ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Rango Decreto
Publicación 2019-12-20
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
artículos 11
Historial de reformas JSON API

públicas de infraestructura hídrica y de planificación territorial de

la inversión pública, como así también de las que propicien los entes

desconcentrados y descentralizados a nivel internacional, regional,

nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y

municipal, en coordinación con las demás áreas de la Administración

Pública Nacional con competencia en la materia. (Objetivo sustituido por art. 1º delDecreto Nº 114/2026B.O. 27/2/2026. Vigencia: a partir del día de su dictado.)

4.

Dirigir la representación en las empresas donde la Secretaría posea

participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria.

5.

Coordinar la gestión de los directores que representan al ESTADO

NACIONAL en aquellas empresas donde la Secretaría posea participación

accionaria y ejerza la tenencia accionaria.

6.

Entender en el diseño e implementación de acciones y políticas que,

en el marco de la planificación estratégica de mediano y largo plazo,

promuevan las inversiones nacionales e internacionales en obras de

infraestructura, en el ámbito de su competencia.

7.

Coordinar con las autoridades regionales, nacionales, provinciales,

de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales, la identificación

y ejecución de obras de infraestructura y logística que potencien el

desarrollo.

8.

Intervenir en la ejecución de obras y en la administración de los

contratos, según las distintas modalidades de contratación, públicas y

público-privadas, de las obras y proyectos cuya realización sea

encomendada al Ministerio por otras Jurisdicciones y áreas del ESTADO

NACIONAL.

9.

Entender en la definición e implementación de criterios,

metodologías, herramientas y plataformas de gestión de información para

la mejora continua de los procesos de planificación, desarrollo de

proyectos y ejecución de obras.

10.

Entender, en coordinación con las áreas con competencia en la

materia, en la elaboración y ejecución del Plan de Construcción de

Obras Penitenciarias, de readecuación de instalaciones y ampliación de

los establecimientos carcelarios y unidades dependientes del SERVICIO

PENITENCIARIO FEDERAL y en el monitoreo y supervisión de las obras

penitenciarias, actualmente no afectadas al alojamiento de internos.

11.

Entender en el desarrollo y coordinación de las políticas de

infraestructura que reduzcan la desigualdad entre la región Norte

-comprendida por las provincias de SALTA, JUJUY, TUCUMÁN, LA RIOJA,

CATAMARCA, MISIONES, CORRIENTES, CHACO, FORMOSA y SANTIAGO DEL ESTERO-

y el resto del país, en coordinación con las áreas del ESTADO NACIONAL

competentes en la materia.

12.

Proponer el marco regulatorio relativo al manejo de los recursos

hídricos y a la organización y fortalecimiento del sector de agua

potable y saneamiento, vinculando y coordinando la acción de las demás

jurisdicciones provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y

municipales y de los organismos intervinientes en la prestación y

expansión de dichos servicios.

13.

Participar en la propuesta, elaboración y ejecución del marco

regulatorio y de proyectos de programas a realizar en materia de obras

de infraestructura hídricas y planificación territorial de la inversión

pública a nivel internacional, nacional, regional, provincial, de la

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal, como así también de las

que surjan de los entes desconcentrados y descentralizados, en

coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con

competencia en la materia.

14.

Ejercer las facultades de Autoridad de Aplicación del Contrato de

Concesión de AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA (AySA), en

cumplimiento del Marco Regulatorio de la Concesión establecido por la

Ley N° 26.221.

15.

Coordinar las actividades inherentes al Comité Ejecutor del Plan de

Gestión Ambiental y de manejo de la Cuenca Hídrica Matanza-Riachuelo.

16.

Entender en lo atinente al Fideicomiso de Infraestructura Hídrica,

en el marco de lo previsto en el Decreto N° 1381/01, y en lo atinente a

otros fondos fiduciarios y fideicomisos vinculados a su competencia.

17.

Ejercer el contralor del accionar de la COMISIÓN REGIONAL DEL RÍO

BERMEJO (COREBE), del COMITÉ INTERJURISDICCIONAL DEL RÍO COLORADO

(COIRCO) y de la AUTORIDAD INTERJURISDICCIONAL DE LAS CUENCAS DE LOS

RÍOS LIMAY, NEUQUÉN Y NEGRO, así como de todo otro organismo de gestión

de cuencas, en representación del ESTADO NACIONAL, y participar, en la

órbita de su competencia, en la COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERJURISDICCIONAL DEL PROGRAMA HIDROVÍA PARAGUAY -

PARANÁ.

18.

Participar en la aprobación de los pliegos de bases y condiciones

para los llamados a concurso y/o licitaciones, como también en los

procesos licitatorios o contrataciones directas que se efectúen con

motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia.

19.

Intervenir en el diseño de la política exterior de la REPÚBLICA

ARGENTINA en materia de recursos hídricos internacionales compartidos,

cuencas, cursos de ríos sucesivos y contiguos, y cuerpos de agua en

general, asumir la representación técnica, y asistir en la gestión y

obtención de cooperación técnica y financiera internacional, en

coordinación con las áreas con competencia en la materia.

20.

Participar en la planificación, programación, evaluación y/o

ejecución de proyectos de mitigación de las inundaciones en zonas

rurales y periurbanas, avenamiento y protección de infraestructura en

zonas rurales y periurbanas, incluyendo proyectos de obras de

emergencia, solicitadas por las provincias.

21.

Participar en la definición y monitoreo de los objetivos y metas

que involucren al agua (recursos hídricos y servicios de agua y

saneamiento) establecidas por los organismos internacionales en los

cuales interviene y suscribe el ESTADO NACIONAL.

22.

(Objetivo derogado por art. 4° delDecreto N° 42/2025*B.O. 29/1/2025. Vigencia: a partir del día de su

publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*

23.

Ejercer el control tutelar del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN

(TTN), del ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS (ORSEP) y del

INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA (INA) . (Objetivo sustituido por art. 1° del Decreto N° 57/2026 B.O. 29/01/2026. Vigencia: a partir del día de su dictado)

24.

Asistir, en el ámbito de su competencia, al Ministro en la

definición, formulación y gestión de políticas de desarrollo,

fortaleciendo la estructura federal de la REPÚBLICA ARGENTINA.

25.

Entender en el diseño de estrategias, planes y programas de

inversión pública y participación público-privado en el ámbito de su

competencia.

26.

Intervenir en los procesos y procedimientos de redeterminación de

precios de las obras que se ejecuten en el ámbito de su competencia.

27.

Coordinar la Comisión de Control y Seguimiento del Régimen de

Redeterminación de Precios de Contratos de Obra Pública y de

Consultoría de Obra Pública de la Administración Pública Nacional, en

el ámbito de su competencia.

28.

Participar, en los procesos de concesiones para la construcción y

explotación de obras públicas y la prestación de servicios públicos, en

la evaluación y gestión de las distintas etapas de los procesos

licitatorios, así como en el desarrollo, fiscalización y control

posterior de proyectos, en el ámbito de su competencia.

29.

Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la aplicación del

Título VII - RÉGIMEN DE INCENTIVO PARA GRANDES INVERSIONES (RIGI)- de

la Ley N° 27.742, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE

INFRAESTRUCTURA.

30.

Asistir al Ministro, en orden a sus competencias, en todo lo

inherente a las políticas de integración socio-urbana, así como

entender en el diseño de estrategias, planes y programas en el ámbito

de su competencia. (Objetivo incorporado por art. 6° delDecreto N° 70/2025*B.O. 11/2/2025. Vigencia: a partir del día de su

publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*

31.

