Enmiendas de 2024 al Anexo del Convenio internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para el personal de los buques pesqueros, 1995 Anexo revisado del Convenio de formación para pescadores de 1995, adoptadas en Londres el 23 de mayo de 2024 por Resolución MSC.561(108), y Código sobre normas de formación, titulación y guardia para el personal de los buques pesqueros (Código de formación para pescadores) adoptado en Londres el 23 de mayo de 2024 por Resolución MSC.562(108)

Rango Acuerdo Internacional
Publicación 2026-10-17
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Texto Tal como se publicó
Departamento Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
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1 acto modificador · 2026-10-17, Enmiendas de 2024 al Anexo del Convenio internacional sobre normas de formación, titulaci…

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Columna 1 Competencia Columna 2 Conocimientos, comprensión y suficiencia Columna 3 Métodos de demostración de la competencia Columna 4 Criterios de evaluación de la competencia
Función: Navegación, a nivel de gestión. Función: Navegación, a nivel de gestión. Función: Navegación, a nivel de gestión. Función: Navegación, a nivel de gestión.
Planificar un viaje y dirigir la navegación. Navegación. Planificar un viaje y dirigir la navegación en todo tipo de condiciones: .1 siguiendo métodos generalmente aceptados de trazado de derrotas. .2 en aguas restringidas. .3 entre hielos, cuando proceda. .4 con visibilidad reducida. .5 por dispositivos de separación del tráfico, cuando proceda. .6 en zonas afectadas por las mareas o las corrientes. .7 en todas las condiciones meteorológicas. Examen y evaluación de los resultados obtenidos en una o varias de las siguientes modalidades formativas: .1 experiencia aprobada en el empleo. .2 experiencia aprobada en buque escuela. .3 formación aprobada con simuladores, si procede. .4 formación aprobada con equipo de laboratorio. utilizando: catálogos de cartas, cartas, publicaciones náuticas y características de los buques de que se trate. El equipo, las cartas y las publicaciones náuticas necesarios para el viaje se enumeran y son apropiados para la realización sin riesgos del mismo. La selección de la derrota trazada se basa en hechos y datos estadísticos procedentes de las oportunas fuentes y publicaciones. Los cálculos de situaciones, rumbos, distancias y tiempo son correctos y cumplen las normas de precisión aceptadas para el equipo náutico. Se identifican correctamente todos los posibles riesgos para la navegación.
Determinar por cualquier medio la situación y la exactitud del punto resultante. Determinación de la situación: .1 mediante observaciones terrestres, acompañadas de la capacidad para hacer uso de las marcaciones tomadas con marcas terrestres y ayudas a la navegación tales como faros, balizas y boyas, junto con las cartas apropiadas, los avisos a los navegantes y otras publicaciones que permitan comprobar la exactitud de la situación obtenida. .3 utilizando, de un modo que la Parte juzgue satisfactorio, las modernas ayudas electrónicas a la navegación instaladas en los buques pesqueros de que se trate. Examen y evaluación de los resultados obtenidos en una o varias de las siguientes modalidades formativas: .1 experiencia aprobada en el empleo. .2 experiencia aprobada en buque escuela. .3 formación aprobada con simuladores, si procede. .4 formación aprobada con equipo de laboratorio. utilizando: a) cartas, publicaciones e instrumentos náuticos (corredera, equipo de sonda, compás) y los manuales de funcionamiento de los fabricantes. b) radar, sistemas electrónicos terrestres de determinación de la situación, sistemas de navegación por satélite y las pertinentes cartas y publicaciones náuticas. El método primordial elegido para determinar la situación del buque es el más apropiado en las circunstancias y condiciones reinantes. La situación obtenida por observaciones terrestres se encuentra dentro de márgenes de precisión reconocidos como aceptables. La exactitud del punto resultante se evalúa debidamente. El punto calculado utilizando ayudas electrónicas a la navegación se encuentra dentro de los márgenes de precisión de los sistemas en uso. Se indican los posibles errores en cuanto a la exactitud de la situación resultante y se aplican debidamente los métodos para reducir al mínimo los efectos de los errores del sistema en la situación resultante.
Determinar y compensar los errores del compás. Compases. Capacidad para determinar los errores del compás empleando medios terrestres y compensar tales errores. Examen y evaluación de los resultados obtenidos en una o varias de las siguientes modalidades formativas: .1 experiencia aprobada en el empleo. .2 experiencia aprobada en buque escuela. .3 formación aprobada con simuladores, si procede. .4 formación aprobada con equipo de laboratorio. utilizando: marcas terrestres y la comparación entre el compás magnético y el compás giroscópico. El método y la frecuencia de las comprobaciones para detectar errores del compás magnético y del compás giroscópico garantizan la exactitud de la información.
Coordinar operaciones de búsqueda y salvamento. Búsqueda y salvamento. Conocimiento de los procedimientos de búsqueda y salvamento. Examen y evaluación de los resultados obtenidos en una o varias de las siguientes modalidades formativas: .1 experiencia aprobada en el empleo. .2 experiencia aprobada en buque escuela. .3 formación aprobada con simuladores, si procede. .4 formación aprobada con equipo de laboratorio. utilizando: las publicaciones pertinentes, cartas, datos meteorológicos, características de los buques de que se trate, equipo de radiocomunicaciones y otros medios de que se disponga. El plan de coordinación de las operaciones de búsqueda y salvamento está en consonancia con las directrices y normas internacionales. En todas las fases de la operación de búsqueda y salvamento se establece la radiocomunicación y se siguen al efecto los procedimientos de comunicación correctos.
Establecer los sistemas y procedimientos del servicio de guardia. Servicio de guardia. Conocimiento cabal del contenido, aplicación y finalidad del Reglamento internacional para prevenir los abordajes, 1972, especialmente de los anexos II y IV, sobre seguridad de la navegación. Capacidad para demostrar conocimiento del contenido, aplicación y finalidad de los principios fundamentales que procede observar en las guardias de navegación, establecidos en el capítulo IV. Notificaciones acordes con los principios generales a que deben ajustarse los sistemas de notificación para buques y con los procedimientos de los STM, si la Parte lo considera procedente. Examen y evaluación de los resultados obtenidos en una o varias de las siguientes modalidades formativas: .1 experiencia aprobada en el empleo. .2 formación aprobada con simuladores, si procede. Los sistemas y procedimientos del servicio de guardia se establecen y mantienen de conformidad con los reglamentos y directrices internacionales, a fin de garantizar la seguridad de la navegación, la protección del medio marino y la seguridad del buque y de las personas a bordo.
Pronosticar las condiciones meteorológicas y oceanográficas. Meteorología y oceanografía. Conocimiento de los instrumentos meteorológicos y de su aplicación. Capacidad para utilizar la información meteorológica disponible. Conocimiento de las características de los diversos sistemas meteorológicos que afectan a las aguas limitadas de que se trate que puedan poner en peligro al buque, a discreción de la Parte. Conocimiento de las condiciones meteorológicas que afectan a las aguas limitadas de que se trate que puedan poner en peligro al buque, a discreción de la Parte. Capacidad para calcular las condiciones de las mareas utilizando publicaciones náuticas apropiadas. Examen y evaluación de los resultados obtenidos en una o varias de las siguientes modalidades formativas: .1 experiencia aprobada en el empleo. .2 experiencia aprobada en buque escuela. .3 formación aprobada con equipo de laboratorio. Las condiciones meteorológicas pronosticadas para un determinado periodo de tiempo se basan en toda la información disponible. Las medidas tomadas para mantener la seguridad de la navegación reducen al mínimo todo riesgo para la seguridad del buque. Las medidas previstas se fundamentan en datos estadísticos y en observaciones de las condiciones meteorológicas reales. Calcular las horas y las alturas máxima y mínima de las mareas y estimar la dirección y la velocidad de las corrientes de marea.
Respuesta a emergencias de navegación. Procedimientos en caso de emergencia. Precauciones al hacer varar un buque. Actuación en caso de varada inminente y después de la varada. Medidas que procede tomar cuando el arte de pesca se enreda en el fondo o en otro obstáculo. Puesta a flote de un buque varado, con y sin ayuda. Medidas que procede tomar a raíz de un abordaje. Taponamiento provisional de vías de agua. Precauciones para la protección y seguridad de la tripulación en situaciones de emergencia Contención de los daños y salvamento del buque en caso de incendio o explosión. Abandono del buque. Gobierno del buque en casos de emergencia. Salvamento de personas de un buque en peligro o naufragado. Procedimientos de salvamento en caso de hombre al agua. Dar y tomar remolque. Evaluación de los resultados obtenidos en los exámenes o la instrucción práctica, experiencia en el empleo y ejercicios prácticos sobre los procedimientos de emergencia. Se identifican con prontitud el tipo y escala de la emergencia, y las decisiones y medidas que se adoptan reducen al mínimo los efectos de cualquier fallo en el funcionamiento de los sistemas del buque. La comunicación es eficaz y se ajusta a los procedimientos establecidos. Las decisiones y medidas adoptadas ofrecen el máximo grado de seguridad para las personas a bordo.
Maniobrar y gobernar un buque pesquero. Maniobrar y gobernar un buque pesquero. Operaciones de maniobra y gobierno del buque pesquero en todas las condiciones, con inclusión de: .1 atraque, desatraque y fondeo y leva en diversas condiciones de viento y marea. .2 maniobras en aguas poco profundas. .3 manejo y gobierno de buques pesqueros en temporal, con aptitud para mantener la velocidad adecuada especialmente con mar de popa y de través, prestar auxilio a un buque o a una aeronave en peligro, maniobrar con un buque de difícil manejo de modo que quede atravesado a la mar y disminuir el abatimiento. .4 maniobras cuando se esté faenando, con especial atención a los factores que puedan afectar desfavorablemente a la seguridad del buque durante esas operaciones. .5 precauciones en la maniobra para la puesta a flote de botes de rescate o embarcaciones de supervivencia con mal tiempo. .6 métodos para embarcar a supervivientes que se encuentren en botes de rescate o embarcaciones de supervivencia. .7 en los casos en que sea aplicable, medidas prácticas que procede tomar cuando se navega entre hielos o icebergs o en condiciones de acumulación de hielo a bordo. .8 utilización de los dispositivos de separación del tráfico y realización de maniobras en ellos. .9 importancia de navegar a velocidad reducida para evitar los daños que puede causar la ola de proa o de popa del buque propio. .10 transbordo de pescado y otras provisiones en la mar a buques factoría o a otros buques. Examen y evaluación de los resultados obtenidos en una o varias de las siguientes modalidades formativas: .1 experiencia aprobada en el empleo. .2 experiencia aprobada en buque escuela. .3 formación aprobada con simuladores, si procede. .4 modelo de buque a escala aprobado y tripulado, si procede. Todas las decisiones en cuanto a atraque y fondeo se basan en la adecuada evaluación de las características de maniobra y máquinas del buque, así como de las fuerzas que cabe prever durante el atraque o cuando ya se está atracado al costado o sobre el ancla. Durante la navegación se hace una evaluación completa de los posibles efectos de las aguas poco profundas y de las aguas restringidas, los hielos, las márgenes, las condiciones de marea, las olas de proa y popa de los buques que pasen y las del propio buque, de manera tal que el buque maniobre sin riesgos en las diversas condiciones de carga y meteorológicas.
