Reformas legislativas de 1929

En 1929, se registraron 5 reformas que afectaron a 5 normas en Colombia.

5 reformas
5 leyes afectadas
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noviembre 1929 4 reformas
1929-11-29
["**El Congreso de Colombia", "**", "Dada en Bogot\u00e1 a diez y seis de noviembre de mil novecientos veintinueve."]
1929-11-16
["**El Congreso de Colombia**", "Dada en Bogot\u00e1 a doce de noviembre de mil novecientos veintinueve."]
1929-11-07
["**El Congreso de Colombia**", "**Art\u00edculo 1\u00ba.** Para que las Escuelas Normales del pa\u00eds respondan a los fines para los cuales fueron creadas", "el Gobierno proceder\u00e1 a formar un **pensum** que este en armon\u00eda con los adelantos pedag\u00f3gicos y a dotarlas de laboratorios de qu\u00edmica", "gabinetes de f\u00edsica", "museos de historia natural", "bibliotecas de consultas para alumnos y profesores", "elementos para ejercicios f\u00edsicos", "utilaje de estudios y textos. Para atender a estos gastos y a la provisi\u00f3n de locales para las dos Escuelas Normales de cada uno de los Departamentos", "se apropiara en los Presupuestos anuales una partida no menor de doscientos mil pesos en cada uno.", "**Art\u00edculo 2\u00ba.** Desde el 1\u00ba de enero de 1930 el personal y las asignaciones de empleados de cada una de las Escuelas Normales ser\u00e1 como se expresa en seguida:", "**Art\u00edculo 3\u00ba.** Elevase a 450 el n\u00famero de Profesores para todas las Escuelas Normales", "y se\u00f1alase la suma de $ 35 como remuneraci\u00f3n mensual para cada uno de ellos.", "**Art\u00edculo 4\u00ba.** Aumentase asimismo a 850 el n\u00famero de becas que la Naci\u00f3n sostiene en dichos establecimientos", "sin perjuicio de las que corresponda sostener a los Departamentos", "las que no ser\u00e1n menos de dos por cada ciento cincuenta mil habitantes", "y el valor de la pensi\u00f3n nacional para cada alumno becado ser\u00e1 de $ 30 mensuales. La distribuci\u00f3n de las becas se har\u00e1 como lo dispone el art\u00edculo 14 de la Ley 39 de 1903.", "**Art\u00edculo 5\u00ba.** La Naci\u00f3n contribuye con la suma de $ 5.000", "que se incluir\u00e1n en los Presupuestos anuales", "con destino al fomento de las Escuelas de Vacaciones o de cursos abreviados para la formaci\u00f3n de maestros rurales o de las instituciones semejantes que funden los Departamentos para el mejoramiento intelectual del gremio docente. Cada Departamento que establezca alguno de aquellos centros tiene derecho a dicha subvenci\u00f3n.", "**Art\u00edculo 6\u00ba.** Crease el premio del maestro", "consistente en el envi\u00f3 al Exterior", "por cuenta de la Naci\u00f3n", "de los institutores graduados que m\u00e1s se hayan distinguido en la pr\u00e1ctica del magisterio. De esta gracia gozaran los que tengan por lo menos dos a\u00f1os de ense\u00f1anza y est\u00e9n en ejercicio. El decreto reglamentario fijara las condiciones para la mejor efectividad de esta disposici\u00f3n", "y en los Presupuestos Nacionales de cada vigencia se incluir\u00e1n las sumas necesarias para otorgar cada a\u00f1o siete premios de esta clase", "por lo menos.", "**Art\u00edculo 7\u00ba.** Para empezar a cumplir lo dispuesto en el art\u00edculo 16 de la Ley 11 de 1927", "apropiase la cantidad de $ 40.000", "que se destinaran a la terminaci\u00f3n del edificio que actualmente construye el Departamento de Antioquia para la Escuela Normal de varones de Medell\u00edn.", "**Art\u00edculo 9\u00ba.** En el pensum de las Escuelas Normales de uno y otro sexo figurara la ense\u00f1anza de la agricultura.", "Dada en Bogot\u00e1 a veintinueve de octubre de mil novecientos veintinueve."]
agosto 1929 1 reformas
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