Resolução da Assembleia da República n.º 34/2023 — Aprova o Acordo entre a República Portuguesa e o Reino de Espanha relativo à Pesca no Troço Internacional do Rio Minho…

Tipo Resolucao-Assembleia-Republica
Publicação 2023-04-24
Estado Em vigor
Texto Tal como publicado
Ministério Assembleia da República
Fonte DRE
artigos 74

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Aprova o Acordo entre a República Portuguesa e o Reino de Espanha relativo à Pesca no Troço Internacional do Rio Minho (TIRM), assinado em Trujillo, em 28 de outubro de 2021

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5 - Mientras dure la incautación, la mejora y el mantenimiento de los objetos incautados será de la exclusiva responsabilidad de su propietario.

Artículo 30.

Destino de la pesca incautada

Las capturas incautadas en las acciones de fiscalización serán devueltas al medio natural en caso de estar en condiciones de sobrevivir y de no tratarse de especies exóticas. En los demás casos, serán donadas a establecimientos de beneficencia, o bien vendidas y retenido el importe de la venta hasta que se adopte una decisión final.

Artículo 31.

Responsabilidad penal

Las sanciones previstas en este Acuerdo tienen carácter administrativo. Cuando los hechos puedan ser constitutivos de delito de conformidad con el Derecho interno de cada Parte, se notificarán al Ministerio Publico o al Tribunal competente.

CAPÍTULO IX — Disposiciones finales

Artículo 32.

Solución de controversias

Toda controversia relativa a la interpretación o aplicación del presente Acuerdo que no encuentre solución en el marco de la CPIRM se resolverá mediante negociación entre las Partes por vía diplomática.

Artículo 33.

Revisión

1 - El presente Acuerdo podrá revisarse a petición de cualquiera de las Partes.

2 - Las enmiendas entrarán en vigor con arreglo a lo dispuesto en el artículo 35 del Acuerdo.

Artículo 34.

Vigencia y denuncia

1 - El presente Acuerdo tendrá un periodo de vigencia inicial de seis (6) años, renovable automáticamente por periodos de tiempo iguales y sucesivos.

2 - Cualquiera de las Partes podrá denunciar el Acuerdo notificándolo previamente por escrito a la otra Parte por vía diplomática, con una antelación mínima de ciento ochenta (180) días respecto de la finalización del periodo de vigencia en curso.

3 - En caso de denuncia, el Acuerdo dejará de aplicarse al término del periodo en curso.

4 - En caso de denuncia, las Partes se comprometen a iniciar las negociaciones necesarias para la firma de un nuevo Acuerdo de Pesca en el TIRM, manteniéndose en vigor el presente Acuerdo hasta la entrada en vigor del nuevo que lo sustituya.

Artículo 35.

Entrada en vigor

El presente Acuerdo entrará en vigor treinta (30) días después de recibirse la última notificación, por escrito y por vía diplomática, de que se han cumplido los requisitos necesarios a tal efecto previstos en el Derecho interno de las Partes.

Artículo 36.

Derogación

Con la entrada en vigor del presente Acuerdo queda derogado el Reglamento de Pesca en el Tramo Internacional del Río Miño, adoptado en sesión plenaria por la Comisión Internacional de Límites (CIL), entre Portugal y España, celebrada en Madrid el 5 de marzo de 2004.

Artículo 37.

Registro

La Parte en cuyo territorio se firme el presente Acuerdo lo remitirá para su registro al Secretariado General de las Naciones Unidas inmediatamente después de su entrada en vigor, según lo dispuesto en el artículo 102 de la Carta de las Naciones Unidas, debiendo notificar a la otra Parte la conclusión de este trámite indicando el número de registro asignado.

Firmado en Trujillo, el 28 de octubre de 2021, en dos originales, cada uno de ellos en portugués y español, siendo ambos textos igualmente auténticos.

Por la República Portuguesa:

Augusto Santos Silva, Ministro de Estado y Negocios Extranjeros de Portugal.

Por el Reino de España:

José Manuel Albares, Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación de España.

ANEXO — Descripción y uso de las artes de pesca permitidas en el Tramo Internacional del Río Miño

1 - Trasmallo:

Características: Es una red de tres paños; la malla mojada de esta red no podrá tener menos de 140 mm de diagonal en el paño central y sus dimensiones no podrán exceder de 120 m de largo y 60 mallas de altura.

