Circular 1/2015, de 22 de julio, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, de desarrollo de la información regulatoria de costes relativa a las actividades reguladas de transporte, regasificación, almacenamiento y gestión técnica del sistema de gas natural, así como transporte y operación del sistema de electricidad

Rango Circular
Publicación 2015-07-31
Última actualización 2017-05-10
Estado Vigente
Departamento Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
Fuente BOE
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Cód_SICSE Nombre del epígrafe de SICSE
1. Importe neto de la cifra de negocios.
1.1 Ventas.
PG11A a) Ventas de gas a ciclos combinados.
PG11B b) Margen de intercambios de gas con otros comercializadores.
PG11C c) Ventas de gas a otros clientes.
PG11D d) Ventas de electricidad.
PG11 E e) Otras ventas (especificar a pie de página).
1.2. Ingresos por prestaciones de servicios.
PG12A a) Ingresos por retribuciones de actividades reguladas.
PG12B b) Derechos, acometidas, alquileres y otros.
PG12C c) Otros ingresos regulados.
d) Otros Ingresos.
PG12d1 d.1) Ingresos por construcción de instalaciones para terceros.
PG12d2 d.2) Operación y mantenimiento para terceros.
PG12d3 d.3) Actividades de telecomunicaciones.
PG12d4 d.4) Otros.
PG2 2. Variación de existencias de productos terminados y en curso de fabricación.
PG3 3. Trabajos realizados por la empresa para su activo.
4. Aprovisionamientos.
PG4A a) Consumos de gas mediante subastas.
PG4B b) Consumos de gas contratos bilaterales nacionales.
PG4C c) Consumos de gas contratos bilaterales internacionales.
PG4D d) Consumos de materias energéticas y otros aprovisionamientos.
PG4E e) Otras compras de gas.
PG4F f) Consumos de materias no energéticas.
PG4G g) Gastos por peajes de transporte.
PG4H h) Gastos por peajes de distribución.
PG4I i) Trabajos realizados por otras empresas.
PG4J j) Deterioro de aprovisionamientos.
5. Otros ingresos de explotación.
PG5A a) Ingresos accesorios y otros de gestión corriente.
PG5B b) Subvenciones de explotación incorporadas al resultado del ejercicio.
6. Gastos de personal.
PG6A a) Sueldos, salarios y asimilados.
PG6B b) Seguridad Social.
PG6C c) Dotaciones y aportaciones a planes de pensiones.
PG6D d) Provisiones.
7. Otros gastos de explotación.
PG7A a) Reparaciones y conservación de instalaciones técnicas de gas.
PG7B b) Otros servicios exteriores.
PG7C c) Tributos.
PG7D d) Pérdidas, deterioro y variación de provisiones por operaciones comerciales.
PG7E e) Otros gastos de gestión corriente.
8. Amortización del inmovilizado.
PG8A a) Amortización de las instalaciones técnicas de gas.
PG8B b) Otras amortizaciones.
PG9 9. Imputación de subvenciones de inmovilizado no financiero y otras.
PG10 10. Excesos de provisiones.
11. Deterioro y resultado por enajenaciones del inmovilizado.
PG11_A a) Deterioros y pérdidas.
PG11_B b) Resultados por enajenaciones y otras.
A.1) Resultado de explotación (1+2+3+4+5+6+7+8+9+10+11).
12. Ingresos financieros.
a) De participaciones en instrumentos de patrimonio.
PG12A1 1) En empresas del grupo y asociadas.
PG12A2 2) En terceros.
b) De valores negociables y de créditos del activo inmovilizado.
PG12B1 1) De empresas del grupo y asociadas.
PG12B2 2) De terceros.
13. Gastos financieros.
PG13A a) Por deudas con empresas del grupo y asociadas.
PG13B b) Por deudas con terceros.
PC13C c) Por actualización de provisiones.
14. Variación de valor razonable en instrumentos financieros.
PG14A a) Cartera de negociación y otros.
PG14B b) Imputación al resultado ejercicio por activos financieros disponibles para la venta.
PG15 15. Diferencias de cambio.
16. Deterioro y resultado por enajenaciones de instrumentos financieros.
PG16A a) Deterioros y pérdidas.
PG16B b) Resultados por enajenaciones y otras.
A.2) Resultado financiero (12+13+14+15+16).
A.3) Resultado antes de impuestos (A.1 + A.2).
PG17 17. Impuestos sobre beneficios.
A.4) Resultado del ejercicio procedente de operaciones continuadas (A.3 + 17).
PG18 18. Resultado del ejercicio procedente de operaciones interrumpidas neto de impuestos.
A.5) Resultado del ejercicio (A.4 + 18).

