una clara componente NE. La dirección de los oleajes de temporales presenta asimismo un predominio NE, siendo además los de mayor envergadura. Les siguen con una proporción algo menor los procedentes del E y del S. Esto confirma que, durante los momentos de máxima energía, y por tanto de mayor capacidad de erosión, el sentido del transporte litoral sea N-S.
El oleaje es producido por el viento, que se mide como velocidad media del viento, en nudos (millas náuticas por hora; mn/h), metros por segundo (m/s) o a través de la escala Beaufort. En la Comunidad Valenciana, la velocidad media del viento oscila en torno a los 4-5 m/s, considerándose por tanto vientos flojos o moderados.
El régimen de vientos presenta una clara alternancia estacional. Según datos procedentes del Atlas de Clima Mediterráneo para el período 1981-2010, se observa vientos del este, dominantes entre los meses de abril a septiembre, siendo claramente de componente sureste en los meses estivales, mientras que en los meses entre noviembre y marzo predominan los vientos del oeste. También son reseñables los periodos de calma, que suponen casi un tercio del total.
– Temperatura superficial del mar:
La temperatura superficial del mar Mediterráneo sufre amplias variaciones estacionales, incrementándose notablemente a lo largo del verano debido a su condición de mar cerrado.
En las costas de la Comunidad Valenciana, la T.ª superficial del mar oscila entre los 13 °C en los meses invernales y los 25 °C en los meses de verano, aunque han llegado a registrarse valores entorno a los 28 °C.
4.2 Caracterización ecológica
Respecto a la caracterización ecológica del Espacio marino de Orpesa y Benicàssim, en lo relativo a los hábitats naturales que justifican su protección como Lugar de Importancia Comunitaria, se caracteriza por albergar praderas de fanerógamas marinas formando manchas que cubren prácticamente todo el espacio protegido, asentándose sobre arenas finas y medias. Dichas praderas están formadas por las especies Posidonia oceanica, que se distribuye en matas y Cymodocea nodosa, que se distribuye en estolones. En su mayor parte, se encuentran en asociación con las caulerpales Caulerpa prolifera o Caulerpa cylindracea (antes C. racemosa var. cylindracea). Estas facies son más patentes en los límites profundos de la distribución de posidonia, debido principalmente a la falta lumínica y la baja transparencia del agua, o en los asentamientos más someros, en las zonas de tanatocenosis de Posidonia.
Las praderas de Posidonia oceanica se encuentran también formando praderas mixtas con Cymodocea nodosa, con facies de Caulerpa prolifera o Caulerpa cylindracea. En estas praderas se encuentran especies esciáfilas como Udotea petiolata, Halimeda tuna, Dictyota dichotoma y Padina pavonica.
Las praderas de Posidonia oceanica están incluidas en el anexo I de la Directiva de Hábitats 92/43/CE como hábitat prioritario. Son el ecosistema marino más importante, complejo y extendido del Mediterráneo, con numerosas interacciones tróficas que proporcionan una elevadísima riqueza biológica, albergando distintas especies y comunidades en sus hojas y rizomas. Entre las especies más representativas que habitan las praderas de fanerógamas, se encuentra la nacra (Pinna nobilis), incluida en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas como «en peligro de extinción», debido a la mortalidad masiva que ha sufrido en nuestras costas, provocada por un protozoo que ha afectado a casi toda la población nacional.
Entre la fauna, se encuentran ejemplares de Sabella pavonina y Ecteinascidia turbinata y en menor medida Paracentrotus lividus o Holoturia tubulosa.
Por su parte, las praderas de Cymodocea nodosa son capaces de crecer sobre sustratos inestables, compactando y estabilizando el sedimento, amortiguando el efecto de corrientes y oleajes. Además, al igual que Posidonia oceanica, es capaz de captar materia orgánica e inorgánica del medio y servir como refugio para un gran número de especies.
La comunidad de roca infralitoral fotófila en modo calmo se encuentra dominada por son Halopteris scoparia, Padina pavonica, Dasycladus vermiculairs, Stypocaulon scoparium, Dyctyota dichotoma, Cystoseira crinita y Dictyopteris membranacea.
La fauna móvil es muy rica, abundando los equinodermos, estrellas de mar (Echinaster sepositus) y moluscos.
Los hábitats del espacio protegido ES0000447 se muestran a continuación referenciados según la nomenclatura expuesta en el Inventario Español de Hábitats y Especies Marinos:
Tabla 2. Hábitats marinos incluidos en la Lista Patrón Española presentes en la ZEC/ZEPA
| Código del hábitat | Nombre del hábitat |
|---|---|
| 0301 | Piso infralitoral rocoso y otros sustratos duros. |
| 030103 | Roca infralitoral superior protegida. |
| 0301030701 | Roca infralitoral de modo calmo, bien iluminada, sin fucales con Padina pavonica. |
| 0301030705 | Roca infralitoral de modo calmo, bien iluminada, sin fucales con Halopteris scoparia/Cladostephus spongiosus. |
| 030104 | Roca infralitoral inferior. |
| 03010415 | Roca infralitoral de modo calmo, escasamente iluminada, con dominancia de algas. |
| 0304 | Pisos Infralitoral y circalitoral sedimentarios. |
| 030402 | Arenas y arenas fangosas infralitorales y circalitorales. |
| 0305 | Praderas de fanerógamas. |
| 030510 | Praderas de Cymodocea nodosa de zonas abiertas someras, sobre arena fangosa o mata muerta de Posidonia oceanica. |
| 030512 | Praderas de Posidonia oceanica. |
| 03051203 | Mata muerta de Posidonia oceanica. |
| 030513 | Praderas de fanerógamas y algas verdes rizomatosas. |
| 03051302 | Praderas de zonas abiertas. |
| 0305130201 | Praderas de Caulerpa prolifera. |
Respecto a la caracterización ecológica de las comunidades de aves marinas que justifican la protección como Zona de Especial Protección para las Aves, el espacio ocupa una franja litoral que limita al este con la ZEPA Espacio marino del Delta del Ebro-Columbretes (ES0000512); además, se encuentra relativamente próximo a dos localidades que albergan algunas de las colonias de aves marinas más importantes del litoral Mediterráneo ibérico, el Delta del Ebro y las islas Columbretes.