Forma de uso: Se usa a la deriva para la pesca del salmón y sábalo.

2 - Lampreeira:

Características: Es una red de tres paños; la malla mojada de esta red no podrá tener menos de 70 mm de diagonal y sus dimensiones no podrán exceder de 120 m de largo y 70 mallas de altura.

Forma de uso: Se usa a la deriva para la pesca de la lamprea.

3 - Solleira o picadoira:

Características: Es una red de un sólo paño; la malla mojada de esta red no podrá tener menos de 70 mm de diagonal y sus dimensiones no podrán exceder de 55 m de largo y 70 mallas de altura.

Forma de uso: Se usa fija, fondeada en sus extremos, «picando» el fondo delante de ella, para la pesca de la solla.

4 - Varga de solla:

Características: Es una red de tres paños; la malla mojada de esta red no podrá tener menos de 70 mm de diagonal y sus dimensiones no podrán exceder de 80 m de largo y 70 mallas de altura.

Forma de uso: Se usa a la deriva para la pesca de la solla.

5 - Varga de múgil:

Características: Es una red de tres paños; la malla mojada de esta red no podrá tener menos de 80 mm de diagonal y sus dimensiones no podrán exceder de 100 m de largo y 60 mallas de altura.

Forma de uso: Se usa a la deriva para la pesca del múgil y otros peces blancos.

6 - Mugileira:

Características: Es una red de un sólo paño; la malla mojada de esta red no podrá tener menos de 70 mm de diagonal y sus dimensiones no podrán exceder de 110 m de largo y 80 mallas de altura.

Forma de uso: Se usa a la deriva para la pesca del múgil y otros peces blancos.

7 - Peneira o rapeta:

Características: Es un cedazo de alambre sujeto al extremo de un palo. Su malla mide entre 2 y 5 mm y el diámetro del cedazo está entre 1 y 1,5 m.

Forma de uso: Se usa manualmente para la pesca de la angula.

8 - Tela:

Características: Es un arte en forma de tronco de cono. La malla mojada no podrá ser inferior a 2 mm de lado. Sus dimensiones no podrán ser superiores a:

Relinga de plomos: 15 m. Relinga de boyas: 10 m. Altura: 8 m. Boca: 2,5 m. Longitud: 10 m.

Forma de uso: Se usa fondeada en los extremos de la relinga de plomos como auxiliar de la peneira o rapeta para la pesca de la angula.

9 - Anguileira:

Características: Es una nasa con trampa; la malla mojada de esta red no podrá tener menos de 30 mm de diagonal y sus dimensiones no podrán exceder de 2 m de largo y 80 cm de ancho o diámetro.

Forma de uso: Se usa fondeada, para la pesca de la anguila.

10 - Biturón:

Características: Es un arte de armazón con trampa; la malla mojada de esta red no podrá tener menos de 55 mm de diagonal. Sus dimensiones así como sus tipos y formas son muy variables, dependiendo de la corriente y posición de la pesquera, así como el tamaño de sus bocas.

Forma de uso: Se usa fija, exclusivamente en las bocas de las pesqueras para la pesca de la lamprea, salmón y sábalo.

11 - Cabaceira:

Características: Es una red cuya malla mojada no podrá tener menos de 55 mm de diagonal, con un máximo de 7 metros de longitud, por un máximo de 4 metros de altura.

Forma de uso: En el extremo de la pesquera (en el puntal o puntera) y, cuando se encuentre armada y abierta, se constituye en dos partes: una fija a la pesquera, el «paño», de forma rectangular, con 5 metros y el «rabo», de forma tronco-cónica, presentando una boca, del lado de la orilla, donde el pescado entra para pasar a una pequeña abertura denominada «buzo», cayendo en el «falso de la bolsa» una malla más pequeña.

12 - Palangres y espineles:

Características: Son artes durmientes que consisten en una línea principal, lastrada con plomos, de la que parten ramales de nailon con anzuelos en sus extremos. La abertura de los anzuelos no podrá ser inferior a 6 mm.

Formas de uso: Se usan fijos, fondeados en sus dos extremos, en aquellos lugares en que no hubiese redes lanzadas, para la pesca principalmente de la anguila.

13 - Cañas y líneas:

Características: Cada caña o línea no podrá tener más de 3 anzuelos.

Formas de uso: Se pueden usar en todo el río, siempre que no estorben el trabajo de las redes.

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