Dirigir la formulación, elaboración y ejecución de la política

nacional en todas las materias relacionadas con la integración

socio-urbana, atendiendo a las diversidades, demandas y modos de

habitar de las diferentes regiones del país. (Objetivoincorporadopor art. 6° delDecreto N° 70/2025*B.O. 11/2/2025. Vigencia: a partir del día de su

publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*

32.

Entender en el diseño de proyectos de conservación, preservación,

mantenimiento, construcción y reciclaje tanto edilicios como de

infraestructura y espacio público, y de obras específicas solicitadas

por los organismos o reparticiones del ESTADO NACIONAL. (Objetivoincorporadopor art. 6° delDecreto N° 70/2025*B.O. 11/2/2025. Vigencia: a partir del día de su

publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*

33.

Entender, articulando con los organismos nacionales, provinciales y

de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES con competencia en la materia, en

el relevamiento de suelos vacantes o disponibles, como así también en

la actualización, adecuación, homogenización de los sistemas de

inventario de los mismos y en la definición e implementación de

criterios, metodologías, herramientas y plataformas de gestión de

información. (Objetivoincorporadopor art. 6° delDecreto N° 70/2025*B.O. 11/2/2025. Vigencia: a partir del día de su

publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*

34.

Entender en todo lo relativo a la finalización, cierre y

trasferencia de programas y proyectos en materia de desarrollo

territorial, hábitat y vivienda. (Objetivoincorporadopor art. 6° delDecreto N° 70/2025*B.O. 11/2/2025. Vigencia: a partir del día de su

publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*

35.

Celebrar, en el ámbito de su competencia, convenios relativos a la

finalización, cierre y transferencia de proyectos con gobiernos

provinciales y municipales, entidades empresarias, organizaciones

gubernamentales y no gubernamentales y universidades, en coordinación

con las áreas con competencia en la materia de la SECRETARÍA LEGAL Y

ADMINISTRATIVA. (Objetivoincorporadopor art. 6° delDecreto N° 70/2025*B.O. 11/2/2025. Vigencia: a partir del día de su

publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*

36.

Asistir al Ministro en la formulación, elaboración y ejecución de

la política nacional relacionada con obras de infraestructura

habitacionales. (Objetivoincorporadopor art. 6° delDecreto N° 70/2025*B.O. 11/2/2025. Vigencia: a partir del día de su

publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*

37.

Asistir al Ministro en la formulación, desarrollo y coordinación de

políticas de regularización del suelo y dominial, en su ámbito de

competencia. (Objetivoincorporadopor art. 6° delDecreto N° 70/2025*B.O. 11/2/2025. Vigencia: a partir del día de su

publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

SUBSECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría en la elaboración, propuesta y ejecución de

los programas, proyectos y acciones en materia de infraestructura

pública.

2.

Establecer estándares de calidad para la construcción y gestión de

las obras de infraestructura, en coordinación con las áreas

involucradas, y dictar normas para la fiscalización de los materiales

utilizados en la construcción de las obras de infraestructura pública y

de los supuestos de participación público-privada.

3.

Celebrar convenios con las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS

AIRES, los municipios y con otras entidades para el desarrollo e

implementación de proyectos, programas y acciones en el marco de su

competencia.

4.

Evaluar e intervenir en la gestión y la obtención de cooperación

técnica y financiera para el cumplimiento de los objetivos y políticas

del ámbito de su competencia, en coordinación con las áreas de la

Administración Pública Nacional competentes.

5.

Asistir a la Secretaría en la elaboración y planificación de la

política nacional de obras de infraestructura y coordinar los planes y

programas a nivel nacional, regional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA

DE BUENOS AIRES y municipal que correspondan a la Jurisdicción.

6.

Asistir a la Secretaría en la elaboración y ejecución del Plan de

Construcción de Obras Penitenciarias, de readecuación de instalaciones

y ampliación de los establecimientos carcelarios y unidades

dependientes del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL y en el monitoreo y

supervisión de las obras penitenciarias, actualmente no afectadas al

alojamiento de internos.

7.

Asistir a la Secretaría en la ejecución de los programas, proyectos

y acciones en materia de obra, infraestructura pública, infraestructura

vial y a la organización y fortalecimiento del sector de agua potable y

saneamiento. (Objetivo sustituido por art. 2° del Decreto N° 57/2026 B.O. 29/01/2026. Vigencia: a partir del día de su dictado)

8.

Participar, en el ámbito de su competencia, en la elaboración y en

la aprobación de los pliegos de bases y condiciones particulares para

los llamados a contrataciones públicas que se efectúen con motivo de

las obras a realizarse.

9.

Asistir a la Secretaría en la ejecución de obras y administración de

los contratos según las distintas modalidades de contratación, públicas

y público- privadas, de las obras y proyectos cuya realización sea

encomendada al Ministerio por otras Jurisdicciones y áreas del ESTADO

NACIONAL.

10.

Asistir a la Secretaría en la ejecución de la política nacional de

obras de infraestructura, coordinando acciones a nivel nacional,

regional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal

que correspondan a la Jurisdicción.

11.

Participar, en el ámbito de su competencia, en la elaboración de

los pliegos de bases y condiciones en los procedimientos de selección.

12.

Gestionar un sistema de control e información geográfica de las

obras de infraestructura públicas de su competencia, consideradas en

los planes estratégicos sectoriales y globales.

13.

(Objetivo derogado por art. 3° del Decreto N° 146/2026 B.O. 12/3/2026. Vigencia: a partir del día de su dictado.)

14.

Intervenir en la ejecución de los compromisos del ESTADO NACIONAL

con las diferentes agencias y organismos internacionales en cuanto a la

debida realización de los programas y proyectos que se establezcan bajo

su órbita, tanto en su gestión contable y financiera como en el

seguimiento y evaluación de resultados e impacto de la ejecución.

15.

Entender en la inspección, control, administración y seguimiento de

las obras de infraestructura pública en el ámbito de la Secretaría.

16.

(Objetivo derogado por art. 3° del Decreto N° 146/2026 B.O. 12/3/2026. Vigencia: a partir del día de su dictado.)

17.

Coordinar la ejecución de obras de infraestructura de integración

físico territorial internacional, en coordinación con las áreas

competentes en la materia.

18.

Asistir a la Secretaría en los procesos y procedimientos de

redeterminación de precios de las obras que se ejecuten en el ámbito de

su competencia.

19.

Entender en el diseño y en la implementación de políticas de integración socio-urbana y desarrollo territorial. (Objetivo incorporado por art. 9º del Decreto N° 146/2026 B.O. 12/3/2026. Vigencia: a partir del día de su dictado.)

20.

Entender en la transformación urbana de barrios, mediante un

abordaje integral que favorezca su integración y el desarrollo humano. (Objetivo incorporado por art. 9º del Decreto N° 146/2026 B.O. 12/3/2026. Vigencia: a partir del día de su dictado.)

21.

Entender en el fortalecimiento de la organización comunitaria y en

el diseño de mecanismos de participación para el desarrollo e

implementación de los proyectos de integración socio-urbana. (Objetivo incorporado por art. 9º del Decreto N° 146/2026 B.O. 12/3/2026. Vigencia: a partir del día de su dictado.)

22.

Participar en el diseño y en la ejecución de proyectos de infraestructura urbana y de mejoramiento del hábitat. (Objetivo incorporado por art. 9º del Decreto N° 146/2026 B.O. 12/3/2026. Vigencia: a partir del día de su dictado.)

23.

Entender en la implementación de iniciativas tendientes a la

vinculación y al desarrollo productivo en los proyectos de integración

socio-urbana que se aborden. (Objetivo incorporado por art. 9º del Decreto N° 146/2026 B.O. 12/3/2026. Vigencia: a partir del día de su dictado.)

