Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012

Rango Ley
Publicación 2012-06-30
Última actualización 2018-07-04
Estado Vigente
Departamento Jefatura del Estado
Fuente BOE
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Madrid, 29 de junio de 2012.

JUAN CARLOS R.

La Presidenta del Gobierno en funciones,

SORAYA SÁENZ DE SANTAMARÍA ANTÓN

ANEXO I. Distribución de los créditos por programas

Clasif. por programas Explicación Cap. 1 a 8 Cap. 9 Total
111M Gobierno del Poder Judicial. 35.759,18 35.759,18
111N Dirección y Servicios Generales de Justicia. 55.306,43 55.306,43
111O Selección y formación de jueces. 26.452,82 26.452,82
111P Documentación y publicaciones judiciales. 9.140,51 9.140,51
111Q Formación del Personal de la Administración de Justicia. 11.451,20 11.451,20
111R Formación de la Carrera Fiscal. 6.214,70 6.214,70
112A Tribunales de Justicia y Ministerio Fiscal. 1.442.181,66 1.442.181,66
113M Registros vinculados con la Fe Pública. 26.126,59 26.126,59
121M Administración y Servicios Generales de Defensa. 1.225.492,95 1.225.492,95
121N Formación del Personal de las Fuerzas Armadas. 418.960,06 418.960,06
121O Personal en reserva. 550.956,31 550.956,31
122A Modernización de las Fuerzas Armadas. 268.943,47 268.943,47
122B Programas especiales de modernización. 4.953,46 4.953,46
122M Gastos Operativos de las Fuerzas Armadas. 2.289.059,21 2.289.059,21
122N Apoyo Logístico. 1.510.949,72 1,29 1.510.951,01
131M Dirección y Servicios Generales de Seguridad y Protección Civil. 88.256,68 88.256,68
131N Formación de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. 80.808,38 80.808,38
131O Fuerzas y Cuerpos en reserva. 697.385,60 697.385,60
131P Derecho de asilo y apátridas. 3.322,53 3.322,53
132A Seguridad ciudadana. 5.468.548,03 72,72 5.468.620,75
132B Seguridad vial. 723.792,12 723.792,12
132C Actuaciones policiales en materia de droga. 82.203,20 82.203,20
133A Centros e Instituciones Penitenciarias. 1.154.471,86 1.154.471,86
133B Trabajo, formación y asistencia a reclusos. 27.431,23 27.431,23
134M Protección Civil. 14.759,41 14.759,41
135M Protección de datos de carácter personal. 13.929,55 13.929,55
141M Dirección y Servicios Generales de Asuntos Exteriores. 79.897,98 79.897,98
142A Acción del Estado en el exterior. 761.314,79 761.314,79
142B Acción diplomática ante la Unión Europea. 22.773,54 22.773,54
143A Cooperación para el desarrollo. 683.695,46 683.695,46
144A Cooperación, promoción y difusión Cultural en el exterior. 132.934,25 132.934,25
211M Pensiones contributivas de la Seguridad Social. 102.103.288,97 102.103.288,97
211N Pensiones de Clases Pasivas. 10.857.648,33 10.857.648,33
211O Otras pensiones y prestaciones de Clases Pasivas. 107.547,05 107.547,05
212M Pensiones no contributivas y prestaciones asistenciales. 2.022.125,85 2.022.125,85
212N Pensiones de guerra. 314.804,62 314.804,62
219M Gestión de las prestaciones económicas de Seguridad Social. 412.856,35 412.856,35
219N Gestión de pensiones de Clases Pasivas. 7.662,42 7.662,42
221M Subsidios de incapacidad temporal y otras prestaciones económicas de la Seguridad Social. 10.263.083,16 10.263.083,16
222M Prestaciones económicas del Mutualismo Administrativo. 444.080,42 2,00 444.082,42
223M Prestaciones de garantía salarial. 1.275.090,30 1.275.090,30
224M Prestaciones económicas por cese de actividad. 31.025,45 31.025,45
231A Plan Nacional sobre Drogas. 18.486,08 18.486,08
231B Acciones en favor de los emigrantes. 89.701,55 89.701,55
231C Servicios Sociales de la Seguridad Social a personas con discapacidad. 74.548,98 74.548,98
231D Servicios Sociales de la Seguridad Social a personas mayores. 124.340,75 124.340,75
231E Otros servicios sociales de la Seguridad Social. 41.940,47 41.940,47
231F Otros servicios sociales del Estado. 181.867,98 181.867,98
231G Atención a la infancia y a las familias. 5.355,32 5.355,32
231H Acciones en favor de los inmigrantes. 66.849,63 66.849,63
231I Autonomía personal y Atención a la Dependencia. 1.407.150,62 1.407.150,62
232A Promoción y servicios a la juventud. 28.601,40 28.601,40
232B Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. 24.970,27 24.970,27
232C Actuaciones para la prevención integral de la violencia de género. 23.828,94 23.828,94
239M Gestión de los servicios sociales de la Seguridad Social. 31.375,08 31.375,08
241A Fomento de la inserción y estabilidad laboral. 5.759.558,48 5.759.558,48
241N Desarrollo de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas. 5.184,80 5.184,80
251M Prestaciones a los desempleados. 28.805.052,82 28.805.052,82
261N Promoción, administración y ayudas para rehabilitación y acceso a vivienda. 780.501,42 300,00 780.801,42
261O Ordenación y fomento de la edificación. 37.968,49 37.968,49
261P Suelo y Políticas Urbanas. 1.442,38 1.442,38
291A Inspección y control de Seguridad y Protección Social. 127.029,90 127.029,90
291M Dirección y Servicios Generales de Seguridad Social y Protección Social. 2.774.085,12 30,20 2.774.115,32
311M Dirección y Servicios Generales de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. 99.055,53 99.055,53
311O Políticas de Salud y Ordenación Profesional. 11.171,37 11.171,37
312A Asistencia hospitalaria en las Fuerzas Armadas. 148.283,49 148.283,49
312B Atención primaria de salud. Instituto Nacional de Gestión Sanitaria. 59.963,99 59.963,99
312C Atención especializada de salud. Instituto Nacional de Gestión Sanitaria. 141.627,99 141.627,99
312D Medicina marítima. 32.559,81 32.559,81
312E Asistencia sanitaria del Mutualismo Administrativo. 2.082.900,62 2.082.900,62
312F Atención primaria de salud de Mutuas de Accidentes de Trabajo y E.P e I.S.M. 831.128,97 831.128,97
312G Atención especializada de salud de Mutuas de Accidentes de Trabajo y E.P e I.S.M. 365.407,68 365.407,68
313A Prestaciones y farmacia. 145.242,22 145.242,22
313B Salud pública, sanidad exterior y calidad. 38.422,55 38.422,55
313C Seguridad alimentaria y nutrición. 15.922,32 15.922,32
313D Donación y trasplante de órganos, tejidos y células. 3.937,99 3.937,99
321M Dirección y Servicios Generales de la Educación. 74.851,02 74.851,02
321N Formación permanente del profesorado de Educación. 4.216,52 4.216,52
322A Educación infantil y primaria. 167.130,42 167.130,42
322B Educación secundaria, formación profesional y Escuelas Oficiales de Idiomas. 175.793,97 175.793,97
322C Enseñanzas universitarias. 149.663,75 149.663,75
322D Educación especial. 13.431,45 13.431,45
322E Enseñanzas artísticas. 7.376,11 7.376,11
322F Educación en el exterior. 108.584,54 108.584,54
322G Educación compensatoria. 169.790,97 169.790,97
322H Educación permanente y a distancia no universitaria. 5.751,47 5.751,47
322I Enseñanzas especiales. 1.910,69 1.910,69
322J Nuevas tecnologías aplicadas a la educación. 45.008,17 45.008,17
322K Deporte en edad escolar y en la Universidad. 13.308,55 13.308,55
323M Becas y ayudas a estudiantes. 1.270.048,52 1.270.048,52
324M Servicios complementarios de la enseñanza. 5.637,04 5.637,04
324N Apoyo a otras actividades escolares. 6.961,58 6.961,58
331M Dirección y Servicios Generales de Cultura. 44.947,44 44.947,44
332A Archivos. 40.543,17 40.543,17
332B Bibliotecas. 60.839,93 60.839,93
333A Museos. 177.474,94 177.474,94
333B Exposiciones. 3.892,62 3.892,62
334A Promoción y cooperación cultural. 24.573,37 24.573,37
334B Promoción del libro y publicaciones culturales. 11.095,39 11.095,39
334C Fomento de las industrias culturales. 29.481,76 29.481,76
335A Música y danza. 89.773,50 89.773,50
335B Teatro. 45.110,15 45.110,15
335C Cinematografía. 71.113,71 71.113,71
336A Fomento y apoyo de las actividades deportivas. 177.458,77 177.458,77
337A Administración del Patrimonio Histórico-Nacional. 117.789,75 100,00 117.889,75
337B Conservación y restauración de bienes culturales. 40.785,77 40.785,77
337C Protección del Patrimonio Histórico. 7.582,63 7.582,63
412C Competitividad y calidad de la producción y los mercados agrarios. 62.899,24 62.899,24
412D Competitividad y calidad de la sanidad agraria. 56.045,45 56.045,45
412M Regulación de los mercados agrarios. 6.371.219,23 6.371.219,23
413A Competitividad industria agroalimentaria y calidad alimentaria. 30.845,52 30.845,52
414A Gestión de Recursos Hídricos para el Regadío. 52.974,67 52.974,67
414B Desarrollo del medio rural. 1.519.976,36 1.519.976,36
414C Programa de Desarrollo Rural Sostenible. 29.329,39 29.329,39
415A Protección de los recursos pesqueros y desarrollo sostenible. 19.672,39 19.672,39
415B Mejora de estructuras y mercados pesqueros. 59.010,76 59.010,76
416A Previsión de riesgos en las producciones agrarias y pesqueras. 252.659,35 252.659,35
