Ley 61/2003, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2004

Rango Ley
Publicación 2003-12-31
Última actualización 2014-03-25
Estado Vigente
Departamento Jefatura del Estado
Fuente BOE
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Determinados miembros del Poder Judicial y del Ministerio Fiscal Cuantía a inclui en cada paga extraordinaria – Euros
Miembros del Poder Judicial Presidentes de Sala del Tribunal Supremo (no incluye al Presidente del mismo) 578,02
Presidente de la Audiencia Nacional (Magistrado del Tribunal Supremo) 578,02
Presidentes de Sala de la Audiencia Nacional (Magistrados del Tribunal Supremo) 547,42
Magistrados del Tribunal Supremo (no incluidos en los apartados anteriores) 547,42
Miembros del Ministerio Fiscal Teniente Fiscal del Tribunal Supremo 578,02
Fiscal Inspector 547,42
Fiscal Jefe de la Fiscalía ante el Tribunal Constitucional 547,42
Fiscal Jefe de la Fiscalía de la Audiencia Nacional 547,42
Fiscal Jefe de la Fiscalía del Tribunal de Cuentas 547,42
Fiscal Jefe de la Secretaría Técnica del Fiscal General del Estado 547,42
Fiscal Jefe de la Fiscalía especial para la prevención y represión del tráfico ilegal de drogas 547,42
Fiscal Jefe de la Fiscalía especial para la represión de los delitos económicos relacionados con la corrupción 547,42
Fiscales de Sala del Tribunal Supremo 547,42

ANEXO XI. Retribuciones de miembros de la Carrera Judicial y de la Carrera Fiscal, de los Secretarios Judiciales y del personal al servicio de la Administración judicial

