CONVENIOS INTERNACIONALES
tomarán posesión de sus cargos el 1 de mayo de 1983.
PROTOCOLO ADICIONAL VI
Elección de los Directores de los Comités Consultivos Internacionales
La Conferencia de Plenipotenciarios de la Unión Internacional de
Telecomunicaciones de Nairobi (1982) ha adoptado disposiciones en que
se prevé la elección de los directores de los Comités Consultivos
Internacionales por la Conferencia de Plenipotenciarios. Se ha decidido
aplicar las siguientes medidas provisionales:
Hasta la próxima Conferencia de Plenipotenciarios, los directores de
los Comités Consultivos Internacionales serán elegidos por la asamblea
plenaria del Comité Consultivo Internacional respectivo, de conformidad
con el procedimiento establecido por el Convenio Internacional de
Telecomunicaciones de Málaga-Torremolinos (1973).
Los directores de los Comités Consultivos Internacionales elegidos
con arreglo a lo dispuesto en el anterior punto 1 permanecerán en su
cargo hasta la fecha en que sus sucesores elegidos por la próxima
Conferencia de Plenipotenciarios asuman sus funciones de acuerdo con la
decisión de dicha Conferencia.
PROTOCOLO ADICIONAL VII
Disposiciones transitorias
La Conferencia de Plenipotenciarios de la Unión Internacional de
Telecomunicaciones de Nairobi (1982) ha decidido que hasta la entrada
en vigor del Convenio Internacional de Telecomunicaciones de Nairobi
(1982) se apliquen provisionalmente las siguientes disposiciones:
El Consejo de Administración estará integrado por cuarenta y un
Miembros elegidos por la Conferencia de acuerdo con el procedimiento
estipulado en el convenio. El Consejo podrá reunirse inmediatamente
después de elegido y ejecutar las tareas que en el convenio se le
confíen.
El presidente y vicepresidente que elija el Consejo de
Administración en su primera reunión permanecerán en funciones hasta la
elección de sus sucesores la cual tendrá lugar al inaugurarse la
reunión anual del Consejo de Administración de 1984.
En fe de lo cual, los plenipotenciarios respectivos firman los
presentes protocolos adicionales en cada uno de los idiomas chino,
español, francés, inglés y ruso, en la inteligencia de que en caso de
desacuerdo, el texto francés hará fe; este ejemplar quedará depositado
en los archivos de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, la
cual remitirá una copia del mismo a cada uno de los países signatarios.
En Nairobi, a 6 de noviembre de 1982.
Las firmas que siguen son las mismas que las del convenio.
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