421M Dirección y Servicios Generales de Industria y Energía. 70.923,09 70.923,09
421N Regulación y protección de la propiedad industrial. 53.995,45 53.995,45
421O Calidad y seguridad industrial. 3.890,82 3.890,82
422A Incentivos regionales a la localización industrial. 128.187,69 128.187,69
422B Desarrollo industrial. 423.554,24 423.554,24
422M Reconversión y reindustrialización. 575.147,86 575.147,86
423M Desarrollo alternativo de las comarcas mineras del carbón. 41.000,00 41.000,00
423N Explotación minera. 523.058,33 523.058,33
424M Seguridad nuclear y protección radiológica. 47.287,24 47.287,24
425A Normativa y desarrollo energético. 30.015,58 30.015,58
431A Promoción comercial e internacionalización de la empresa. 489.923,13 489.923,13
431M Dirección y Servicios Generales de Comercio y Turismo. 14.008,68 14.008,68
431N Ordenación del comercio exterior. 9.665,98 9.665,98
431O Ordenación y modernización de las estructuras comerciales. 17.454,59 17.454,59
432A Coordinación y promoción del turismo. 438.197,43 438.197,43
433M Apoyo a la pequeña y mediana empresa. 140.717,35 140.717,35
441M Subvenciones y apoyo al transporte terrestre. 1.247.910,68 1.247.910,68
441N Subvenciones y apoyo al transporte marítimo. 57.863,35 57.863,35
441O Subvenciones y apoyo al transporte aéreo. 288.337,00 288.337,00
441P Subvenciones al transporte extrapeninsular de mercancías. 22.690,00 22.690,00
451M Estudios y servicios de asistencia técnica en Obras Públicas y Urbanismo. 32.005,44 32.005,44
451N Dirección y Servicios Generales de Fomento. 1.192.148,09 1.192.148,09
451O Dirección y Servicios Generales de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. 177.524,99 177.524,99
452A Gestión e infraestructuras del agua. 940.353,70 210.501,00 1.150.854,70
452M Normativa y ordenación territorial de los recursos hídricos. 55.015,05 55.015,05
453A Infraestructura del transporte ferroviario. 986.428,07 986.428,07
453B Creación de infraestructura de carreteras. 1.782.289,49 1.782.289,49
453C Conservación y explotación de carreteras. 926.037,98 926.037,98
453M Ordenación e inspección del transporte terrestre. 34.669,07 34.669,07
454M Seguridad del tráfico marítimo y vigilancia costera. 170.013,86 170.013,86
455M Regulación y supervisión de la aviación civil. 56.017,08 56.017,08
456A Calidad del agua. 199.274,96 21.295,45 220.570,41
456B Protección y mejora del medio ambiente. 18.831,86 18.831,86
456C Protección y mejora del medio natural. 190.461,07 190.461,07
456D Actuación en la costa. 104.593,80 104.593,80
456M Actuaciones para la prevención de la contaminación y el cambio climático. 52.800,23 52.800,23
457M Infraestructuras en comarcas mineras del carbón. 101.568,73 101.568,73
462M Investigación y estudios sociológicos y constitucionales. 12.510,93 12.510,93
462N Investigación y estudios estadísticos y económicos. 6.505,70 6.505,70
463A Investigación científica. 771.756,93 4.000,00 775.756,93
463B Fomento y coordinación de la investigación científica y técnica. 1.391.554,56 1.391.554,56
464A Investigación y estudios de las Fuerzas Armadas. 174.056,70 174.056,70
464B Apoyo a la innovación tecnológica en el sector de la defensa. 582.777,36 582.777,36
464C Investigación y estudios en materia de seguridad pública. 850,00 850,00
465A Investigación sanitaria. 298.864,39 298.864,39
466A Investigación y evaluación educativa. 5.588,84 5.588,84
467A Astronomía y astrofísica. 16.587,19 450,00 17.037,19
467B Investigación, desarrollo y experimentación en transporte e infraestructuras. 932,90 932,90
467C Investigación y desarrollo tecnológico-industrial. 2.063.698,12 2.063.698,12
467D Investigación y experimentación agraria. 75.508,04 2.000,00 77.508,04
467E Investigación oceanográfica y pesquera. 58.159,73 261,61 58.421,34
467F Investigación geológico-minera y medioambiental. 25.971,39 25.971,39
467G Investigación y desarrollo de la Sociedad de la Información. 145.904,60 145.904,60
467H Investigación energética, medioambiental y tecnológica. 83.899,43 83.899,43
467I Innovación tecnológica de las telecomunicaciones. 671.754,55 671.754,55
491M Ordenación y promoción de las telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información. 70.814,15 70.814,15
491N Servicio postal universal. 502,00 502,00
492M Defensa de la competencia. 12.761,81 12.761,81
492N Regulación y vigilancia de la competencia en el Mercado de Tabacos. 8.905,30 8.905,30
492O Protección y promoción de los derechos de los consumidores y usuarios. 19.368,56 19.368,56
493M Dirección, control y gestión de seguros. 293.067,58 293.067,58
493O Regulación contable y de auditorias. 7.310,14 7.310,14
494M Administración de las relaciones laborales y condiciones de trabajo. 42.460,59 42.460,59
495A Desarrollo y aplicación de la información geográfica española. 34.897,30 34.897,30
495B Meteorología. 87.325,58 87.325,58
495C Metrología. 6.778,17 6.778,17
496M Regulación del juego. 6.171,83 6.171,83
911M Jefatura del Estado. 8.264,28 8.264,28
911N Actividad legislativa. 206.611,89 15,00 206.626,89
911O Control externo del Sector Público. 62.123,22 62.123,22
911P Control Constitucional. 25.531,83 25.531,83
911Q Apoyo a la gestión administrativa de la Jefatura del Estado. 6.158,56 6.158,56
912M Presidencia del Gobierno. 41.472,62 41.472,62
912N Alto asesoramiento del Estado. 10.087,22 10.087,22
912O Relaciones con las Cortes Generales, Secretariado del Gobierno y apoyo a la Alta Dirección. 43.056,94 43.056,94
912P Asesoramiento del Gobierno en materia social, económica y laboral. 8.843,23 8.843,23
912Q Asesoramiento para la protección de los intereses nacionales. 221.200,30 221.200,30
921N Dirección y organización de la Administración Pública. 48.598,06 48.598,06
921O Formación del personal de las Administraciones Públicas. 76.181,84 76.181,84
921P Administración periférica del Estado. 301.579,80 301.579,80
921Q Cobertura informativa. 17.751,24 17.751,24
921R Publicidad de las normas legales. 33.808,89 33.808,89
921S Asesoramiento y defensa intereses del Estado. 32.333,49 32.333,49
921T Servicios de transportes de Ministerios. 42.885,24 42.885,24
921U Publicaciones. 193,57 193,57
921V Evaluación de políticas y programas públicos, calidad de los servicios e impacto normativo. 4.446,36 4.446,36
922M Organización territorial del Estado y desarrollo de sus sistemas de colaboración. 3.755,71 3.755,71
922N Coordinación y relaciones financieras con los Entes Territoriales. 5.774,90 5.774,90
923A Gestión del Patrimonio del Estado. 207.769,49 207.769,49
923C Elaboración y difusión estadística. 215.915,89 215.915,89
923M Dirección y Servicios Generales de Hacienda y Administraciones Públicas. 1.191.654,64 1.191.654,64
923N Formación del personal de Economía y Hacienda. 9.797,25 9.797,25
923O Gestión de la Deuda y de la Tesorería del Estado. 28.557,41 28.557,41
923P Relaciones con los Organismos Financieros Multilaterales. 352.563,40 352.563,40
924M Elecciones y Partidos Políticos. 114.993,78 114.993,78
929M Imprevistos y funciones no clasificadas. 1.980.312,66 1.980.312,66
929N Fondo de contingencia de ejecución presupuestaria. 2.322.809,00 2.322.809,00
931M Previsión y política económica. 3.932.699,55 3.932.699,55
931N Política presupuestaria. 59.336,06 59.336,06
931O Política tributaria. 6.534,83 6.534,83
931P Control interno y Contabilidad Pública. 79.087,37 79.087,37
932A Aplicación del sistema tributario estatal. 1.027.008,98 1.027.008,98
932M Gestión del catastro inmobiliario. 103.491,09 103.491,09
932N Resolución de reclamaciones económico-administrativas. 29.560,47 29.560,47
941M Transferencias a Comunidades Autónomas por participación en los ingresos del Estado. 21.806.230,66 21.806.230,66
941N Transferencias a Comunidades Autónomas por los Fondos de Compensación Interterritorial. 671.580,00 671.580,00
941O Otras transferencias a Comunidades Autónomas. 497.700,00 497.700,00
942A Cooperación económica local del Estado. 33.387,00 33.387,00
942M Transferencias a Entidades Locales por participación en los ingresos del Estado. 14.683.078,52 14.683.078,52
942N Otras aportaciones a Entidades Locales. 223.373,17 223.373,17
943M Transferencias al Presupuesto General de la Unión Europea. 11.471.400,00 11.471.400,00
943N Cooperación al desarrollo a través del Fondo Europeo de Desarrollo. 299.320,00 299.320,00
951M Amortización y gastos financieros de la deuda pública en moneda nacional. 27.989.628,03 47.553.322,07 75.542.950,10
951N Amortización y gastos financieros de la deuda pública en moneda extranjera. 858.371,97 2.496.821,77 3.355.193,74
TOTAL. 311.776.637,58 50.289.173,11 362.065.810,69