Instalaciones energéticas de los buques pesqueros. Instalaciones energéticas de los buques pesqueros. Principios de funcionamiento de las instalaciones energéticas marinas de los buques pesqueros. Maquinaria auxiliar del buque. Conocimiento general de la terminología referente a la maquinaria naval. Examen y evaluación de los resultados obtenidos en una o varias de las siguientes modalidades formativas: .1 experiencia aprobada en el empleo. .2 experiencia aprobada en buque escuela. .3 formación aprobada con simuladores, si procede. Las instalaciones, la maquinaria auxiliar y el equipo se hacen funcionar en todo momento con arreglo a las especificaciones técnicas y dentro de los límites de seguridad.
Mantener la seguridad de la navegación utilizando información del equipo y los sistemas de navegación para facilitar la toma de decisiones. Nota: no se requiere formación y evaluación sobre el uso de la APRA en el caso de los que prestan sus servicios exclusivamente en buques que no están provistos de tal ayuda. Esta limitación se indicará en el refrendo que se expida al personal del buque pesquero interesado. Valoración de los errores del sistema y profunda comprensión de los aspectos operacionales de los sistemas de navegación. Planificación del practicaje sin visibilidad. Evaluación de los datos náuticos obtenidos de otras fuentes, incluidos el radar y la APRA, a fin de adoptar y aplicar decisiones que permitan evitar el abordaje y dirigir la navegación segura del buque. La interrelación y el uso óptimo de todos los datos náuticos disponibles para dirigir la navegación. Examen y evaluación de los resultados obtenidos en un simulador de APRA aprobado y en una o varias de las siguientes modalidades. formativas: .1 experiencia aprobada en el empleo. .2 formación aprobada con simuladores, si procede. .3 formación aprobada con equipo de laboratorio. La información obtenida del equipo y de los sistemas de navegación se interpreta y analiza correctamente, teniendo en cuenta las limitaciones del instrumental y las circunstancias y condiciones. reinantes. Las medidas tomadas para evitar una situación de aproximación excesiva o abordaje de otro buque están en consonancia con el Reglamento internacional para prevenir los abordajes, 1972.
Mantener la seguridad de la navegación utilizando el SIVCE y los sistemas de navegación conexos para facilitar la toma de decisiones. Nota: no se requiere la formación y evaluación sobre el uso del SIVCE en el caso de los que prestan sus servicios exclusivamente en buques que no están provistos de tal ayuda. Esta limitación se indicará en el refrendo que se expida al personal del buque pesquero interesado. Gestión de los procedimientos operacionales, archivos de sistema y datos, incluidos los siguientes: .1 gestionar la adquisición, la concesión de licencias y la actualización de los datos cartográficos y del soporte lógico del sistema para ajustarlos a los procedimientos establecidos. .2 actualizar el sistema y la información, incluida la capacidad para actualizar la versión del sistema del SIVCE de conformidad con la elaboración del producto del vendedor. .3 crear y mantener la configuración del sistema y de los archivos auxiliares. .4 crear y mantener los archivos del diario de navegación de conformidad con los procedimientos establecidos. .5 crear y mantener los archivos del plan de derrota de conformidad con los procedimientos establecidos. .6 utilizar el diario de navegación del SIVCE y las funciones sobre el historial del seguimiento para la inspección de las funciones del sistema, ajustes de las alarmas y respuestas del usuario. Utilizar las funciones de repetición del SIVCE para el examen de la travesía, la planificación de la derrota y el examen de las funciones del sistema. Evaluación de los resultados obtenidos en una de las siguientes modalidades formativas: .1 experiencia aprobada en el empleo. .2 experiencia aprobada en buque escuela. .3 formación aprobada con simuladores del SIVCE. Se establecen, aplican y supervisan los procedimientos operacionales para utilizar el SIVCE. Las medidas adoptadas reducen al mínimo el riesgo para la seguridad de la navegación.
Comunicación marítima para la seguridad de la navegación. Lengua inglesa. Conocimientos básicos del idioma inglés para permitir al patrón hacer uso de las publicaciones náuticas, comprender la información meteorológica y los mensajes en relación con la seguridad del buque, y para comunicarse con otros buques. Examen y evaluación de los resultados obtenidos en la instrucción práctica. Se interpretan o redactan correctamente las publicaciones y mensajes náuticos en lengua inglesa pertinentes para la seguridad del buque. La comunicación es clara y comprensible.
Función: Manipulación y estiba de la captura, a nivel de gestión. Función: Manipulación y estiba de la captura, a nivel de gestión. Función: Manipulación y estiba de la captura, a nivel de gestión. Función: Manipulación y estiba de la captura, a nivel de gestión.
Manipulación y estiba de la captura. Manipulación y estiba de la captura. Estiba y sujeción de la captura y de los artes de pesca a bordo. Operaciones de carga y descarga, prestando atención especial a los momentos escorantes producidos por el aparejo y la captura. Examen y evaluación de los resultados obtenidos en una o varias de las siguientes modalidades formativas: .1 experiencia aprobada en el empleo. .2 experiencia aprobada en buque escuela. .3 formación aprobada con simuladores, si procede. La estiba y sujeción de la captura garantizan que las condiciones de estabilidad se mantengan dentro de límites de seguridad en todo momento durante la travesía.
Función: Control del funcionamiento del buque y cuidado de las personas a bordo, a nivel de gestión. Función: Control del funcionamiento del buque y cuidado de las personas a bordo, a nivel de gestión. Función: Control del funcionamiento del buque y cuidado de las personas a bordo, a nivel de gestión. Función: Control del funcionamiento del buque y cuidado de las personas a bordo, a nivel de gestión.
Control del asiento y estabilidad. Estabilidad y construcción del buque pesquero. Conocimiento general de los principales elementos estructurales del buque y nomenclatura correcta de las diversas partes. Conocimiento de las teorías y los factores que afectan al asiento y a la estabilidad, y de las medidas necesarias para mantener un asiento y una estabilidad que no menoscaben la seguridad. Conocimiento y aptitud para utilizar los documentos o cuadernillos de estabilidad, la información sobre estabilidad, las tablillas de estabilidad y asiento y los cálculos apriorísticos de las condiciones operacionales. Conocimiento de los efectos producidos por las superficies libres y por la acumulación de hielo, cuando proceda. Conocimiento de los efectos del agua embarcada en cubierta. Conocimiento de la importancia que tienen la integridad a la intemperie y la estanquidad. Conocimiento de criterios y condiciones de estabilidad reconocidos en el ámbito internacional. Examen y evaluación de los resultados obtenidos en una o varias de las siguientes modalidades formativas: .1 experiencia aprobada en el empleo. .2 experiencia aprobada en buque escuela. .3 formación aprobada con simuladores, si procede. utilizando: las tablillas de estabilidad y asiento y diagramas. Las condiciones de estabilidad se mantengan dentro de límites de seguridad en todo momento. Las medidas para garantizar y mantener la estanquidad del buque se ajustan a prácticas aprobadas.
Vigilar y controlar que se cumplan las prescripciones legislativas y las medidas para garantizar la seguridad de la vida humana en el mar y la protección del medio marino. Derecho marítimo. Teniendo en cuenta las aguas limitadas que defina la Parte, conocimiento del derecho marítimo internacional recogido en acuerdos y convenios internacionales en la medida en que estos afecten a las obligaciones y responsabilidades concretas del patrón, especialmente en lo referente a la seguridad y a la protección del medio marino. La amplitud de conocimientos de la legislación marítima del país se deja a la discreción de la Parte, pero habrá de incluir las disposiciones que se adopten en el ámbito nacional para aplicar los pertinentes acuerdos y convenios internacionales. Examen y evaluación de los resultados obtenidos en una o varias de las siguientes modalidades formativas: .1 experiencia aprobada en el empleo. .2 experiencia aprobada en buque escuela. .3 formación aprobada con simuladores, si procede. Procedimientos para vigilar que las operaciones y el mantenimiento cumplen con las prescripciones legislativas. Los posibles incumplimientos se detectan de manera rápida y correcta. La renovación y prórroga previstas de los certificados garantiza la continuidad de la validez de los dispositivos y el equipo objeto de inspección.
Mantener la seguridad de la tripulación del buque, así como el buen estado de funcionamiento de los sistemas de salvamento y de lucha contra incendios. Prevención y dispositivos contraincendios. Organización de ejercicios de lucha contra incendios. Clases de incendios y sus características químicas. Sistemas contraincendios. Comprensión de las medidas que han de adoptarse en caso de incendio, incluidos los que afecten a los sistemas de hidrocarburos. Conocimiento de las disposiciones relativas a los dispositivos contraincendios. Conocimiento de las medidas de prevención de incendios. Salvamento. Conocimiento cabal de los dispositivos y medios de salvamento de los que se dispone en los buques pesqueros. Capacidad para organizar los ejercicios de abandono del buque y conocimiento del funcionamiento de las embarcaciones de supervivencia y botes de rescate, sus dispositivos y medios de puesta a flote y su equipo, incluidos los dispositivos radioeléctricos de salvamento, RLS, SART, trajes de inmersión y ayudas térmicas. Medidas que se adoptarán para la protección y salvaguardia de todas las personas a bordo en una emergencia. Medidas destinadas a limitar los daños y salvar al buque tras producirse un incendio, explosión, varada o abordaje. Mantenimiento. Mantenimiento de las condiciones operacionales de los sistemas de salvamento, de lucha contra incendios y demás sistemas de seguridad. Evaluación de los resultados obtenidos en los exámenes o formación aprobada. Los procedimientos de vigilancia de los sistemas de detección de incendios y seguridad garantizan que toda situación de alarma se detecta con prontitud y que se reaccionará ante ella siguiendo los procedimientos establecidos para casos de emergencia.
Organizar y administrar la atención médica a bordo. Atención médica. Conocimientos de primeros auxilios. Conocimiento de los procedimientos relevantes para facilitar cuidados médicos a bordo. Conocimiento de los procedimientos necesarios para obtener consejo médico por radio. Aplicación práctica de las guías médicas y los consejos médicos transmitidos por radio, y capacidad para actuar eficazmente siguiendo esa información en los casos de accidentes o enfermedades que cabe prever en las operaciones a bordo de un buque. Evaluación de los resultados obtenidos en los exámenes o formación aprobada. Las medidas adoptadas y los procedimientos observados son correctos y aprovechan al máximo el asesoramiento disponible.
Sección A-II/4
Requisitos mínimos aplicables a la titulación de los oficiales que hayan de encargarse de la guardia de navegación en buques pesqueros de eslora igual o superior a 24 m que operen en aguas limitadas

