Real Decreto 150/2023, de 28 de febrero, por el que se aprueban los planes de ordenación del espacio marítimo de las cinco demarcaciones marinas españolas

Rango Real Decreto
Publicación 2023-03-04
Estado Vigente
Departamento Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Fuente BOE
PDF Descargar
artículos 4
Historial de reformas JSON API
Comunidad Autónoma Aspecto Objetivos
Aspectos horizontales de interés general – DM NOR Aspectos horizontales de interés general – DM NOR Aspectos horizontales de interés general – DM NOR
Galicia Medio ambiente marino, incluidos los espacios marinos protegidos, medio ambiente costero y cambio climático. Destaca el Decreto 37/2014, de 27 de marzo, por el que se declaran zonas especiales de conservación los lugares de importancia comunitaria de Galicia y se aprueba el Plan director de la Red Natura 2000 de Galicia. Galicia tiene 35.207 ha de superficie marina incluida en la Red Natura 2000, lo que corresponde a un 11,99% de la Red Natura 2000 gallega. En estos casos, dado que se ha determinado la existencia de la continuidad ecológica, las competencias en su gestión corresponden a la C.A. de Galicia. Además, en la Red de espacios naturales protegidos existen otros espacios que también cuentan con continuidad ecológica: el Parque Nacional marítimo-terrestre das Illas Atlánticas de Galicia, Parque Natural Complexo dunar de Corrubedo e lagoas de Carregal e Vixán, Monumento Natural de la Playa de las Catedrales, Humedal protegido Laguna y arenal de Valdoviño. Los objetivos de los espacios protegidos están incluidos en sus instrumentos de planificación. Son en su mayoría objetivos ambientales, pero también hay objetivos económicos o sociales, relacionados con algunos usos y actividades que se pueden dar en el medio marino. Por ello resulta imposible destacar todos, y se enumeran a continuación algunos ejemplos relevantes: Objetivos generales para la Red Natura 2000: Garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, al tiempo que se tienen en cuenta las exigencias económicas, sociales, culturales y regionales, pudiendo en determinados casos requerir el mantenimiento, e incluso el estímulo, de actividades humanas. Mantenimiento y, en su caso, desarrollo de los elementos del paisaje que revistan primordial importancia para la fauna y la flora silvestres, como corredores fluviales, sistemas tradicionales de deslinde, o las masas arboladas autóctonas, ya que resultan fundamentales en la migración, en la distribución geográfica y en el intercambio genético de las especies silvestres. Asegurar la vigilancia y un seguimiento periódico del estado de conservación de los tipos de hábitats naturales y de los hábitats de las especies de interés comunitario y de las especies de aves mencionadas en el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE y de sus hábitats. Objetivos generales para las zonas especiales de conservación (ZEC): Mantener o restablecer el estado de conservación favorable de los hábitats naturales y de los hábitats de las especies de interés comunitario. Mantener o restablecer el estado de conservación favorable de las especies de interés comunitario, así como de las especies catalogadas, presentes en las ZEC. Proteger las especies del anexo IV y promover la conservación y el uso racional de las especies del anexo V de la Directiva 92/43/CEE, mediante la toma de medidas que garanticen que su recogida en la naturaleza o su explotación son compatibles con el mantenimiento de las mismas en un estado de conservación favorable. Fomentar la gestión de los elementos del paisaje que juegan un papel esencial en la conectividad y permeabilidad de la biodiversidad, en el marco de las políticas de ordenación del territorio y de desarrollo y, especialmente, para mejorar la coherencia ecológica de Natura 2000. Informar a la población implicada en los aprovechamientos del medio natural sobre el valor ecológico y los objetivos de conservación de las ZEC y las medidas para alcanzarlos. Ampliar el conocimiento técnico y científico sobre todos los elementos objeto de conservación y sus condicionantes ecológicos, de forma que redunde en una mejor gestión de la Red Natura 2000. Implantar programas específicos de difusión y divulgación sobre la importancia de la Red Natura 2000 y su papel en la conservación de la biodiversidad. Objetivos generales para las ZEPA: Mantener o restablecer el estado de conservación favorable de las especies de aves a las que se refiere el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE presentes en las ZEPA. Mantener o restablecer el estado de conservación favorable de los hábitats de las especies de aves objeto de conservación en las ZEPA, prestando especial atención a los humedales. Evitar, dentro de las ZEPA, el deterioro de los hábitats naturales y de los hábitats de especies, así como las alteraciones que repercutan en las especies que motivaron la designación de las zonas, en la medida en que dichas alteraciones puedan tener un efecto apreciable. Fuera de dichas ZEPA también se hará un especial esfuerzo en evitar la contaminación o el deterioro de los hábitats. Fomentar un aprovechamiento sostenible de los recursos, compatible con la conservación de las especies de aves a las que se refiere el artículo 4 de la Directiva 2009/147/CE presentes en las ZEPA. Informar a la población implicada en los aprovechamientos del medio natural sobre el valor ecológico y los objetivos de conservación de las ZEPA y las medidas para alcanzarlos.
Galicia. Objetivos para las aguas marinas: Para las aguas marinas, y sin perjuicio de las competencias que pueda ostentar el Estado: (a) proteger y preservar el medio marino, evitar su deterioro o, en la medida de lo posible, recuperar los ecosistemas marinos en las zonas que fueran afectadas negativamente; (b) tomar medidas preventivas y reducir los vertidos al medio marino, con la finalidad de eliminar progresivamente la contaminación del mar; y (c) promover la conservación y el uso sostenible de los recursos marinos. En el aspecto económico: Fomentar el aprovechamiento racional de los recursos, compatibilizándolo con los valores de conservación de los espacios del área litoral, que permitan garantizar el equilibrio de los procesos naturales. Promover la colaboración entre las Consellerías con competencias en materia de conservación de la naturaleza y de asuntos marinos para la gestión adecuada y sostenible de los recursos pesqueros y marisqueros. Promover la implantación de buenas prácticas profesionales en el desarrollo de las actividades que tengan lugar en el ámbito marino y costero de los espacios de la Red Natura 2000. Fomentar el mantenimiento de la pesca y del marisqueo tradicional mediante la firma de acuerdos o convenios contractuales con profesionales o entidades representativas del sector pesquero que se comprometan a la aplicación de medidas compatibles con la conservación de los tipos de hábitats naturales y especies de interés comunitario. La gestión marisquera y pesquera del espacio natural deberá primar los aprovechamientos y usos sostenibles, de modo que se minimicen, cuando no se eviten, las afecciones sobre los componentes clave del territorio: medios ecológicos, hábitats protegidos y núcleos poblacionales de especies de interés para la conservación. La Xunta de Galicia promoverá en el territorio delimitado por los espacios Natura 2000 y en su contorno el desarrollo de aquellas actividades socioeconómicas que, conforme a los objetivos de conservación del espacio, favorezcan el mantenimiento o mejora del estado de conservación favorable de los hábitats o especies de interés comunitario. En el aspecto social: Favorecer el conocimiento e implicación social en la conservación de las ZEC y de las ZEPA. Diseñar programas específicos de educación ambiental y sensibilización sobre los problemas y soluciones de los valores naturales y paisajísticos de las ZEC y de las ZEPA. Fomentar la participación, a través de campañas de voluntariado ambiental, en la limpieza de playas, marismas y fondos marinos, erradicación de especies invasoras y, en general, en todas aquellas actuaciones que supongan una mejora en la conservación de las ZEC y de las ZEPA.
Galicia. Patrimonio cultural subacuático No reportado.
Principado de Asturias Medio ambiente marino, incluidos los espacios marinos protegidos, medio ambiente costero y el cambio climático No reportado.
Principado de Asturias Patrimonio cultural subacuático No reportado.
Cantabria Medio ambiente marino, incluidos los espacios marinos protegidos, medio ambiente costero y el cambio climático No reportado.
Cantabria Patrimonio cultural subacuático Cantabria cuenta con una Carta Arqueológica Subacuática de Cantabria, además de con Difusión cultural: Tertulia del muelle y Museo y sociedad (Patrimonio material e inmaterial marítimo). Los objetivos fijados por esta administración son: – Cumplimentar la carta arqueológica subacuática. – Difundir y promover la conservación del patrimonio cultural litoral.
Euskadi Medio ambiente marino, incluidos los espacios marinos protegidos, medio ambiente costero y el cambio climático No reportado.
Euskadi Patrimonio cultural subacuático No reportado.
Comunidad Autónoma Sector Objetivos económicos
--- --- ---
Sectores marítimos mayoritariamente privados – DM NOR Sectores marítimos mayoritariamente privados – DM NOR Sectores marítimos mayoritariamente privados – DM NOR
Galicia. Pesca y marisqueo. Partiendo de los objetivos expuestos en la Ley de Pesca de Galicia se está a elaborar el «Plan de pesca artesanal de Galicia», estrategia específica que recoge las directrices básicas por las que se regirá este sector, por otra parte completamente regulado, a través de la Ley 11/2008, del 3 de diciembre, de Pesca de Galicia, y modificaciones posteriores, y múltiples decretos. 1. Mejorar la renta de los marineros, mejorando la rentabilidad en su caso.(1). 2. Mejorar el valor añadido de los productos pesqueros, mejorando por tanto en su comercialización y en el precio obtenido. 3. Diversificar los ingresos de los pescadores mediante el desarrollo de actividades complementarias, como turismo marinero, turismo gastronómico, actividades educativas sobre pesca, etc. 4. Fomento de iniciativas ambientales y de mercado que den valor añadido al producto al favorecer su calidad.
Galicia.
Galicia. Puertos Autonómicos. No reportado.
