ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL
**ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA NACIONAL**
Decreto 50/2019
**DCTO-2019-50-APN-PTE - Estructura
organizativa.**
Ciudad de Buenos Aires, 19/12/2019
VISTO el Expediente N° EX-2019-110309263-APN-DNO#JGM, la Ley de
Ministerios (Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de
marzo de 1992), sus modificatorios y su última modificación efectuada
por el Decreto N° 7 del 10 diciembre de 2019, los Decretos Nº 174 del 2
de marzo de 2018, sus modificatorios y complementarios, y Nº 802 del 5
de septiembre de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 7/19 se sustituyó el artículo 1º de la Ley de
Ministerios (Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus
modificatorios, determinando las Secretarías de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN y los Ministerios que asistirán al PODER EJECUTIVO NACIONAL para
cumplir con las responsabilidades que le son propias, estableciendo,
asimismo, sus competencias.
Que en función de las competencias asignadas a las distintas
jurisdicciones ministeriales resulta necesario reordenar las
responsabilidades de las distintas áreas del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que las reformas que se efectúan se encuentran fundadas en el análisis
y evaluación de las funciones indelegables del Estado Nacional.
Que ese reordenamiento requiere establecer una nueva conformación
organizativa de los niveles políticos, basado en criterios de
racionalidad y eficiencia que posibiliten una rápida respuesta a las
demandas de la sociedad, dando lugar a estructuras dinámicas y
adaptables a los cambios permanentes.
Que el reordenamiento de los niveles políticos conlleva la supresión de
las Secretarías de Gobierno, y diversas Secretarías y Subsecretarías o
su conversión en otras unidades integrantes del nuevo Organigrama de
Aplicación de la Administración Pública Nacional.
Que las referidas modificaciones comprenden la transferencia de
unidades organizativas con sus respectivas acciones, créditos
presupuestarios, bienes, dotaciones y personal con su actual situación
de revista.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.
Que ha tomado intervención el servicio jurídico correspondiente.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, que
como ANEXO I forma parte integrante del
presente decreto.
ARTÍCULO 2º.- Apruébanse los Objetivos de las Unidades Organizativas
establecidas en el organigrama previsto en el artículo 1º, los que como
ANEXO II forman parte integrante del
presente decreto.
ARTÍCULO 3º.- Establécense los ámbitos jurisdiccionales en los que
actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados que se
detallan en el ANEXO III, que forma
parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 4°.- Establécese que el/la Jefe/a de Gabinete de Ministros y
los
Secretarios y las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN podrán
solicitar al Presidente de la Nación la creación de los cargos
extraescalafonarios que resulten necesarios para el cumplimiento de las
funciones asignadas a sus Jurisdicciones y a las Entidades actuantes en
su órbita.
*(Artículo sustituido por art.
23 del*[Decreto
N° 335/2020](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=336062)B.O. 5/4/2020)
ARTÍCULO 5º.- La conformación organizativa que se aprueba por el
presente decreto comprende las transferencias de las unidades
organizativas estructurales vigentes con sus respectivas acciones,
créditos presupuestarios, bienes, dotaciones y personal con su actual
situación de revista.
ARTÍCULO 6º.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las
áreas afectadas, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales
existentes de nivel inferior a Subsecretaría, las que transitoriamente
mantendrán las acciones, dotaciones vigentes y personal con su actual
situación de revista.
ARTÍCULO 7º.- Hasta tanto se perfeccionen las modificaciones
presupuestarias y demás tareas que permitan la plena operatividad del
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL
Y HÁBITAT y del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD, los
Servicios Administrativo-Financieros y Jurídicos Permanentes del
MINISTERIO DEL INTERIOR, del MINISTERIO DE TRANSPORTE y del MINISTERIO
DE DESARROLLO SOCIAL, respectivamente, continuarán prestando los
servicios relativos a la ejecución presupuestaria, contable,
financiera, de compras, de recursos humanos y en materia jurídica a las
nuevas autoridades ministeriales constituidas respecto de las áreas
transferidas a las citadas Jurisdicciones.
ARTÍCULO 8º.- Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias
correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas
por la presente medida se atenderán con cargo a los créditos
presupuestarios previstos en las Jurisdicciones y Entidades de origen.
ARTÍCULO 9º.- Deróganse los artículos 1º, 2º y 3º del Decreto Nº 174 de
fecha 2 de marzo de 2018, sus modificatorios y complementarios y el
Decreto Nº 802 del 5 de septiembre de 2018.
ARTÍCULO 10.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 20/12/2019 N° 99106/19 v. 20/12/2019
(**Nota
Infoleg:***Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial.)*
(Texto restituido conforme art. 2° delDecreto N° 627/2025B.O. 3/9/2025.Vigencia:a parir deldía de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)
ANEXO I
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
I. - SECRETARÍA GENERAL (Apartado sustituido por art. 2° del[Decreto
Nº 839/2024](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=404258)*B.O. 19/9/2024. Vigencia: a partir del día de su
publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*
- UNIDAD GABINETE DE ASESORES
- SUBSECRETARÍA LEGAL
- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL
- SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN GENERAL
- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PRESIDENCIALES
CASA MILITAR.
II. - SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
(Apartado sustituidopor art. 2° del[Decreto
N° 281/2025](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=412019)B.O. 24/4/2025.)
- UNIDAD GABINETE DE ASESORES
- SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO
- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS LEGALES Y TÉCNICOS
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y REGISTRO.
*(Apartado
III. - SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO NORMATIVO derogado por art. 1° del*[Decreto
N° 281/2025](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=412019)B.O. 24/4/2025.)
(ApartadoIV. - SECRETARÍA DE PRENSAderogado por art. 1° del[Decreto
Nº 121/2025](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=410029)B.O. 25/2/2025.)
IV BIS- SECRETARÍA DE INTELIGENCIA DE ESTADO (Apartado incorporadopor art. 2° del[Decreto
Nº 121/2025](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=410029)B.O. 25/2/2025.)
(ApartadoIV TER. - SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y MEDIOS derogado por art. 1° del Decreto N° 866/2025 B.O. 9/12/2025. Vigencia: a partir del día de su dictado.)
IV QUÁTER. - SECRETARÍA DE CULTURA (Apartado incorporado por art. 1° delDecreto N° 993/2024B.O. 7/11/2024.)
- UNIDAD GABINETE DE ASESORES
- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y DESARROLLO CULTURAL
- SUBSECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL
- SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN CULTURAL Y ARTÍSTICA.
**V. -
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS (Apartado sustituidopor art. 2° del Decreto N° 866/2025 B.O. 9/12/2025. Vigencia: a partir del día de su dictado.)
- UNIDAD GABINETE DE ASESORES
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA
- SUBSECRETARÍA LEGAL
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS
- SUBSECRETARÍA DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS DE GOBIERNO
- SUBSECRETARÍA DE ANÁLISIS Y PLANIFICACIÓN DE GOBIERNO
- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS E INSTITUCIONALES
SECRETARÍA EJECUTIVA
- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL
- SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA
- OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
- SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
- SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN
- SUBSECRETARÍA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
SECRETARÍA DE TURISMO Y AMBIENTE
- SUBSECRETARÍA DE TURISMO
- SUBSECRETARÍA DE AMBIENTE
SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA
- SUBSECRETARÍA DE PRENSA
- SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y ACTOS DE GOBIERNO
- SUBSECRETARÍA DE MEDIOS PÚBLICOS.