Normas de competencia.

1. Todo aspirante al título de oficial que haya de encargarse de la guardia de navegación en un buque pesquero de eslora igual o superior a 24 m que opere en aguas limitadas habrá de demostrar su capacidad para llevar a cabo las tareas, cometidos y responsabilidades que se enumeran en la columna 1 del cuadro A-II/4.

2. Los conocimientos, comprensión y suficiencia mínimos requeridos para la titulación se enumeran en la columna 2 del cuadro A-II/4.

3. El nivel de conocimientos de las materias enumeradas en la columna 2 del cuadro A-II/4 habrá de ser suficiente para que los oficiales a cargo de la guardia de navegación desempeñen sus cometidos de guardia.

4. Todo aspirante a un título estará obligado a aportar pruebas de que ha alcanzado la competencia requerida, con arreglo a los métodos de demostración de la competencia y los criterios para evaluarla que figuran en las columnas 3 y 4 del cuadro A-II/4.

Formación a bordo.

5. Todo aspirante al título de oficial encargado de la guardia de navegación en buques pesqueros de eslora igual o superior a 24 m que operen en aguas limitadas, cuyo periodo de embarco, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 2.2 de la regla II/4, forme parte de un programa de formación aprobado que satisfaga los requisitos de la presente sección, habrá de seguir un programa aprobado de formación a bordo que:

.1 garantice que durante el periodo de embarco prescrito, el aspirante adquiere una formación práctica y sistemática, así como la experiencia necesaria en el desempeño de las tareas, cometidos y responsabilidades propias de un oficial encargado de la guardia de navegación;

.2 sea objeto de minuciosa supervisión y seguimiento por oficiales cualificados a bordo de los buques en que se efectúe el periodo de embarco aprobado; y

.3 se haga constar debidamente en un registro de formación o en un documento similar.