24.

Participar en el diseño e implementación de políticas de acceso a

soluciones habitacionales en los proyectos de integración socio-urbana

que se aborden. (Objetivo incorporado por art. 9º del Decreto N° 146/2026 B.O. 12/3/2026. Vigencia: a partir del día de su dictado.)

25.

Coordinar acciones con organismos nacionales, provinciales, de la

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales para el desarrollo e

implementación de los proyectos, programas y acciones en los asuntos

inherentes al área de su competencia. (Objetivo incorporado por art. 9º del Decreto N° 146/2026 B.O. 12/3/2026. Vigencia: a partir del día de su dictado.)

26.

Entender en la administración y gestión del REGISTRO NACIONAL DE

BARRIOS POPULARES EN PROCESO DE INTEGRACIÓN URBANA (RENABAP) y realizar

su evaluación y seguimiento. (Objetivo incorporado por art. 9º del Decreto N° 146/2026 B.O. 12/3/2026. Vigencia: a partir del día de su dictado.)

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS

OBJETIVOS

1.

Gestionar proyectos vinculados a las obras públicas hidráulicas, de

concesión de obras hídricas y de adaptación a los extremos climáticos,

realizando la gestión relativa a la participación de la Secretaría en

todo el ciclo de vida de las mismas, comprendiendo sus etapas de

proyecto, licitación, construcción, operación, mantenimiento y cese de

utilidad.

2.

Asistir a la Secretaría respecto de las necesidades planteadas por

las distintas jurisdicciones para solucionar problemas de naturaleza

hídrica y contribuir al desarrollo de las economías en cuencas

nacionales e internacionales.

3.

Participar en la elaboración de los pliegos y en el proceso de

licitación y de adjudicación de la obra pública hidráulica, en el marco

de su competencia, de conformidad con la legislación nacional vigente.

4.

Monitorear las obras financiadas y/o licitadas por la Secretaría que

se encuentran en ejecución en el área de su competencia, efectuando la

supervisión, inspección, control de marcha de obra, certificación y

redeterminación de precios, en el ámbito de su competencia.

5.

Colaborar con las áreas del Ministerio con competencia específica en

la elaboración de proyectos de obras hidráulicas orientados al uso,

aprovechamiento, conservación, protección y monitoreo de los recursos

hídricos.

6.

Asistir a la Secretaría en la evaluación y promoción del

establecimiento y aplicación de normas de la obra pública hidráulica y

su concesión.

7.

Asesorar a la Secretaría en los aspectos relativos a la contratación

de la obra pública hidráulica y de concesión de obras hídricas, como

también en lo inherente a la elaboración de los términos de la relación

contractual, en coordinación con las áreas competentes.

8.

Supervisar el cumplimiento de la legislación vigente en materia

ambiental y de normas de seguridad e higiene en el trabajo en las

distintas etapas de ejecución de las obras, en el marco de su

competencia.

9.

Asistir a la Secretaría en sus acciones en la COMISIÓN REGIONAL DEL

RÍO BERMEJO (COREBE), en el COMITÉ INTERJURISDICCIONAL DEL RÍO COLORADO

(COIRCO) y en la AUTORIDAD INTERJURISDICCIONAL DE LAS CUENCAS DE LOS

RÍOS LIMAY, NEUQUÉN Y NEGRO, así como de todo otro organismo de gestión

de cuencas, en representación del ESTADO NACIONAL, y en la COMISIÓN DE

COORDINACIÓN INTERJURISDICCIONAL DEL PROGRAMA HIDROVÍA PARAGUAY -PARANÁ.

10.

Ejercer la Secretaría General del Consejo Hídrico Federal (COHIFE).

11.

Asistir a la Secretaría en el diseño de la política exterior de la

REPÚBLICA ARGENTINA en materia de recursos hídricos internacionales

compartidos, cuencas, cursos de ríos sucesivos y contiguos y cuerpos de

agua en general, participando en la representación técnica, asistiendo

en la gestión y obtención de cooperación técnica y financiera

internacional, en el marco de su competencia.

12.

Informar sobre el estado de ejecución de las obras dentro del área

de influencia de la Autoridad de Cuenca Matanza-Riachuelo (ACUMAR).

13.

Intervenir en la planificación, coordinación, ejecución y

supervisión de la gestión operativa de los proyectos llevados a cabo

por la Secretaría, en el marco de la planificación estratégica de la

gestión de los recursos hídricos, para la preservación, el uso y el

aprovechamiento de los mismos, en coordinación con los organismos

competentes en la materia y Jurisdicciones involucradas.

14.

Asistir en la confección del planeamiento estratégico de la gestión

de los recursos hídricos, para su desarrollo sustentable y en forma

coordinada con los otros recursos naturales.

15.

Promover la formulación y ejecución de planes, programas y

proyectos orientados al uso, aprovechamiento, conservación, protección

y monitoreo de los recursos hídricos.

16.

Gestionar los programas nacionales de monitoreo de recursos

hídricos, como la Red Hidrológica Nacional, el Sistema Nacional de

Radares Meteorológicos, y otros similares en el ámbito de su

competencia.

17.

Asistir en la evaluación y/o ejecución de los proyectos de

infraestructura de obras hídricas multipropósito o de recuperación de

tierras productivas, de mitigación de inundaciones en zonas rurales y

periurbanas y avenamiento y protección de infraestructura en zonas

rurales y periurbanas, en el marco de lo establecido por el Decreto N°

1381/01 y de los convenios firmados con las provincias, a financiarse

mediante el Fideicomiso de Infraestructura Hídrica o préstamos de

organismos internacionales.

18.

Participar en el proceso de licitación, adjudicación, contratación

y concesión de la obra pública hidráulica y de saneamiento, en el marco

del circuito operativo de su competencia.

19.

Elaborar informes sobre el estado de ejecución físico y financiero

de las obras financiadas por el Fondo de Infraestructura y por el

Tesoro Nacional.

20.

Coordinar la aplicación de los recursos financieros planificando la

inversión en obras en materia de su competencia.

21.

Intervenir en los procesos y procedimientos de redeterminaciones de

precios de los contratos de obra hídrica, en materia de su competencia.

22.

Celebrar convenios, en el ámbito de su competencia, con organismos

estatales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y

municipales, así como con asociaciones profesionales, organizaciones de

la sociedad civil, centros universitarios y organismos internacionales

públicos y privados.

23.

Promover la capacitación y el perfeccionamiento de profesionales y

técnicos en la materia de su competencia.

(SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS, SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIO-URBANA, objetivos derogados por art. 2° del Decreto N° 146/2026 B.O. 12/3/2026. Vigencia: a partir del día de su dictado.)

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE TRANSPORTE

OBJETIVOS

(Objetivos sustituidos por art. 2° delDecreto N° 42/2025*B.O. 29/1/2025. Vigencia: a partir del día de su

publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*

1.

Asistir al Ministro en la propuesta, elaboración y ejecución de las

políticas y planes en materia de sistemas de transporte terrestre y

aéreo.

2.

Intervenir en la supervisión, regulación, coordinación, fomento y

desarrollo técnico y económico de los sistemas de transporte terrestre

y aéreo.

3.

Dirigir la representación en las empresas donde la Secretaría posea participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria.

4.

Coordinar la gestión de los Directores que representan al ESTADO

NACIONAL en aquellas empresas donde la Secretaría posea participación

accionaria y ejerza la tenencia accionaria.

5.

Intervenir en la elaboración, aplicación y fiscalización del régimen de flotas de transporte terrestre y aéreo.

