Real Decreto 140/2011, de 4 de febrero, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de cuatro cualificaciones profesionales de la Familia profesional Sanidad
Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.
3 actos modificadores · 2026-04-24, Orden EFD/374/2026, de 14 de abril, por la que se actualizan determinados estándares de c…
CR1.5 Los materiales recibidos y registrados se almacenan y/o distribuyen de acuerdo a los procedimientos establecidos para garantizar su disponibilidad y conservación.
CR1.6 Los reactivos, materiales, muestras y equipos se verifica que cumplen las normas de seguridad del fabricante en cuanto a su conservación, almacenamiento, distribución y disposición dentro de la unidad, para su uso.
CR1.7 El inventario y control de existencias del material, tanto en uso como en almacén, se realiza siguiendo los procedimientos normalizados de trabajo (PNTs), de forma que se tenga un control sobre los medios disponibles.
CR1.8 El material inventariable y fungible de la unidad se comprueba que está bien conservado y que su mantenimiento es el establecido por el fabricante, para que se encuentre disponible cuando se necesite.
RP2: Realizar el mantenimiento de equipos comprobando el funcionamiento, efectuando verificaciones y calibraciones, y controlando las reparaciones de los equipos, siguiendo el procedimiento recomendado por el fabricante y protocolos normalizados de trabajo (PNTs), para garantizar la calidad de los datos obtenidos en colaboración con el facultativo.
CR2.1 Las necesidades de mantenimiento preventivo y correctivo del equipo y aparatos de medida se identifican, de acuerdo al procedimiento recomendado por el fabricante y al PNT correspondiente, para proceder a su posterior realización.
CR2.2 El plan de mantenimiento de equipos se realiza con la periodicidad y según protocolos establecidos, para que estén operativos.
CR2.3 Las operaciones de sustitución de piezas y pequeñas reparaciones de los aparatos a su cargo se realizan siguiendo el PNT correspondiente, para efectuar su mantenimiento.
CR2.4 El funcionamiento de los equipos se revisa después de las reparaciones efectuadas por los técnicos de mantenimiento, para garantizar su operatividad.
CR2.5 Las calibraciones de los equipos se realizan de forma que cumplan los criterios establecidos en los PNTs, registrando los resultados en el correspondiente soporte para garantizar la trazabilidad y asegurar la calidad de los procesos de calibrado.
RP3: Preparar y mantener actualizado el archivo documental que permita la gestión de una unidad de salud ambiental, según las normas y procedimientos establecidos, bajo la supervisión del facultativo responsable.
CR3.1 Los documentos utilizados en la unidad se diseñan en colaboración con el facultativo responsable para permitir su adecuación a las necesidades de la misma.
CR3.2 Las fuentes documentales relacionadas con los procesos de gestión de la unidad se identifican a través de diferentes medios de información, para su uso en los procedimientos de elaboración y mantenimiento de documentos.
CR3.3 La documentación científico-técnica, legislativa y de uso laboral (procedimientos normalizados de trabajo) se gestiona: recopilándola, codificándola, clasificándola, archivándola y manteniéndola actualizada de forma que esté disponible para su uso en la unidad.
CR3.4 Los sistemas de intercambio de información a nivel estatal y europeo, se mantienen actualizados para que estén disponibles para su uso en la unidad.
RP4: Obtener los informes y resúmenes de actividades mediante el tratamiento de la información de las bases de datos y documentos de la unidad, de forma que permita su utilización posterior, bajo la supervisión del facultativo responsable.
CR4.1 Las bases de datos relacionadas con los procesos de gestión se mantienen operativas y actualizadas, para su utilización.
CR4.2 El registro de actuaciones se ajusta a los procedimientos y códigos establecidos, para garantizar la trazabilidad de los datos generados.
CR4.3 Las operaciones de cálculo se realizan para expresar numéricamente los resultados obtenidos en el trabajo de campo y laboratorio, siendo validados por el responsable de la unidad.
CR4.4 Los resultados generados se introducen en la aplicación informática, con la periodicidad establecida, según los criterios de los sistemas de vigilancia y control sanitario, para que queden registrados.
CR4.5 El registro de los resultados y resúmenes de actividades realizadas (trabajo de campo, laboratorio y gestión administrativa) se efectúa de forma que permita evaluar la gestión humana del proceso y el control de las actividades llevadas a cabo.
CR4.6 Los datos obtenidos y registrados se tratan con el programa informático para obtener los indicadores estadísticos (censos de instalaciones, fuentes de riesgo para la salud, evolución de la calidad, entre otros, presentados en forma de gráficos o tablas), que permitan evaluar el grado de cumplimiento de objetivos del control de calidad y actividades de la unidad.
CR4.7 La emisión de informes se realiza dentro del tiempo establecido en los PNTs, dependiendo de la actividad realizada y del área de trabajo, de forma que el trabajo se realice de forma eficiente.
CR4.8 Las copias de seguridad de los datos contenidos en las aplicaciones informáticas se realizan con la periodicidad establecida para garantizar su integridad e impedir su pérdida accidental.
CR4.9 Las medidas de confidencialidad de los datos manejados se aplican de acuerdo a la normativa vigente y la propia de la organización, para garantizar la protección de los mismos.
RP5: Adaptar los procedimientos normalizados de trabajo a la información científico-técnica y legislativa, en colaboración con el facultativo responsable, de forma que permita la ejecución de la actividad con los niveles de calidad establecidos, optimizando los recursos asignados.
CR5.1 La información científico-técnica (procesos de análisis, de calidad, manuales de procedimientos y equipos) y legislativa, se recopila y selecciona, manteniéndola actualizada, para su aplicación en el diseño de los procedimientos normalizados de trabajo.
CR5.2 Los procedimientos normalizados de trabajo de toma de muestra, transporte de muestra, calibración, verificación, mantenimiento y análisis, entre otros, se realizan según los requisitos establecidos en las normas de calidad de certificación y/o acreditación vigentes.
CR5.3 Los procedimientos normalizados de trabajo, se elaboran en colaboración con el facultativo, asegurando que contengan entre otros: identificación, objeto, ámbito de aplicación, procedimiento operativo, mantenimiento, criterios de calidad, responsabilidades y procedimientos relacionados, y en su caso criterios de validación, para que todo el mundo de la unidad realice el trabajo con mayor facilidad.
CR5.4 La información producida en cada procedimiento de trabajo se concreta en: técnica que debe emplearse, equipos e instrumentos que intervienen, secuencia y operaciones precisas, parámetros que es preciso controlar, material auxiliar, necesidad de calibraciones, de forma que todos los procedimientos sigan la misma estructura.
CR5.5 Los documentos se redactan de forma clara y comprensible para facilitar su interpretación por los destinatarios.
CR5.6 Los controles de calidad internos se realizan según los procedimientos y frecuencia establecidos en los protocolos para asegurar la calidad de los datos obtenidos.
CR5.7 La validación de los métodos y la estimación de la incertidumbre de medida se realizan según los procedimientos establecidos para determinar el rango de medida del método y los parámetros estadísticos asociados.
Contexto profesional:
Medios de producción:
Libros de registro, archivos y ficheros. Fichas de inspección y seguimiento. Formatos y plantillas de recogida de datos. Equipos instrumentales de muestreo y medida. Sistemas informáticos de gestión para el tratamiento de la información con conexión a Internet.
Productos y resultados:
Control de existencias en el almacén y en la unidad. Pedidos de equipos, material y/o reactivos. Cronograma de trabajo. Mantenimiento de aparatos. Procedimientos normalizados de trabajo. Hojas de trabajo. Informes analíticos. Resumen de actividades.
Información utilizada o generada:
Manuales técnicos. Documentación científico-técnica. Solicitudes analíticas. Plantillas y formatos de recogida de datos. Procedimientos normalizados de trabajo. Fichas y normas de mantenimiento de equipos. Normas para el control de calidad y normas de seguridad. Normas de certificación y/o acreditación. Gráficos de control de calidad. Listado de proveedores. Albaranes de material y/o reactivos. Normativa comunitaria, estatal, autonómica y municipal sobre: sanidad; ordenación de profesiones sanitarias; protección de datos de carácter personal; prevención de riesgos laborales, así como su reglamento y normas de aplicación; legislación específica sobre salud ambiental y seguridad alimentaria.