Cuadro A-II/4

Especificación de las normas mínimas de competencia aplicables a los oficiales a cargo de la guardia de navegación en buques pesqueros de eslora igual o superior a 24 m que operen en aguas limitadas

Columna 1 Competencia Columna 2 Conocimientos, comprensión y suficiencia Columna 3 Métodos de demostración de la competencia Columna 4 Criterios de evaluación de la competencia
Función: Navegación, a nivel operacional. Función: Navegación, a nivel operacional. Función: Navegación, a nivel operacional. Función: Navegación, a nivel operacional.
Planificar y dirigir una travesía y determinar la situación. Navegación terrestre y costera. Capacidad para determinar la situación del buque mediante: .1 marcas terrestres. .2 ayudas a la navegación, incluidos faros, balizas y boyas. .3 navegación de estima teniendo en cuenta los vientos, mareas, corrientes y la velocidad del buque determinada en función de las revoluciones por minuto de la hélice y según la corredera. Conocimiento cabal de cartas y publicaciones náuticas tales como derroteros, tablas de mareas, avisos a los navegantes y radioavisos náuticos, y capacidad para servirse de ellas. Sistemas electrónicos de determinación de la situación y de navegación. Capacidad para determinar la situación del buque utilizando ayudas electrónicas a la navegación, de un modo que la Parte juzgue satisfactorio. Compases. Cuidado y empleo de los compases y del equipo auxiliar. Capacidad para determinar y compensar los errores del compás. Meteorología. Conocimiento de los instrumentos de meteorología existentes a bordo y su aplicación. Conocimiento de las características de los diversos sistemas meteorológicos que afectan a las aguas limitadas en cuestión. Ecosondas. Capacidad para manejar estos aparatos y utilizar correctamente la información. Sistema de control del aparato de gobierno. Conocimiento de los sistemas de control del aparato de gobierno y los procedimientos operacionales aplicables. Examen y evaluación de los resultados obtenidos en una o varias de las siguientes modalidades formativas: .1 experiencia aprobada en el empleo. .2 experiencia aprobada en buque escuela. .3 formación aprobada con simuladores, si procede. .4 formación aprobada con equipo de laboratorio. utilizando: catálogos de cartas, cartas, publicaciones náuticas, radioavisos náuticos, espejo acimutal, equipo de navegación electrónica, ecosonda, compás. La información obtenida de las cartas y publicaciones náuticas es pertinente, a la vez que se interpreta y utiliza debidamente. Se identifican correctamente todos los posibles riesgos para la navegación. El método primordial elegido para determinar la situación del buque es el más apropiado en las circunstancias y condiciones reinantes. La situación se determina con márgenes de error aceptables debidos al instrumental o a los sistemas. Se comprueba con la debida periodicidad la fiabilidad de los datos obtenidos por el método primordial de determinación de la situación. Son exactos los cálculos y mediciones de la información náutica. Las cartas elegidas son las de mayor escala para la zona en que se navega, y las cartas y publicaciones se corrigen con arreglo a la información más reciente de que se disponga. Las comprobaciones y los ensayos del funcionamiento de los sistemas de navegación se ajustan a las recomendaciones del fabricante y las buenas prácticas marineras. Los errores del compás magnético y giroscópico se determinan y aplican correctamente a los rumbos y marcaciones. Las mediciones y observaciones de las condiciones meteorológicas son exactas y apropiadas para la travesía.
Mantener una guardia de navegación segura. Servicio de guardia. Conocimiento cabal del contenido, la aplicación y la finalidad del Reglamento internacional para prevenir los abordajes, 1972, especialmente de los anexos II y IV, sobre seguridad de la navegación. Capacidad para demostrar conocimiento de los principios fundamentales que procede observar en las guardias de navegación, establecidos en el capítulo IV. Examen y evaluación de los resultados obtenidos en una o varias de las siguientes modalidades formativas: .1 experiencia aprobada en el empleo. .2 experiencia aprobada en buque escuela. .3 formación aprobada con simuladores, si procede. .4 formación aprobada con equipo de laboratorio. La realización, entrega y relevo de la guardia se ajustan a los principios y procedimientos aprobados. Se mantiene en todo momento un servicio de vigía adecuado, que se ajusta a los principios y procedimientos aprobados. Las marcas y señales luminosas y acústicas se ajustan a las prescripciones del Reglamento internacional para prevenir los abordajes, 1972, y se reconocen adecuadamente. La frecuencia y el grado de vigilancia del tráfico, del buque y del medio ambiente se ajustan a los principios y procedimientos aprobados. Se lleva el debido registro de las actividades relativas a la navegación del buque y de su evolución. La responsabilidad de la navegación segura del buque está claramente definida en todo momento, incluso cuando el capitán se halla presente en el puente o después de tomar práctico.
Respuesta a señales de socorro en la mar. Búsqueda y salvamento. Conocimiento adecuado de los procedimientos de búsqueda y salvamento. Evaluación de los resultados obtenidos en los exámenes o la instrucción práctica y/o la simulación. Se identifica inmediatamente la señal de socorro o emergencia. Se ejecutan y cumplen los planes para contingencias y las instrucciones de las órdenes permanentes.
Maniobra y gobierno del buque pesquero. Maniobra y gobierno del buque pesquero. Conocimiento básico daciones de maniobra y gobierno del buque pesquero, con inclusión de: .1 atraque, desatraque, fondeo y maniobras estando el buque abarloado a otros buques en la mar. .2 maniobras cuando se esté frenando, con especial atención a los factores que puedan afectar desfavorablemente a la seguridad del buque durante esas operaciones. .3 efectos del viento, las mareas y las corrientes en el gobierno del buque. .4 maniobras en aguas poco profundas. .5 manejo de buques pesqueros en temporal. .6 salvamento de personas y auxilio a un buque o a una aeronave en peligro. .7 dar y tomar remolque. .8 procedimientos de salvamento en caso de hombre al agua. .9 en los casos en que sea aplicable, medidas prácticas que procede tomar cuando se navega entre hielos o en condiciones de acumulación de hielo a bordo. Examen y evaluación de los resultados obtenidos en una o varias de las siguientes modalidades formativas: .1 experiencia aprobada en el empleo. .2 experiencia aprobada en el buque escuela. .3 formación aprobada con simuladores, si procede. .4 experiencia aprobada con modelo de buque a escala y tripulado, si procede. En las maniobras normales no se exceden los límites de seguridad operativa de los sistemas de propulsión, gobierno y suministro de energía. Los ajustes del rumbo y velocidad del buque para mantener la seguridad de la navegación.
Empleo del radar y la APRA para realizar una navegación segura. Nota: no se requiere formación y evaluación sobre el uso de la APRA en el caso de los que prestan sus servicios exclusivamente en buques que no están provistos de tal ayuda. Esta limitación se indicará en el refrendo que se expida al personal del buque pesquero interesado. Navegación con radar. Conocimiento de los fundamentos del radar y de las ayudas de punteo radar automáticas (APRA). Capacidad para utilizar el radar y para interpretar y analizar la información obtenida, teniendo en cuenta lo siguiente: Funcionamiento, incluidos: .1 factores que afectan a su rendimiento y precisión. .2 ajuste inicial y conservación de la imagen. .3 detección de deficiencias en la presentación de información, ecos falsos, ecos de mar, etc., radiobalizas y SART. Utilización, incluidos: .1 alcance y marcación; rumbo y velocidad de otros buques; momento y distancia de máxima aproximación de un buque que cruza, que viene de vuelta encontrada o que alcanza y suficiencia. .2 identificación de ecos críticos; detección de los cambios de rumbo y velocidad de otros buques; efecto de dichos cambios sobre el rumbo y la velocidad del buque. .3 aplicación del Reglamento internacional para prevenir los abordajes, 1972. .4 técnicas de punteo y conceptos de movimiento relativo y verdadero. .5 índices paralelos. Tipos principales de APRA, con sus características de pantalla y normas de funcionamiento y peligros de una dependencia excesiva en la APRA. Capacidad para utilizar la APRA, interpretar y analizar la información obtenida, teniendo en cuenta lo siguiente: .1 funcionamiento y precisión del sistema, capacidad y limitaciones del seguimiento, y demoras de tratamiento del sistema. .2 utilización de avisos operacionales y ensayos del sistema. .3 métodos de captación de blancos y sus limitaciones. .4 vectores verdaderos y relativos, representación gráfica de información sobre blancos y zonas de peligro. .5 deducción y análisis de información, ecos críticos, zonas de exclusión y maniobras de ensayo. Evaluación de los resultados obtenidos en un simulador de radar aprobado y un simulador de APRA, además de la experiencia en el empleo. La información obtenida con el radar y la APRA se interpreta y analiza correctamente, habida cuenta de las limitaciones del equipo y de las circunstancias y condiciones reinantes. Las medidas adoptadas para evitar un acercamiento excesivo o un abordaje se ajustan a lo dispuesto en el Reglamento internacional para prevenir los abordajes, 1972. Las decisiones de cambio de rumbo, velocidad, o ambos, son oportunas y están en consonancia con las prácticas náuticas establecidas. Los ajustes del rumbo y velocidad del buque mantienen la seguridad de la navegación. La comunicación es clara y concisa y se acusa recibo en todo momento según las buenas prácticas marineras. Las señales de maniobra se hacen en el momento oportuno y de conformidad con el Reglamento internacional para prevenir los abordajes, 1972.