Tabla 14: OFC de O&M de OS

Código Nombre OFC
OFC-E-OM-OS-01 Operación del Sistema Península.
OFC-E-OM-OS-02 Operación del Sistema Baleares.
OFC-E-OM-OS-03 Operación del Sistema Canarias.
OFC-E-OM-OS-04 Actuaciones de verificación en el sistema de medidas a los agentes.
OFC-E-OM-OS-05 Costes de estudios de acceso a la red de transporte.
Código Nombre OFC
--- ---
OFC-E-OM-T-001 Líneas aéreas 400 kV Simple circuito Península.
OFC-E-OM-T-002 Líneas aéreas 400 kV Doble circuito Península.
OFC-E-OM-T-003 Líneas aéreas 400 kV más de dos circuitos Península.
OFC-E-OM-T-004 Líneas aéreas 220 kV Simple circuito Península.
OFC-E-OM-T-005 Líneas aéreas 220 kV Doble circuito Península.
OFC-E-OM-T-006 Líneas aéreas 220 kV más de dos circuitos Península.
OFC-E-OM-T-007 Líneas aéreas 220 kV Simple circuito Islas Baleares.
OFC-E-OM-T-008 Líneas aéreas 220 kV Doble circuito Islas Baleares.
OFC-E-OM-T-009 Líneas aéreas 220 kV más de dos circuitos Islas Baleares.
OFC-E-OM-T-010 Líneas aéreas 220 kV Simple circuito Gran Canaria y Tenerife.
OFC-E-OM-T-011 Líneas aéreas 220 kV Doble circuito Gran Canaria y Tenerife.
OFC-E-OM-T-012 Líneas aéreas 220 kV más de dos circuitos Gran Canaria y Tenerife.
OFC-E-OM-T-013 Líneas aéreas 220 kV Simple circuito resto Islas Canarias.
OFC-E-OM-T-014 Líneas aéreas 220 kV Doble circuito resto Islas Canarias.
OFC-E-OM-T-015 Líneas aéreas 220 kV más de dos circuitos resto Islas Canarias.
OFC-E-OM-T-016 Líneas aéreas 132 kV Simple circuito Islas Baleares.
OFC-E-OM-T-017 Líneas aéreas 132 kV Doble circuito Islas Baleares.
OFC-E-OM-T-018 Líneas aéreas 132 kV más de dos circuitos Islas Baleares.
OFC-E-OM-T-019 Líneas aéreas 132 kV Simple circuito Gran Canaria y Tenerife.
OFC-E-OM-T-020 Líneas aéreas 132 kV Doble circuito Gran Canaria y Tenerife.
OFC-E-OM-T-021 Líneas aéreas 132 kV más de dos circuitos Gran Canaria y Tenerife.
OFC-E-OM-T-022 Líneas aéreas 132 kV Simple circuito resto Islas Canarias.
OFC-E-OM-T-023 Líneas aéreas 132 kV Doble circuito resto Islas Canarias.
OFC-E-OM-T-024 Líneas aéreas 132 kV más de dos circuitos resto Islas Canarias.
OFC-E-OM-T-025 Líneas aéreas 66 kV Simple circuito Islas Baleares.
OFC-E-OM-T-026 Líneas aéreas 66 kV Doble circuito Islas Baleares.
OFC-E-OM-T-027 Líneas aéreas 66 kV más de dos circuitos Islas Baleares.
OFC-E-OM-T-028 Líneas aéreas 66 kV Simple circuito Gran Canaria y Tenerife.
OFC-E-OM-T-029 Líneas aéreas 66 kV Doble circuito Gran Canaria y Tenerife.
OFC-E-OM-T-030 Líneas aéreas 66 kV más de dos circuitos Gran Canaria y Tenerife.
OFC-E-OM-T-031 Líneas aéreas 66 kV Simple circuito resto Islas Canarias.
OFC-E-OM-T-032 Líneas aéreas 66 kV Doble circuito resto Islas Canarias.
OFC-E-OM-T-033 Líneas aéreas 66 kV más de dos circuitos resto Islas Canarias.
OFC-E-OM-T-034 Línea subterránea 220 kV Simple circuito Península.
OFC-E-OM-T-035 Línea subterránea 220 kV Doble circuito Península.
OFC-E-OM-T-036 Línea subterránea 220 kV Simple circuito Islas Baleares.
OFC-E-OM-T-037 Línea subterránea 220 kV Doble circuito Islas Baleares.
OFC-E-OM-T-038 Línea subterránea 220 kV Simple circuito Gran Canaria y Tenerife.
OFC-E-OM-T-039 Línea subterránea 220 kV Doble circuito Gran Canaria y Tenerife.
OFC-E-OM-T-040 Línea subterránea 220 kV Simple circuito resto Islas Canarias.
OFC-E-OM-T-041 Línea subterránea 220 kV Doble circuito resto Islas Canarias.
OFC-E-OM-T-042 Línea subterránea 132 kV Simple circuito Islas Baleares.
OFC-E-OM-T-043 Línea subterránea 132 kV Doble circuito Islas Baleares.
OFC-E-OM-T-044 Línea subterránea 132 kV Simple circuito Gran Canaria y Tenerife.
OFC-E-OM-T-045 Línea subterránea 132 kV Doble circuito Gran Canaria y Tenerife.
OFC-E-OM-T-046 Línea subterránea 132 kV Simple circuito resto Islas Canarias.
OFC-E-OM-T-047 Línea subterránea 132 kV Doble circuito resto Islas Canarias.
OFC-E-OM-T-048 Línea subterránea 66 kV Simple circuito Islas Baleares.
OFC-E-OM-T-049 Línea subterránea 66 kV Doble circuito Islas Baleares.
OFC-E-OM-T-050 Línea subterránea 66 kV Simple circuito Gran Canaria y Tenerife.
OFC-E-OM-T-051 Línea subterránea 66 kV Doble circuito Gran Canaria y Tenerife.
OFC-E-OM-T-052 Línea subterránea 66 kV Simple circuito resto Islas Canarias.
OFC-E-OM-T-053 Línea subterránea 66 kV Doble circuito resto Islas Canarias.
OFC-E-OM-T-054 Línea subterránea 320 kVc.c y estaciones conversoras 400 kVc.a/320 kV c.c.
OFC-E-OM-T-055 Línea submarina 400 kV Doble circuito c.a.
OFC-E-OM-T-056 Línea submarina 250 kVc.c y estaciones conversoras 250 kVc.c /220 kVc.a.
OFC-E-OM-T-057 Línea submarina 220 kV Simple circuito.
OFC-E-OM-T-058 Línea submarina 220 kV Doble circuito.
OFC-E-OM-T-059 Línea submarina 132 kV Simple circuito.
OFC-E-OM-T-060 Línea submarina 132 kV Doble circuito.
OFC-E-OM-T-061 Línea submarina 66 kV Simple circuito.
OFC-E-OM-T-062 Línea submarina 66 kV Doble circuito.
OFC-E-OM-T-063 Posición convencional 400 kV Península.
OFC-E-OM-T-064 Posición blindada 400 kV Península.
OFC-E-OM-T-065 Posición convencional 220 kV Península.
OFC-E-OM-T-066 Posición convencional 220 kV Islas Baleares.
OFC-E-OM-T-067 Posición convencional 220 kV Gran Canaria y Tenerife.
OFC-E-OM-T-068 Posición convencional 220 kV resto Islas Canarias.
OFC-E-OM-T-069 Posición blindadas 220 kV Península.
OFC-E-OM-T-070 Posición blindadas 220 kV Islas Baleares.
OFC-E-OM-T-071 Posición blindadas 220 kV Gran Canaria y Tenerife.
OFC-E-OM-T-072 Posición blindadas 220 kV resto Islas Canarias.
OFC-E-OM-T-073 Posición convencional 132 kV Islas Baleares.
OFC-E-OM-T-074 Posición convencional 132 kV Gran Canaria y Tenerife.
OFC-E-OM-T-075 Posición convencional 132 kV resto Islas Canarias.
OFC-E-OM-T-076 Posición blindada 132 kV Islas Baleares.
OFC-E-OM-T-077 Posición blindada 132 kV Gran Canaria y Tenerife.
OFC-E-OM-T-078 Posición blindada 132 kV resto Islas Canarias.
OFC-E-OM-T-079 Posición convencional 66 kV Islas Baleares.
OFC-E-OM-T-080 Posición convencional 66 kV Gran Canaria y Tenerife.
OFC-E-OM-T-081 Posición convencional 66 kV resto Islas Canarias.
OFC-E-OM-T-082 Posición blindada 66 kV Islas Baleares.
OFC-E-OM-T-083 Posición blindada 66 kV Gran Canaria y Tenerife.
OFC-E-OM-T-084 Posición blindada 66 kV resto Islas Canarias.
OFC-E-OM-T-085 Transformadores monofásicos (400/220 kV) Península.
OFC-E-OM-T-086 Transformadores trifásicos (400/220/132 kV) Península.
OFC-E-OM-T-087 Transformadores trifásicos (220/132 kV) Islas Baleares.
OFC-E-OM-T-088 Transformadores trifásicos (220/132 kV) Gran Canaria y Tenerife.
OFC-E-OM-T-089 Transformadores trifásicos (220/132 kV) resto Islas Canarias.
OFC-E-OM-T-090 Transformadores trifásicos (220/66 kV) Islas Baleares.
OFC-E-OM-T-091 Transformadores trifásicos (220/66 kV) Gran Canaria y Tenerife.
OFC-E-OM-T-092 Transformadores trifásicos (220/66 kV) resto Islas Canarias.
OFC-E-OM-T-093 Transformadores trifásicos (132/66 kV) Islas Baleares.
OFC-E-OM-T-094 Transformadores trifásicos (132/66 kV) Gran Canaria y Tenerife.
OFC-E-OM-T-095 Transformadores trifásicos (132/66 kV) resto Islas Canarias.
OFC-E-OM-T-096 Reactancias 400 kV Península.
OFC-E-OM-T-097 Reactancias 220 kV Península.
OFC-E-OM-T-098 Reactancias 220 kV Islas Baleares.
OFC-E-OM-T-099 Reactancias 220 kV Gran Canaria y Tenerife.
OFC-E-OM-T-100 Reactancias 220 kV resto Islas Canarias.
OFC-E-OM-T-101 Reactancias 132 kV Islas Baleares.
OFC-E-OM-T-102 Reactancias 132 kV Gran Canaria y Tenerife.
OFC-E-OM-T-103 Reactancias 132 kV resto Islas Canarias.
OFC-E-OM-T-104 Reactancias 66 kV Islas Baleares.
OFC-E-OM-T-105 Reactancias 66 kV Gran Canarias y Tenerife.
OFC-E-OM-T-106 Reactancias 66 kV resto Islas Canarias.
OFC-E-OM-T-107 Condensadores 400 kV Península.
OFC-E-OM-T-108 Condensadores 220 kV Península.
OFC-E-OM-T-109 Condensadores 220 kV Islas Baleares.
OFC-E-OM-T-110 Condensadores 220 kV Gran Canaria y Tenerife.
OFC-E-OM-T-111 Condensadores 220 kV resto Islas Canarias.
OFC-E-OM-T-112 Condensadores 132 kV Islas Baleares.
OFC-E-OM-T-113 Condensadores 132 kV Gran Canaria y Tenerife.
OFC-E-OM-T-114 Condensadores 132 kV resto Islas Canarias.
OFC-E-OM-T-115 Condensadores 66 kV Islas Baleares.
OFC-E-OM-T-116 Condensadores 66 kV Gran Canaria y Tenerife.
OFC-E-OM-T-117 Condensadores 66 kV resto Islas Canarias.
OFC-E-OM-T-118 Transformador móvil monofásicos (400/220 kV) Península.
OFC-E-OM-T-119 Transformador móvil trifásico (400/220/132 kV) Península.
OFC-E-OM-T-120 Transformador móvil monofásico (220/132 kV) Islas Baleares.
OFC-E-OM-T-121 Transformador móvil monofásico (220/132 kV) Gran Canaria y Tenerife.
OFC-E-OM-T-122 Transformador móvil monofásico (220/132 kV) resto Islas Canarias.
OFC-E-OM-T-123 Transformador móvil monofásico (220/66 kV) Islas Baleares.
OFC-E-OM-T-124 Transformador móvil monofásico (220/66 kV) Gran Canaria y Tenerife.
OFC-E-OM-T-125 Transformador móvil monofásico (220/66 kV) resto Islas Canarias.
OFC-E-OM-T-126 Transformador móvil monofásico (132/66 kV Islas Baleares).
OFC-E-OM-T-127 Transformador móvil monofásico (132/66 kV) Gran Canaria y Tenerife.
OFC-E-OM-T-128 Transformador móvil monofásico (132/66 kV) resto Islas Canarias.
OFC-E-OM-T-129 Posición móvil 400 kV Península.
OFC-E-OM-T-130 Posición móvil 220 kV Península.
OFC-E-OM-T-131 Posición móvil 220 kV Islas Baleares.
OFC-E-OM-T-132 Posición móvil 220 kV Gran Canaria y Tenerife.
OFC-E-OM-T-133 Posición móvil 220 kV resto Islas Canarias.
OFC-E-OM-T-134 Posición móvil 132 kV Islas Baleares.
OFC-E-OM-T-135 Posición móvil 132 kV Gran Canaria y Tenerife.
OFC-E-OM-T-136 Posición móvil 132 kV resto Islas Canarias.
OFC-E-OM-T-137 Posición móvil 66 kV Islas Baleares.
OFC-E-OM-T-138 Posición móvil 66 kV Gran Canaria y Tenerife.
OFC-E-OM-T-139 Posición móvil 66 kV resto Islas Canarias.
OFC-E-OM-T-140 Desfasadores 400 kV Península.
OFC-E-OM-T-141 Desfasadores 220 kV Península.
OFC-E-OM-T-142 Desfasadores 220 kV Islas Baleares.
OFC-E-OM-T-143 Desfasadores 220 kV Gran Canaria y Tenerife.
OFC-E-OM-T-144 Desfasadores 220 kV resto Islas Canarias.
OFC-E-OM-T-145 Otras inversiones singulares.
OFC-E-OM-T-146 Otros.