UNIDAD DE COMPETENCIA 2: REALIZAR OPERACIONES TÉCNICAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS RIESGOS PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, ASOCIADOS AL USO Y CONSUMO DEL AGUA
Nivel: 3
Código: UC1598_3
Realizaciones profesionales y criterios de realización:
RP1: Identificar los peligros, puntos críticos y condicionantes higiénico-sanitarios de los sistemas de abastecimiento y producción de agua potable y aguas de bebida envasadas, recogiendo los datos que permitan realizar el diagnostico de salud en el ámbito territorial de actuación, bajo la supervisión del facultativo responsable.
CR1.1 El censo y localización de las fuentes de abastecimiento, depósitos, redes y plantas de tratamiento de agua potable y plantas envasadoras de aguas se prepara, manteniéndolo actualizado, para definir su ámbito de actuación.
CR1.2 Los planes de ordenación del territorio, actividades, demografía y demás factores económicos y sociales de la zona se identifican, analizándolos, para estudiar las necesidades de consumo de agua.
CR1.3 Los peligros y puntos críticos del sistema de abastecimiento y plantas de tratamiento de agua potable se identifican, detectándolos y caracterizándolos, para su posterior control sanitario.
CR1.4 Los materiales y documentos necesarios para la inspección se preparan en función de los procedimientos utilizados para cada tipo de sistema y/o puntos estudiados, teniendo en cuenta la normativa sanitaria, de forma que estén listos para su posterior utilización.
RP2: Identificar los peligros, puntos críticos y condicionantes higiénico-sanitarios de las zonas de baño, piscinas e instalaciones acuáticas de uso recreativo, recogiendo los datos que permitan realizar el diagnostico de salud en el ámbito territorial de actuación, bajo la supervisión del facultativo responsable.
CR2.1 Los datos de caracterización y localización de las aguas de baño se recogen in situ definiendo las zonas de baño para la elaboración del censo.
CR2.2 El censo y localización de las piscinas e instalaciones acuáticas se confecciona, manteniéndolo actualizado, para definir su ámbito de actuación.
CR2.3 Los puntos de toma de muestra se localizan en cada zona de baño según protocolos de la red de vigilancia de zonas de baño, para su posterior control sanitario.
CR2.4 Los focos de contaminación de cada zona de baño se censan con los datos que los caracterizan para su posterior comprobación mediante inspección.
CR2.5 Las instalaciones y equipamiento de cada zona de baño se identifican cada temporada, para confeccionar una relación actualizada de las mismas.
CR2.6 Los protocolos y normas de inspección, para zonas de baño, piscinas e instalaciones acuáticas se actualizan y preparan teniendo en cuenta las reglamentaciones técnico-sanitarias (R.T.S) y normativas municipales y autonómicas, para su posterior aplicación.
RP3: Inspeccionar los sistemas de abastecimiento y producción de agua de consumo y plantas envasadoras de agua de bebida, en colaboración con el facultativo, detectando y caracterizando las deficiencias técnico-sanitarias existentes, para vigilar el cumplimiento de las normas legales establecidas.
CR3.1 Las encuestas sanitarias se realizan siguiendo los protocolos establecidos para detectar las deficiencias técnico-sanitarias en el sistema de abastecimiento y en el suministro de agua.
CR3.2 La visita de inspección a los sistemas de abastecimiento se anuncia con la antelación suficiente a las autoridades locales y/o personas afectadas para que dispongan los medios para llevar a cabo la inspección.
CR3.3 Los datos básicos relativos a la inspección se verifican in situ, con los representantes municipales y personas afectadas, para contrastarlos con los datos recopilados previos a la inspección.
CR3.4 La inspección se realiza sobre la estructura física del abastecimiento, su funcionamiento y factores ambientales externos, siguiendo los protocolos normalizados de trabajo, para su vigilancia y control.
CR3.5 La recogida de datos y cumplimentación de protocolos se realiza, garantizando la objetividad de la misma, para permitir la caracterización higiénico-sanitaria y el posterior tratamiento estadístico de los datos y su remisión a las redes nacionales de vigilancia y control de las aguas de consumo (SINAC).
CR3.6 El informe de inspección se realiza in situ cumplimentando todos los apartados, indicando si procede la toma de muestra y análisis, bajo la supervisión del facultativo, para identificar riesgos asociados a los sistemas de abastecimiento y plantas envasadoras de agua de bebida.
CR3.7 La cumplimentación de actas se realiza siguiendo las normas técnicas y legales vigentes de acuerdo al procedimiento administrativo, para tomar las acciones legales que procedan, prestando apoyo al facultativo responsable del levantamiento del acta.
CR3.8 Las alteraciones detectadas durante la inspección se comunican, en colaboración con el facultativo, a la entidad gestora y/o autoridad competente con carácter inmediato, incluyendo las recomendaciones y medidas correctivas a introducir en el caso de riesgo para la salud pública, para que tomen las medidas procedentes.
RP4: Inspeccionar las zonas de baño, piscinas e instalaciones acuáticas de uso recreativo, en colaboración con el facultativo, detectando y caracterizando las deficiencias técnico-sanitarias existentes, para vigilar el cumplimiento de las normas legales establecidas.
CR4.1 Las encuestas sanitarias se realizan en las zonas de baño, piscinas e instalaciones acuáticas siguiendo los protocolos establecidos para detectar las deficiencias técnico-sanitarias.
CR4.2 Los datos básicos relativos a la inspección se verifican in situ, con los representantes municipales y personas afectadas, para contrastarlos con los datos recopilados previos a la inspección.
CR4.3 La inspección de las zonas de baño, piscinas e instalaciones acuáticas, se realiza en el periodo establecido como temporada de baños, tantas veces como quede determinado por la red de vigilancia, cumplimentando en cada inspección los datos relativos a equipamientos, instalaciones y circunstancias de la toma de muestra, para su vigilancia y control.
CR4.4 La inspección sobre el sistema de recogida, evacuación, tratamiento, vertido de aguas residuales y de riego, en las áreas próximas a las zonas de baño, se realiza siguiendo los protocolos normalizados de trabajo con la finalidad de identificar las deficiencias técnico-sanitarias que puedan afectar a las zonas de baño.
CR4.5 La recogida de datos y cumplimentación de protocolos se realiza, garantizando la objetividad de la misma, para permitir la caracterización higiénico-sanitaria y el posterior tratamiento estadístico de los datos y su remisión a las redes nacionales de vigilancia y control de las aguas de baño (NAYADE).
CR4.6 El informe de inspección se realiza in situ cumplimentando todos los apartados, indicando si procede la toma de muestra y análisis, bajo la supervisión del facultativo, para identificar riesgos asociados a las zonas de baño, piscinas e instalaciones acuáticas.
CR4.7 La cumplimentación de actas se realiza siguiendo las normas técnicas y legales vigentes de acuerdo al procedimiento administrativo, para tomar las acciones legales que procedan, prestando apoyo al facultativo responsable del levantamiento del acta.
CR4.8 Las alteraciones detectadas durante la inspección se comunican, en colaboración con el facultativo, a la entidad gestora y/o autoridad competente con carácter inmediato, incluyendo las recomendaciones y medidas correctivas a introducir en el caso de riesgo para la salud pública, para que tomen las medidas procedentes.
RP5: Evaluar la calidad de las aguas de consumo y de las aguas de bebida envasadas, según protocolos, para establecer las intervenciones técnicas de prevención y medidas correctivas, bajo la supervisión del facultativo responsable.
CR5.1 La inspección de la calidad de las aguas de consumo y de las aguas de bebida envasadas se realiza comprobando el cumplimiento de la normativa en los siguientes apartados:
– Sistemas de abastecimiento: protección de las fuentes y los sistemas de captación (manantial, pozo, río, embalse), arqueta de bombeo y sistema de conducción.
– Procesos de producción y tratamiento de agua de consumo.
– Depósito regulador y depósito distribuidor.
– Red de distribución de las aguas de consumo público.
– Personal, equipamiento y condiciones higiénico-sanitarias de una planta de tratamiento de aguas potables (ETAP).
