ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Rango Decreto
Publicación 2019-12-20
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
artículos 11
Historial de reformas JSON API
9.

Proponer e implementar políticas de evaluación y monitoreo del

acceso equitativo a servicios de salud entre los distintos subsistemas

de salud.

10.

Intervenir en la formulación, articulación y control de ejecución

de los programas nacionales encuadrados en la estrategia de Atención

Primaria de la Salud.

11.

Promover el desarrollo de estudios vinculados a los determinantes

socio- ambientales de la salud en las jurisdicciones provinciales y en

la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

12.

Fomentar acciones y alianzas estratégicas con organizaciones de la

sociedad civil para la elaboración de proyectos de salud intercultural.

SECRETARÍA DE GESTIÓN SANITARIA

SUBSECRETARÍA DE INSTITUTOS Y FISCALIZACIÓN

OBJETIVOS

(Objetivos sustituidos por art. 2° del Decreto N° 27/2026 B.O. 26/01/2026. Vigencia: a patir del día de su dictado)

1.

Ejercer la supervisión y evaluación periódica de cada uno de los

"Servicios de Atención Médica Integral para la Comunidad” (S.A.M.I.C.).

2.

Intervenir en el monitoreo, de acuerdo a las pautas fijadas en las

normas y convenios respectivos, del HOSPITAL DE ALTA COMPLEJIDAD EN RED

EL CRUCE "DR. NÉSTOR CARLOS KIRCHNER" S.A.M.I.C., del HOSPITAL DE ALTA

COMPLEJIDAD "EL CALAFATE" S.A.M.I.C., del HOSPITAL DE ALTA COMPLEJIDAD

CUENCA ALTA "NÉSTOR KIRCHNER" S.A.M.I.C., del HOSPITAL GENERAL DE

AGUDOS "DR. RENÉ FAVALORO" S.A.M.I.C., del HOSPITAL S.A.M.I.C.

"PRESIDENTE NÉSTOR KIRCHNER", del HOSPITAL DE PEDIATRÍA S.A.M.I.C.

"PROFESOR DR. JUAN P. GARRAHAN" y del HOSPITAL DEL BICENTENARIO ESTEBAN

ECHEVERRÍA S.A.M.I.C.

3.

Fortalecer la participación de la comunidad en la reflexión sobre

las definiciones de salud, enfermedad, atención y cuidado, en el ámbito

de su competencia.

4.

Proponer la implementación de modelos participativos de la comunidad

que resulta receptora de los servicios, en concordancia con las

políticas de calidad y participación determinadas por el Ministerio.

5.

Dirigir la rectoría del Plan Nacional de Sangre, propiciando el

fortalecimiento del Sistema Nacional de Hemoterapia y definir las

normas de organización.

6.

Intervenir en el desarrollo de políticas de la salud mental y adicciones, en el ámbito de su competencia.

7.

Implementar un Sistema Nacional de Atención de Emergencias y Desastres.

8.

Desarrollar mecanismos de regulación y fiscalización de los

servicios de salud a fin de dar cumplimiento a la normativa vigente.

9.

Colaborar, en el marco de sus competencias, con la SECRETARÍA DE

POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA y sus

dependencias en aquellas tareas tendientes al control y -en su caso-

autorización y/o recertificación de los dispositivos territoriales de

atención, en el marco de los programas vigentes en la materia

encuadrados en los lineamientos de la Ley N° 26.657 y la Ley N° 26.934.

10.

Promover los cambios tecnológicos para la modernización funcional

de los establecimientos y servicios provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA

DE BUENOS AIRES y municipales, para la optimización de los instrumentos

de registro, control y fiscalización de los establecimientos

asistenciales, fortaleciendo los registros federales y nacionales de su

competencia.

11.

Diseñar y coordinar con las jurisdicciones provinciales y con la

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES políticas que garanticen que los

establecimientos de salud brinden atención personalizada y oportuna,

incorporando tecnologías y herramientas digitales.

12.

Diseñar y coordinar con las jurisdicciones provinciales y con la

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES políticas y programas que fortalezcan

la atención personalizada, gratuita, oportuna y basada en el respeto a

los derechos humanos en los establecimientos públicos de salud.

13.

Proponer las políticas de profesionalización de los recursos

humanos de la salud incorporados al Convenio Colectivo de Trabajo

Sectorial homologado por el Decreto N° 1133/09.

14.

Coordinar acciones con las distintas jurisdicciones provinciales,

con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y con organismos gubernamentales

y no gubernamentales para definir prioridades y garantizar la

excelencia en la formación y capacitación de los recursos humanos del

sector salud.

15.

Proponer mecanismos destinados a regular la oferta de los recursos

humanos de la salud en todas sus modalidades, así como en su proceso de

formación y establecimiento de la currícula pertinente, contemplando

las residencias necesarias para la financiación en las distintas

jurisdicciones.

16.

Participar, en el ámbito de su competencia, con las distintas

jurisdicciones en la optimización de los instrumentos de registro,

control y fiscalización del ejercicio profesional.

17.

Entender en la formulación de programas y en la coordinación

interjurisdiccional de los recursos disponibles para que se adecuen a

las cambiantes condiciones epidemiológicas y corrijan las inequidades

sociales y regionales.

18.

Participar en el diseño y coordinar acciones de formación y

capacitación de funcionarios públicos en Salud Pública y en profesiones

estratégicas, así como también promover la difusión del conocimiento,

la innovación y el acceso a bibliotecas científicas y educación a

distancia para profesionales de la salud.

19.

Intervenir en la planificación y articulación de las acciones de

formación y acreditación en enfermería y del personal sanitario, con

especializaciones y posgrados.

20.

Articular con las jurisdicciones provinciales y con la CIUDAD

AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES políticas y programas para jerarquizar el rol

de los farmacéuticos en el sistema de salud.

21.

Proponer el diseño e implementación de políticas de salud

vinculadas a la reducción de la morbimortalidad por factores laborales,

que afecten la salud de los trabajadores en general y de quienes

prestan servicios en la Administración Pública Nacional en particular.

22.

Intervenir en la coordinación de instancias para la participación

de trabajadores en el diseño e implementación de las políticas de salud

y de la reducción de la morbimortalidad por factores de origen laboral.

23.

Asistir a la Secretaría en lo relativo a la normatización,

coordinación y fiscalización de las acciones relacionadas con la

sanidad en el área de frontera y las terminales de transporte.

SECRETARÍA DE GESTIÓN SANITARIA

**SUBSECRETARÍA DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA, INFORMACIÓN Y ESTADÍSTICAS

DE SALUD**

OBJETIVOS:

1.

Articular con otras áreas de la Administración Pública Nacional con

competencia en la materia en temas relativos al uso de las nuevas

tecnologías de información aplicadas a la salud, promoviendo la

inclusión digital.

2.

Entender en la implementación de acciones e instrumentos para

realizar el control, la vigilancia epidemiológica y de laboratorio, así

como participar en la notificación de enfermedades.

3.

Proponer, diseñar y coordinar la normatización, planificación y

desarrollo de procedimientos para el registro y procesamiento de datos

orientados al desarrollo de un sistema de información sanitaria

integrado.

4.

Formular y coordinar las acciones vinculadas al Sistema Nacional de

Vigilancia de la Salud y vigilancia de laboratorio, controlando y

notificando los eventos de relevancia sanitaria en articulación con las

jurisdicciones provinciales y con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

5.