Tabla 16: OFC de O&M de GTS

Código Nombre OFC
OFC-G-GTS-01 Operación del Sistema Gasista.
OFC-G-GTS-02 Liquidaciones del Sistema Gasista.
OFC-G-GTS-03 Coordinación de Garantías.
OFC-G-GTS-04 Mantenimiento SL-ATR.
OFC-G-GTS-05 Predicción de Demanda.
OFC-G-GTS-06 Estudios.
OFC-G-GTS-07 Plataforma de Contratación.

Tabla 17: OFC de O&M de transporte de gas

Código Nombre OFC
OFC-G-OM-T-01 Gasoducto transporte primario.
OFC-G-OM-T-02 Gasoducto transporte secundario.
OFC-G-OM-T-03 ERM primarias.
OFC-G-OM-T-04 ERM secundarias.
OFC-G-OM-T-05 EM primarias.
OFC-G-OM-T-06 EM secundarias.
OFC-G-OM-T-07 EM-MUS primarias.
OFC-G-OM-T-08 EM-MUS secundarias.
OFC-G-OM-T-09 ERP y ERC.
OFC-G-OM-T-10 Estaciones de compresión turbina.
OFC-G-OM-T-11 Estaciones de compresión motor eléctrico.
OFC-G-OM-T-12 ERM/EM singulares.
OFC-G-OM-T-13 Estación de compresión singular.
OFC-G-OM-T-14 Gasoducto singular.

Tabla 18: OFC de O&M de regasificación

Código Nombre OFC
OFC-G-OM-R-01 Almacenamiento GNL.
OFC-G-OM-R-02 Vaporización.
OFC-G-OM-R-03 Carga de cisternas de GNL.
OFC-G-OM-R-04 Carga/descarga de GNL.
OFC-G-OM-R-07 Gastos generales de planta.

Tabla 19: OFC de O&M de almacenamiento subterráneo

Código Nombre OFC
OFC-G-OM-A-01 Extracción.
OFC-G-OM-A-02 Inyección.
OFC-G-OM-A-03 Gastos generales de planta.

Tabla 20: OFC de O&M de GRI

Código Nombre OFC
OFC-G-OM-GRI-01-XXX Empresa XXX Gasoducto transporte primario Red Troncal.
OFC-G-OM-GRI-02-XXX Empresa XXX ERM primaria Red Troncal.
OFC-G-OM-GRI-03-XXX Empresa XXX EM primaria Red Troncal.
OFC-G-OM-GRI-04-XXX Empresa XXX Estación de Compresión Red Troncal.

Tabla 21: OFC inversión resto actividades

Código Nombre OFC
OFC-R-I-01 Otras actividades reguladas.
OFC-R-I-02 Distribución.
OFC-R-I-03 Actividades no reguladas.

Tabla 22: OFC O&M resto

Código Nombre OFC
OFC-R-OM-01 Otras actividades reguladas.
OFC-R-OM-02 Distribución.
OFC-R-OM-03 Actividades no reguladas.

Tabla 23: Conceptos de coste de inversión en transporte electricidad

Código Nombre Concepto de Coste
CDC-E-I-T-01 Gestión del proyecto.
CDC-E-I-T-02 Dirección facultativa y supervisión.
CDC-E-I-T-03 Ingeniería.
CDC-E-I-T-04 Estudios de impacto ambiental.
CDC-E-I-T-05 Tramitación, licencias y tasas.
CDC-E-I-T-06 Terrenos.
CDC-E-I-T-07 Obra civil.
CDC-E-I-T-08 Montaje.
CDC-E-I-T-09 Tendido.
CDC-E-I-T-10 Materiales y Equipos.
CDC-E-I-T-11 Seguridad.
CDC-E-I-T-12 Inspecciones y pruebas.
CDC-E-I-T-13 Otros.
CDC-E-I-T-14 Gastos financieros activados.
CDC-E-I-T-15 Edificaciones.

Tabla 24: Materiales y equipos de transporte electricidad

Código Nombre Materiales y Equipos
ME-E-T-01 Equipo eléctrico.
ME-E-T-02 Conductores.
ME-E-T-03 Apoyos y Anclajes.
ME-E-T-04 Fibra óptica.
ME-E-T-05 Otro material de comunicaciones.
ME-E-T-06 Equipos de seguridad.
ME-E-T-07 Otros.

Tabla 25: Conceptos de coste de inversión en OS/GTS

Código Nombre Concepto de Coste
CDC-E-I-OS-01 Todos.

Tabla 26: Conceptos de coste de O&M transporte electricidad

Código Nombre Concepto de Coste
CDC-OM-T-01 Operación.
CDC-OM-T-02 Mantenimiento correctivo: Averías.
CDC-OM-T-03 Mantenimiento correctivo: Incidencias.
CDC-OM-T-04 Mantenimiento preventivo-predictivo.
CDC-OM-T-05 Modificaciones y mejoras.

Tabla 27: Conceptos de coste de O&M OS y GTS

Código Nombre Concepto de Coste
CDC-OM-OS-01 Operación.

Tabla 28: Conceptos de coste de inversión transporte de gas natural, regasificación, AASS

Código Nombre Concepto de Coste
CDC-G-I-01 Gestión de Proyecto, Ingeniería, Supervisión e Inspecciones.
CDC-G-I-02 Permisos, licencias, tasas y seguros.
CDC-G-I-03 Terrenos.
CDC-G-I-04 Edificios (incluye su construcción y materiales).
CDC-G-I-05 Construcción, obra civil, montaje y puesta en servicio (incluye mano de obra).
CDC-G-I-06 Materiales y Equipos.
CDC-G-I-07 Otros costes necesarios (Medioambientales, etc.).
CDC-G-I-08 Gastos financieros activados.

Tabla 29: Materiales y equipos gasoductos

Código Nombre ME Transporte Gasoductos
ME-G-T-GAS-01 Tubería.
ME-G-T-GAS-02 Fibra óptica.
ME-G-T-GAS-03 Protección catódica.
ME-G-T-GAS-04 Otros materiales y equipos.

Tabla 30: Materiales y equipos: Posiciones de gasoductos

Código Nombre ME Transporte Posiciones
ME-G-T-POS-01 Válvulas de línea.
ME-G-T-POS-02 Trampas de rascadores.
ME-G-T-POS-03 Tuberías y válvulas.
ME-G-T-POS-04 Sistema eléctrico.
ME-G-T-POS-05 Equipos Telemático. Equipos Telemático.
ME-G-T-POS-06 Cromatógrafo. Cromatógrafo.
ME-G-T-POS-07 Sistema de odorización. Sistema de odorización.
ME-G-T-POS-08 Otros materiales y equipos. Otros materiales y equipos.

Tabla 31: Materiales y equipos: ERM

Código Nombre ME Transporte ERM
ME-G-T-ERM-01 Tuberías y válvulas.
ME-G-T-ERM-02 Regulación y/o medida.
ME-G-T-ERM-03 Sistema eléctrico.
ME-G-T-ERM-04 Equipos Telemático.
ME-G-T-ERM-05 Sistema de calentamiento.
ME-G-T-ERM-06 Otros materiales y equipos.

Tabla 32: Materiales y equipos: Estaciones de compresión

Código Nombre ME Transporte EC
ME-G-T-ECO-01 Tuberías y válvulas.
ME-G-T-ECO-02 Turbocompresores.
ME-G-T-ECO-03 Aero-Refrigeradores o equivalente.
ME-G-T-ECO-04 Sistema eléctrico.
ME-G-T-ECO-05 Sistema de supervisión y control.
ME-G-T-ECO-06 Equipos Telemático.
ME-G-T-ECO-07 ERM.
ME-G-T-ECO-08 Otros materiales y equipos.

Tabla 33: Materiales y equipos: Centros de mantenimiento

Código Nombre ME Transporte Centro mantenimiento
ME-G-T-CMO-01 Materiales y equipos

Tabla 34: Materiales y equipos: Almacenamiento GNL

Código Nombre ME Regasificación Almacenamiento GNL
ME-G-R-ALM-01 Tanques.
ME-G-R-ALM-02 Bombas Primarias.
ME-G-R-ALM-03 Balsas de derrame de GNL.

Tabla 35: Materiales y equipos: Vaporizadores de agua de mar

Código Nombre ME Vaporizadores de agua de mar
ME-G-R-VAM-01 Vaporizador de agua de mar.
ME-G-R-VAM-02 Sistema de calentamiento de gas natural.
ME-G-R-VAM-03 Balsas de derrame de GNL.
ME-G-R-VAM-04 Sistema de alimentación/retorno agua de mar (bombeo+tuberías).
ME-G-R-VAM-05 Instalaciones subterráneas.

Tabla 36: Materiales y equipos: Vaporizadores de combustión sumergida

Código Nombre ME Vaporizadores de combustión
ME-G-R-VCS-01 Vaporizadores de combustión sumergida.
ME-G-R-VCS-02 Balsas de derrame de GNL.