La comunidad de aves marinas se compone de especies que se reproducen en localidades cercanas, de especies que nidifican en localidades lejanas pero que utilizan este espacio como zona de alimentación, así como de especies invernantes o en paso migratorio, cuya presencia es habitual en el Mediterráneo occidental.
Según el correspondiente formulario oficial Natura 2000, el espacio marino de Orpesa y Benicàssim fue declarado ZEPA debido a la presencia de siete taxones incluidos en el anexo I de la Directiva 2009/147/CE: la pardela balear (Puffinus mauretanicus), la pardela mediterránea (Puffinus yelkouan), el cormorán moñudo mediterráneo (Gulosus aristotelis desmarestii), la gaviota de Audouin (Larus audouinii), la gaviota cabecinegra (Larus melanocephalus), el charrán común (Sterna hirundo) y el charrán patinegro (Thalasseus sandvicensis).
Sin embargo, los datos que se tienen en la actualidad indican que solo el cormorán moñudo mediterráneo y la gaviota de Audouin tienen una presencia relevante en el espacio. Asimismo, se incluye también a la pardela balear debido a que se encuentra en peligro de extinción y a que se dispone de algunos datos de su presencia en la zona. Por todo esto, únicamente se desarrollan la situación, presiones, estado de conservación y medidas de estas tres especies en el presente plan de gestión.
4.3 Caracterización del medio socioeconómico
El espacio protegido denominado Espacio marino de Orpesa y Benicàssim se extiende frente a las costas de los municipios de Oropesa y de Benicàssim, pertenecientes a la comarca de la Plana Alta, en la provincia de Castellón. La Comarca de la Plana Alta está formada por 17 municipios y ocupa una extensión de 957,31 km². Se trata de una Comarca con un notable desarrollo turístico-residencial especializada en los productos sol y playa individual y residencial, con potencial de crecimiento vinculado al turismo náutico y de golf.
El término municipal de Oropesa del Mar se sitúa frente al sector septentrional del espacio marino protegido. Al norte y al oeste limita con el municipio de Cabanes y al Sur con Benicàssim, y se encuentra a una distancia de unos 22 km de la capital de provincia, Castellón de la Plana. Según datos de 2017, su población asciende a 8.983 habitantes, de los que casi el 34 % son de nacionalidad extranjera. Posee una superficie de 26,42 km², y presenta una densidad de población de 349,01 habitantes por km².
En las últimas décadas el municipio de Oropesa del Mar ha experimentado un continuo incremento demográfico. Este aumento de población ha originado un importante auge en la promoción inmobiliaria y el sector de la construcción, pilares básicos de la economía de este municipio.
Oropesa del Mar tuvo la agricultura como principal actividad económica hasta mediados del siglo XX, en que comenzó la industrialización y el desarrollo turístico. En la actualidad, la actividad primaria posee una importancia relativa mínima sobre el producto total bruto debido precisamente a la preeminencia de la actividad terciaria.
La estructura de la propiedad agraria está dominada fundamentalmente por pequeñas parcelas dispersas, tradicionalmente de propiedad familiar. Las explotaciones dedicadas al regadío están apostando por una mayor diversificación de cultivos, pese al predominio incontestable de los cítricos. Por su parte, las explotaciones de secano van siendo abandonadas progresivamente, pasando su futuro por la reordenación de los cultivos.
En lo que se refiere a la evolución del empleo en dicho sector, se evidencia una disminución de los activos empleados, así como el envejecimiento de la población dedicada a este tipo de tareas profesionales. La agricultura a tiempo parcial es un fenómeno ampliamente difundido en los últimos años, que proporciona unos ingresos complementarios a estos trabajadores, cuya dedicación laboral se establece en otras actividades, generalmente del sector servicios.
El sector industrial ha tenido poca relevancia en el desarrollo económico de este municipio, destacando únicamente el sector de la construcción como complementario del sector terciario, y en concreto de la actividad turística.
Así pues, la actividad turística se presenta como la principal fuente de riqueza del municipio desde la década de los años 60 y 70, época en la que comenzaron a edificarse las primeras urbanizaciones con destino turístico.
Frente al sector meridional del espacio protegido se encuentra el municipio de Benicàssim, que limita con los términos municipales de Castellón de la Plana al Sur y Oropesa del Mar al Norte. Según datos de 2017, su población asciende a 17.964 habitantes, de los cuales casi el 14 % es de nacionalidad extranjera. Posee una superficie de 36,10 km², con una densidad de población de 497,62 habitantes por km².
La población de Benicàssim ha experimentado en los últimos años un incremento económico paulatino, acorde con el auge turístico del municipio. Este incremento moderado al alza se produce especialmente gracias al cambio en el modelo económico tradicional, basado en el sector primario, por un modelo apoyado en el sector servicios, principalmente en el turismo.
Presenta una tipología turística de «sol y playa» combinada con una buena dotación en recursos alternativos, entre los que se encuentran los recursos naturales y paisajísticos (Parque Natural del Desierto de las Palmas, etc.), históricos, monumentales o artísticos (Castillo de Montornés, ruta de las Villas, etc.) así como de folclore, fiestas y acontecimientos programados (Festival Internacional de Benicàssim, etc.), que generan flujos importantes de visitantes.
En relación al sector agrícola, registra el mínimo número de activos empleados, ya que la superficie agrícola en uso está centrada casi totalmente en la citricultura, actividad que puede considerarse a tiempo parcial y, en muchos casos, como complemento de las rentas generadas por el turismo. Así mismo, muchas de las tierras cultivables son reservadas ante posibles modificaciones en el uso del suelo, es decir, como suelo que se incorporaría al fenómeno urbanizador de corte turístico residencial, generador de mayores ingresos.
Respecto al sector industrial, registra pocos activos empleados, pudiendo ser debido a la existencia de cierta incompatibilidad de usos en municipios con base económica centrada en el turismo y en la residencia.
Finalmente, el sector servicios es el que dispone de un mayor número de activos, debido en parte a las distintas actividades que comprende dicho sector. En el caso de Benicàssim, según la época del año, puede llegar a suponer un 90-95 % de los contratos registrados.