Proponer, diseñar y coordinar el desarrollo de estudios sobre

epidemiología y gestión de las acciones sanitarias.

6.

Entender en la definición e intervenir en la actualización de las

estadísticas de salud y de los estudios de recursos disponibles,

oferta, demanda y necesidad, así como en el diagnóstico de la situación

necesario para la planificación estratégica del sector salud.

7.

Diseñar y coordinar, en el ámbito de su competencia, la producción

de información estratégica, diagnósticos de situación y toda otra

información que contribuya a la toma de decisiones.

8.

Articular con otras dependencias del Ministerio la implementación de

estrategias federales de interconsultas y asistencia digital en el

marco de la estrategia de Salud Digital.

9.

Supervisar y monitorear el desarrollo de los proyectos tecnológicos

vinculados a la estrategia de Salud Digital y asociados a los sistemas

de información e incorporación de nuevas tecnologías de gestión

implementados en la Jurisdicción, en coordinación con las áreas

competentes en la materia.

MINISTERIO DE SALUD

SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA

OBJETIVOS

(Objetivos sustituidos por art. 2° del Decreto N° 27/2026 B.O. 26/01/2026. Vigencia: a patir del día de su dictado)

1.

Elaborar políticas y planificar estrategias nacionales que tengan

como eje principal el cuidado de las personas, a través de la atención,

la prevención y la capacitación en materia de consumo problemático de

estupefacientes y sustancias psicoactivas.

2.

Supervisar el cumplimiento de la legislación nacional e internacional en lo que es materia de su competencia.

3.

Coordinar acciones relativas al diseño y ejecución de políticas y

estrategias para la prevención, capacitación y tratamiento en materia

de consumo problemático de estupefacientes y sustancias psicoactivas

con las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública

Nacional con competencia en la materia.

4.

Coordinar la aplicación de las políticas y estrategias para la

prevención, capacitación, tratamiento del consumo problemático de

estupefacientes y sustancias psicoactivas con los gobiernos

provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

5.

Brindar asistencia técnica a los gobiernos provinciales y de la

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, a fin de homogeneizar las actividades,

maximizar los recursos y generar espacios de discusión, trabajo

conjunto e intercambio de información.

6.

Coordinar con el PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN y con el MINISTERIO

PÚBLICO acciones para la atención y prevención del consumo problemático

de estupefacientes y sustancias psicoactivas, brindando asistencia

técnica en causas penales, cuando le sea requerido.

7.

Coordinar con el PODER LEGISLATIVO NACIONAL acciones para la

prevención y atención del consumo problemático de estupefacientes y

sustancias psicoactivas, promoviendo y brindando asistencia técnica en

el análisis y en la elaboración de proyectos legislativos.

8.

Brindar asistencia técnica para el diseño de capacitaciones de los

recursos humanos de las fuerzas de seguridad y otras instituciones

nacionales sobre prevención, atención y cuidado en materia de consumo

problemático de estupefacientes y sustancias psicoactivas.

9.

Representar al Gobierno Nacional en las reuniones de los organismos

especializados en la materia de su competencia, en el marco de los

tratados internacionales suscritos por la REPÚBLICA ARGENTINA, en

coordinación con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO

INTERNACIONAL Y CULTO, así como también supervisar la producción de la

información específica y la documentación técnica respectiva.

10.

Recopilar y analizar información especializada en materia de

consumo problemático de estupefacientes y sustancias psicoactivas y

problemas relacionados, analizando su evolución y tendencias, a nivel

nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, regional e

internacional como insumo para la implementación de un sistema de

información y de alerta temprana nacional y local, que provea

información para la elaboración de políticas públicas.

11.

Coordinar el diseño y desarrollo de actividades de investigación

técnico-científica, normativa y social, a nivel nacional, provincial,

de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal, identificando los

modelos y metodologías para los procesos de intervención en consumo

problemático de estupefacientes y sustancias psicoactivas y problemas

relacionados.

12.

Presidir el CONSEJO FEDERAL DE DROGAS (COFEDRO).

13.

Designar oficiales de enlace, a propuesta de los titulares de las

diferentes Jurisdicciones de la Administración Pública Nacional o

Provincial, destinados a cumplir funciones de consulta o coordinación

con los respectivos organismos de origen en materia de drogas.

14.

Colaborar, en coordinación con las áreas del Ministerio con

competencia en la materia, en la administración de los beneficios

económicos a que refieren la Ley N° 23.737 y su decreto reglamentario

N° 1148/91, los bienes decomisados mediante sentencia condenatoria (en

el marco de la Comisión Mixta de Registro, Administración y Disposición

Ley N° 23.737) y los producidos por sus ventas, y las multas que se

recauden por la aplicación de dicha ley.

15.

Asistir al Ministro en el desarrollo de medidas necesarias para la

implementación de tratamientos basados en el uso medicinal de la planta

de "cannabis”, sus derivados y la sistematización de los registros

necesarios, en coordinación con las demás áreas competentes de la

Administración Pública Nacional.

16.

Colaborar, en el desarrollo de estudios e investigaciones sobre el

uso medicinal de la planta de "cannabis”, sus derivados y tratamientos

no convencionales, así como implementar las medidas necesarias para la

puesta en funcionamiento de este tipo de tratamientos y la

sistematización de los registros necesarios, en coordinación con las

áreas con competencia en la materia.

17.

Gestionar, en el ámbito de su competencia, el registro, la

habilitación y la fiscalización de los recursos humanos vinculados a

consumos problemáticos, en lo que hace al ejercicio profesional, el

desempeño y el cumplimiento normativo y ético.

18.

Implementar las acciones de registro, habilitación y fiscalización

sanitaria de establecimientos vinculados a consumos problemáticos.

SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA

SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO EN MATERIA DE DROGAS

OBJETIVOS

(Objetivos sustituidos por art. 2° del Decreto N° 27/2026 B.O. 26/01/2026. Vigencia: a patir del día de su dictado)

1.

Asistir a la Secretaría en la elaboración de políticas nacionales y

en la planificación de estrategias de desarrollo y abordaje territorial

en materia de drogas.

2.

Coordinar, generar y promover dispositivos de atención y

acompañamiento que aborden la complejidad del consumo problemático de

sustancias psicoactivas en el territorio nacional, según la normativa

vigente, la Ley de Salud Mental N° 26.657, los Tratados Internacionales

de Derechos Humanos y la Ley N° 26.934 de Plan Integral para el

Abordaje de los Consumos Problemáticos (Plan IACOP).

3.

Planificar y coordinar la red de atención y acompañamiento en

materia de consumo problemático de estupefacientes y sustancias

psicoactivas desde una perspectiva amplia y federal.

4.

Realizar el seguimiento y control de avance de los convenios nacionales suscritos por la Secretaría.

5.

Asistir a la Secretaría en la articulación de la relación con el H.

CONGRESO DE LA NACIÓN, brindando asistencia técnica en el análisis y la

elaboración de proyectos legislativos, vinculados a la temática de

competencia de la Secretaría.

6.

Diseñar líneas de acción para construir una articulación entre el

ESTADO NACIONAL y las organizaciones de la sociedad civil con

despliegue territorial.

7.

Proponer y elaborar lineamientos y protocolos de intervención para

los dispositivos ambulatorios, centros comunitarios de residencia y

centros de internación, en coordinación con las áreas competentes de la

Administración Pública Nacional.

8.

Implementar herramientas de seguimiento de las acciones desarrolladas por las diversas áreas de la Secretaría.