Tabla 37: Materiales y equipos: Sistema bombas secundarias

Código Nombre ME Regasificación Sistema bombas secundarias
ME-G-R-SBS-01 Bomba secundaria GNL.
ME-G-R-SBS-02 Balsas de derrame de GNL.

Tabla 38: Materiales y equipos: Sistema de medida y odorización

Código Nombre ME Regasificación Sistema de medida y odorización
ME-G-R-SMO-01 Estación de medida principal.
ME-G-R-SMO-02 Estación de medida reserva.
ME-G-R-SMO-03 Cromatógrafo.
ME-G-R-SMO-04 Sistemas de odorización.

Tabla 39: Materiales y equipos: Sistema antorcha o combustor

Código Nombre ME Regasificación Sistema antorcha o combustor
ME-G-R-SAC-01 Antorcha/Combustor.

Tabla 40: Materiales y equipos: Sistema compresión boiloff para procesado interno planta

Código Nombre ME Regasificación Sistema compresión boil-off para procesado interno planta
ME-G-R-BOI-01 Compresor Boil-off.
ME-G-R-BOI-02 KO Drum compresor.
ME-G-R-BOI-03 Atemperador de GNL.
ME-G-R-BOI-04 Depósito acumulador drenajes.

Tabla 41: materiales y equipos: relicuador boil-off

Código Nombre ME Regasificación Relicuador boil-off
ME-G-R-RBO-01 Relicuador.
ME-G-R-RBO-02 Balsas de derrame de GNL.

Tabla 42: Materiales y equipos: Sistema compresión boil-off para emisión directa a red

Código Nombre ME Regasificación Sistema compresión boil-off para emisión directa a red
ME-G-R-BOE-01 Compresores.

Tabla 43: Materiales y equipos: Cargaderos de cisternas de GNL

Código Nombre ME Regasificación Cargaderos de cisternas de GNL
ME-G-R-CC-01 Báscula.
ME-G-R-CC-02 Bomba GNL.
ME-G-R-CC-03 Balsas de derrame de GNL.
ME-G-R-CC-04 Equipo del cargadero.

Tabla 44: Materiales y equipos: Instalaciones interconexiones de GNL

Código Nombre ME Regasificación Instalaciones interconexiones (tuberías) de GNL
ME-G-R-IGL-01 Interconexiones entre brazos de descarga y tanques.
ME-G-R-IGL-02 Interconexiones entre tanques y vaporizadores.
ME-G-R-IGL-03 Interconexiones entre tanques y cargaderos de cisterna.
ME-G-R-IGL-04 Interconexiones entre tanques y relicuador.
ME-G-R-IGL-05 Resto de interconexiones GNL.

Tabla 45: Materiales y equipos: Instalaciones interconexiones (tuberías) de GN

Código Nombre ME Regasificación Instalaciones interconexiones (tuberías) de GN
ME-G-R-IGN-01 Interconexiones entre vaporizadores y ERM.
ME-G-R-IGN-02 Interconexiones entre tanque y antorcha.
ME-G-R-IGN-03 Interconexiones entre tanques y relicuador.
ME-G-R-IGN-04 Resto de interconexiones GN.

Tabla 46: Materiales y equipos: Obra civil terrestre

Código Nombre ME Regasificación Obra civil terrestre
ME-G-R-OCT-01 Accesos.
ME-G-R-OCT-02 Infraestructura terrestre.

Tabla 47: Materiales y equipos: Instalaciones de descarga de GNL

Código Nombre ME Regasificación Instalaciones de descarga de GNL
ME-G-R-IDG-01 Brazos de descarga
ME-G-R-IDG-02 Brazo de retorno de vapores al barco
ME-G-R-IDG-03 Torres Monitoras
ME-G-R-IDG-04 Escalera acceso barcos (hidráulico)
ME-G-R-IDG-05 Soplante retorno vapores
ME-G-R-IDG-06 Defensas
ME-G-R-IDG-07 Balsas de derrame de GNL
ME-G-R-IDG-08 Ganchos escape
ME-G-R-IDG-09 Cromatógrafo
ME-G-R-IDG-10 Recipientes drenaje brazos
ME-G-R-IDG-11 Puente Jetty
ME-G-R-IDG-12 Pasarelas de conexión a plataforma
ME-G-R-IDG-13 Sistema de atraque
ME-G-R-IDG-14 Equipamiento del muelle
ME-G-R-IDG-15 Monitorización tensión de amarras
ME-G-R-IDG-16 La infraestructura marítima asociada.

Tabla 48: Materiales y equipos: Sistema de suministro eléctrico

Código Nombre ME Regasificación
ME-G-R-SSE-01 Acometida eléctrica externa.
ME-G-R-SSE-02 Transformadores.
ME-G-R-SSE-03 Instalaciones eléctricas (cableados, protecciones, etc.).
ME-G-R-SSE-04 Sistemas de gestión eléctrica.
ME-G-R-SSE-05 Sistemas de alimentación ininterrumpible.
ME-G-R-SSE-06 Sistema de generación autónomo.

Tabla 49: Materiales y equipos: Sistema de captación de agua

Código Nombre ME Regasificación
ME-G-R-SCA-01 Bombas de agua de mar.
ME-G-R-SCA-02 Sistema de filtrado y cloración.
ME-G-R-SCA-03 Cajones y Emisario (Líneas de toma/devolución agua de mar).

Tabla 50: Materiales y equipos: Sistema de gestión y control

Código Nombre ME Regasificación
ME-G-R-SGC-01 Instrumentación.
ME-G-R-SGC-02 Sistema de Control Distribuido (SCD).
ME-G-R-SGC-03 Sistema de seguridad de procesos (SSD).
ME-G-R-SGC-04 Sistema de seguridad activa (SSA).
ME-G-R-SGC-05 Sistema de seguridad Patrimonial.

Tabla 51: Materiales y equipos: Servicios auxiliares

Código Nombre ME Regasificación
ME-G-R-SAU-01 Sistema de DCI.
ME-G-R-SAU-02 Aire comprimido.
ME-G-R-SAU-03 Agua.
ME-G-R-SAU-04 Nitrógeno.
ME-G-R-SAU-05 Otros materiales y equipos.

Tabla 52: Materiales y equipos: Cimentaciones y obra civil asociada a los tanques de almacenamiento de GNL

Código Nombre ME Regasificación Cimentaciones y obra civil asociada a los tanques de almacenamiento de GNL
ME-G-R-CCM-01 Otros materiales y equipos.

Tabla 53: Materiales y equipos: Otras instalaciones o servicios de la planta de regasificación

Código Nombre ME Regasificación
ME-G-R-OIS-01 Otros materiales y equipos.

Tabla 54: Materiales y equipos: Instalaciones terrestres en superficie

Código Nombre ME Regasificación
ME-G-A-ITS-01 Árboles de producción.
ME-G-A-ITS-02 Gasoductos/Oleoductos internos del almacenamiento.
ME-G-A-ITS-03 Bombas para la inyección de metanol.
ME-G-A-ITS-04 Separadores gas-agua en alta presión.
ME-G-A-ITS-05 Distribuidores producción/inyección en alta presión.
ME-G-A-ITS-06 Sistemas reductores de presión.
ME-G-A-ITS-07 Unidades de secado con regeneradores de trietilenlicol.
ME-G-A-ITS-08 Sistema de odorización.
ME-G-A-ITS-09 Sistema de medida.
ME-G-A-ITS-10 Cromatógrafo, higrómetro y otros elementos de laboratorio.
ME-G-A-ITS-11 Compresores para la inyección de gas.
ME-G-A-ITS-12 Venteo y antorcha/incinerador.
ME-G-A-ITS-13 Aire comprimido.
ME-G-A-ITS-14 Recogida de grasas y aceites.
ME-G-A-ITS-15 Inyección de agua de proceso.
ME-G-A-ITS-16 Pozo y tanque de agua de servicio.
ME-G-A-ITS-17 Sistema de detección y extinción contra incendios.
ME-G-A-ITS-18 Sistema de seguridad y cierre.
ME-G-A-ITS-19 Transformadores.
ME-G-A-ITS-20 Cuadros eléctricos.
ME-G-A-ITS-21 Alumbrado.
ME-G-A-ITS-22 Grupo de emergencia.
ME-G-A-ITS-23 Sistema de Alimentación Interrumpida.
ME-G-A-ITS-24 Instrumentación y control.
ME-G-A-ITS-25 Línea eléctrica.
ME-G-A-ITS-26 Gas de servicio.
ME-G-A-ITS-27 Otros materiales y equipos.