Galicia. Turismo y actividades recreativas. No reportado.
Galicia. Acuicultura. La Estrategia Gallega de la Acuicultura (ESGA) se constituye como el documento de articulación y organización que regirá la planificación y gestión de la actividad acuícola en Galicia hacia el horizonte de 2030. Su objetivo fundamental es el relanzamiento de la acuicultura de forma que ésta genere empleo y riqueza de una forma equilibrada con el respeto y la integración ambiental. Sus objetivos (en las tres vertientes) se pueden ver en las columnas siguientes. Además, La Xunta de Galicia ha remitido un documento en el cual ratifica el conjunto de objetivos de ordenación aprobados y consensuados por todas las CCAA en el seno de JACUMAR (estos objetivos están en el apartado 5.3 del documento). Buscar el relanzamiento productivo de la actividad tras el decaimiento progresivo de la evolución de la producción acuícola gallega. Para ello es necesario trabajar en todos los ámbitos, resolviendo las dificultades administrativas, legales y técnicas y potenciando las fortalezas de la acuicultura gallega. Objetivos específicos económicos: centrados en la disposición de un marco productivo de generación económica, equilibrado y que permita dinamizar la actividad y relanzarla. 1. El reforzamiento de las estructuras productivas: con especial atención a la diversificación de producciones hacia otras especies de moluscos y crustáceos, y a la incorporación de nuevos tipos de cultivos como los de especies vegetales o piscícolas. También se potenciará la integración de producciones y la implantación de nuevas tecnologías aprovechando el caudal tecnológico existente para mejorar el aprovechamiento del espacio y de los recursos. Se promoverá la integración y promoción comercial de los productos de la acuicultura utilizando el camino abierto por la venta de los productos procedentes de las actividades extractivas en particular y de la industria alimentaria en general y minorando los impactos negativos de la competencia exterior, especialmente aquella basada en el aprovechamiento de situaciones de dumping por parte de otros países y sectores. Así como, la promoción de las certificaciones y el etiquetado de los productos. Se acometerá la potenciación de la capacidad de I+D+i como elemento de ventaja competitiva con respecto a otros competidores. Para ello se usará el saber hacer existente y la implicación de las entidades, administraciones y sector acuícola.
Galicia. 2. La reformulación y adecuación de estructuras administrativas y jurídicas: en busca de la adecuada seguridad jurídica de las inversiones y actuaciones, se generará la adecuada formulación de instrumentos legales y de planificación que doten a la actividad de la necesaria solidez jurídica de cara a la consolidación de las inversiones a realizar en este ámbito, especialmente en referencia a la integración de los establecimientos con las figuras de protección ambiental de los terrenos a ocupar. Se procederá también a la disposición de medidas que avancen en la necesaria agilización de la tramitación administrativa de los expedientes de puesta en marcha de un proyecto de producción acuícola. Para ello se crearán estructuras únicas e integradas de tramitación y se tratarán de reducir los plazos establecidos. En definitiva, reforzar la gobernanza mejorando la eficacia y transparencia en la toma de decisiones, así como en la elaboración y aplicación de Políticas públicas. 3. La adecuación y refuerzo de las estructuras asociativas: aprovechando la base existente y fomentando el asociacionismo como fórmula de defensa de los intereses del sector, así como de articulación de mejores prácticas en el ámbito productivo y comercial. 4. La disponibilidad de financiación suficiente: de forma que se promocione la inversión en proyectos productivos acuícolas. Se estimulará el aprovechamiento de los instrumentos financieros europeos vinculados a la Política Pesquera Común.
Principado de Asturias. Pesca y marisqueo. Ley 2/1993, de 29 de octubre, de pesca marítima en aguas interiores y aprovechamiento de los recursos marinos. Además, Asturias cuenta con diferentes planes de gestión de recursos: Plan de gestión del pulpo. Planes de gestión de la angula. Planes de explotación del percebe. Plan de explotación del marisqueo. Ley 2/93: Lograr el equilibrio en la utilización y preservación de los recursos. Plan de gestión del pulpo: Garantizar la sostenibilidad del recurso. Planes de gestión de la angula: lograr la preservación del recurso y la mejora en la comercialización. Planes de explotación del percebe: preservar el recurso y mejorar su comercialización en el ámbito geográfico de las cofradías participantes. Plan de explotación del marisqueo: preservar el recurso y mejorar su comercialización.
Principado de Asturias. Puertos Autonómicos. No reportado.
Principado de Asturias. Turismo y actividades recreativas. No reportado.
Principado de Asturias. Otros. No reportado.
Principado de Asturias. Acuicultura. Asturias cuenta con un Plan Estratégico de la Acuicultura de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. 1. Simplificación de la normativa y del procedimiento administrativo de tramitación, para facilitar el acceso a la acuicultura a nuevos emprendedores. 2. Selección de zonas adecuadas para la acuicultura marina en la costa asturiana. Parte del trabajo se ha desarrollado en el 2013 y se espera continuarlo a lo largo de los próximos años, con estudios de detalle complementarios. 3. Tramitación de las zonas identificadas en el estudio ante los organismos, tanto estatales como autonómicos, con competencia en la materia para su declaración como zonas de interés para los cultivos marinos, contribuyendo con ello a reducir los plazos administrativos y fomentar el desarrollo sostenible y ordenado de la acuicultura. 4. Apoyo de las inversiones productivas y a la creación de nuevas empresas acuícolas. 5. Plan de diversificación de especies para el Cantábrico. 6. Innovación y nuevas tecnologías para la mejora de los procesos de producción en las especies objeto de cultivo. 7. Desarrollo de la acuicultura multitrófica. Selección de especies.
Cantabria. Pesca y marisqueo. Cantabria cuenta con diferentes planes de gestión de recursos: Plan de Gestión de la Anguila Europea. Plan de Recuperación de los Bancos de la almeja y Planes de explotación de la almeja. Plan Experimental de Explotación del Erizo. Promocionar un sector profesional de la pesca y del marisqueo competitivo y sostenible.
Cantabria. Puertos Autonómicos. La Ley de Cantabria 5/2004, de 16 de noviembre, de Puertos de Cantabria para el sector portuario autonómico establece un conjunto de objetivos (ver columnas siguientes). Además, la Comunidad Autónoma cuenta con el Plan de Puertos e Instalaciones Portuarias de Cantabria 2018- 2021. Objetivo general: Garantizar la viabilidad económica de la planificación a través de un programa de inversión ajustado a la coyuntura económica general de la comunidad autónoma, y los objetivos de desarrollo, integración territorial y sostenibilidad ambiental. Entre los objetivos concretos de la náutica deportivo- recreativa se encuentran: - Potenciar el desarrollo económico de la Comunidad Autónoma mediante el impulso de actividades náutico-recreativas alternativas a las tradicionales, relacionadas con el desarrollo turístico, el ocio y el empleo, a través de una oferta generadora de riqueza en la región. Entre los objetivos concretos de los sectores productivos tradicionales (pesquero y marisquero), se encuentran: - El mantenimiento de la actividad pesquera y marisquera, como fuente de riqueza local de las poblaciones costeras.
Cantabria.
Cantabria. Turismo y actividades recreativas. No reportado.
Cantabria. Otros. No reportado.
Euskadi. Pesca. En el País Vasco existe un Plan Estratégico de la Pesca alineado con las Prioridades del FEMP y con la visión estratégica de la Pesca y la Acuicultura en el horizonte del 2020. Al ser este un Plan transversal, existen distintos órganos competentes de los diferentes ejes de actuación la Dirección de Pesca y Acuicultura, la Dirección de Calidad e Industrias Agroalimentarias, la Dirección de Desarrollo Rural, Litoral y Políticas Europeas y la Dirección de Infraestructuras del Transporte del Gobierno Vasco. Los ejes de actuación del plan son: 1. Recursos pesqueros y Ecosistemas Marinos. 2. Flota: Estructura y gestión de su actividad. 3. Infraestructuras Portuarias. 4. Acuicultura. 5. Competitividad del sector y las empresas pesqueras. 6. Cadena de valor de los alimentos marinos. 7. Primera venta/venta en lonja. 8. Transformación. 9. Comercialización. 10. Consumidor Final. 11. Formación y Capacitación. 12. Desarrollo zonas pesqueras. Para cada eje se definen los Objetivos estratégicos para cada línea de actuación estratégica, y las acciones, objetivos, indicadores, agentes implicados, gasto público previsto y financiación que se derivan de cada uno. Los objetivos estratégicos, son los que se reflejan en esta tabla, indicando en mayúscula bajo qué EJE se encuentran. 1. Incrementar el VAB en un 5%, hasta 135.000,00 €. 2. Alcanzar una producción efectiva del sector pesquero de 327.700,00 miles de € (mantener). 3. Incrementar la renta pesquera hasta 49.000,00 euros. RECURSOS PESQUEROS Y ECOSISTEMAS: 1. Políticas de Gestión y Conservación de Recursos Pesqueros: Potenciar la sostenibilidad de los recursos pesqueros y el buen estado ambiental de los ecosistemas marinos. 2. Investigación e Innovación para la Sostenibilidad de Recursos: Contribuir equitativamente a la generación del Consejo Científico de Gestión de las Pesquerías Vascas. FLOTA. 1. Política Estructural y Gestión de Flota Pesquera orientada a la Sostenibilidad: Potenciar una flota sostenible económica y socialmente. 2. Investigación e Innovación para la Competitividad de la Flota Pesquera a lo largo de la cadena de valor: Potenciar una flota moderna, eficiente y eficaz. 3. Potenciar nuevas formas de comercialización: Reorientar y diversificar la comercialización, Investigando posibles distintivos de sostenibilidad en el marco de una gestión espacial integradora. 4. Potenciar la sostenibilidad de la actividad ligada al tejido social y económico. La flota artesanal como parte del patrimonio cultural de las comunidades costeras: Diversificar la actividad para asegurar la sostenibilidad socioeconómica del sector, y fomentar su imagen como parte del patrimonio cultural de las comunidades costeras. INFRAESTRUCTURAS. 4. Diversificar la actividad pesquera: Diversificar la actividad pesquera para generar ingresos adicionales.