ANEXO II. Créditos ampliables

Se considerarán ampliables hasta una suma igual a las obligaciones que se reconozcan, previo el cumplimiento de las formalidades legalmente establecidas o de las que se establezcan, los créditos que, incluidos en el Presupuesto del Estado, en los de los Organismos autónomos y en los de los otros Organismos públicos aprobados por esta Ley, se detallan a continuación:

Primero. Aplicables a todas las Secciones y Programas.

Uno. Los destinados a satisfacer:

a)

Las cuotas de la Seguridad Social, de acuerdo con los preceptos en vigor, y la aportación del Estado al régimen de previsión social de los funcionarios públicos, civiles o militares, establecida por los Reales Decretos Legislativos 1/2000, de 9 de junio, 3/2000 y 4/2000, de 23 de junio.

b)

Los créditos de transferencias a favor del Estado que figuren en los presupuestos de gastos de los Organismos autónomos, hasta el importe de los remanentes que resulten como consecuencia de la gestión de los mismos.

Segundo. Aplicables a las Secciones y Programas que se indican.

Uno. En la Sección 07, «Clases Pasivas»:

Los créditos relativos a atender obligaciones de pensiones e indemnizaciones.

Dos. En la Sección 12, «Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación»:

El crédito 12.000X.03.431 «A la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, para los fines sociales que se realicen en el campo de la cooperación internacional (artículo 2 del Real Decreto 825/1988, de 15 de julio). Porcentaje IRPF».

Tres. En la Sección 13, «Ministerio de Justicia»:

El crédito 13.112A.02.830.10 «Anticipos reintegrables a trabajadores con sentencia judicial favorable».

Cuatro. En la Sección 14, «Ministerio de Defensa»:

a)

El crédito 14.121M.01.489 para el pago de las indemnizaciones derivadas de la aplicación del Real Decreto-Ley 8/2004, de 5 de noviembre, sobre indemnizaciones a los participantes en operaciones internacionales de paz y seguridad.

b)

Los créditos 14.122M.03.128, 14.122M.03.228 y 14.122M.03.668 para gastos originados por participación de las Fuerzas Armadas en operaciones de mantenimiento de la paz.

Cinco. En la Sección 15, «Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas»:

El crédito 15.231G.13.875, destinado al «Fondo de Garantía del Pago de Alimentos».

Seis. En la Sección 16, «Ministerio del Interior»:

a)

El crédito 16.131M.01.487, destinado al pago de indemnizaciones en aplicación de los artículos 139 a 144 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y la Ley 52/1984, de 26 de diciembre, de Protección de medios de transporte que se hallen en territorio español realizando viajes de carácter internacional.

b)

El crédito 16.131M.01.483, destinado a atender el pago de las indemnizaciones, ayudas y subvenciones derivadas de la aplicación de la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo.

c)

Los créditos 16.134M.01.461, 16.134M.01.471, 16.134M.01.472, 16.134M.01.482, 16.134M.01.761, 16.134M.01.771 y 16.134M.01.782, destinados a la cobertura de necesidades de todo orden motivadas por siniestros, catástrofes u otras de reconocida urgencia.

d)

El crédito 16.924M.01.484, destinado al pago de la asignación anual a partidos políticos para sufragar gastos de seguridad.

e)

El crédito 16.924M.01.485.01, para atender a la financiación ordinaria a partidos políticos (Ley Orgánica 8/2007).

f)

El crédito 16.924M.01.485.02, para subvencionar los gastos electorales de los partidos políticos (Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General).

Siete. En la Sección 18, «Ministerio de Educación, Cultura y Deporte»:

Los créditos 18.337B.11.631 y 18.337C.11.621, por la diferencia entre la consignación inicial para inversiones producto del «1 por 100 cultural» (artículo 68, Ley 16/1985 del Patrimonio Histórico Español y artículo 58 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, de 25 de junio, en la redacción dada por el artículo único del Real Decreto 162/2002, de 8 de febrero) y las retenciones de crédito no anuladas a que se refiere el apartado tres del artículo 20 de la Ley 33/1987, de Presupuestos Generales del Estado para 1988.

Ocho. En la Sección 19, «Ministerio de Empleo y Seguridad Social»:

a)

El crédito 19.241A.101.487.03, destinado a financiar las bonificaciones en las cotizaciones de la Seguridad Social acogidas a medidas de fomento de empleo por contratación laboral.

b)

El crédito 19.251M.101.480.00, destinado a financiar las prestaciones contributivas, incluso obligaciones de ejercicios anteriores.

c)

El crédito 19.251M.101.480.01, destinado a financiar el subsidio por desempleo, incluso obligaciones de ejercicios anteriores.

d)

El crédito 19.251M.101.487.00, destinado a financiar cuotas de beneficiarios de prestaciones contributivas por desempleo, incluso obligaciones de ejercicios anteriores.

e)

El crédito 19.251M.101.487.01, destinado a financiar cuotas de beneficiarios del subsidio por desempleo, incluso obligaciones de ejercicios anteriores.

f)

El crédito 19.251M.101.480.02, destinado a financiar el subsidio por desempleo para eventuales del Sistema Especial para trabajadores por cuenta ajena agrarios, incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social, incluso obligaciones de ejercicios anteriores.

g)

El crédito 19.251M.101.488 destinado a financiar la Renta Activa de Inserción.

h)

El crédito 19.251M.101.487.05, destinado a financiar cuotas de beneficiarios del subsidio por desempleo para eventuales del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social, incluso obligaciones de ejercicios anteriores.

i)

El crédito 19.231B.07.483.01, pensiones asistenciales por ancianidad para españoles de origen retornados.

Nueve. En la Sección 23, «Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente»:

a)

El crédito 23.416A.01.440, «Al Consorcio de Compensación de Seguros para la cobertura de pérdidas del Seguro Agrario Combinado».

b)

El crédito 23.451O.01.485, «Para fines de interés social regulados por el artículo 2 del Real Decreto 825/1988, de 15 de julio».

Diez. En la Sección 26, «Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad»:

a)

El crédito 26.313A.09.453.02, «Compensación por asistencia sanitaria a pacientes residentes en España derivados entre Comunidades Autónomas y otras actuaciones con cargo al Fondo de Cohesión Sanitaria».

b)

El crédito 26.231F.16.484, «Para los fines de interés social regulados por el artículo 2 del Real Decreto 825/1988, de 15 de julio».

c)

El crédito 26.232C.22.480, «Ayudas Sociales, para mujeres (artículo 27 de la L.O.1/2004, de 28 de diciembre).

Once. En la Sección 27, «Ministerio de Economía y Competitividad»:

a)

El crédito 27.931M.03.873, «Aportación al Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB)».

b)

El crédito 27.923O.04.351, «Cobertura de riesgos en avales prestados por el Tesoro, incluidos los riesgos de ejercicios anteriores».

c)

El crédito 27.923O.04.355, «Compensaciones derivadas de la ejecución de avales frente al Tesoro Público».

d)

El crédito 27.493M.07.821.10, «Al Consorcio de Compensación de Seguros. Seguros de Crédito a la Exportación».

e)

El crédito 27.431A.09.444, «Para cobertura de las diferencias producidas por operaciones autorizadas al amparo de la Ley 11/1983, de subvención al crédito a la exportación a librar a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO)».