En relación a las zonas portuarias existentes, adyacente a la ZEC/ZEPA se encuentra el puerto deportivo de Oropesa del Mar. Presenta un espejo de agua de aproximadamente 0,05 km², cuenta con 668 amarres distribuidos en 7 pantalanes fijos y en muelles claraboya, albergando embarcaciones de hasta 20 m de eslora. Las actividades deportivas que se realizan desde el club náutico son: escuela de vela, vela de crucero, pesca deportiva y piragüismo. El puerto de Castellón de la plana, a unos 5 km del espacio, cuenta con 467 amarres, según datos de la Subdirección General de Puertos de la Generalitat Valenciana.
El puerto pesquero más cercano al espacio marino protegido es el de Castellón de La Plana. Según datos de 2020, de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica 1 de la Generalitat Valenciana, la flota pesquera con base en el puerto de Castellón está compuesta por 45 buques de distinto porte, de las cuales 14 se dedican a la pesca de arrastre, 14 a las artes menores, 14 a la pesca de cerco y tres a la pesca con palangre de superficie. La producción pesquera de esta flota, según datos de 2016, ronda las 4.730,7 toneladas lo que supone un ingreso de unos 11.986 miles de euros. Las principales especies capturadas son el boquerón, sardina, pescadilla, jurel, pulpo, salmonete, dorada y sepia.
1 https://agroambient.gva.es/es/web/pesca/flota-pesquera.
En cuanto a la actividad marisquera, dentro del área de estudio se localiza la zona de producción de moluscos «Vinarós-Canet» (CVA/1), cuyo grupo de especies de referencia son los equinodermos. Está declarada como zona de marisqueo tipo A, es decir, apta para la recolección de moluscos vivos para consumo humano directo.
Hacia la medianía del límite exterior del espacio protegido se encuentra el fondeadero de Benicàssim. En relación a la navegación y el transporte marítimos, se trata de un área de paso de forma muy puntual.
Próximo al límite exterior del espacio protegido, entre el paralelo 40 ° y el paralelo de Benicàssim, a unas 2,5 millas de la costa y de forma más o menos paralela a ella, se ha establecido una zona para hundimiento voluntario de buques con casco de madera para refugio de peces, entre los veriles de 20 y 30 m.
Además, a unas 3 millas del NE del puerto de Castellón, en el extremo suroeste de la zona de hundimientos voluntaria descrita anteriormente, se ubica el arrecife artificial denominado «Benicasim II», cuyo objeto es la protección y recuperación de los recursos pesqueros. Asimismo, se han fondeado módulos para recuperación de los recursos pesqueros formando arrecifes artificiales denominados Cabanes III, entre los 15 y 20 metros de profundidad, quedando prohibida en la zona toda actividad pesquera.
Respecto a la zonificación eólica de este tramo del litoral, todo el espacio marino protegido forma parte de una zona de exclusión para la instalación de parques eólicos marinos off-shore.
Finalmente, en el ámbito de la ZEC/ZEPA existen 7 playas, de las cuales 6 contaron con el reconocimiento de Bandera Azul en 2017: Playa Heliopolis, Els Terrers, Torre Sant Vicent, L'Almadrava, Voramar y Platgetes de Bellver.
5. Inventario de presiones
5.1 Presiones y amenazas sobre la ZEC
Para el análisis de las presiones en el espacio se ha partido de la caracterización de actividades y presiones realizada por el CEDEX (2013), en base a la información disponible en la base de datos de presiones de dicho organismo, en los documentos de planificación hidrológica de la Demarcación hidrográfica del Júcar, la información suministrada por el servicio provincial de Costas de Castellón, y la información recopilada en el marco de la Evaluación Inicial de la Estrategia Marina de la Demarcación marina levantino-balear.
Posteriormente se ha enriquecido este análisis general con nueva información bibliográfica de presiones y amenazas, su afección específica sobre los valores del espacio, así como la información recogida en el proceso participativo.
En el apartado 6, dentro de la evaluación de los valores de la ZEC se realiza un inventario específico donde se describen detalladamente las presiones y amenazas presentes que afectan a cada uno de estos valores y se incluye una valoración de la importancia que tienen sobre los mismos.
Asimismo, en el apartado 8 y en la matriz DPSIR (incluida en el apéndice 2) se parte de estas presiones y amenazas y su impacto sobre los valores del espacio para establecer medidas de conservación.
A modo de resumen de lo indicado en los diferentes apartados del plan de gestión, cabe mencionar que las principales presiones y amenazas detectadas en el espacio son la contaminación marina provocada principalmente por nitratos, tanto de origen urbano (F20) como agrícola (A28), las alteraciones morfológicas (F08), la aportación de arena en playas (F06) y el efecto del cambio climático (N01).
A continuación se muestra una tabla general con las presiones y amenazas identificadas en la ZEC y su importancia específica para los valores que alberga (excepto para el hábitat 1170, para el que como se indica en el apartado 6.2, no hay suficiente información sobre sus presiones y amenazas). Para la codificación de presiones y amenazas se utiliza el listado estandarizado de la Comisión Europea sobre presiones y amenazas relativas a los espacios de Red Natura 2000, correspondiente al periodo 2013-2018 2:
2 http://cdr.eionet.europa.eu/help/habitats_art17.