Euskadi
Euskadi Puertos Autonómicos. INFRAESTRUCTURAS. 1. Fórmulas de viabilidad de infraestructuras pesqueras: Conseguir infraestructuras pesqueras viables.
Euskadi Turismo y actividades recreativas. (pendiente de recibir contribuciones, lo aquí indicado ha sido remitido por AZTI-Tecnalia). DESARROLLO DE ZONAS PESQUERAS. 1. 1. Apoyo al sector y diversificación de su actividad económica: a) Fomentar la identidad y el atractivo del sector y del producto pesquero b) Diversificar la actividad económica del sector y crear nuevas oportunidades de empleo. Ingresos complementarios. Diversificación de la actividad económica de los municipios pesqueros: Diversificar la actividad económica y crear nuevas oportunidades de empleo en las zonas pesqueras.
Euskadi Otros. No reportado.
Comunidad Autónoma Aspecto Objetivos
--- --- ---
Aspectos horizontales de interés general – DM SUD Aspectos horizontales de interés general – DM SUD Aspectos horizontales de interés general – DM SUD
Andalucía. Medio ambiente marino, incluidos los espacios marinos protegidos, medio ambiente costero y el cambio climático. Andalucía cuenta con una Estrategia Andaluza de Gestión Integrada de Zonas Costeras y con el Programa de Gestión Sostenible del Medio Marino Andaluz. Otros instrumentos relevantes son: – Plan de Recuperación y Conservación de invertebrados amenazados y fanerógamas del medio marino (aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 7 de noviembre de 2017). – Plan de Recuperación y Conservación de especies de dunas, arenales y acantilados costeros (aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de marzo de 2012). – Estrategia Andaluza de Gestión Integrada de la Geodiversidad (aprobada por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 5 de octubre de 2010). – Inventario Andaluz de Georrecursos, la – Estrategia Andaluza de Gestión Integrada de la Biodiversidad (aprobada por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de septiembre de 2011). – Plan Director para la Mejora de la Conectividad Ecológica en Andalucía (aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 12 de junio de 2018). – Programa de Gestión Sostenible del Medio Marino Andaluz. La Junta de Andalucía cuenta con las siguientes herramientas de planificación en sus espacios protegidos: – Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de la Breña y Marismas del Barbate – Plan de Gestión de la ZEC Fondos Marinos de Bahía de Cádiz – Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural Bahía de Cádiz – Plan de Desarrollo Sostenible del Parque Natural Bahía de Cádiz – II Plan de Desarrollo Sostenible de Doñana. – Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y Plan Rector de Uso y Gestión del Espacio Natural Doñana. – Plan de Gestión de la ZEC Estuario del Tinto – Plan de Gestión de la ZEC Río Guadiana y ribera de Chanza En el ámbito económico: – Favorecer la implicación de los sectores económicos en la gestión activa de los espacios protegidos – Instar a las autoridades competentes para la gestión sostenible del aprovechamiento de los recursos marinos y marismeños, de una forma participativa con los colectivos sociales En cada Plan de gestión se concretan los objetivos sociales para cada espacio. Dentro de ellos están: – Favorecer la implicación de la sociedad en la gestión activa de los espacios protegidos – Fomentar las actividades de la ciudadanía en los espacios a través de programas participativos y de voluntariado ambiental En cuanto a objetivos ambientales, todos los objetivos y medidas de conservación incluidos en la planificación ambiental se consideran objetivos ambientales.
Andalucía. Patrimonio cultural subacuático. En Andalucía no existe un plan o programa específico sobre patrimonio cultural subacuático. Sí existen Planes Generales de Bienes Culturales que afectan a todos los ámbitos del patrimonio histórico. En relación con el PAS se ha ejecutado un «programa» de protección jurídica delimitando 56 Zonas Arqueológicas subacuáticas, declaradas Bien de Interés Cultural (BOJA n.º 129, Decreto 285/2009, de 23 de junio), y 42 Zonas de Servidumbre Arqueológica (BOJA n.º 101, Orden de 20 de abril de 2009), que protegen no sólo los espacios arqueológicos subacuáticos conocidos e identificados sino también aquellos otros espacios en los que se presupone fundadamente que este patrimonio pueda existir. Garantizar la protección y conservación del patrimonio arqueológico subacuático (PAS) entendido como un recurso estratégico para el desarrollo económico de Andalucía. 1. Garantizar la protección y conservación del PAS entendido como un factor de cohesión social ya que está en la base de la identidad colectiva y de su diferenciación en un contexto de globalización, asegurando su preservación para el disfrute de generaciones futuras 2. Difundir el PAS fomentando entre los ciudadanos actitudes de participación en la defensa y disfrute del mismo. 3. Evitar cualquier impacto medioambiental negativo en relación con las intervenciones arqueológicas subacuáticas que se desarrollen.
Comunidad Autónoma Sector Objetivos económicos
--- --- ---
Sectores marítimos mayoritariamente privados – DM SUD Sectores marítimos mayoritariamente privados – DM SUD Sectores marítimos mayoritariamente privados – DM SUD
Andalucía. Pesca y marisqueo. La Junta de Andalucía tiene desarrollados diferentes Planes de Gestión de pesquerías. También cuenta con unas herramientas para la localización y seguimiento de embarcaciones pesqueras (SLSEPA). 1. Aumento de la producción efectiva del sector pesquero. 2. Incremento del VAB. 3. Incremento de la renta pesquera. 4. Promover el consumo de la pesca local. 5. Mejorar la sostenibilidad de la actividad. 6. Garantizar producciones pesqueras que aporten beneficios acordes al dimensionamiento del sector pesquero. 7. Garantizar que la actividad extractiva pueda ser rentable como medio de vida. 8. Facilitar el acceso de los pescadores a los recursos marinos y los mercados. 9. Medidas para mitigar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada y las prácticas pesqueras destructivas.
Andalucía. Puertos Autonómicos. No reportado.
Andalucía. Turismo y actividades recreativas. La principal herramienta de planificación turística en Andalucía es el Plan General de Turismo Sostenible de Andalucía H2020. Actualmente no se recoge en el mismo, ni en el resto de los instrumentos de planificación turística, objetivos específicos para el espacio marítimo. No obstante, se identifican en la tabla los objetivos generales relativos al desarrollo turístico sostenible, y al impulso de productos turísticos que pongan en valor los recursos naturales de la Comunidad Autónoma Andaluza, con base en los cuales se desarrollan programas que conciernen a segmentos como el turismo náutico y pesquero, y actividades que se desarrollan en el espacio marítimo. 1. Definir estrategias y políticas para implementar un modelo de desarrollo turístico sostenible, viable, equitativo, competitivo e igualitario desde una perspectiva de género, que haga un uso óptimo de los recursos disponibles, respetuoso con los valores locales y los espacios donde se desarrolla el turismo y que garantice la cohesión territorial. 2. Impulsar la creación y difusión de productos que divulguen y pongan en valor los recursos naturales, culturales territoriales y paisajísticos de los distintos territorios de nuestra comunidad, procurando la complementariedad y la liberación de sinergias entre los distintos segmentos, la imagen de la calidad de los espacios turísticos y la implicación de la población local en la experiencia turística.
Andalicía. Acuicultura. Andalucía cuenta con una Estrategia Andaluza para el Desarrollo de la Acuicultura Marina (2014-2020). 1. Simplificar el marco legal y administrativo en la oportunidad de alcanzar en un periodo máximo de 6 meses la autorización de nuevas granjas marinas. 2. Reforzar la competitividad del sector a través de la I+D+I. 3. Incrementar la producción mediante la mejora de la planificación sectorial y la selección de nuevos emplazamientos. 4. Promover el consumo de productos acuícolas. 5.Mejorar la imagen del sector de la acuicultura y los productos acuícolas como actividad agroalimentaria y productora de alimentos. 6. Favorecer la creación de cluster y asociaciones.
Comunidad Autónoma Aspecto Objetivos
--- --- ---
Aspectos horizontales de interés general – DM ESAL Aspectos horizontales de interés general – DM ESAL Aspectos horizontales de interés general – DM ESAL
Andalucía. Medio ambiente marino, incluidos los espacios marinos protegidos, medio ambiente costero y el cambio climático. Andalucía cuenta con una Estrategia Andaluza de Gestión Integrada de Zonas Costeras. Además, desarrolló el proyecto «Coastal Area Management Programme (CAMP) Levante de Almería». (Ministerio. Comunidad Autónoma). También cuenta con el Programa de Gestión Sostenible del Medio Marino Andaluz. Otros instrumentos relevantes son: – Plan de Recuperación y Conservación de invertebrados amenazados y fanerógamas del medio marino (aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 7 de noviembre de 2017). – Plan de Recuperación y Conservación de especies de dunas, arenales y acantilados costeros (aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de marzo de 2012). – Estrategia Andaluza de Gestión Integrada de la Geodiversidad (aprobada por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 5 de octubre de 2010). – Inventario Andaluz de Georrecursos, la – Estrategia Andaluza de Gestión Integrada de la Biodiversidad (aprobada por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de septiembre de 2011). – Plan Director para la Mejora de la Conectividad Ecológica en Andalucía (aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 12 de junio de 2018). La Junta de Andalucía cuenta con las siguientes herramientas de planificación en sus espacios protegidos: – Plan de Desarrollo Sostenible del Parque Natural Cabo de Gata.Níjar. – Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural Cabo de Gata.Níjar. – Plan de Gestión de la ZEC Acantilados y Fondos Marinos de Calahonda.Castell de Ferro – Plan de Gestión de la ZEC Acantilados y Fondos Marinos de Tesorrillo.Salobreña – Plan de Gestión de la ZEC Acantilados y Fondos Marinos de La Punta de la Mona – Plan de Ordenación de Recursos Naturales del Paraje Natural Acantilados de Maro Cerro.Gordo – Plan de Gestión de la ZEC Calahonda – Plan de Gestión de la ZEC Fondos Marinos Estuario del Río Guadiaro – Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Paraje Natural Estuario del Río Guadiaro – Plan de Gestión de la ZEC Fondos Marinos Marismas del Río Palmones – Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Paraje Natural Marismas del Río Palmones – Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Frente Litoral Algeciras.Tarifa y el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural del Estrecho En el ámbito económico: – Favorecer la implicación de los sectores económicos en la gestión activa de los espacios protegidos – Instar a las autoridades competentes para la gestión sostenible del aprovechamiento de los recursos marinos y marismeños, de una forma participativa con los colectivos sociales En cada Plan de gestión se concretan los objetivos sociales para cada espacio. Dentro de ellos están: – Favorecer la implicación de la sociedad en la gestión activa de los espacios protegidos – Fomentar las actividades de la ciudadanía en los espacios a través de programas participativos y de voluntariado ambiental En cuanto a objetivos ambientales, todos los objetivos y medidas de conservación incluidos en la planificación ambiental se consideran objetivos ambientales.