Tabla 55: Materiales y equipos: Instalaciones off-shore en superficie

Código Nombre ME Regasificación
ME-G-A-IOS-01 Plataforma y/o estructura marina.
ME-G-A-IOS-02 Gasoductos/Oleoductos internos del almacenamiento.
ME-G-A-IOS-03 Árboles de producción.
ME-G-A-IOS-04 Bombas para la inyección de metanol.
ME-G-A-IOS-05 Separadores gas-agua en alta presión.
ME-G-A-IOS-06 Distribuidores producción/inyección en alta presión.
ME-G-A-IOS-07 Sistemas reductores de presión.
ME-G-A-IOS-08 Compresores para la inyección de gas.
ME-G-A-IOS-09 Venteo y antorcha/incinerador.
ME-G-A-IOS-10 Gas de servicio.
ME-G-A-IOS-11 Aire comprimido.
ME-G-A-IOS-12 Recogida de grasas y aceites.
ME-G-A-IOS-13 Inyección de agua de proceso.
ME-G-A-IOS-14 Pozo y tanque de agua de servicio.
ME-G-A-IOS-15 Sistema de detección y extinción contra incendios.
ME-G-A-IOS-16 Sistema de seguridad y cierre.
ME-G-A-IOS-17 Transformadores.
ME-G-A-IOS-18 Cuadros eléctricos.
ME-G-A-IOS-19 Alumbrado.
ME-G-A-IOS-20 Grupo de emergencia.
ME-G-A-IOS-21 Sistema de Alimentación Interrumpida.
ME-G-A-IOS-22 Instrumentación y control.
ME-G-A-IOS-23 Línea eléctrica.
ME-G-A-IOS-24 Otros materiales y equipos.

Tabla 56: Materiales y equipos: Instalaciones en subsuelo

Código Nombre ME Regasificación
ME-G-A-ISS-01 Pozos de inyección/producción.
ME-G-A-ISS-02 Pozos de control.

Tabla 57: Materiales y Equipos: GTS

Código Nombre ME GTS
ME-G-T-GTS-01 Materiales y equipos.

Tabla 58: Conceptos de coste de O&M comunes a transporte, regasificación, AASS y básico

Código Nombre Concepto de Coste
CDC-OM-GAS-01 Operación.
CDC-OM-GAS-02 Mantenimiento correctivo: Averías.
CDC-OM-GAS-03 Mantenimiento correctivo: Incidencias.
CDC-OM-GAS-04 Mantenimiento preventivo-predictivo.
CDC-OM-GAS-05 Modificaciones y mejoras.

Tabla 59: Conceptos de coste de O&M de carga/descarga de GNL

Código Nombre Concepto de Coste
CDC-OM-CDB-01 Operación transvase GNL buque-planta.
CDC-OM-CDB-02 Mantenimiento correctivo: Averías.
CDC-OM-CDB-03 Mantenimiento correctivo: Incidencias.
CDC-OM-CDB-04 Mantenimiento preventivo-predictivo.
CDC-OM-CDB-05 Modificaciones y mejoras.
CDC-OM-CDB-06 Operación transvase de GNL planta-buque.
CDC-OM-CDB-07 Operación transvase de GNL buque-buque.
CDC-OM-CDB-08 Operación puesta en frío de buque.
CDC-OM-CDB-09 Operación de transvase de GNL planta-buque a pequeña escala.

Tabla 60: Parámetros de uso electricidad

Tipo de Instalación Parámetro de Uso 1 Parámetro de Uso 2 Parámetro de Uso 3
Líneas eléctricas. Energía circulada, en MWh. Sobrecarga máxima soportada (%). Tiempo anual funcionamiento sobrecarga (h).
Posiciones. Número de operaciones. Intensidad máxima corte/cierre soportada. Número actuaciones sobrecarga frente a actuaciones parámetros nominales (%).
Transformadores. Sobrecargas soportadas.
Máquinas. Sobrecargas soportadas.

Tabla 61: Parámetros de uso gas natural

OFC O&M Tipo de Parámetro de Uso 1 Parámetro de Uso 2 Parámetro de Uso 3 Parámetro de Uso 4 Parámetro de Uso 5 Parámetro de Uso 6 Parámetro de Uso 7 Parámetro de Uso 8
OFC-G-OM-T-03 ERM primarias. kWh gas odorizado.
OFC-G-OM-T-04 ERM secundarias. kWh gas odorizado.
OFC-G-OM-T-05 EM primarias. kWh gas odorizado.
OFC-G-OM-T-06 EM secundarias. KWh gas odorizado.
OFC-G-OM-T-07 Estaciones de compresión. kWh gas comprimid o.
OFC-G-OM-R-01 Almacenamiento de GNL. kWh gas extraído del tanque.
OFC-G-OM-R-02 Vaporización. kWh gas vaporizado.
OFC-G-OM-R-03 Carga de cisternas de GNL. kWh cargado. N.º de cisternas cargadas.
OFC-G-OM-R-04 Carga/descarga GNL. kWh gas descargad o a planta. kWh gas cargado a buques. kWh gas transvasado entre buques. kWh gas cargado a buques en puesta en fría. N.º buques descargados. N.º buques cargados. N.º buques transvasados. N.º buques puestos en frío.
OFC-G-OM-A-01 Extracción. kWh de gas extraído.
OFC-G-OM-A-02 Inyección. kWh de gas inyectado.

Tabla 62: Diámetros de los gasoductos

Código Diámetro
G-D-01 2"
G-D-02 3"
G-D-03 4"
G-D-04 6"
G-D-05 8"
G-D-06 10"
G-D-07 12"
G-D-08 14"
G-D-09 16"
G-D-10 18"
G-D-11 20"
G-D-12 22"
G-D-13 24"
G-D-14 26"
G-D-15 28"
G-D-16 30"
G-D-17 32"
G-D-18 34"
G-D-19 36"
G-D-20 38"
G-D-21 40"
G-D-22 42"
G-D-23 44"
G-D-24 46"
G-D-25 48"
G-D-26 50"
G-D-27 52"
G-D-28 Otros

Tabla 63: Tipo de G de las EM/ERM

Código Tipo de G
G-G-00 ERC y ERP
G-G-01 Tipo G 65
G-G-02 Tipo G 100
G-G-03 Tipo G 160
G-G-04 Tipo G 250
G-G-05 Tipo G 400
G-G-06 Tipo G 650
G-G-07 Tipo G 1000
G-G-08 Tipo G 1600
G-G-09 Tipo G 2500
G-G-10 Tipo G 4000
G-G-11 Tipo G 6500
G-G-12 Tipo G 10000
G-G-13 Otros tamaños de turbina

Se modifica por el art. único.5 de la Circular 3/2016, de 16 de noviembre. Ref. BOE-A-2016-11706

ANEXO III. Instrucciones para la asignación de un Código Único de Activo Regulado (Código CUAR)

1.

Activos a codificar

De acuerdo con las presentes instrucciones, deben codificarse aquellos activos del sector gasista que, de acuerdo con la normativa vigente, tengan derecho a retribución por inversión individualizada, o que, históricamente se les haya asignado una retribución por inversión individualizada.

En el caso del sector eléctrico, deberá codificarse inicialmente la red física existente a fecha de la entrada en vigor de la presente Circular, y las modificaciones de la misma a futuro se codificarán para recoger la traza de las nuevas inversiones reconocidas de acuerdo al procedimiento que se establece en estas instrucciones.

En el caso de activos correspondientes al Operador del Sistema o al Gestor Técnico del Sistema, serán codificados de manera agregada por años de inversión y tipo de activo todos los activos que se consideren afectos a la actividad, salvo aquellos activos cuyo valor de inversión sea igual o superior a 100.000 euros, que serán codificados de manera individualizada. No obstante lo anterior, el Operador del Sistema o el Gestor Técnico del Sistema, a su elección, podrán codificar sus inversiones con mayor nivel de desagregación del exigido, siempre que resulte necesario para identificar un activo concreto que no guarde relación con ningún otro, y respetando los principios de oportunidad y proporcionalidad en relación con la mayor desagregación. En particular, la mayor codificación no podrá resultar en un número de CUAR superior al doble del que resulte con el nivel de codificación mínimo exigido.

Una empresa deberá asignar un CUAR a un activo desde el momento en el que se comienzan a imputar gastos en el desarrollo de dicha instalación de acuerdo con la presente instrucción de codificación.

La determinación de los CUAR de activos existentes, o en proceso de construcción, requiere conciliar los activos que son objeto de declaración, según las nuevas instrucciones de codificación, con los activos objetos de retribución y sus correspondientes códigos de identificación en los sistemas de información existentes en la CNMC sobre instalaciones del sector eléctrico y el sector gas natural (SIDRA1), al no existir certeza de que exista una correspondencia biunívoca entre ellos.

1 Sistema de Determinación de Retribución de las Actividades Reguladas del Sector Gas Natural.

2.

Estructura del CUAR

El código CUAR a asignar a cada activo regulado consta de cuatro bloques de información:

‒ El primer bloque consta de tres caracteres alfanuméricos que indican si la instalación pertenece al sector gas natural o al sector eléctrico, la actividad regulada a la que presta servicio y el emplazamiento técnico donde se ubica.

‒ El segundo bloque consta de 10 caracteres alfanuméricos que se utilizan para relacionar los activos regulados con las instalaciones reflejadas en los diversos documentos aprobados de Planificación de los sectores de electricidad y gas natural.

‒ El tercer bloque consta de diecisiete caracteres alfanuméricos, que permiten identificar el grado de materialización y caracterizar los distintos activos regulados.

‒ El cuarto bloque consta de tres caracteres numéricos, que identifican la empresa propietaria del activo.