Tabla 3. Inventario de presiones de la ZEC
| Código | Descripción | 1110 | 1120 |
|---|---|---|---|
| Código | Descripción | Importancia | Importancia |
| A28 | Actividades agrícolas que generan contaminación marina. | Media. | Media. |
| C12 | Actividades de extracción que generan contaminación marina. | Baja. | Baja. |
| F06 | Construcción y mantenimiento de playas para turismo y recreación, incluida la reconstrucción y la limpieza de playas. | Alta. | Alta. |
| F07 | Deporte, turismo y actividades de ocio. | Media. | Media. |
| F08 | Modificación de la línea de costa, de los estuarios y de las condiciones costeras para la construcción, el uso y la protección de infraestructuras y áreas residenciales, comerciales, industriales y recreativas (incluidas las defensas contra el mar o los trabajos e infraestructuras de protección costera). | Alta. | Alta. |
| F20 | Actividades y estructuras residenciales o recreativas que generan contaminación marina (excepto contaminación marina macro y micro partículas). | Baja. | Muy alta. |
| F22 | Actividades y estructuras residenciales o recreativas que generan contaminación marina de macro y micropartículas (por ejemplo, bolsas de plástico, espuma de poliestireno). | Media. | Media. |
| G03 | Pesca y marisqueo en el mar (comercial, recreativo) que generan pérdida física y perturbaciones de los hábitats del suelo marino. | Muy baja. | Muy baja. |
| H02 | Ejercicios y operaciones militares, paramilitares o de la policía en el medio ambiente marino y de agua dulce. | Muy baja. | Muy baja. |
| I01 | Especies exóticas invasoras de preocupación para la Unión. | Baja. | |
| J02 | Fuente mixta de contaminación marina (marina y costera). | Media. | Media. |
| N01 | Cambios de temperatura y acidificación debido al cambio climático. | Media. | Media. |
| N04 | Cambios en el nivel del mar y exposición al oleaje debidos al cambio climático. | Alta. | Media. |
5.2 Presiones y amenazas sobre la ZEPA
Al margen de las presiones identificadas previamente para cada una de las especies de aves por las que fue declarado este espacio ZEPA, a continuación, se identifican las presiones y amenazas susceptibles de afectar a las poblaciones, identificadas por el CEDEX (2013). También se han considerado aquellas amenazas derivadas de las presiones detectadas que tienen una incidencia especialmente relevante sobre las aves marinas. Los códigos de presión entre corchetes se corresponden con los del listado estandarizado de presiones y amenazas establecido por la Comisión Europea.
Del conjunto de presiones y amenazas detectadas analizadas por el CEDEX en el Espacio Marino de Orpesa y Benicàssim, siete de ellas son susceptibles de producir impactos con efectos negativos sobre las aves marinas designadas como taxones clave; estas siete presiones son las siguientes:
– [A01] Agricultura: todo el frente costero del LIC está declarado zona vulnerable por contaminación de nitratos de origen agrícola.
– [D03.01] Zonas portuarias: adyacente al área de estudio en la zona norte, se encuentra el puerto de Orpesa (0,05 km²).
– [D03.02] Navegación/tráfico marítimo: fondeadero de Benicàssim. No hay apenas registros AIS.
– [F02.02] Pesca profesional: el puerto pesquero más cercano es el de Castellón de la Plana, a 5 km. Según datos de la Subdirección General de Pesca de la Generalitat Valenciana para 2020, el puerto de Castellón de la Plana cuenta con 45 buques, de las que 14 son de artes menores, que faenan ocasionalmente en este espacio. De acuerdo al bajo número de registros VMS en el ámbito del espacio marino protegido, se considera que la actividad pesquera es predominantemente de artes menores de enmalle.
– [G01.01] Deportes náuticos: puerto de Orpesa (668 amarres), puerto de Castellón de la Plana (467 amarres).
– [H01] Fuentes de contaminación puntual: el vertido del emisario submarino de la EDAR de Benicàssim, y dos puntos de bombeo de desecación de la marjal.
– [J02.12.01] Regeneración de playas: aportaciones de arena en Platgetes de Bellver, y en las playas de Benicàssim de Voramar, en Torre de Sant Vicent y en la playa de Heliópolis.
En esta tabla se indica la intensidad de la presión según la valoración del CEDEX y su impacto potencial sobre las distintas especies, con la siguiente clave de valoración: (o): impacto leve o nulo; (X): impacto relevante; (XX): impacto grave.
Tabla 4. Presiones detectadas en el Espacio Marino de Orpesa y Benicassim susceptibles de producir impactos negativos sobre las poblaciones de aves marinas. PMAU: Puffinus mauretanicus; PARI: Gulosus aristotelis; LAUD: Larus audouinii
| Código | Intensidad | PMAU | PARI | LAUD |
|---|---|---|---|---|
| Presión | Presión | Especies | Especies | Especies |
| A01 Agricultura. | Media. | o | o | o |
| D03.01 Zonas portuarias. | Muy baja. | o | X | X |
| D03.02 Tráfico marítimo. | Muy baja. | X | X | X |
| F02.02 Pesca profesional. | Muy baja. | XX | XX | XX |
| G01.01 Deportes náuticos. | Media. | X | X | X |
| H01 Contaminación del agua. | No evaluada. | o | X | X |
| J02.12.01 Regeneración de playas. | Alta. | o | X | o |
Según este análisis, las presiones que se presentan con cierta intensidad en el espacio marino de Orpesa y Benicassim son la agricultura, los deportes náuticos y la regeneración de playas. El resto de presiones detectadas por el CEDEX y que son susceptibles de producir impactos negativos de consideración sobre las poblaciones de aves marinas, tienen una intensidad baja o muy baja en este espacio.
La regeneración de playas puede afectar a las especies más costeras (cormorán moñudo, pequeños láridos) por vías indirectas en el caso de se produzcan alteraciones en los hábitats submareales que afecten a las redes tróficas. También son previsibles impactos durante la fase de ejecución de los proyectos de regeneración de playas, por lo que estos deberían de ejecutarse durante los periodos en los que disminuye la densidad de aves marinas en la franja costera.
6. Inventario y evaluación global los hábitats y especies de interés comunitario
Se consideran hábitats y especies de interés los tipos de hábitats naturales y especies incluidos en los anexos I y II de la Ley 42/2007 con presencia significativa en el espacio marino protegido. Concretamente, en el espacio marino de Orpesa y Benicàssim, los hábitats naturales 1110 - Bancos de arena cubiertos permanentemente por agua marina, poco profunda, 1120* - Praderas de Posidonia y 1170 - Arrecifes. Respecto al inventario de especies de aves, se consideran de interés aquellas incluidas en el anexo IV de la Ley 42/2007, por las que fue declarado este espacio Zona de Especial Protección para la Aves, con el fin de asegurar su supervivencia y su reproducción en su área de distribución.
6.1 Praderas de Posidonia (1120)
Las praderas de Posidonia oceanica, fanerógama marina endémica del Mediterráneo, están incluidas en el anexo I de la Directiva de Hábitats 92/43/CE como hábitat prioritario y en el anexo IV del Convenio de Berna. Del mismo modo, está incluida en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial.