Doce. En la Sección 32, «Otras relaciones financieras con Entes Territoriales»:

a)

Los créditos 32.942N.02.461.00 y 32.942N.02.461.01, por razón de otros derechos legalmente establecidos o que se establezcan a favor de las Corporaciones Locales, habilitando, si fuera necesario, los conceptos correspondientes.

b)

El crédito 32.941O.01.450, «Compensación financiera al País Vasco derivada del Impuesto Especial sobre las labores de tabaco, incluso liquidación definitiva del ejercicio anterior».

c)

El crédito 32.941O.01.455, «Financiación del Estado del coste de la jubilación anticipada de la policía autónoma vasca».

Trece. Los créditos de la Sección 34, «Relaciones Financieras con la Unión Europea», ampliables tanto en función de los compromisos que haya adquirido o que pueda adquirir el Estado Español con la Unión Europea o que se deriven de las disposiciones financieras de las mismas, como en función de la recaudación efectiva de las exacciones agrarias, derechos de aduanas por la parte sujeta al arancel exterior comunitario, y cotizaciones del azúcar e isoglucosa.

Catorce. En la Sección 36, «Sistemas de financiación de Entes Territoriales»:

a)

El crédito 36.941M.20.452.00, «Fondo de Competitividad», 36.941M.20.452.01, «Fondo de Cooperación» y 36.941M.20.452.02, «Otros conceptos de liquidación del sistema de financiación».

b)

El crédito 36.942M.21.468, en la medida que lo exija la liquidación definitiva de la participación de las Corporaciones Locales en los ingresos del Estado correspondiente a ejercicios anteriores y las compensaciones derivadas del nuevo Modelo de Financiación Local.

c)

Los créditos que se habiliten para hacer frente a las transferencias a las Comunidades Autónomas por el coste de los servicios asumidos.

Tercero.

Todos los créditos de este presupuesto en función de los compromisos de financiación exclusiva o de confinanciación que puedan contraerse con las Comunidades Europeas.

Cuarto.

En el presupuesto de la Seguridad Social, los créditos que sean necesarios en los programas de gastos del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria para reflejar las repercusiones que en los mismos tengan las modificaciones de los créditos, que figuran en el estado de transferencias entre Subsectores de los Presupuestos Generales del Estado.

ANEXO III. Operaciones de crédito autorizadas a organismos públicos

Miles de Euros
Ministerio de Fomento
Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) (1) 213.075,00
Puertos del Estado y Autoridades Portuarias (2) 99.747,00
Ferrocarriles de Vía Estrecha (FEVE) (1) 79.318,03
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) (3) 2.440.000,00
Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima (SASEMAR) (4) 23.500,00
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Confederación Hidrográfica del Guadalquivir 71.750,00
Confederación Hidrográfica del Guadiana 92.000,00
Confederación Hidrográfica del Júcar 75.000,00
Confederación Hidrográfica del Miño-Sil 8.720,00
Confederación Hidrográfica del Cantábrico 27.650,00
Confederación Hidrográfica del Tajo 14.000,00
Mancomunidad de los Canales del Taibilla 10.140,00
Ministerio de Economía y Competitividad
Instituto de Crédito Oficial (ICO) (5) 55.000.000,00
Fondo de financiación para el pago a proveedores 35.000.000,00

(1) Esta cifra se entenderá como incremento neto máximo de las deudas a corto y largo plazo con entidades de crédito, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2012.

(2) Importe máximo a contraer con entidades de crédito durante el ejercicio 2012, si bien el importe de la deuda viva con entidades de crédito a 31 de diciembre no podrá exceder de 2.627.619 miles de euros.

(3) Esta cifra se entenderá como incremento neto máximo de las deudas a largo plazo con entidades financieras, proveedores y por emisiones de valores de renta fija entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2012.

(4) Importe máximo a contraer con entidades de crédito durante el ejercicio 2012, si bien el importe de la deuda viva con entidades de crédito a 31 de diciembre no podrá exceder del existente a 31 de diciembre de 2011.

(5) Este límite no afectará a las operaciones de tesorería que se concierten y amorticen dentro del año, ni a la refinanciación de la deuda contraída a corto y largo plazo.

ANEXO IV. Módulos económicos de distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados

Conforme a lo dispuesto en el artículo 17 de esta Ley, los importes anuales y desglose de los módulos económicos por unidad escolar en los centros concertados de los distintos niveles y modalidades educativas quedan establecidos con efectos de 1 de enero, y hasta el 31 de diciembre de 2012 de la siguiente forma:

Euros
EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales. 26.243,73
Gastos variables. 3.571,98
Otros gastos. 5.768,81
IMPORTE TOTAL ANUAL. 35.584,52
EDUCACIÓN ESPECIAL (*) (niveles obligatorios y gratuitos)
I. Educación Básica/Primaria.
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales. 26.243,73
Gastos variables. 3.571,98
Otros gastos. 6.153,43
IMPORTE TOTAL ANUAL. 35.969,14
Personal Complementario (Logopedas, fisioterapeutas, ayudantes técnicos educativos, psicólogo-pedagogo y trabajador social), según deficiencias:
Psíquicos. 19.018,60
Autistas o problemas graves de personalidad. 15.427,02
Auditivos. 17.696,07
Plurideficiente. 21.963,35
II. Programas de formación para la transición a la vida adulta.
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales. 52.487,45
Gastos variables. 4.686,73
Otros gastos. 8.766,37
IMPORTE TOTAL ANUAL. 65.940,55
Personal Complementario (Logopedas, fisioterapeutas, ayudantes técnicos educativos, psicólogo-pedagogo y trabajador social), según deficiencias:
Psíquicos. 30.365,84
Autistas o problemas graves de personalidad. 27.160,31
Auditivos. 23.527,49
Plurideficientes. 33.766,44
EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA.
I. Primer y segundo curso (1).
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales. 31.492,46
Gastos variables. 4.202,14
Otros gastos. 7.499,50
IMPORTE TOTAL ANUAL. 43.194,10
I. Primer y segundo curso (2)...
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales. 36.981,87
Gastos variables. 7.100,96
Otros gastos. 7.499,50
IMPORTE TOTAL ANUAL. 51.582,33
II. Tercer y cuarto curso.
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales. 41.912,78
Gastos variables. 8.047,76
Otros gastos. 8.277,53
IMPORTE TOTAL ANUAL. 58.238,07
BACHILLERATO.
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales. 50.541,90
Gastos variables. 9.704,64
Otros gastos. 9.125,25
IMPORTE TOTAL ANUAL. 69.371,79
CICLOS FORMATIVOS.
I. Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales.
Grupo 1. Ciclos formativos de grado medio de 1.300 a 1.700 horas.
Primer curso. 46.932,61
Segundo curso. 0,00
Grupo 2. Ciclos formativos de grado medio de 2.000 horas.
Primer curso. 46.932,61
Segundo curso. 46.932,61
Grupo 3. Ciclos formativos de grado superior de 1.300 a 1.700 horas.
Primer curso. 43.322,41
Segundo curso. 0,00
Grupo 4. Ciclos formativos de grado superior de 2.000 horas.
Primer curso. 43.322,41
Segundo curso. 43.322,41
II. Gastos variables.
Grupo 1. Ciclos formativos de grado medio de 1.300 a 1.700 horas.
Primer curso. 6.337,68
Segundo curso. 0,00
Grupo 2. Ciclos formativos de grado medio de 2.000 horas.
Primer curso. 6.337,68
Segundo curso. 6.337,68
Grupo 3. Ciclos formativos de grado superior de 1.300 a 1.700 horas.
Primer curso. 6.296,66
Segundo curso. 0,00
Grupo 4. Ciclos formativos de grado superior de 2.000 horas.
Primer curso. 6.296,66
Segundo curso. 6.296,66
III. Otros gastos.
Grupo 1. Ciclos formativos de:
– Conducción de Actividades Físico Deportivas en el Medio Natural.
– Animación Turística.
– Estética Personal Decorativa.
– Química Ambiental.
– Higiene Bucodental.
Primer curso. 10.026,10
Segundo curso. 2.344,87
Grupo 2. Ciclos formativos de:
– Secretariado.
– Buceo a Media Profundidad.
– Laboratorio de Imagen.
– Comercio.
– Gestión Comercial y Marketing.
– Servicios al Consumidor.
– Elaboración de Productos Lácteos.
– Matadero y Carnicería-Charcutería.
– Molinería e Industrias Cerealistas.
– Laboratorio.
– Fabricación de Productos Farmacéuticos y Afines.
– Cuidados Auxiliares de Enfermería.
– Documentación Sanitaria.
– Curtidos.
– Procesos de Ennoblecimiento Textil.
Primer curso 12.190,41
Segundo curso 2.344,87
Grupo 3. Ciclos formativos de:
– Conservería Vegetal, Cárnica y de Pescado.
– Transformación de Madera y Corcho.
– Operaciones de Fabricación de Productos Farmacéuticos.
– Operaciones de Transformación de Plásticos y Caucho.
– Industrias de Proceso de Pasta y Papel.
– Plástico y Caucho.
– Operaciones de Ennoblecimiento Textil.
Primer curso 14.508,30
Segundo curso 2.344,87
Grupo 4. Ciclos formativos de
– Encuadernados y Manipulados de Papel y Cartón.
– Impresión en Artes Gráficas.
– Fundición.
– Tratamientos Superficiales y Térmicos.
– Calzado y Marroquinería.
– Producción de Hilatura y Tejeduría de Calada.
– Producción de Tejidos de Punto.
– Procesos de Confección Industrial.
– Procesos Textiles de Hilatura y Tejeduría de Calada.
– Procesos Textiles de Tejeduría de Punto.
– Operaciones de Fabricación de Vidrio y Transformados.
– Fabricación y Transformación de Productos de Vidrio.
Primer curso 16.785,68
Segundo curso 2.344,87
Grupo 5. Ciclos formativos de:
– Realización y Planes de Obra.
– Asesoría de Imagen Personal.
– Radioterapia.
– Animación Sociocultural.
– Integración Social.
Primer curso 10.026,10
Segundo curso 3.791,92
Grupo 6. Ciclos formativos de:
– Operaciones de Cultivo Acuícola.
Primer curso 14.508,30
Segundo curso 3.791,92
Grupo 7. Ciclos formativos de:
– Aceites de oliva y vinos.
– Gestión Administrativa.
– Explotaciones Ganaderas.
– Jardinería.
– Trabajos Forestales y de Conservación de Medio Natural.
– Gestión y Organización de Empresas Agropecuarias.
– Gestión y Organización de Recursos Naturales y Paisajísticos.
– Administración y Finanzas.
– Pesca y Transporte Marítimo.
– Navegación, Pesca y Transporte Marítimo.
– Producción de Audiovisuales, Radio y Espectáculos.
– Comercio Internacional.
– Gestión del Transporte.
– Obras de Albañilería.
– Obras de Hormigón.
– Operación y Mantenimiento de Maquinaria de Construcción.
– Desarrollo y Aplicación de Proyectos de Construcción.
– Desarrollo de Proyectos Urbanísticos y Operaciones Topográficas.
– Óptica de Anteojería.
– Gestión de alojamientos turísticos.
– Servicios en restauración.
– Caracterización.
– Peluquería.
– Estética.
– Elaboración de Productos Alimenticios.
– Panadería, repostería y confitería.
– Administración de Sistemas Informáticos.
– Administración de Sistemas Informáticos en Red.
– Desarrollo de Aplicaciones Informáticas.
– Administración de Aplicaciones Multiplataforma.
– Desarrollo de Productos de Carpintería y Mueble.
– Prevención de riesgos profesionales.
– Anatomía Patológica y Citología.
– Salud Ambiental.
– Laboratorio de análisis y de control de calidad.
– Química industrial.
– Planta química.
– Dietética.
– Imagen para el Diagnóstico.
– Laboratorio de Diagnóstico Clínico.
– Ortoprotésica.
– Audiología protésica.
– Emergencias Sanitarias.
– Farmacia y Parafarmacia.
– Interpretación de la Lengua de Signos.
– Atención Sociosanitaria.
– Educación Infantil.
– Desarrollo de Aplicaciones Web.
– Dirección de Cocina.
– Guía de Información y Asistencia Turísticas.
– Agencias de Viajes y Gestión de Eventos.
– Dirección de Servicios de Restauración.
– Diseño y Producción de Calzado y Complementos.
– Proyectos de Edificación.
Primer curso 9.029,74
Segundo curso 10.908,01
Grupo 8. Ciclos formativos de:
– Producción Agroecológica.
– Producción Agropecuaria.
– Explotaciones Agrarias Extensivas.
– Explotaciones Agrícolas Intensivas.
– Operación, Control y Mantenimiento de Maquinaria e Instalaciones del Buque.
– Supervisión y Control de Máquinas e Instalaciones del Buque.
– Equipos Electrónicos de Consumo.
– Desarrollo de Productos Electrónicos.
– Instalaciones Electrotécnicas.
– Sistemas de Regulación y Control Automáticos.
– Instalaciones de Telecomunicación.
– Instalaciones eléctricas y automáticas.
– Sistemas microinformático y redes.
– Acabados de Construcción.
– Cocina y Gastronomía.
– Mantenimiento de Aviónica.
– Prótesis Dentales.
– Confección y Moda.
– Patronaje y Moda.
Primer curso 11.121,35
Segundo curso 12.694,59
Grupo 9. Ciclos formativos de:
– Animación de Actividades Físicas y Deportivas.
– Diseño y Producción Editorial.
– Producción en Industrias de Artes Gráficas.
– Imagen.
– Realización de Audiovisuales y Espectáculos.
– Sonido.
– Sistemas de Telecomunicación e Informáticos.
– Desarrollo de Proyectos Mecánicos.
– Producción por Fundición y Pulvimetalurgia.
– Programación de la producción en fabricación mecánica.
– Diseño en fabricación mecánica.
– Fabricación a medida e instalación de Madera y Mueble.
– Carpinteria y Mueble.
– Producción de Madera y Mueble.
– Montaje y Mantenim. de Instalaciones de Frío, Climatización y Produc. de Calor.
– Desarrollo de Proyectos de Instalaciones Térmicas y Fluidos.
– Mantenimiento de Instalaciones Térmicas y de Fluidos.
– Carrocería.
– Electromecánica de vehículos.
– Automoción.
– Mantenimiento Aeromecánico.
– Eficiencia Energética y Energía Solar Térmica.
Primer curso 13.080,70
Segundo curso 14.512,79
Grupo 10. Ciclos formativos de:
– Producción Acuícola.
– Vitivinicultura.
– Preimpresión en Artes Gráficas.
– Joyería.
– Mecanizado.
– Soldadura y Calderería.
– Construcciones Metálicas.
– Industria Alimentaria.
– Procesos de Calidad en la Industria Alimentaria.
– Instalación y Mantenim. Electromecánico de Maquinaria y Conducción de Líneas.
– Mantenimiento Ferroviario.
– Mantenimiento de Equipo Industrial.
– Fabricación de Productos Cerámicos.
– Desarrollo y Fabricación de Productos Cerámicos.
Primer curso 15.130,74
Segundo curso 16.224,69
PROGRAMAS DE CUALIFICACIÓN PROFESIONAL INICIAL.
I. Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 46.932,61
II. Gastos variables 6.337,68
III. Otros Gastos.
Grupo 1 7.188,37
(*) Sobre Cualificaciones Nivel 1 de las Familias Profesionales de:
– Administración.
– Administración y Gestión.
– Artesanías.
– Comercio y Marketing.
– Hostelería y Turismo.
– Imagen Personal.
– Química.
– Sanidad.
– Seguridad y Medio Ambiente.
– Servicios Socioculturales y a la Comunidad.
Grupo 2 8.218,46
* Sobre Cualificaciones Nivel 1 de las Familias Profesionales de:
– Actividades Agrarias.
– Agraria.
– Artes Gráficas.
– Comunicación, Imagen y Sonido.
– Imagen y Sonido.
– Edificación y Obra Civil.
– Electricidad y Electrónica.
– Energía y Agua.
– Fabricación Mecánica.
– Industrias Alimentarias.
– Industrias Extractivas.
– Madera y Mueble.
– Madera, Mueble y Corcho.
– Mantenimiento de Vehículos Autopropulsados.
– Transporte y Mantenimiento de Vehículos.
– Mantenimiento y Servicios a la Producción.
– Marítimo-Pesquera.
– Instalación y Mantenimiento.
– Textil, Confección y Piel.

(1) A los maestros que imparten 1.º y 2.º curso de Educación Secundaria Obligatoria las Administraciones Educativas abonarán en 2012 la misma cuantía del complemento que para esta finalidad se les abona a los maestros de la enseñanza pública.

(2) A los licenciados que impartan 1.º y 2.º curso de Educación Secundaria Obligatoria se les aplicará el módulo indicado.

(*) Las Comunidades Autónomas en pleno ejercicio de competencias educativas, podrán adecuar los módulos de Personal Complementario de Educación Especial, a las exigencias derivadas de la normativa aplicable en cada una de ellas.

Se modifica por la disposición final 10.2 del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio. Ref. BOE-A-2012-9364.

Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 172, de 19 de julio de 2012. Ref. BOE-A-2012-9654.