9.

Diseñar planes y programas de carácter nacional referidos a la

capacitación y asistencia técnica en materia de asistencia y abordaje

territorial en adicciones de los equipos de los dispositivos

ambulatorios, centros comunitarios y centros de residencia, en

coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública

Nacional.

10.

Intervenir en la red de articulación de dispositivos de atención y

atención crítica, en articulación con el Sistema de Salud, los centros

comunitarios de residencia y los centros de internación.

11.

Asistir a la Secretaría en las tareas inherentes al control,

autorización y recertificación -según corresponda- de los dispositivos

territoriales de atención comprendidos en los programas vigentes en la

materia, encuadrados en los lineamientos de la Ley N° 26.657 y de la

Ley N° 26.934, en articulación con las áreas del MINISTERIO DE SALUD

con competencia en la materia, conforme al régimen de competencias

establecido por la normativa vigente, correspondiendo a las

jurisdicciones provinciales el ejercicio de la fiscalización en sus

respectivos ámbitos.

SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA

**SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN, INVESTIGACIÓN Y ESTADÍSTICAS EN MATERIA DE

DROGAS**

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría en la elaboración de las políticas

nacionales y en la planificación de estrategias para la prevención y

tratamiento relacionadas con el consumo de sustancias psicoactivas.

2.

Supervisar la aplicación de las políticas y estrategias para la

prevención y tratamiento del consumo de sustancias psicoactivas, en

coordinación con el MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO y con la VICEJEFATURA

DE GABINETE DEL INTERIOR, entre otros organismos nacionales.

3.

Impulsar, coordinar y evaluar el desarrollo de investigaciones,

estudios y estadísticas relevantes en materia de cuidado y prevención

del consumo de sustancias con base en la Ley N° 26.934 de Plan Integral

para el Abordaje de los Consumos Problemáticos (Plan IACOP), Ley

Nacional de Salud Mental N° 26.657 y tratados internacionales de

derechos humanos, como así también marcos de referencia y planes de

acción en la temática.

4.

Elaborar un modelo de referencia que -mediante acciones

interdisciplinarias y de complementariedad entre las diferentes áreas

del conocimiento- permita desarrollar un marco interpretativo de las

situaciones de consumo desde una perspectiva de derechos humanos.

5.

Impulsar acuerdos con la Mesa Federal en materia de Drogas y demás

organismos competentes en la toma de decisiones, la coordinación y la

colaboración para la implementación de las diversas líneas de acción

objeto de su competencia.

6.

Desarrollar, en articulación con la Mesa Federal en materia de

Drogas, una red de investigación e información con alcance nacional e

internacional sobre las modalidades y representaciones de consumo de

alcohol y otras drogas y de las adicciones en general.

7.

Coordinar la elaboración de los insumos necesarios para lograr los

objetivos estratégicos planteados por la Secretaría.

8.

Supervisar el desarrollo de las actividades del OBSERVATORIO

ARGENTINO DE DROGAS.

9.

Asistir a la Secretaría en las tareas relativa al ejercicio de la

presidencia del CONSEJO FEDERAL DE DROGAS (COFEDRO).

SECRETARÍA NACIONAL DE DISCAPACIDAD

OBJETIVOS

(Objetivos incorporados por art. 3° del Decreto N° 27/2026 B.O. 26/01/2026. Vigencia: a patir del día de su dictado)

1.

Entender en la elaboración, implementación, seguimiento y evaluación

del Plan Nacional de Inclusión para las Personas con Discapacidad, con

eje en la igualdad de oportunidades y la plena integración a la

sociedad de las personas con discapacidad.

2.

Ejecutar y coordinar acciones tendientes al pleno y efectivo

ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad previstos en

la normativa nacional e internacional vigente.

3.

Impulsar y promover las adecuaciones normativas necesarias para el

pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad, en

articulación con los demás organismos de la Administración Pública

Nacional con competencia en la materia.

4.

Diseñar, proponer y coordinar programas nacionales en materia de

prevención, promoción, asistencia, protección y rehabilitación de las

personas con discapacidad, promoviendo la articulación intersectorial e

interjurisdiccional.

5.

Participar en la elaboración de las iniciativas en materia de discapacidad proyectadas por las áreas competentes.

6.

Asistir al Ministro en la ejecución de las competencias asignadas por la Ley N° 22.431.

7.

Asistir al Ministro en el otorgamiento, control y revisión de las

pensiones no contributivas por invalidez laboral establecidas por la

Ley N° 13.478 y demás leyes especiales.

8.

Propiciar políticas públicas en materia de discapacidad de

conformidad con las obligaciones asumidas por el ESTADO NACIONAL en los

tratados internacionales aprobados por el mismo en materia de derechos

humanos, y en particular las que surgen de la Convención sobre los

Derechos de las Personas con Discapacidad.

9.

Gestionar las políticas públicas integradoras orientadas a

fortalecer y mejorar la oferta pública y privada destinada a personas

con discapacidad, mediante el trabajo intersectorial y territorial.

10.

Promover mecanismos de incentivo y estímulos fiscales a personas

humanas y jurídicas que desarrollen acciones orientadas a la promoción,

protección e integración de las personas con discapacidad.

11.

Entender, en coordinación con las áreas correspondientes de la

SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del Ministerio, en la gestión

técnico-operativa de la Unidad Ejecutora de Proyectos (UEP) del FONDO

NACIONAL PARA LA INCLUSIÓN SOCIAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

(FONADIS), conforme al marco normativo y procedimientos vigentes.

12.

Presidir el CONSEJO DE ARTICULACIÓN DE PROGRAMAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

13.

Presidir el CONSEJO FEDERAL DE DISCAPACIDAD.

14.

Entender en todo lo atinente a la definición de los modelos

prestacionales más adecuados para la cobertura médica establecida para

los beneficiarios de las Pensiones No Contributivas.

15.

Asistir al Ministro en la formulación, ejecución y control de las

políticas nacionales de rehabilitación para personas con discapacidad.

16.

Entender en la elaboración de diagnósticos, informes y

evaluaciones, vinculados al desempeño y resultados de las políticas de

acceso y apoyos.

SECRETARÍA NACIONAL DE DISCAPACIDAD

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE ACCESO Y APOYOS

OBJETIVOS

(Objetivos incorporados por art. 3° del Decreto N° 27/2026 B.O. 26/01/2026. Vigencia: a patir del día de su dictado)

1.

Asistir a la Secretaría en la formulación, coordinación y

supervisión de las políticas públicas de acceso a los apoyos económicos

y a los servicios de salud de su competencia.

2.

Coordinar, en el ámbito de su competencia, la gestión integral de

las pensiones no contributivas, los apoyos económicos y las

prestaciones médico-asistenciales.

3.

Colaborar, en el ámbito de competencia de la SECRETARÍA, en el

acceso efectivo, oportuno y equitativo a los servicios de salud de los

beneficiarios, conforme la normativa aplicable.

4.

Proponer procedimientos que tengan por objeto fortalecer los

procedimientos administrativos vinculados a la tramitación, la

evaluación, el otorgamiento, la liquidación y el seguimiento de apoyos

económicos, pensiones y prestaciones a cargo del Ministerio.

5.

Coordinar la articulación con el sistema de salud nacional,

provincial y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, así como con

organismos previsionales y de seguridad social, la implementación de

las políticas de acceso y apoyos para las personas titulares de

derechos del ámbito de su competencia.

6.