Empleo del SIVCE para realizar una navegación segura. Nota: no se requiere la formación y evaluación sobre el uso del SIVCE en el caso de los que prestan sus servicios exclusivamente en buques que no están provistos de tal sistema. Esta limitación se indicará en el refrendo que se expida al personal del buque pesquero interesado. Navegación con el SIVCE. Conocimiento de la capacidad y las limitaciones de las operaciones del SIVCE, incluidos los aspectos siguientes: .1 un conocimiento profundo de los datos de las cartas náuticas electrónicas (CNE), la precisión de los datos, las reglas de presentación, las opciones de visualización y otros formatos de datos cartográficos. .2 los peligros de una dependencia excesiva. .3 el grado de familiaridad con respecto a las funciones del SIVCE requeridas por las normas de funcionamiento en vigor. Suficiencia en cuanto a la utilización, la interpretación y el análisis de la información obtenida del SIVCE, incluida: .1 la utilización de funciones que estén integradas en otros sistemas de navegación en diversas instalaciones, incluidos el funcionamiento y el ajuste adecuados con los valores deseados. .2 el seguimiento y adaptación seguros de la información, incluida la situación propia, la visualización de la zona marina, la modalidad y la orientación, los datos cartográficos visualizados, el seguimiento de la derrota, los niveles de información creados por el usuario, los contactos (cuando existan interfaces con el SIA y/o el seguimiento por radar) y las funciones de superposición de radar (cuando haya interfaces). .3 la confirmación de la situación del buque con medios alternativos. .4 la utilización eficaz de los ajustes para garantizar el cumplimiento de los parámetros operacionales, incluidos los parámetros de alarma contra la varada, la proximidad a los puntos de contacto y a las zonas especiales, la integridad de los datos cartográficos y la actualización de las cartas, y los medios auxiliares. .5 la adecuación de los ajustes y de los valores para adaptarlos a las condiciones actuales. .6 la conciencia de la situación al utilizar el SIVCE, incluidos aspectos como aguas seguras y la proximidad de peligros, la dirección y velocidad de la corriente, los datos cartográficos y la selección de escalas, la idoneidad de la derrota, la detección y gestión de los puntos de contacto y la integridad de los sensores. Examen y evaluación de los resultados obtenidos en una o varias de las siguientes modalidades formativas: .1 experiencia aprobada en buque escuela. .2 formación aprobada con simuladores del SIVCE. La información sobre el SIVCE se vigila de un modo que contribuye a una navegación segura. La información obtenida del SIVCE (incluidas las funciones de superposición de radar y/o de seguimiento por radar cuando se hayan instalado) se interpreta y analiza correctamente teniendo en cuenta las limitaciones del equipo, todos los sensores que estén conectados (incluidos el radar y el SIA cuando haya interfaces) y las condiciones y circunstancias predominantes. La seguridad de la navegación se mantiene ajustando el rumbo y la velocidad del buque mediante las funciones de seguimiento controladas por el SIVCE (cuando se hayan instalado). La comunicación es clara y concisa y se acusa recibo en todo momento, según las buenas prácticas marineras.
Comunicación marítima para la seguridad de la navegación. Lengua inglesa. Conocimientos básicos del idioma inglés por parte del oficial, de modo que este pueda utilizar las publicaciones. náuticas, comprender la información meteorológica y los mensajes relativos a la seguridad del buque, así como para comunicarse con otros buques. Examen y evaluación de los resultados obtenidos en la instrucción práctica. Se interpretan o redactan correctamente las publicaciones y mensajes náuticos en lengua inglesa pertinentes para la seguridad del buque. La comunicación es clara y comprensible.
Función: Manipulación y estiba de la captura, a nivel operacional. Función: Manipulación y estiba de la captura, a nivel operacional. Función: Manipulación y estiba de la captura, a nivel operacional. Función: Manipulación y estiba de la captura, a nivel operacional.
Manipulación y estiba de la captura. Manipulación y estiba de la captura. Conocimiento de los procedimientos seguros de manipulación y estiba de la captura y de su influencia en la seguridad del buque. Examen y evaluación de los resultados obtenidos en una o varias de las siguientes modalidades formativas: .1 experiencia aprobada en el empleo. .2 experiencia aprobada en buque escuela. .3 formación aprobada con simuladores, si procede. Las operaciones de manipulación y estiba de la captura se efectúan con arreglo a las normas y reglamentos de seguridad, las instrucciones para el uso del equipo y las limitaciones de estiba a bordo.
Función: Control del funcionamiento del buque y cuidado de las personas a bordo, a nivel operacional. Función: Control del funcionamiento del buque y cuidado de las personas a bordo, a nivel operacional. Función: Control del funcionamiento del buque y cuidado de las personas a bordo, a nivel operacional. Función: Control del funcionamiento del buque y cuidado de las personas a bordo, a nivel operacional.
Asegurar el cumplimiento de las prescripciones sobre prevención de la contaminación y la protección del medio marino. Prevención de la contaminación del medio marino. Conocimiento de las precauciones que deben tomarse para evitar la contaminación del medio marino. Conocimiento del efecto de la pesca en el medio ambiente, incluida la contaminación relacionada con los artes de pesca abandonados, perdidos o descartados, en el contexto del Anexo V del Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973, modificado por el Protocolo de 1978. Comprensión de la importancia de las medidas anticipadoras para proteger el medio marino. Examen y evaluación de los resultados obtenidos en una o varias de las siguientes modalidades formativas: .1 experiencia aprobada en el empleo. .2 formación aprobada en buque escuela. .3 formación aprobada con simuladores, si procede. .4 formación aprobada con equipo de laboratorio. Se observan cabalmente los procedimientos de vigilancia de las operaciones de a bordo y el cumplimiento de las prescripciones del Convenio MARPOL.
Mantener la navegabilidad del buque. Estabilidad del buque. Capacidad para utilizar la información sobre estabilidad, las tablillas de estabilidad y asiento y los cálculos apriorísticos de las condiciones operacionales. Conocimiento de: .1 los efectos de pesos suspendidos en la estabilidad. .2 los efectos de los artes de pesca en la estabilidad. .3 los peligros de los mares de popa y por la aleta. Construcción del buque pesquero. Conocimiento general de los principales elementos estructurales del buque pesquero. Comprensión de los aspectos fundamentales relativos a la estanquidad. Examen y evaluación de los resultados obtenidos en una o varias de las siguientes modalidades formativas: .1 experiencia aprobada en el empleo. .2 experiencia aprobada en buque escuela. .3 formación aprobada con simuladores, si procede. .4 formación aprobada con equipo de laboratorio. .5 aplicación de los datos de estabilidad del buque. Las condiciones de estabilidad se ajustan a los criterios de la OMI sobre estabilidad sin avería en las distintas condiciones de carga. Las medidas para garantizar y mantener la estanquidad del buque se ajustan a prácticas aprobadas.
Prevención, control y lucha contra incendios a bordo. Prevención y dispositivos contraincendios. Capacidad para organizar ejercicios de lucha contra incendios. Conocimiento de las clases de incendios y sus características químicas. Conocimiento de los sistemas de lucha contra incendios. Conocimiento de las medidas que deben adoptarse en caso de incendio. Conocimiento de las medidas de prevención de incendios y utilización de los dispositivos de lucha contra incendios. Evaluación de los resultados obtenidos en la formación y experiencia aprobadas sobre la lucha contra incendio. Se averiguan con prontitud el tipo y escala del problema, y las medidas iniciales que se toman corresponden a los procedimientos y planes de emergencia del buque. Los procedimientos de evacuación, parada de emergencia y aislamiento son apropiados para la índole de la emergencia, y se ponen en práctica con prontitud. El orden de prioridades, así como los niveles y periodicidad de la presentación de informes, y de la información al personal de a bordo, responden al tipo de emergencia y a la urgencia del problema.
Hacer funcionar los dispositivos de salvamento. Salvamento. Conocimiento de los dispositivos de salvamento instalados en los buques pesqueros. Organización de los ejercicios de abandono del buque y empleo del equipo. Conocimiento de las técnicas de supervivencia. Conocimiento de la responsabilidad de cada individuo. Evaluación de los resultados obtenidos en los exámenes o formación aprobada. Las medidas para responder a la orden de abandono del buque y a las situaciones de supervivencia son adecuadas para las circunstancias y condiciones reinantes, y se ajustan a normas y prácticas de seguridad aceptadas.
Asistencia médica. Asistencia médica. Conocimiento de los procedimientos necesarios para prestar primeros auxilios. Aplicación práctica de las guías médicas y de los consejos transmitidos por radio. Evaluación de los resultados obtenidos en la formación aprobada. Se determina con prontitud la probable causa, naturaleza y gravedad de las lesiones o dolencias, y el tratamiento reduce al mínimo el riesgo inmediato de muerte.
Vigilar el cumplimiento de las prescripciones legislativas. Conocimiento práctico básico de los convenios de la OMI y de otros instrumentos internacionales pertinentes relativos a la seguridad de la vida humana en el mar y a la protección del medio marino. Conocimiento práctico básico de los instrumentos internacionales pertinentes relativos a la conservación, gestión y desarrollo responsables de los recursos acuáticos vivos, así como de los instrumentos internacionales clave relacionados con la lucha contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR). Comprensión de las prescripciones que deberán cumplir las tripulaciones. Comprensión de la importancia del desarrollo sostenible para el sector pesquero. Evaluación de los resultados obtenidos en los exámenes o formación aprobada. Se identifican correctamente las prescripciones legislativas relacionadas con la seguridad de la vida humana en el mar y la protección del medio marino.
Sección A-II/5-1-1
Requisitos mínimos aplicables a la titulación de jefes de máquinas y primeros oficiales de máquinas de buques pesqueros cuya máquina propulsora principal tenga una potencia igual o superior a 3 000 kW