Andalucía. Patrimonio cultural subacuático. En Andalucía no existe un plan o programa específico sobre patrimonio cultural subacuático. Sí existen Planes Generales de Bienes Culturales que afectan a todos los ámbitos del patrimonio histórico. En relación con el PAS se ha ejecutado un «programa» de protección jurídica delimitando 56 Zonas Arqueológicas subacuáticas, declaradas Bien de Interés Cultural (BOJA n 129, Decreto 285/2009, de 23 de junio), y 42 Zonas de Servidumbre Arqueológica (BOJA n 101, Orden de 20 de abril de 2009), que protegen no sólo los espacios arqueológicos subacuáticos conocidos e identificados sino también aquellos otros espacios en los que se presupone fundadamente que este patrimonio pueda existir. Garantizar la protección y conservación del patrimonio arqueológico subacuático (PAS) entendido como un recurso estratégico para el desarrollo económico de Andalucía. 1. Garantizar la protección y conservación del PAS entendido como un factor de cohesión social ya que está en la base de la identidad colectiva y de su diferenciación en un contexto de globalización, asegurando su preservación para el disfrute de generaciones futuras 2. Difundir el PAS fomentando entre los ciudadanos actitudes de participación en la defensa y disfrute del mismo. 3. Evitar cualquier impacto medioambiental negativo en relación con las intervenciones arqueológicas subacuáticas que se desarrollen.
Ciudad de Ceuta. Medio ambiente marino, incluidos los espacios marinos protegidos, medio ambiente costero y el cambio climático. En el ámbito de la planificación de espacios protegidos destaca el Plan de Gestión del Espacio Protegido Red Natura 2000 «Zona Marítimo-terrestre del Monte Hacho» (Código NUT: ES6310002). Promover el uso público en los espacios marinos protegidos. Fomentar la participación pública en la gestión de los espacios marinos protegidos, conforme a la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en material de medio ambiente. Mantener, y en su caso restablecer, un estado de conservación favorable del Espacio Protegido Red Natura 2000 «Zona marítimo-terrestre del Monte Hacho».
Ciudad de Ceuta. Patrimonio cultural subacuático. Ceuta cuenta con una Carta arqueológica subacuática (de difusión limitada mediante consulta directa motivada). Diseño de políticas de explotación sostenibles. Generación de empleo potenciando nuevos nichos de ocupación. Preservación e investigación. Concienciación del interés y fragilidad del patrimonio mediante su difusión por distintos medios a la ciudadanía.
Ciudad de Melilla. Medio ambiente marino, incluidos los espacios marinos protegidos, medio ambiente costero y el cambio climático. No reportado
Ciudad de Melilla. Patrimonio cultural subacuático. No reportado
Comunidad Autónoma Sector Objetivos económicos
--- --- ---
Sectores marítimos mayoritariamente privados – DM ESAL Sectores marítimos mayoritariamente privados – DM ESAL Sectores marítimos mayoritariamente privados – DM ESAL
Andalucía. Pesca y marisqueo. La Junta de Andalucía tiene desarrollados diferentes Planes de Gestión de pesquerías. También cuenta con una herramientas para la localización y seguimiento de embarcaciones pesqueras (SLSEPA). 1. Aumento de la producción efectiva del sector pesquero. 2. Incremento del VAB. 3. Incremento de la renta pesquera. 4. Promover el consumo de la pesca local. 5. Mejorar la sostenibilidad de la actividad. 6. Garantizar producciones pesqueras que aporten beneficios acordes al dimensionamiento del sector pesquero. 7. Garantizar que la actividad extractiva pueda ser rentable como medio de vida. 8. Facilitar el acceso de los pescadores a los recursos marinos y los mercados. 9. Medidas para mitigar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada y las prácticas pesqueras destructivas.
Andalucía. Puertos Autonómicos. No reportado.
Andalucía. Turismo y actividades recreativas. La principal herramienta de planificación turística en Andalucía es el Plan General de Turismo Sostenible de Andalucía H2020. Actualmente no se recoge en el mismo, ni en el resto de los instrumentos de planificación turística, objetivos específicos para el espacio marítimo. No obstante, se identifican en la tabla los objetivos generales relativos al desarrollo turístico sostenible, y al impulso de productos turísticos que pongan en valor los recursos naturales de la Comunidad Autónoma Andaluza, con base en los cuales se desarrollan programas que que conciernen a segmentos como el turismo naútico y pesquero, y actividades que se desarrollan en el espacio marítimo. 1. Definir estrategias y políticas para implementar un modelo de desarrollo turístico sostenible, viable, equitativo, competitivo e igualitario desde una perspectiva de género, que haga un uso óptimo de los recursos disponibles, respetuoso con los valores locales y los espacios donde se desarrolla el turismo y que garantice la cohesión territorial. 2. Impulsar la creación y difusión de productos que divulguen y pongan en valor los recursos naturales, culturales territoriales y paisajísticos de los distintos territorios de nuestra comunidad, procurando la complementariedad y la liberación de sinergias entre los distintos segmentos, la imagen de la calidad de los espacios turísticos y la implicación de la población local en la experiencia turística.
Andalucía. Acuicultura. Andalucía cuenta con una Estrategia Andaluza para el Desarrollo de la Acuicultura Marina (2014-2020). 1. Simplificar el marco legal y administrativo en la oportunidad de alcanzar en un periodo máximo de 6 meses la autorización de nuevas granjas marinas. 2. Reforzar la competitividad del sector a través de la I+D+I. 3. Incrementar la producción mediante la mejora de la planificación sectorial y la selección de nuevos emplazamientos. 4. Promover el consumo de productos acuícolas. 5.Mejorar la imagen del sector de la acuicultura y los productos acuícolas como actividad agroalimentaria y productora de alimentos. 6. Favorecer la creación de cluster y asociaciones.
Ciudad de Ceuta. Pesca. No reportado.
Ciudad de Ceuta. Puertos Autonómicos. No reportado.
Ciudad de Ceuta. Turismo y actividades recreativas. Este sector está regulado por el Reglamento de Turismo de la Ciudad de Ceuta. 1. Incrementar la sostenibilidad y calidad de la oferta del turismo marítimo en la Ciudad (náutica de recreo a vela y motor, buceo, turismo de cruceros, náutica deportiva, etc.). 2. Incrementar la rentabilidad del sector económico dedicado al turismo marítimo en la Ciudad. 3. Potenciar el desarrollo del sector económico dedicado al turismo marítimo dadas las especiales condiciones geográficas que presenta la Ciudad enclavada en pleno corazón del Estrecho de Gibraltar. 4. Potenciar la diversificación de la oferta de actividades relacionadas con el turismo marítimo. 5. Incrementar el turismo marítimo (proveniente de la Península o de Marruecos) mediante la posible construcción de nuevas infraestructuras portuarias en la Bahía Sur de la Ciudad para el atraque de embarcaciones deportivas y de recreo.
Ciudad de Ceuta. Otros. No reportado.
Ciudad de Melilla. Pesca. No reportado.
Ciudad de Melilla. Puertos Autonómicos. No reportado.
Ciudad de Melilla. Turismo y actividades recreativas. No reportado.
Ciudad de Melilla. Otros. No reportado.
Comunidad Autónoma Aspecto Objetivos
--- --- ---
Aspectos horizontales de interés general – DM LEBA Aspectos horizontales de interés general – DM LEBA Aspectos horizontales de interés general – DM LEBA
Catalunya. Medio ambiente marino, incluidos los espacios marinos protegidos, medio ambiente costero y el cambio climático. La herramienta de planificación es la «Estrategia del Patrimonio natural y la biodiversidad de Catalunya 2030». También cuenta con una Estrategia de adaptación al cambio climático (2013-2020). En materia de espacios marinos protegidos, cuenta con los correspondientes Instrumentos de gestión para la Red Natura 2000 región Mediterránea. Además, cuenta con los siguientes planes: Plan rector de uso y gestión del Área Protegida de las islas Medes (actual Reserva Natural Parcial Marina de las Medes). Plan especial de protección del medio natural y del paisaje dels Aiguamolls de l’Empordà. Plan especial de protección del medio natural y del paisaje del Parque Natural de Cap de Creus. Plan especial de protección del medio natural y del paisaje de Castell- Cap Roig. Pla especial de protecció del medi natural i del paisatge de la Platja de Torredembarra. Pla especial de protecció del medi natural i del paisatge de Tamarit-Punta de la Móra. Explorar nuevas fuentes de financiación como nuevos ingresos derivados de tasas sobre ciertos usos y/o actividades en el medio marino que revierta a la conservación del patrimonio natural marino. Promover que las áreas marinas protegidas sean también motores para el desarrollo socioeconómico del territorio a través de actividades compatibles con la conservación del patrimonio natural marino. Generar actividades vinculadas a un turismo de naturaleza. La sociedad reconoce los espacios marinos protegidos como lugares donde realizar actividades mucho más allá del turismo sol y playa y vinculadas a un turismo para disfrutar de la observación de naturaleza. Desarrollar e implementar un modelo de cogestión marina y costera para la conservación del patrimonio natural marino. Contribuir al desarrollo de las actividades sociales y económicas que potencian la conservación y sensibilización de los valores de los espacios protegidos. Obtener el buen estado ecológico y químico en las masas de agua costeras (Directiva 2000/60/CE) y cumplir con los objetivos de calidad de las aguas de baño (Directiva 2006/7/CE y Real Decreto 1341/2007).