Promover, en el ámbito de su competencia, la mejora continua de los

estándares de calidad en la atención, orientación y asesoramiento a los

beneficiarios

7.

Supervisar, en el ámbito de su competencia, el diseño e

implementación de estrategias territoriales y operativos de campo,

orientados a facilitar el acceso a los apoyos económicos y prestaciones

de salud en todo el territorio nacional.

8.

Impulsar el desarrollo y actualización de sistemas de información,

registros y mecanismos de control, que permitan el monitoreo integral

de las políticas de acceso y apoyos a cargo de la Secretaría, en

coordinación con las áreas del Ministerio con competencia en la materia.

9.

Coordinar acciones para la atención de situaciones críticas o de

urgencia sanitaria, en coordinación con las áreas del Ministerio con

competencia en la materia.

10.

Asistir a la Secretaría, en la elaboración de diagnósticos,

informes y evaluaciones, vinculados al desempeño y resultados de las

políticas de acceso y apoyos.

11.

Impulsar, en coordinación con las demás áreas del Ministerio con

competencia en la materia, la mejora de los instrumentos de

información, registros y tecnología de gestión, que permitan un

monitoreo permanente y la rendición de cuentas de las políticas,

programas y proyectos a cargo de la Secretaría.

SECRETARÍA NACIONAL DE DISCAPACIDAD

SUBSECRETARÍA DE REGULACIÓN, CERTIFICACIÓN Y PROYECTOS

OBJETIVOS

(Objetivos incorporados por art. 3° del Decreto N° 27/2026 B.O. 26/01/2026. Vigencia: a patir del día de su dictado)

1.

Asistir a la Secretaría en el diseño, implementación y seguimiento

de las políticas regulatorias del acceso a servicios y apoyos dirigidos

a las personas con discapacidad.

2.

Dirigir las acciones destinadas a la aplicación, supervisión y

mejora continua del sistema de certificación de discapacidad,

asegurando criterios técnicos uniformes, transparencia en los procesos

y actualización de estándares.

3.

Asistir a la Secretaría en la promoción de las adecuaciones

normativas necesarias para el pleno ejercicio de los derechos de las

personas con discapacidad, en articulación con los demás organismos de

la Administración Pública Nacional con competencia en la materia

4.

Asistir a la Secretaría en la promoción de mejoras en las

condiciones de accesibilidad, participación y equidad en los servicios

públicos y privados respecto de las personas con discapacidad, en

coordinación con las demás áreas de la Administración Pública Nacional

con competencia en la materia.

5.

Fortalecer los mecanismos de articulación con organismos nacionales,

provinciales, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales, incluyendo

sistemas de salud, seguridad social, educación y trabajo, para

consolidar redes integrales de atención.

6.

Asistir a la Secretaría en la gestión técnico - operativa de la

Unidad Ejecutora de Proyectos (UEP) del FONDO NACIONAL PARA LA

INCLUSIÓN SOCIAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (FONADIS), conforme

al marco normativo y procedimientos vigentes.

7.

Promover la formulación, evaluación y aprobación de proyectos y

programas a cargo del FONDO NACIONAL PARA LA INCLUSIÓN SOCIAL DE LAS

PERSONAS CON DISCAPACIDAD (FONADIS).

8.

Supervisar la calidad, eficacia y transparencia de los procesos de

certificación, categorización, re categorización, fiscalización

regulación de servicios y ejecución de proyectos, en coordinación con

las áreas del MINISTERIO DE SALUD con competencia en la materia.

9.

Asistir técnicamente a la Secretaría en la elaboración de

diagnósticos, informes y propuestas estratégicas, relativas a

certificación, regulación de servicios y ejecución de proyectos,

contribuyendo a la toma de decisiones basadas en evidencia.

10.

Promover, en coordinación con las demás áreas del Ministerio con

competencia en la materia, la participación ciudadana, la difusión de

información pública y el acceso a orientación técnica sobre

certificación, regulación y proyectos.

XVII.- MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO (Apartado sustituido por art. 5° del[Decreto

N° 86/2023](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=395647)B.O. 27/12/2023.)

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

OBJETIVOS

1.

Coordinar el Gabinete de Asesores del Ministro.

2.

Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a

dar respuesta a las cuestiones priorizadas por el Ministro.

3.

Asistir al Ministro en los aspectos logísticos, de gestión

ministerial y administrativos propios del desarrollo de sus funciones

institucionales.

4.

Asistir al Ministro en materia de ceremonial y protocolo, y en las

relaciones institucionales con organismos del ámbito público y privado,

nacionales e internacionales, y con organizaciones de la sociedad civil.

5.

Coordinar la comunicación institucional, la relación con la prensa y

los medios de comunicación y la difusión de contenidos, el desarrollo e

implementación de la imagen institucional y de los contenidos digitales

de la Jurisdicción.

6.

Coordinar el seguimiento de los planes, programas y proyectos de las

áreas del Ministerio, y de los proyectos de cooperación con agencias y

organismos de temática afín, para la optimización de la gestión en la

implementación de las políticas.

7.

Entender en el diseño, elaboración, definición de instrumentos,

herramientas y procedimientos para posibilitar la disponibilidad de

insumos de información, en coordinación con las áreas competentes.

8.

Dirigir, en el ámbito de su competencia, la aplicación de las

previsiones de la Ley N° 27.275, actuando como responsable de acceso a

la información pública. (Objetivo sustituido por art. 3° delDecreto N° 862/2024B.O. 30/9/2024.)

9.

Asistir al Ministro en el diseño e implementación de acciones de

relevamiento, sistematización y análisis de estudios que aporten

información de carácter prospectivo estratégico para la consecución de

los objetivos jurisdiccionales.

10.

Entender en la evaluación, monitoreo y seguimiento de los planes,

programas y proyectos de la Jurisdicción.

11.

Establecer y coordinar canales de intercambio de información con

los sistemas de ejecución y monitoreo de los programas sociales como

insumo de la evaluación de las políticas sociales implementadas.

12.

Asistir en los procesos tendientes a consensuar criterios de

políticas sociales y de implementación programática, en el marco de un

encuentro federal entre las Jurisdicciones de carácter nacional,

provincial y municipal con el objeto de contribuir a la consolidación

de la inversión social para el desarrollo humano y la inclusión

comunitaria en todo el territorio nacional.

13.

Asistir en las relaciones con el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN en

lo referido con los proyectos legislativos vinculados con las

competencias del Ministerio.

*(MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO,

SUBSECRETARÍA DE PROTECCIÓN CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO, OBJETIVOS

derogados por art. 7° del*[Decreto

N° 451/2024](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=399725)*B.O. 24/5/2024; por

art. 1° de la misma norma se transfirió dicha Subsecretaría al ámbito

de la

SECRETARÍA DE JUSTICIA del MINISTERIO DE JUSTICIA.)*

MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1.

Dirigir el diseño e implementación de las políticas administrativas,

presupuestarias y financieras de los distintos Servicios

Administrativos Financieros de la Jurisdicción.

2.

Coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y

administrativo de los distintos Servicios Administrativos Financieros

del Ministerio.

3.

Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas en la formulación y programación de la ejecución

presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el

ejercicio financiero, con excepción de los que por su especificidad

sustantiva corresponden a la gestión de otras unidades programáticas.

4.

Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos

del Ministerio.

5.

Entender en el despacho y la gestión documental del Ministerio.

6.

Entender en la instrucción de los sumarios administrativos y

disciplinarios del Ministerio.