ANEXO V. Módulos económicos de distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados ubicados en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla

Conforme a lo dispuesto en el artículo 17 de esta Ley, los importes anuales y desglose de los módulos económicos por unidad escolar en los centros concertados de los distintos niveles y modalidades educativas ubicados en las Ciudades de Ceuta y Melilla, quedan establecidos con efectos de 1 de enero, y hasta el 31 de diciembre de 2012 de la siguiente forma:

Euros
EDUCACIÓN INFANTIL.
Relación profesor/unidad: 1,17:1.
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales. 36.636,24
Gastos variables. 3.571,98
Otros gastos 6.489,15
IMPORTE TOTAL ANUAL. 46.697,37
EDUCACIÓN PRIMARIA.
Relación profesor / unidad: 1,17:1.
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales. 36.636,24
Gastos variables. 3.571,98
Otros gastos 6.489,15
IMPORTE TOTAL ANUAL. 46.697,37
EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA.
I. Primer y segundo curso: (1).
Relación profesor / unidad: 1,49:1.
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales. 46.656,42
Gastos variables. 4.202,14
Otros gastos 8.435,92
IMPORTE TOTAL ANUAL. 59.294,48
I. Primer y segundo curso: (2).
Relación profesor / unidad: 1,49:1.
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales. 53.899,03
Gastos variables. 7.267,38
Otros gastos 8.435,92
IMPORTE TOTAL ANUAL. 69.602,33
II. Tercer y cuarto curso.
Relación profesor / unidad: 1,65:1.
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales. 59.686,83
Gastos variables. 8.047,77
Otros gastos 9.311,06
IMPORTE TOTAL ANUAL 77.045,66
PROGRAMAS DE CUALIFICACIÓN PROFESIONAL INICIAL.
– Auxiliar de Comercio y Almacén.
Relación profesor / unidad: 1,20:1.
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales... 46.932,61
Gastos variables. 8.047,77
Otros gastos 9.311,06
IMPORTE TOTAL ANUAL. 64.291,44

La cuantía del componente del módulo de "Otros gastos" para las unidades concertadas en las enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Programas de Cualificación Profesional Inicial será incrementada en 1.181,09 euros en los centros ubicados en Ceuta y Melilla, en razón del mayor coste originado por el plus de residencia del Personal de Administración y Servicios.

Al personal docente de los Centros concertados ubicados en Ceuta y Melilla, se le abonará la cantidad correspondiente al plus de residencia establecido en el correspondiente Convenio Colectivo, si bien la Administración Educativa no asumirá incrementos superiores al porcentaje de incremento global fijado en la presente Ley de Presupuestos Generales del Estado.

(1) A los maestros que imparten 1.º y 2.º curso de Educación Secundaria Obligatoria, se les abonará en el año 2012 la misma cuantía que se establezca para los maestros de los mismos cursos en los centros públicos.

(2) A los licenciados que impartan 1.º y 2.º curso de Educación Secundaria Obligatoria se les aplicará este módulo.

Se modifica por la disposición final 10.2 del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio. Ref. BOE-A-2012-9364.

Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 172, de 19 de julio de 2012. Ref. BOE-A-2012-9654.

ANEXO VI. Costes de personal de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED)

Conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de esta Ley, el coste del personal docente (funcionario y contratado) y del personal de administración y servicios (funcionario y laboral fijo) tiene el siguiente detalle, en miles de euros, sin incluir trienios ni Seguridad Social.

Personal Docente (funcionario y contratado) Miles de euros Personal no Docente (funcionario y laboral fijo) Miles de euros
55.144,70 26.909,36

ANEXO VII. Remanentes de crédito incorporables en el ejercicio 2012

Podrán incorporarse a los créditos del ejercicio, los remanentes que se recogen a continuación:

a)

El del crédito 17.453B.38.755 para financiar obras y expropiaciones del Convenio con la Comunidad Autónoma de Canarias así como los que correspondan al superproyecto del Anexo de Inversiones 1996.17.038.9500 «Convenio con la Comunidad Autónoma de Canarias», siempre que sea inferior al que se produzca en el crédito 17.38.453B. Capítulo 6.

b)

El del crédito 19.291M.01.620 para adquisiciones y acondicionamiento de inmuebles afectos al Patrimonio Sindical Acumulado.

c)

Los de los créditos 20.423M.101.771, 20.457M.101.751, 20.457M.101.761 y 20.457M.101.781 para reactivación económica de las comarcas mineras del carbón.

d)

El del crédito 23.452A.05.611 que corresponda a la anualidad establecida en el Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y la Comunidad Autónoma de Canarias para actuaciones de infraestructuras hidráulicas y de calidad de las aguas, siempre que sea inferior al remanente que se produzca en el crédito 23. 452A. 05. Capítulo 6.

e)

El del crédito 23.456A.05.601 que corresponda a la anualidad establecida en el Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y la Comunidad Autónoma de Canarias para actuaciones de infraestructuras hidráulicas y de calidad de las aguas, siempre que sea inferior al remanente que se produzca en el crédito 23. 456A.05. Capítulo 6.

f)

El del crédito 23.456D.06.601 que corresponda a la anualidad establecida en el Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y la Comunidad Autónoma de Canarias para actuaciones en las costas, siempre que sea inferior al remanente que se produzca en el crédito 23. 456D. 06. Capítulo 6.

g)

En la Sección 33, los procedentes de los Fondos de Compensación Interterritorial, en los términos establecidos en la Ley 22/2001, de 27 de diciembre.

h)

Los de la Sección 36, procedentes de las transferencias realizadas como consecuencia de los Reales Decretos de traspasos de servicios.

ANEXO VIII. Bienes del patrimonio histórico español

De conformidad con lo establecido en la disposición adicional quincuagésima de esta Ley, se especifican a continuación los bienes del Patrimonio Histórico a los que la misma es aplicable.

Grupo I: Bienes singulares declarados patrimonio de la humanidad.

Todos los bienes declarados de interés cultural integrados en la siguiente relación:

Andalucía:

Mezquita de Córdoba (noviembre 1984).

Alhambra y Generalife. Granada (noviembre 1984).

Catedral, Alcázar y Archivo de Indias de Sevilla (diciembre 1987).

Parque Nacional de Doñana (1994).

Bienes incluidos en el Arte Rupestre del Arco Mediterráneo de la Península Ibérica (diciembre 1998):

Los Molinos I (Vélez Blanco, Almería).

Los Molinos II (Vélez Blanco, Almería).

Gabar (Vélez Blanco, Almería).

Abrigo Central de Tello (Vélez Blanco, Almería).

Abrigo de Manuel Vallejo (Quesada, Jaén).

Aragón:

Arquitectura Mudéjar de Aragón (noviembre 1986 y diciembre de 2001):

Torre e Iglesia de San Pedro (Teruel).

Torres y artesonado, Catedral (Teruel).

Torre de San Salvador (Teruel).

Torre de San Martín (Teruel).

Palacio de la Aljafería (Zaragoza).

Seo de San Salvador (Zaragoza).

Iglesia de San Pablo (Zaragoza).

Iglesia de Santa María (Tobed).

Iglesia de Santa Tecla (Cervera de la Cañada).

Colegiata de Santa María (Calatayud).

Bienes incluidos en el Arte Rupestre del Arco Mediterráneo de la Península Ibérica (diciembre 1998):

Cueva de la Fuente del Trucho (Asque, Colunga, Huesca).

Abrigo del plano del pulido (Caspe, Zaragoza).

Cueva del Chopo (Obón, Teruel).

Abrigo de Santa Ana I (Castillonroy, Huesca).

Abrigos del Conjunto de las tajadas de Bezas (Bezas, Teruel).

Bienes incluidos en el Camino de Santiago (diciembre de 1993):

Iglesia y torre de Aruej.

Granja de San Martín.

Pardina de Solano.

Asturias:

Prerrománico Asturiano (diciembre 1985 y ampliación de 2000):

Santa María del Naranco.

San Miguel de Lillo.

Santa Cristina de Lena.

San Salvador de Valdediós.

Cámara Santa Catedral de Oviedo.

San Julián de los Prados.

Canarias:

Parque Nacional de Garajonay. Gomera (diciembre 1986).

Parque Nacional del Teide. Tenerife (junio 2007).

Cantabria:

Cueva de Altamira. Santillana del Mar (diciembre 1985).

Ampliación: La Cueva de Altamira y el Arte Rupestre de la Cornisa Cantábrica (junio 2008).

Castilla y León:

Catedral de Burgos (noviembre 1984).

Iglesias extramuros de Ávila (diciembre 1985):

San Pedro.

San Vicente.

San Segundo.

San Andrés.

Las Médulas, León (diciembre 1997).

El Yacimiento Arqueológico de la Sierra de Atapuerca (diciembre 2000).

Bienes incluidos en el Camino de Santiago (diciembre 1993):

Iglesia de San Juan de Ortega.

Monasterio de San Zoilo, Carrión de los Condes, Palencia.

Iglesia Colegiata de San Isidoro, León.

Yacimientos de Arte Rupestre Prehistórico del Valle del Côa y Siega Verde (2010).

Castilla-La Mancha:

Bienes incluidos en el Arte Rupestre del Arco Mediterráneo de la Península Ibérica (diciembre 1998):

Conjunto de arte rupestre de Alpera, en el término municipal de Alpera (Albacete).

Conjunto de arte rupestre de Minateda, en el término municipal de Hellín (Albacete).

Conjunto de arte rupestre «Torcal de las Bojadillas», en el término municipal de Nerpio (Albacete).

Abrigo de Solana de las Covachas, en el término municipal de Nerpio (Albacete).

Conjunto de arte rupestre de Villar del Humo, en el término municipal de Villar del Humo (Cuenca).

Cataluña:

Parque Güell, Palacio Güell, Casa Milá en Barcelona (noviembre 1984).

Monasterio de Poblet. Vimbodí. Tarragona (diciembre 1991).