Bloque 1 Bloque 2 Bloque 3 Bloque 4
Sector/Actividad/Emplazamiento Técnico 3 caracteres Código de Planificación 10 caracteres Código de Elemento/Unidad Constructivo/a 17 caracteres Código de Empresa Declarante 3 caracteres

El código CUAR estará pues compuesto por 33 caracteres. Parte de estos caracteres deberán permanecer invariables a lo largo de la vida de los activos (la parte identificativa compuesta por los bloques 1, 2 y parte del bloque 3), mientras que ciertos caracteres podrán variar en sucesivas declaraciones debido a variaciones en su grado de materialización, o modificaciones de sus características técnicas o propiedad.

En las comunicaciones administrativas en la que se emplee la presente codificación, anejo a los 33 caracteres que conforman el CUAR irá acompañado de un campo alfanumérico descriptivo de la unidad constructiva asociada a la misma, con una longitud máxima de 255 caracteres.

3.

Bloques 1 y 2 del CUAR: Código de Instalación Planificada

El Bloque 1 permite la identificación del sector, la actividad y el emplazamiento técnico de un activo; mientras que el Bloque 2 permite relacionarlo con los activos reflejados en los diversos documentos aprobados de Planificación de los sectores de electricidad y gas natural.

La CNMC publicará, en el espacio habilitado al efecto en su Sede Electrónica (www.cnmc.es), los valores individuales permitidos en los bloques 1 y 2 de los activos planificados, para conformar la codificación de cada activo existente y en servicio, o en construcción, de las distintas compañías afectadas por la norma atendiendo a los Documentos de Planificación o adendas aprobados.

En el momento de publicación de esta Circular, se facilitará la codificación de:

a)

Los activos del sector eléctrico puestos en servicio hasta 31 de diciembre de 2015 y los planificados pendientes de poner en servicio recogidos en el «Documento de Planificación Energética. Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2015-2020»;

b)

Los activos del sector gasista puestos en servicio hasta el 31 de diciembre de 2015 y los planificados pendientes de poner en servicio recogidos en el «Documento Planificación de los sectores de electricidad y gas 2008-2016» y adendas posteriores.

3.1. Bloque 1: Sector – Actividad – Emplazamiento Técnico

Este bloque consta de 3 caracteres alfanuméricos, que se codifican de la siguiente forma:

3.1.1. Primer carácter: identifica el sector, y será «E» para el sector eléctrico y «G» para el sector gas natural.

3.1.2. Segundo carácter: identifica la actividad y podrá tomar los siguientes valores:

Código Actividad Regulada del Sector Eléctrico Actividad Regulada del Sector Gas Natural
1 Operación del Sistema Gestión Técnica del Sistema
2 Transporte Transporte
3 Regasificación
4 Almacenamiento Subterráneo Básico

3.1.3. Tercer carácter: se utilizará para identificar el emplazamiento técnico del activo regulado, y podrá tomar los siguientes valores:

Código Emplazamiento Técnico del Sector Eléctrico Emplazamiento Técnico del Sector Gas Natural
A Red Peninsular Red de Gasoductos Península y Baleares
B Canarias: Gran Canaria y Tenerife (Islas mayores) Planta de Regasificación Barcelona
C Canarias doble insularidad (islas menores) Planta de Regasificación Cartagena
D Interconexión islas Planta de Regasificación Huelva
E Interconexión península Planta de Regasificación Bilbao
F Baleares Planta de Regasificación Sagunto
G Ceuta Planta de Regasificación Mugardos
H Melilla Planta de Regasificación Musel
I AASS de Serrablo
J AASS de Gaviota
K AASS de Marismas
L AASS de Yela
M AASS de Castor
N Red de Gasoductos subsistema Canario
O Planta de Regasificación Tenerife
P Planta de Regasificación Gran Canaria
Z Otros Otros

Con carácter general, el tercer carácter se utilizará el valor «Z» para aquellos casos donde no es de aplicación la codificación del emplazamiento técnico.

En cualquier caso, y para el caso concreto del sector gas natural, se utilizará Z al codificar las siguientes instalaciones:

1.

Los Centros de Mantenimiento

2.

Los Centros de Control de las Redes de Transporte (Dispatching), si no son atribuibles en exclusiva a un emplazamiento técnico concreto

3.

Las partidas de Utillaje, incluidas en el régimen retributivo por la Orden ECO/301/2002

4.

Las Casetas, incluidas en el régimen retributivo por la Orden ECO/301/2002

5.

Los Vehículos Turismo, incluidos en el régimen retributivo por la Orden ECO/301/2002

6.

Los Vehículos Industriales, incluidos en el régimen retributivo por la Orden ECO/301/2002

7.

Inversiones en investigación para Almacenamiento Subterráneo Básico cuyo emplazamiento técnico no está recogido en el listado anterior

Para el caso concreto de las conexiones internacionales del sector eléctrico, se utilizará Z al codificar las mismas, entendiéndose como tales las líneas y/o cables que teniendo como origen el territorio nacional cruzan cualquiera de sus fronteras.

3.2. Bloque 2: Código de Planificación

Este bloque consta de 10 caracteres alfanuméricos, que se utilizan para relacionar los activos con las instalaciones recogidas en los diversos documentos de Planificación.

El Bloque 2 se codificará de la siguiente forma:

3.2.1. Primer carácter: se utiliza para identificar si el activo planificado es una ampliación de una instalación existente (A) o se trata de una instalación nueva (N).

Para los activos puestos en servicio hasta el 31 de diciembre de 2015, se utilizará el código «E».

Los activos del Operador del Sistema Eléctrico y del Gestor Técnico del Sistema Gasista, sólo podrán ser codificados como E o N.

3.2.2. Segundo carácter: se utiliza para identificar el documento de Planificación, donde se incorpora el activo regulado por primera vez. En aquellos casos que la instalación sea incorporada por un Programa Anual (o Adenda a la Planificación) se codificara según el documento de Planificación de referencia.

Para los activos puestos en servicio hasta el 31 de diciembre de 2015, se utilizará el código «0».

Para los activos planificados en estudio o en desarrollo en el momento de implementación del Sistema de Codificación Identificativo Único,se consideran únicamente elDocumento de Planificación 2008-2016 para el sector gasista, que se codificará con el valor «A», y el Documento de Planificación Energética. Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2015-2020 para el sector eléctrico, que se codificará con el valor «B». En el supuesto que se publicarán nuevos Documentos de Planificación, éstos se codificarían con la siguiente letra del alfabeto que estuviera libre.

Para los activos no planificados o las ampliaciones de activos en servicio que no estuvieran planificadas, se utilizará el código «1».

Los activos del Operador del Sistema Eléctrico y del Gestor Técnico también utilizarán el código «1».

3.2.3. Tercer carácter: se utiliza para identificar si la instalación ha sido incluida en el documento original de Planificación, o en una adenda posterior, o Plan Anual.

Para el caso concreto de los activos puestos en servicio hasta el 31 de diciembre de 2015, se utilizará el código «0».

Para los activos planificados en estudio o en desarrollo en el momento de implementación del Sistema de Codificación Identificativo Único,se consideran los siguientes valores:

a)

Para el Documento Planificación de los sectores de electricidad y gas 2008-2016:

Documento Código
Planificación de los sectores de electricidad y gas 2008-2016. A
Adenda a la Planificación 2008-2016: Programa anual 2010. B
Adenda a la Planificación 2008-2016: Programa anual 2012. C
Adenda a la Planificación 2008-2016: Programa anual 2013. D
Programa anual 2014. E
b)

Para el Documento de Planificación Energética. Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2015-2020:

Documento de Planificación Código
Documento de Planificación Energética. Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2015-2020. A

En el supuesto que se publicarán nuevos Documentos de Planificación, éstos se codificarían con la siguiente letra del alfabeto que estuviera libre.

Para los activos no planificados o las ampliaciones de activos en servicio que no estuvieran planificadas, se utilizará el código «1».

Los activos del Operador del Sistema Eléctrico y del Gestor Técnico también utilizarán el código «1».

3.2.4. Caracteres cuarto y quinto: se utilizan para identificar el tipo de instalación planificada a la que estaría asociada el activo, y podrán tomar los siguientes valores:

Código Tipo de Activo Planificado para el Sector Eléctrico Tipo de Activo Planificado para el Sector Gas Natural
01 Líneas Gasoducto
02 Subestaciones Estación de Compresión
03 Unidades de Transformación Planta de Regasificación
04 Reactancias y Condensadores Almacenamiento Subterráneo Básico
00 Activos del Operador del Sistema Otros Activos

En el caso eléctrico, los caracteres cuarto y quinto sólo tomarán el valor 03 y 04 en el caso de máquinas no asociadas a una posición de subestación. Por ejemplo en el caso de equipos en reserva o móviles.

A su vez, en el caso de que se dieran en un documento de Planificación diferentes actuaciones sobre una misma instalación, el carácter cuarto se empleará para identificar las mismas. De tal manera que si por ejemplo, en un documento de planificación aparecieran tres actuaciones en una determinada subestación, el carácter cuarto sería 0 para la primera actuación, 1 para la segunda y 2 para la tercera.

En el caso concreto de los despachos los caracteres cuarto y quinto deberán tomar el valor «00».

En el caso del sector gasista, se entenderán como instalaciones asociadas a un gasoducto planificado: la obra lineal, su gas de nivel mínimo de llenado, las posiciones, las ERM/EMs, las ERPs, las ERCs, y, en su caso ampliaciones o modificaciones/transformaciones. Por su parte, se consideran Otros Activos, que deberán codificarse con «00», tanto los activos del Gestor Técnico del Sistema Gasista como aquellos otros activos cuyo tercer dígito del Bloque 1 se haya codificado con «Z». En este último supuesto, se exceptuarán las inversiones en investigación de Almacenamiento Subterráneo Básico, que deberán codificarse con «04».

