Real Decreto 91/2018, de 2 de marzo, por el que se establece el título de Técnico en mantenimiento de embarcaciones de recreo y se fijan los aspectos básicos del currículo
Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.
1 acto modificador · 2024-05-28, Real Decreto 499/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican determinados reales decreto…
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone en el artículo 39.6 que el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establecerá las titulaciones correspondientes a los estudios de formación profesional, así como los aspectos básicos del currículo de cada una de ellas.
La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, en su artículo 10.1, establece que la Administración General del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149.1.30.ª y 7.ª de la Constitución y previa consulta al Consejo General de la Formación Profesional, determinará los títulos y los certificados de profesionalidad, que constituirán las ofertas de formación profesional referidas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, define en su artículo 9 la estructura de los títulos de formación profesional, tomando como base el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, las directrices fijadas por la Unión Europea y otros aspectos de interés social.
Por otra parte, este real decreto, en su artículo 7, concreta el perfil profesional de dichos títulos, que incluirá la competencia general, las competencias profesionales, personales y sociales, las cualificaciones y, en su caso, las unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en los títulos, de modo que cada título incorporará, al menos, una cualificación profesional completa, con el fin de lograr que los títulos de formación profesional respondan de forma efectiva a las necesidades demandadas por el sistema productivo y a los valores personales y sociales que permitan ejercer una ciudadanía democrática.
Este marco normativo hace necesario que ahora el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establezca cada uno de los títulos que formarán el Catálogo de títulos de la formación profesional del sistema educativo, los aspectos básicos del currículo y aquellos otros aspectos de la ordenación académica que, sin perjuicio de las competencias atribuidas a las Administraciones educativas en esta materia, constituyan los aspectos básicos del currículo que aseguren una formación común y garanticen la validez de los títulos, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 6 bis.1.e) de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.
A estos efectos, procede determinar para cada título su identificación, su perfil profesional, el entorno profesional, la prospectiva del título en el sector o sectores, las enseñanzas del ciclo formativo, la correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación, convalidación o exención, y los parámetros básicos de contexto formativo (espacios y equipamientos mínimos, titulaciones y especialidades del profesorado y sus equivalencias a efectos de docencia), previa consulta a las Comunidades Autónomas, según lo previsto en el artículo 39.6 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.
Asimismo, en cada título se determinarán los accesos a otros estudios, las convalidaciones, exenciones y equivalencias y, cuando proceda, la información sobre los requisitos necesarios para el ejercicio profesional, según la legislación vigente.
Así, este real decreto, conforme a lo previsto en el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, establece y regula, en los aspectos y elementos básicos antes indicados, el título de formación profesional del sistema educativo de Técnico en mantenimiento de embarcaciones de recreo.
Este real decreto tiene carácter de norma básica, al amparo de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1.30.ª de la Constitución.
Se ha recurrido a una norma reglamentaria para establecer bases estatales conforme con el Tribunal Constitucional, que admite que «excepcionalmente» las bases puedan establecerse mediante normas reglamentarias en determinados supuestos, como ocurre en el presente caso, cuando «resulta complemento indispensable para asegurar el mínimo común denominador establecido en las normas legales básicas» (así, entre otras, en las SSTC 25/1983, 32/1983 y 48/1988).
Asimismo, cabe mencionar que este real decreto se ajusta a los principios de buena regulación contenidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, en tanto que la misma persigue el interés general al facilitar la adecuación de la oferta formativa a las demandas de los sectores productivos, ampliar la oferta de formación profesional, avanzar en la integración de la formación profesional en el conjunto del sistema educativo y reforzar la cooperación entre las Administraciones educativas, así como con los agentes sociales y las empresas privadas; no existiendo ninguna alternativa regulatoria menos restrictiva de derechos, resulta coherente con el ordenamiento jurídico y permite una gestión más eficiente de los recursos públicos. Del mismo modo, durante el procedimiento de elaboración de la norma se ha permitido la participación activa de los potenciales destinatarios a través del trámite de audiencia e información pública y quedan justificados los objetivos que persigue la ley.
En el proceso de elaboración de este real decreto han sido consultadas las Comunidades Autónomas y ha emitido dictamen el Consejo Escolar del Estado, e informe el Consejo General de la Formación Profesional y el Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales. Este real decreto está incluido en el Plan anual normativo para 2018 del Gobierno.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Educación, Cultura y Deporte y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 2 de marzo de 2018,
DISPONGO:
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto.
Este real decreto tiene por objeto el establecimiento del título de Técnico en mantenimiento de embarcaciones de recreo, con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, así como de los correspondientes aspectos básicos del currículo.
CAPÍTULO II. Identificación del título, perfil profesional, entorno profesional y prospectiva del título en el sector o sectores
Artículo 2. Identificación del título.
El título de Técnico en mantenimiento de embarcaciones de recreo queda identificado por los siguientes elementos:
Denominación: Mantenimiento de embarcaciones de recreo.
Nivel: Formación Profesional de Grado Medio.
Duración: 2.000 horas.
Familia Profesional: Transporte y Mantenimiento de Vehículos.
Referente en la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación: CINE-3 b.
Artículo 3. Perfil profesional del título.
El perfil profesional del título de Técnico en mantenimiento de embarcaciones de recreo queda determinado por su competencia general, sus competencias profesionales, personales y sociales, y, en su caso, unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.
Artículo 4. Competencia general.
La competencia general de este título consiste en mantener en buen estado, uso y funcionamiento el casco, estructuras, elementos y sistemas que conforman las embarcaciones de recreo, utilizando procedimientos establecidos, cumpliendo con las especificaciones de seguridad, prevención de riesgos laborales y medioambientales requeridas.
Artículo 5. Competencias profesionales, personales y sociales.
Las competencias profesionales, personales y sociales de este título son las que se relacionan a continuación:
Localizar averías en el casco, estructura, elementos, equipos y sistemas de embarcaciones de recreo, utilizando documentación técnica, los equipos de diagnóstico y la información aportada por el cliente.
Determinar el alcance de las averías o disfunciones en la estructura, elementos, equipos y sistemas de las embarcaciones de recreo, utilizando documentación técnica y los equipos de diagnóstico requeridos.
Planificar el trabajo de mantenimiento a realizar, estableciendo las fases y secuencias del procedimiento a seguir, detallando los materiales o repuestos requeridos, los equipos y herramientas necesarias, así como las especificaciones de seguridad aplicables.
Elaborar elementos de plástico reforzados con fibra y/o reconstruir estos en la embarcación de recreo a mantener, cumpliendo con los requerimientos técnicos del fabricante y valorando los productos comerciales existentes.
Elaborar el presupuesto de la actividad de mantenimiento a realizar en la estructura, elementos, equipos y sistemas de embarcaciones de recreo, considerando costes, margen de beneficios y precios del mercado.
Determinar la «logística» asociada a la actividad de mantenimiento a realizar en la estructura, elementos, equipos y sistemas de embarcaciones de recreo.
Organizar las actividades de mantenimiento a realizar en el casco, la estructura, elementos, equipos y sistemas de embarcaciones de recreo, resolviendo los problemas que surjan durante la ejecución e informando de posibles contingencias al responsable de nivel superior.
Ejecutar las actividades de mantenimiento (montaje/desmontaje de componentes, comprobación de componente defectuoso, reparación y/o sustitución y montaje de los elementos desmontados), cumpliendo el procedimiento establecido por el fabricante y el plan de trabajo programado.
Comprobar el resultado de la actividad de mantenimiento realizada en la estructura, elementos, equipos y sistemas de las embarcaciones, haciendo las pruebas funcionales si se requiere, ajustando parámetros y valorando el buen funcionamiento del conjunto.