Además, las fanerógamas marinas están protegidas en la Comunidad Valenciana mediante la Orden de 23 de enero de 1992, para la regulación de las actividades sobre las praderas de fanerógamas marinas. De manera complementaria, la Ley 5/2017, de 10 de febrero, de pesca marítima y acuicultura de la Comunitat Valenciana, declara los fondos de fanerógamas marinas zonas protegidas de interés pesquero, limitando en ellas las actividades extractivas de fauna y flora marinas y en general las perturbadoras del medio (artículo 35). Finalmente, prohíbe la autorización de establecimientos de acuicultura en fondos de fanerógamas marinas (artículo 25).
6.1.1 Valoración del tipo de hábitat.
En el ámbito del espacio protegido, la representatividad de las praderas de Posidonia, hábitat de interés comunitario protegido por la Directiva 92/43/CEE, se ha visto reducida paulatinamente, como demuestra la presencia de tanatocenosis sobre los restos de praderas antiguas, aunque la mayor parte del área está ocupada por praderas de Posidonia oceanica con facies de sustitución de Caulerpa prolifera. Ocupa una superficie de 1.307,36 hectáreas, lo que representa un 32,44 % de la superficie total del espacio protegido y un 1,13 % de la distribución total de este hábitat a nivel estatal en el ámbito de la región marina mediterránea (MMED), otorgándole una representatividad significativa respecto a la superficie que ocupa.
6.1.2 Presiones y amenazas.
La conservación de las praderas de Posidonia oceanica en este espacio marino protegido está íntimamente relacionada con la estabilidad de los sistemas sedimentarios y con la calidad del agua. Por lo que, entre las actividades antrópicas causantes de la degradación del hábitat *1120, se encuentran la contaminación marina provocada principalmente por vertidos urbanos, tanto de origen urbano como agrícola, las alteraciones morfológicas, la aportación de arena en playas y la presencia de especies invasoras.
Contaminación marina (A28, F20, J02).
Los usos del suelo influyen en la calidad de las aguas. De hecho, todo el espacio protegido está declarado como zona sensible por contaminación de nitratos de origen urbano, y el frente costero del espacio protegido está declarado zona vulnerable por contaminación de nitratos de origen agrícola (productos fitosanitarios y nutrientes) procedentes de las aguas de escorrentía y subterráneas próximas al área protegida, por lo que se considera una presión media sobre el hábitat.
Al analizar los efectos del vertido de aguas residuales urbanas, se constatan praderas de mata muerta en los entornos del punto de descarga del emisario submarino del EDAR de Benicàssim. La pradera se encuentra relativamente próxima del punto de vertido submarino (a 250 m de distancia), y puede acusar drásticas disminuciones en la biomasa fotosintética, comprometiendo su crecimiento y su supervivencia por la puesta en suspensión de materia orgánica, sustancias químicas y sedimentos que se traducen en un aumento de la turbidez y una eutrofización del medio, configurándose como una presión muy alta para el hábitat *1120.
La presión ocasionada por los puntos de bombeo para la desecación del marjal frente a la playa de Heliópolis, en el mismo término municipal, se considera por el contrario baja, ya que las praderas de P. oceanica más próxima se encuentran a más de 1.700 m, aunque en sus proximidades se han desarrollado grandes extensiones de Caulerpa, lo que podría ser un indicador de afección a Posidonia.
Ningún puerto está ubicado dentro del área del espacio protegido. Puertos circundantes como es el puerto de Oropesa (0,85 km²), se encuentra fuera del espacio al norte del espacio, por lo que se asume que la contaminación por vertidos no degradables de origen portuario representa una afección baja sobre las praderas de P. oceanica. El fondeadero comercial del puerto de Benicàssim se asienta sobre las praderas de P. oceanica y C. nodosa, por lo que los impactos derivados del anclaje y la circulación oceánica de la zona, podrían representan una amenaza importante sobre las praderas de Posidonia, pero el bajo número de registros AIS le otorgan a esta tipología de presión un grado de amenaza medio.
Actividades extractivas que generan contaminación marina (C12).
Entre las labores de mantenimiento del puerto de Oropesa, muy próximo al espacio protegido, se encuentra la extracción de arena para permitir el paso de los buques. Esta actividad extractiva pone en suspensión materiales sedimentarios muy finos que pueden asentarse sobre las praderas de Posidonia oceanica. Debido a la lejanía del puerto a la pradera, se considera como una presión baja sobre el hábitat.
Modificación del litoral (F08) y Regeneración y limpieza de playas (F06).
En cuanto a las presiones relacionadas con las alteraciones morfológicas, dentro del espacio protegido se tiene constancia de dos espigones en la costa de la playa de Platgetes y un gran número de alteraciones hidromorfológicas presentes en el litoral del término municipal de Benicàssim, entre las que se han contabilizado 17 espigones, un dique exento, un dique de encauzamiento y una infraestructura longitudinal, que suponen una seria amenaza sobre la dinámica marina y la dinámica de deposición de sedimentos en el entorno de las praderas de fanerógamas, que pueden a su vez, impedir la regeneración natural de sus playas.
De hecho, los resultados del proyecto Eurosion identifican problemas de erosión en la costa de todo el espacio protegido, habiéndose constatado la aportación de arenas en las playas de Heliópolis, Voramar, Torre de Sant Vicent y Bellver. Dichas actuaciones suponen una alta amenaza sobre las praderas de Posidonia oceanica, debido a fenómenos de aumento de turbidez (disminución de la irradiancia) por la dispersión de las fracciones más finas y el posible enterramiento/erosión del límite superior de las praderas de fanerógamas (límite más somero). Por todo ello, ambas actividades se consideran que generan una afección alta sobre el hábitat.
Actividades náuticas recreativas (F07) y Basuras marinas (F22).