3.2.5. Caracteres sexto, séptimo, octavo, noveno y décimo: se utilizan para codificar las instalaciones que aparecen en el listado de la Planificación/Plan Anual correspondiente, para ello se utilizará una numeración secuencial.

En el caso del sector del gas natural, quedarán excluidos de esta forma de proceder los activos cuyo tercer dígito del Bloque 1 se haya codificado con «Z», que se codificaran con los valores «00000», salvo los proyectos incluidos en la Planificación que deberán codificarse según se indica con anterioridad.

Por su parte, en el caso del sector eléctrico, se codificarán con los valores «00000» los despachos.

Así mismo, para los activos del Operador del Sistema Eléctrico y del Gestor Técnico del Sistema Gasista, estos caracteres se codificarán con los valores «00000».

Estos caracteres se mantendrán para los distintos activos asociados al activo planificado que se pongan en servicio a la par o con posterioridad. Es decir, en el caso eléctrico las distintas posiciones de una subestación tendrán los mismos caracteres sexto, séptimo, octavo, noveno y décimo. De igual manera ocurrirá en el sector gasista, donde los distintos activos asociados por ejemplo a un gasoducto (obra lineal, posiciones, ERM o gas talón), mantendrán los mismos caracteres, del sexto al décimo, para todas ellas.

No obstante, en caso de ser necesario, los tres primeros caracteres del bloque 2, sí podrán ser distintos para recoger activos procedentes de distintos documentos de Planificación. Por ejemplo, en el caso de realizar una ampliación de una subestación en una planificación posterior, dicha actuación planificada y la subestación original, compartirán los caracteres sexto, séptimo, octavo, noveno y décimo del bloque 2 en su CUAR descriptivo, pero no los tres primeros.

4.

Bloque 3: Código de Elemento/unidad constructivo/a

Este bloque consta de 17 caracteres alfanuméricos, que permiten codificar la identidad (del 1.º al 6.º), el tipo de activo (7.º a 9.º), el grado de materialización (10.º) y las características técnicas relevantes (11.º al 17.º) del activo codificado.

4.1. Codificación de la identidad: 6 caracteres numéricos, que codifican de manera secuencial cronológicamente creciente los/as elementos/unidades constructivos/as de una empresa a partir del 000001.

El código secuencial se iniciará con los activos puestos en servicio en el momento de aplicación del Sistema de Codificación Identificativo Único teniendo en cuenta la fecha de puesta en servicio de la instalación, es decir los/as elementos/unidades constructivos/as más antiguos tendrán el número secuencial más bajo. El resto de codificación será a elección de la empresa declarante, siempre bajo el condicionante de mantener la continuidad del secuencial.

Una vez declarado este valor, el mismo no podrá variar a lo largo de las sucesivas declaraciones de las empresas, y tendrá una correspondencia biunívoca con el activo correspondiente.

Cuando en la obra lineal de gasoductos exista un cambio provincial o de diámetro, se dará un secuencial diferente, dando lugar a un nuevo CUAR. Del mismo modo, una obra lineal cuyo mantenimiento se comparte entre más de un centro de mantenimiento de transporte, se compondrá por tantos CUAR como centros de mantenimiento desde los que se mantenga la correspondiente obra lineal.

Cuando en una posición existan varias trampas de lanzamiento/recepción de rascadores, se dará un secuencial diferente a cada una de las trampas de lanzamiento/recepción que existan.

4.2. Codificación del tipo de activo: Estos tres caracteres determinan el tipo de activo. A continuación, se indican los posibles valores para las distintas actividades

4.2.1. Para activos de la actividad de transporte de gas natural:

Código Descripción
001 Obra lineal de gasoducto.
002 Obra lineal de gasoducto submarino.
003 Posiciones tipo «S» construcción simultánea con gasoducto.
004 Posiciones tipo «D» construcción simultánea con gasoducto.
005 Posiciones tipo «T» construcción simultánea con gasoducto.
006 Transformación posiciones existente tipo «S» a tipo «D».
007 Transformación posiciones existente tipo «S» a tipo «T».
008 Transformación posiciones existentes tipo «D» a tipo «T».
009 Nueva derivación en posición existente tipo «D».
010 Nueva derivación en posición existente tipo «T».
011 Nueva posición tipo «S» en gasoducto existente.
012 Nueva posición tipo «D» en gasoducto existente.
013 Nueva posición tipo «T» en gasoducto existente.
014 ERM construcción simultánea al gasoducto.
015 ERM nueva en gasoducto existente.
016 Línea adicional a ERM.
017 Ampliación ERM por sustitución de equipos.
018 EM construcción simultanea gasoducto.
019 EM en gasoducto existente.
020 Línea adicional a EM.
021 Ampliación EM por sustitución de equipos.
022 EM Ultrasonido construcción simultánea al gasoducto.
023 EM Ultrasonido en gasoducto existente.
024 Línea adicional a EM ultrasonidos.
025 Estación de compresión con turbocompresor de gas.
026 Estación de compresión con motor eléctrico.
027 Ampliación estación de compresión con turbocompresor.
028 Ampliación estación de compresión con motor eléctrico.
029 Ampliación estación de compresión por sustitución turbocompresor.
030 Ampliación estación de compresión por sustitución motor eléctrico.
031 Centro de mantenimiento.
032 Estaciones de regulación de presión (ERP).
033 Estación de regulación de caudal (ERC).
034 Gas de nivel mínimo de llenado (gas talón) de gasoductos.
035 Otras instalaciones o servicios de transporte.
036 Ampliación estación de compresión por modificación turbocompresor.
037 Ampliación estación de compresión por modificación motor eléctrico.

4.2.2. Para activos de la actividad de regasificación:

Código Descripción
001 Tanque almacenamiento GNL.
002 Sistema de bombas secundarias.
003 Vaporizadores de agua de mar.
004 Vaporizadores de combustión sumergida.
005 ERM construcción simultánea planta.
006 ERM nueva en planta.
007 Línea adicional a ERM en planta.
008 Ampliación ERM por sustitución de equipos.
009 EM construcción simultánea en planta.
010 EM nueva en planta existente.
011 Línea adicional a EM.
012 Ampliación EM por sustitución de equipos.
013 EM Ultrasonido construcción simultánea.
014 EM Ultrasonido nueva en planta existente.
015 Línea adicional a EM ultrasonidos.
016 Sistema antorcha o combustor de la Planta Regasificación.
017 Sistema compresión boil-off para procesado interno de la Planta.
018 Relicuador boil-off.
019 Sistema compresión boil-off para emisión directa a red.
020 Cargaderos de cisternas de GNL.
021 Instalaciones interconexiones (tuberías) de GNL.
022 Instalaciones interconexiones (tuberías) de GN.
023 Instalaciones de obra civil terrestre de la Planta de Regasificación.
024 Muelles e Instalaciones de descarga de GNL.
025 Sistemas de gestión y control de la Planta de Regasificación.
026 (1).
027 Sistema de suministro eléctrico de la Planta de Regasificación.
028 (1).
029 Cimentaciones y obra civil asociada a los tanques de almacenamiento de GNL.
030 Gas de Nivel Mínimo de Llenado (gas talón) de tanques de GNL.
031 Otras instalaciones o servicios de la Planta de Regasificación.
(1) El sistema de captación de agua del sistema contra incendios, de existir diferenciado, se incluye en los Sistemas Auxiliares como parte del sistema contra incendios. (1) El sistema de captación de agua del sistema contra incendios, de existir diferenciado, se incluye en los Sistemas Auxiliares como parte del sistema contra incendios.

4.2.3. Para activos de la actividad de almacenamientos subterráneos:

Código Descripción
001 Instalaciones terrestres en superficie.
002 Instalaciones off-shore en superficie.
003 Instalaciones en subsuelo (pozos inyección/producción/control).
004 Inversiones en investigación y exploración.
005 Gas de nivel mínimo de llenado (gas colchón) de AASS.

4.2.4. Para activos de la actividad del Gestor Técnico del Sistema Gasista:

Código Descripción
001 Instalaciones y edificios.
002 Hardware informático y equipos telecomunicaciones.
003 Software.
004 Otras inversiones o servicios del GTS.

4.2.5. Para activos pertenecientes de la actividad del Operador del Sistema Eléctrico:

Código Descripción
001 Instalaciones y edificios (excluido sistema de medidas).
002 Hardware informático y equipos telecomunicaciones (excluido sistema de medidas).
003 Software (excluido sistema de medidas).
004 Otras inversiones o servicios del OS (excluido sistema de medidas).
005 Instalaciones eléctricas asociadas al sistema de medidas.

4.2.6. Para activos pertenecientes de la actividad de Transporte de Electricidad

Código Descripción
001 Líneas.
002 Transformadores.
003 Máquinas.
004 Posiciones.
005 Despachos.
006 Otros activos.