– Plantas envasadoras de aguas de bebida.
CR5.2 Los métodos de desinfección de las aguas de consumo se comprueban que se ajustan a las características del agua en origen y de la población abastecida para asegurar su eficacia.
CR5.3 El análisis de peligros y puntos de control crítico de la planta envasadora se realiza de acuerdo a la reglamentación técnico-sanitaria y recomendaciones de OMS, para llevar a cabo su control.
CR5.4 Los reactivos utilizados para el tratamiento de aguas se comprueba que están dentro de las listas de aditivos permitidos y que se emplean en las dosis indicadas en los protocolos, para que sea apta para el consumo humano.
CR5.5 Los resultados de los parámetros microbiológicos, los relacionados con la naturaleza del terreno y la calidad físico-química de las aguas se comprueban que están dentro de los valores de referencia, para garantizar que no son perjudiciales para la salud.
CR5.6 Las acciones correctivas y medidas preventivas de cada situación se identifican y se comunican a las personas responsables, con los medios previstos para ello, para evitar que se produzcan fallos en el sistema de abastecimiento de agua y se produzca la contaminación.
RP6: Evaluar la calidad de las aguas de baño y de las aguas de piscina e instalaciones acuáticas de uso recreativo según protocolos, para establecer las intervenciones técnicas de prevención y medidas correctivas, bajo la supervisión del facultativo responsable.
CR6.1 La calidad e idoneidad de las instalaciones: vaso de piscina, solárium, vestuarios, servicios, depuradora y sistemas de desinfección en piscinas e instalaciones acuáticas se verifica comprobando que cumplen los requisitos higiénico-sanitarios.
CR6.2 Los parámetros analizados durante la inspección se valoran contrastándolos con los valores límite y guía establecidos en la legislación, para determinar las características higiénico-sanitarias.
CR6.3 El grado de desinfección del agua de cada uno de los vasos, y su poder desinfectante residual, se valora en función del contenido en desinfectante y pH, para garantizar que no son perjudiciales para la salud.
CR6.4 La calificación sanitaria del agua de baño en cada punto de muestreo se realiza teniendo en cuenta los valores imperativos y/o guía de las determinaciones analíticas y los percentiles establecidos, para evaluar los riesgos para la salud de la población.
CR6.5 Las aguas residuales, en las áreas próximas a las zonas de baño, y los sistemas de recogida, evacuación y depuración se evalúan según protocolos, para conocer su potencial contaminante.
CR6.6 La depuración de aguas residuales se comprueba estimando los parámetros del agua bruta y depurada determinados in situ y los que figuran en los registros de la empresa o entidad gestora, para evaluar el funcionamiento de la planta depuradora.
CR6.7 La cobertura del sistema de alcantarillado y el sistema de depuración se evalúan determinando su adecuación con el tamaño de la colectividad o número de habitantes, para garantizar la calidad sanitaria.
CR6.8 Las acciones correctivas y medidas preventivas de cada situación se identifican y se comunican a las personas responsables, con los medios previstos para ello, para evitar que se produzcan deficiencias higiénico-sanitarias.
RP7: Tomar muestras de aguas de consumo, aguas de baño y de las aguas de piscina e instalaciones acuáticas de uso recreativo, según protocolos y con los medios e instrumental precisos, para controlar y vigilar su calidad, bajo la supervisión del facultativo responsable.
CR7.1 La planificación de los muestreos se confecciona de acuerdo a los protocolos establecidos, para evaluar los riesgos para la salud de la población.
CR7.2 La frecuencia de los muestreos se determina en función de la normativa legal y las recomendaciones de la red nacional de vigilancia y control de calidad de las aguas, para dar cumplimiento a la legislación vigente.
CR7.3 Los puntos de muestreo en cada caso, se identifican aplicando criterios técnico-legales y permitiendo su calificación sanitaria.
CR7.4 Los instrumentos y equipos de recogida, transporte y conservación de las muestras se preparan y seleccionan según los procedimientos normalizados de trabajo para cada tipo de muestra, en función de los parámetros a identificar, para garantizar la fiabilidad de la misma.
CR7.5 Las muestras se toman según normas establecidas, en función de su naturaleza y de los análisis (inicial, contradictorio o dirimente) y ensayos a que han de someterse, para medir los parámetros a analizar.
CR7.6 La toma de muestras en los puntos críticos de control se realiza siguiendo la normativa específica, para evaluar las características higiénico-sanitarias.
CR7.7 Las muestras se identifican, etiquetan y precintan inequívocamente de acuerdo a las normas y códigos establecidos para su posterior tratamiento.
CR7.8 Las muestras se envían al laboratorio, con los documentos correspondientes, previo registro de las mismas, para someterlas a los distintos análisis.
RP8: Interpretar y registrar los resultados del análisis de las muestras en laboratorio, o en su caso realizar análisis según protocolos, para determinar las características higiénico-sanitarias de las aguas de consumo y de las aguas de bebida envasadas, de las aguas de piscina, instalaciones acuáticas y aguas de baño, bajo la supervisión del facultativo responsable.
CR8.1 La sensibilidad, precisión y límites de detección apropiados al tipo de análisis a realizar, así como limpieza y calibración se comprueban en los equipos e instrumentos de medida, para garantizar que cumplen los protocolos establecidos.
CR8.2 Los reactivos se preparan, envasan, codifican y etiquetan siguiendo los procedimientos de trabajo y las normas de seguridad establecidas, para su utilización en el análisis.
CR8.3 El material de recogida de muestras se prepara teniendo en cuenta la muestra a procesar, para que estén operativos.
CR8.4 Los residuos generados, como consecuencia del procedimiento analítico, se tratan y/o eliminan según procedimientos establecidos en los protocolos, cumplimentando los documentos requeridos a tales efectos, para evitar posibles contaminaciones.
CR8.5 Los análisis y medidas se efectúan conforme a procedimientos normalizados de trabajo y manuales operativos, para garantizar la calidad de los datos obtenidos.
CR8.6 Los valores de las mediciones efectuadas y las características organolépticas, físico-químicas, microbiológicas y biológicas analizadas se registran en soportes prefijados, de forma que permitan el posterior tratamiento de los datos.
CR8.7 Los boletines analíticos e impresos cumplimentados se entregan en el plazo previsto a la unidad de registro, tratamiento y evaluación y/o facultativo responsable, de manera que el trabajo se realice de forma eficiente.
CR8.8 Los informes se elaboran a partir de las observaciones visuales y de los resultados de las mediciones analíticas, según protocolo normalizado, para evaluar la situación y adoptar las medidas adecuadas.
Contexto profesional:
Medios de producción:
Equipos para la toma, conservación y transporte de muestras. Equipos de muestreo de agua (red de fitoplancton, botella Rutter). Envases para muestra (botellas, bolsas, etiquetas, precintos). Equipos medidores portátiles para aguas (pHmetro, turbidímetro, termómetro, conductivímetro, medidores de oxígeno disuelto, caudalímetro). Equipos portátiles de medición de parámetros físico-químicos (clorómetro, kits de nitritos y nitratos, entre otros) y equipos portátiles de medición de parámetros microbiológicos. Muestreadores discontinuos (frascos de vidrio a vacío, cilindros a presión y bolsas de plástico). Muestreadores que concentran el contaminante (filtros, borboteadores y tubos adsorbentes). Muestreadores puntuales. Neveras portátiles y recipientes de conservación y transporte de muestras. Cuadernos de campo, fichas de muestreo, formularios y registros. Impresos estándar, protocolos y actas normalizadas de inspección y toma de muestra. Boletines analíticos e informes estandarizados. Sistemas informáticos de gestión para el tratamiento de la información con conexión a Internet.
Productos y resultados:
Análisis de calidad de las aguas. Toma de muestras. Actas cumplimentadas de inspección. Muestras de agua.