7.

Intervenir en la ejecución de las acciones necesarias para las

contrataciones y compra de bienes, locación de obras y servicios, y

demás adquisiciones efectuadas por los distintos Servicios

Administrativos Financieros del Ministerio.

8.

Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión

administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,

proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas

con financiamiento externo de la Jurisdicción.

9.

Intervenir en la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y

contrataciones, y de las actividades de auditoría y monitoreo de

programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias

técnicas con financiamiento externo del Ministerio.

10.

Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial,

de infraestructura, mantenimiento, administración de bienes muebles e

inmuebles y servicios del Ministerio.

11.

Entender en la administración y coordinación de los sistemas y

recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones del Ministerio.

12.

Dirigir el diseño e implementación de las políticas de seguridad de

la información, transparencia e integridad que se desarrollen en el

ámbito de la Jurisdicción, de acuerdo a las previsiones que establezca

la Autoridad de Aplicación en cada materia.

13.

Dirigir el cumplimiento de las previsiones establecidas en la Ley

N° 27.275, actuando en representación del Ministerio ante la AGENCIA DE

ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA en lo relativo a las políticas de

transparencia. (Objetivo sustituido por art. 4° delDecreto N° 862/2024B.O. 30/9/2024.)

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA LEGAL

OBJETIVOS

1.

Coordinar el servicio jurídico de la Jurisdicción, en lo que

respecta a la emisión de opiniones y dictámenes jurídicos.

2.

Dirigir la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL, en lo

que es competencia del Ministerio, en los asuntos judiciales,

prejudiciales y arbitrajes y en la contestación de los requerimientos

del Poder Judicial.

3.

Monitorear el accionar de las unidades organizativas con competencia

en temas legales existentes en el ámbito de la Jurisdicción.

4.

Asistir a la Secretaría en la intervención que le compete en materia

de proyectos de leyes y de actos administrativos.

5.

Supervisar la elaboración, celebración, ejecución y aplicación de

los convenios, acuerdos y demás instrumentos de carácter jurídico

relativos a su competencia.

6.

Asistir a la Secretaría en relación con los contratos de obras y

servicios públicos de la Jurisdicción.

7.

Coordinar el asesoramiento legal que brinde la Secretaría en todas

aquellas materias que sean competencia de la Jurisdicción.

8.

Intervenir en la tramitación de los sumarios

administrativo-disciplinarios que se instruyan en el Ministerio.

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1.

Asistir en el diseño de la política presupuestaria de los distintos

Servicios Administrativos Financieros de la Jurisdicción y en la

evaluación de su cumplimiento.

2.

Colaborar con las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas de los distintos Servicios Administrativos Financieros de

la Jurisdicción en la formulación y programación de la ejecución

presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el

ejercicio financiero, con excepción de aquellos procesos asignados a

otras unidades orgánicas del Ministerio

3.

Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas, efectuando los trámites administrativos necesarios para

la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos

tecnológicos y los insumos necesarios para el cumplimiento de los

objetivos y metas previstos en el Ministerio.

4.

Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que

presta servicio, así como la planificación de las actividades de

administración general de los distintos Servicios Administrativos

Financieros de la Jurisdicción, con excepción de aquellas que por su

especificidad sustantiva correspondan a la gestión de otras unidades

programáticas.

5.

Coordinar la aplicación de la política de administración del

personal y de los recursos tecnológicos, informáticos y de

comunicaciones, de la política de seguridad de la información, así como

la gestión de los espacios físicos del Ministerio.

6.

Participar en la ejecución operativa de los procesos de gestión

administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,

proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas

con financiamiento externo de la Jurisdicción, como así también de

proyectos de participación público-privada, en lo que es materia de su

competencia.

7.

Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y

contrataciones, y de las actividades de auditoría y monitoreo de

programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias

técnicas con financiamiento externo y/o proyectos de participación

público-privada, en lo que es materia de su competencia.

MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

OBJETIVOS

1.

Formular políticas integrales para la cohesión organizativa del

sistema educativo y para la plena aplicación de la Ley Nacional de

Educación y leyes concordantes en todos los niveles y modalidades.

2.

Entender en la aplicación de normas generales relativas a la

equivalencia de títulos y de estudios de validez de planes del conjunto

de los niveles y modalidades del sistema educativo, con excepción de la

formación docente, concertados en el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN.

3.

Entender en la elaboración de políticas para fortalecer el carácter

federal del sistema educativo, respetando las particularidades locales

y promoviendo la articulación interjurisdiccional.

4.

Entender, en el marco de su competencia, en la ejecución y

evaluación de las políticas establecidas en el marco de las leyes

educativas nacionales y los programas específicos, adaptándolos a las

necesidades y contextos locales.

5.

Entender en la aplicación de las Leyes de Educación Nacional N°

26.206 y N° 26.075 y sus modificaciones, de la Ley N° 26.150 -Programa

Nacional de Educación Sexual Integral- y de las demás leyes educativas

nacionales.

6.

Entender en la identificación de requerimientos de actualización

normativa que fortalezcan el funcionamiento del Sistema Educativo

Nacional, alineándolas con las estrategias educativas establecidas.

7.

Intervenir la gestión del Sistema Nacional de Información Educativa

para la toma de decisiones basada en datos.

8.

Intervenir en la asistencia técnica y financiera a los gobiernos

provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en el ámbito de

su competencia.

9.

Entender en el diseño y administración de programas y proyectos

educativos a nivel nacional, en colaboración con las jurisdicciones

provinciales y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

10.

Entender en la elaboración, en coordinación con las demás áreas con

competencia específica de la Jurisdicción, en la elaboración de

programas sociales, culturales y educativos para reducir las

desigualdades sociales y los desequilibrios regionales, orientados

hacia la equidad y calidad educativa.

11.

Entender en la producción de contenidos educativos y asegurar su

alineación con las políticas educativas nacionales.

12.

Intervenir en la definición de pautas y estándares para la

formación docente y en programas de capacitación y actualización

profesional.

13.

Intervenir en la definición de contenidos y criterios para la

formación técnica y profesional, así como en la implementación de un

sistema nacional de acreditación de competencias y saberes, los que

serán acordados en el seno del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN.

14.

Entender en la definición de lineamientos para la implementación de

un sistema integral de información y evaluación educativa para mejorar

la calidad y el desempeño del sistema educativo.

15.

Promover el desarrollo y la integración de políticas universitarias

que vinculen la educación superior con el modelo de desarrollo del país

y las demandas del mercado laboral.

16.

Entender en los programas de cooperación que permitan la inserción

y articulación a nivel nacional, regional e internacional de las

acciones y políticas prioritarias de la Secretaría.

17.

Diseñar y proponer lineamientos de política educativa tendientes a

la valoración y jerarquización de la tarea docente, como elementos

centrales a la mejora de la enseñanza.

18.

Supervisar el accionar del INSTITUTO NACIONAL DE FORMACIÓN DOCENTE

y del INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA.

19.

Ejercer el control tutelar de la FUNDACIÓN MIGUEL LILLO.

20.

Diseñar y gestionar programas y proyectos de cooperación técnica y

financiera nacional, regional e internacional en el campo educativo.

21.

Gestionar la Comisión Nacional Argentina Cooperación con la UNESCO

(CONAPLU).

22.

Intervenir en la gestión de los fondos transferidos a las distintas

Jurisdicciones en lo referido a la mejora de la calidad educativa.

23.