VI - MINISTERIO DEL INTERIOR (Apartadosustituido por art. 1° del Decreto N° 85/2026 B.O. 5/2/2026.)
- UNIDAD GABINETE DE ASESORES
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA
- SUBSECRETARÍA LEGAL
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
SECRETARÍA DE INTERIOR
- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS
- SUBSECRETARÍA DE DEPORTES
- SUBSECRETARÍA DE ENLACE LEGISLATIVO
- SUBSECRETARÍA DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS
SECRETARÍA DE PROVINCIAS Y MUNICIPIOS
- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON LAS PROVINCIAS
- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON LOS MUNICIPIOS.
**VII.- MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y
CULTO (Apartado sustituido por art. 1° delDecreto N° 169/2025*B.O. 7/3/2025. Vigencia: a partir del día de su
publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*
- UNIDAD GABINETE DE ASESORES
- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y ADMINISTRACIÓN EXTERIOR
SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES
- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA EXTERIOR
SECRETARÍA DE MALVINAS, ANTÁRTIDA, POLÍTICA OCEÁNICA Y ATLÁNTICO SUR
SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES
- SUBSECRETARÍA DE NEGOCIACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES E INTEGRACIÓN
- SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE LAS EXPORTACIONES, LAS INVERSIONES, LA EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA
SECRETARÍA DE CULTO Y CIVILIZACIÓN
- SUBSECRETARÍA DE CULTO.
VIII. - MINISTERIO DE DEFENSA (Apartado sustituido por art. 1° del[Decreto
N° 224/2025](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=410807)B.O. 21/3/2025. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)
- UNIDAD GABINETE DE ASESORES
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
- SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO OPERATIVO Y SERVICIO LOGÍSTICO DE LA DEFENSA
- SUBSECRETARÍA DE DEFENSA CIVIL Y PROTECCIÓN HUMANITARIA
SECRETARÍA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES
- SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO Y POLÍTICA MILITAR
- SUBSECRETARÍA DE CIBERDEFENSA
SECRETARÍA DE ASUNTOS INTERNACIONALES PARA LA DEFENSA
SECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN, POLÍTICA INDUSTRIAL Y PRODUCCIÓN PARA LA DEFENSA.
IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA (Apartadosustituido por art. 1° del Decreto N° 146/2026 B.O. 12/3/2026. Vigencia: a partir del día de su dictado.)
- UNIDAD GABINETE DE ASESORES
SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
- SUBSECRETARÍA LEGAL
- SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE PRODUCCIÓN
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INFRAESTRUCTURA
SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA
- SUBSECRETARÍA DE ANÁLISIS Y MODELACIÓN ECONÓMICA
SECRETARÍA DE HACIENDA
- SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO
- SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN FISCAL PROVINCIAL
SECRETARÍA DE FINANZAS
- SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO
- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES
- SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS FINANCIEROS
- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN INTERNACIONAL
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE ENERGÍA Y MINERÍA
SECRETARÍA DE ENERGÍA
- SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
- SUBSECRETARÍA DE HIDROCARBUROS
- SUBSECRETARÍA DE EFICIENCIA E INFORMACIÓN ENERGÉTICA
SECRETARÍA DE MINERÍA
- SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO MINERO
- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE PRODUCCIÓN
- SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO DE GESTIÓN DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
- SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA Y ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO
- SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
- SUBSECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR
- SUBSECRETARÍA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y LEALTAD COMERCIAL
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
- SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍAS REGIONALES Y DE PEQUEÑOS Y MEDIANOS PRODUCTORES
- SUBSECRETARÍA DE MERCADOS AGROALIMENTARIOS E INSERCIÓN INTERNACIONAL
- SUBSECRETARÍA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA Y FORESTAL
- SUBSECRETARÍA DE RECURSOS ACUÁTICOS Y PESCA
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE INFRAESTRUCTURA
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
- SUBSECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS
- SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS
SECRETARÍA DE TRANSPORTE
- SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR
- SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO
- SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AÉREO
SECRETARÍA DE ASUNTOS NUCLEARES
- SUBSECRETARÍA DE APLICACIONES DE TECNOLOGÍA NUCLEAR
- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS NUCLEARES.
*(Apartado
X.- MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, derogado por art. 2° del [Decreto
N° 480/2022](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=369543) B.O. 11/8/2022. Vigencia: a partir del día de su
publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*
(Apartado
XI.-MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA derogado por art. 2° del [Decreto
N° 480/2022](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=369543) B.O. 11/8/2022. Vigencia: a partir del día de su
publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)
(ApartadoXII.- MINISTERIO DE TRANSPORTE,derogado por art. 3° del[Decreto
N° 73/2023](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=395566)B.O. 22/12/2023.)
(ApartadoXIII.- MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURAderogadopor art. 2° del[Decreto
N° 293/2024](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=397870)B.O. 8/4/2024.)
**XIV.-
MINISTERIO DE JUSTICIA(Apartadosustituido por art. 1° del[Decreto
N° 347/2025](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=413036)*B.O. 22/5/2025. Vigencia: a partir del día
de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*
- UNIDAD GABINETE DE ASESORES
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
- SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS
SECRETARÍA DE JUSTICIA
- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA CRIMINAL
- SUBSECRETARÍA DE ACCESO A LA JUSTICIA
- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS REGISTRALES.
XV.-MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL (Apartado sustituido por art. 2° del[Decreto
N° 224/2025](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=410807)B.O. 21/3/2025. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)
- UNIDAD GABINETE DE ASESORES
- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PENITENCIARIOS
- SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN FEDERAL
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
- SUBSECRETARÍA LEGAL
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
SECRETARÍA DE SEGURIDAD NACIONAL
- SUBSECRETARÍA DE INTERVENCIÓN FEDERAL
- SUBSECRETARÍA DE DESPLIEGUE TERRITORIAL
SECRETARÍA DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO Y LA CRIMINALIDAD ORGANIZADA
- SUBSECRETARÍA DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO
- SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL.
XVI. - MINISTERIO DE SALUD (Apartado sustituido por art. 1° del Decreto N° 27/2026 B.O. 26/01/2026. Vigencia: a patir del día de su dictado)
- UNIDAD GABINETE DE ASESORES
SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
- SUBSECRETARÍA LEGAL
SECRETARÍA DE GESTIÓN SANITARIA
- SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y PROGRAMACIÓN SANITARIA
- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES SECTORIALES Y ARTICULACIÓN
- SUBSECRETARÍA DE INSTITUTOS Y FISCALIZACIÓN
- SUBSECRETARÍA DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA, INFORMACIÓN Y ESTADÍSTICAS DE SALUD
SECRETARÍA NACIONAL DE DISCAPACIDAD
- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE ACCESO Y APOYOS
- SUBSECRETARÍA DE REGULACIÓN, CERTIFICACIÓN Y PROYECTOS
SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA
- SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO EN MATERIA DE DROGAS
- SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN, INVESTIGACIÓN Y ESTADÍSTICAS EN MATERIA DE DROGAS.
XVII.- MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO (Apartado sustituido por art. 2° delDecreto N° 151/2025B.O. 5/3/2025. Vigencia: a partir del día de su dictado.)
