Historial de reformas
Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista
8 versiones
· 2008-05-30
2024-04-23
Derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista — arts. 8, 29
Cambios del 2024-04-23
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### CAPÍTULO 8. Partidos políticos
> <small>Se declara la inconstitucionalidad y nulidad del art. 16 de la Ley 17/2020, que añadía este capítulo, por Sentencia del TC 44/2024, de 12 de marzo. [Ref. BOE-A-2024-8187](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2024-8187)</small>
> <small>Se añade por el art. 16 de la Ley 17/2020, de 22 de diciembre. [Ref. BOE-A-2021-464#a1-8](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-464)</small>
###### Artículo 29 bis. Partidos políticos.
1. Los partidos políticos deben tener un plan de igualdad interno y un protocolo para la prevención, detección y actuación ante la violencia machista que ejerzan, dentro o fuera de la organización, afiliados o simpatizantes, o bien personas que sin estar afiliadas tengan un cargo de representación o hayan sido designadas para una función específica, con independencia del nivel jerárquico o del cargo público que ocupen.
2. Los partidos políticos deben asegurar la independencia y la calidad de persona experta en violencia machista de las personas que conduzcan la investigación, garantizar la diligencia debida, adoptar las medidas cautelares necesarias, proporcionar servicios de asesoramiento y de acompañamiento a las víctimas y prever las medidas de reparación adecuadas.
3. Los partidos políticos deben incorporar la prohibición de incurrir en actos de violencia machista en sus normas internas y en los programas de acogida de nuevas personas afiliadas, y deben adoptar las correspondientes medidas de suspensión o expulsión de la militancia por la comisión de estos actos.
4. Los partidos políticos deben difundir su protocolo para la prevención, detección y actuación ante la violencia machista, realizar acciones de sensibilización de sus miembros, y evaluar y revisar periódicamente el funcionamiento y la aplicación de los procedimientos establecidos en el protocolo.
**(Anulado)**
> <small>Se declara la inconstitucionalidad y nulidad del art. 16 de la Ley 17/2020, que añadía este artículo, por Sentencia del TC 44/2024, de 12 de marzo. [Ref. BOE-A-2024-8187](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2024-8187)</small>
> <small>Se añade por el art. 16 de la Ley 17/2020, de 22 de diciembre. [Ref. BOE-A-2021-464#a1-8](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-464)</small>
2023-08-09
Derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista — art. 47
2023-03-17
Derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista — arts. 45, 47
2021-12-31
Derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista — arts. 31, 52
2020-12-24
Derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista — arts. 2, 3,
2020-04-30
Derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista
2015-07-23
Derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista — arts. 26, 82
2008-05-08
Derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista — versión o
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