6.

Participar en las relaciones entre la Jurisdicción y los organismos

y empresas actuantes en la órbita de la Jurisdicción, en materia de

planificación y regulación del transporte.

7.

Asistir al Ministro en la formulación, elaboración y ejecución de la

política nacional en materia relativa al impulso local, provincial y

regional, en el área de su competencia.

8.

Asistir al Ministro en la elaboración de las políticas y normas de

regulación de los servicios públicos del área de su competencia.

9.

Intervenir en la construcción, habilitación y fiscalización de las

infraestructuras correspondientes a transporte de vías terrestres y

aeropuertos.

10.

Intervenir en la elaboración de normas de regulación de las

licencias de servicios públicos del área de su competencia, otorgadas

por el ESTADO NACIONAL o las provincias acogidas por convenios a los

regímenes federales en la materia.

11.

Entender en la elaboración de las estructuras arancelarias y

tarifarias en materia de transporte, en el ámbito de su competencia.

12.

Asistir al Ministro en las funciones de Autoridad de Aplicación de

las leyes que regulan el ejercicio de las actividades relativas al

transporte, en el ámbito de su competencia.

13.

Entender en la elaboración de normas de definición de estándares

industriales para los equipamientos en materia de transporte terrestre

y aéreo

14.

Intervenir en el ejercicio de facultades de contralor respecto de

aquellos entes u organismos de control de las áreas privatizadas o

dadas en concesión en materia de transporte terrestre y aéreo, así como

también hacer cumplir los marcos regulatorios correspondientes.

15.

Intervenir en la investigación y desarrollo tecnológico en materia

de transporte terrestre y aéreo, a fin de facilitar los cambios

tecnológicos, la integración de datos y la implementación de

innovaciones que promuevan el desarrollo sostenible.

16.

Intervenir en la elaboración y aplicación de políticas estratégicas

de armonización federal, mediante la coordinación nacional, la

registración y sistematización de datos relativos al Sistema Nacional

de la Seguridad Vial.

17.

Intervenir en la elaboración y ejecución de la política nacional de

transporte aéreo y terrestre, así como en su regulación y coordinación.

18.

Intervenir en todo lo relacionado con el transporte internacional terrestre y aéreo.

19.

Intervenir en la supervisión, regulación, coordinación, fomento y

desarrollo técnico y económico de los sistemas de transporte terrestre

y aéreo.

20.

Intervenir en la elaboración y ejecución de la política de transporte de carga reservada para la matrícula nacional.

21.

Entender en el seguimiento y actualización del Plan Nacional del

Transporte Sostenible, proponiendo el diseño y coordinación de los

estudios de funcionamiento de medios de transporte eléctricos y/o que

utilicen combustibles alternativos para determinar sus capacidades,

viabilidad e impacto, en el ámbito de su competencia.

22.

Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la ejecución de la política nacional de fletes.

23.

Entender en el diseño, elaboración y propuesta de la política

regulatoria del sistema de transporte de jurisdicción nacional en sus

distintas modalidades, en el ámbito de su competencia.

24.

Participar en la elaboración de los pliegos de bases y condiciones

de procesos para el otorgamiento de concesiones de permisos y/o

cualquier otra figura jurídica que implique prestación de servicio de

transporte, y supervisar la aplicación de los procedimientos

respectivos, en el ámbito de su competencia.

25.

Entender en el desarrollo de recursos humanos y técnicos, y en el

fortalecimiento de capacidades institucionales en materia de transporte

terrestre y aéreo.

26.

Entender en la propuesta de nuevos servicios de transporte y

mecanismos de control y en la planificación de sistemas de organización

territorial, en materia de su competencia.

27.

Entender en la realización de los estudios y acciones que propendan

al perfeccionamiento del sistema de transporte y en particular a la

coordinación intermodal, en el ámbito de su competencia.

28.

Intervenir en el funcionamiento de un sistema integrado de transporte terrestre y aéreo, así como del transporte multimodal.

29.

Intervenir en la interacción de la Jurisdicción con organismos

públicos, privados, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

y municipales, en la definición de las políticas públicas relativas a

los medios de transporte y sus actividades subsidiarias, y en los

programas integrales de desarrollo regional promovidos por el ESTADO

NACIONAL, en el ámbito de su competencia.

30.

Entender en la asignación de los planes, programas y proyectos

relacionados a las compensaciones de tarifas y/o subsidios a operadores

y/o usuarios de los sistemas de transporte terrestre y aéreo y en la

compensación tarifaria, autorizaciones de pago y/o resarcimientos

financiados con fondos fiduciarios cuya administración se encuentre a

su cargo y en coordinación con las áreas competentes de la Jurisdicción.

31.

Entender en los mecanismos de control y fiscalización para la

liquidación de las compensaciones tarifarias relacionadas con los

servicios de transporte terrestre y aéreo..

32.

Entender en la administración y gestión de los planes y proyectos

del Sistema Único de Boleto Electrónico o el que en el futuro lo

reemplace; gestionar los datos y la información generados por dicho

sistema y el Sistema de Gestión de Flota.

33.

Entender, en el ámbito de su competencia, en lo relativo al Fondo

Fiduciario Federal de Infraestructura Regional, creado por la Ley N°

24.855.

34.

Intervenir, en el ámbito de su competencia, en los aspectos vinculados a las Leyes N° 24.449 y N° 26.363.

35.

Intervenir en la organización, dirección y fiscalización del

registro de inscripción, fijación de capacidades y calificación de las

empresas vinculadas al sector transporte, en el ámbito de su

competencia.

36.

Intervenir en la homologación de los acuerdos armatoriales y sus accesorios.

37.

Ejercer el control tutelar de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD

(DNV), de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), de la

COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE (CNRT), de la AGENCIA

NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL (ANSV), del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA

NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) y de la JUNTA DE SEGURIDAD EN EL

TRANSPORTE. (Objetivo sustituido por art. 3° del Decreto N° 57/2026 B.O. 29/01/2026. Vigencia: a partir del día de su dictado)

38.

Participar, en los procesos de concesiones para la construcción y

explotación de obras públicas y la prestación de servicios públicos, en

la evaluación y gestión de las distintas etapas de los procesos

licitatorios, así como en el desarrollo, fiscalización y control

posterior de proyectos, en el ámbito de su competencia.

39.

Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la aplicación del

Título VII - RÉGIMEN DE INCENTIVO PARA GRANDES INVERSIONES (RIGI)- de

la Ley N° 27.742, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE

INFRAESTRUCTURA.

(SECRETARÍA DE TRANSPORTE, SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES, OBJETIVOS derogados por art. 3° delDecreto N° 42/2025*B.O. 29/1/2025. Vigencia: a partir del día de su

publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*

SECRETARÍA DE TRANSPORTE

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR

OBJETIVOS

1.

Intervenir en la elaboración, ejecución y evaluación de las

políticas, planes y programas referidos al transporte automotor de

carga y de pasajeros de jurisdicción nacional, de carácter nacional y/o

internacional.

2.

Intervenir en los estudios para la actualización de los seguros y el

régimen tarifario en el ámbito de su competencia.

3.

Intervenir en la elaboración de la normativa en lo referente a

modalidades operativas, aptitud técnica de equipos y personal de

conducción en el ámbito de su competencia.

4.

Participar en la elaboración y propuesta de políticas sobre permisos

y/o concesión de explotación de los servicios de transporte automotor

de pasajeros y de carga de jurisdicción nacional.

5.

Intervenir en la planificación y estructuración del transporte

automotor urbano, suburbano e interurbano de carga y de pasajeros de

jurisdicción nacional.