- UNIDAD GABINETE DE ASESORES
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA
- SUBSECRETARÍA LEGAL
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS E INNOVACIÓN EDUCATIVA
- SUBSECRETARÍA DE INFORMACIÓN Y EVALUACIÓN EDUCATIVA
- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE EDUCACIÓN
SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES DEL TRABAJO
- SUBSECRETARÍA DE EMPLEO Y FORMACIÓN LABORAL
- SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS FAMILIARES
- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS TERRITORIALES Y DESARROLLO HUMANO
- SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN HUMANA
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA.
XVIII.- MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO (Apartado sustituido por art. 1° del Decreto N° 1141/2024 B.O. 31/12/2024. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL)
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA
- SUBSECRETARÍA DE REFORMA ESTATAL
- SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO Y MODERNIZACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO
SECRETARÍA DE DESREGULACIÓN
- SUBSECRETARÍA DE SIMPLIFICACIÓN Y DESREGULACIÓN
- SUBSECRETARÍA DE CALIDAD REGULATORIA
- SUBSECRETARÍA DE REFORMAS ESTRUCTURALES
(Apartado*XIX.- MINISTERIO DE
EDUCACIÓN**derogado por art. 4°
del*[Decreto
N° 86/2023](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=395647)B.O. 27/12/2023.)
(ApartadoXX.- MINISTERIO DE CULTURAderogado por art. 4° del[Decreto
N° 86/2023](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=395647)B.O. 27/12/2023.)
(Apartado*XXI. - MINISTERIO
DE CIENCIA,
TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN*derogado por art. 4° del[Decreto
N° 86/2023](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=395647)B.O. 27/12/2023.)
(Apartado*XXII. - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL*derogado por art. 4° del[Decreto
N° 86/2023](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=395647)B.O. 27/12/2023.)
*(Apartado XXIII. - MINISTERIO DE AMBIENTE
Y DESARROLLO SOSTENIBLE derogado por art. 2° del [Decreto
N° 33/2024](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=395896) B.O. 09/01/2024)*
*(Apartado XXIV. - MINISTERIO DE
TURISMO Y DEPORTES derogado por art. 2° del [Decreto
N° 33/2024](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=395896) B.O. 09/01/2024)*
(ApartadoXXV.- MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, derogado por art. 3° del[Decreto
N° 73/2023](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=395566)B.O. 22/12/2023.)
**ANEXO
II**
**PRESIDENCIA
DE LA NACIÓN**
I. - SECRETARÍA GENERAL (Apartado sustituido por art. 2° del[Decreto
Nº 5/2024](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=395763)B.O. 03/01/2024)
OBJETIVOS
(Objetivos sustituidos por art. 4° del[Decreto
Nº 839/2024](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=404258)*B.O. 19/9/2024. Vigencia: a partir del día de su
publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*
Asistir en forma directa al PODER EJECUTIVO NACIONAL en las
atribuciones que le asigna el artículo 99 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL,
en lo relativo a las actividades de su competencia.
Intervenir en el seguimiento y la verificación del cumplimiento de
las directivas emanadas de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y realizar las
tareas especiales que ésta le encomiende.
Asesorar a la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN sobre el diseño y
actualización de la política del PODER EJECUTIVO NACIONAL en el
contexto de la realidad mundial y nacional, así como también en materia
de consolidación del proceso democrático.
Participar con el PODER EJECUTIVO NACIONAL en el diseño de políticas
públicas y en la relación con organizaciones y sectores representativos
de la comunidad.
Entender en la supervisión del cumplimiento de los objetivos y metas
establecidos por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Participar en la elaboración del mensaje del Presidente de la Nación
al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN sobre el estado de la Nación.
Intervenir en el seguimiento de los temas que sean considerados
prioritarios por la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, informando su desarrollo
y resultado.
Coordinar el análisis, desde el punto de vista político, de todas
las disposiciones que sean sometidas a consideración del PODER
EJECUTIVO NACIONAL.
Intervenir en la coordinación de sus tareas con las de las distintas
Secretarías de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con las de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y con las de las jurisdicciones ministeriales,
con el objeto de optimizar el resultado de la acción de gobierno.
Entender en la coordinación de las relaciones entre el PODER
EJECUTIVO NACIONAL y la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN.
Administrar y ejecutar el Presupuesto de la Jurisdicción y de los
organismos a los que preste asistencia.
Participar en la asistencia en materia presupuestaria a las áreas
presidenciales de su propia jurisdicción, a las que no cuenten con
servicio administrativo financiero propio y a los organismos a los que
preste asistencia.
Conducir los aspectos logísticos y administrativos, como así
también la asistencia presupuestaria para los viajes del Presidente de
la Nación y las comitivas oficiales que lo acompañen.
Entender en la administración de los recursos humanos, materiales,
tecnológicos, de comunicaciones, financieros y legales afectados a la
órbita de la Jurisdicción, así como también, a las que no cuenten con
servicio administrativo financiero propio y a los organismos a los que
preste asistencia.
Entender en el resguardo y preservación del patrimonio edilicio,
cultural e histórico de la Casa de Gobierno, la Residencia Presidencial
de la Quinta de Olivos, la Residencia Presidencial de Chapadmalal con
el fin de preservar la memoria histórica y cultural de la investidura
presidencial.
Entender en la asistencia al Titular del PODER EJECUTIVO NACIONAL
en todo lo concerniente al ceremonial, protocolo, audiencias y
designación de comitivas y asuntos de índole privada, requiriendo de
los organismos pertinentes la colaboración necesaria para el
cumplimiento de sus funciones.
Entender en la organización y logística de los eventos nacionales e
internacionales en los que la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN de la REPÚBLICA
ARGENTINA intervenga, que se realicen en territorio nacional y en el
exterior, en coordinación con las áreas competentes en la materia de la
Administración Pública Nacional.
Entender en la implementación del Programa de Cobertura Médica
Presidencial y coordinar las acciones logísticas y operativas
pertinentes para el resguardo de la salud del Presidente de la Nación.
Ejercer el control tutelar de los organismos descentralizados
actuantes en su órbita.
Entender en todo lo referido a la FUNDACIÓN constituida en virtud
de lo dispuesto por el Decreto N° 2303 del 10 de noviembre de 1993,
participando, por sí o por quien designe, en el Consejo de
Administración y demás órganos de la FUNDACIÓN.
Impulsar la ‘Marca País Argentina’, en coordinación con otras áreas
competentes de la Administración Pública Nacional.
Dirigir los procedimientos, la logística y las acciones necesarias
para la realización de la cobertura fotográfica y videográfica de las
actividades del Presidente de la Nación, junto con otras áreas de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN con competencia en la materia.(Objetivo incorporadopor art. 4° del[Decreto
Nº 121/2025](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=410029)B.O. 25/2/2025.)
SECRETARÍA GENERAL
UNIDAD GABINETE DE ASESORES
OBJETIVOS
Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a
dar adecuada y rápida respuesta a las cuestiones priorizadas por la
SECRETARÍA GENERAL.
Coordinar el Gabinete de Asesores de la Secretaría.
Asistir a la SECRETARÍA GENERAL en los aspectos logísticos y
administrativos propios del desarrollo de sus funciones institucionales.
Entender en el diseño, elaboración, definición de instrumentos,
herramientas y procedimientos tendientes a posibilitar la
disponibilidad de insumos de información, en coordinación con las áreas
competentes y gestionar las acciones y actividades que le delegue la
SECRETARÍA GENERAL.