Normas de competencia.

1. Todo aspirante al título de jefe de máquinas o primer oficial de máquinas de buques de navegación marítima cuya máquina propulsora principal tenga una potencia igual o superior a 3 000 kW demostrará una capacidad para desempeñar las tareas, cometidos y responsabilidades que se enumeran en la columna 1 del cuadro A-II/5-1.

2. Los conocimientos, comprensión y suficiencia requeridos para la titulación se especifican en la columna 2 del cuadro A-II/5-1. En ella se recogen, amplían y profundizan las materias enumeradas en la columna 2 del cuadro A-II/5-2 para los oficiales encargados de la guardia de máquinas.

3. Teniendo presente que el primer oficial de máquinas ha de estar en situación de asumir la responsabilidad del jefe de máquinas en todo momento, la evaluación en esas materias estará concebida con miras a verificar la capacidad de los aspirantes para asimilar toda la información disponible que afecte al funcionamiento sin riesgos de la maquinaria del buque y a la protección del medio marino.

4. El nivel de conocimientos de las materias enumeradas en la columna 2 del cuadro A-II/5-1 será suficiente para permitir que el aspirante preste servicio en calidad de jefe de máquinas o de primer oficial de máquinas.

5. La Administración podrá omitir los requisitos sobre conocimientos relativos a los tipos de maquinaria propulsora distinta de las instalaciones de máquinas para las cuales vaya a tener validez el título concedido. El título que se otorgue con arreglo a este criterio no será válido para las instalaciones de máquinas que se hayan omitido, hasta tanto el oficial de máquinas demuestre competencia en esa materia. Cualquier limitación de esta índole se consignará en el título y en el refrendo.

6. Todo aspirante al título estará obligado a aportar pruebas de que cumple las normas de competencia exigidas con arreglo a los métodos de demostración de la competencia y los criterios para evaluarla que figuran en las columnas 3 y 4 del cuadro A-II/5-1.

Cuadro A-II/5-1

Especificación de las normas mínimas de competencia aplicables a los jefes de máquinas y primeros oficiales de máquinas de buques cuya máquina propulsora principal tenga una potencia igual o superior a 3 000 kW