Elaborar el informe de la reparación o mantenimiento realizado en la estructura, elementos, equipos y sistemas de embarcaciones de recreo, aplicando los requerimientos de la empresa y obteniendo la conformidad del cliente.
Adaptarse a las nuevas situaciones laborales originadas por cambios tecnológicos y organizativos en los procesos productivos, actualizando sus conocimientos, utilizando los recursos existentes para el aprendizaje a lo largo de la vida y las tecnologías de la información y la comunicación.
Actuar con responsabilidad y autonomía en el ámbito de su competencia, organizando y desarrollando el trabajo asignado, cooperando o trabajando en equipo con otros profesionales en el entorno de trabajo.
Resolver de forma responsable las incidencias relativas a su actividad, identificando las causas que las provocan, dentro del ámbito de su competencia y autonomía.
Comunicarse eficazmente, respetando la autonomía y competencia de las distintas personas que intervienen en el ámbito de su trabajo.
ñ) Aplicar los protocolos y las medidas preventivas de riesgos laborales y protección ambiental durante el proceso productivo, para evitar daños en las personas y en el entorno laboral y ambiental.
Aplicar procedimientos de calidad, de accesibilidad universal y de «diseño para todas las personas» en las actividades profesionales incluidas en los procesos de producción o prestación de servicios.
Realizar la gestión básica para la creación y funcionamiento de una pequeña empresa y tener iniciativa en su actividad profesional.
Ejercer sus derechos y cumplir con las obligaciones derivadas de su actividad profesional, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente, participando activamente en la vida económica, social y cultural.
Artículo 6. Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.
1. Cualificaciones profesionales completas:
Mantenimiento e instalación de sistemas eléctricos y electrónicos de embarcaciones deportivas y de recreo, TMV554_2 (Real Decreto 562/2011, de 20 de abril), que comprende las siguientes unidades de competencia:
UC1831_2: Mantener e instalar los sistemas de generación y acumulación de energía eléctrica, y los motores eléctricos de embarcaciones deportivas y de recreo.
UC1832_2: Mantener e instalar los sistemas de distribución y los circuitos de corriente eléctrica de embarcaciones deportivas y de recreo.
UC1834_2: Instalar y reparar los sistemas de comunicaciones, socorro y seguridad marítima de embarcaciones deportivas y de recreo.
UC1833_2: Instalar y reparar los sistemas electrónicos de navegación e instrumentación de embarcaciones deportivas y de recreo.
2. Cualificaciones profesionales incompletas:
Mantenimiento de la planta propulsora, máquinas y equipos auxiliares de embarcaciones deportivas y de recreo TMV555_2 (Real Decreto 562/2011, de 20 de abril).
UC1835_2: Montar y mantener los sistemas de propulsión y gobierno, y equipos auxiliares de embarcaciones deportivas y de recreo.
UC1836_2: Montar y mantener los sistemas de abastecimiento de fluidos y servicios de agua de embarcaciones deportivas y de recreo.
UC1837_2: Mantener e instalar los sistemas de frío y climatización de embarcaciones deportivas y de recreo.
Pintura, reparación y construcción de elementos de plástico reforzado con fibra de embarcaciones deportivas y de recreo TMV557_2 (Real Decreto 562/2011, de 20 de abril).
UC1841_2: Preparar y proteger superficies de embarcaciones deportivas y de recreo.
UC1842_2: Realizar operaciones de acabado de superficies de la obra muerta, cubierta, superestructuras y arboladura de embarcaciones deportivas y de recreo.
UC1843_2: Reparar elementos de plástico reforzado con fibra de embarcaciones deportivas y de recreo.
Artículo 7. Entorno profesional.
1. Las personas que obtienen este título ejercen su actividad profesional, generalmente, en pequeñas empresas dedicadas al mantenimiento de embarcaciones de recreo.
2. Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:
Mantenedor generalista de embarcaciones de recreo.
Artículo 8. Prospectiva del título en el sector o sectores.
Las Administraciones educativas tendrán en cuenta, al desarrollar el currículo correspondiente, las siguientes consideraciones:
En las empresas del sector náutico de recreo se está produciendo una evolución tecnológica que afecta a su organización. Se viene observando una tendencia hacia la especialización en las diferentes actividades de mantenimiento de embarcaciones de recreo, siendo compatible con la existencia de pequeñas empresas que realizan el mantenimiento integral de la embarcación.
En el sector náutico español, al igual que en su entorno geográfico, está adquiriendo gran importancia el «refit» (modificación o adaptación de todo tipo de embarcaciones deportivas).
La evolución tecnológica tiene gran incidencia e importancia en la construcción y prestación de servicios en las embarcaciones de recreo. Merece destacar los nuevos diseños de cascos y el uso de nuevos «materiales compuestos». Esto implica la necesidad de utilizar nuevas técnicas y procedimientos para el mantenimiento y la manipulación de estos materiales, así como el uso de nuevo equipamiento de comprobación y reparación y obtención de parámetros y medidas específicas.
Las tendencias en el sector náutico parecen demandar mayor movilidad laboral, y la apertura económica global obligará a formar profesionales con alto valor polivalente en el campo ocupacional donde se ubica este perfil profesional, que debe tener la capacidad requerida para poder adaptarse a las nuevas situaciones socioeconómicas, laborales y organizativas del sector.
Se prevé el uso de equipos y herramientas cada vez más sofisticadas para utilizar en las actividades de mantenimiento, lo que facilitará los trabajos de reparación, diagnosis y verificación en las actividades de mantenimiento de las embarcaciones de recreo, y por lo tanto se demandará formación complementaria en el puesto de trabajo.
La aplicación de nuevas normas de seguridad en las embarcaciones de recreo genera un aumento de los niveles de calidad exigidos, requiriendo por ello un mayor control en las actividades de mantenimiento. Esto implica que el trabajador comprenda y aplique adecuadamente las normas de calidad y seguridad.
La aplicación de los planes de protección medioambiental en los talleres de mantenimiento, implica el incluir en la formación aspectos relacionados con los tratamientos y gestión de residuos y agentes contaminantes.
CAPÍTULO III. Enseñanzas del ciclo formativo y parámetros básicos de contexto
Artículo 9. Objetivos generales.
Los objetivos generales de este ciclo formativo son los siguientes:
Obtener información sobre de la constitución y funcionamiento de los sistemas y equipos auxiliares de las embarcaciones de recreo, analizando la documentación técnica asociada a la estructura, elementos, equipos y sistemas de embarcaciones de recreo, utilizando los equipos y herramientas requeridos, para establecer planes de trabajo.
Identificar las características constructivas del casco y estructuras y relacionar la constitución de elementos, equipos y sistemas que conforman las embarcaciones de recreo «tipo» con su funcionamiento para localizar averías y establecer planes de trabajo.
Interpretar la información técnica relacionada con el mantenimiento del casco,estructuras, elementos, equipos y sistemas de embarcaciones de recreo, para poder localizar averías, establecer los procesos de mantenimiento y aplicar el procedimiento establecido por el fabricante.
Obtener parámetros de funcionamiento de los sistemas eléctricos/ electrónicos/ mecánicos/ electromecánicos de las embarcaciones de recreos, utilizando la documentación técnica asociada, los equipos de diagnóstico e instrumentos de medida del taller, relacionando la información obtenida con el funcionamiento del sistema/equipo analizado, para determinar posibles averías «tipo» y disfunciones de funcionamiento.