Intervenir en la coordinación del despacho, seguimiento y archivo de
la documentación administrativa, como así también en la derivación de
cada trámite a las dependencias de la SECRETARÍA GENERAL, así como la
de los organismos a los que preste asistencia.
Supervisar y dar seguimiento al cumplimiento de la planificación
estratégica de un programa de puesta en valor edilicio, patrimonio
histórico y cultural, como así también la actualización tecnológica y
sustentable de las dependencias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en
forma conjunta con el área con competencia específica.
Coordinar el seguimiento de los planes, programas y proyectos de las
distintas áreas de la SECRETARÍA GENERAL para la optimización de la
gestión.
Coordinar los asuntos de la SECRETARÍA GENERAL relacionados con
información institucional de las áreas de la Secretaría General.
SECRETARÍA GENERAL
SUBSECRETARÍA LEGAL
(Objetivos sustituidos por art. 4° del[Decreto
Nº 839/2024](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=404258)*B.O. 19/9/2024. Vigencia: a partir del día de su
publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*
OBJETIVOS
Coordinar el servicio jurídico permanente de la Jurisdicción y la
representación del Estado en juicio en las causas en las que deba
intervenir la SECRETARÍA GENERAL, sus dependencias y los organismos a
los que preste asistencia.
Intervenir en los proyectos de actos administrativos vinculados con
la actividad sustantiva de las áreas a las que la SECRETARÍA GENERAL
preste apoyo.
Coordinar con las áreas de la SECRETARÍA GENERAL con competencia en
la materia el análisis jurídico de los proyectos normativos por ellas
elaborados, con carácter previo a su dictado.
Supervisar las actuaciones en las que se substancien recursos
administrativos contra actos emanados de la Jurisdicción, así como
también de los organismos a los que preste asistencia.
Asistir a la SECRETARÍA GENERAL en la intervención que le compete en
materia de proyectos de leyes y actos administrativos.
Intervenir en la tramitación de los sumarios
administrativo-disciplinarios que se instruyan en la Jurisdicción o en
los organismos a los que preste asistencia.
Intervenir como enlace de acceso a la información pública en los
términos de la Ley N° 27.275, en el ámbito de la Secretaría y de los
organismos a los que preste asistencia.
SECRETARÍA GENERAL
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
(Objetivos sustituidos por art. 8° del[Decreto
Nº 644/2024](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=401752)*B.O. 19/7/2024. Vigencia: a partir del día de su
publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*
OBJETIVOS
Entender en el asesoramiento, coordinación y ejecución de las tareas
que le encomiende la SECRETARÍA GENERAL y en particular aquellas
destinadas a asegurar la eficacia de la gestión y el mejor cumplimiento
de sus competencias.
Asistir, en el ámbito de su competencia, en materia de
asesoramiento, sobre el diseño de la política presupuestaria de la
Jurisdicción, así como también de los organismos a los que preste
asistencia, y en el control del movimiento efectivo de fondos y valores.
Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas de su órbita, en la formulación y programación de la
ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten
durante el ejercicio financiero.
Asistir a la SECRETARÍA GENERAL en la coordinación administrativa,
financiera, de recursos humanos, informáticos y materiales, de todas
las áreas integrantes de la Jurisdicción, de las entidades
descentralizadas dependientes y organismos de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN y organismos dentro del ámbito de incumbencia, a los cuales
brinde apoyo administrativo como así también en la planificación de las
actividades de coordinación administrativa.
Dirigir el seguimiento y trámite de los pedidos de informes que la
SECRETARÍA GENERAL solicite en el ámbito de la Jurisdicción y a pedido
del Presidente de la Nación.
Entender en la administración y coordinación de los sistemas
informáticos y de comunicaciones de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Asistir a la SECRETARÍA GENERAL en lo atinente a la coordinación
administrativa de los viajes del Presidente de la Nación y las
comitivas oficiales que lo acompañen.
Atender la gestión económico-financiera, contable, patrimonial,
presupuestaria y de servicios de la órbita de la SECRETARÍA GENERAL y
de las Secretarías y los organismos a los que preste asistencia.
SECRETARÍA GENERAL
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL
OBJETIVOS
Asesorar en la instrumentación de los planes relacionados con el
desarrollo de las políticas públicas emanadas de las propuestas
efectuadas al PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Participar en la relación con las organizaciones y los sectores
políticos, sociales, económicos y representativos de la comunidad a
nivel nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y
municipal, en el ámbito de su competencia.
Entender en la elaboración de informes políticos dirigidos al
Presidente de la Nación y a la SECRETARÍA GENERAL sobre los temas que
le sean requeridos dentro del ámbito de su incumbencia.
Asesorar a la SECRETARÍA GENERAL en la implementación de acciones de
coordinación y concertación que cubran las necesidades propias del
organismo; e intervenir en lo atinente a la cooperación
interinstitucional para llevar a cabo los programas de gobierno
delegados por la SECRETARÍA GENERAL.
Asesorar al Presidente de la Nación y a la SECRETARÍA GENERAL en
temáticas de coyunturas político institucionales cuando le sea
requerido.
Asistir a la SECRETARÍA GENERAL en los asuntos vinculados a
políticas de interés para el PODER EJECUTIVO NACIONAL, cuando le sea
requerido.
Asistir a la SECRETARÍA GENERAL en el diseño y actualización de
políticas públicas y en programas de gobierno vinculados con las
organizaciones y sectores representativos de la comunidad.
Dirigir, gestionar y supervisar el cumplimiento de las actuaciones
referidas a los artículos 4° y 5° de la Ley N° 25.603 de Servicios
Aduaneros. *(Objetivo incorporado por
art. 2° del*[Decreto
N° 232/2024](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=397163)B.O. 8/3/2024.)
SECRETARÍA GENERAL
SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN GENERAL
OBJETIVOS
Entender en lo relacionado con la planificación de los servicios
generales necesarios para el funcionamiento de la SECRETARÍA GENERAL,
así como también de los organismos a los que preste asistencia.
Entender en la planificación y en la administración de la
Intendencia, el mantenimiento y el funcionamiento de la Casa de
Gobierno, de la Residencia Presidencial de Olivos, de la Residencia
Presidencial de Chapadmalal y de las sedes administrativas, cocheras y
transporte de la SECRETARÍA GENERAL.
Entender en materia de higiene y seguridad en el trabajo y medio
ambiente en los ámbitos de residencia permanente o transitoria del
Presidente de la Nación y su grupo familiar, así como en todas las
áreas integrantes de la SECRETARÍA GENERAL, realizando la planificación
funcional y operativa para dar cumplimiento a las normas vigentes en la
materia.
Intervenir en la planificación estratégica de un programa integral
para la puesta en valor edilicio de todas las sedes, como así también
del patrimonio histórico y cultural de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Diseñar la planificación y la actualización tecnológica, en forma
conjunta con el área de competencia específica, como así también la
sustentabilidad de la infraestructura de las dependencias de la
SECRETARÍA GENERAL.
Monitorear y dar seguimiento a las actividades de planificación,
coordinación y ejecución relacionadas con los traslados terrestres y
con los traslados aéreos del Presidente de la Nación y los que le
encomiende expresamente la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN para los integrantes del PODER EJECUTIVO NACIONAL en las sedes
de Casa Rosada, Residencia Presidencial de Olivos y Residencia
Presidencial de Chapadmalal, dentro y fuera del territorio nacional. (Objetivo sustituido por art. 4° delDecreto N° 377/2025B.O. 4/6/2025.)