Columna 1 Competencia Columna 2 Conocimientos, comprensión y suficiencia Columna 3 Métodos de demostración de la competencia Columna 4 Criterios de evaluación de la competencia
Función: Maquinaria naval, a nivel de gestión. Función: Maquinaria naval, a nivel de gestión. Función: Maquinaria naval, a nivel de gestión. Función: Maquinaria naval, a nivel de gestión.
Gestión del funcionamiento de la maquinaria de la instalación de propulsión. Nota: la Administración podrá omitir los requisitos sobre conocimientos relativos a los tipos de maquinaria propulsora distinta de las instalaciones de máquinas respecto de las cuales vaya a tener validez el título concedido. Características de proyecto y mecanismos de funcionamiento de las máquinas principales y de la maquinaria auxiliar conexa: .1 motores diésel marinos. .2 turbinas de vapor marinas. .3 turbinas de gas marinas. .4 calderas de vapor marinas. Examen y evaluación de los resultados obtenidos en una o varias de las siguientes modalidades formativas: .1 experiencia aprobada en el empleo. .2 experiencia aprobada en buque escuela. .3 formación aprobada con simuladores, si procede. .4 formación aprobada con equipo de laboratorio. La explicación y la comprensión de las características de proyecto y los mecanismos de funcionamiento son adecuadas.
Planificar y programar las operaciones. Nota: la Administración podrá omitir los requisitos sobre conocimientos relativos a los tipos de maquinaria propulsora distinta de las instalaciones de máquinas respecto de las cuales vaya a tener validez el título concedido. Conocimientos teóricos. Termodinámica y termotransmisión. Mecánica e hidromecánica. Características de propulsión de los motores diésel, las turbinas de vapor y de gas, incluidas la velocidad, la potencia y el consumo de combustible. Ciclo térmico, rendimiento térmico y balance térmico de los siguientes motores: .1 motores diésel marinos. .2 turbinas de vapor marinas. .3 turbinas de gas marinas. .4 calderas de vapor marinas. Refrigeradores y ciclo de refrigeración. Propiedades físicas y químicas de los combustibles y lubricantes. Tecnología de los materiales. Arquitectura naval y construcción de buques, incluido el control de averías. Examen y evaluación de los resultados obtenidos en una o varias de las siguientes modalidades formativas: .1 experiencia aprobada en el empleo. .2 experiencia aprobada en buque escuela. .3 formación aprobada con simuladores, si procede. .4 formación aprobada con equipo de laboratorio. La planificación y preparación de las operaciones responden a los parámetros de proyecto del sistema propulsor y a las exigencias del viaje.
Funcionamiento, vigilancia, evaluación del rendimiento y mantenimiento de la seguridad de la instalación de propulsión y la maquinaria auxiliar. Conocimientos prácticos. Hacer arrancar y parar la máquina propulsora principal y la maquinaria auxiliar, incluidos los sistemas correspondientes. Límites de funcionamiento de la instalación de Propulsión Funcionamiento, vigilancia, evaluación del rendimiento y mantenimiento eficaces de la seguridad de la instalación de propulsión y la maquinaria auxiliar. Funciones y mecanismo de control automático del motor principal. Funciones y mecanismo de control automático de la maquinaria auxiliar, incluidos, entre otros, los siguientes: .1 sistemas de distribución de los generadores. .2 calderas de vapor. .3 depurador de aceite. .4 sistema de refrigeración. .5 sistemas de bombeo y tuberías. .6 sistema del aparato de gobierno. .7 equipo de manipulación de la carga y maquinaria de cubierta. Examen y evaluación de los resultados obtenidos en una o varias de las siguientes modalidades formativas: .1 experiencia aprobada en el empleo. .2 formación aprobada en buque escuela. .3 formación aprobada con simuladores, si procede. .4 formación aprobada con equipo de laboratorio. Los métodos para preparar el arranque y contar con lo necesario en cuanto a combustibles, lubricantes, agua refrigerante y aire son los más apropiados. Las comprobaciones de presión, temperatura y revoluciones durante el periodo de arranque y calentamiento se efectúan con arreglo a las especificaciones técnicas y a los planes de trabajo acordados. La vigilancia del sistema propulsor principal y de los sistemas auxiliares es la adecuada para mantener unas condiciones de funcionamiento seguras. Los métodos de preparación de la parada y de supervisión del enfriamiento de la máquina son los más adecuados. Los métodos de medición de la capacidad de carga de la maquinaria se ajustan a las especificaciones técnicas. Se comprueba el rendimiento con referencia a las órdenes del puente. Los niveles de rendimiento están en consonancia con las especificaciones técnicas.
Gestionar las operaciones de combustible, lubricación y lastre. Funcionamiento y mantenimiento de la maquinaria, incluidos los sistemas de bombeo y tuberías. Examen y evaluación de los resultados obtenidos en una o varias de las siguientes modalidades formativas: .1 experiencia aprobada en el empleo. .2 formación aprobada en buque escuela. .3 formación aprobada con simuladores, si procede. Las operaciones de combustible y lastre cumplen los requisitos establecidos y se llevan a cabo de manera que se previene la contaminación del medio marino.
Gestionar el funcionamiento del equipo de control eléctrico y electrónico. Conocimientos teóricos. Electrotecnología marina, electrónica, electrónica de potencia, máquinas de control automático y dispositivos de seguridad. Características de proyecto y configuraciones de sistema del equipo de control automático y los dispositivos de seguridad para las siguientes máquinas: .1 motor principal. .2 generador y sistema de distribución. .3 caldera de vapor Características de proyecto y configuraciones de sistema del equipo de control del funcionamiento de los motores eléctricos. Características del equipo de control hidráulico y neumático. Examen y evaluación de los resultados obtenidos en una o varias de las siguientes modalidades formativas: 1 experiencia aprobada en el empleo. .2 experiencia aprobada en buque escuela. .3 formación aprobada con simuladores, si procede. .4 formación aprobada con equipo de laboratorio. El funcionamiento del equipo y los sistemas se lleva a cabo de conformidad con los manuales de funcionamiento. Los niveles de rendimiento se ajustan a las especificaciones técnicas.
Gestionar la localización y corrección de fallos del equipo de control eléctrico y electrónico para ponerlo en condiciones de funcionamiento. Conocimientos prácticos. Localización y corrección de fallos del equipo de control eléctrico y electrónico. Prueba de funcionamiento del equipo de control eléctrico y electrónico y de los dispositivos de seguridad. Localización y corrección de fallos de los sistemas de vigilancia. Control de la versión del soporte lógico. Examen y evaluación de los resultados obtenidos en una o varias de las siguientes modalidades formativas. .1 experiencia aprobada en el empleo. .2 experiencia aprobada en buque escuela; .3 formación aprobada con simuladores, si procede. .4 formación aprobada con equipo de laboratorio. Las operaciones de mantenimiento se planifican correctamente de conformidad con las especificaciones técnicas, legislativas, de seguridad y de procedimiento. La inspección, las pruebas y la localización y corrección de fallos son adecuadas.
Gestionar procedimientos seguros y eficaces de mantenimiento y reparaciones. Conocimientos teóricos. Experiencia en mecánica naval. Conocimientos prácticos. Organización de procedimientos seguros y eficaces de mantenimiento y reparación. Planificar el mantenimiento, incluidas las verificaciones obligatorias y de clase. Planificar las reparaciones. Examen y evaluación de los resultados obtenidos en una o varias de las siguientes modalidades formativas: .1 experiencia aprobada en el empleo. .2 experiencia aprobada en buque escuela. .3 formación de taller aprobada. Las actividades de mantenimiento se planifican debidamente y se llevan a cabo con arreglo a las especificaciones técnicas, legislativas, de seguridad y de procedimiento. Se dispone de planos, especificaciones, materiales y equipo adecuados para el mantenimiento y las reparaciones. Las medidas tomadas conducen al restablecimiento de las instalaciones por el medio más adecuado.
Detectar y definir la causa de los defectos de funcionamiento de las máquinas y repararlas. Conocimientos prácticos. Detección de defectos de funcionamiento de las máquinas, localización de fallos y medidas para prevenir las averías. Inspección y ajuste del equipo. Prueba no destructiva. Examen y evaluación de los resultados obtenidos en una o varias de las siguientes modalidades formativas: .1 experiencia aprobada en el empleo. .2 experiencia aprobada en buque escuela. .3 formación aprobada, con simuladores, si procede. .4 formación aprobada con equipo de laboratorio. El método para comparar las condiciones reales de funcionamiento está en consonancia con las prácticas y procedimientos recomendados. Las medidas y decisiones están en consonancia con las especificaciones y limitaciones de funcionamiento recomendadas.
Garantizar que se observan las prácticas de seguridad en el trabajo. Conocimientos prácticos. Prácticas de seguridad en el trabajo. Examen y evaluación de los resultados obtenidos en una o varias de las siguientes modalidades formativas: .1 experiencia aprobada en el empleo. .2 experiencia aprobada en buque escuela. .3 formación aprobada con equipo de laboratorio. Las prácticas de trabajo están en consonancia con las prescripciones legislativas, los códigos de prácticas, los permisos de trabajo y las precauciones medioambientales.
Controlar el asiento y la estabilidad. Comprensión de los principios fundamentales de la construcción naval y de las teorías y factores que afectan al asiento y a la estabilidad del buque, y medidas necesarias para mantener estos. Conocimiento de los efectos de una avería, seguida de inundación de un compartimiento, en el asiento y en la estabilidad del buque y medidas necesarias para contrarrestar tales efectos. Conocimiento de las recomendaciones de la OMI sobre estabilidad del buque. Examen y evaluación de los resultados obtenidos en una o varias de las siguientes modalidades formativas: .1 experiencia aprobada en el empleo. .2 experiencia aprobada en buque escuela. .3 formación aprobada con simuladores, si procede. Las condiciones de estabilidad y carga se mantienen en todo momento dentro de límites de seguridad.
Vigilar y controlar que se cumplan las prescripciones legislativas y las medidas para garantizar la seguridad de la vida humana en el mar y la protección del medio marino. Derecho marítimo. Conocimiento del derecho marítimo internacional recogido en acuerdos y convenios internacionales en la medida en que estos afecten a las obligaciones y responsabilidades concretas del patrón, especialmente en lo referente a la seguridad y a la protección del medio marino. Se tendrán en cuenta de modo particular las siguientes materias: .1 certificados y demás documentos que en virtud de convenios internacionales hay que llevar a bordo, modo de obtenerlos y periodos respectivos de validez legal. .2 obligaciones nacidas del convenio internacional pertinente relativo a la seguridad de los buques pesqueros. .3 obligaciones nacidas de las prescripciones pertinentes del capítulo V del Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar, 1974. .4 obligaciones nacidas del Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973, en su forma modificada por el Protocolo de 1978 relativo al mismo. .5 declaraciones marítimas de sanidad y prescripciones del Reglamento Sanitario Internacional; .6 obligaciones nacidas de otros instrumentos internacionales que afecten a la seguridad del buque y de la tripulación. La amplitud de conocimientos de la legislación marítima nacional se deja a la discreción de la Parte, pero habrá de incluir las disposiciones que se tomen en el ámbito nacional para aplicar los pertinentes acuerdos y convenios internacionales. .7 conocimiento de los instrumentos internacionales pertinentes sobre la seguridad y la salud del personal a bordo de los buques pesqueros. .8 los principios y normas internacionales aplicables a la conservación, gestión y desarrollo responsables de los recursos acuáticos vivos. 9 conocimiento de los instrumentos y herramientas clave internacionales relacionados con la lucha contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR). Examen y evaluación de los resultados obtenidos en una o varias de las siguientes modalidades formativas: .1 experiencia aprobada en el empleo. .2 experiencia aprobada en buque escuela. .3 formación aprobada con simuladores, si procede. Los procedimientos de vigilancia de las operaciones y del mantenimiento cumplen las prescripciones legislativas. Su posible incumplimiento se detecta cabalmente y con prontitud. La renovación y prórroga previstas de los títulos garantizan que siguen siendo válidos los diversos elementos y el equipo objeto de inspección.
Mantener la seguridad de la tripulación y del buque, así como el buen estado de funcionamiento de los sistemas de salvamento y de lucha contra incendios. Prevención de incendios y dispositivos de lucha contra incendios. Organización de ejercicios de lucha contra incendios. Clases de incendios y sus características químicas. Sistemas contraincendios. Comprensión de las medidas que han de adoptarse en caso de incendio, incluidos los que afecten a los sistemas de hidrocarburos. Conocimiento de las disposiciones relativas a los dispositivos contraincendios. Conocimiento de las medidas de prevención de incendios. Salvamento. Conocimiento cabal de los dispositivos y medios de salvamento. Capacidad para organizar los ejercicios de abandono del buque y conocimiento del funcionamiento de las embarcaciones de supervivencia y botes de rescate, sus dispositivos y medios de puesta a flote y su equipo, incluidos los dispositivos radioeléctricos de salvamento, RLS, SART, trajes de inmersión y ayudas térmicas. Medidas que se adoptarán para la protección y salvaguardia de todas las personas a bordo en una emergencia. Medidas destinadas a limitar los daños y salvar el buque tras producirse un incendio, explosión, varada o abordaje. Mantenimiento. Mantenimiento de las condiciones operacionales de los sistemas de salvamento, de lucha contra incendios y demás sistemas de seguridad. Evaluación de los resultados obtenidos en la formación aprobada. Los procedimientos de vigilancia de los sistemas de detección de incendios y seguridad garantizan que toda situación de alarma se detecta con prontitud y que se reaccionará ante ella siguiendo los procedimientos establecidos para casos de emergencia.
Elaborar planes de emergencias y de control de averías, y actuar eficazmente en tales situaciones. Construcción del buque y control de averías. Métodos y dispositivos de prevención, detección y extinción de incendios. Funciones y utilización de los dispositivos de salvamento. Examen y evaluación de los resultados obtenidos en la formación y experiencia aprobadas en el empleo. Los procedimientos de emergencia se ajustan a los planes establecidos a tal efecto.
Sección A-II/5-1-2
Requisitos mínimos aplicables a la titulación de jefes de máquinas y primeros oficiales de máquinas de buques pesqueros cuya máquina propulsora principal tenga una potencia entre 750 kW y 3 000 kW