En cuanto a las actividades recreativas, el impacto derivado del fondeo de embarcaciones de recreo se deduce teniendo a partir del número de amarres del puerto de Oropesa (669 amarres) y del puerto de Castellón de la Plana (467 amarres), en el que se asume que las embarcaciones recreativas de dichos puertos serán usuarias del área marina que comprende el espacio protegido, encontrándose un punto caliente de afluencia de embarcaciones de recreo y anclaje indiscriminado frente a la playa de Boramar. Entre los impactos derivados del fondeo de embarcaciones de recreo se encuentran la acción física de los elementos de anclaje, así como las pinturas y antióxidos, acumulación de basuras, vertidos de las aguas residuales, combustibles y aceites, que actúan como elementos degradativos del medio. Teniendo en cuenta el número de amarres y la pérdida de densidad y cobertura que presentan las praderas de P. oceanica, se considera un grado de afección medio sobre el hábitat.
Tanto las actividades recreativas acuáticas (embarcaciones de recreo, pesca recreativa…) como las practicadas desde la costa (pesca, sol y baño…), generan acumulación de basura que finalmente llegan al medio marino. Esta afección se magnifica en la época estival debido al aumento de usuarios de embarcaciones y playas, generando un impacto medio sobre el hábitat.
Prácticas de pesca marina (profesional y recreativa) (G03).
En cuanto al desarrollo de la actividad pesquera, el puerto pesquero más próximo es el de Castellón de la Plana, y de acuerdo al bajo número de registros VMS en el ámbito del espacio marino protegido, se considera que la actividad pesquera es predominantemente de artes menores de enmalle y que no genera un impacto significativo sobre los valores naturales del espacio protegido. No obstante, la pesca artesanal tiene un grave problema de pérdida de artes que quedan sobre las praderas y los fondos marinos. Esta presión se engloba dentro de basuras marinas, con un impacto lo suficientemente importante como para otorgarle una categoría media sobre las praderas.
Ejercicios y operaciones militares (H02).
Todo el espacio está dentro de una zona de ejercicios militares. Sin embargo, se considera que el riesgo de interacción de estas actividades con las praderas de P. oceanica es muy bajo.
Especies invasoras (I01).
Las especies invasoras están consideradas una de las principales causas de pérdida de biodiversidad en el Mediterráneo; suponen una seria amenaza para la biodiversidad, estructura y función de los ecosistemas ya que desplazan a las especies nativas, reduciendo la biodiversidad de las comunidades, cambiando la composición de las especies y su abundancia, llegando a modificar la estructura del hábitat y produciendo cambios en cascada en la red trófica que podrían resultar en graves impactos negativos sobre el ecosistema, con un potencial de impacto medio sobre las praderas de P. oceanica.
Según la información disponible se tiene constancia de la presencia del alga invasora Caulerpa racemosa desde las costas de Benicàssim hasta Burriana afectando el área marina protegida, aunque es probable que el área invadida sea mucho mayor. A principios de 1999, se identificaron las primeras colonias en torno a la refinería de petróleo en los accesos al puerto de Castellón, siendo, junto a las Islas Baleares, la primera mención de esta especie en las aguas de la Península Ibérica. Inicialmente la colonia de 3 m² se encontraba a 9 m de profundidad, aunque con un gran número de pequeñas colonias circundantes que se extendían hasta unas 337 hectáreas, sugiriendo un origen reciente, de no más de 1 o 2 años, y un patrón de expansión exponencial. Dichas colonias han seguido propagándose, principalmente en las áreas más profundas, ya que las costas más superficiales con un predominio de sustratos arenosos dificultan su expansión, ocupando fondos que anteriormente cubrían prados de P. oceanica y ahora son biocenosis detríticas con facies de sedimentación.
Grandes cantidades de la especie son atrapadas en redes de cerco y líneas de palangre, que, junto con las corrientes marinas, son los principales vectores de diseminación de C. racemosa. Sin embargo, el análisis detallado de diversas praderas de P. oceanica en contacto con poblaciones de C. racemosa ha puesto de manifiesto la incapacidad del alga para desarrollar crecimientos y biomasas importantes en el interior de la pradera y alterar la estructura de la misma, estando presente fundamentalmente en zonas con mata muerta, rocas o claros de arena, por lo que se considera una presión baja sobre el hábitat.
Cambio climático (N01).
Una de las mayores amenazas a las que se encuentran sometidas las praderas de fanerógamas marinas es el efecto del cambio climático. Concretamente Posidonia oceanica es especialmente vulnerable al aumento de la temperatura del agua, lo que ocasiona un aumento en la tasa de mortalidad de los individuos que conforman las praderas afectadas, por encima del reclutamiento. Observaciones de campo demuestran que cuando la temperatura del agua marina excede los 27,5-28°C la tasa de mortalidad de haces de Posidonia se triplica, incluso en zonas protegidas. El aumento de la temperatura se relaciona se relaciona a su vez con ciertos procesos fisiológicos de la planta que alteran su crecimiento poblacional, siendo especialmente sensible a la producción de sulfuro en el sedimento, proceso que se acelera con la temperatura. El resto de las presiones antrópicas a las que se ve sometida la planta (vertidos, dragados, etc.) debilitan a P. oceanica disminuyendo así su resiliencia frente a los efectos del cambio climático.
Cambios en el nivel del mar y exposición al oleaje debidos al cambio climático (N04).
Modelos desarrollados sobre las consecuencias del cambio climático muestran cambios en la circulación oceanográfica del Mediterráneo que dará lugar a alteraciones en la frecuencia e intensidad del olaje y un aumento del nivel del mar, a la vez que se acusará una disminución en la formación de agua profunda en el Golfo de León. Como consecuencia, se espera un retroceso de las praderas de fanerógamas marinas en muchos puntos del Mediterráneo. Por todo ello, el cambio climático tiene una importancia media sobre las praderas de P. oceanica.
A continuación, se detallan las presiones y amenazas sobre el tipo de hábitat *1120 de acuerdo con el listado estandarizado de la Comisión Europea sobre presiones y amenazas relativas a los espacios de Red Natura 2000, correspondientes al periodo 2013-2018 3:
3 http://cdr.eionet.europa.eu/help/habitats_art17.