Gestionar la elaboración e implementación de las políticas públicas
culturales, de preservación del patrimonio edilicio e intervenir en las
actividades de investigación, conservación, restauración, difusión y
acrecentamiento del patrimonio histórico a desarrollarse en el ámbito
de la Casa de Gobierno, de la Residencia Presidencial de Olivos, de la
Residencia Presidencial de Chapadmalal y de las sedes administrativas
de la SECRETARÍA GENERAL.
Entender en la planificación y gestión de las actividades del MUSEO
DEL BICENTENARIO y del Paseo de la República de la Residencia
Presidencial de Olivos.
SECRETARÍA GENERAL
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PRESIDENCIALES
OBJETIVOS
Asistir a la SECRETARÍA GENERAL en todo lo atinente a las audiencias
presidenciales.
Tramitar las audiencias solicitadas al Presidente de la Nación,
tanto en el país como en el exterior, y asesorar a la SECRETARÍA
GENERAL respecto del temario, importancia, prioridad y ordenamiento de
gestión de las mismas.
Participar en la coordinación y en el tratamiento de la
documentación de las cuestiones dirigidas por vía oral o escrita al
Presidente la Nación, como así también en el análisis y coordinación de
la documentación vinculada a las actividades protocolares del
Presidente de la Nación.
Asistir a la SECRETARÍA GENERAL en lo relativo a ceremonial y
protocolo, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.(Objetivosustituido por art. 6° del Decreto N° 866/2025 B.O. 9/12/2025. Vigencia: a partir del día de su dictado.)
Asistir a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN en
los procedimientos, la logística y las acciones necesarias para la
realización de la cobertura fotográfica y videográfica de las
actividades del Presidente de la Nación, junto con otras áreas de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN con competencia en la materia. (Objetivo incorporadopor art. 5° del[Decreto
Nº 121/2025](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=410029)B.O. 25/2/2025.)
Entender en la sistematización de los procedimientos para el
otorgamiento del padrinazgo presidencial y las declaraciones de interés
nacional.
Organizar y entender en el desarrollo de todo acto y ceremonia en
donde intervenga el Presidente de la Nación y en aquellas que le
encomiende expresamente la SECRETARÍA GENERAL.
(SECRETARÍA GENERAL, SUBSECRETARÍA DE VOCERÍA Y COMUNICACIÓN DE GOBIERNO, objetivos derogados por art. 5° del[Decreto
Nº 839/2024](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=404258)*B.O. 19/9/2024. Vigencia: a partir del día de su
publicación en el BOLETÍN OFICIAL; por art. 1° de la misma norma se transfiere dicha Subsecretaría a la
SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y MEDIOS.)*
SECRETARÍA GENERAL
CASA MILITAR
OBJETIVOS
Proveer la seguridad del Presidente de la Nación, del Vicepresidente
de la Nación, de los Ex Mandatarios y de sus familiares directos, como
así también de la Casa de Gobierno, Residencia Presidencial de Olivos,
Residencia Presidencial de Chapadmalal y otros lugares de residencia
transitoria del Presidente de la Nación y de su familia tanto en el
territorio nacional como en el ámbito internacional.
Ejecutar, junto con la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PRESIDENCIALES, la
coordinación de las tareas de ceremonial militar del Presidente de la
Nación y atender específicamente lo concerniente al ceremonial y
protocolo del Regimiento de Granaderos a Caballo General San Martín.
Planificar, coordinar, supervisar y ejecutar las actividades
relacionadas con los traslados aéreos del Presidente de la Nación y los
que le encomiende expresamente la SECRETARÍA GENERAL, para los
integrantes del PODER EJECUTIVO NACIONAL dentro y fuera del territorio
nacional.
Coordinar con las áreas competentes del MINISTERIO DE DEFENSA las
actividades que sean necesarias para la operación y disponibilidad de
las aeronaves que conformen la flota presidencial. (Objetivo sustituido por art. 5° delDecreto N° 377/2025B.O. 4/6/2025.)
Entender en la coordinación de los efectivos de la Policía Federal
Argentina asignados a la división Custodia Presidencial, quienes
actuarán bajo la dependencia de CASA MILITAR, a través de la Agrupación
de Seguridad e inteligencia actuando de conformidad a las leyes y
reglamentos que rigen su accionar.
Instruir a la Comisaría de Casa de Gobierno la actuación de las
acciones operacionales requeridas.
Coordinar con la Policía Federal Argentina la seguridad exterior de
la Casa de Gobierno.
Organizar, coordinar y supervisar las tareas de los agentes
subordinados a CASA MILITAR, Regimiento de Granaderos a Caballo General
San Martín, Policía Federal Argentina, Policía Aeroportuaria y las
Fuerzas Policiales provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES, para el desarrollo de los protocolos de seguridad vinculados al
Presidente de la Nación.
Entender en la aprobación, establecimiento y ejecución de las normas
de acceso para la seguridad integral de la Casa Rosada, la Residencia
Presidencial de Olivos y Residencia Presidencial de Chapadmalal, como
así también las sedes administrativas de la SECRETARÍA GENERAL.
(*Nota
Infoleg*: por art. 4° del[Decreto
N° 299/2024](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=397911)*B.O. 9/4/2024 se establece que el término “ex Mandatarios” al que se
hace referencia en los Decretos Nros. 648/04 y 50/19 y sus
modificatorios son los “expresidentes” de la REPÚBLICA ARGENTINA.
Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*
II.- SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
(Apartado y Objetivos sustituidospor art. 4° del[Decreto
N° 281/2025](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=412019)B.O. 24/4/2025.)
OBJETIVOS
Evaluar los aspectos legales y técnicos de los proyectos de actos
administrativos, de la Administración, de Gobierno e institucionales
que se sometan a consideración del PODER EJECUTIVO NACIONAL y del Jefe
de Gabinete de Ministros y llevar el Despacho de ambas autoridades.
Evaluar y, en su caso, elaborar anteproyectos de tales actos.
Elaborar anteproyectos de decretos reglamentarios, de textos
ordenados y demás actos administrativos, de la Administración, de
Gobierno e institucionales, cuya redacción le encomiende la
Superioridad.
Analizar y dar intervención a los organismos que resulten
competentes en razón de la materia, en los proyectos de ley sancionados
por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, a los fines establecidos en los
artículos 78, 80 y 83 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Brindar, a través de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS,
asesoramiento jurídico a los organismos y dependencias de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN que no cuenten con servicio específico propio,
en los casos en los que conforme la normativa vigente corresponda la
intervención del servicio jurídico permanente y a la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS en materia de decisiones administrativas.
Instruir, a través de la Dirección de Sumarios, los sumarios
administrativos correspondientes a la Secretaría y a las áreas de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN que no cuenten con servicio específico propio.
Entender en el registro de los actos dictados por el PODER EJECUTIVO
NACIONAL que requieran refrendo ministerial, adoptando los recaudos
necesarios para la publicación de los mismos.
Entender en el registro, despacho y custodia de la documentación vinculada con la Secretaría.
Entender en la elaboración de la Memoria de la Secretaría para ser
presentada al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN en oportunidad de la
apertura de las sesiones ordinarias.
Entender en la respuesta a los pedidos de informes formulados por el
HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN con relación a las funciones o
atribuciones de la Secretaría a requerimiento del Jefe de Gabinete de
Ministros.