Palau de la Música Catalana (diciembre 1997).

Hospital de San Pau de Barcelona (diciembre 1997).

El Conjunto arqueológico de Tarraco (diciembre 2000).

Las Iglesias Románicas del Vall de Boí (diciembre 2000).

Bienes incluidos en el Arte Rupestre del Arco Mediterráneo de la Península Ibérica: (diciembre 1998):

La Roca dels Moros (El Cogul, Les Garrigues).

Conjunt Abrics d’Ermites de la Serra de la Pietat (Ulldecona, El Montsia).

Cova dels Vilasos o dels Vilars (Os de Balaguer, La Noguera).

Cabra Feixet (El Perelló, El Baix Ebre).

La Vall de la Coma (L´Albí, Les Garrigues).

Fachada de la Natividad y la Cripta de la Sagrada Familia, Casa Vicens, Casa Batlló y Cripta de la Colonia Güell (julio 2005).

Extremadura:

Monasterio de Guadalupe. Cáceres (diciembre 1993).

Conjunto Arqueológico de Mérida. Badajoz (diciembre 1993).

Galicia:

La Muralla Romana de Lugo (diciembre 2000).

Bienes incluidos en el Camino de Santiago (diciembre 1993):

Conjunto etnográfico de pallozas en O’Cebrero, Lugo.

Monasterio de Samos, Lugo.

Núcleo rural, iglesia y puente medieval de Leboreiro, Melide, La Coruña.

Torre de Hércules (2009).

Madrid:

Monasterio de El Escorial. San Lorenzo de El Escorial. Madrid (noviembre 1984).

Paisaje Cultural de Aranjuez (diciembre 2001).

Murcia:

El Anfiteatro romano de Cartagena.

El yacimiento arqueológico de San Esteban.

Navarra:

Bienes incluidos en el Camino de Santiago (diciembre 1993):

San Pedro de la Rúa, Estella.

Santa María la Real, Sangüesa.

Santa María, Viana.

La Rioja:

Monasterios de Suso y Yuso, San Millán de la Cogolla. La Rioja (diciembre 1997).

Bienes incluidos en el Camino de Santiago (diciembre 1993):

Iglesia de Santiago, Logroño.

Iglesia Imperial de Santa María de Palacio, Logroño.

Iglesia de la Asunción de Nuestra Señora, Navarrete.

País Vasco:

Puente Vizcaya (julio 2006).

Valencia:

La Lonja de Valencia, Valencia (diciembre 1996).

El Palmeral de Elche (diciembre 2000).

Bienes incluidos en el Arte Rupestre del Arco Mediterráneo de la Península Ibérica (diciembre 1998):

Cova Remigia (Ares del Maestra, Castellón).

Galería Alta de la Masía (Morella, Castellón).

Las Cuevas de la Araña (Bicorp, Valencia).

La Sarga (Alcoi, Alicante).

Grupo II. Edificios eclesiásticos incluidos en el Plan Nacional de Catedrales.

Andalucía:

– Almería. Catedral de Nuestra Señora de la Encarnación.

– Cádiz. Catedral de Santa Cruz.

– Cádiz. Nuestro Señor San Salvador. Jerez de la Frontera. Catedral.

– Córdoba. Catedral de la Asunción de Nuestra Señora. Mezquita.

– Granada. Catedral de la Anunciación.

– Huelva. Nuestra Señora de la Merced. Catedral.

– Guadix, Granada. Catedral de la Encarnación de la Asunción.

– Jaén. Catedral de la Asunción de la Virgen.

– Málaga. Catedral de la Encarnación.

– Sevilla. Catedral de Santa María.

– Concatedral de Baza.

– Cádiz Vieja. Ex-Catedral.

– Baeza, Jaén. La Natividad de Nuestra Señora. Ex-Catedral.

Aragón:

– Huesca. Catedral de la Transfiguración del Señor.

– Teruel. El Salvador. Albarracín. Catedral.

– Barbastro, Huesca. Catedral de Santa María.

– Jaca, Huesca. Catedral de San Pedro Apóstol.

– Teruel. Catedral de Santa María de Mediavilla.

– Zaragoza. Salvador. Catedral.

– Zaragoza. Catedral Basílica de Nuestra Señora del Pilar.

– Monzón. Huesca. Santa María del Romeral. Concatedral.

– Huesca. Ex-Catedral de Roda de Isábena.

Asturias:

– Oviedo. Catedral de San Salvador.

Baleares:

– Mallorca. Catedral de Santa María de Palma.

– Menorca. Catedral de Ciudadela.

– Ibiza. Catedral de Santa María de Ibiza.

Castilla y León:

– Ávila. Catedral del Salvador.

– Burgos. Catedral de Santa María.

– León. Catedral de Santa María.

– Astorga, León. Catedral de Santa María.

– Palencia. Catedral de San Antolín.

– Salamanca. Catedral nueva de la Asunción de la Virgen.

– Ciudad Rodrigo, Salamanca. Catedral de Santa María.

– Segovia. Catedral de Santa María.

– Burgo de Osma, Soria. Catedral de la Asunción.

– Valladolid. Catedral de Nuestra Señora de la Asunción.

– Zamora. Catedral de la Transfiguración.

– Soria. Concatedral de San Pedro.

– Salamanca. Catedral vieja de Santa María.

Castilla-La Mancha:

– Albacete. Catedral de San Juan Bautista.

– Ciudad Real. Catedral de Santa María del Prado.

– Cuenca. Catedral de Santa María y San Julián.

– Sigüenza, Guadalajara. Catedral de Nuestra Señora.

– Toledo. Catedral de Santa María.

– Guadalajara. Concatedral.

Canarias:

– Las Palmas de Gran Canaria. Catedral Basílica de Canarias. Iglesia de Santa Ana.

– La Laguna. Catedral de La Laguna, Iglesia de Nuestra Señora de los Remedios.

Cataluña:

– Barcelona. Catedral de Santa Creu i Santa Eulàlia.

– Vic. Catedral de Sant Pere.

– Girona. Catedral de Santa María.

– Lleida. Catedral de Santa María de la Seu Nova.

– La Seu d’Urgell. Catedral de Santa María.

– Solsona. Catedral de Santa María.

– Tarragona. Catedral de Santa María.

– Tortosa. Catedral de Santa María.

– Lleida. Catedral de Santa Maria de la Seu Vella.

– Sagrada Familia, Barcelona.

Cantabria:

– Santander. Catedral de la Asunción de la Virgen.

Extremadura:

– Badajoz. Catedral de San Juan Bautista.

– Coria, Cáceres. Catedral de la Asunción de Nuestra Señora.

– Plasencia, Cáceres. Catedral de Santa María.

– Cáceres. Concatedral de Santa María.

– Mérida. Concatedral de Santa María.

Galicia:

– Santiago de Compostela, Coruña. Catedral Basílica Metropolitana.

– Lugo. Catedral de Santa María.

– Mondoñedo, Lugo. Catedral de Nuestra Señora de los Remedios.

– Orense. Catedral de San Martín.

– Tuy, Pontevedra. Catedral de la Asunción.

– Concatedral de Vigo.

– Concatedral de Ferrol.

– San Martiño de Foz, Lugo.

Madrid:

– Madrid. La Almudena. Catedral.

– Alcalá de Henares. La Magistral. Catedral.

– Getafe. Santa María Magdalena. Catedral.

– San Isidro, Madrid. Ex-Catedral.

Murcia:

– Cartagena. Iglesia Antigua de Santa María Catedral.

– Murcia. Concatedral de Santa María.

Navarra:

– Pamplona. Catedral de la Asunción de Nuestra Señora.

– Tudela. Virgen María. Catedral.

País Vasco:

– Bilbao. Catedral de Santiago Apóstol.

– Vitoria. Catedral vieja de Santa María.

– San Sebastián. Buen Pastor. Catedral.

La Rioja:

– Calahorra. Catedral de la Asunción de Nuestra Señora.

– Santo Domingo de la Calzada. Catedral del Salvador.

– Logroño. Concatedral de Santa María de la Redonda.

Valencia:

– Orihuela, Alicante. Catedral del Salvador y Santa María.

– Valencia. Catedral de San Pedro y Santa María.

– Castellón. Segorbe. Catedral.

– Alicante. Concatedral de San Nicolás.

– Castellón. Santa María. Concatedral.

Ceuta:

– La Asunción. Catedral.

Grupo III. Otros bienes culturales.

Andalucía: Conjunto Arqueológico de Madinat Al-Zahra.

Aragón: Palacio de Villahermosa e Iglesias en Pedrola, Zaragoza.

Asturias: Monasterio de San Salvador de Cornellana. Salas.

Baleares: La Lonja de Palma.

Canarias: Convento de Santa Clara, San Cristóbal de La Laguna (Tenerife).

Cantabria: Universidad Pontificia de Comillas.

Castilla-La Mancha: Yacimiento de la Villa romana de Noheda. Villar de Domingo García (Cuenca).

Castilla y León: Cartuja de Miraflores, Burgos.

Cataluña: Murallas de Tarragona.