6.

Participar en la elaboración de los pliegos de bases y condiciones

de concursos y/o licitaciones, así como también en los procesos

licitatorios para el otorgamiento de concesiones o contrataciones que

se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su

competencia.

7.

Participar en las reuniones de consulta, técnicas o negociaciones

con autoridades de transporte automotor, provinciales o internacionales.

8.

Participar en la celebración de acuerdos y/o convenios con

organismos y/o entidades, a fin de obtener asesoramiento y/o asistencia

técnica para el cumplimiento de los objetivos del área, en coordinación

con las áreas con competencia en la materia.

9.

Intervenir en materia de compensaciones tarifarias y de costos de

explotación del transporte automotor de carga y de pasajeros de

jurisdicción nacional.

10.

Intervenir en las rendiciones financieras de los subsidios y

compensaciones efectuadas en el marco de la gestión económica del

sistema de transporte automotor.

11.

Analizar y proponer la implementación de nuevas tecnologías, en el

ámbito de su competencia.

SECRETARÍA DE TRANSPORTE

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO

OBJETIVOS

1.

Intervenir en los aspectos vinculados al transporte ferroviario de

carga y de pasajeros, así como en la propuesta de políticas

regulatorias y de explotación de dichos servicios.

2.

Intervenir en la planificación y estructuración del transporte

ferroviario de jurisdicción nacional e internacional, y en la

propuesta, evaluación y revisión del Plan Nacional de Transporte, en el

ámbito de su competencia.

3.

Participar en la elaboración de los pliegos de bases y condiciones

de concursos y/o licitaciones, así como también en los procesos

licitatorios para el otorgamiento de concesiones o contrataciones que

se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su

competencia.

4.

Intervenir en las consultas técnicas o negociaciones con autoridades

de transporte ferroviario, provinciales o de otros países.

5.

Asistir a la Secretaría en la coordinación de la gestión de los

Directores que representan al ESTADO NACIONAL en las empresas de

transporte ferroviario, de carga y de pasajeros, así como en los

aspectos de gestión de las concesiones ferroviarias referidos al

ordenamiento y circulación, en el ámbito de su competencia.

6.

Intervenir en las propuestas y/o modificaciones de programas y

proyectos relacionados con las compensaciones tarifarias y de costos de

explotación del transporte ferroviario de carga y de pasajeros, y en la

realización de estudios relativos a regímenes de tarifas, cánones,

aranceles y tasas del transporte ferroviario, en coordinación con las

áreas competentes.

7.

Asistir en los organismos encargados del accionar y funcionamiento

del transporte ferroviario en la implementación de políticas y buenas

prácticas.

8.

Intervenir en la difusión de las políticas, planes, programas y

proyectos ferroviarios entre los distintos actores del sistema, en

coordinación con las áreas de la Jurisdicción con competencia en la

materia.

9.

Analizar y proponer la implementación de nuevas tecnologías, en el

ámbito de su competencia.

10.

Intervenir en las rendiciones financieras de los subsidios y

compensaciones efectuadas en el marco de la gestión económica del

sistema de transporte ferroviario.

SECRETARÍA DE TRANSPORTE

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AÉREO

OBJETIVOS

1.

Intervenir en los aspectos vinculados al transporte aéreo, así como

en la elaboración y propuesta de políticas de explotación y regulación

del mismo.

2.

Intervenir en la elaboración, ejecución y evaluación de las

políticas, planes y programas referidos al transporte aéreo, nacional,

regional e internacional.

3.

Participar en la elaboración de los pliegos de bases y condiciones

de concursos y/o licitaciones, así como también intervenir en los

procesos licitatorios para el otorgamiento de concesiones o

contrataciones que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al

área de su competencia.

4.

Participar en las reuniones de consulta, y en las negociaciones con

autoridades de transporte aéreo, nacional e internacional, en el ámbito

de su competencia.

5.

Asistir a la Secretaría en la coordinación de la gestión de los

directores que representan al ESTADO NACIONAL en las empresas de

transporte aéreo; así como en los aspectos de gestión de las

concesiones de aeropuertos.

6.

Participar, en coordinación con los organismos competentes en

materia de regulación del transporte aéreo, en la implementación de

políticas y buenas prácticas.

7.

Analizar y proponer la implementación de nuevas tecnologías, en el

ámbito de su competencia.

8.

Participar en el proceso de concesiones y autorizaciones de

servicios de transporte aéreo, en coordinación con las áreas con

competencia en la materia.

9.

Entender en la realización de estadísticas y estudios económicos del

transporte aéreo.

10.

Participar, en coordinación con las áreas de las Administración

Pública Nacional con competencia en la materia, en el control de los

derechos del usuario del transporte aéreo.

11.

Participar en coordinación con las áreas de las Administración

Pública Nacional con competencia en la materia, en la determinación,

control y seguimiento de la capacidad económico-financiera de los

explotadores de servicios de transporte aéreo.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE ASUNTOS NUCLEARES

OBJETIVOS

(Objetivos incorporados por art. 15 del Decreto N° 866/2025 B.O. 9/12/2025. Vigencia: a partir del día de su dictado.)

1.

Entender en la definición de la política nuclear en todo lo

relacionado con los usos pacíficos de la energía nuclear o fuentes

radiactivas, el ciclo de combustibles, la gestión de residuos

radiactivos, el desarrollo e investigación de la actividad nuclear, en

coordinación con la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA).

2.

Entender en el monitoreo del funcionamiento del complejo industrial

nuclear, promoviendo acciones que tiendan a mejorar la eficiencia del

sistema, incluyendo reformas institucionales, optimización de procesos

y participación del capital privado.

3.

Evaluar la factibilidad y sustentabilidad económico-financiera de los proyectos estratégicos en materia nuclear.

4.

Evaluar y monitorear los componentes científicos y tecnológicos de

los proyectos en materia nuclear, fiscalizando el cumplimiento de las

metas planteadas.

5.

Intervenir en la coordinación del accionar de los diferentes actores

políticos y empresarios involucrados con la actividad estratégica

nuclear, tanto a nivel nacional, local o de la sociedad civil.

6.

Identificar y determinar, en el ámbito de su competencia, los

asuntos prioritarios, estratégicos y de relevancia para el desarrollo

nacional en materia nuclear.

7.

Asesorar, en el ámbito de su competencia, en lo relativo a la

participación de la REPÚBLICA ARGENTINA en los foros, organizaciones o

cualquier ámbito a nivel internacional en materia nuclear y otros

asuntos estratégicos relacionados.

8.

Asistir al Ministro, en el ámbito de su competencia, en las acciones

que propendan al cumplimiento de los compromisos internacionales de la

REPÚBLICA ARGENTINA en materia nuclear y otros asuntos estratégicos

relacionados.

9.

Coordinar, en el ámbito de su competencia, las acciones orientadas

al cumplimiento de las funciones y objetivos establecidos por la Ley

N.° 24.804 y sus normas modificatorias y reglamentarias, con la

excepción de las que establecen las funciones regulatorias.

10.

Intervenir en todo lo relacionado con la generación

nucleoeléctrica, como así también en el funcionamiento de la

infraestructura nucleoeléctrica.

11.

Ejercer el control tutelar de la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA).

12.

Participar en la elaboración de políticas en materia de

investigación, diseño, y construcción de reactores nucleares, en

coordinación con la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA).

13.

Participar en el diseño e implementación de la política de

desarrollo, fomento y cooperación para la explotación de “tierras

raras” y minerales nucleares, en coordinación con las áreas competentes

de la Administración Pública Nacional.

14.