Se consideran despachos los activos de comunicaciones, protecciones, control, necesarios para el adecuado funcionamiento de las instalaciones específicas de la red de transporte que no formen parte de otros activos regulados. Se deberán codificar tantos CUAR de despachos como actuaciones de diferente naturaleza se realicen por tipología de activos, indicando los CUAR existentes sobre los que se actúa de 2015 en adelante. Para las actuaciones anteriores a 2015, se asignará un único CUAR por año en el que se engloban todas las actuaciones realizadas sobre los distintos CUAR.

4.3. Codificación del grado de materialización: el carácter décimo determina el grado de materialización del activo o el estado en el que se encuentra en su ciclo de vida. Esta parte del CUAR podrá ir variando a lo largo de las sucesivas declaraciones.

La siguiente tabla refleja los valores que puede tomar:

Código Descripción Criterio clasificador
E En estudio. Trabajos preparatorios, sin disponer ni de autorización ni adjudicación.
D En desarrollo. Dispone de autorización y/o adjudicación directa.
H En Hibernación. Dispone de acto administrativo correspondiente.
S En servicio. Dispone de acta de puesta en servicio.
C Cierre. Activo dado de baja con acta de cierre no desmantelado.
M En desmantelamiento. En desmantelamiento.
U Desmantelado. Desmantelado y con acta de desmantelamiento.
R Descartado. CUAR en estudio o desarrollo cuya ejecución definitiva ha sido descartada por el titular.
T Transferido. Transferido a otra empresa.
X Línea eléctrica con apertura. Línea origen en servicio entrada/salida.
Y Línea eléctrica resultante. Línea en servicio resultante de una entrada/salida.
Z Línea eléctrica con apertura sobre línea modificada. Línea origen de entrada/salida de un activo inicialmente en estado Y.

En el momento de implementación del Sistema de Codificación Identificativo Único, sólo los activos puestos en servicio podrán recoger el código «S» en la posición décima del Bloque 3.

Para el caso concreto del OS/GTS los activos podrán estar en los estados «S», «D» o «C» sin necesidad de disponer de las actas mencionadas en el criterio clasificador.

Para recoger el caso específico de las entradas y salidas realizadas sobre líneas eléctricas existentes, se definen los estados X, Y y Z. El estado X se le asigna a una línea en servicio sobre la que se realiza una entrada/salida y a la propia línea de entrada/salida, de tal forma que los activos en este estado no se considerarán en la operación y mantenimiento. Tras la puesta en servicio de la entrada/salida, los activos físicos que resulten de la nueva configuración, necesarios para reflejar la operación y mantenimiento de las líneas, se deberán codificar mediante nuevos CUAR en estado Y, reflejando en el Bloque 2 la codificación de acuerdo con la planificación de la entrada/salida. En el caso de realizar la entrada/salida sobre una línea sobre la que se había realizado una entrada/salida con anterioridad (estado previo Y), esta pasará a estar en estado Z.

4.4. Codificación de las características técnicas relevantes: Los 7 últimos caracteres de este bloque se emplean para codificar las características técnicas de los/as elementos/unidades constructivos/as.

Esta parte del código es variable en tanto en cuanto el activo no disponga de acta de puesta en servicio.

La codificación de estos 7 caracteres se hará de acuerdo a las siguientes instrucciones aplicables para cada uno de los sectores:

4.4.1. En el caso del sector gasista:

4.4.1.1. Carácter undécimo

El valor del carácter undécimo estará condicionado por los valores declarados como tipo de activo, y hará referencia:

‒ Al diámetro de la obra lineal, si se trata de este tipo de activo, de una posición o de una transformación de ésta, de acuerdo con la siguiente tabla:

Código Diámetro
A 2"
B 3"
C 4"
D 6"
E 8"
F 10"
G 12"
H 14"
I 16"
J 18"
K 20"
L 22"
M 24"
N 26"
O 28"
P 30"
Q 32"
R 34"
S 36"
T 38"
U 40"
V 42"
W 44"
X 46"
Y 48"
Z 50"
1 52"
9 Otros diámetros

– Al tamaño de la turbina de medición (Tipo de G), real o equivalente, si se trata de una ERM o una EM, de acuerdo con la siguiente tabla.

Código Tamaño Turbina
A Tipo G 65
B Tipo G 100
C Tipo G 160
D Tipo G 250
E Tipo G 400
F Tipo G 650
G Tipo G 1000
H Tipo G 1600
I Tipo G 2500
J Tipo G 4000
K Tipo G 6500
L Tipo G 10000
Z Otros tamaños de turbina

– Para el resto de activos, la posición undécima se codificará con un 0 (cero).

4.4.1.2. Carácter duodécimo

El valor del carácter duodécimo estará condicionado por los valores declarados como tipo de activo y hará referencia a la presión de operación autorizada del gasoducto, si se trata de una obra lineal, de una posición o de una transformación de ésta, y a la presión de operación autorizada del gasoducto ubicado aguas arriba, si se trata de una ERM, una EM, una ERP o una ERC. En el caso de una Estación de Compresión se indicará la presión mínima de aspiración.

Código Presión de operación del Gasoducto Autorizada
A Mayor que 80 bar
B Menor o igual que 80 bar y mayor o igual a 60 bar
C Menor que 60 bar y mayor que 16 bar
D(*) Menor o igual a 16 bar y mayor que 5 bar
(*) Sólo aplicable a EM en plantas de regasificación (*) Sólo aplicable a EM en plantas de regasificación

Para el resto de activos se codificará con un 0 (cero).

4.4.1.3. Carácter decimotercero

El valor del carácter decimotercero estará condicionado por los valores declarados como tipo de activo y hará referencia a la presión de operación autorizada del gasoducto ubicado aguas abajo, si se trata de una ERM, una EM, una ERP o una ERC, y en el caso de una Estación de Compresión se indicará la presión máxima de impulsión de acuerdo con la siguiente tabla.

Código Presión de operación del Gasoducto Autorizada
A Mayor que 80 bar
B Menor o igual que 80 bar y mayor o igual a 60 bar
C Menor que 60 bar y mayor que 16 bar
D Menor o igual a 16 bar y mayor que 5 bar
E Menor o igual a 5 bar y mayor que 0,4 bar
F Menor o igual a 0,4 bar y mayor que 0,05 bar
G Menor o igual a 0,05 bar

Para el resto de activos, se codificará con un 0 (cero).

4.4.1.4. Caracteres del decimocuarto al decimoséptimo

Se codificarán todos los activos del sector del gas natural con un 0 (cero).

4.4.2. En el caso del sector eléctrico:

Para los activos del Operador del Sistema, este código no será de utilización, por lo que vendrá rellenado con el siguiente valor «0000000», al igual que para los activos de la actividad de transporte en el caso de haber declarado como tipo de activo el código «005» despachos, o «006» de inversiones singulares.

Para el resto de activos eléctricos afectos a esta codificación:

4.4.2.1. Carácter undécimo

El valor del carácter undécimo estará condicionado por los valores declarados como tipo de activo (caracteres del séptimo al noveno de este bloque):

– Si se trata de una línea, código «001», se completará de acuerdo con el siguiente detalle:

Código Tipo Línea
1 Línea aérea corriente alterna
2 Línea subterránea corriente alterna
3 Línea submarina corriente alterna
4 Línea aérea corriente continua
5 Línea subterránea corriente continua
6 Línea submarina corriente continua

– Si se trata de un transformador, código «002», se completará de acuerdo con el siguiente detalle:

Código Relación de Transformación
1 400/220 kV
2 400/220/132 -110 kV
3 400/132 -110 kV
4 220/132 kV
5 220/132/66 kV
6 220/66 kV
7 132/66 kV
8 66/MT

– Si se trata de máquinas, código «003», se completará de acuerdo con el siguiente detalle:

Código Máquinas
1 Reactancias
2 Condensadores
3 Desfasadores
4 Estaciones Conversoras
5 Otros

– Si se trata de posiciones, código «004», se completará de acuerdo con el siguiente detalle:

Código Posiciones
1 Barra simple
2 Doble barra
3 Triple barra
4 Anillo
5 Doble anillo
6 Anillo en plano vertical
7 Interruptor y medio
8 Móvil

4.4.2.2. Carácter duodécimo

El valor del carácter duodécimo estará condicionado por los valores declarados como tipo de activo:

– Si se trata de una línea, código «001», se completará de acuerdo con el siguiente detalle:

Código Tipo Circuito
1 Circuito simple
2 Dos circuitos
3 Triple circuito
4 Cuádruple circuito
5 Circuito simple tendido sobre apoyos para doble circuito
6 Segundo circuito en línea con apoyos para doble circuito

– Si se trata de un transformador, código «002», se completará de acuerdo con el siguiente detalle:

Código Ubicación del Transformador
1 Ubicado en una subestación
2 Móvil

– Si se trata de máquinas y/u otros activos no recogidos en tipología, código «003», se completará de acuerdo con el siguiente detalle:

Código Nivel de Tensión de Operación
1 400 kV
2 220 kV
3 132 kV
4 66 kV
5 Otros niveles de tensión

– Si se trata de posiciones, código «004», se completará de acuerdo con el siguiente detalle:

Código Tipo Posición
1 Convencional
2 Blindada sin fluoductos
3 Blindada con fluoductos

4.4.2.3. Carácter decimotercero

El valor del carácter decimotercero estará condicionado por los valores declarados como tipo de activo:

– Si se trata de una máquina (código «003»), se completará con el valor «0» (cero).

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