Miembros de la Carrera Judicial o de la Carrera Fiscal Grupo de población (anexos II.I y V.I de la Ley 15/2003) Cuantía a incluir en cada paga extraordinaria – Euros
Miembros de la Carrera Judicial
Presidente de la Audiencia Nacional (no Magistrado del Tribunal Supremo) 1 578,02
Presidentes de Sala de la Audiencia Nacional (no Magistrados del Tribunal Supremo) 1 468,80
Magistrado de la Audiencia Nacional (no Magistrado del Tribunal Supremo) 1 468,80
Magistrado del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo 1 468,80
Presidente del Tribunal Superior de Justicia . 1 468,80
Presidentes de Sala y Magistrados del Tribunal Superior de Justicia 1 468,80
Presidentes y Magistrados de Audiencia Provincial 1 462,20
Jueces Centrales y Magistrados de los órganos unipersonales 1 396,24
Presidente del Tribunal Superior de Justicia . 2 462,52
Presidentes de Sala y Magistrados del Tribunal Superior de Justicia 2 424,12
Presidentes y Magistrados de Audiencia Provincial . 2 417,54
Magistrados de los órganos unipersonales 2 351,58
Presidente del Tribunal Superior de Justicia 3 456,52
Presidentes de Sala y Magistrados del Tribunal Superior de Justicia 3 410,02
Presidentes y Magistrados de Audiencia Provincial . 3 403,44
Magistrados de los órganos unipersonales 3 337,46
Presidentes y Magistrados de Audiencia Provincial 4 373,38
Magistrados de los órganos unipersonales 4 307,42
Jueces 5 249,38
Miembros de la Carrera Fiscal
Fiscales de la Fiscalía ante el Tribunal Constitucional 1 468,80
Fiscales de la Fiscalía del Tribunal Supremo 1 468,80
Fiscales de la Fiscalía ante la Audiencia Nacional 1 468,80
Fiscal Jefe en el Tribunal Superior de Justicia 1 468,80
Teniente Fiscal del Tribunal Superior de Justicia 1 468,80
Fiscales de la Fiscalía ante el Tribunal de Cuentas 1 468,80
Fiscales de la Fiscalía General del Estado 1 468,80
Fiscales y Abogados Fiscales de la Fiscalía Especial de Prevención y Represión del Tráfico ilegal de Drogas 1 468,80
Fiscales y Abogados Fiscales de la Fiscalía Especial para la Represión de los delitos económicos relacionados con la Corrupción 1 468,80
Resto de Fiscales de segunda categoría salvo coordinadores 1 396,24
Fiscales coordinadores 1 450,82
Fiscal Jefe en el Tribunal Superior de Justicia . 2 462,52
Teniente Fiscal en el Tribunal Superior de Justicia 2 424,12
Fiscales Jefes y Tenientes Fiscales de la Audiencia Provincial 2 417,54
Resto de Fiscales de segunda categoría salvo coordinadores 2 351,58
Fiscales coordinadores 2 406,18
Fiscal Jefe en el Tribunal Superior de Justicia 3 456,52
Teniente Fiscal del Tribunal Superior de Justicia 3 410,02
Fiscales Jefes y Tenientes Fiscales de la Audiencia Provincial 3 403,44
Resto de Fiscales de segunda categoría salvo coordinadores 3 337,46
Fiscales coordinadores 3 392,06
Fiscales Jefe y Tenientes Fiscales de Audiencia Provincial 4 373,38
Resto de destinos correspondientes a la segunda categoría de Fiscales, salvo coordinadores . 4 307,42
Fiscales coordinadores . 4 362,00
Resto de destinos correspondientes a la tercera categoría de Fiscales 5 249,38
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Secretarios judiciales Grupo (conforme al anexo II.1 del R. D. 1130/03) Cuantía a incluir en cada paga extraordinaria – (Euros)
Secretarios del Tribunal Supremo 1 393,22
Secretario de gobierno de la Audiencia Nacional 1 393,22
Secretarios de la Audiencia Nacional 1 373,04
Secretarios del Tribunal Superior de Justicia 1 373,04
Secretario coordinador provincial y Secretario de la Audiencia Provincial 1 368,28
Secretario de órgano unipersonal, de órganos no jurisdiccionales y registros civiles y de juzgados centrales 1 330,20
Secretarios del Tribunal Superior de Justicia 2 335,84
Secretario coordinador provincial y Secretario de la Audiencia Provincial 2 331,04
Secretario de órgano unipersonal, órganos no jurisdiccionales y registros civiles 2 292,98
Secretarios del Tribunal Superior de Justicia 3 325,98
Secretario coordinador provincial y Secretario de la Audiencia Provincial 3 321,18
Secretario de órgano unipersonal, órganos no jurisdiccionales y registros civiles 3 283,12
Secretario coordinador provincial y Secretario de la Audiencia Provincial 4 319,62
Resto de destinos correspondientes a la segunda categoría de secretarios judiciales 4 281,56
Destinos correspondientes a la tercera categoría de secretarios judiciales 5 204,22
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Otro personal al servicio de la Administración de Justicia Grupo (conforme al artículo 7.º R. D. 1909/10) Cuantía a incluir en cada paga extraordinaria – (Euros)
Médicos forenses y técnicos facultativos
Director del Instituto de Toxicología I 312,42
Director del Instituto de Medicina Legal de Madrid o Barcelona, o Institutos con competencias pluriprovinciales . I 312,42
Director de Institutos de Medicina Legal con competencias pluriprovinciales . II 305,42
III 298,42
Director de Departamento de Institutos de Toxicología I 298,42
II 291,42
Director de Institutos de Medicina Legal con competencias uniprovinciales o de ámbito inferior II 291,42
III 284,42
Subdirector de Instituto de Medicina Legal de Madrid o Barcelona y Director con competencias pluriprovinciales I 298,42
Subdirector de Institutos de Medicina Legal con competencias pluriprovinciales II 291,42
III 284,42
Subdirector de Institutos de Medicina Legal con competencias uniprovinciales o de ámbito inferior II 277,42
III 284,42
Jefaturas de Servicio de Institutos de Medicina Legal e Instituto de Toxicología y sus Departamentos I 277,42
II 270,44
III 270,44
Jefaturas de Sección de Institutos de Medicina Legal e Instituto de Toxicología I 270,44
II 263,42
III 256,42
Médicos forenses y técnicos facultativos del Instituto de Toxicología I 228,42
II 221,44
III 214,42
Médicos forenses en Registros Civiles (Real Decreto 181/1993, de 9 de febrero, disposición adicional 2.ª) I 52,52
II 38,50
III 31,50
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Personal al servicio de la Administración de Justicia Grupo (conforme al artículo 7.º R.D. 1909/2000) Cuantía a incluir en cada paga extraordinaria – (Euros)