Catalunya. Patrimonio cultural subacuático. No reportado.
Comunitat Valenciana. Medio ambiente marino, incluidos los espacios marinos protegidos, medio ambiente costero y el cambio climático. Las herramientas de planificación en la Generalitat Valenciana son los respectivos Planes de gestión de Red natura y EMPs (PORNs, PRUGs,...). Generar mecanismos de retorno económico a la gestión ambiental del uso turístico de los recursos naturales. Promover el turismo de «Sol y Playa» hacia un turismo «azul» de naturaleza. Derivar hacia prácticas de ocio respetuosas con el Medio Ambiente.
Comunitat Valenciana. Patrimonio cultural subacuático. Como norma reguladora fundamental destaca la Ley Patrimonio Cultural Valenciano. También es relevante el Decreto 107/2017, de 28 de julio, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de regulación de las actuaciones arqueológicas en la Comunitat Valenciana. Igualmente están por desarrollar: – Plan Estratégico de Arqueología Subacuática de la Comunitat Valenciana. – Carta Arqueológica Subacuática de la C.Valenciana, en colaboración con el Instituto Español de Oceanografía y el Instituto de Patrimonio Cultural de España. – Desarrollo de una economía sectorial con creación de puestos de trabajo vinculados al estudio, conservación, restauración y promoción del patrimonio cultural subacuático. – Desarrollo, en coordinación con el departamento de Turismo, de un sector de turismo cultural sostenible relacionado con el patrimonio cultural subacuático. – Garantizar para las generaciones actuales y futuras el conocimiento y disfrute del patrimonio cultural subacuático. – Promover el aprecio por las comunidades locales de su patrimonio cultural subacuático.
Región de Murcia. Medio ambiente marino, incluidos los espacios marinos protegidos, medio ambiente costero y el cambio climático. No reportado.
Región de Murcia. Patrimonio cultural subacuático. No reportado.
Andalucía. Medio ambiente marino, incluidos los espacios marinos protegidos, medio ambiente costero y el cambio climático. Andalucía cuenta con una Estrategia Andaluza de Gestión Integrada de Zonas Costeras. Además, desarrolló el proyecto «Coastal Area Management Programme (CAMP) Levante de Almería». (Ministerio.Comunidad Autónoma). También cuenta con el Programa de Gestión Sostenible del Medio Marino Andaluz. Otros instrumentos relevantes son: – Plan de Recuperación y Conservación de invertebrados amenazados y fanerógamas del medio marino (aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 7 de noviembre de 2017). – Plan de Recuperación y Conservación de especies de dunas, arenales y acantilados costeros (aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de marzo de 2012). – Estrategia Andaluza de Gestión Integrada de la Geodiversidad (aprobada por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 5 de octubre de 2010). – Inventario Andaluz de Georrecursos, la. – Estrategia Andaluza de Gestión Integrada de la Biodiversidad (aprobada por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de septiembre de 2011). – Plan Director para la Mejora de la Conectividad Ecológica en Andalucía (aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 12 de junio de 2018). La Junta de Andalucía cuenta con las siguientes herramientas de planificación en sus espacios protegidos: – Plan de Gestión de la ZEC Islote de San Andrés. – Plan de Desarrollo Sostenible del Parque Natural Cabo de Gata.Níjar. – Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural Cabo de Gata.Níjar. En el ámbito económico: – Favorecer la implicación de los sectores económicos en la gestión activa de los espacios protegidos. – Instar a las autoridades competentes para la gestión sostenible del aprovechamiento de los recursos marinos y marismeños, de una forma participativa con los colectivos sociales. En cada Plan de gestión se concretan los objetivos sociales para cada espacio. Dentro de ellos están: – Favorecer la implicación de la sociedad en la gestión activa de los espacios protegidos. – Fomentar las actividades de la ciudadanía en los espacios a través de programas participativos y de voluntariado ambiental. En cuanto a objetivos ambientales, todos los objetivos y medidas de conservación incluidos en la planificación ambiental se consideran objetivos ambientales.
Andalucía. Patrimonio cultural subacuático. En Andalucía no existe un plan o programa específico sobre patrimonio cultural subacuático. Sí existen Planes Generales de Bienes Culturales que afectan a todos los ámbitos del patrimonio histórico. En relación con el PAS se ha ejecutado un «programa» de protección jurídica delimitando 56 Zonas Arqueológicas subacuáticas, declaradas Bien de Interés Cultural (BOJA n 129, Decreto 285/2009, de 23 de junio), y 42 Zonas de Servidumbre Arqueológica (BOJA n 101, Orden de 20 de abril de 2009), que protegen no sólo los espacios arqueológicos subacuáticos conocidos e identificados sino también aquellos otros espacios en los que se presupone fundadamente que este patrimonio pueda existir. Garantizar la protección y conservación del patrimonio arqueológico subacuático (PAS) entendido como un recurso estratégico para el desarrollo económico de Andalucía. 1. Garantizar la protección y conservación del PAS entendido como un factor de cohesión social ya que está en la base de la identidad colectiva y de su diferenciación en un contexto de globalización, asegurando su preservación para el disfrute de generaciones futuras. 2. Difundir el PAS fomentando entre los ciudadanos actitudes de participación en la defensa y disfrute del mismo. 3. Evitar cualquier impacto medioambiental negativo en relación con las intervenciones arqueológicas subacuáticas que se desarrollen.
Illes Balears. Medio ambiente marino, incluidos los espacios marinos protegidos, medio ambiente costero y el cambio climático. No reportado.
Illes Balears. Patrimonio cultural subacuático. No reportado.
Comunidad Autónoma Sector Objetivos económicos
--- --- ---
Sectores marítimos mayoritariamente privados – DM LEBA Sectores marítimos mayoritariamente privados – DM LEBA Sectores marítimos mayoritariamente privados – DM LEBA
Catalunya. Pesca y marisqueo. La pesca y el marisqueo es uno de los 8 sectores económicos contemplados dentro de la Estrategia Marítima de Catalunya (EMC): Pesca, marisqueo, Acuicultura, turismo, actividades náutico recreativas, pesca recreativa, construcción naval, eólica marina, biotecnología marina. Esta Estrategia cuenta con diferentes objetivos estratégicos (OE), así como con líneas estratégicas de actuación (LEA). OE 1.3. Un sector pesquero competitivo comprometido con una gestión bioeconómica. 1. Desarrollo de programas socioeconómicos específicos para la pesca en el marco de los planes de gestión tal y como prevé el Decreto de gobernanza de la pesca profesional en Catalunya. 2. Implementación y seguimiento del Plan de mejora de la competitividad del sector del pescado azul. 3. Implementación de un Plan estratégico de ordenación de las cofradías de pescadores de Catalunya. 4. Fomento de la constitución de Organizaciones de Productores de la Pesca. 5. Impulso de iniciativas dirigidas a mejorar la calidad, identificación y presentación del producto pesquero. 6. Promoción del consumo del producto de proximidad «pescado. de lonja» y «producto de cogestión». 7. Fomento del turismo pesquero, de la pesca-turismo y otras iniciativas de diversificación lideradas por el sector pesquero, incluyendo proyectos piloto «espacios azules». 8. Desarrollo de un marco normativo que facilite el diagnóstico de la eficiencia energética de las embarcaciones, y también el asesoramiento en materia de optimización que incluya objetivos de reducción de emisiones de CO2. OE 1.5. Un nuevo modelo de pesca recreativa respetuoso con el medio. 1. Minimización del impacto sobre el medio de la pesca recreativa y de los concursos de pesca. 2. Ordenación de las áreas de pesca recreativa y las zonas adecuadas para los concursos de pesca. 3. Mejora de la formación de los practicantes y de los prescriptores. 4. Desarrollo de nuevos enfoques de gestión de la actividad (p. ex., bag limits). 5- Desarrollo de la normativa que regula la pesca recreativa en todas sus modalidades y de los concursos de pesca.
Catalunya. Puertos Autonómicos. En Cataluña se cuenta con un Plan de Puertos de Cataluña 2007-2015. Por otra parte, el Plan de puertos de Catalunya 2016-2030 se encuentra actualmente en redacción. También está en redacción el Plan de adaptación al cambio climático de los puertos competencia de la Generalitat de Catalunya. 1. Potenciar el aprovechamiento económico y social de las infraestructuras. Sostenibilidad económica: apuesta por el mantenimiento de un modelo de colaboración público-privada, potenciando la gestión indirecta de los puertos y de sus servicios. 2. Impulsar los puertos como elementos generadores de sinergias territoriales. 3. Captar demanda mediante la promoción conjunta de todo el sistema portuario y de los servicios que se prestan. 4. Asegurar un crecimiento sostenible de la actividad implantando la innovación dentro del sistema portuario catalán. La competitividad como herramienta de mejora: la autosuficiencia económica del sistema se establece como principio fundamental, y se basa en la competitividad, profesionalización e innovación.
Catalunya.
