Historial de reformas

Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista

8 versiones · 2008-05-30
2024-04-23
Derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista — arts. 8, 29
2023-08-09
Derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista — art. 47
2023-03-17
Derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista — arts. 45, 47
2021-12-31
Derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista — arts. 31, 52

Cambios del 2021-12-31

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5. La evaluación de riesgo por parte de la Policía de la Generalidad-Mossos d’Esquadra debe ser individualizada y adaptada al tipo de violencia concreta. La evaluación de riesgo debe basarse en información sobre la percepción subjetiva de riesgo de la propia mujer; la relación de poder, afectiva, de dependencia emocional o económica entre esta y el agresor; la duración y el tipo de las violencias sufridas; el apoyo familiar y comunitario de la mujer; la existencia de procedimientos judiciales en curso entre ambos, y la existencia de factores de vulnerabilización y de empoderamiento de la mujer. La evaluación de riesgo debe incluir el riesgo sufrido por los hijos e hijas de la mujer.
6. Cuando una mujer acuda a una comisaría para presentar una denuncia como consecuencia de haber vivido cualquiera de las manifestaciones de la violencia machista, los agentes de la Policía de la Generalidad-Mossos d’Esquadra deben requerir al colegio de abogados la presencia de un letrado para garantizar la asistencia letrada desde el momento inicial de la denuncia.
6. Cuando una mujer acuda a una comisaría para presentar una denuncia como consecuencia de haber vivido cualquiera de las manifestaciones de la violencia machista, los agentes de la Policía de la Generalidad-Mossos d’Esquadra o de las policías locales de Cataluña deben requerir al colegio de abogados la presencia de un letrado para garantizar la asistencia letrada desde el momento inicial de la denuncia.
7. Debe crearse un instrumento de evaluación de riesgos, incluido el riesgo para los hijos e hijas de la mujer, para ser utilizado por los médicos forenses y por las unidades de valoración forense integral. En las unidades de valoración forense integral debe haber necesariamente profesionales del ámbito de la familia que valoren los riesgos para los menores del régimen de visitas y custodia que se establezca, incluso con carácter preventivo.
> <small>Se modifica el apartado 6 por el art. 69.1 de la Ley 2/2021, de 29 de diciembre. [Ref. BOE-A-2022-953](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2022-953)</small>
> <small>Se añaden los apartados 4 a 7 por el art. 17 de la Ley 17/2020, de 22 de diciembre. [Ref. BOE-A-2021-464#a1-9](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-464)</small>
### CAPÍTULO 2. Derecho a la atención y la asistencia sanitarias específicas
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2. Sin perjuicio del derecho de repetición, las personas beneficiarias del Fondo de garantía de pensiones y prestaciones tienen la obligación de continuar los trámites del procedimiento de ejecución del título judicial que reconoce el derecho a percibir la pensión de alimentos y la pensión compensatoria. En el caso de que se obtenga el cobro de las pensiones impagadas, la beneficiaria del Fondo tiene la obligación de devolver las cantidades cobradas con cargo al Fondo.
###### Artículo 52 bis. Gastos de sepelio, traslado o repatriación.
El departamento competente en materia de igualdad y feminismos debe garantizar, poniendo los medios adecuados, que las familias perjudicadas por la muerte de una mujer en una situación de violencia machista puedan hacer frente a los gastos de sepelio, traslado o repatriación del cuerpo de la mujer a su país de origen.
> <small>Se añade por el art. 69.2 de la Ley 2/2021, de 29 de diciembre. [Ref. BOE-A-2022-953](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2022-953)</small>
### CAPÍTULO 4. La Red de Atención y Recuperación Integral para las mujeres en situaciones de violencia machista
###### Artículo 53. Modelos de intervención y políticas públicas.
2020-12-24
Derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista — arts. 2, 3,
2020-04-30
Derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista
2015-07-23
Derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista — arts. 26, 82
2008-05-08
Derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista — versión o
versión original Texto en esta fecha