Comprobar el estado del elemento generador de la posible avería «tipo» o disfunción detectada, valorando la información obtenida con el uso de los equipos de diagnóstico y documentación técnica en relación con la disfunción, para determinar el alcance de posibles averías o disfunciones de la estructura, sistemas y equipos.
Reparar daños de la estructura y averías «tipo» de los sistemas y equipos que conforman las embarcaciones de recreo, describiendo las características y función del elemento afectado, cómo se ha generado la avería y, cómo influyen en el funcionamiento del conjunto del sistema del que forman parte.
Comprobar el correcto funcionamiento de los sistemas y equipos reparados relacionando los parámetros de funcionamiento obtenidos con los requerimientos del fabricante.
Desarrollar procedimientos establecidos de mantenimiento de estructuras del casco, sistemas y equipos que conforman las embarcaciones de recreo, especificando equipos, herramientas, útiles requeridos, así como los medios y medidas de seguridad aplicables.
Aplicar las especificaciones de prevención de riesgos laborales y medioambientales en las actividades de mantenimiento de embarcaciones, relacionándolas con las las acciones a realizar y medios requeridos.
Identificar posibles contingencias y valorar la situación, determinando las posibles causas que las provocan y describiendo las acciones correctoras requeridas para resolver las incidencias asociadas a su actividad profesional.
Analizar y utilizar los recursos existentes para el aprendizaje a lo largo de la vida y las tecnologías de la información y la comunicación para aprender y actualizar sus conocimientos, reconociendo las posibilidades de mejora profesional y personal, para adaptarse a diferentes situaciones profesionales y laborales.
Desarrollar trabajos en equipo y valorar su organización, participando con tolerancia y respeto, y tomar decisiones colectivas o individuales para actuar con responsabilidad y autonomía.
Adoptar y valorar soluciones creativas ante problemas y contingencias que se presentan en el desarrollo de los procesos de trabajo, para resolver de forma responsable las incidencias de su actividad.
Aplicar técnicas de comunicación, adaptándose a los contenidos que se van a transmitir, a su finalidad y a las características de los receptores, para asegurar la eficacia del proceso.
ñ) Analizar los riesgos ambientales y laborales asociados a la actividad profesional, relacionándolos con las causas que los producen, a fin de fundamentar las medidas preventivas que se van a adoptar, y aplicar los protocolos correspondientes para evitar daños en uno mismo, en las demás personas, en el entorno y en el medio ambiente.
Analizar y aplicar las técnicas necesarias para dar respuesta a la accesibilidad universal y al «diseño para todas las personas».
Aplicar y analizar las técnicas necesarias para mejorar los procedimientos de calidad del trabajo en el proceso de aprendizaje y del sector productivo de referencia.
Utilizar procedimientos relacionados con la cultura emprendedora, empresarial y de iniciativa profesional, para realizar la gestión básica de una pequeña empresa o emprender un trabajo.
Reconocer sus derechos y deberes como agente activo en la sociedad, teniendo en cuenta el marco legal que regula las condiciones sociales y laborales para participar como ciudadano democrático.
Artículo 10. Módulos profesionales.
1. Los módulos profesionales de este ciclo formativo:
Quedan desarrollados en el anexo I de este real decreto, cumpliendo lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio.
Son los que a continuación se relacionan:
0156. Inglés.
0260. Mecanizado básico.
1175. Mantenimiento de las instalaciones y máquinas eléctricas en buques y embarcaciones.
1618. Preparación de embarcaciones de recreo para trabajos de mantenimiento.
1619. Mantenimiento del sistema de propulsión y equipos auxiliares de las embarcaciones de recreo.
1620. Mantenimiento de sistemas de refrigeración y de climatización en embarcaciones de recreo.
1621. Mantenimiento de superficies y elementos de materiales compuestos de embarcaciones de recreo.
1622. Tratamientos superficiales y pintado de embarcaciones de recreo.
1623. Mantenimiento de instalaciones de equipos electrónicos e informáticos de embarcaciones de recreo.
1624. Mantenimiento de aparejos de embarcaciones de recreo.
1625. Mantenimiento de cubiertas de madera y adaptación/reparación de mobiliario en embarcaciones de recreo.
1626. Formación y orientación laboral.
1627. Empresa e iniciativa emprendedora.
1628. Formación en centros de trabajo.
2. Las Administraciones educativas establecerán los currículos correspondientes, respetando lo establecido en este real decreto y de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 8 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio.
Artículo 11. Espacios y equipamientos.
1. Los espacios necesarios para el desarrollo de las enseñanzas de este ciclo formativo son los establecidos en el anexo II de este real decreto.
2. Los espacios dispondrán de la superficie necesaria y suficiente para desarrollar las actividades de enseñanza que se deriven de los resultados de aprendizaje de cada uno de los módulos profesionales que se imparten en cada uno de los espacios. Además, deberán cumplir las siguientes condiciones:
La superficie se establecerá en función del número de personas que ocupen el espacio formativo y deberá permitir el desarrollo de las actividades de enseñanza-aprendizaje con la ergonomía y la movilidad requeridas dentro del mismo.
Deberán cubrir la necesidad espacial de mobiliario, equipamiento e instrumentos auxiliares de trabajo.
Deberán respetar los espacios o superficies de seguridad que exijan las máquinas y equipos en funcionamiento.
Respetarán la normativa sobre prevención de riesgos laborales y cuantas otras normas sean de aplicación.
3. Los espacios formativos establecidos podrán ser ocupados por diferentes grupos que cursen el mismo u otros ciclos formativos, o etapas educativas.
4. Los diversos espacios formativos identificados no deben diferenciarse necesariamente mediante cerramientos.
5. Los equipamientos que se incluyen en cada espacio han de ser los necesarios y suficientes para garantizar al alumnado la adquisición de los resultados de aprendizaje y la calidad de la enseñanza. Además, deberán cumplir las siguientes condiciones:
El equipamiento (equipos, máquinas y otros) dispondrá de la instalación necesaria para su correcto funcionamiento, cumplirá con las normas de seguridad y prevención de riesgos y con cuantas otras sean de aplicación.
La cantidad y características del equipamiento deberán estar en función del número de personas matriculadas y permitir la adquisición de los resultados de aprendizaje, teniendo en cuenta los criterios de evaluación y los contenidos que se incluyen en cada uno de los módulos profesionales que se impartan en los referidos espacios.
6. Las Administraciones competentes velarán para que los espacios y el equipamiento sean los adecuados en cantidad y características para el desarrollo de los procesos de enseñanza y aprendizaje que se derivan de los resultados de aprendizaje de los módulos correspondientes y garantizar así la calidad de estas enseñanzas.
Artículo 12. Profesorado.
1. La docencia de los módulos profesionales que constituyen las enseñanzas de este ciclo formativo corresponde al profesorado del Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, según proceda, de las especialidades establecidas en el anexo III A) de este real decreto.
2. Las titulaciones requeridas para ingresar en los cuerpos docentes citados son, con carácter general, las determinadas en el artículo 13 del Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley, aprobado por Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero.
3. El profesorado especialista tendrá atribuida, excepcionalmente, la competencia docente de los módulos profesionales especificados en el anexo III A) de este real decreto.
4. El profesorado especialista deberá cumplir los requisitos generales exigidos para el ingreso en la función pública docente establecidos en el artículo 12 del citado Reglamento, aprobado por Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero.
5. Además, con el fin de garantizar que se da respuesta a las necesidades de los procesos involucrados en el módulo profesional, es necesario que el profesorado especialista acredite al inicio de cada nombramiento una experiencia profesional reconocida en el campo laboral correspondiente, debidamente actualizada, de al menos dos años de ejercicio profesional en los cuatro años inmediatamente anteriores al nombramiento.