Información utilizada o generada:
Listados de trabajo. Cronograma de trabajo. Informe sencillo y estandarizado. Boletín analítico. Censo de población. Censo de fuentes de abastecimiento. Cartografía y planos de instalaciones e informe de infraestructura de abastecimiento. Plan de ordenación urbana. Cartografía y planos de instalaciones e informe de infraestructura de saneamiento. Censo de actividades generadoras de residuos líquidos. Censo de piscinas y parques acuáticos. Fichas de vigilancia de zonas de aguas de baño. Manual operativo de cada uno de los equipos. Protocolos normalizados de trabajo (inspección, muestreo y análisis). Documentación técnica y legislación sobre criterios y normas de calidad. Normativa comunitaria, estatal, autonómica y municipal sobre: aguas de consumo y de bebida envasada, aguas de baño, piscinas e instalaciones acuáticas, de vertidos al mar y ríos y de aguas residuales, saneamiento y depuración de aguas residuales.
UNIDAD DE COMPETENCIA 3: REALIZAR OPERACIONES TÉCNICAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS RIESGOS PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, ASOCIADOS A LA PRODUCCIÓN Y GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS
Nivel: 3
Código: UC1599_3
Realizaciones profesionales y criterios de realización:
RP1: Identificar los peligros, puntos críticos y condicionantes higiénico-sanitarios de los lugares de producción y de las instalaciones de gestión de residuos sólidos, así como los de las actividades contaminantes del suelo, recogiendo los datos que permitan realizar el diagnóstico de salud en el ámbito territorial de actuación, bajo la supervisión del facultativo responsable.
CR1.1 El censo y localización cartográfica de los lugares de producción y de las instalaciones de gestión de residuos sólidos así como los de los espacios contaminados, se prepara, manteniéndolo actualizado, para su consulta.
CR1.2 Los sistemas de recogida de datos se preparan de acuerdo a los protocolos establecidos y las actas de inspección elaborando los informes de remisión de datos para garantizar la calidad de los datos obtenidos.
CR1.3 Los sistemas de prerrecogida y recogida de cada ámbito (zona de viviendas, comercial, de servicios, industrial, entre otras), se identifican analizando los siguientes aspectos:
– La adecuación de los medios al volumen y tipo de residuos generados.
– El grado de implantación de los sistemas de recogida selectiva.
– El grado de cumplimiento por parte de los usuarios de los procedimientos de recogida selectiva.
CR1.4 Las empresas que tienen establecido un sistema integrado de gestión de residuos, y/o un programa de prevención en la generación de envases y embalajes se identifican, consultando el censo, para su posterior control.
CR1.5 Los documentos en los que se recogen los planes de ordenación urbana, establecimiento de polígonos industriales y zonas comerciales, entre otros se identifican, analizándolos para prever y adecuar los medios materiales y humanos usados en la gestión de residuos.
CR1.6 Los documentos relativos al informe preliminar de situación (IPS) para cada uno de los suelos en que se desarrolla una actividad potencialmente contaminante, se identifican, examinándolos para poder evaluar el grado de contaminación del suelo.
CR1.7 Los procedimientos se actualizan según las normas de inspección, adaptándolos para cada tipo de actividad de forma que cumplan los criterios y estándares establecidos.
RP2: Inspeccionar las actividades que generan residuos y los sistemas de gestión de residuos sólidos, peligrosos, biosanitarios/citotóxicos y especiales, así como las actividades potencialmente contaminantes del suelo, bajo la supervisión del facultativo responsable, detectando y caracterizando las deficiencias técnico-sanitarias existentes, para vigilar el cumplimiento de las normas legales establecidas.
CR2.1 La visita de inspección a las instalaciones se anuncia con la antelación suficiente a la entidad productora, gestora y/o autoridad competente para que dispongan los medios para llevar a cabo la inspección.
CR2.2 Los datos relativos a la inspección se verifican in situ con los representantes de la entidad productora, gestora y/o autoridad competente, para contrastarlos con los datos recopilados previos a la inspección.
CR2.3 Las instalaciones que desarrollan actividades potencialmente contaminantes del suelo y de producción y/o gestión de residuos, se inspeccionan, teniendo en cuenta criterios normalizados de valoración y estándares, así como cantidades a tratar, para su vigilancia y control.
CR2.4 La inspección de los sistemas de gestión de residuos para su vigilancia y control higiénico-sanitario se realiza comprobando el cumplimiento de la normativa en los siguientes apartados:
– Características: composición, volumen y tipo (en función de su origen).
– Recogida y transporte.
– Sistemas de tratamiento: operaciones de valorización y/o eliminación, determinando la incidencia que pueden tener sobre la salud y el medio ambiente.
CR2.5 La recogida de datos y cumplimentación de protocolos se realiza, garantizando la objetividad de la misma, para permitir la caracterización higiénico-sanitaria y el posterior tratamiento estadístico de los datos y su remisión a las autoridades competentes.
CR2.6 El informe de inspección se realiza in situ cumplimentando todos los apartados, indicando si procede la toma de muestra y análisis, bajo la supervisión del facultativo, para identificar los riesgos asociados en las actividades inspeccionadas.
CR2.7 La cumplimentación de actas se realiza siguiendo las normas técnicas y legales vigentes de acuerdo al procedimiento administrativo, para tomar las acciones legales que procedan, prestando apoyo al facultativo responsable del levantamiento del acta.
CR2.8 Las alteraciones detectadas se comunican al propietario y/o autoridad competente con carácter inmediato, en colaboración con el facultativo, incluyendo las recomendaciones y medidas correctivas a introducir en el caso de riesgo inminente para la salud pública y para el medio ambiente, para que tomen las medidas procedentes.
RP3: Evaluar la calidad de la gestión de residuos sólidos, peligrosos, biosanitarios/citotóxicos y especiales y las actividades de recuperación de suelos contaminados, para establecer las intervenciones técnicas de prevención y medidas correctivas, bajo la supervisión del facultativo responsable.
CR3.1 El sistema de prerrecogida, recogida de residuos, almacenamiento, clasificación, tratamiento, valorización y eliminación se evalúa comprobando que cumplen la normativa específica, para garantizar que no son perjudiciales.
CR3.2 Los procedimientos de clausura, sellado y mantenimiento postclausura de instalaciones de vertido, se evalúa comprobando que cumplen la normativa específica y sanitaria, para controlar los posibles riesgos para la salud de la población.
CR3.3 Las operaciones de limpieza y recuperación del suelo contaminado se verifica que se realizan en el tiempo y forma que determina la administración, utilizando para evaluar la descontaminación los niveles genéricos de referencia para la protección de la salud humana y los ecosistemas.
CR3.4 El equipamiento y las condiciones higiénico-sanitarias de las instalaciones dedicadas a la gestión de residuos se evalúan que cumplen los requisitos incluidos en la legislación, para su vigilancia y control.
CR3.5 Las acciones correctivas y medidas preventivas de cada situación se identifican y se comunican a las personas responsables, con los medios previstos para ello, para evitar que se produzcan deficiencias higiénico-sanitarias.
RP4: Tomar muestras de residuos sólidos y suelos, según protocolos, en condiciones y cantidad adecuadas y con los medios e instrumental precisos, para controlar y vigilar su calidad, bajo la supervisión del facultativo responsable.
CR4.1 La frecuencia de los muestreos se planifica, de acuerdo a los protocolos establecidos, de forma que se puedan tomar las medidas legales para garantizar el cumplimiento de la normativa.
CR4.2 Los puntos de muestreo en espacios contaminados, y en cualquiera de las operaciones de gestión de residuos sólidos, se identifican, aplicando criterios técnico-legales y permitiendo la evaluación del funcionamiento del sistema, espacio o instalación objeto de estudio.
CR4.3 Los instrumentos y equipos de recogida y conservación de las muestras se preparan y seleccionan según los procedimientos de trabajo recomendados por el laboratorio para cada tipo de muestra, en función de los parámetros a identificar para garantizar la fiabilidad de la misma.
CR4.4 Las muestras se toman en los puntos críticos, según normas establecidas, en función de su naturaleza (residuos o de suelo) y de los análisis (inicial, contradictorio o dirimente) y ensayos a que han de someterse, para que se puedan adoptar las medidas legales procedentes.
CR4.5 Las muestras se identifican, etiquetan y precintan inequívocamente de acuerdo a las normas y códigos establecidos para su posterior tratamiento.