Catalunya. Turismo y actividades recreativas. El turismo y las actividades náutico-recreativas son sectores económicos contemplados dentro de la Estrategia Marítima de Catalunya (EMC): Pesca, marisqueo, Acuicultura, turismo, actividades náutico recreativas, pesca recreativa, construcción naval, eólica marina, biotecnología marina. Esta Estrategia cuenta con diferentes objetivos estratégicos (OE), así como con líneas estratégicas de actuación (LEA). Turismo: OE1.2. Un turismo marítimo moderno y sostenible. 1. Diseño de acciones piloto para promover actividades en tierra para los turistas de cruceros y potenciar el retorno al territorio de este tipo de turismo. 2. Desarrollo de iniciativas de turismo marítimo responsable vinculadas al patrimonio cultural y natural, y consolidar una red europea o regional que las integre. 3. Definición de estándares de calidad como fundamento para la certificación del turismo marítimo responsable. Actividades náutico-recreativas: OE 1.6. Unas actividades marítimo-recreativas y deportivas de bajo impacto ambiental que dinamicen la economía. 1. Dinamización de la náutica de recreo y minimización de su impacto. 2. Mejora de la formación de los navegantes. 3. Ordenación de les zonas de inmersión y las actividades de los centros de inmersión. 4. Mejora de la formación de los buceadores y del personal técnico de los centros inmersión. 5. Desarrollo normativo con el objetivo de crear las condiciones para un modelo sostenible de náutica de recreo.
Catalunya. Acuicultura. La acuicultura también está contemplada dentro de la Estrategia Marítima de Catalunya (EMC): Pesca, marisqueo, Acuicultura, turismo, actividades náutico recreativas, pesca recreativa, construcción naval, eólica marina, biotecnología marina. Esta Estrategia cuenta con diferentes objetivos estratégicos (OE), así como con líneas estratégicas de actuación (LEA). OE 1.4. Una acuicultura sostenible que aprovecha plenamente el potencial del país. 1. Incremento de la resiliencia frente al cambio climático y la deriva sedimentaria de la producción de acuicultura de bivalvos en las bahías del Fangar y de los Alfacs mediante proyectos cogestionados; revisión y actualización de las concesiones actuales. 2. Desarrollo de polígonos de acuicultura de bivalvos en mar abierto para aumentar la resiliencia de las producciones ante el cambio climático. 3. Promoción de los seguros en acuicultura. 4. Fomento de las iniciativas sobre cultivos sostenibles de microalgas y de macroalgas, cultivos acuícolas multitróficos y de diversificación de cultivos acuícolas y desarrollo de la acuaponía y el biofloc. 5-. Fomento de la constitución de Organizaciones de Productores en el ámbito de la acuicultura y de iniciativas dirigidas a mejorar la calidad, identificación y presentación del producto acuícola, y a promover el consumo del producto acuícola de proximidad. 6. Zonificación y ordenación espacial de las actividades acuícolas dentro del espacio marítimo catalán. 7. Fomento del turismo acuícola sostenible y otras iniciativas de diversificación.
Comunitat Valenciana. Pesca. No reportado.
Comunitat Valenciana. Puertos Autonómicos. No reportado.
Comunitat Valenciana. Turismo y actividades recreativas. En la Generalitat Valenciana destaca el «Libro Blanco para una nueva estrategia turística de la Comunitat Valenciana». El Libro Blanco constituye el «Documento de Bases» para la elaboración del Plan Estratégico del Turismo de la Comunitat Valenciana y figura, como documento referenciado, en la Ley 15/2018, de Turismo, Ocio y Hospitalidad de la Comunitat Valenciana. La elaboración de esta herramienta de planificación ha conllevado la realización de un profundo análisis de la situación del sector turístico en nuestro territorio y fruto de sus conclusiones se formulan una serie de líneas estratégicas de actuación vinculadas a la ordenación y planificación turística en espacios urbanos, litorales y de interior. Así, entre los productos turísticos a consolidar figuran varios vinculados al espacio marino entre los que destacan por su interés para la Comunitat Valenciana lo siguientes: Turismo de Buceo, Turismo Náutico y Pesca Turismo. En línea con los objetivos de desarrollo sostenible 2030 que promueve la Organización Mundial del Turismo (OMT) a nivel mundial, el principal objetivo de la Comunitat Valenciana es este ámbito es promover, también en los espacios de litoral, un crecimiento económico sostenido e inclusivo a través del turismo, generando nuevas oportunidades de empleo y sinergias con los proveedores de servicios locales y los destinos turísticos de litoral. – Reducir la marcada temporalidad de la actividad turística en ciertos destinos en base a la generación de un portafolio de productos experienciales vinculados a los espacios marítimos. – Incrementar el gasto medio por turista en destino ofreciendo experiencias turísticas no solo vinculadas a la temporada estival.
Comunitat Valenciana. Otros. No reportado.
Región de Murcia. Pesca y marisqueo. No reportado.
Región de Murcia. Puertos Autonómicos. No reportado.
Región de Murcia. Turismo y actividades recreativas. No reportado.
Región de Murcia. Otros. No reportado.
Andalucía. Pesca y marisqueo. La Junta de Andalucía tiene desarrollados diferentes Planes de Gestión de pesquerías. También cuenta con una herramientas para la localización y seguimiento de embarcaciones pesqueras (SLSEPA). 1. Aumento de la producción efectiva del sector pesquero. 2. Incremento del VAB. 3. Incremento de la renta pesquera. 4. Promover el consumo de la pesca local. 5. Mejorar la sostenibilidad de la actividad. 6. Garantizar producciones pesqueras que aporten beneficios acordes al dimensionamiento del sector pesquero. 7. Garantizar que la actividad extractiva pueda ser rentable como medio de vida. 8. Facilitar el acceso de los pescadores a los recursos marinos y los mercados. 9. Medidas para mitigar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada y las prácticas pesqueras destructivas.
Andalucía. Puertos Autonómicos. No reportado.
Andalucía Turismo y actividades recreativas. La principal herramienta de planificación turística en Andalucía es el Plan General de Turismo Sostenible de Andalucía H2020. Actualmente no se recoge en el mismo, ni en el resto de los instrumentos de planificación turística, objetivos específicos para el espacio marítimo. No obstante, se identifican en la tabla los objetivos generales relativos al desarrollo turístico sostenible, y al impulso de productos turísticos que pongan en valor los recursos naturales de la Comunidad Autónoma Andaluza, con base en los cuales se desarrollan programas que conciernen a segmentos como el turismo náutico y pesquero, y actividades que se desarrollan en el espacio marítimo. 1. Definir estrategias y políticas para implementar un modelo de desarrollo turístico sostenible, viable, equitativo, competitivo e igualitario desde una perspectiva de género, que haga un uso óptimo de los recursos disponibles, respetuoso con los valores locales y los espacios donde se desarrolla el turismo y que garantice la cohesión territorial. 2. Impulsar la creación y difusión de productos que divulguen y pongan en valor los recursos naturales, culturales territoriales y paisajísticos de los distintos territorios de nuestra comunidad, procurando la complementariedad y la liberación de sinergias entre los distintos segmentos, la imagen de la calidad de los espacios turísticos y la implicación de la población local en la experiencia turística.
Andalucía Acuicultura. Andalucía cuenta con una Estrategia Andaluza para el Desarrollo de la Acuicultura Marina (2014-2020). 1. Simplificar el marco legal y administrativo en la oportunidad de alcanzar en un periodo máximo de 6 meses la autorización de nuevas granjas marinas. 2. Reforzar la competitividad del sector a través de la I+D+I. 3. Incrementar la producción mediante la mejora de la planificación sectorial y la selección de nuevos emplazamientos. 4. Promover el consumo de productos acuícolas. 5.Mejorar la imagen del sector de la acuicultura y los productos acuícolas como actividad agroalimentaria y productora de alimentos. 6. Favorecer la creación de cluster y asociaciones.
Illes Balears. Pesca. No reportado.
Illes Balears. Puertos Autonómicos. No reportado.
Illes Balears. Turismo y actividades recreativas. No reportado.
Comunidad Autónoma Aspecto Objetivos
--- --- ---
Aspectos horizontales de interés general – DM CAN Aspectos horizontales de interés general – DM CAN Aspectos horizontales de interés general – DM CAN
Canarias. Medio ambiente marino, incluidos los espacios marinos protegidos, medio ambiente costero y el cambio climático. Vigilancia y control de actividades. Mejora de la planificación. Establecer sistemas participativos de gobernanza y de coordinación interadministrativa. Implementar planes de restauración ambientales. Evaluar y limitar las actividades recreativas y turísticas.
Canarias. Patrimonio cultural subacuático. (pendiente de recibir contribuciones).
Comunidad Autónoma Sector Objetivos económicos
--- --- ---
Sectores marítimos mayoritariamente privados – DM CAN Sectores marítimos mayoritariamente privados – DM CAN Sectores marítimos mayoritariamente privados – DM CAN
Canarias. Pesca y marisqueo. El Gobierno de Canarias confirma los objetivos establecidos a nivel nacional para este sector, recogidos en el apartado 4.2 del documento. Dichos objetivos son los siguientes: Garantizar una actividad pesquera socioeconómicamente rentable a largo plazo, teniendo en cuenta los aspectos medioambientales (enfoque ecosistémico de la pesca).
Canarias. Puertos Autonómicos. (pendiente de recibir contribuciones).
Canarias. Turismo y actividades recreativas. (pendiente de recibir contribuciones).
Canarias. Acuicultura. La herramienta de planificación para este sector es el Plan Regional de Ordenación Acuícola en Canarias (PROAC). El Gobierno de Canarias confirma los objetivos establecidos a nivel nacional para este sector, recogidos en el apartado 4.2 del documento. Dichos objetivos son los siguientes: Del Plan Estratégico Plurianual 2014-2020: 1. Simplificar el marco legal y administrativo para reducir los plazos de otorgamiento de las nuevas autorizaciones. 2. Reforzar la competitividad del sector a través de la I+D+i. 3. Incrementar la producción acuícola española, a partir de la mejora de la planificación sectorial y selección de nuevos emplazamientos. Provisionales de la nueva Contribución de España a las Directrices Estratégicas para una acuicultura de la UE más sostenible y competitiva: OE.1. Favorecer la puesta marcha de nuevas iniciativas y consolidar la actividad existente. OE.2. Asegurar la competitividad y viabilidad del tejido productivo.