Norma de competencia:

1. Todo aspirante al título de jefe de máquinas o primer oficial de máquinas de buques pesqueros cuya máquina propulsora principal tenga una potencia de 750 kW a 3 000 kW demostrará una capacidad para desempeñar, a nivel de gestión, las tareas, los cometidos y las responsabilidades que se enumeran en la columna 1 del cuadro A-II/5-1.

2. Los conocimientos, comprensión y suficiencia mínimos requeridos para la titulación se enumeran en la columna 2 del cuadro A-II/5-1. En ella se recogen, amplían y profundizan las materias enumeradas en la columna 2 del cuadro A-II/5-2 para los oficiales encargados de la guardia de máquinas.

3. Teniendo presente que el primer oficial de máquinas ha de estar en situación de asumir la responsabilidad del jefe de máquinas en todo momento, la evaluación en esas materias estará concebida con miras a verificar la capacidad de los aspirantes para asimilar toda la información disponible que afecte al funcionamiento sin riesgos de la maquinaria del buque y a la protección del medio marino.

4. Aun cuando el nivel de conocimientos de las materias enumeradas en la columna 2 del cuadro A-II/5-1 podrá reducirse, habrá de ser suficiente para permitir que el aspirante preste servicio en calidad de jefe de máquinas o primer oficial de máquinas en la gama de potencia propulsora que se especifica en esta sección.

5. Al determinar la formación y experiencia para alcanzar el nivel necesario de conocimientos teóricos, comprensión y suficiencia, se tendrán en cuenta las prescripciones pertinentes de la presente parte.

6. La Administración podrá omitir los requisitos sobre conocimientos relativos a los tipos de maquinaria propulsora distinta de las instalaciones de máquinas respecto de las cuales vaya a tener validez el título concedido. El título que se otorgue con arreglo a este criterio no será válido para las instalaciones de máquinas que se hayan omitido, hasta tanto el oficial de máquinas demuestre competencia en esa materia. Toda limitación de esta índole se consignará en el título y en el refrendo.

7. Todo aspirante a un título estará obligado a aportar pruebas de que ha alcanzado la competencia requerida, con arreglo a los métodos de demostración de la competencia y los criterios para evaluarla que figuran en las columnas 3 y 4 del cuadro A-II/5-1.

Sección A-II/5-2
Requisitos mínimos aplicables a la titulación de los primeros oficiales de máquinas y oficiales encargados de la guardia en una cámara de máquinas con dotación permanente o designados para prestar servicio en una cámara de máquinas sin dotación permanente de los buques pesqueros cuya máquina propulsora principal tenga una potencia igual o superior a 750 kW

Norma de competencia:

1. Todo aspirante al título de oficial encargado de la guardia de navegación en una cámara de máquinas con dotación permanente y de los designados para prestar servicio en cámaras de máquinas sin dotación permanente deberá demostrar la capacidad necesaria para desempeñar las tareas, cometidos y responsabilidades enumerados en la columna 1 del cuadro A-II/5-2.

2. Los conocimientos, comprensión y suficiencia mínimos requeridos para la titulación se especifican en la columna 2 del cuadro A-II/5-2.

3. El nivel de conocimientos de las materias enumeradas en la columna 2 del cuadro A-II/5-2 será suficiente para permitir que el aspirante preste servicio en calidad de oficial de máquinas.

4. La Administración podrá omitir los requisitos sobre conocimientos relativos a los tipos de maquinaria propulsora distinta de las instalaciones de máquinas respecto de las cuales vaya a tener validez el título concedido. El título que se otorgue con arreglo a este criterio no será válido para las instalaciones de máquinas que se hayan omitido, hasta tanto el oficial de máquinas demuestre competencia en esa materia. Cualquier limitación de esta índole se consignará en el título y en el refrendo.

5. Todo aspirante al título estará obligado a aportar pruebas de que cumple las normas de competencia exigidas con arreglo a los métodos de demostración de la competencia y los criterios para evaluarla que figuran en las columnas 3 y 4 del cuadro A-II/5-2.

Formación a bordo:

6. Todo aspirante al título de oficial encargado de la guardia de máquinas en buques pesqueros con una potencia de propulsión igual o superior a 750 kW, cuyo periodo de embarco, de conformidad con lo dispuesto en los párrafos 2.2 y 2.3 de la regla II/5-2, forme parte de un programa de formación que satisfaga los requisitos de la presente sección, habrá de seguir un programa aprobado de formación a bordo que:

.1 garantice que durante el periodo de embarco prescrito el aspirante adquiere una formación práctica y sistemática, así como la experiencia necesaria en el desempeño de las tareas, cometidos y responsabilidades propias de un oficial encargado de la guardia de máquinas;

.2 sea objeto de supervisión y seguimiento por un oficial de máquinas cualificado y titulado, u otro oficial con experiencia adecuada, a bordo del buque en el que se realice el periodo de embarco aprobado; y

.3 se haga constar debidamente en un registro de formación.

Cuadro A-II/5-2

Especificación de las normas mínimas de competencia aplicables a los oficiales encargados de la guardia en una cámara de máquinas con dotación permanente y de los oficiales de máquinas designados para prestar servicio en una cámara de máquinas sin dotación permanente

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