Secretarios de Paz (a extinguir) IV 167,10
Oficiales I 153,68
II 143,68
III 138,68
IV 133,70
Auxiliares I 140,34
II 130,32
III 125,32
IV 120,32
Agentes I 120,20
II 110,22
III 105,22
IV 100,22
Técnicos especialistas del Instituto de Toxicología I 138,32
II 129,32
III 120,30
Auxiliares de Laboratorio del Instituto de Toxicología I 126,30
II 117,30
III 112,80
Agentes a extinguir del Instituto de Toxicología I 108,20
II 99,20
III 94,68
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Régimen transitorio de integración y retributivo de médicos forenses Grupo (conforme al artículo 7.º R.D. 1909/2000) Cuantía a incluir en cada paga extraordinaria – (Euros)
Régimen de jornada completa
Director regional de Instituto Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense I 297,50
(En agrupaciones de Juzgados alguno de los cuales esté servido por Magistrado o que conjuntamente con Juzgado sean titulares de especialidad o cargo directivo.) II 290,50
(En agrupaciones de Juzgados alguno de los cuales esté servido por Magistrado o que conjuntamente con Juzgado sean titulares de especialidad o cargo directivo.) III 283,50
Director regional de Instituto Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense I 290,50
(En agrupaciones no incluidas en el apartado anterior.) II 283,50
(En agrupaciones no incluidas en el apartado anterior.) III 276,52
Director provincial de Instituto Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense I 283,50
(En agrupaciones de Juzgados alguno de los cuales esté servido por magistrado o que conjuntamente con Juzgado sean titulares de especialidad o cargo directivo.) II 276,52
(En agrupaciones de Juzgados alguno de los cuales esté servido por magistrado o que conjuntamente con Juzgado sean titulares de especialidad o cargo directivo.) III 269,52
Director provincial de Instituto Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense I 276,52
(En agrupaciones no incluidas en el apartado anterior.) II 269,52
(En agrupaciones no incluidas en el apartado anterior.) III 262,52
Jefe de Servicio de Instituto Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense I 269,52
(En agrupaciones de Juzgados alguno de los cuales esté servido por magistrado o que conjuntamente con Juzgado sean titulares de especialidad o cargo directivo.) I 269,52
(En agrupaciones de Juzgados alguno de los cuales esté servido por magistrado o que conjuntamente con Juzgado sean titulares de especialidad o cargo directivo.) II 262,52
(En agrupaciones de Juzgados alguno de los cuales esté servido por magistrado o que conjuntamente con Juzgado sean titulares de especialidad o cargo directivo.) III 255,52
Jefe de Servicio de Instituto Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense I 262,52
(En agrupaciones no incluidas en el apartado anterior.) I 262,52
(En agrupaciones no incluidas en el apartado anterior.) II 255,52
(En agrupaciones no incluidas en el apartado anterior.) III 248,52
Jefe de Sección de Instituto Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense I 255,52
(En agrupaciones de Juzgados alguno de los cuales esté servido por magistrado o que conjuntamente con Juzgado sean titulares de especialidad o cargo directivo.) II 248,52
(En agrupaciones de Juzgados alguno de los cuales esté servido por magistrado o que conjuntamente con Juzgado sean titulares de especialidad o cargo directivo.) III 241,50
Jefe de Sección de Instituto Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense I 248,52
(En agrupaciones no incluidas en el apartado anterior.) I 248,52
(En agrupaciones no incluidas en el apartado anterior.) II 241,50
(En agrupaciones no incluidas en el apartado anterior.) III 234,50
Médico Forense I 227,52
(En agrupaciones de Juzgados alguno de los cuales esté servido por magistrado o que conjuntamente con Juzgado sean titulares de especialidad o cargo directivo.) I 227,52
(En agrupaciones de Juzgados alguno de los cuales esté servido por magistrado o que conjuntamente con Juzgado sean titulares de especialidad o cargo directivo.) II 220,52
(En agrupaciones de Juzgados alguno de los cuales esté servido por magistrado o que conjuntamente con Juzgado sean titulares de especialidad o cargo directivo.) III 213,52
Médico forense I 220,52
(En agrupaciones no incluidas en el apartado anterior.) I 220,52
(En agrupaciones no incluidas en el apartado anterior.) II 213,52
(En agrupaciones no incluidas en el apartado anterior.) III 206,52
Régimen de jornada normal
Director regional de Instituto Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense
Director regional de Instituto Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense I 203,02
Director regional de Instituto Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense I 203,02
Director regional de Instituto Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense III 189,02
Director regional de Instituto Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense Director provincial de Instituto Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense I
II Director provincial de Instituto Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense 182,02
III Director provincial de Instituto Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense 175,02
Jefe de Servicio de Instituto Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense I 175,02
II 168,00
III 161,00
Jefe de Sección de Instituto Anatómico Forense o de Clínica Médico Forense I 161,00
II 154,00
III 147,02
Médicos Forenses I 133,02
II 126,02
III 119,00

CUADROS-RESUMEN DE LOS GASTOS E INGRESOS

(En suplemento anexo, se publican los cuadros resumen de los Presupuestos Generales del Estado para 2004.)

Téngase en cuenta que se declara inconstitucional, por vulnerar las competencias que corresponden a la Generalitat de Cataluña, con los efectos que se indican en el fundamento jurídico 9, la partida indicada por Sentencia del TC 33/2014, de 27 de febrero. Ref. BOE-A-2014-3243.

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