6. Para el profesorado de los centros de titularidad privada o de titularidad pública de otras administraciones distintas de las educativas, las titulaciones requeridas y los requisitos necesarios, para la impartición de los módulos profesionales que conforman el título, son las incluidas en el anexo III C) de este real decreto. En todo caso, se exigirá que las enseñanzas conducentes a las titulaciones citadas engloben los objetivos de los módulos profesionales y, si dichos objetivos no estuvieran incluidos, además de la titulación deberá acreditarse, mediante «certificación», una experiencia laboral de, al menos tres años en el sector vinculado a la familia profesional, realizando actividades productivas en empresas relacionadas implícitamente con los resultados de aprendizaje.
7. Las Administraciones competentes velarán para que el profesorado que imparta los módulos profesionales cumpla con los requisitos especificados y garantizar así la calidad de estas enseñanzas.
CAPÍTULO IV. Accesos y vinculación a otros estudios y correspondencia de módulos profesionales con las unidades de competencia
Artículo 13. Acceso a otros estudios.
1. El título de Técnico en mantenimiento de embarcaciones de recreo permite el acceso a cualquier otro ciclo formativo de grado medio o de grado superior, según lo establecido en los artículos 44.2 y 41.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.
2. El título de Técnico en mantenimiento de embarcaciones de recreo permitirá obtener el título de Bachiller por la superación de la evaluación final de Bachillerato en relación con las materias del bloque de asignaturas troncales que como mínimo se deban cursar en la modalidad y opción que escoja el alumno o alumna, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.
3. No obstante lo anterior, la aplicación de este apartado queda suspendida hasta la entrada en vigor de la normativa resultante del Pacto de Estado social y político por la educación, según lo establecido en el Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.
Durante este período, los alumnos que se encuentren en posesión del título de Técnico en mantenimiento de embarcaciones de recreo podrán obtener el título de Bachiller cursando y superando las materias generales del bloque de asignaturas troncales de la modalidad de Bachillerato que el alumno elija.
Artículo 14. Convalidaciones y exenciones.
1. Las convalidaciones entre módulos profesionales de títulos de formación profesional del sistema educativo, y los módulos profesionales del título que se establece en este real decreto son las que se indican en el anexo IV.
2. Quienes hubieran superado el módulo profesional de Formación y orientación laboral o el módulo profesional de Empresa e iniciativa emprendedora en cualquiera de los ciclos formativos correspondientes a los títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, tendrán convalidados dichos módulos en cualquier otro ciclo formativo establecido al amparo de la misma ley.
3. Quienes hayan obtenido la acreditación de todas las unidades de competencia incluidas en el título, mediante el procedimiento establecido en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, podrán convalidar el módulo profesional de Formación y Orientación Laboral siempre que:
Acrediten, al menos, un año de experiencia laboral.
y estén en posesión de la acreditación de la formación establecida para el desempeño de las funciones de nivel básico de la actividad preventiva, expedida de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
4. De acuerdo con lo establecido en el artículo 39 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, podrá determinarse la exención total o parcial del módulo profesional de Formación en centros de trabajo por su correspondencia con la experiencia laboral, siempre que se acredite una experiencia relacionada con este ciclo formativo en los términos previstos en dicho artículo.
Artículo 15. Correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación, convalidación o exención.
1. La correspondencia de las unidades de competencia, acreditadas conforme establece el artículo 8 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio con los módulos profesionales que forman las enseñanzas del título de Técnico en mantenimiento de embarcaciones de recreo para su convalidación o exención, queda determinada en el anexo V A) de este real decreto.
2. La correspondencia de los módulos profesionales que forman las enseñanzas del título de Técnico en mantenimiento de embarcaciones de recreo con las unidades de competencia, para su acreditación, queda determinada en el anexo V B) de este real decreto.
Disposición adicional primera. Referencia del título en el marco europeo.
Una vez establecido el marco nacional de cualificaciones, de acuerdo con las recomendaciones europeas, se determinará el nivel correspondiente de esta titulación en el marco nacional y su equivalente en el europeo.
Disposición adicional segunda. Oferta a distancia de este título.
Los módulos profesionales que forman las enseñanzas de este ciclo formativo podrán ofertarse a distancia, siempre que se garantice que el alumnado pueda conseguir los resultados de aprendizaje de los mismos, de acuerdo con lo dispuesto en este real decreto. Para ello, las Administraciones educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, adoptarán las medidas que estimen necesarias y dictarán las instrucciones precisas.
Disposición adicional tercera. Titulaciones equivalentes y vinculación con capacitaciones profesionales.
La formación establecida en este real decreto en el módulo profesional de Formación y orientación laboral capacita para llevar a cabo responsabilidades profesionales equivalentes a las que precisan las actividades de nivel básico en prevención de riesgos laborales, establecidas en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, siempre que tenga, al menos, 45 horas lectivas.
Disposición adicional cuarta. Regulación del ejercicio de la profesión.
El título establecido en este real decreto no constituye una regulación del ejercicio de profesión regulada alguna.
Disposición adicional quinta. Accesibilidad universal en las enseñanzas de este título.
1. Las Administraciones educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, incluirán en el currículo de este ciclo formativo los elementos necesarios para garantizar que las personas que lo cursen desarrollen las competencias incluidas en el currículo en «diseño para todas las personas».
2. Asimismo, dichas Administraciones adoptarán las medidas que estimen necesarias para que este alumnado pueda acceder y cursar dicho ciclo formativo en las condiciones establecidas en la disposición final tercera del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
Disposición adicional sexta. Titulaciones habilitantes a efectos de docencia.
1. A los efectos del artículo 12.2 de este real decreto, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 95.1 de la Ley Orgánica, 2/2006, de 3 de mayo, y en la disposición adicional décimo quinta de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, las titulaciones recogidas en el anexo III B) de este real decreto habilitarán a efectos de docencia para el ingreso en las distintas especialidades del profesorado.
2. A los efectos del artículo 12.6 de este real decreto, y de conformidad con la disposición adicional décimo quinta de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, las titulaciones recogidas en el anexo III D) de este real decreto habilitarán a efectos de docencia para los distintos módulos profesionales.
Disposición transitoria única. Acceso a otros estudios.
La aplicación del artículo 13.2 de este real decreto queda suspendida hasta la entrada en vigor de la normativa resultante del Pacto de Estado social y político por la educación, según lo establecido en el Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre.
Durante este período, los alumnos que se encuentren en posesión del título de Técnico en mantenimiento de embarcaciones de recreo podrán obtener el título de Bachiller cursando y superando las materias generales del bloque de asignaturas troncales de la modalidad de Bachillerato que el alumno elija.
Disposición final primera. Título competencial.
Este real decreto tiene carácter de norma básica, al amparo de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1.30.ª de la Constitución.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Este real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 2 de marzo de 2018.
FELIPE R.
El Ministro de Educación, Cultura y Deporte,
ÍÑIGO MÉNDEZ DE VIGO Y MONTOJO
ANEXO I. Módulos profesionales
Módulo profesional: Preparación de embarcaciones de recreo para trabajos de mantenimiento
Código: 1618
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.
1. Caracteriza las diferentes zonas que existen en los puertos deportivos, especificando las funciones asignadas.
Criterios de evaluación:
Se han identificado los diferentes tipos de puertos deportivos y se han relacionado con sus características generales y elementos que los constituyen.
Se ha relacionado la figura del capitán de puerto, del contramaestre y personal vario con las funciones que desempeñan en el puerto y varadero.
Se han relacionado las zonas de mantenimiento de embarcaciones y otras zonas asociadas de los puertos o varaderos con sus funciones y finalidades.