CR4.6 Las muestras se envían al laboratorio, con los documentos correspondientes, previo registro de las mismas, para someterlas a los distintos análisis.
RP5: Interpretar y registrar los resultados del análisis de las muestras en laboratorio, o en su caso realizar análisis según protocolos, para determinar las características del suelo, las características higiénico-sanitarias de la gestión de residuos sólidos que permitan su control y vigilancia, bajo la supervisión del facultativo responsable.
CR5.1 La sensibilidad, precisión y límites de detección apropiados al tipo de análisis a realizar, así como limpieza y calibración se comprueban en los equipos e instrumentos de medida, para garantizar que cumplen los protocolos establecidos.
CR5.2 Los reactivos se preparan, envasan, codifican y etiquetan siguiendo los procedimientos de trabajo y las normas de seguridad establecidas, para su utilización en el análisis.
CR5.3 El material de recogida de muestras se prepara teniendo en cuenta la muestra a procesar, para que estén operativos.
CR5.4 Los análisis y medidas se efectúan conforme a procedimientos normalizados de trabajo y manuales operativos, dependiendo de que el análisis a realizar sea de gestión de residuos sólidos o de suelo, para garantizar la calidad de los datos obtenidos.
CR5.5 Los residuos generados, como consecuencia del procedimiento analítico, se tratan y/o eliminan según procedimientos establecidos en los protocolos, cumplimentando los documentos requeridos a tales efectos, para evitar posibles contaminaciones.
CR5.6 Los valores de las mediciones efectuadas y la determinación de las características organolépticas, los análisis físico-químicos y microbiológicos y los ensayos biológicos se registran en los soportes prefijados, de forma que permitan el posterior tratamiento de los datos.
CR5.7 Los boletines analíticos e impresos cumplimentados se entregan en el plazo previsto a la unidad de registro, tratamiento y evaluación y/o facultativo responsable, de manera que el trabajo se realice de forma eficiente.
CR5.8 Los informes se elaboran de forma sencilla a partir de las observaciones visuales y de los resultados de las mediciones analíticas, según protocolo normalizado, para evaluar la situación y adoptar las medidas adecuadas.
Contexto profesional:
Medios de producción:
Equipos para la toma, conservación y transporte de muestras. Equipos para muestreo de la fase sólida, líquida y gaseosa tanto para suelos, como para residuos. Envases para muestras (botellas, bolsas, etiquetas y precintos). Equipos medidores portátiles para suelos y residuos (pHmetro, turbidímetro, termómetro, conductímetro, medidores de oxígeno disuelto, caudalímetro, psicrómetro, anemómetro, sonómetro, higrómetro, dinamómetro, entre otros). Equipos portátiles de medición de parámetros físico-químicos (kits de nitritos y nitratos, fosfatos, alcalinidad, nitrógeno, fósforo, potasio, entre otros, para suelos y residuos) y equipos portátiles de medición de parámetros biológicos (microscopio de campo, entre otros.) Muestreadores que concentran el contaminante (filtros, borboteadores y tubos adsorbentes). Muestreadores puntuales (muestreadores fotocolorimétricos de registro continuo y tubos colorimétricos). Neveras portátiles y recipientes de conservación y transporte de muestras sólidas, líquidas, gaseosas, biológicas, entre otros. Cuadernos de campo, fichas de muestreo, formularios, registros. Impresos estándar, protocolos y actas normalizadas de inspección y toma de muestra. Boletines analíticos e informes estandarizados. Equipo fotográfico digital. Sistemas informáticos de gestión para el tratamiento de la información con conexión a Internet.
Productos y resultados:
Mediciones y análisis de las condiciones higiénico-sanitarias de instalaciones de gestión de residuos y de las generadoras de espacios contaminados. Toma de muestra. Actas de inspección cumplimentadas. Muestras de residuos y suelos. Fotografías de residuos, de instalaciones de gestión de residuos, suelos, entre otros.
Información utilizada o generada:
Listados de trabajo. Cronograma de trabajo. Manual operativo de cada uno de los equipos. Manuales de cumplimentación de protocolos (de inspección, muestreo y análisis) y actas. Plan de ordenación urbana. Censo de población. Censo de instalaciones de gestión de residuos. Censo de actividades generadoras de residuos sólidos, peligrosos, biosanitarios/citotóxicos y especiales. Censo de actividades generadoras de espacios contaminados. Encuestas e informes sencillos y estandarizados. Boletines analíticos. Anuario estadístico de la gestión de residuos de las corporaciones locales. Planos de instalaciones. Boletines epidemiológicos. Relación de actividades potencialmente contaminantes de suelo, criterios y estándares para la declaración de espacios contaminados. Listado de operaciones de valorización y eliminación de residuos. Relación de gestores de residuos peligrosos autorizados. Cartografía e infraestructura de instalaciones de gestión de residuos y de las generadoras de espacios contaminados. Documentación técnica y legislación sobre criterios y normas de calidad. Lista europea de residuos (LER). Normas de seguridad personal y ambiental en la gestión de residuos sólidos, peligrosos, biosanitarios/citotóxicos y especiales. Normativa comunitaria, estatal, autonómica y municipal sobre: suelos y residuos.
UNIDAD DE COMPETENCIA 4: REALIZAR OPERACIONES TÉCNICAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS RIESGOS PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, ASOCIADOS AL MEDIO CONSTRUIDO
Nivel: 3
Código: UC1600_3
Realizaciones profesionales y criterios de realización:
RP1: Identificar los peligros, puntos críticos y condicionantes higiénico-sanitarios del medio construido, recogiendo los datos que permitan realizar el diagnóstico de salud en el ámbito territorial de actuación, bajo la supervisión del facultativo responsable.
CR1.1 El censo y localización cartográfica de los lugares y actividades a identificar: (viviendas familiares y colectivas, establecimientos, espacios públicos, centros de trabajo y estudio, actividades MINP), se prepara, manteniéndolo actualizado, para su consulta.
CR1.2 Los peligros y puntos críticos de los lugares y actividades de interés se identifican y caracterizan, para su posterior control sanitario.
CR1.3 Los materiales y documentos necesarios para la inspección se preparan en función de los procedimientos utilizados para cada tipo de punto estudiado, teniendo en cuenta la normativa sanitaria, de forma que estén listos para su posterior utilización.
CR1.4 Los sistemas de recogida de datos se preparan de acuerdo a los protocolos establecidos y a las actas de inspección y se elaboran los informes de remisión de datos, para garantizar la calidad de los datos obtenidos.
CR1.5 Los procedimientos se actualizan según las normas de inspección, adaptándolos para cada tipo de lugar y actividad de forma que cumplan los criterios y estándares establecidos.
RP2: Inspeccionar el medio construido, bajo la supervisión del facultativo responsable, detectando y caracterizando las deficiencias técnico-sanitarias existentes, para vigilar el cumplimiento de las normas legales establecidas.
CR2.1 La visita de inspección se anuncia con la antelación suficiente al propietario y/o autoridad competente para que dispongan los medios para llevar a cabo la inspección.
CR2.2 Los datos relativos a la inspección se verifican in situ, con el propietario y/o autoridad competente, para contrastarlos con los recopilados previos a la inspección.
CR2.3 La inspección de los lugares (viviendas, establecimientos, entre otros) y actividades, para identificar las deficiencias técnico-sanitarias que puedan afectar a la salud pública, se realiza comprobando el cumplimiento de la normativa en los siguientes apartados:
– Condiciones higiénico-sanitarias siguiendo criterios de protección frente a contagios y de medidas de seguridad.
– Suministro de agua potable, recogida de aguas residuales y residuos sólidos, así como sistemas permanentes de lucha contra insectos y roedores.
– Sistemas de climatización, condensadores evaporativos y torres de refrigeración.
CR2.4 Las condiciones higiénico-sanitarias de los establecimientos se caracterizan según el tipo de actividad: molestas, insalubres, nocivas y peligrosas, para su posterior clasificación.
CR2.5 La recogida de datos y cumplimentación de protocolos se realiza, garantizando la objetividad de la misma, para permitir la caracterización higiénico-sanitaria y el posterior tratamiento estadístico de los datos y su remisión a las autoridades competentes.