3. Los objetivos de los planes de ordenación

Una vez identificadas las aspiraciones establecidas en cada sector marítimo, los planes han establecido un conjunto de objetivos de ordenación con el objetivo de contribuir a la consecución de uno o más de los objetivos sectoriales, facilitar la reducción de conflictos, y potenciar, si es viable, la coexistencia de actividades marítimas.

Los objetivos son comunes para las cinco demarcaciones marinas. No obstante, su relevancia puede variar entre demarcaciones marinas, al estar relacionados con la importancia relativa de cada sector en el contexto de las cinco demarcaciones. Está previsto que en los próximos años se avance en la singularización de los planes de ordenación en cada una de las cinco demarcaciones marinas, aunque se prevé que el conjunto de objetivos propuestos a continuación siga siendo necesario.

3.1 Objetivo de ordenación general.

El objetivo de los planes de ordenación del espacio marítimo es el de propiciar la actividad y crecimiento sostenibles de los sectores marítimos de manera compatible con el respeto a los valores de los espacios marinos, la conservación de su funcionalidad y el aprovechamiento sostenible de los recursos.

Además, se deberá:

– Alcanzar los objetivos de ordenación de interés general establecidos en el apartado II.3.2;

– Contribuir a la consecución de los objetivos de ordenación horizontales multisectoriales establecidos en el apartado II.3.3;

– Contribuir a la consecución de los objetivos de ordenación sectoriales establecidos en el apartado II.3.4;

Para alcanzar esos objetivos, los planes de ordenación deberán:

a)

Garantizar la participación de los distintos agentes implicados, tanto públicos como privados.

b)

Garantizar su compatibilidad con la consecución y mantenimiento del buen estado ambiental del medio marino, su conservación, protección y mejora, incluida la resiliencia a los efectos del cambio climático, y la salud humana, mediante un enfoque ecosistémico, así como la salvaguarda del patrimonio cultural subacuático.

3.2 Objetivos de ordenación de interés general.

Objetivos de interés general Objetivos de interés general
Protección del medio ambiente marino, incluidos los espacios marinos protegidos, medio ambiente costero, y mitigación y adaptación a los efectos del cambio climático (MA). MA.1. Promover la conectividad, funcionalidad y resiliencia de los ecosistemas marinos a través de la consideración de la Infraestructura verde marina. MA.2. Asegurar que los hábitats y especies vulnerables y/o protegidos no se ven afectados por la localización de las actividades humanas que requieren un uso del espacio marino. MA.3. Garantizar que los planes contemplen las necesidades de incremento de la superficie marina protegida en la demarcación marina y que las actividades o usos contemplados en esas zonas no comprometan su designación como áreas protegidas. MA.4. Velar por que los usos y actividades humanas en los espacios marinos protegidos sean compatibles con los objetivos de conservación de dichos espacios. MA.5. Asegurar que el conjunto de usos y actividades humanas presentes, junto con las futuras proyectadas, no comprometen la consecución del Buen Estado Ambiental del medio marino, ni los objetivos ambientales de las estrategias marinas, definidos para el segundo ciclo de las estrategias marinas y aprobados por Acuerdo de Consejo de Ministros de 7 de junio de 2019. MA.6. Garantizar la integridad del dominio público marítimo-terrestre para su propia defensa y conservación, así como para favorecer la recuperación de espacios costeros y potenciar soluciones basadas en las funciones de los ecosistemas naturales. MA.7. Velar por que los usos y actividades futuros contemplados respeten lo establecido en la Ley 22/1988, de 28 de julio, de costas, y no comprometan los objetivos establecidos en dichas normas. MA.8. Garantizar la viabilidad de las actuaciones de interés general necesarias para proteger la integridad del dominio público marítimo-terrestre, incluidas entre otras las de estudio, acceso y explotación de las zonas de extracción de áridos a utilizar para las obras de protección costera.
Garantía del suministro de agua dulce y abastecimiento de aguas, incluida su desalación (SA). SA.1. Asegurar que las zonas de captación de agua para abastecimiento no albergan en sus inmediaciones usos y actividades que puedan comprometer la calidad de dichas aguas.
Saneamiento, depuración y calidad de las aguas, incluidas las aguas de baño (CA). CA.1. Garantizar que las zonas de baño no se ven afectadas por las actividades humanas en el medio marino. CA.2. Asegurar que los vertidos tierra-mar se realizan de modo que no comprometen el desarrollo de actividades humanas, ni el buen estado ambiental, en las aguas costeras receptoras. CA.3. Garantizar que los usos y actividades presentes, así como los futuros, no comprometen el estado de las masas de agua costeras, de acuerdo a lo establecido en los planes hidrológicos de cuenca.
Defensa Nacional (D). D. 1. Garantizar la libertad de uso y la acción del Estado en las aguas de soberanía y jurisdicción española. D. 2. Contribuir al desarrollo económico y social de España, potenciando por medio de la seguridad, el avance de la sociedad.
Vigilancia y control (V). V.1. Garantizar la implantación de las instalaciones necesarias para el desarrollo del servicio de señalización marítima. V.2. Mejorar el control y la vigilancia sobre los usos y actividades en el medio marino.
Investigación científica, innovación y desarrollo (I). I.1. Disponer de un conjunto de zonas en las aguas marinas españolas dedicadas a la investigación, innovación y desarrollo, que faciliten el desarrollo de los sectores marítimos emergentes, con especial atención a las energías renovables marinas.
Patrimonio cultural subacuático (CU). CU.1. Garantizar la conservación del patrimonio cultural subacuático conocido o susceptible de ser conocido ante las actividades humanas que requieran un uso del espacio marino.