Controlar la edición del BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
y la publicación de leyes, decretos y otros actos de interés general.
Entender en la gestión económico-financiera, patrimonial y contable
y en la administración de los recursos humanos de la Secretaría.
Entender, en su carácter de administrador del Dominio de Nivel
Superior Argentina (.AR), en el procedimiento de registro de nombres de
dominio Web de las personas físicas y jurídicas, como así también
ejecutar los planes, programas y proyectos relativos al tema,
interviniendo en los procesos de negociación y conclusión de acuerdos y
otros instrumentos de carácter internacional, y propiciando las medidas
necesarias tendientes a lograr armonizar las disposiciones generales y globales que regulan la
registración de los nombres de dominio en la República con el derecho
interno.
Entender en la digitalización de los archivos, documentos y
expedientes producidos en primera generación en soporte papel que sean
requeridos por las Jurisdicciones y Entidades de la Administración
Pública Nacional.
Participar, en el ámbito de su competencia, en el proceso destinado
a la implementación de la mejora en la calidad y simplificación
normativa.
Participar, en el ámbito de su competencia, en el proceso destinado a implementar mejores prácticas regulatorias.
Participar en el Comité de Política Regulatoria de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).
Entender, a requerimiento del Presidente de la Nación o de la
SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en el diseño de la
estrategia normativa requerida para el cumplimiento de los objetivos de
gobierno.
Entender, a requerimiento del Presidente de la Nación o de la
SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en la coordinación
del proceso de planificación estratégica de los proyectos de leyes a
ser remitidos al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, como así también
respecto de los proyectos de decretos y demás actos administrativos,
con la finalidad de integrar las iniciativas de las distintas áreas de
la Administración Pública Nacional para dar cumplimiento a los
objetivos de gobierno.
Entender, a requerimiento del Presidente de la Nación o de la
SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en el análisis y
consolidación de proyectos normativos prioritarios que involucren la
elaboración, reforma o modificación de leyes y actos administrativos.
Supervisar la elaboración de los proyectos normativos prioritarios
que deban ser sometidos a consideración del Presidente de la Nación.
Asesorar al Presidente de la Nación en los asuntos normativos prioritarios para la gestión de Gobierno.
Supervisar la coherencia del conjunto de normas, anteproyectos de
actos administrativos y proyectos de leyes definidos como prioritarios
por el Presidente de la Nación y/o por la SECRETARÍA GENERAL de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Entender en la coordinación interministerial atinente a la
elaboración, reforma, modificación, o abrogación de leyes, decretos y
demás actos administrativos que requiera la intervención de distintas
áreas del gobierno, como así también de los anteproyectos y proyectos
normativos estratégicos cuando la indique el Presidente de la Nación o
la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Intervenir, en coordinación con las áreas con competencia en la
materia, en la elaboración de los proyectos de leyes a ser remitidos al
HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y que sean considerados prioritarios
para el Presidente de la Nación y/o la SECRETARÍA GENERAL de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Participar, en coordinación con la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA
NACIÓN, en la elaboración de la estrategia jurídica para la defensa de
los intereses estatales.
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
UNIDAD GABINETE DE ASESORES
OBJETIVOS
Coordinar el Gabinete de Asesores de la Secretaría.
Asistir a la Secretaría en los aspectos logísticos y administrativos propios del desarrollo de sus funciones institucionales.
Asistir a la Secretaría en las relaciones institucionales, ceremonial y protocolo.
Asistir en el diseño, elaboración, definición de instrumentos,
herramientas y procedimientos tendientes a posibilitar la
disponibilidad de insumos de información, en coordinación con las áreas
competentes.
Coordinar los asuntos de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA relacionados con la prensa y los medios de comunicación.
Coordinar el seguimiento de los programas y proyectos de las
distintas áreas de la Secretaría para la optimización de la gestión.
Coordinar la comunicación institucional interna y externa, así como
la difusión de contenidos, el desarrollo e implementación de la imagen
institucional y contenidos digitales de la Jurisdicción.
Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a
dar adecuada y rápida respuesta a las cuestiones priorizadas por la
Secretaría.
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO
OBJETIVOS
Asistir a la Secretaría en el diseño de la estrategia normativa
definida por el Presidente de la Nación y/o requerida por la SECRETARÍA
GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN para el cumplimiento de los
objetivos de gobierno.
Elaborar un plan estratégico de relevamiento de la normativa
prioritaria de gobierno con la finalidad de integrar proyectos e
iniciativas de las distintas áreas de la Administración Pública
Nacional.
Asistir a la Secretaría en el análisis de las propuestas de
proyectos normativos que involucren la elaboración, reforma o
modificación de leyes y actos administrativos requeridos por el
Presidente de la Nación y/o por la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA
DE LA NACIÓN.
Elaborar, en su ámbito de competencia, los anteproyectos normativos
requeridos por el Presidente de la Nación y/o por la SECRETARÍA GENERAL
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Analizar la coherencia del conjunto de las normas, anteproyectos y
proyectos de leyes y actos administrativos definidos como prioritarios
por el Presidente de la Nación y/o por la SECRETARÍA GENERAL de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Participar, en coordinación con las áreas con competencia en la
materia, en la elaboración de los proyectos de leyes a ser remitidos al
HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.
Asistir a la Secretaría en la gestión de los asuntos normativos que
le sean requeridos por el Presidente de la Nación y/o por la SECRETARÍA
GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Identificar y proponer a la Secretaría procesos de coordinación
interministerial para la definición de la estrategia normativa
prioritaria definida por el Presidente de la Nación y/o requerida por
la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Asistir a la Secretaría en la articulación interinstitucional con
otros organismos y jurisdicciones del ESTADO NACIONAL para coordinar
los asuntos normativos que requieran la intervención de distintas áreas
de gobierno.
Analizar, evaluar y elaborar los proyectos normativos prioritarios
que requieran la participación de las distintas áreas de gobierno.
Asistir a la Secretaría en la recopilación, consolidación y
análisis de antecedentes normativos de los Ministerios y de otras áreas
de gobierno que sirvan como insumo para los proyectos de leyes y de
actos administrativos prioritarios en el ámbito de su competencia.
Actuar como enlace normativo con las jurisdicciones y entidades del
Sector Público Nacional en materia de anteproyectos de leyes y otros
actos administrativos que le sean requeridos.
Articular con las áreas correspondientes de la PROCURACIÓN DEL
TESORO DE LA NACIÓN los asuntos prioritarios para la defensa de los
intereses estatales que le sean requeridos.
Coordinar con las áreas con competencia específica en la materia,
el seguimiento de los proyectos de leyes a ser remitidos al HONORABLE
CONGRESO DE LA NACIÓN.
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS LEGALES Y TÉCNICOS
OBJETIVOS
Analizar el ajuste a las normas constitucionales, legales y
reglamentarias de los proyectos y anteproyectos de actos
administrativos, de la Administración de Gobierno e institucionales que
se sometan a consideración del PODER EJECUTIVO NACIONAL y del Jefe de
Gabinete de Ministros y demás asuntos que tramiten en la Secretaría,
proponiendo, en su caso, textos alternativos con sujeción a las normas
jurídicas aplicables.
Brindar, a través de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS,
servicio jurídico a la Secretaría, a los organismos y dependencias de
la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN que no cuenten con servicio específico
propio, en los casos en los que conforme a la normativa vigente
corresponda la intervención del servicio jurídico permanente y a la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en materia de decisiones
administrativas.