Tabla 5. Inventario de presiones para el hábitat 1110
| Código | Descripción | Importancia |
|---|---|---|
| Presión/Amenaza | Presión/Amenaza | Presión/Amenaza |
| C12 | Actividades extractivas que generan contaminación marina. | BAJA. |
| A28 | Actividades agrícolas que generan contaminación marina. | MEDIA. |
| F06 | Desarrollo y mantenimiento de las áreas de playa para el turismo y las actividades recreativas, incluidas la regeneración y limpieza de playas. | ALTA. |
| F07 | Deportes al aire libre, actividades de ocio y actividades recreativas organizadas. | MEDIA. |
| F08 | Modificación del litoral, estuario y condiciones costeras para el desarrollo, uso y protección de complejos residenciales, comerciales, industriales y recreativos. | ALTA. |
| F20 | Actividades e instalaciones recreativas y residenciales que generan contaminación marítima (excluida la contaminación marina de macro y micropartículas). | MUY ALTA. |
| F22 | Actividades e instalaciones residenciales o recreativas que generan contaminación marina de macro y micropartículas (por ejemplo, bolsas de plástico, espuma de poliestireno). | MEDIA. |
| G03 | Prácticas de pesca marina y recolección de moluscos y crustáceos (profesional y recreativa) que alteran y causan daños físicos sobre el hábitat bentónico. | MUY BAJA. |
| H02 | Ejercicios y operaciones militares, paramilitares o de la policía en el medio marino. | MUY BAJA. |
| I01 | Especies invasoras incluidas en el Reglamento (UE) N.º 1143/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo (Caulerpa cylindracea). | BAJA. |
| J02 | Contaminación marina de origen mixto marina y costera (vertidos accidentales en puertos). | MEDIO. |
| N01 | Cambios de temperatura y acidificación debido al cambio climático. | MEDIA. |
| N04 | Cambios en el nivel del mar y exposición al oleaje debidos al cambio climático. | MEDIA. |
6.1.3 Estado de conservación.
La Directiva Hábitats define el «Estado de conservación de un hábitat» como el conjunto de las influencias que actúan sobre un hábitat natural y sobre las especies típicas asentadas en el mismo y que pueden afectar a largo plazo a su distribución natural, su estructura y funciones, así como a la supervivencia de sus especies típicas.
Con el fin de valorar el estado de conservación de los valores naturales anteriormente mencionados, se ha tomado como referencia los parámetros empleados para el seguimiento de la Red Natura 2000 de acuerdo con el artículo 17 de la Directiva Hábitats. En el apéndice 1 a este plan de gestión, puede consultarse la metodología empleada para la evaluación del estado de conservación.
En base a los criterios de la Directiva Hábitats y de acuerdo a la evaluación individual de cada uno de los parámetros, se considera que el estado global de conservación del hábitat *1120 en el ámbito del espacio marino protegido, es desfavorable-malo (DM), según se muestra en la tabla adjunta:
Tabla 6. Evaluación del estado de conservación del Hábitat 1120
| Hábitats de interés comunitario | Rango | Área ocupada por el hábitat | Estructura y funciones específicas | Perspectivas futuras |
|---|---|---|---|---|
| Hábitats de interés comunitario | Indicadores del estado de conservación | Indicadores del estado de conservación | Indicadores del estado de conservación | Indicadores del estado de conservación |
| 1120- Praderas de Posidonia (Posidonion oceanicae*). | F | F | DM | DM |
– Rango: En el Mediterráneo español, esta especie se distribuye en fondos arenosos y rocosos entre 0,5 m y una profundidad máxima que depende de la transparencia de las aguas costeras, lo cual varía entre las diferentes regiones. De acuerdo con el Atlas de las praderas marinas de España, los rangos batimétricos de P. oceanica en el litoral de la provincia de Castellón abarcan desde aguas someras, inferiores a 1 metro de profundidad, y no suelen sobrepasar los 25 m. de profundidad, debido a la menor transparencia de las aguas y del consecuente avance del piso circalitoral.
Las praderas de P. oceanica alcanza una profundidad máxima de entre 11 y 17 metros de profundidad en las proximidades del límite inferior del espacio protegido. De acuerdo con la profundidad máxima del espacio protegido, el rango del hábitat se considera como favorable (F), atendiéndose a la profundidad a la que la que Posidonia oceanica tendría capacidad de desarrollo.
– Área ocupada por el hábitat: las praderas de Posidonia oceanica realizan una serie de funciones ecológicas y servicios ambientales a gran escala que son directamente proporcionales a la superficie que ocupan. No es posible establecer en estos momentos qué umbral de pérdida de praderas reduce sensiblemente su viabilidad y servicios ecológicos, pero probablemente esta reducción sea proporcional a la pérdida de hábitat. Sería importante por tanto que las praderas ocupasen vastos cinturones de costa, ajustándose lo más posible a su área potencial.
Dentro del espacio marino protegido, el tipo de hábitat *1120 ocupa una superficie de 1.307,36 ha, lo que representa un 32,44 % de la superficie total del espacio protegido.
El Formulario Normalizado de Datos para la designación del LIC Espacio marino de Orpesa y Benicàssim (año 1998), presenta para este tipo de hábitat datos relativos a la superficie de 329,38 ha. A partir del dato más actual de superficie cartografiada y junto con la ampliación del espacio, se considera este nuevo valor como el Rango Favorable de Referencia, y al área del hábitat, como favorable (F).
– Estructura y funciones específicas: dentro de los factores estructurales, los límites de las praderas son descriptores sencillos de su distribución y a la vez indicadores robustos de su estado, ya que a menudo, los factores de estrés que afectan a las praderas se manifiestan primero en sus límites. Por ejemplo, la reducción de la transparencia del agua, retrae el límite inferior de las praderas hacia zonas más someras, mientras que los procesos de erosión o regeneración de playas, suelen primero afectar al límite superior de la pradera. Por otra parte, los parámetros de abundancia (biomasa, cobertura y densidad) de la fanerógama Posidonia oceanica, como especie constitutiva de la pradera, son buenos descriptores locales de la estructura de este tipo de hábitat e indicadores de su estado de salud, ya que son muy sensibles a los cambios ambientales que afectan a la pradera.
Dentro de los factores funcionales, la dinámica de la población de haces de Posidonia oceanica (crecimiento neto de la población, natalidad y mortalidad) permiten obtener una imagen indicativa de si la pradera se encuentra en declive (pérdida de densidad o cobertura), en progresión (aumento) o estable. Asimismo, la producción de la pradera, medida a través del crecimiento vertical de los rizomas, es un indicador temprano de su salud, ya que este crecimiento se ve afectado por factores como el estrés térmico, episodios de enterramientos/erosión y por la contaminación orgánica antes de que se detecte efecto alguno en la densidad o mortalidad de haces.