Se ha caracterizado la distribución del puerto: Zonas: oficinas. Pantalán/varadero/taller/Almacenes/zona combustible de comportamiento en dichas áreas relacionándolas con sus finalidades.
Se han relacionado las zonas de mantenimiento y reparación, de puertos o varaderos con las funciones de las:
Áreas de trabajo y equipos esenciales.
Sistemas de varada: grúas, travelifts, grada.
Se han relacionado los elementos o sistemas de protección medioambiental de los puertos con las especificaciones de seguridad aplicables.
Se ha relacionado el reglamento de explotación y policía de puerto con aplicación al uso de maquinaria y zonas de trabajo.
Se han relacionado las diferentes ocupaciones de un varadero de embarcaciones de recreo con sus funciones.
2. Relaciona los elementos constructivos de las embarcaciones de recreo, con sus características constructivas y con la función que tienen en la embarcación.
Criterios de evaluación:
Se han relacionado los tipos principales de embarcaciones de recreo con sus características constructivas generales.
Se han relacionado los materiales empleados en construcción de embarcaciones con sus características y empleo.
Se han identificado los elementos estructurales longitudinales y transversales de embarcaciones, especificando la función de los mismos.
Se han relacionado las partes que conforman los aparejos y el casco especificando sus características y función.
Se han caracterizado los principales esfuerzos mecánicos a los que está sometida una embarcación (tracción, flexión, fatiga, entre otros) y sus elementos auxiliares (mástiles, velas, entre otros) relacionándolos con los efectos que producen en la embarcación y como afectan a su estructura.
Se han identificado los accesorios auxiliares de una embarcación relacionándolos con sus características y función que desempeñan.
Se han identificado los elementos que intervienen en el amarre de embarcaciones, relacionándolos con sus características y función.
3. Prepara embarcaciones de recreo en puerto y varadero para su mantenimiento, ejecutando las maniobras necesarias y relacionando las fases y con los medios a emplear y precauciones a observar.
Criterios de evaluación:
Se ha justificado el comportamiento de la embarcación en las operaciones de mantenimiento con respecto a: Centro Gravedad, Flotabilidad, Estabilidad (Estática y Dinámica), Zonas de resistencia.
Se ha relacionado el viento, las corrientes y las olas con su influencia en las maniobras y medidas a adoptar.
Se han identificado los elementos de amarre a puerto, y descrito su función.
Se han realizado amarres de la embarcación, usando y manejando con seguridad diferentes cabos.
Se han realizado amarres identificando posibles riesgos y relacionándolos con las precauciones y seguridades que se deben observar.
Se han realizado los nudos más usuales de maniobra utilizando diferente tipo de cabo, relacionándolos con el uso que tienen.
Se ha realizado el proceso de extracción de una embarcación para su traslado al varadero utilizando carros de traslado.
Se han colocado embarcaciones en el carro auto-portante, cumpliendo las precauciones de seguridad requeridas.
Se han realizado maniobras de fondeo, relacionando los medios requeridos con sus características constructivas, su uso y precauciones a observar.
Se han identificado posibles riesgos en la preparación de embarcaciones relacionándolos con las medidas de seguridad que se deben aplicar para prevenir riesgos laborales y medioambientales
Se han ejecutado las maniobras de preparación de embarcaciones en puerto y varadero, aplicándose las medidas de seguridad y prevención de riesgos laborales requeridas.
4. Prepara la zona de trabajo asociada a la embarcación de recreo en «seco» y en el amarre en puerto, para desarrollar las actividades de mantenimiento con seguridad.
Criterios de evaluación:
Se han identificado las normas, usos y costumbres comunes o reconocidas en el sector de embarcaciones deportivas y de recreo relacionándolas con el ámbito del mantenimiento en los puertos deportivos.
Se han realizado las principales operaciones asociadas a la preparación de la zona de trabajo en puerto para efectuar las operaciones de mantenimiento de embarcaciones, justificando las mismas y relacionándolas con las precauciones a observar.
Se han identificado los principales medios empleados en la protección de las zonas adyacentes al área de trabajo, especificando sus características y función y su relación con la protección de las zonas susceptibles de ser dañadas en la embarcación.
Se han identificado los sistemas básicos de amarre y acceso de una embarcación, y se relacionan con los nombres de los elementos que intervienen y la función que realizan.
Se han realizado los nudos básicos con distintos materiales, descrito sus características y uso, utilizándolos en las diferentes operaciones de preparación y amarre y sujeción de las embarcaciones.
Se han empleado diferentes métodos de apuntalamiento y sujeción de la embarcación y sistemas de acceso, relacionándolos con sus características, modo de empleo y precauciones a observar.
Se han recogido los residuos generados, relacionando la importancia de su traslado a los puntos de recogida o vertido de residuos y necesidad de tratamiento.
Se han aplicado las precauciones de seguridad en el amarre y sujeción de la embarcación, relacionando su uso con el tipo y características de la embarcación,
Se han identificado las normas generales aplicables a las operaciones de preparación en las zonas de mantenimiento y reparación, relacionando los medios requeridos para su cumplimiento.
Se han ejecutado las actividades más significativas de preparación de una embarcación y comprobación posterior, cumpliendo las especificaciones de prevención de riesgos laborales, prestando especial atención a las tomas de electricidad para trabajar a bordo.
5. Identifica posibles riesgos laborales y medioambientales que conllevan las operaciones de preparación, amarre y sujeción de las embarcaciones de recreo, relacionándolos con las actividades de mantenimiento implicadas, las medidas a adoptar y forma de prevenirlos.
Criterios de evaluación:
Se han identificado las posibles situaciones de riesgo laboral más habituales en relación con los procesos de preparación de la embarcación.
Se han identificado los riesgos que conllevan los trabajos en altura más habituales en los procesos de preparación de la embarcación y descrito las precauciones a observar.
Se han identificado las principales operaciones de mantenimiento en las embarcaciones de recreo con la prevención de riesgos laborales y medioambientales que conllevan las actividades.
Se han identificado los posibles residuos que se generan en las operaciones de mantenimiento, valorando su nivel de peligrosidad y tratamiento a dar a los residuos generados durante el mantenimiento en función de su peligrosidad.
Se han identificado las normas de prevención de riesgos laborales asociándolas con los distintos procesos de mantenimiento de la embarcación, especificando:
Riesgos laborales específicos de la actividad.
Equipos de protección individual a utilizar.
Materiales utilizados en los trabajos de altura.
Equipos de protección para la embarcación.
Residuos generados y su tratamiento.
Duración: 60 horas.
Contenidos básicos:
Caracterización de las zonas de puertos deportivos:
Tipos de puertos deportivos.
Zonas de mantenimiento de embarcaciones y otras zonas asociadas.
Personas que trabajan en el puerto.
Sistemas de gestión medioambiental. Reglamento de explotación y policía de puerto.
Varadero.
Relación de elementos constructivos de las embarcaciones de recreo:
Características principales de las embarcaciones de recreo.
Elementos estructurales longitudinales (Vagras, Palmejares, Esloras, entre otros) y transversales (Varengas, Bulárcamas, Mamparos).
Partes del casco.
Esfuerzos mecánicos en embarcaciones.
Zonas principales de embarcación: Sala de máquinas. Puente de mando. Habilitación.
Documentación técnica de la embarcación. Interpretación y uso.
Preparación de embarcaciones de recreo en puerto:
Comportamiento de la embarcación: Centro Gravedad, Flotabilidad, Estabilidad.
Maniobra de amarre de punta, abarloarse, atracar a un muelle o a pantalán, amarrar a una boya. Elementos de amarre.