Intervenir en la revisión y/o elaboración de los anteproyectos de
decretos reglamentarios, de textos ordenados y demás actos cuya
redacción le encomiende la Superioridad, con sujeción a las normas
constitucionales, legales y reglamentarias de aplicación.
Intervenir en el análisis de los proyectos de ley sancionados por el
HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN a los fines establecidos en los
artículos 78, 80 y 83 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Sustanciar, a través de la Dirección de Sumarios, los sumarios
administrativos que se ordene instruir en la Secretaría y en las áreas
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN que no cuenten con servicio específico
propio.
Analizar los aspectos técnicos y de gestión de los proyectos y
anteproyectos de actos administrativos, de la Administración, de
Gobierno e institucionales que se sometan a consideración del PODER
EJECUTIVO NACIONAL y del Jefe de Gabinete de Ministros y demás asuntos
que tramiten en la Secretaría, verificando además su encuadre en las
normas legales y reglamentarias de aplicación; elaborar anteproyectos
con ajuste a las disposiciones vigentes y asesorar sobre su elaboración
a los organismos de la Administración Pública Nacional que lo soliciten.
Analizar y dar intervención a los organismos que resulten
competentes en razón de la materia, en los proyectos de ley sancionados
por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN a los fines establecidos en los
artículos 78, 80 y 83 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Asistir en la elaboración de la respuesta a los pedidos de informes
formulados por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN con relación a las
funciones o atribuciones de la Secretaría.
Asistir en la elaboración de la Memoria de la Secretaría para ser
presentada al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN en oportunidad de la
apertura de las sesiones ordinarias.
Coordinar el cumplimiento de lo dispuesto por la normativa que
regula el acceso a la información pública, en cumplimiento del Decreto
N° 1172/03 y sus modificatorios y complementarios.
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y REGISTRO
OBJETIVOS
Entender en la gestión documental de las áreas de la Secretaría.
Intervenir en el registro y custodia de los actos dictados por el
PODER EJECUTIVO NACIONAL que requieran refrendo ministerial, adoptando
los recaudos necesarios para la publicación de los mismos y en el
registro de los actos dictados por la Secretaría y Subsecretarías del
área.
Asistir en el diseño de la política presupuestaria de la Secretaría,
como así también en la administración de los recursos financieros,
informáticos, humanos, de servicios generales y patrimoniales.
Asistir en el control de la edición del BOLETÍN OFICIAL DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA y de la publicación de leyes, decretos y otros
actos de interés general.
Administrar el Dominio de Nivel Superior Argentina (.AR) y el
registro de nombres de dominio Web de las personas físicas y jurídicas.
Supervisar la digitalización de los archivos, documentos y
expedientes producidos en primera generación en soporte papel que sean
requeridos por las Jurisdicciones y Entidades de la Administración
Pública Nacional, en los términos del Decreto N° 1131/16.
Coordinar el proceso instado por la Secretaría en la implementación
de las mejores prácticas regulatorias y del desarrollo de mecanismos
que mejoren las prácticas regulatorias, brindando el soporte técnico
necesario a tales fines.
*(Apartado III - SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO NORMATIVO de la PRESIDENCIA DE
LA NACIÓN y sus dependientes SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO NORMATIVO
y SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN NORMATIVA INTERMINISTERIAL*derogado por art. 3° del[Decreto
N° 281/2025](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=412019)B.O. 24/4/2025.)
(Apartado*IV.- SECRETARÍA DE
PRENSAderogadopor art. 6° del*[Decreto
Nº 121/2025](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=410029)B.O. 25/2/2025.)
(*ApartadoIV TER. SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y
MEDIOSderogado por art. 7° del Decreto N° 866/2025 B.O. 9/12/2025. Vigencia: a partir del día de su dictado.)*
IV QUÁTER. - SECRETARÍA DE CULTURA (Apartado sustituido por art. 1º delDecreto Nº 686/2025B.O. 23/9/2025. Vigencia: a partir del día de su dictado.)
OBJETIVOS
Entender en la formulación y ejecución de las políticas, planes,
programas y proyectos destinados a estimular y favorecer a las culturas
en todas sus formas.
Elaborar y promover políticas de participación institucional que fortalezcan las identidades culturales de la Nación.
Implementar las políticas de difusión de los hechos culturales dentro y fuera del país.
Promover y difundir el desarrollo de actividades económicas asociadas a las industrias culturales.
Planificar políticas de financiamiento de la actividad cultural
junto con el sector privado y las organizaciones de la sociedad civil.
Promover políticas de incentivo y desarrollo cultural de la Nación,
propiciando la creación y la democratización del acceso a bienes
culturales.
Dirigir políticas de conservación, resguardo y acrecentamiento del Patrimonio Cultural de la Nación.
Promover políticas de integración e intercambio cultural entre las
jurisdicciones del país y hacia el exterior mediante la formulación y
celebración de convenios nacionales e internacionales, en el marco de
su competencia.
Participar en convenios nacionales e internacionales, leyes y
reglamentos generales para incentivar y propiciar el desarrollo
cultural.
Promover la producción e intercambio del conocimiento científico en
temas relacionados con las industrias culturales, la generación de
empleo sectorial y los servicios vinculados.
Establecer las políticas que rigen a los organismos del área de
cultura dependientes de la Secretaría y ejercer el control tutelar de
las Entidades actuantes en su órbita.
Intervenir en el ámbito de su competencia en la promoción,
organización y participación de exposiciones, ferias, concursos,
producciones audiovisuales, espectáculos y muestras donde se difundan
producciones nacionales e internacionales, con criterio federal y en
coordinación con los organismos competentes.
Producir y promover contenidos relacionados con las culturas en
todas sus formas, procurando llegar a público de todas las edades, en
todo el país y con criterios inclusivos, de diversidad social, de
género, religiosos y étnicos.
Instrumentar, en el ámbito de su competencia, la realización de
actividades de producción y emisión de contenidos educativos destinados
a fortalecer y complementar las estrategias nacionales de equidad y
mejoramiento de la calidad de la educación, en coordinación con la
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
Ejecutar políticas públicas tendientes a reconocer y fortalecer la
diversidad cultural, integrar las diferentes expresiones que conforman
la identidad nacional y ampliar la participación ciudadana, fomentando
el acceso igualitario a bienes y medios de producción cultural.
Promover, difundir y afianzar el desarrollo de la integración cultural latinoamericana.
Entender en los programas de cooperación que permitan la inserción
y articulación a nivel nacional, regional e internacional de las
acciones y políticas prioritarias en materia de cultura.
Participar, en el marco de su competencia, en el desarrollo y
promoción de contenidos y programas vinculados a la capacitación y
formación en gestión cultural.
Supervisar el accionar de la COMISIÓN NACIONAL PROTECTORA DE
BIBLIOTECAS POPULARES y de la COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE
LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS.
Entender en las tareas de apoyo administrativo y financiero de la Secretaría.
SECRETARÍA DE CULTURA
UNIDAD GABINETE DE ASESORES
OBJETIVOS
Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a
dar adecuada y rápida respuesta a las cuestiones priorizadas por el
Secretario.
Diseñar y proponer el plan estratégico de la Secretaría, en el marco de su competencia.
Coordinar el seguimiento y monitoreo de los planes, programas y
proyectos, como así también de circuitos administrativos, de las
distintas áreas de la Secretaría para asegurar una gestión eficiente y
alineada con el plan estratégico definido.