CR2.6 El informe de inspección se realiza in situ cumplimentando todos los apartados, indicando si procede la toma de muestra y análisis, bajo la supervisión del facultativo, para identificar los riesgos asociados a los lugares y las actividades inspeccionadas.
CR2.7 La cumplimentación de actas se realiza siguiendo las normas técnicas y legales vigentes de acuerdo al procedimiento administrativo, para tomar las acciones legales que procedan, prestando apoyo al facultativo responsable del levantamiento del acta.
CR2.8 Las alteraciones detectadas se comunican al propietario y/o autoridad competente con carácter inmediato, en colaboración con el facultativo, incluyendo las recomendaciones y medidas correctivas a introducir en el caso de riesgo inminente para la salud pública y el medio ambiente, para que tomen las medidas procedentes.
RP3: Evaluar la calidad de las actuaciones sobre el medio construido según protocolos para establecer las intervenciones técnicas de prevención y medidas correctivas, bajo la supervisión del facultativo responsable.
CR3.1 Los establecimientos, espacios públicos, viviendas y centros de estudio y trabajo, se comprueba que cumplen las normas de calidad establecidas, para evaluar las características higiénico-sanitarias.
CR3.2 El análisis de peligros y puntos de control crítico de la actividad MINP se realiza de acuerdo a la reglamentación técnico-sanitaria, para llevar a cabo su control.
CR3.3 Las acciones correctivas y medidas preventivas de cada situación se identifican y se comunican a las personas responsables, con los medios previstos para ello, para evitar que se produzcan deficiencias higiénico-sanitarias.
CR3.4 Las acciones acometidas en el medio construido, se comprueba si han sido realizadas según el Programa de Agenda 21, basado en el principio de sostenibilidad y mejora de la calidad de vida.
RP4: Tomar muestras de elementos del medio construido, según protocolos, en condiciones y cantidad adecuadas y con los medios e instrumental precisos, para controlar y vigilar su calidad, bajo la supervisión del facultativo responsable.
CR4.1 La frecuencia de los muestreos se planifica, de acuerdo a los protocolos establecidos, de forma que se puedan tomar las medidas legales para garantizar el cumplimiento de la normativa.
CR4.2 Los puntos de muestreo se identifican, aplicando criterios técnico-legales y permitiendo la evaluación de los lugares e instalaciones objeto de estudio.
CR4.3 La planificación del muestreo de viviendas, establecimientos, espacios públicos y centros de estudio y trabajo, se realiza aplicando criterios técnico-legales, permitiendo la evaluación de las condiciones higiénico-sanitarias.
CR4.4 Los instrumentos y equipos de recogida y conservación de las muestras se preparan y seleccionan según los procedimientos de trabajo recomendados por el laboratorio para cada tipo de muestra, en función de los parámetros a identificar para garantizar la fiabilidad de la misma.
CR4.5 Las muestras se toman en los puntos críticos, según normas establecidas, en función de su naturaleza y de los análisis (inicial, contradictorio o dirimente) y ensayos a que han de someterse, para que se puedan adoptar las medidas legales procedentes.
CR4.6 Las muestras se identifican, etiquetan y precintan inequívocamente de acuerdo a las normas y códigos establecidos para su posterior tratamiento.
CR4.7 Las muestras se envían al laboratorio, con los documentos correspondientes, previo registro de las mismas, para someterlas a los distintos análisis.
RP5: Interpretar y registrar los resultados del análisis de las muestras en laboratorio, o en su caso realizar análisis según protocolos, para determinar las características de elementos del medio construido que permitan su control y vigilancia, bajo la supervisión del facultativo responsable.
CR5.1 La sensibilidad, precisión y límites de detección apropiados al tipo de análisis a realizar, así como limpieza y calibración se comprueban en los equipos e instrumentos de medida, para garantizar que cumplen los protocolos establecidos.
CR5.2 Los reactivos se preparan, envasan, codifican y etiquetan siguiendo los procedimientos de trabajo y las normas de seguridad establecidas, para su utilización en el análisis.
CR5.3 El material de recogida de muestras se prepara teniendo en cuenta la muestra a procesar, para que estén operativos.
CR5.4 Los análisis y medidas se efectúan conforme a procedimientos normalizados de trabajo y manuales operativos, para garantizar la calidad de los datos obtenidos.
CR5.5 Los residuos generados, como consecuencia del procedimiento analítico, se tratan y/o eliminan según procedimientos establecidos en los protocolos, cumplimentando los documentos requeridos a tales efectos, para evitar posibles contaminaciones.
CR5.6 Los valores de las mediciones efectuadas y la determinación de las características organolépticas, los análisis físico-químicos y microbiológicos y los ensayos biológicos se registran en los soportes prefijados, de forma que permitan el posterior tratamiento de los datos.
CR5.7 Los boletines analíticos e impresos cumplimentados se entregan en el plazo previsto a la unidad de registro, tratamiento y evaluación y/o facultativo responsable, de manera que el trabajo se realice de forma eficiente.
CR5.8 Los informes se elaboran de forma sencilla a partir de las observaciones visuales y de los resultados de las mediciones analíticas, según protocolo normalizado, para evaluar la situación y adoptar las medidas adecuadas.
Contexto profesional:
Medios de producción:
Equipos para la toma, conservación y transporte de muestras. Equipos para muestreo. Envases para muestras (botellas, bolsas, etiquetas y precintos). Equipos medidores de radiactividad, nivel de iluminación entre otros. Equipos portátiles de medición de parámetros físico-químicos y parámetros biológicos. Muestreadores que concentran el contaminante y muestreadores puntuales. Neveras portátiles y recipientes de conservación y transporte de muestras sólidas, líquidas, gaseosas, biológicas, entre otros. Cuadernos de campo, fichas de muestreo, formularios, registros. Impresos estándar, protocolos y actas normalizadas de inspección y toma de muestra. Boletines analíticos e informes estandarizados. Equipo fotográfico digital. Sistemas informáticos de gestión para el tratamiento de la información con conexión a Internet.
Productos y resultados:
Mediciones y análisis de las condiciones higiénico-sanitarias del medio construido. Toma de muestras. Actas de inspección cumplimentadas. Muestras de medio construido. Fotografías de establecimientos, espacios y viviendas.
Información utilizada o generada:
Listados de trabajo. Cronograma de trabajo. Manual operativo de cada uno de los equipos. Manuales de cumplimentación de protocolos (de inspección, muestreo y análisis) y actas. Plan de ordenación urbana. Censo de población. Censo de actividades MINP (molestas, insalubres, nocivas y peligrosas). Encuestas e informes sencillos y estandarizados. Boletines analíticos. Boletines epidemiológicos. Planos de instalaciones. Cartografía e infraestructura de actividades MINP. Documentación técnica y legislación sobre criterios y normas de calidad. Plan de acciones de la Agenda 21. Normativa comunitaria, estatal, autonómica y municipal sobre viviendas familiares y colectivas, establecimientos, espacios públicos de uso permanente o estacional, centros de trabajo y estudio y actividades MINP.
UNIDAD DE COMPETENCIA 5: REALIZAR OPERACIONES TÉCNICAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS RIESGOS PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, ASOCIADOS A LOS ALIMENTOS
Nivel: 3
Código: UC1601_3
Realizaciones profesionales y criterios de realización:
RP1: Planificar y elaborar programas de inspección, redes de vigilancia alimentaria, programas de calidad y seguridad alimentaria, en colaboración con el responsable de la unidad, para realizar el diagnóstico de salud en el ámbito territorial de actuación.
CR1.1 La normativa relacionada con la protección al consumidor se recopila y analiza, clasificándola y archivándola, para su posterior consulta.
CR1.2 Los programas de inspección, la red de vigilancia alimentaria y programas de calidad y seguridad alimentaria se elaboran en colaboración con el responsable de la unidad, para planificar conjuntamente la inspección y toma de muestra.
CR1.3 Los programas de calidad, seguridad e higiene alimentaria, se llevan a cabo cumpliendo las campañas analíticas planificadas y preparadas según información cruzada inspección-control analítico, para seguir el cronograma diseñado.
CR1.4 El censo y localización de los establecimientos susceptibles de inspección y control se elabora de forma que esté detallado, actualizado y listo para su consulta.