Fondeo.
Extracción de una embarcación al varadero.
Precauciones y seguridades a observar en el amarre y sujeción de las embarcaciones.
Preparación de la zona de trabajo asociada a la embarcación de recreo en «seco» y en el amarre en puerto:
Normas, usos y costumbres comunes o reconocidas empleadas en el sector de mantenimiento de embarcaciones deportivas y de recreo en los puertos deportivos.
Principales operaciones asociadas a la preparación de la zona de trabajo en puerto para efectuar operaciones de mantenimiento de embarcaciones.
Sistemas básicos de amarre y acceso de una embarcación.
Nudos básicos.
Normas generales de seguridad y comportamiento a observar durante los trabajos en las zonas de mantenimiento y reparación.
Identificación de riesgos laborales y medioambientales que conllevan las operaciones de preparación, amarre y sujeción de las embarcaciones de recreo:
Situaciones de riesgo laboral más habituales en los diferentes procesos de preparación de la embarcación.
Prevención de riesgos laborales y medioambientales que conllevan las operaciones de mantenimiento en las embarcaciones de recreo.
Especificaciones de prevención de riesgos laborales aplicables a las distintas actividades de mantenimiento de la embarcación.
Orientaciones pedagógicas. Este módulo profesional contiene la formación necesaria que da soporte a los módulos profesionales relacionados con la función de mantenimiento de embarcaciones de recreo.
La concreción de esta función incluye aspectos como:
La caracterización de las zonas que conforman los puertos deportivos.
Identificación de componentes que conforman las estructuras de embarcaciones de recreo, aparejos y casco de embarcaciones, interpretación de planos y croquis de embarcaciones.
Preparación de embarcaciones de recreo en puerto y varadero para su mantenimiento, realizando las maniobras requeridas
Preparación de zonas de trabajo para realizar el mantenimiento de embarcaciones.
Elaboración y uso de nudos náuticos.
Aplicación de especificaciones de seguridad.
Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en el mantenimiento de embarcaciones de recreo.
La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales b), c), e), i), j), k) y l) del ciclo formativo y las competencias a), c), f), k), l), m) y ñ) del título.
Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:
Lectura e interpretación de planos y croquis de construcción naval relacionados con embarcaciones de recreo.
Interpretación de la simbología y normalización de la representación gráfica de maniobras.
Aplicación de las técnicas de elaboración de nudos.
Maniobras de puerto y varadero de embarcaciones para ejecutar las operaciones de mantenimiento.
Especificaciones de seguridad aplicables a las maniobras de preparación de las embarcaciones.
Trabajo en equipo.
Resolución de problemas.
Módulo profesional: Mecanizado básico
Código: 0260
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.
1. Dibuja croquis de piezas interpretando la simbología específica y aplicando los convencionalismos de representación correspondientes.
Criterios de evaluación:
Se han representado a mano alzada vistas de piezas.
Se han interpretado las diferentes vistas, secciones y detalles del croquis, determinando la información contenida en este.
Se ha utilizado la simbología específica de los elementos.
Se han reflejado las cotas.
Se han aplicado las especificaciones dimensionales y escalas en la realización del croquis.
Se ha realizado el croquis con orden y limpieza.
Se ha verificado que las medidas del croquis corresponden con las obtenidas en el proceso de medición de piezas, elementos o transformaciones a realizar.
2. Traza piezas para su posterior mecanizado, relacionando las especificaciones de croquis y planos con la precisión de los equipos de medida.
Criterios de evaluación:
Se han identificado los distintos equipos de medida (calibre, palmer, comparadores, transportadores, goniómetros) y se ha realizado el calado y puesta a cero de los mismos en los casos necesarios.
Se ha descrito el funcionamiento de los distintos equipos de medida relacionándolos con las medidas a efectuar.
Se han descrito los sistemas de medición métrico y anglosajón y se han interpretado los conceptos de nonio y apreciación.
Se han estudiado e interpretado adecuadamente los croquis y planos para efectuar la medición y trazado.
Se han realizado cálculos de conversión de medidas entre el sistema métrico decimal y anglosajón.
Se han realizado medidas interiores, exteriores y de profundidad con el instrumento adecuado y la precisión exigida.
Se han seleccionado los útiles necesarios para realizar el trazado de las piezas y se ha efectuado su preparación.
Se ha ejecutado el trazado de forma adecuada y precisa para la realización de la pieza.
Se ha verificado que las medidas del trazado corresponden con las dadas en croquis y planos.
3. Mecaniza piezas manualmente, relacionando las técnicas de medición con los márgenes de tolerancia de las medidas dadas en croquis y planos.
Criterios de evaluación:
Se han explicado las características de los materiales metálicos más usados como fundición, aceros, y aleaciones de aluminio entre otros.
Se han identificado las herramientas necesarias para el mecanizado.
Se han clasificado los distintos tipos de limas atendiendo a su picado y a su forma teniendo en cuenta el trabajo que van a realizar.
Se han seleccionado las hojas de sierra teniendo en cuenta el material a cortar.
Se ha determinado la secuencia de operaciones que es preciso realizar.
Se han relacionado las distintas herramientas de corte con desprendimiento de viruta con los materiales, acabados y formas deseadas.
Se han estudiado e interpretado adecuadamente los croquis y planos para ejecutar la pieza.
Se han dado las dimensiones y forma estipulada a la pieza aplicando las técnicas correspondientes (limado, corte, entre otros).
Se ha efectuado el corte de chapa con tijeras, seleccionando estas en función de los cortes.
Se han respetado los criterios de calidad requeridos.
4. Rosca piezas exterior e interiormente ejecutando los cálculos y operaciones necesarias.
Criterios de evaluación:
Se ha descrito el proceso de taladrado y los parámetros que se van a ajustar en las máquinas según el material que se ha de taladrar.
Se ha calculado la velocidad de la broca en función del material que se ha de taladrar y del diámetro del taladro.
Se ha calculado el diámetro del taladro para efectuar roscados interiores de piezas.
Se han ajustado los parámetros de funcionamiento de las máquinas taladradoras.
Se han ejecutado los taladros en los sitios estipulados y se ha efectuado la lubricación adecuada.
Se ha efectuado el avellanado teniendo en cuenta el taladro y el elemento a embutir en él.
Se ha seleccionado la varilla teniendo en cuenta los cálculos efectuados para la realización del tornillo.
Se ha seguido la secuencia correcta en las operaciones de roscado interior y exterior y se ha efectuado la lubricación correspondiente.
Se ha verificado que las dimensiones de los elementos roscados, así como su paso, son las estipuladas.
Se han respetado los criterios de seguridad y medio ambiente.
5. Realiza uniones de elementos metálicos mediante soldadura blanda describiendo las técnicas utilizadas en cada caso.
Criterios de evaluación:
Se han descrito las características y propiedades de la soldadura blanda.
Se ha realizado la preparación de la zona de unión y se han eliminado los residuos existentes.
Se ha seleccionado el material de aportación en función del material base y la unión que es preciso efectuar.
Se han seleccionado y preparado los desoxidantes adecuados a la unión que se pretende efectuar.
Se han seleccionado los medios de soldeo según la soldadura que se desea efectuar.
Se ha efectuado el encendido de soldadores y lamparillas respetando los criterios de seguridad.
Se ha efectuado la unión y rellenado de elementos comprobando que reúne las características de resistencia y homogeneidad requeridas.
Duración: 50 horas.
Contenidos básicos:
Elaboración de croquis de piezas:
Dibujo técnico básico.
Normalización de planos.
Simbología, normalización.