Diseñar estrategias, dispositivos y programas que acompañen y

enriquezcan las trayectorias educativas de los niños y jóvenes.

24.

Entender en los procesos de diagnóstico, investigación y

planificación de las políticas educativas a aplicarse en cada una de

las jurisdicciones y en el ámbito nacional.

25.

Entender en la dirección de los servicios de asistencia

técnico-administrativa de la Secretaría General al Consejo Federal de

Educación y a sus miembros.

26.

Colaborar con la Secretaría General del Consejo Federal de

Educación en la coordinación de las actividades concernientes a la

implementación del Fondo Nacional de Incentivo Docente y al Programa de

Compensación Salarial Docente, en el ámbito de su competencia.

27.

Colaborar con la Secretaría General del Consejo Federal de

Educación en lo relativo a las actividades, trabajos y estudios según

lo establezcan la Asamblea Federal y el Comité Ejecutivo, y mantenerlos

informados sobre el estado del trabajo en comisiones, en el marco de lo

establecido en la Ley N° 26.206.

28.

Intervenir en las tareas de apoyo legal, administrativo y

financiero de la Secretaría, en coordinación con la SECRETARÍA DE

COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS E INNOVACIÓN EDUCATIVA

OBJETIVOS

1.

Asistir en el desarrollo de pautas y lineamientos para alcanzar el

cumplimiento de los objetivos y metas de las leyes educativas

nacionales para el conjunto de los niveles y modalidades del Sistema

Educativo Nacional.

2.

Brindar y coordinar, en el ámbito de su competencia, acciones de

asistencia técnica y financiera a las provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA

DE BUENOS AIRES en la ejecución de los planes de gobierno para el

mejoramiento de la calidad de la educación obligatoria y sus

modalidades.

3.

Coordinar las propuestas relativas a la gestión institucional y

curricular del conjunto de los niveles y modalidades del sistema

educativo, excepto la formación docente, orientadas al cumplimiento de

los objetivos y metas de las leyes educativas nacionales.

4.

Generar propuestas para la mejora de la gestión de los sistemas

educativos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y de la

organización de sus instituciones educativas.

5.

Formular y promover lineamientos para la organización y cohesión del

sistema educativo en lo referente a sus niveles y modalidades,

orientados a la plena aplicación de la Ley Nacional de Educación y

leyes concordantes.

6.

Gestionar, en el marco de su competencia, la aplicación de

normativas generales sobre equivalencia de títulos y planes de estudio

a nivel nacional, en coordinación con el Consejo Federal de Educación.

7.

Implementar acciones para el fortalecimiento del carácter federal

del sistema educativo, respetando las particularidades locales en los

diversos diseños de política educativa y promover la articulación entre

las Jurisdicciones.

8.

Proponer a la Secretaría la formulación y actualización normativa

que procure el fortalecimiento del funcionamiento del Sistema Educativo

Nacional, en concordancia con las políticas y estrategias educativas

fijadas.

9.

Participar en la gestión del Sistema Nacional de Información

Educativa.

10.

Asistir, en el ámbito de su competencia, en el diseño de programas

y proyectos jurisdiccionales a nivel nacional en conjunto con las

jurisdicciones provinciales y con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

11.

Elaborar, en coordinación con las áreas con competencia, programas

sociales, culturales y educativos dirigidos a superar las desigualdades

sociales y los desequilibrios regionales, orientados hacia la equidad y

calidad educativa.

12.

Coordinar y supervisar las acciones referidas a la producción de

contenidos educativos de la Secretaría.

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

SUBSECRETARÍA DE INFORMACIÓN Y EVALUACIÓN EDUCATIVA

OBJETIVOS

1.

Consolidar y fortalecer un sistema de información y evaluación de

componentes, procesos y resultados, como dispositivo que procure la

generación de evidencia técnicamente sólida para la toma de decisiones

referidas a la gestión del sistema educativo en cada una de las

Jurisdicciones y en el nivel nacional, así como para la formulación de

intervenciones públicas que impacten en el cumplimiento del derecho a

una educación de calidad.

2.

Organizar y coordinar la Red Federal de Información Educativa para

desarrollar criterios metodológicos y procedimientos comunes en todo el

país que permitan integrar en un sistema de información las principales

variables educativas.

3.

Implementar el Sistema Integral de Información Digital Educativa

(SInIDE), con el fin de instituir un sistema unificado de información

que consolide, para sus usuarios a nivel nacional, provincial y de la

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, la información nominal de estudiantes

y docentes con la de las instituciones educativas y estructure el

almacenamiento y procesamiento de los datos bajo criterios de

equivalencia.

4.

Coordinar acciones transversales para brindar información

actualizada, oportuna y relevante para la planificación, el seguimiento

y el monitoreo de las líneas de trabajo sustantivas que se desarrollan

en los distintos niveles y modalidades del sistema educativo.

5.

Evaluar el desempeño del Sistema Educativo Nacional a través de la

elaboración de instrumentos e indicadores y de sistemas de evaluación

de la calidad educativa, como instrumentos estratégicos y de

retroalimentación permanente, generando insumos para orientar las

políticas públicas.

6.

Desarrollar, implementar y supervisar el sistema de monitoreo y

evaluación a través de la generación de metodologías cuantitativas y

cualitativas que permitan relevar, sistematizar e interpretar

información sustantiva sobre el sistema educativo.

7.

Promover la innovación y la planificación en el Sistema Educativo

Nacional en lo referente a sus niveles y modalidades.

8.

Establecer los lineamientos relativos al planeamiento, desarrollo y

seguimiento de las políticas educativas.

9.

Planificar, coordinar y supervisar la aplicación y participación en

pruebas nacionales e internacionales de evaluación, con el objetivo de

aportar al diseño de las políticas públicas educativas.

10.

Fortalecer los procesos de evaluación y autoevaluación, propiciando

la transparencia, validez, confiabilidad y la comparabilidad de los

resultados a partir del desarrollo de diversos instrumentos normativos,

procesos de validación y asistencia técnica en la materia.

11.

Coordinar la producción, sistematización y difusión de la

información sobre educación en la REPÚBLICA ARGENTINA y producir

información para acompañar la definición, implementación, monitoreo y

evaluación de las políticas y programas educativos, conjuntamente con

las áreas competentes de la Jurisdicción.

12.

Impulsar la producción de conocimiento en el campo educativo

generando un espacio de comunicación e intercambio con los decisores de

política y equipos de gestión educativa en sus diversos niveles.

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS

OBJETIVOS

1.

Promover el diseño e implementación de políticas para fortalecer las

funciones universitarias y su vinculación con el modelo de desarrollo

del país.

2.

Entender, en el marco de su competencia, en la interpretación y la

aplicación de las normas referidas a la educación superior, al

reconocimiento oficial y validez nacional de estudios y títulos, al

seguimiento y fiscalización de las instituciones universitarias

privadas y a la convalidación de títulos expedidos por universidades de

otros países.

3.

Impulsar, en el ámbito de su competencia, políticas de formación de

los profesionales, técnicos, investigadores y docentes que demanden los

planes de desarrollo nacional y regional.

4.

Fortalecer la articulación de acciones entre las universidades, la

sociedad y el Estado.

5.

Entender en la elaboración y evaluación de planes, programas y

proyectos de desarrollo de la educación universitaria y promover la

evolución y mejoramiento de la calidad de la enseñanza, la

investigación y la extensión.

6.