Otros descriptores, como la presencia de nacras (Pinna nobilis) dejan de ser indicadores de la calidad de las aguas tras haber sufrido una mortalidad masiva en nuestras costas provocada por un protozoo que ha afectado a casi toda la población mientras que la expansión de especies invasoras en las praderas muestreadas como Caulerpa cylindracea (antes C. racemosa var. cylindracea), puede ser indicativa de su degradación.
Las campañas de seguimiento de Posidonia oceanica en las estaciones de la Red de vigilancia POSIMED no se están llevando a cabo dentro de los límites del espacio protegido, por lo que no se dispone de valores de cobertura y densidad. Sin embargo, atendiendo a los parámetros analizados y a la información cartográfica disponible, se considera que el valor del indicador es desfavorable-malo (DM) al observarse un deterioro superior al 25 % de la superficie, con grandes superficies de mata muerta (tanatocetosis) en las praderas de Posidonia situadas en las cotas más profundas del espacio marino. Se observan as su vez, grandes desarrollos de C. racemosa, a menudo, sobre mata muerta de P. oceanica, indicadores de una de un deterioro importante de las praderas de Posidonia.
– Perspectivas futuras: en base a las presiones y amenazas detectadas en el ámbito del espacio marino protegido para este tipo de hábitat, se otorgará un valor de desfavorable-malo (DM) en base a las malas perspectivas sobre hábitat y las repercusiones en la viabilidad a largo plazo, lo suficientemente relevantes para otorgar a las perspectivas futuras el mismo valor.
6.2 Arrecifes (1170)
Los arrecifes son hábitats que dan soporte, cobijo y alimento a innumerables especies vegetales y animales, cuya composición, estructura y riqueza es enormemente diversa y varía en función de múltiples factores. Se distribuyen en todas las cotas de profundidad, desde el nivel del mar hasta profundidades abisales.
El hábitat arrecifes tiene una enorme importancia ecológica, con una elevada complejidad estructural y funcional, entre las que destaca el ser un almacén de carbono, debido a la acción de muchos de sus organismos asociados (corales, ciertos briozoos o gasterópodos), que fijan el dióxido de carbono (CO2) y lo transforman en arrecifes biogénicos.
6.2.1 Valoración del tipo de hábitat.
Dentro del espacio marino de Orpesa y Benicàssim, el hábitat alberga comunidades infralitorales de algas fotófilas, ocupando una superficie de 1,50 hectáreas, lo que representa un 0,000087 % de la distribución total de este hábitat a nivel estatal en el ámbito de la región marina mediterránea (MMED) 4.
4 Superficie total estimada: 1.732.405 ha, en base a las estimas de superficie realizadas en el informe nacional de aplicación de la Directiva Hábitat en España correspondiente al período 2007-2012.
6.2.2 Presiones y amenazas.
Entre las presiones que puedan afectar al hábitat de manera general, destacan las producidas por posible contaminación marina proveniente tanto de actividades terrestres como marinas, como son las asociadas a las actividades náuticas, la cercanía de puertos comerciales y deportivos, (Puertos de Oropesa y de Benicàssim…) que así mismo, ocasionan el aumento de basuras marinas.
Sin embargo, la ausencia de datos no permite cuantificar y valorar las diferentes presiones y amenazas que actúan sobre el hábitat.
6.2.3 Estado de conservación.
La Directiva Hábitats define el «Estado de conservación de un hábitat» como el conjunto de las influencias que actúan sobre un hábitat natural y sobre las especies típicas asentadas en el mismo y que pueden afectar a largo plazo a su distribución natural, su estructura y funciones, así como a la supervivencia de sus especies típicas.
Con el fin de valorar el estado de conservación de los valores naturales anteriormente mencionados, se ha tomado como referencia los parámetros empleados para el seguimiento de la Red Natura 2000 de acuerdo con el artículo 17 de la Directiva Hábitats. En el apéndice 1 a este plan de gestión, puede consultarse la metodología empleada para la evaluación del estado de conservación.
De acuerdo con la evaluación individual de cada uno de los parámetros, se considera que el estado de conservación del hábitat 1170 en este espacio protegido, es desconocido (D), según se muestra en la tabla adjunta:
Tabla 7. Evaluación del estado de conservación del Hábitat 1170
| Hábitats de interés comunitario | Rango | Área ocupada por el hábitat | Estructura y funciones específicas | Perspectivas futuras |
|---|---|---|---|---|
| Hábitats de interés comunitario | Indicadores del estado de conservación | Indicadores del estado de conservación | Indicadores del estado de conservación | Indicadores del estado de conservación |
| 1170- Arrecifes. | D | D | D | D |
– Rango: A partir del dato más actual de superficie cartografiada (año 2015), parece inferirse una pérdida del rango del hábitat puesto que se supone menor que el Rango Favorable de Referencia. Sin embargo, se considera que la diferencia del rango es atribuible a la utilización de una información de partida errónea en el momento de designar el LIC (año 2001). Por tanto, no existe un valor del Rango Favorable de Referencia sobre el que realizar una estimación, por lo que se considera el estado de conservación del hábitat relativo al rango como desconocido (D).
– Área ocupada por el hábitat: Consecuencia de la falta de información de este hábitat es la dificultad para conocer su distribución y la superficie que ocupa dentro del espacio protegido. El Formulario Normalizado de Datos para la designación del LIC Espacio marino de Orpesa y Benicàssim presenta para este hábitat datos de superficie de 13,17 ha. A partir del dato más actual de superficie cartografiada, ecocartografías del litoral español desarrolladas por el ministerio 5 (año 2006), con valores de 1,5 ha, parece inferirse un descenso de la superficie del hábitat. Sin embargo, se considera que la diferencia de superficie es atribuible a la falta de información, por lo que se considera el estado de conservación del hábitat relativo a la superficie ocupada como desconocido (D) al no contar con series de datos anteriores de detalle que nos permitan realizar una evaluación sobre este parámetro.
5 https://www.miteco.gob.es/es/costas/temas/proteccion-costa/ecocartografias/default.aspx
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