Acuerdo GOV/76/2025, de 25 de marzo, por el que se aprueban las normas de organización y funcionamiento de la Universidad de Vic-Universidad Central de Cataluña

Rango Acuerdo
Publicación 2025-04-08
Estado Vigente
Texto Tal como se publicó
Comunidad Autónoma Cataluña
Departamento Comunidad Autónoma de Cataluña
Fuente BOE
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artículos 82

Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.

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2. Son funciones de la Unidad de Diversidad:

a)

Velar por un entorno que garantice la plena inclusión de la diversidad de los miembros de la comunidad universitaria en el desarrollo de la vida universitaria.

b)

Promover políticas de inclusión de la diversidad dentro de la comunidad universitaria.

c)

Llevar a cabo actividades de sensibilización de la diversidad en el ámbito universitario.

d)

Asesorar en temas vinculados a la diversidad.

e)

Crear recursos orientados a la formación y al intercambio de conocimientos y experiencias en materia de diversidad y a la promoción de una sociedad más inclusiva.

f)

Trabajar por la eliminación de los obstáculos que impidan o dificulten la participación en la vida universitaria.

g)

Fomentar la prevención y erradicación de cualquier discriminación por razón de diversidad.

h)

Organizar actos conmemorativos y otras actividades para fomentar la inclusión.

i)

Establecer el servicio de atención a la discapacidad.

TÍTULO IX. Las distinciones de la Universidad de Vic-Universidad Central de Cataluña

Artículo 82. Las distinciones de la UVic-UCC.

1. Las distinciones de la UVic-UCC son: el doctorado honoris causa, el emeritazgo, la medalla y la insignia de la Universidad. Todas estas distinciones son al mérito.

2. La Universidad puede otorgar el título de doctor o doctora honoris causa a aquellas personas a las que quiera reconocer por su relevancia y excelencia en el ámbito académico, científico, literario, cultural, social, político, artístico o económico. La iniciativa de proponer el nombramiento de doctores honoris causa de la UVic-UCC corresponde a los siguientes órganos: departamentos, consejos de gobierno de las facultades o escuelas, Comité de Dirección de la Escuela de Doctorado y rector o rectora. La propuesta debe presentarse durante el curso académico y debe aprobarla el Consejo de Gobierno de la UVic-UCC con el visto bueno previo de la Escuela de Doctorado.

Una vez aprobada por este órgano, debe elevarse la propuesta al Patronato de la FUBalmes, que, en su caso, aprobará su concesión.

3. El emeritazgo es la distinción para los profesores que, después de llevar a cabo una larga y acreditada trayectoria en la UVic-UCC, se jubilan y continúan vinculados a la Universidad. El emeritazgo lo otorga y lo retira el Patronato de la FUBalmes, a propuesta del Consejo de Gobierno de la Universidad, el cual se pronuncia en base al informe emitido por una comisión constituida con la finalidad de estudiar la solicitud de emeritazgo. La condición de emérito, que regula específicamente la Normativa del profesorado emérito de la UVic-UCC, da al profesor o profesora continuidad no laboral. Puede asistir a todas las actividades académicas, de las que sigue recibiendo información, formar parte de los grupos de investigación y de las cátedras a los que pueda seguir aportando sus conocimientos, e impartir lecciones como profesor o profesora extraordinario. También puede recibir del rector o rectora y del decano o decana o del director o directora de centro tareas de representación para las que sea, explícitamente y en cada caso, designado.

4. La medalla de la UVic-UCC es la distinción que se concede a las personas que hayan destacado en su apoyo a la UVic-UCC. La otorga el Patronato de la FUBalmes, a iniciativa propia o a propuesta del Consejo de Gobierno de la Universidad.

5. La insignia de la UVic-UCC es una distinción para miembros de la comunidad universitaria. La otorga el Patronato de la FUBalmes, a iniciativa propia o a propuesta del Consejo de Gobierno de la Universidad.

6. El Patronato de la FUBalmes puede aprobar nuevas distinciones, por iniciativa propia o a propuesta del Consejo de Gobierno de la UVic-UCC.

Disposición derogatoria.

Estas Normas de organización y funcionamiento refundidas derogan las que se aprobaron por el Acuerdo GOV/175/2013, de 17 de diciembre, por el que se aprueba la modificación de las Normas de organización y funcionamiento de la Universidad de Vic y se dispone la publicación de su texto íntegro, y que se publicó en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» núm. 6527, de 23 de diciembre de 2013. Asimismo, quedan derogados aquellos aspectos del resto de normativas de rango inferior en todo a lo que se opongan.

Disposición final. Entrada en vigor.

Estas Normas de organización y funcionamiento entran en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya».

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