Coordinar y definir los mecanismos para asistir al Secretario en el
ejercicio del control tutelar de los organismos descentralizados
actuantes en su órbita y supervisión de los organismos desconcentrados
que le dependen.
Asistir al Secretario en la definición de las políticas de
comunicación a implementarse desde la Secretaría y en la coordinación
de los objetivos estratégicos de gestión.
Coordinar el seguimiento de las campañas de comunicación y el contenido difundido por la Secretaría y todas sus dependencias.
Coordinar el diseño de la agenda institucional del Secretario de acuerdo a los objetivos planteados para la gestión.
Asistir al Secretario en todas las cuestiones vinculadas con la
gestión logística propias del desarrollo de sus funciones
institucionales.
Asistir al Secretario en materia de relaciones institucionales, ceremonial y protocolo.
Supervisar la instrumentación de políticas que promuevan la
producción e intercambio de conocimientos en temas relativos a la
cultura, generando innovación en este campo, en el marco de su
competencia.
Intervenir como enlace de acceso a la información pública en los
términos de la Ley N° 27.275, en el ámbito de la Secretaría, en
coordinación con las áreas competentes de la SECRETARÍA GENERAL de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
SECRETARÍA DE CULTURA
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
OBJETIVOS
Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo técnico y administrativo de la Secretaría.
Intervenir en el diseño e implementación de políticas administrativas, presupuestarias y financieras en la Secretaría.
Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas, en la formulación y programación de la ejecución
presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el
ejercicio financiero.
Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos de la Secretaría.
Entender en la gestión documental de la Secretaría.
Intervenir en la ejecución de las acciones necesarias para las
contrataciones y compra de bienes, locación de obras y servicios y
demás adquisiciones destinadas a la Secretaría.
Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión
administrativa, presupuestaria y financiera-contable de la Secretaría.
Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y de contrataciones de la Secretaría.
Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial, de
infraestructura, mantenimiento, administración de bienes muebles e
inmuebles y servicios de la Secretaría.
Entender en la administración y coordinación de los sistemas y
recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones de la
Secretaría.
Gestionar la ejecución operativa de los procesos de gestión
administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,
proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas
con financiamiento externo de competencia de la Secretaría.
Intervenir en la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y
contrataciones, y de las actividades de control y monitoreo de
programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias
técnicas con financiamiento externo de la Secretaría.
SECRETARÍA DE CULTURA
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y DESARROLLO CULTURAL
OBJETIVOS
Dirigir la gestión de los centros culturales de su competencia
promoviendo y favoreciendo el desarrollo cultural a través de
propuestas accesibles y de calidad en dichos efectores.
Articular, en el ámbito de su competencia, con el sector público y
privado, nacional e internacional, acuerdos que permitan implementar
nuevos desarrollos tecnológicos innovadores que potencien las
disciplinas de la cultura argentina.
Articular la política cultural entre los niveles de gobierno
nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal.
Desarrollar políticas de cooperación cultural con las provincias y
la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, a través del CONSEJO FEDERAL DE
CULTURA, como así también con otros Estados y organismos
internacionales, en coordinación con las Jurisdicciones y Entidades
competentes.
Entender en la planificación de políticas de financiamiento de la
actividad cultural junto con el sector privado y organizaciones de la
sociedad civil.
Promover la cultura nacional a través de actividades que la impulsen
en el exterior, en coordinación con los organismos competentes.
Planificar y desarrollar planes de asistencia técnica, artística o
económica a eventos, programas, festivales y/o cualquier otra actividad
cultural provincial y/o municipal que sea considerada estratégica para
la Secretaría, en coordinación con las áreas con competencia de la
Jurisdicción.
Diseñar, coordinar y gestionar políticas de integración y
cooperación internacional, para la promoción de las culturas, el
intercambio de conocimientos y experiencias y el desarrollo conjunto de
acciones afines, en coordinación con los organismos competentes.
Participar en la promoción y desarrollo de espacios de participación
abierta de acceso a las expresiones culturales, tecnológicas,
científicas, educativas y artísticas.
SECRETARÍA DE CULTURA
SUBSECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL
OBJETIVOS
Impulsar la ejecución de las políticas y acciones para la
conservación, resguardo y acrecentamiento del Patrimonio Cultural de la
Nación.
Fomentar la divulgación del Patrimonio Cultural de la Nación y su acceso a través de la multiplicidad de vías existentes.
Asistir a la Secretaría en la coordinación de las acciones
requeridas para la conservación y resguardo del patrimonio artístico y
cultural de la Nación.
Proponer y gestionar estrategias para la investigación del Patrimonio Cultural de la Nación y coordinar su instrumentación.
Analizar y proponer a la Secretaría, en el marco de su competencia,
proyectos normativos relativos a museos e institutos de investigación,
como así también a los procesos vinculados al patrimonio cultural y a
la incorporación de nuevos bienes.
Dirigir la gestión de museos y áreas de investigación y estudio,
promoción y difusión de personalidades históricas destacadas y próceres
nacionales vinculados con el patrimonio cultural de dependencia de la
Subsecretaría.
Diseñar y proponer políticas públicas que propicien nuevos criterios
museológicos a partir de la implementación de estrategias innovadoras y
la gestión eficiente de los bienes y sitios culturales.
SECRETARÍA DE CULTURA
SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN CULTURAL Y ARTÍSTICA
OBJETIVOS
Asistir a la Secretaría en la promoción de la cultura nacional a través de actividades que la impulsen en todos los ámbitos.
Asistir a la Secretaría en la coordinación de las acciones de los
organismos dependientes encargados de la difusión, docencia,
experimentación e investigación en materia cultural.
Entender en la planificación y ejecución de políticas públicas
destinadas a la promoción cultural y artística para los diferentes
sectores culturales, en un marco de desarrollo sociocultural, formativo
y creativo.
Entender en los programas de formación artística a ser impulsados por la Secretaría.
Promover e impulsar acciones conducentes a fomentar la inclusión y vinculación de los adultos, jóvenes y niños con el arte.
Entender en la promoción, difusión y apoyo a las actividades
musicales y coreográficas de los cuerpos artísticos de la Secretaría,
generando la proyección nacional e internacional de la música y la
danza como componentes fundamentales de la cultura argentina.
Supervisar el desarrollo y promoción de contenidos y programas
vinculados a la capacitación y formación en gestión cultural, así como
también con la labor artística, en el marco de su competencia.
Diseñar y coordinar políticas y acciones destinadas a la promoción
de industrias vinculadas a la cultura y creatividad, tendientes a
impulsar la creación de puestos de trabajo en el sector y proteger su
desarrollo, perfeccionamiento y difusión.
V.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
(Apartado sustituido por art. 8° del Decreto N° 866/2025 B.O. 9/12/2025. Vigencia: a partir del día de su dictado.)
UNIDAD GABINETE DE ASESORES
OBJETIVOS
Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la priorización de las
políticas de estado y en la coordinación de los objetivos estratégicos
de gestión.
2.Coordinar el seguimiento y la implementación de las campañas de
gobierno desarrolladas por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Asistir a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en el diseño de
proyectos especiales y estratégicos para viabilizar la ejecución de las
políticas sustantivas.
Sistematizar los reportes y la información producida por las áreas
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS relativos a la implementación y
la ejecución de las políticas y los contenidos de comunicación.
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