RP2: Realizar las inspecciones y control sanitario de establecimientos, industrias, actividades, transporte, productos y servicios relacionados con los productos alimentarios, en colaboración con el facultativo, detectando y caracterizando las deficiencias técnico-sanitarias existentes, para vigilar el cumplimiento de las normas legales establecidas.
CR2.1 La inspección y control sanitario se aplica en establecimientos, industrias, actividades, transporte, productos y servicios de alimentos, bebidas y demás productos, directa o indirectamente relacionados con el uso o consumo humano, siguiendo la normativa específica en la materia, para evaluar los riesgos para la salud de la población.
CR2.2 La inspección y control sanitario se realiza en cada fase del proceso (elaboración/fabricación, transporte, distribución y comercialización) y/o puntos críticos estudiados, siguiendo los protocolos y normas de inspección, para vigilar:
– Las condiciones higiénico-sanitarias de los alimentos e instalaciones.
– Los sistemas de higienización de los alimentos en el proceso.
CR2.3 La visita de inspección a las instalaciones se anuncia con la antelación suficiente a las autoridades locales y/o personas afectadas, para que dispongan los medios para llevar a cabo la inspección.
CR2.4 Los datos relativos a la inspección se verifican in situ, con los representantes municipales y personas afectadas, para contrastarlos con los datos recopilados previos a la inspección.
CR2.5 La recogida de datos y cumplimentación de protocolos se realiza, garantizando la objetividad de la misma, para permitir el tratamiento estadístico de los datos y la evaluación higiénico-sanitaria.
CR2.6 El informe de inspección se completa in situ cumplimentando todos los apartados, indicando si procede la toma de muestra y análisis, bajo la supervisión del facultativo, para identificar los riesgos asociados en las actividades inspeccionadas.
CR2.7 La cumplimentación de actas se realiza siguiendo las normas técnicas y legales vigentes de acuerdo al procedimiento administrativo, para tomar las acciones legales que procedan, prestando apoyo al facultativo responsable del levantamiento del acta.
CR2.8 El decomiso, intervención e inmovilización de productos, bienes y servicios de uso común y generalizado y de alimentos y bebidas, se realiza colaborando con el facultativo responsable y autoridades competentes, en los casos previstos por la legislación vigente, para dar cumplimiento de la normativa en materia de seguridad alimentaria.
CR2.9 Las alteraciones detectadas se comunican al propietario y/o autoridad competente con carácter inmediato, en colaboración con el facultativo, incluyendo las recomendaciones y medidas correctivas a introducir en el caso de riesgo inminente para la salud pública, para que tomen las medidas procedentes.
RP3: Evaluar la calidad higiénico-sanitaria de procesos de transformación y consumo de alimentos, según protocolos, detectando y caracterizando las deficiencias existentes, para vigilar el cumplimiento de las normas establecidas, bajo la supervisión del facultativo responsable.
CR3.1 Los protocolos y normas de inspección adoptados se adecuan para cada fase del proceso (elaboración/fabricación, transporte, distribución y comercialización) y/o puntos estudiados, de forma que el trabajo se realice conforme a la legislación.
CR3.2 El almacenamiento y la conservación de los alimentos se comprueba que son los apropiados según su naturaleza, para el mantenimiento de la calidad de los mismos.
CR3.3 El mantenimiento de los sistemas de higienización de los alimentos se supervisa según normas de calidad establecidas, para permitir un grado óptimo de su funcionamiento.
CR3.4 Los procesos de conservación y transformación de alimentos se vigilan para asegurar las condiciones de asepsia y temperatura que eviten su alteración microbiológica y organoléptica.
CR3.5 Las condiciones higiénicas del personal encargado de la distribución de alimentos se supervisan, para comprobar el cumplimiento de los requisitos legales de manipulación de alimentos (vestuario, higiene, hábitos de trabajo y carné de manipulador, entre otros).
CR3.6 Las actividades desarrolladas en comedores colectivos, y estancias asociadas, en las que se preparen, almacenen o distribuyan alimentos, se comprueba que cumplen la normativa en cuanto a seguridad e higiene, para garantizar las exigencias establecidas.
CR3.7 Las acciones correctivas y medidas preventivas derivadas de la inspección se comprueba que se llevan a cabo, para hacer un seguimiento de la inspección realizada.
RP4: Tomar muestras de alimentos, según protocolos y con los medios e instrumental precisos, para controlar y vigilar su calidad, bajo la supervisión del facultativo responsable.
CR4.1 La planificación de los muestreos se confecciona de acuerdo a los protocolos establecidos, para evaluar los riesgos para la salud de la población.
CR4.2 El cronograma de trabajo se realiza para planificar la toma de muestras y determinaciones analíticas, atendiendo a criterios de estacionalidad, existencias de mercado, recursos disponibles en laboratorio, entre otros.
CR4.3 La frecuencia de los muestreos se determina en función de las recomendaciones de la red nacional de vigilancia y control y normativa legal o cualquier otro sistema de actuación, para dar cumplimiento a la legislación vigente.
CR4.4 Los puntos de muestreo se seleccionan en función de los riesgos higiénico-sanitarios para dar cumplimiento a los requisitos y criterios legales.
CR4.5 Los instrumentos, equipos de recogida, transporte y conservantes se comprueba que son normalizados y los recomendados por el laboratorio para cada tipo de muestra, en función de los parámetros a analizar, para garantizar la fiabilidad de la misma.
CR4.6 Las muestras de alimentos se toman según normas establecidas, en función de su naturaleza y de los análisis (inicial, contradictorio o dirimente) y ensayos a los que han de someterse, para el control de calidad de las mismas.
CR4.7 Las muestras se identifican, etiquetan y precintan inequívocamente de acuerdo a las normas y códigos establecidos para su posterior tratamiento.
CR4.8 Las muestras se envían al laboratorio, con los documentos correspondientes, previo registro de las mismas, para someterlas a los distintos análisis.
RP5: Interpretar y registrar los resultados del análisis de las muestras en laboratorio, o en su caso realizar análisis según protocolos, para determinar las características higiénico-sanitarias de los alimentos que permitan el control de los sistemas de higienización, bajo la supervisión del facultativo responsable.
CR5.1 La sensibilidad, precisión y límites de detección apropiados al tipo de análisis a realizar, así como limpieza y calibración se comprueban en los equipos e instrumentos de medida según protocolos, para garantizar que cumplen los protocolos establecidos.
CR5.2 Los reactivos se preparan, envasan, codifican y etiquetan siguiendo los procedimientos de trabajo y las normas de seguridad establecidas, para su utilización en el análisis.
CR5.3 El material de recogida de muestras se prepara teniendo en cuenta la muestra a procesar, para que estén operativos.
CR5.4 Los residuos generados, como consecuencia del procedimiento analítico, se tratan y/o eliminan según procedimientos establecidos en los protocolos, cumplimentando los documentos requeridos a tales efectos, para evitar posibles contaminaciones.
CR5.5 Los análisis y medidas se efectúan conforme a procedimientos normalizados de trabajo y manuales operativos, seleccionando el método y técnica de acuerdo a la legislación técnico-sanitaria vigente o normas recomendadas y contrastadas, para garantizar la calidad de los datos obtenidos.
CR5.6 Los valores de las mediciones efectuadas y las características organolépticas, físico-químicas, microbiológicas y biológicas analizadas se determinan, registrándolas en los soportes prefijados, de forma que permitan el posterior tratamiento de los datos.
CR5.7 Los boletines analíticos e impresos cumplimentados se entregan en el plazo previsto a la unidad de registro, tratamiento y evaluación y/o facultativo responsable, de manera que el trabajo se realice de forma eficiente.
CR5.8 Los informes se elaboran a partir de las observaciones visuales y de los resultados de las mediciones analíticas, según protocolo normalizado, para evaluar la situación.
RP6: Elaborar y puesta en práctica de planes, proyectos, programas formativos y campañas de información, en colaboración con el responsable de la unidad, para formar a los ciudadanos en materia de consumo.
CR6.1 Las necesidades de información y formación del consumidor, se identifican evaluando sus deficiencias en el consumo de alimentos, para programar las actividades formativas y campañas de información.