Establecer programas de cooperación con los organismos del Sistema

Científico Tecnológico Nacional, en coordinación con las áreas

competentes de la Administración Pública Nacional.

7.

Desarrollar políticas tendientes a fomentar actividades de

investigación, desarrollo tecnológico y vinculación de las

universidades con los sectores público y privado.

8.

Promover y mantener relaciones institucionales entre los diferentes

componentes del sistema de educación superior y con sectores vinculados

-directa o indirectamente- con él.

9.

Desarrollar políticas y estrategias para la articulación regional de

las instituciones que forman parte de la educación universitaria y de

éstas con la comunidad.

10.

Diseñar estrategias de mejoramiento de las instituciones

universitarias y de asignación y empleo de los recursos

económico-financieros.

11.

Participar en la elaboración de los contenidos de la formación

técnica y profesional y los criterios para la implementación de un

sistema nacional de acreditación de saberes, en lo que atañe a la

educación superior, los que serán acordados por el Consejo Federal de

Educación.

12.

Promover la calidad de la formación tecnológica en los niveles de

educación superior del Sistema Educativo Nacional, propiciando la

adecuación permanente de la oferta educativa a las demandas sociales y

productivas, a través de la coordinación y articulación federal con

programas de apoyo, compensación y estímulo.

13.

Ejercer el control tutelar de la COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y

ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA (CONEAU).

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE EDUCACIÓN

OBJETIVOS

1.

Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal,

técnico y administrativo de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, en coordinación

con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

2.

Intervenir en el diseño de la política presupuestaria de la

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN y en la evaluación de su cumplimiento, y

coordinar el diseño y aplicación de políticas administrativas y

financieras de la Secretaría, en coordinación con la SECRETARÍA DE

COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

3.

Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas en la formulación y programación de la ejecución

presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el

ejercicio financiero; y coordinar las acciones que hacen al desarrollo

de las tareas relacionadas con los aspectos económicos, financieros,

contables, patrimoniales, de sistemas informáticos y de control de

gestión de las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas y las unidades ejecutoras de préstamos de la SECRETARÍA

DE EDUCACIÓN, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y

ADMINISTRATIVA.

4.

Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas y las unidades ejecutoras de préstamos, efectuando los

trámites administrativos necesarios para la gestión de los recursos

humanos y la obtención de materiales, equipamientos tecnológicos y de

todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y

metas de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, en coordinación con la SECRETARÍA

DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

5.

Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos,

organización, sistemas administrativos, informáticos y comunicaciones y

entender en la administración de los espacios físicos de la SECRETARÍA

DE EDUCACIÓN, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y

ADMINISTRATIVA.

6.

Supervisar la aplicación de los sistemas de computación de datos de

la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN.

7.

Entender en la gestión documental de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, en

coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

8.

Coordinar el servicio jurídico de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, en

coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

9.

Entender en la instrucción de los sumarios administrativos

disciplinarios de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, en coordinación con la

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

10.

Coordinar las actividades prejudiciales tendientes al recupero de

créditos a favor del TESORO NACIONAL en el ámbito de la SECRETARÍA DE

EDUCACIÓN, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y

ADMINISTRATIVA.

11.

Coordinar la ejecución operativa de los procesos de gestión

administrativa, presupuestaria, financiera-contable, de adquisiciones y

contrataciones y de las actividades de supervisión, control y monitoreo

de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y

asistencias técnicas con financiamiento externo, como así también de

proyectos de participación público-privada, de competencia de la

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, en coordinación con la SECRETARÍA DE

COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO

SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

OBJETIVOS

1.

Asistir al Ministro en lo relativo a las relaciones y condiciones

individuales y colectivas de trabajo, al régimen legal de las

negociaciones colectivas y de las asociaciones profesionales de

trabajadores y empleadores, al empleo, a la capacitación laboral y a la

seguridad social.

2.

Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su

competencia elaborados conforme las directivas que imparta el Ministro

3.

Entender en el diseño de la política laboral nacional y en la

formulación de políticas de la inspección del trabajo, destinadas a la

eliminación del empleo no registrado y de las demás distorsiones que el

incumplimiento de la normativa laboral y de la seguridad social

provoquen.

4.

Entender en la formulación y ejecución de los sistemas de

prestaciones y subsidios para casos de interrupciones ocupacionales.

5.

Asistir al Ministro en lo relativo a la aprobación de los convenios

de corresponsabilidad gremial suscriptos entre organismos competentes y

asociaciones gremiales de trabajadores y de empresarios.

6.

Intervenir en la aplicación de las normas de derecho internacional

público y privado del trabajo, como así también en la elaboración de

las mismas y en los aspectos laborales de los procesos de integración y

coordinar las acciones en materia de trabajo, empleo y capacitación

laboral con los organismos internacionales.

7.

Intervenir en la elaboración de estadísticas, estudios y encuestas

que proporcionen un mejor conocimiento de la problemática del trabajo,

del empleo, de la capacitación laboral, los ingresos y la seguridad

social.

8.

Ejercer el control tutelar de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL

TRABAJO (S.R.T.).

9.

Intervenir en la determinación de los objetivos y políticas de la

seguridad social y en la elaboración, ejecución y fiscalización de

programas y regímenes integrados de seguridad social.

10.

Asistir al Ministro en relación a la aprobación de los convenios

entre los organismos competentes de la seguridad social y asociaciones

sindicales de trabajadores y de empleadores.

11.

Impulsar la armonización y coordinación del Sistema Previsional con

los regímenes provinciales, municipales, de profesionales y de estados

extranjeros, así como en la supervisión de los sistemas de

complementación previsional cualquiera fuera la normativa de creación.

12.

Ejercer las funciones que la autoridad central asignan los

Convenios N° 81 y 129 de la Organización Internacional del Trabajo

(O.I.T.), sus recomendaciones complementarias y aquellas otras que

contribuyan al mejor desempeño de los servicios, velando por su

cumplimiento por parte de las distintas Jurisdicciones.

13.

Participar en la elaboración de la política salarial del sector

privado y en el Consejo Nacional del Empleo, de la Productividad y el

Salario Mínimo Vital y Móvil.

14.

Intervenir en la fijación de los salarios del Sector Público

Nacional, así como en la gestión de las negociaciones colectivas de ese

sector.

15.

Ejercer la Secretaría Permanente del Consejo Federal del Trabajo.

16.

Intervenir y entender en el tratamiento de los Procedimientos

Preventivos de Crisis de Empresas.

17.

Entender en la articulación de acciones con los Estados

Provinciales y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES para el cumplimiento

de la política laboral nacional, en el marco de los convenios

suscriptos con éstos.

18.

Coordinar, en el ámbito de su competencia, la realización de todas

las acciones que el Ministerio decida ejecutar en los Estados

Provinciales y en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, brindándoles el

apoyo administrativo y de servicios necesarios a través de las unidades

organizacionales distribuidas en el territorio nacional, procurando y

administrando los recursos respectivos.

19.

Entender en la gestión de los planes y programas destinados al

sostenimiento de los puestos de trabajo y al fortalecimiento de

empresas y sectores privados en situación de crisis, tal como el

Programa de Recuperación Productiva.

20.

Ejercer las funciones propias de la autoridad de aplicación del

Sistema Integral de Inspección del Trabajo y de la Seguridad Social

(SIDITYSS), creado por la Ley N° 25.877, destinado al control y

fiscalización de las normas del trabajo y de la seguridad social en

todo el territorio nacional.

21.