Participar, en el ámbito de su competencia, en la interacción entre

los distintos actores del sector minero y las provincias para aumentar

sostenidamente la producción de “tierras raras” y de minerales

nucleares, como así también la inversión de capital privado para su

explotación, en coordinación con la SECRETARÍA DE MINERÍA.

15.

Promover políticas públicas y acciones de colaboración y

articulación con los actores públicos y privados y de la sociedad civil

involucrados en la materia, que permitan viabilizar los proyectos

relativos a la minería de materiales nucleares, su procesamiento y

aplicación de tecnologías nucleares.

16.

Participar, en el ámbito de su competencia, en el diseño y

establecimiento de tecnologías asociadas a la refinación de “tierras

raras”, como así también a su desarrollo nacional.

17.

Dictar, en el marco de las políticas establecidas por el Ministerio

y en coordinación con las áreas competentes de la Administración

Pública Nacional, medidas relativas a los proyectos estratégicos en

materia nuclear y otros asuntos estratégicos relacionados.

18.

Dirigir el planeamiento, seguimiento y evaluación de los asuntos

vinculados a los proyectos en materia nuclear y otras cuestiones

estratégicas relacionadas, en coordinación con las empresas y

sociedades con participación estatal mayoritaria del sector nuclear y

la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA).

19.

Asesorar al Ministro, en coordinación con las áreas competentes de

la Administración Pública Nacional, en los proyectos estratégicos en

materia nuclear, como así también en la identificación de información

estratégica relevante en dicha materia y en aquellos asuntos de su

competencia.

20.

Intervenir, en coordinación con la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA

ATÓMICA (CNEA), en las distintas etapas correspondientes al desarrollo

del ciclo del combustible nuclear.

21.

Dirigir la representación en las empresas donde la Secretaría posea

participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria.

22.

Coordinar la gestión de los directores que representan al ESTADO

NACIONAL en aquellas empresas donde la Secretaría posea participación

accionaria y ejerza la tenencia accionaria.

23.

Asistir al Ministro en la aplicación del Título VII - RÉGIMEN DE

INCENTIVO PARA GRANDES INVERSIONES (RIGI)- de la Ley N° 27.742, en el

ámbito de su competencia, y en coordinación con la SECRETARÍA DE

COORDINACIÓN DE ENERGÍA Y MINERÍA.

SECRETARÍA DE ASUNTOS NUCLEARES

SUBSECRETARÍA DE APLICACIONES DE TECNOLOGÍA NUCLEAR

OBJETIVOS

(Objetivos incorporados por art. 15 del Decreto N° 866/2025 B.O. 9/12/2025. Vigencia: a partir del día de su dictado.)

1.

Asistir a la Secretaría en la concreción de objetivos a fin de

perfeccionar las distintas etapas correspondientes al ciclo del

combustible nuclear mediante la elaboración de proyectos para fomentar

la industria del sector nuclear, en el ámbito de su competencia.

2.

Coordinar con la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA), la

industria y las empresas nucleares del Sector Público Nacional y/o del

sector privado, los cursos de acción a seguir y el seguimiento del

estado de los proyectos en materia de tecnología nuclear, como así

también comunicar a las mismas los resultados de las evaluaciones

realizadas.

3.

Promover, en el ámbito de su competencia, acciones de coordinación

entre los actores nacionales y sub nacionales involucrados en las

actividades relacionadas con el ciclo del combustible nuclear, y la

generación y aplicación de la tecnología nuclear, con el objeto de

alcanzar el desarrollo de dichos sectores.

4.

Participar, en coordinación con las áreas de la Administración

Pública Nacional con competencia en la materia, en el fomento y

análisis de los distintos proyectos para desarrollar minerales

nucleares y “tierras raras”.

5.

Asesorar a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, en materia

de procesos de transformación del mineral de uranio, fomentando la

interacción público-privada para el desarrollo de proyectos relativos a

dicha materia.

6.

Promover la implementación y desarrollo de la industria de los

radioisótopos, como así también de sus tecnologías asociadas, en

coordinación con la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA).

7.

Intervenir en la planificación y el seguimiento de los proyectos de

inversión pública y privada en el sector nucleoeléctrico y monitorear

los componentes científicos y tecnológicos de los proyectos,

fiscalizando el cumplimiento de las metas planteadas.

8.

Asistir a la Secretaría en aquellos asuntos relacionados con la

generación nucleoeléctrica y el funcionamiento de la infraestructura

nucleoeléctrica.

SECRETARÍA DE ASUNTOS NUCLEARES

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS NUCLEARES

OBJETIVOS

(Objetivos incorporados por art. 15 del Decreto N° 866/2025 B.O. 9/12/2025. Vigencia: a partir del día de su dictado.)

1.

Asistir a la Secretaría en lo relativo a la definición de las

políticas nucleares de la REPÚBLICA ARGENTINA, en coordinación con la

COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA).

2.

Proponer y coordinar acciones tendientes a fomentar la articulación,

la vinculación y el trabajo intersectorial entre los organismos

públicos y los sectores productivos para alcanzar el desarrollo

tecnológico en materia nuclear.

3.

Monitorear la implementación y el cumplimiento de la normativa y los

compromisos internacionales asumidos por la REPÚBLICA ARGENTINA en

materia de seguridad nuclear, seguridad radiológica, control de

remediación ambiental, de no proliferación de armas nucleares,

salvaguardias nucleares y seguridad física nuclear, en coordinación con

la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA), con excepción de las

que establecen las funciones regulatorias.

4.

Supervisar la implementación de las políticas públicas definidas por

la Secretaría relativas al fomento y desarrollo de la refinación de

minerales nucleares y “tierras raras”.

5.

Asistir a la Secretaría en el planeamiento, seguimiento y evaluación

de los proyectos estratégicos en materia nuclear vinculados con actores

de la sociedad civil, el sector público y los organismos

internacionales.

6.

Asistir a la Secretaría, en coordinación con la COMISIÓN NACIONAL DE

ENERGÍA ATÓMICA (CNEA), en la implementación de las políticas públicas

orientadas a la gestión de los residuos radiactivos, en el marco de lo

dispuesto por la Ley N° 25.018.

7.

Diseñar y proponer a la Secretaría políticas y cursos de acción

orientados a fomentar la articulación con los actores públicos y

privados y de la sociedad civil involucrados en la materia con el

objetivo de viabilizar los proyectos relativos a la minería de

materiales nucleares, su procesamiento y tecnologías nucleares

asociadas.

8.

Asistir a la Secretaría en el ejercicio del control tutelar de la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA).

*(Apartado

X.- MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, derogado por art. 7° del [Decreto

N° 480/2022](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=369543) B.O. 11/8/2022. Vigencia: a partir del día de su

publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*

(Apartado

XI.-MINISTERIO DE AGRICULTURA,

GANADERÍA Y PESCA derogado por art. 7° del [Decreto

N° 480/2022](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=369543) B.O. 11/8/2022. Vigencia: a partir del día de su

publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)

(ApartadoXII.- MINISTERIO DE TRANSPORTEderogado por art. 5° del[Decreto

N° 73/2023](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=395566)B.O. 22/12/2023.)

*(Apartado XIII, MINISTERIO DE

INFRAESTRUCTURA derogado por art. 4° del*[Decreto

N° 293/2024](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=397870)B.O. 8/4/2024.)

XIV.- MINISTERIO DE JUSTICIA*(Apartado sustituido por art. 2° del [Decreto

N° 643/2024](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=401751) B.O. 19/7/2024.)*

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

OBJETIVOS

1.

Coordinar el gabinete de asesores del Ministro.

2.

Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a

dar respuesta a las cuestiones priorizadas por el Ministro.

3.

Asistir al Ministro en las cuestiones vinculadas a los aspectos

logísticos y administrativos propios del desarrollo de sus funciones

institucionales.

4.

Coordinar el seguimiento de los planes, programas y proyectos de las

áreas del Ministerio para optimizar la gestión.

5.

Entender en el diseño, elaboración, definición de instrumentos,

herramientas y procedimientos para generar información de gestión en

coordinación con las áreas competentes.

6.

Asistir al Ministro en las relaciones institucionales de la

Jurisdicción y en el diseño e implementación de la planificación

estratégica de los proyectos y programas impulsados por la Jurisdicción.

7.

Coordinar la comunicación institucional interna y externa, así como

la difusión de contenidos incluso los digitales, el desarrollo e

implementación de la imagen institucional de la Jurisdicción.

8.

Asistir al Ministro en las relaciones con el HONORABLE CONGRESO DE

LA NACIÓN y efectuar el seguimiento parlamentario de los proyectos de

competencia de la Jurisdicción.

MINISTERIO DE JUSTICIA

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1.

Asistir al Ministro en el diseño de la política presupuestaria de la

Jurisdicción, así como también de los organismos a los que preste

asistencia, y en la evaluación de su cumplimiento, coordinando la

información proveniente de sus entidades descentralizadas.

2.

Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas en la formulación y programación de la ejecución

presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el

ejercicio financiero.

3.

Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos

de la Jurisdicción, así como también de los organismos a los que preste

asistencia.

4.

Entender en la instrucción de los sumarios administrativos y

disciplinarios, como así también en las informaciones sumarias.

5.

Supervisar, en el ámbito de su competencia, el desarrollo e

implementación de los sistemas informáticos y de comunicaciones, y sus

condiciones de seguridad.

6.

Intervenir en la ejecución de las acciones necesarias para las

contrataciones y compra de bienes, locación de obras y servicios y

demás adquisiciones destinadas a la Jurisdicción, así como también a

los organismos a los que preste asistencia, y coordinar la asignación y

uso de los bienes patrimoniales, manteniendo actualizado el sistema de

información respectivo.

7.

Entender en la gestión, seguimiento y registro de los actos

administrativos dictados por el Ministro y por los titulares de las

demás dependencias de la Jurisdicción.

8.

Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión

administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,

proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas

con financiamiento externo, como así también de proyectos de

participación público-privada.

9.

Coordinar las actividades de auditoría y monitoreo de programas,

proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas

con financiamiento externo y/o proyectos de participación público

privada.

10.

Coordinar el accionar del servicio jurídico de la Jurisdicción e

intervenir en los proyectos de leyes, decretos, decisiones

administrativas o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas

vinculadas con la actividad sustantiva de la Jurisdicción.

11.

Dirigir el cumplimiento, por parte del Ministerio, de las

previsiones establecidas en la Ley N° 27.275.

MINISTERIO DE JUSTICIA

SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS

OBJETIVOS

(Objetivos incorporados por art. 3° del[Decreto

N° 347/2025](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=413036)*B.O. 22/5/2025. Vigencia: a partir del día

de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL)*

1.

Asistir al Ministro en la elaboración, ejecución y seguimiento de

las políticas, planes y programas para la promoción y protección de los

derechos humanos.

2.

Asistir al Ministro en el diseño, ejecución y evaluación de las

políticas públicas orientadas al cumplimiento de los compromisos

internacionales asumidos por el ESTADO NACIONAL en materia de políticas

de derechos humanos, en coordinación con el MINISTERIO DE RELACIONES

EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y con las demás áreas de la

Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

3.

Intervenir en el desarrollo de las acciones tendientes al

cumplimiento de la normativa vigente en materia de prevención y

erradicación de la violencia y discriminación, en el ámbito de su

competencia.

4.

Intervenir en las acciones vinculadas a la promoción y protección de

los derechos humanos y a la transversalización de las políticas de

protección contra la violencia y la discriminación, en un marco de

asistencia integral familiar, en el ámbito de su competencia, con

organismos del PODER EJECUTIVO NACIONAL, con el PODER JUDICIAL, junto

con el MINISTERIO PÚBLICO, con el DEFENSOR DEL PUEBLO, con el HONORABLE

CONGRESO DE LA NACIÓN, con los gobiernos provinciales, de la CIUDAD

AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales; así como con las organizaciones

de la sociedad civil, en especial las organizaciones no gubernamentales

de derechos humanos.

5.

Presidir el Consejo Federal de Derechos Humanos y coordinar con las

provincias y con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES la implementación

de las políticas públicas de derechos humanos.

6.

Ejercer la representación del ESTADO NACIONAL ante los Organismos

Internacionales de Derechos Humanos, sustentando a nivel mundial la

política de la REPÚBLICA ARGENTINA en materia de derechos humanos,

mediante la participación en foros internacionales de la Organización

de las Naciones Unidas (ONU), de la Organización de Estados Americanos

(OEA) y del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), en el ámbito de su

competencia.

7.

Entender en la elaboración de planes y programas tendientes a la

vinculación y a la cooperación técnico-académica, en el ámbito de su

competencia, con universidades nacionales e internacionales, entidades

y/o centros académicos, de formación y/o investigación, organismos

internacionales y organizaciones de la sociedad civil.

8.

Proponer la suscripción de convenios entre el ESTADO NACIONAL, los

estados provinciales, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, los estados

municipales y/o instituciones de la sociedad civil, en materia de

protección contra la violencia y la discriminación, en un marco de

asistencia integral familiar, en el ámbito de su competencia.

9.

Establecer, en el ámbito de su competencia, alternativas para la

resolución de conflictos de trascendencia social que tiendan a la

superación de los mismos, propiciando el diálogo y entendimiento de las

partes involucradas.

10.

Ejercer la Presidencia de la COMISIÓN NACIONAL POR EL DERECHO A LA

IDENTIDAD, creada por la Ley N° 25.457, prestándole el apoyo político,

técnico y administrativo necesario para su funcionamiento.

11.

Conducir la implementación de políticas públicas con perspectiva de

derechos humanos, a través de la elaboración del Plan Nacional de

Acción en Derechos Humanos y brindar asistencia técnica para la

elaboración de planes provinciales a través del Consejo Federal de

Derechos Humanos.

12.

Entender sobre las acciones del PROGRAMA VERDAD Y JUSTICIA.

13.

Ejercer el control tutelar del CENTRO INTERNACIONAL PARA LA

PROMOCIÓN DE DERECHOS HUMANOS (CIPDH).

14.

Intervenir en la respuesta a las peticiones de personas y grupos

presentadas ante los organismos de los sistemas internacionales de

protección de los derechos humanos.

15.

Dirigir la elaboración de informes en la materia, en el orden

internacional, particularmente ante los organismos de supervisión de

tratados internacionales de derechos humanos y relatores del sistema

internacional de protección de los derechos humanos.

16.

Asesorar y patrocinar en los asuntos de carácter jurídico nacional

e internacional en el ámbito de su competencia.

17.

Colaborar, en el ámbito de su competencia, con las áreas de la

Administración Pública Nacional con competencia específica en la

materia, en la ejecución de las medidas ordenadas por los tribunales y

organismos internacionales.

18.

Participar en reuniones especializadas, en el ámbito nacional e

internacional, vinculadas a temáticas de protección de derechos humanos.

19.

Asistir al Ministro en la propuesta de medidas preventivas,

administrativas y/o reparatorias o en la realización de denuncias

penales ante hechos violatorios de derechos humanos que, por su

gravedad institucional, revistan especial interés público.