Planta, alzado, vistas y secciones.
Acotación.
Técnicas de croquización.
Trazado de piezas:
Fundamentos de metrología.
Sistemas de medidas.
Magnitudes y unidades.
Instrumentos de medida directa.
Aparatos de medida por comparación.
Apreciación de los aparatos de medida.
Teoría del nonius.
Tipos de medida.
El trazado en la elaboración de piezas.
Objeto del trazado, fases y procesos.
Útiles utilizados en el trazado.
Operaciones de trazado.
Mecanizado manual:
Características de los materiales metálicos más usados en el automóvil (fundición, aceros y aleaciones de aluminio).
Objeto del limado.
Uso y tipos de limas atendiendo a su forma y a su picado.
Técnicas de limado.
Corte de materiales con sierra de mano.
Hojas de sierra: características, tipos y elección en función del trabajo que se ha de realizar.
Operaciones de aserrado.
El corte con tijera de chapa: tipos de tijeras.
Procesos de corte con tijeras de chapa.
Técnicas de roscado:
Objeto del taladrado.
Máquinas de taladrar.
Parámetros que es preciso tener en cuenta en función del material que se pretende taladrar.
Brocas, tipos y partes que las constituyen.
Proceso de taladrado.
El avellanado.
Clases de tornillos.
Partes que constituyen las roscas. Tipos de roscas y su utilización.
Sistemas de roscas.
Normalización y representación de roscas.
Cálculos para la ejecución de roscas interiores y exteriores.
Medición de roscas.
Procesos de ejecución de roscas.
Unión de materiales por soldadura blanda:
Equipos de soldar: soldadores y lamparillas.
Materiales de aportación: en barra, en varilla.
Desoxidantes más utilizados.
Preparación del metal base.
El estañado.
Procesos de ejecución de soldaduras.
Orientaciones pedagógicas. Este módulo profesional es un módulo de soporte y contiene la formación necesaria para desempeñar las funciones de montaje y mantenimiento mediante operaciones de mecanizado básico.
La concreción de esta función incluye aspectos como:
La interpretación de planos y croquis.
Las características y tratamientos de materiales.
La ejecución de mecanizado.
La aplicación de las técnicas correspondientes.
Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en:
El desmontaje y montaje de elementos amovibles y accesorios.
En todos aquellos procesos en los que interviene la interpretación de planos y croquis.
En los procesos de medición de elementos y sustituciones parciales en las que se realice el trazado para el corte.
La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales a) b), f), g), h), i), k), y ñ) del ciclo formativo, y las competencias a), c), d), h), i), k), l), y ñ) del título.
Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:
La elaboración de planos y croquis aplicando la simbología y normalización de la representación gráfica.
La aplicación de las técnicas de metrología en los procesos de medición utilizando los equipos de medida adecuados a cada caso.
La mecanización manual y el trazado para la obtención de piezas, ajustes y secciones de elementos.
El montaje y desmontaje de elementos atornillados.
La ejecución de roscados en los procesos de desmontaje y montaje.
La ejecución de uniones mediante soldadura blanda.
Módulo profesional: Mantenimiento del sistema de propulsión y equipos auxiliares de las embarcaciones de recreo.
Código: 1619.
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.
1. Prepara la puesta en marcha del sistema propulsor y equipos auxiliares de embarcaciones, relacionando la función de sus elementos y circuitos auxiliares con el funcionamiento del conjunto.
Criterios de evaluación:
Se han identificado las condiciones y parámetros de funcionamiento de los circuitos de suministro energético y de fluidos, utilizando la documentación técnica.
Se ha relacionado el trasiego de fluidos, con su influencia en la estabilidad de la embarcación y cumplimiento de la normativa establecida.
Se han analizado los circuitos de combustible valorando sus parámetros de funcionamiento.
Se ha relacionado la influencia que tienen las pérdidas de fluidos en los circuitos con la eficacia, presiones. seguridad, y la necesidad de ajustar sus parámetros de funcionamiento.
Se ha relacionado el procedimiento de arranque/parada de los equipos de distribución de agua, con los parámetros de funcionamiento, determinando posibles necesidades de ajuste.
Se ha identificado la disposición de los elementos y servicios esenciales a comprobar para iniciar la travesía (línea de ejes, sistema de gobierno, sentinas, lastres, ventilación y extracción en cámara de máquinas, entre otros), relacionándolos con la función que tienen y las medidas a observar para mantenerlos en buen funcionamiento.
Se ha puesto en funcionamiento el sistema de propulsión, y se han comprobado los niveles de tanques y cárteres, la ausencia de pérdidas, la posición de las válvulas y los valores de presión y caudal de los circuitos de los diferentes servicios, justificando la actuación realizada con el buen funcionamiento
Se ha aplicado el procedimiento de parada especificado las medidas a realizar durante el mismo y medidas de seguridad aplicables.
2. Efectúa las operaciones de puesta en marcha/parada y control de los motores térmicos y sus sistemas auxiliares de embarcaciones, relacionando las secuencias y justificando los rangos y parámetros requeridos con cada fase del proceso.
Criterios de evaluación:
Se ha identificado el sistema de reducción de potencia y parada de emergencia de los motores propulsores relacionándolos con su forma de actuación y con los parámetros y secuencias establecidos en la documentación técnica.
Se han identificado los parámetros de las unidades de gestión electrónica del sistema de encendido y del sistema de inyección y se han relacionado con el funcionamiento del motor y con las especificaciones fijadas por el fabricante.
Se han identificado parámetros de funcionamiento de los sistemas de lubricación del motor, relacionándolos con la influencia de las presiones, caudal requisitos de presiones mínimas y máximas y la ausencia de fugas.
Se ha relacionado la influencia del control de la temperatura del fluido refrigerante con el funcionamiento de los elementos del motor, y su efectividad a diferentes regímenes de trabajo.
Se ha relacionado la influencia de los parámetros de funcionamiento de los elementos del sistema de alimentación con el rendimiento de la combustión, en las distintas fases de arranque, funcionamiento y parada del motor.
Se ha relacionado la finalidad el sistema de seguridades de parada de emergencia del motor con los procedimientos establecidos por el fabricante.
Se ha efectuado la puesta en marcha del sistema de propulsión relacionando los parámetros de funcionamiento con los establecidos por el fabricante, procediendo a su parada.
3. Realiza operaciones de mantenimiento preventivo, predictivo y correctivo en los equipos auxiliares y maquinaria auxiliar de embarcaciones, relacionando estas con el procedimiento establecido y plan de mantenimiento aplicable.
Criterios de evaluación:
Se han establecido los planes de actuación en el sistema de propulsión y equipos auxiliares, en función de especificaciones dadas, relacionando la secuencia y operaciones de mantenimiento requeridas con los requerimientos del plan de mantenimiento y procedimiento establecido.
Se han identificado y localizado de elementos a mantener, preparando la zona de trabajo según el plan de actuación realizado.
Se ha procedido al desmontaje, comprobación del estado y montaje de los elementos, utilizando los medios requeridos, de acuerdo al plan de trabajo establecido y procedimiento del fabricante.
Se ha determinado el alcance de la intervención a realizar y tipo de intervención, valorando los elementos afectados y las especificaciones técnicas del fabricante.
Se han establecido posibles servicios alternativos o de emergencia en el plan de trabajo para aplicar durante las operaciones de mantenimiento.
Se han realizado las operaciones de montaje, comprobación y montaje en los equipos de los sistemas de conducción y abastecimiento de fluidos de la embarcación, ajustando los parámetros necesarios para garantizar su operatividad.
Se han realizado planes de trabajo de mantenimiento dados y el desmontaje, comprobación y montaje correspondiente de elementos.