CR6.2 Los planes, programas y campañas de información/formación se elaboran atendiendo a criterios de prioridad y eficiencia, incluyendo los recursos humanos, materiales y económicos, para cubrir las necesidades de información/formación.
CR6.3 Las campañas de información/formación, planes, proyectos y programas formativos se desarrollan de acuerdo al procedimiento establecido, para la consecución de los objetivos de promoción de la salud.
CR6.4 Las campañas de información/formación, planes, proyectos y programas formativos se difunden a través de los medios de comunicación, para dar la mayor cobertura posible a la información.
CR6.5 La eficacia de las campañas de información y actividades formativas se evalúa utilizando técnicas predeterminadas, para proponer las medidas correctoras que sean necesarias.
CR6.6 La atención al consumidor se realiza informando y asesorando de los derechos que posee y posibles soluciones a la consulta planteada, para que haga uso de los mismos.
CR6.7 Las quejas y reclamaciones de los consumidores se gestionan hacia los departamentos y organismos correspondientes, para resolverlas de forma eficaz.
Contexto profesional:
Medios de producción:
Equipos para la toma, conservación y transporte de muestra. Kits de análisis. Tiras reactivas. Equipos portátiles de análisis físico-químico, microbiológico y biológico. Envases para muestra (botellas, bolsas, etiquetas, precintos), neveras portátiles y equipos de conservación y transporte de muestras. Actas de toma de muestra, protocolos e impresos normalizados de inspección. Información y documentación en materia de consumo. Formatos test y encuestas normalizadas para valorar la eficacia de los programas formativos y campañas de información. Sistemas informáticos de gestión para el tratamiento de la información con conexión a Internet.
Productos y resultados:
Mediciones y análisis de las condiciones higiénico-sanitarias de los procesos de obtención y comercialización de los alimentos. Actas de inspección y protocolos e impresos normalizados y cumplimentados. Muestras de alimentos. Organización y archivo de la información. Propuesta de actuaciones correctoras de los déficit higiénico-sanitarios detectados. Plan formativo en materia de consumo. Campaña de información. Encuestas cumplimentadas.
Información utilizada o generada:
Listados de trabajo. Cronograma de trabajo. Boletines analíticos. Informes estandarizados. Manual operativo de cada uno de los equipos. Protocolos normalizados de trabajo (inspección, muestreo y análisis). Fichas de muestras. Censo y localización de los establecimientos susceptibles de inspección y control. Listado de establecimientos y actividades susceptibles de inspección y control. Documentación sobre alimentos y su composición, información sobre técnicas, métodos y procedimientos disponibles sobre control de calidad, higienización e inspección de alimentos. Análisis de peligros y control de puntos críticos. Criterios y normas de calidad alimentaria. Normativa comunitaria, estatal, autonómica y municipal sobre: seguridad e higiene alimentaria; etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios; defensa de los consumidores y usuarios.
UNIDAD DE COMPETENCIA 6: REALIZAR OPERACIONES TÉCNICAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LOS RIESGOS PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, ASOCIADOS A LA CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA
Nivel: 3
Código: UC1602_3
Realizaciones profesionales y criterios de realización:
RP1: Identificar los peligros, puntos críticos y condicionantes higiénico-sanitarios del aire y de las distintas fuentes de energía, para recoger los datos, que permitan realizar el diagnóstico de salud en el ámbito territorial de actuación, bajo la supervisión del facultativo responsable.
CR1.1 Los protocolos y procedimientos de inspección, vigilancia y control de la contaminación atmosférica se preparan para identificar las fuentes y los posibles contaminantes emitidos por las mismas, teniendo en cuenta la legislación vigente.
CR1.2 La inspección, control y vigilancia se realiza siguiendo los protocolos y procedimientos de inspección y medida, vigilando los niveles de contaminación:
– Química: partículas, gases, precipitación, nieblas, entre otros.
– Física: ruidos, vibraciones, radiaciones y contaminación térmica.
– Biótica: microorganismos y pólenes.
CR1.3 Los puntos críticos cercanos a las posibles fuentes de emisión se determinan según los criterios establecidos por la legislación y en caso de no existir, en función de los factores meteorológicos, climáticos y topográficos que modifican la dispersión de los contaminantes y de los efectos somáticos (fisiológicos y patológicos), genéticos y psicofisiológicos de los mismos sobre la salud, para su posterior control sanitario y evaluar el riesgo sobre la salud.
RP2: Realizar el mantenimiento, calibración y verificación de los equipos de medida y muestreo de contaminantes atmosféricos, según métodos de referencia o procedimientos internos, para garantizar la calidad de los datos obtenidos, bajo la supervisión del facultativo responsable.
CR2.1 El mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de toma de muestra y medida se realiza según procedimientos y frecuencia establecida en los planes de mantenimiento, para la fiabilidad de los datos.
CR2.2 Las calibraciones y verificaciones de los equipos de toma de muestra y medida se realizan según la frecuencia los procedimientos establecidos en los planes de calibración y verificación comprobando que los resultados de las calibraciones y verificaciones están dentro de los criterios establecidos.
CR2.3 Los resultados de las actividades de mantenimiento, calibración y verificación se registran en los formatos establecidos al efecto para garantizar la trazabilidad de los datos generados.
RP3: Tomar muestras, sustituir elementos captadores y obtener registros de contaminantes atmosféricos con captadores manuales, según procedimientos normalizados de trabajo y métodos de referencia para evaluar la calidad del aire, bajo la supervisión del facultativo responsable.
CR3.1 Los puntos de muestreo y la ubicación de la toma de muestra se seleccionan según la legislación y, en caso de no existir, en función de la fuente emisora, denuncia, factores meteorológicos, entre otros, para evaluar los riesgos para la salud de la población.
CR3.2 La toma de muestra, incluyendo la colocación de los soportes de muestreo específicos se realiza siguiendo los procedimientos establecidos, controlando especialmente el tiempo de muestreo y el volumen de aire aspirado para dar cumplimiento a la legislación vigente.
CR3.3 Las muestras se identifican, transportan y conservan hasta la llegada al laboratorio en las condiciones fijadas en los procedimientos establecidos.
CR3.4 La fecha, hora de inicio, hora de finalización, punto de muestreo, volumen de aire, entre otros, se registran en los formatos establecidos en los procedimientos vigentes para garantizar la fiabilidad de la toma de muestra.
RP4: Interpretar y registrar los resultados del análisis de las muestras en laboratorio, o en su caso realizar análisis de contaminantes atmosféricos para evaluar la calidad del aire y los riesgos de salud asociados, bajo la supervisión del facultativo responsable.
CR4.1 Los puntos de muestreo y la ubicación de la toma de muestra se seleccionan según la legislación y, en caso de no existir, en función de la fuente emisora, denuncia, factores meteorológicos, entre otros, para evaluar los riesgos para la salud de la población.
CR4.2 Las determinaciones de contaminantes atmosféricos mediante analizadores automáticos se realizan según procedimientos establecidos o métodos de referencia para garantizar la calidad de los datos obtenidos.
CR4.3 Los valores de los contaminantes medidos y los parámetros asociados a la medida se registran en los formatos establecidos para garantizar la completa trazabilidad de los datos obtenidos.
RP5: Implantar sistemas de calidad, en colaboración con los responsables de la unidad, para garantizar la calidad de los datos generados.
CR5.1 Los procedimientos normalizados de trabajo de toma de muestra, transporte de muestra, calibración, verificación, mantenimiento y análisis, entre otros, se realizan según los requisitos establecidos en las normas de calidad de referencia.
CR5.2 Los controles de calidad internos se realizan según los procedimientos y frecuencia establecidos en los protocolos para asegurar la calidad de los datos obtenidos.
CR5.3 La validación de los métodos y la estimación de la incertidumbre de medida se realizan según los procedimientos establecidos para determinar el rango de medida del método y los parámetros estadísticos asociados.
CR5.4 Los ejercicios de intercomparación y los ensayos de aptitud se realizan para asegurar la comparabilidad de los métodos utilizados con otros laboratorios participantes.
Contexto profesional:
Medios de producción:
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