Historial de reformas
Resolución de 24 de febrero de 1982 por la que se ordena la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del nuevo Reglamento del Congreso de los Diputados
20 versiones
· 1982-03-05
2025-07-31
Resolución de 24 de febrero de 1982 por la que se ordena la publicación
2023-12-01
Resolución de 24 de febrero de 1982 por la que se ordena la publicación
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Resolución de 24 de febrero de 1982 por la que se ordena la publicación
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2011-08-02
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2009-11-04
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2009-10-23
Resolución de 24 de febrero de 1982 por la que se ordena la publicación
Cambios del 2009-10-23
@@ -348,54 +348,56 @@
1. Son Comisiones Permanentes Legislativas las siguientes:
1. Constitucional.
2. Asuntos Exteriores.
3. Justicia.
4. Interior.
5. Defensa.
6. Economía y Hacienda.
7. Presupuestos.
8. Fomento.
9. Educación, Política Social y Deporte.
10. Trabajo e Inmigración.
11. Industria, Turismo y Comercio.
12. Medio Ambiente, Agricultura y Pesca.
13. Administraciones Públicas.
14. Cultura.
15. Sanidad y Consumo.
16. Vivienda.
17. Ciencia e Innovación.
18. Igualdad.
19. Cooperación Internacional para el Desarrollo.
1.ª Constitucional.
2.ª Asuntos Exteriores.
3.ª Justicia.
4.ª Interior.
5.ª Defensa.
6.ª Economía y Hacienda.
7.ª Presupuestos.
8.ª Fomento.
9.ª Educación y Deporte.
10.ª Trabajo e Inmigración.
11.ª Industria, Turismo y Comercio.
12.ª Medio Ambiente, Agricultura y Pesca.
13.ª Política Territorial.
14.ª Cultura.
15.ª Sanidad, Política Social y Consumo.
16.ª Vivienda.
17.ª Ciencia e Innovación.
18.ª Igualdad.
19.ª Cooperación Internacional para el Desarrollo.
2. Son también Comisiones Permanentes aquellas que deban constituirse por disposición legal y las siguientes:
1. Reglamento.
2. Estatuto de los Diputados.
3. Peticiones.
1ª. Reglamento.
2ª. Estatuto de los Diputados.
3ª. Peticiones.
3. Las Comisiones Permanentes a que se refieren los apartados anteriores deberán constituirse dentro de los diez días siguientes a la sesión constitutiva del Congreso.
> <small>Se modifica el apartado 1 por el art. único de la Reforma del Reglamento de 15 de octubre de 2009. [Ref. BOE-A-2009-16793](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2009-16793).</small>
> <small>Se modifica el apartado 1 por el art. único de la Reforma del Reglamento de 29 de abril de 2008. [Ref. BOE-A-2008-8118](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2008-8118).</small>
> <small>Se modifica el apartado 1 por el art. único de la Reforma del Reglamento de 28 de abril de 2004. [Ref. BOE-A-2004-8185](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2004-8185).</small>
2008-05-08
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