Historial de reformas

Orden de 19 de mayo de 1987 que desarrolla el Real Decreto 505/1987, de 3 de abril, por el que se dispuso la creación de un sistema de anotaciones en cuenta para la Deuda del Estado y por la que se delegan determinadas competencias en el Director general del Tesoro y Política Financiera

17 versiones · 1987-05-20
2012-07-31
Orden de 19 de mayo de 1987 que desarrolla el Real Decreto 505/1987, de
2011-08-18
Orden de 19 de mayo de 1987 que desarrolla el Real Decreto 505/1987, de
2004-12-30
Orden de 19 de mayo de 1987 que desarrolla el Real Decreto 505/1987, de
2002-01-29
Orden de 19 de mayo de 1987 que desarrolla el Real Decreto 505/1987, de

Cambios del 2002-01-29

@@ -76,12 +76,18 @@
v) Las empresas de servicios de inversión y las entidades de crédito autorizadas en otro Estado que no sea miembro de la Unión Europea, siempre que, además de cumplir los requisitos para operar en España previstos en el capítulo cuarto del título V de la Ley 37/1998, que reforma la Ley del Mercado de Valores, en la autorización dada por las autoridades de su país de origen se les faculte para prestar los servicios de titular de cuenta en el sistema de anotaciones en cuenta de su Deuda del Estado.
u) Fondo de Garantía de Inversiones.
Para la determinación de las Entidades comprendidas en los apartados b), c), d), f), g), h), i), j), k), l), m), n), o) y p) se estará a lo que resulte de los correspondientes registros a cargo del Banco de España, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y de la Dirección General de Seguros.
3. El acceso a la titularidad de cuentas a nombre propio en la Central deberá solicitarse mediante el oportuno escrito presentado en el Banco de España, que comunicará a la Comisión Nacional del Mercado de Valores la recepción de solicitudes de las Entidades a que se refieren las letras h) y o), y a la Dirección General de Seguros las que se refieren a la letra p) del número anterior. Dicho escrito estará suscrito por persona con poder bastante para obligar a la Entidad, lo que será debidamente acreditado. El Banco de España remitirá las solicitudes presentadas, junto con su informe, a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, que procederá, en su caso, al otorgamiento de la condición de titular de cuentas en la Central, comunicándoselo al Banco de España. Éste mantendrá un Registro Público de las presentes Entidades.
4. Los titulares de cuentas en la Central de Anotaciones estarán sujetos a cuantas reglas y condiciones tenga establecidas el Banco de España respecto de la utilización del Servicio Telefónico del Mercado de Dinero.
> <small>Se añade una nueva letra u) en el apartado 2 por la disposición adicional única de la Orden ECO/126/2002, de 24 de enero. [Ref. BOE-A-2002-1699](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2002-1699).</small>
> <small>Téngase en cuenta que ya existía una letra u).</small>
> <small>Se añade el párrafo último al apartado 1 por la Orden de 29 de enero de 2001. [Ref. BOE-A-2001-2991](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2001-2991).</small>
> <small>Se añaden los apartados 2.u) y v) por la disposición adicional de la Orden de 10 de febrero de 1999. [Ref. BOE-A-1999-3693](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1999-3693).</small>
2001-02-13
Orden de 19 de mayo de 1987 que desarrolla el Real Decreto 505/1987, de
1999-02-13
Orden de 19 de mayo de 1987 que desarrolla el Real Decreto 505/1987, de
1995-05-15
Orden de 19 de mayo de 1987 que desarrolla el Real Decreto 505/1987, de
1993-12-02
Orden de 19 de mayo de 1987 que desarrolla el Real Decreto 505/1987, de
1991-11-08
Orden de 19 de mayo de 1987 que desarrolla el Real Decreto 505/1987, de
1990-08-10
Orden de 19 de mayo de 1987 que desarrolla el Real Decreto 505/1987, de
1990-01-25
Orden de 19 de mayo de 1987 que desarrolla el Real Decreto 505/1987, de
1989-05-31
Orden de 19 de mayo de 1987 que desarrolla el Real Decreto 505/1987, de
1988-06-23
Orden de 19 de mayo de 1987 que desarrolla el Real Decreto 505/1987, de
1988-01-13
Orden de 19 de mayo de 1987 que desarrolla el Real Decreto 505/1987, de
1987-08-05
Orden de 19 de mayo de 1987 que desarrolla el Real Decreto 505/1987, de
1987-06-13
Orden de 19 de mayo de 1987 que desarrolla el Real Decreto 505/1987, de
1987-05-20
Orden de 19 de mayo de 1987 que desarrolla el Real Decreto 505/1987,
versión original Texto en esta fecha