Historial de reformas

Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio

37 versiones · 1991-06-07
2023-12-28
Impuesto sobre el Patrimonio — art. 38
2022-12-28
Impuesto sobre el Patrimonio — art. 5
2022-07-01
Impuesto sobre el Patrimonio — art. 4
2021-07-10
Impuesto sobre el Patrimonio — arts. 10, 17

Cambios del 2021-07-10

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Los bienes de naturaleza urbana o rústica se computarán de acuerdo a las siguientes reglas:
Uno. Por el mayor valor de los tres siguientes: El valor catastral, el comprobado por la Administración a efectos de otros tributos o el precio, contraprestación o valor de la adquisición.
Uno. Por el mayor valor de los tres siguientes: El valor catastral, el determinado o comprobado por la Administración a efectos de otros tributos o el precio, contraprestación o valor de la adquisición.
Dos. Cuando los bienes inmuebles estén en fase de construcción, se estimará como valor patrimonial las cantidades que efectivamente se hubieran invertido en dicha construcción hasta la fecha del devengo del Impuesto, además del correspondiente valor patrimonial del solar. En caso de propiedad horizontal, la parte proporcional en el valor del solar se determinará según el porcentaje fijado en el título.
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b) Si no comportan la titularidad parcial del inmueble, por el precio de adquisición de los certificados u otros títulos representativos de los mismos.
> <small>Se modifica el apartado 1 por el art. 5.1 de la Ley 11/2021, de 9 de julio. [Ref. BOE-A-2021-11473#aq](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-11473)</small>
###### Artículo 11. Actividades Empresariales y Profesionales.
Los bienes y derechos de las personas físicas afectos a actividades empresariales o profesionales según las normas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se computarán por el valor que resulte de su contabilidad, por diferencia entre el activo real y el pasivo exigible, siempre que aquélla se ajuste a lo dispuesto en el Código de Comercio.
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Uno. Los seguros de vida se computarán por su valor de rescate en el momento del devengo del Impuesto.
No obstante, en los supuestos en los que el tomador no tenga la facultad de ejercer el derecho de rescate total en la fecha de devengo del impuesto, el seguro se computará por el valor de la provisión matemática en la citada fecha en la base imponible del tomador.
Lo dispuesto en el párrafo anterior no se aplicará a los contratos de seguro temporales que únicamente incluyan prestaciones en caso de fallecimiento o invalidez u otras garantías complementarias de riesgo.
Dos. Las rentas temporales o vitalicias, constituidas como consecuencia de la entrega de un capital en dinero, bienes muebles o inmuebles, deberán computarse por su valor de capitalización en la fecha del devengo del Impuesto, aplicando las mismas reglas que para la constitución de pensiones se establecen en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
No obstante, cuando se perciban rentas, temporales o vitalicias, procedentes de un seguro de vida, estas se computarán por el valor establecido en el apartado Uno de este artículo.
> <small>Se modifica por el art. 5.2 de la Ley 11/2021, de 9 de julio. [Ref. BOE-A-2021-11473#aq](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-11473)</small>
###### Artículo 18. Joyas, pieles de carácter suntuario y vehículos, embarcaciones y aeronaves.
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El ajuar doméstico formará parte de la masa hereditaria y se valorará en el tres por ciento del importe del caudal relicto del causante, salvo que los interesados asignen a este ajuar un valor superior o prueben fehacientemente su inexistencia o que su valor es inferior al que resulte de la aplicación del referido porcentaje.»
###### Disposición adicional cuarta. Especialidades de la tributación de los contribuyentes no residentes que sean residentes en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.
Los contribuyentes no residentes que sean residentes en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo tendrán derecho a la aplicación de la normativa propia aprobada por la Comunidad Autónoma donde radique el mayor valor de los bienes y derechos de que sean titulares y por los que se exija el impuesto, porque estén situados, puedan ejercitarse o hayan de cumplirse en territorio español.
> Téngase en cuenta que esta disposición adicional, añadida por la disposición final 4 de la Ley 26/2014, de 27 de noviembre,. [Ref. BOE-A-2014-12327](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2014-12327). entra en vigor el 1 de enero de 2015.
###### Disposición adicional cuarta. Especialidades de la tributación de los contribuyentes no residentes.
Los contribuyentes no residentes tendrán derecho a la aplicación de la normativa propia aprobada por la Comunidad Autónoma donde radique el mayor valor de los bienes y derechos de que sean titulares y por los que se exija el impuesto, porque estén situados, puedan ejercitarse o hayan de cumplirse en territorio español.
> <small>Se modifica por el art. 5.3 de la Ley 11/2021, de 9 de julio. [Ref. BOE-A-2021-11473#aq](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-11473)</small>
> <small>Se añade por la disposición final 4 de la Ley 26/2014, de 27 de noviembre. [Ref. BOE-A-2014-12327](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2014-12327).</small>
2020-12-31
Impuesto sobre el Patrimonio — arts. 6, 30, 33 y 3 más
2019-12-28
Impuesto sobre el Patrimonio — arts. 6, 33, 36 y 2 más
2018-12-29
Impuesto sobre el Patrimonio — arts. 6, 33, 36 y 2 más
2018-07-04
Impuesto sobre el Patrimonio — arts. 6, 33, 36 y 2 más
2016-12-03
Impuesto sobre el Patrimonio — arts. 6, 33, 36 y 2 más
2015-10-30
Impuesto sobre el Patrimonio — arts. 6, 36
2014-12-30
Impuesto sobre el Patrimonio — arts. 6, 33, 36 y 2 más
2014-11-28
Impuesto sobre el Patrimonio
2013-12-26
Impuesto sobre el Patrimonio — arts. 6, 33, 36 y 2 más
2012-12-28
Impuesto sobre el Patrimonio — arts. 6, 33, 36 y 2 más
2011-09-17
Impuesto sobre el Patrimonio — arts. 4, 6, 28 y 4 más
2008-12-25
Impuesto sobre el Patrimonio — arts. 6, 33, 36 y 2 más
2006-11-29
Impuesto sobre el Patrimonio — arts. 4, 31
2003-12-31
Impuesto sobre el Patrimonio — art. 4
2003-12-18
Impuesto sobre el Patrimonio — art. 6
2002-12-31
Impuesto sobre el Patrimonio — art. 33
2002-12-28
Impuesto sobre el Patrimonio — art. 4
2002-12-19
Impuesto sobre el Patrimonio — art. 31
2001-12-31
Impuesto sobre el Patrimonio — arts. 28, 30, 32, 33
2001-11-30
Impuesto sobre el Patrimonio — art. 6
2001-05-03
Impuesto sobre el Patrimonio — art. 30
2000-12-14
Impuesto sobre el Patrimonio — arts. 4, 5, 25
2000-06-24
Impuesto sobre el Patrimonio — arts. 4, 5, 25
1999-12-30
Impuesto sobre el Patrimonio — arts. 28, 30, 37
1998-12-31
Impuesto sobre el Patrimonio — arts. 28, 30, 37
1998-12-10
Impuesto sobre el Patrimonio — art. 4
1997-12-31
Impuesto sobre el Patrimonio — art. 30
1996-12-31
Impuesto sobre el Patrimonio — arts. 2, 28, 30
1995-12-30
Impuesto sobre el Patrimonio — art. 30
1995-12-28
Impuesto sobre el Patrimonio — art. 6
1994-12-31
Impuesto sobre el Patrimonio — arts. 28, 30, 37
1993-12-31
Impuesto sobre el Patrimonio — arts. 4, 6
1991-06-07
Impuesto sobre el Patrimonio
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