20.

Conducir las acciones de asistencia integral a las víctimas del

Terrorismo de Estado y a las víctimas del abuso de poder que hayan

sufrido graves situaciones traumáticas que puedan ocasionar menoscabo

de sus derechos fundamentales y/o a sus familiares.

21.

Asistir al Ministro en la planificación, coordinación y supervisión

de las actividades de formación y fortalecimiento institucional en

materia de derechos humanos y derecho internacional humanitario, en el

ámbito de la sociedad civil y en la estatal, incluidas las Fuerzas

Armadas, de Seguridad y Policiales y del Sistema Penitenciario.

22.

Proponer el diseño, desarrollo e implementación de las políticas de

capacitación vinculadas a la igualdad y no discriminación para agentes

que presten servicios en la Administración Pública Nacional y para

promotores, formadores y agentes de capacitación, en coordinación con

las áreas con competencia de la Administración Pública Nacional.

23.

Asistir al Ministro en las relaciones y acciones de cooperación con

la comunidad académica, las universidades, los organismos estatales

especializados, los actores del sector privado y la sociedad civil, en

materia de su competencia.

24.

Adoptar mecanismos de prevención y acompañamiento a víctimas de

violencia institucional y grupos en situación de vulnerabilidad.

25.

Desarrollar estrategias de cooperación que permitan la inserción y

articulación, a nivel nacional, regional e internacional, de las

acciones y políticas prioritarias en materia de derechos humanos e

igualdad, participando en reuniones especializadas, foros, seminarios,

congresos y otros ámbitos de articulación vinculados a la temática.

26.

Generar espacios de diálogo entre empresas, sociedad civil y otros

actores relevantes para abordar desafíos relacionados con los

principios rectores sobre Empresas y Derechos Humanos de las Naciones

Unidas.

27.

Diseñar herramientas de análisis de impacto de normas, planes y

programas vinculados a derechos humanos, en el ámbito de su competencia.

28.

Ejercer como autoridad de aplicación de la Ley N° 26.691 de Sitios

de Memoria del Terrorismo de Estado.

MINISTERIO DE JUSTICIA

SECRETARÍA DE JUSTICIA

OBJETIVOS

1.

Asistir al Ministro en sus relaciones con el PODER JUDICIAL, el

MINISTERIO PÚBLICO, el DEFENSOR DEL PUEBLO y el CONSEJO DE LA

MAGISTRATURA.

2.

Asistir al Ministro en la competencia de la Jurisdicción en materia

de organización del PODER JUDICIAL y del MINISTERIO PÚBLICO y en el

nombramiento de los magistrados, conforme a los procedimientos y

recaudos previstos en la CONSTITUCIÓN NACIONAL y leyes complementarias.

3.

Asistir al Ministro en materia de apoyo y cooperación con las

provincias y con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES para el

fortalecimiento de los sistemas de justicia y la modernización judicial.

4.

Asistir al Ministro en las relaciones y acciones de cooperación

vinculadas a la Comunidad Académica y a la Sociedad Civil en lo que es

materia de la Jurisdicción.

5.

Intervenir en la elaboración de anteproyectos de reforma y

actualización legislativa, en la definición de la política criminal,

como así también en el ordenamiento y compilación de normas jurídicas.

6.

Entender en la definición de la política criminal de la REPÚBLICA

ARGENTINA y las acciones a seguir en la materia.

7.

Intervenir en la elaboración de los decretos de competencia de la

Jurisdicción y en los proyectos de ley originados en otras áreas del

PODER EJECUTIVO NACIONAL sometidos a consideración del MINISTERIO DE

JUSTICIA, y en lo relacionado con el ejercicio constitucional de veto,

indulto y conmutación de penas.

8.

Intervenir en el diseño, planificación e implementación de políticas

públicas federales de acceso a la justicia, en los programas jurídicos,

sociales y de atención comunitaria, en los temas relacionados con los

métodos participativos de resolución de conflictos y en las acciones

encomendadas por el Decreto N° 1375/11 y por la Ley N° 27.372.

9.

Entender en el desarrollo de políticas comunes con organismos

internacionales y otros países, en materia de política criminal.

10.

Promover la eficacia, la eficiencia, la calidad, la capacitación de

los operadores, la modernización de los procesos, el desarrollo de

indicadores de gestión, la transparencia y el acceso a la información

pública en el área de su competencia.

11.

Fomentar la implementación de programas, el desarrollo de

protocolos de actuación y el uso de tecnología para mejorar la

prestación del servicio de justicia.

12.

Promover estudios e investigaciones y realizar estadísticas

referentes a cuestiones de diseño de sistemas de justicia,

modernización judicial y política criminal.

13.

Supervisar la coordinación de los Registros a cargo del MINISTERIO

DE JUSTICIA, realizada a través de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS

REGISTRALES.

14.

Asesorar al Ministro en la promoción del desarrollo consensuado de

políticas comunes con organismos internacionales y de otros países, en

lo que es materia de su competencia.

15.

Asistir al Ministro en el desarrollo de las acciones orientadas a

las víctimas de violencia y discriminación, en un marco de asistencia

integral familiar.

16.

Asistir al Ministro en la aplicación de los Convenios

Internacionales de Asistencia y Cooperación Jurídica.

17.

Asistir al Ministro en los asuntos internacionales de la

Jurisdicción.

SECRETARÍA DE JUSTICIA

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA CRIMINAL

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría en la definición de la política criminal de

la REPÚBLICA ARGENTINA y las acciones a seguir en la materia.

2.

Asistir en la elaboración de anteproyectos de reformas y

actualizaciones legislativas en las materias de su competencia.

3.

Coordinar el desarrollo de políticas comunes con organismos

internacionales y otros países, en materias de política criminal.

4.

Asistir a la Secretaría en la promoción de la capacitación de los

operadores, la modernización de los procesos, el desarrollo de

indicadores de gestión, la transparencia y el acceso a la información

pública, en materia de política criminal.

5.

Asistir a la Secretaría en el fomento de la implementación de

programas, en el desarrollo de protocolos de actuación y en el uso de

tecnología para mejorar la prestación del servicio de justicia, en el

ámbito de su competencia

6.

Brindar asesoramiento y asistencia técnica en materia de

fortalecimiento de los sistemas de justicia y de modernización judicial

a las jurisdicciones provinciales y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS

AIRES, cuando así lo soliciten, en lo relativo al ámbito de su

competencia.

7.

Realizar estudios, investigaciones y estadísticas referentes a

cuestiones de diseño de sistemas de justicia, modernización judicial y

política criminal.

8.

Intervenir en las acciones relativas a los programas

correspondientes a su competencia.

9.

Asistir

a la Secretaría en el rescate, asistencia y acompañamiento de las

personas damnificadas por el delito de trata, y coordinar con

organismos internacionales, nacionales, provinciales y de la CIUDAD

AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES con competencia en la materia, así como con el

sector privado y organizaciones de la sociedad civil, las acciones

necesarias para el fortalecimiento de las políticas públicas en materia

de restitución de derechos a las víctimas del delito de trata de

personas.(Objetivo sustituido por art. 1º delDecreto Nº 605/2025B.O. 25/8/2025. Vigencia: a partir del día de su dictado.)

SECRETARÍA DE JUSTICIA

SUBSECRETARÍA DE ACCESO A LA JUSTICIA

OBJETIVOS

1.

Dirigir los programas jurídicos, sociales y de atención comunitaria

del Ministerio.

2.

Coordinar el diseño, planificación e implementación de políticas

públicas federales de acceso a la justicia.

3.

Intervenir, en el marco de su competencia, en los asuntos

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