Entender en la asistencia y coordinación de ámbitos técnicos

multisectoriales con sectores empresarios y organizaciones del sector

privado, para debatir y consensuar líneas de acción conjunta y

programas específicos que promuevan políticas de Responsabilidad Social

y difundan, en este marco, la cultura del Trabajo Decente.

22.

Asistir al Ministro en la formulación, diseño, implementación,

monitoreo y seguimiento de políticas, planes, programas y acciones para

la promoción y el sostenimiento del empleo, la capacitación laboral

permanente y el mejoramiento en las condiciones de empleo y de

empleabilidad de los desocupados y sub-ocupados con énfasis en la

articulación con provincias y municipios.

23.

Entender en lo concerniente a la Red de Servicios de Empleo a fin

de posibilitar la inserción de los desocupados y entre ellos los

destinatarios de planes sociales, en el empleo privado y/o en procesos

de terminalidad educativa y formación profesional.

24.

Entender en la formulación, administración y ejecución de los

programas dirigidos a la asignación de recursos financieros para la

creación y desarrollo de microempresas, promocionar la constitución de

formas asociativas y redes productivas y comerciales entre pequeños

productores y propiciar la capacitación del sector microempresarial.

25.

Entender en el diseño, implementación y administración de un

registro nacional de normas de competencia, de evaluadores de las

competencias de trabajadores y de certificación de competencias de

trabajadores.

26.

Entender en lo concerniente al Sistema Único de Registro Laboral.

27.

Entender en la realización de los Consejos Sectoriales, aumentando

su realización y facilitando el cumplimiento, en la medida de lo

posible, de sus conclusiones.

28.

Participar en el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el

Salario Mínimo, Vital y Móvil, formulando recomendaciones para la

elaboración de políticas y programas de empleo.

29.

Administrar y gestionar los recursos del Fondo Nacional del Empleo

en el ámbito de su competencia.

30.

Entender en los programas de cooperación que permitan la inserción

y articulación a nivel nacional, regional e internacional de las

acciones y políticas prioritarias en materia de trabajo, empleo y

seguridad social.

31.

Intervenir en las tareas de apoyo legal, administrativo y

financiero de la Secretaría, en coordinación con la SECRETARÍA DE

COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

32.

Articular con las áreas competentes de la Administración Pública

Nacional la estrategia de ‘MARCA COLECTIVA’, en el marco de la

normativa vigente. (Objetivo incorporado por art. 3° delDecreto N° 151/2025B.O. 5/3/2025. Vigencia: a partir del día de su dictado.)

33.

Entender en el funcionamiento del Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social. (Objetivo incorporado por art. 3° delDecreto N° 151/2025B.O. 5/3/2025. Vigencia: a partir del día de su dictado.)

SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES DEL TRABAJO

OBJETIVOS

1.

Participar en el diseño de la política laboral nacional, y de planes

y programas tendientes a asegurar los derechos de los trabajadores.

2.

Participar en la preparación, revisión, promoción, gestión y control

de cumplimiento de las normas relativas al régimen de contrato de

trabajo y otras de protección del trabajo, a las asociaciones

profesionales de trabajadores y de empleadores, a las negociaciones y

convenciones colectivas, al tratamiento de los conflictos individuales

y colectivos de trabajo, al poder de policía del trabajo, a regímenes

especiales de trabajo, a la salud y seguridad en el trabajo.

3.

Asistir a la Secretaría en la formulación de políticas de la

inspección del trabajo, destinadas a la eliminación del empleo no

registrado y las demás distorsiones que el incumplimiento de la

normativa laboral y de la seguridad social provoquen.

4.

Intervenir en la promoción, regulación y fiscalización del

cumplimiento de la igualdad de oportunidades y de trato en el acceso al

empleo y en el trabajo, así como en la protección de la maternidad, la

eliminación del trabajo forzoso, la violencia laboral y del trabajo

infantil.

5.

Intervenir en las situaciones en que la conflictividad laboral

colectiva adquiera particular relevancia, asumiendo en forma directa

roles de mediación entre las partes.

6.

Presidir las deliberaciones de la Comisión Nacional de Trabajo

Agrario, asumiendo la representación de la SECRETARÍA DE TRABAJO,

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en su seno, de conformidad con la Ley N°

22.248.

7.

Participar en el ejercicio de las competencias del MINISTERIO DE

CAPITAL HUMANO en todo el país y articular con los Estados Provinciales

y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES el cumplimiento de la política

laboral nacional, en el marco de los convenios suscriptos con éstos.

8.

Asistir a la Secretaría en la gestión de los planes y programas

destinados al sostenimiento de los puestos de trabajo y al

fortalecimiento de empresas y sectores privados en situación de crisis.

9.

Coordinar, con los organismos públicos nacionales con competencia en

la materia y con las distintas Jurisdicciones, las acciones tendientes

a verificar el cumplimiento de la normativa laboral y de la seguridad

social en todo el territorio nacional, formulando recomendaciones y

elaborando planes de mejoramiento.

10.

Asistir a la Secretaría en el ejercicio de las funciones que a la

autoridad central asignan los Convenios Nros. 81 y 129 de la

ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO (O.I.T.), sus recomendaciones

complementarias y aquellas otras que contribuyan al mejor desempeño de

los servicios, velando por su cumplimiento por parte de las distintas

Jurisdicciones.

11.

Promover, con miras a la detección del trabajo no registrado, la

participación coordinada y la colaboración de las Entidades

representativas de los trabajadores y los empleadores.

12.

Realizar, coordinar y ejecutar el seguimiento y control de los

planes nacionales de fiscalización u otros instrumentados en general,

gestionando los recursos y el personal afectados a tal fin.

13.

Incorporar los planes de fiscalización a un sistema de emisión,

seguimiento y rendición con el fin de generar una herramienta de ágil

de gestión para contar con información temprana y oportuna en el

cumplimiento de los objetivos de la Secretaría.

14.

Participar de la Comisión Tripartita de Igualdad de Trato y

Oportunidades entre Varones y Mujeres en el Mundo Laboral, en

representación de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

15.

Promover el diseño e implementación de políticas, planes y

programas vinculados con la generación de condiciones de trabajo

decente para los teletrabajadores.

16.

Gestionar el funcionamiento del Servicio de Conciliación Laboral

Obligatoria (SECLO).

17.

Coordinar y asegurar el adecuado funcionamiento del servicio de

asesoramiento y patrocinio jurídico gratuito para los trabajadores del

sector privado, en el marco del PROGRAMA ASISTIR.

18.

Gestionar la ejecución del PROGRAMA DE RECUPERACIÓN PRODUCTIVA

(REPRO).

19.

Coordinar las acciones del CONSEJO FEDERAL DEL TRABAJO, creado por

el Anexo l del Pacto Federal del Trabajo, ratificado por la Ley N°

25.212 y sus normas modificatorias y complementarias, asistiendo al

Secretario de Trabajo, Empleo y Seguridad Social en su calidad de

Secretario Permanente del mismo.

SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE EMPLEO Y FORMACIÓN LABORAL

OBJETIVOS

1.

Promover la ejecución de los planes, programas y proyectos del área

de su competencia conforme las directivas que imparta la Secretaría.

2.

Participar en la formulación, diseño, implementación, monitoreo y

seguimiento de políticas, planes, programas y acciones para la

promoción y el sostenimiento del empleo, la capacitación laboral

permanente y el mejoramiento en las condiciones de empleo y de

empleabilidad de los desocupados y sub-ocupados.

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