Se han realizado las pruebas funcionales y de fiabilidad, regulando los sistemas y verificando la restitución de la funcionalidad del conjunto mantenido.
Se ha elaborado el informe de reparación de las averías dadas, utilizando el procedimiento establecido.
4. Realiza operaciones de mantenimiento preventivo y correctivo en motores de combustión interna diésel y gasolina, relacionando la actividad realizada y el uso de herramientas y equipos con los procedimientos establecidos.
Criterios de evaluación:
Se ha realizado el desmontaje/montaje de los sistemas biela-pistón del motor, calibrando las camisas y sustituyendo los componentes sometidos a desgaste (segmentos y casquillos, entre otros).
Se ha verificado que la presión de descarga del sistema de sobrealimentación del motor a distintos regímenes es la requerida, comprobando pérdidas, ruidos y vibraciones anormales.
Se ha realizado el desmontaje/montaje de culatas, despiece, ajuste de válvulas y montaje hermético sobre el bloque del motor, verificando su estado y sustituyendo las piezas que se consideren en mal estado.
Se han limpiado/cambiado toberas, tarado inyectores y calado la bomba de inyección, de acuerdo con las especificaciones técnicas.
Se ha desmontado, verificado y montado el cigüeñal del motor, comprobando y sustituyendo cojinetes.
Se ha efectuado la puesta a punto de la distribución del motor, sustituyendo las piezas desgastadas o rotas.
Se ha desmontado/montado el sistema de encendido de un motor de gasolina, ajustando los parámetros para obtener las prestaciones de funcionamiento establecidas.
Se han realizado planes de trabajo de mantenimiento dados y el desmontaje, comprobación y montaje correspondiente de elementos.
Se han realizado las pruebas funcionales y de fiabilidad, regulando los sistemas y verificando la restitución de la funcionalidad del conjunto mantenido.
Se ha elaborado el informe de reparación de las averías dadas, utilizando el procedimiento establecido.
5. Realiza operaciones de mantenimiento de sistemas de propulsión de fueraborda, intrafueraborda y de chorro de agua de embarcaciones, relacionando las actividades realizadas con los procedimientos establecidos en la documentación técnica y con el uso de útiles y herramientas requeridos.
Criterios de evaluación:
Se han identificado sobre plano y en equipo real o simulado los componentes que configuran el sistema de propulsión de una embarcación, describiendo la función que realizan.
Se han efectuado las operaciones de puesta en marcha, parada y reducción de potencia, siguiendo los procedimientos establecidos en la documentación técnica para comprobar su operatividad.
Se han efectuado operaciones de desmontaje y montaje de componentes significativos, siguiendo el procedimiento establecido en la documentación técnica, para garantizar el mantenimiento y asegurar la eficiencia energética de los sistemas de propulsión,
Se han realizado los ajustes de funcionamiento de un sistema de propulsión de chorro de agua (sistema de transmisión del motor, bomba hidráulica, cilindros hidráulicos del servo, entre otros), cumpliendo los procedimientos establecidos y verificando los parámetros de funcionamiento óptimo.
Se han caracterizado las averías más significativas (sistema eléctrico, pérdidas de compresión, embragues, desgastes de piñón y corona de la cola, entre otras), actuado sobre los elementos generadores de las mismas, desmontando, comprobando su estado, montándolos de nuevo y comprobando la funcionalidad, siguiendo los procedimientos establecidos y utilizando las herramientas requeridas.
Se han realizado las operaciones de mantenimiento previas a una parada prolongada del motor, siguiendo los procedimientos establecidos.
Se ha verificado el funcionamiento de los sistemas, según condiciones de calidad y fiabilidad definidas, comprobando su comportamiento (ruidos, vibraciones y anomalías) y realizando los ajustes necesarios.
Se han elaborado los informes técnicos de las reparaciones, describiendo la secuencia seguida, identificando las piezas reparadas o sustituidas y utilizando el vocabulario técnico de forma precisa y clara.
6. Aplica protecciones anticorrosivas en las embarcaciones, relacionando la protección utilizada con los efectos y logros esperados.
Se ha descrito el fenómeno de la corrosión, sus causas, tipos y sus efectos en los materiales de las embarcaciones.
Se relacionado el principio electroquímico de la corrosión con sus efectos.
Se ha relacionado la corrosión galvánica con sus efectos y protecciones a aplicar.
Se ha relacionado el efecto de la corrosión con los medios a utilizar en su prevención.
Se han establecido los posibles tratamientos anticorrosivos empleados en las embarcaciones.
Se ha caracterizado la protección anódica y catódica y sus efectos.
Se han relacionado las características del recubrimiento utilizado en embarcaciones con los tipos de productos empleados en protección de superficies y su aplicación en diferentes materiales.
Se ha interpretado la información de los fabricantes relacionada con los productos y con la protección anticorrosiva.
Se han identificado posibles zonas «dañadas» y elementos afectados en superficies o elementos de embarcaciones, determinando el alcance del daño.
Se ha establecido el plan de actuación para aplicar la protección, según la superficie o elemento a proteger, que contemple:
Limpieza, decapado y desengrasado de la superficie, preparándola para el tratamiento.
Ejecución de las operaciones de electro-cincado en superficies metálicas utilizando el equipo específico y ajustando parámetros.
Prevención de riesgos laborales y medioambientales aplicables.
Comprobación del resultado obtenido.
7. Realiza uniones de diferentes materiales metálicos de uso común en embarcaciones, utilizando operaciones de soldeo con equipos manuales de soldeo oxiacetilénico y eléctrico, en posiciones horizontal y vertical, relacionando las características de la unión obtenida con la técnica empleada, características de los materiales y requerimientos de la unión.
Criterios de evaluación:
Se han descrito las características y propiedades de los procedimientos de soldeo relacionándolos con su uso.
Se ha seleccionado el material de aportación en función del material base y la unión que es preciso efectuar.
Se han seleccionado y preparado los desoxidantes adecuados a la unión que se pretende efectuar.
Se han preparado los medios de soldeo según la unión que se desea efectuar.
Se ha realizado la preparación de la zona de unión y se han eliminado los residuos existentes.
Se han unido piezas mediante soldadura blanda manteniendo la separación entre las piezas y precalentando la zona a la temperatura adecuada.
Se han soldado piezas mediante soldeo eléctrico con electrodo revestido, manteniendo la longitud del arco, posición y velocidad de avance adecuada.
Se ha realizado la unión de piezas mediante soldeo oxiacetilénico, ajustando la mezcla de gases a las presiones adecuadas para fundir los bordes.
Se han soldado piezas mediante soldeo MIG/MAG, manteniendo la posición de la pistola y la velocidad de alimentación adecuada al tipo de trabajo que hay que realizar.
Se han unido piezas mediante soldeo por puntos, aplicando la intensidad y el tipo de electrodos en función de la naturaleza y espesores de las piezas que hay que unir.
Se ha efectuado la unión y rellenado de elementos comprobando que reúne las características de resistencia y homogeneidad requeridas
Se ha verificado que las soldaduras efectuadas cumplen los requisitos en cuanto a penetración, porosidad, homogeneidad y resistencia.
Se han aplicado las normas de prevención de riesgos laborales y medioambientales.
8. Aplica las especificaciones de prevención de riesgos laborales y medioambientales en los trabajos de mantenimiento del sistema de propulsión y sistemas auxiliares, relacionando los riesgos de la actividad con las precauciones a observar.
Criterios de evaluación:
Se han identificado los riesgos laborales de la actividad, relacionando las condiciones de operación con la normativa de aplicación.
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