Extremadura: Monasterio de Guadalupe (Cáceres).

Galicia: Monasterio de Sobrado Dos Monxes (A Coruña).

Madrid: La Ermita Virgen del Puerto.

Murcia: Anfiteatro romano de Cartagena y Yacimiento arqueológico de San Esteban.

Navarra: Ciudadela y Murallas de Pamplona.

País Vasco: Basílica de San Prudencio. Barrio de Armentia. Vitoria-Gasteiz.

La Rioja: Muralla de Briones.

Valencia: Monasterio de Santa María de la Valldigna. Simat de Valldigna. Valencia.

Ceuta: Fortines neomedievales y Puerta Califal del siglo XI.

Melilla: Fuerte de Victoria Chica y Fuerte del Rosario.

ANEXO IX. Bonificaciones a las tasas portuarias

Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 160, de 5 de julio de 2012. Ref. BOE-A-2012-9005.

ANEXO X. Entidad Públicas Empresariales y otros organismos públicos

Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF).

Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA).

Centro para el Desarrollo Tecnológico e Industrial (CDTI).

Consorcio de Compensación de Seguros (CCS).

Consorcio para la Construcción del Auditorio de Música de Málaga.

Consorcio Valencia 2007.

Consorcio Zona Franca Cádiz.

Consorcio Zona Franca Gran Canaria.

Consorcio Zona Franca de Vigo.

Ente Público RTVE en liquidación.

Entidad Pública Empresarial Red.es (RED.ES).

Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda (FNMT-RCM).

Ferrocarriles de Vía Estrecha (FEVE).

Fondo de Financiación para el pago a proveedores.

Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB).

Gerencia del Sector de la Construcción Naval.

Instituto de Crédito Oficial (ICO).

Instituto Español de Comercio Exterior (ICEX).

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

Puertos del Estado y Autoridades Portuarias.

RENFE-Operadora.

SEPES Entidad Pública Empresarial de Suelo (EPE SUELO).

Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima (SASEMAR).

Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI).

ANEXO XI. Entidades públicas empresariales y sociedades mercantiles estatales

Anexo a que se refiere la Disposición Adicional Cuadragésima primera de la Ley. Contratación de inversiones por parte de las entidades públicas empresariales y sociedades mercantiles estatales.

Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF).

Aguas de la Cuenca del Ebro, S.A. (acuaEbro).

Aguas de las Cuencas Mediterráneas, S.A. (acuaMed).

Autoridad Portuaria de A Coruña.

Autoridad Portuaria de Gijón.

Ferrocarriles de Vía Estrecha (FEVE).

Sociedad de Infraestructuras y Equipamientos Penitenciarios, S.A. (SIEPSA).

Sociedad Estatal de Infraestructuras Agrarias, S.A. (SEIASA).

Sociedad Estatal de Infraestructuras de Transporte Terrestre, S.A. (SEITTSA).

ANEXO XII. Instalaciones Científicas

Instalaciones científicas a las que se refiere la disposición adicional quincuagésima de esta Ley.

• Plataforma Solar de Almería.

• Centro astronómico de Calar Alto.

• Radio Telescopio del Instituto de Radioastronomía Milimétrica en el pico Veleta.

• Reserva Biológica de Doñana.

• Observatorio del Teide.

• Observatorio del Roque de los Muchachos.

• Centro astronómico de Yebes.

• Centro de Computación y Comunicaciones de Cataluña (CESCA).

• Laboratorio de Resonancia Magnética Nuclear del Parque Científico de Barcelona.

• Sala Blanca del Centro Nacional de Microelectrónica.

• Barcelona Supercomputing Center-Centro Nacional de Supercomputación (BSC-CNS).

• Canal de Investigación y Experimentación Marítima (CIEM).

• Dispositivo de Fusión Termonuclear TJ-II del CIEMAT.

• Instalación de alta seguridad biológica del CISA (INIA).

• Instalaciones singulares de ingeniería civil en el CEDEX.

• Red IRIS.

• Central de Tecnología del Instituto de Sistemas Opto-electrónicos de la Universidad Politécnica de Madrid.

• Canal de Experiencias Hidrodinámicas de El Pardo (CEHIPAR).

• Buque de investigación Oceanográfica Cornide de Saavedra.

• Buque de Investigación Oceanográfica Hespérides.

• Bases antárticas españolas Juan Carlos I y Gabriel de Castilla.

• Laboratorio Subterráneo de Canfranc.

• Gran Telescopio CANARIAS.

• Laboratorio de Luz Sincrotrón Alba.

• Buque de Investigación Oceanográfica Sarmiento de Gamboa.

• Centro Nacional de Investigación sobre la Evolución Humana (CENIEH).

• Centro Nacional de Aceleradores.

• Centro de Microscopía de la Universidad Complutense de Madrid y Unidad de Microscopía del Centro Nacional de Biotecnología (CNB-CSIC).

• Centro Nacional de Energías Renovables (CENER).

• Nodo de la Red Española de Supercomputación en la Universidad de Valencia.

• Nodo de la Red Española de Supercomputación en la Universidad de Málaga.

• Nodo de la Red Española de Supercomputación en la Universidad de Cantabria.

• Nodo de la Red Española de Supercomputación en la Universidad Politécnica de Madrid.

• Nodo de la Red Española de Supercomputación en el Instituto de Astrofísica de Canarias.

• Nodo de la Red Española de Supercomputación en el Instituto de Biocomputación y Física de Sistemas Complejos (BIFI) de la Universidad de Zaragoza.

• Centro de Supercomputación de Galicia (CESGA).

• Plataforma Oceánica de Canarias (PLOCAN).

• Sistema de Observación Costero de las Illes Balears (SOCIB).

• Centro Nacional de Experimentación de Tecnologías del Hidrógeno y Pilas de Combustible (CNETHPC).

• Centro de Láseres Pulsados Ultracortos Ultraintensos (CLPU).

• Consorcio ESS-Bilbao.

• Gran Tanque de Ingeniería Marítima de Cantabria.

• Imagen Biomédica de Madrid.

• Instituto de Investigación sobre Cambio Climático de Zaragoza (I2C2).

• Instalación imagen molecular – CIC-BIOMAGUNE.

• Plataformas Aéreas del INTA.

Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 228, de 21 de septiembre de 2012. Ref. BOE-A-2012-11832.

ANEXO XIII. Entidades del sector público administrativo

Consorcio Centro Sefarad-Israel.

Consorcio Casa Árabe y su Instituto Internacional de Estudios Árabes y del Mundo Musulmán.

Consorcio Casa del Mediterráneo.

Consorcio de Actividades Logísticas, Empresariales, Tecnológicas, Ambientales y de Servicios de la Bahía de Cádiz, Consorcio Aletas.

Consorcio Ciudad de Cuenca.

Consorcio de la Ciudad de Santiago de Compostela.

Consorcio Ciudad de Toledo.

Consorcio de la Zona Especial Canaria (CZEC).

Comisión Nacional del Sector Postal.

Comisión Nacional de la Energía (CNE).

Comisión del Mercado de Telecomunicaciones (CMT).

Consorcio Instituto de Investigación sobre Cambio Climático.

Consorcio para el Equipamiento y Explotación del Laboratorio Subterráneo de Canfranc.

Consorcio para la Creación, Construcción, Equipamiento y Explotación del Barcelona Supercomputing Center – Centro Nacional de Supercomputación.

Consorcio de Apoyo a la Investigación Biomédica en Red (CAIBER).

Consorcio CIBER para el Área Temática de Salud Mental.

Consorcio CIBER para el Área Temática de Bioingeniería, Biomateriales y Nanomedicina.

Consorcio CIBER para el Área Temática de Diabetes y Enfermedades Matabólicas.

Consorcio CIBER para el Área Temática de Enfermedades Hepáticas y Digestivas.

Consorcio CIBER para el Área Temática de Enfermedades Neurodegenerativas.

Consorcio CIBER para el Área Temática de Enfermedades Respiratorias.

Consorcio CIBER para el Área Temática de Enfermedades Raras.

Consorcio CIBER para el Área Temática de Epidemiología y Salud Pública.

Consorcio CIBER para el Área Temática de Fisiopatología de la Obesidad y Nutrición.

Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

ANEXO XIV. Fondos sin personalidad jurídica

Fondo para la Promoción del Desarrollo.

Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento.

Fondo de Garantía de Alimentos.

Fondo Estatal de Inversión Local.

Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local.

Fondo Financiero para la Modernización de la Infraestructura Turística (FOMIT).

Fondo de Apoyo a la diversificación del Sector Pesquero y Acuícola.

Fondo de carbono para una Economía Sostenible.

Fondo de Apoyo para la Promoción y Desarrollo de Infraestructuras y Servicios del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia (FAAD).

Fondo para Adquisición de Activos Financieros.

Fondo de Apoyo a la República Helénica.

Fondo para inversiones en el exterior (FIEX).

Fondo para inversiones en el exterior de la Pequeña y Mediana Empresa (FONPYME).

Fondo de Ayuda al Comercio Interior (FACI).

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