3.3 Objetivos de ordenación horizontales multi-sector.

A continuación, se recogen los objetivos de ordenación horizontales multi-sector:

Objetivos de ordenación horizontales multi-sector
H.1. Minimizar y en la medida de lo posible eliminar los conflictos entre usos.
H.2. Asignar prioridades de uso en determinadas zonas para el desarrollo de las actividades humanas que así lo requieran.
H.3. Facilitar la coexistencia de usos y actividades.
H.4. Identificar, y potenciar en la medida de lo posible, las sinergias positivas entre usos y actividades.
H.5. Considerar las interacciones tierra-mar como un elemento más a evaluar en el seguimiento de los planes de ordenación.
H.6. Mejorar la coordinación entre administraciones competentes en materia de ordenación de los usos y actividades del espacio marítimo y del ámbito litoral.
H.7. Mejorar la cooperación y la involucración de todos los agentes interesados en el ámbito marítimo.
H.8. Mejorar la visibilidad de las actividades, usos e intereses por parte de los diferentes usuarios o gestores del espacio marítimo.
H.9. Fortalecer la certidumbre de los promotores, gracias al desarrollo planificado de las actividades humanas en el medio marino.
H.10. Asegurar que las actividades humanas en el mar no pongan en riesgo el estado ambiental de los ecosistemas litorales, su patrimonio natural y cultural, y procurar asimismo la menor afección a las actividades humanas que en él se realizan.
H.11. Fomentar el conocimiento científico para determinar la capacidad de carga de los ecosistemas marinos frente a los diferentes usos y actividades.
H.12. Coordinar el conocimiento científico que se vaya generando con la implantación de nuevos usos y actividades y estudios en el medio marino.

3.4 Objetivos de ordenación sectoriales.

A continuación, se identifican los objetivos de ordenación específicos para cada sector:

Sector Objetivos de ordenación
Acuicultura (A). A.1. Diseñar una planificación espacial de la acuicultura desde un enfoque de escala a medio y largo plazo compatible con la conservación ambiental y protección del ecosistema marino; considerando los nuevos conocimientos a partir de la investigación en cultivos marinos, especialmente algas; los avances en las nuevas tecnologías, así como con las necesidades de resiliencia, adaptación y mitigación del cambio climático. A.2. Reforzar la competitividad, y contribuir a la creación de empleo en el sector acuícola, facilitando el acceso a las zonas más adecuadas y desarrollando las mejores prácticas con respecto a la ubicación, dimensionamiento y gestión de las instalaciones.
Pesca extractiva (P). P.1. Minimizar la afección de las diferentes actividades humanas sobre los caladeros y zonas de pesca, con especial atención a las pesquerías artesanales. P.2. Alcanzar el Rendimiento Máximo Sostenible sobre las poblaciones de especies comerciales, y reducir la afección negativa de las actividades pesqueras sobre la biodiversidad. P.3. Reforzar y ampliar la Red de Reservas marinas de interés pesquero como motor de conservación y regeneración del recurso pesquero y apoyo a la pesca artesanal.
Sector energético – hidrocarburos (HC). HC.1. Asegurar que los usos y actividades futuros tienen en cuenta la necesidad de garantizar la integridad de los gaseoductos y oleoductos considerados infraestructuras críticas. HC.2. Facilitar que las proyecciones de gaseoductos futuras tengan en cuenta la ubicación de actividades que requieren la utilización de espacio en el fondo marino, así como la necesidad de mantener la integridad de los fondos marinos, en especial aquellos con hábitats protegidos, biogénicos y/o vulnerables. HC.3. No otorgar nuevas autorizaciones de exploración, permisos de investigación de hidrocarburos o concesiones de explotación de los mismos en el mar territorial, la zona económica exclusiva y la plataforma continental(17).
Sector energético – energías renovables (marinas) (R). R.1. Identificar las áreas con mayor potencial para el desarrollo de la energía eólica marina en cada demarcación marina. R.2: Velar porque la ubicación espacial de las zonas de mayor potencial para el desarrollo de la energía eólica marina no comprometa la conectividad de los ecosistemas, especialmente los corredores de las especies migratorias.
Sector transporte eléctrico y comunicaciones (C). C.1. Asegurar que los usos y actividades futuros tienen en cuenta la necesidad de garantizar la integridad de los cables submarinos considerados infraestructuras críticas. C.2. Facilitar que las proyecciones de cableado futuras tienen en cuenta la ubicación de actividades que requieren la utilización de espacio en el fondo marino, así como la necesidad de mantener la integridad de los fondos marinos, en especial aquellos con hábitats protegidos, biogénicos y/o vulnerables.
Navegación (N). N.1. Velar por que las rutas de navegación principales no se vean alteradas significativamente por la propuesta de usos y actividades futuros. N.2. Velar por que la ubicación espacial de las rutas de navegación no comprometa la conectividad de los ecosistemas, especialmente los corredores de especies migratorias.
Actividad portuaria (AP). AP.1. Para los Puertos del Estado, en cuanto a infraestructuras de interés general, garantizar unas superficies de agua con extensión, condiciones de abrigo y profundidad adecuadas para el tipo de buques que hayan de utilizar los puertos de interés general y para las operaciones de tráfico marítimo que se pretendan realizar en ellos, con especial atención a los servicios de señalización marítima, practicaje y remolque. AP.2. Para los Puertos del Estado, en cuanto a infraestructuras de interés general, garantizar las zonas de fondeo, muelles o instalaciones de atraque que permitan la aproximación y amarre de los buques que demanden acceso a los puertos de interés general para realizar sus operaciones o permanecer fondeados, amarrados o atracados en condiciones de seguridad adecuadas. AP.3. Para todos los puertos, asegurar que las necesidades de expansión espacial de las zonas de servicio portuario se contemplan en los planes, y no se ven comprometidas por la ubicación de actividades humanas que puedan entrar en conflicto con la actividad portuaria. AP.4. Para todos los puertos, facilitar que se cuente con una red de ubicaciones geográficas dedicadas al vertido del material dragado que permita el desarrollo de la actividad portuaria, así como la seguridad en la navegación. AP.5. Para todos los puertos, asegurar que la ubicación de los puntos de vertido de material dragado fuera de las aguas de servicio portuarias, no ponen en riesgo la conservación de la biodiversidad marina, procurando su compatibilidad con el desarrollo de otras actividades económicas.
Turismo y actividades recreativas (TR). TR.1. Preservar el paisaje marino en aquellas áreas donde éste resulte un valor turístico y/o cultural relevante. TR.2. Garantizar que el uso público y disfrute de litoral, asociado al turismo y las actividades recreativas se realizan de forma sostenible y no se pone en riesgo el buen estado ambiental del medio marino. TR.3. Las zonas identificadas como especialmente valiosas para la actividad de surf no se ven afectadas significativamente por otras actividades que requieran el uso del espacio marítimo.
(17) Según Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética. (17) Según Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética.

BLOQUE IV. Ordenación del espacio marítimo

A partir de lo detectado en el diagnóstico, incluyendo las aspiraciones identificadas por los diferentes usuarios del mar, se procede en este apartado a realizar la ordenación espacial.

Los Planes de Ordenación del Espacio Marítimo tienen en cuenta los usos, actividades y procesos que a la fecha de su entrada en vigor están teniendo lugar en las aguas marinas españolas, regulados por su normativa específica, y sin perjuicio de las modificaciones que aquellos puedan sufrir en el futuro.

La ordenación del espacio marítimo de las cinco demarcaciones marinas españolas se ha realizado siguiendo un mismo esquema conceptual, así como unos mismos criterios y categorías de zonificación.

Dentro de la información cartográfica recogida en este plan, se debe distinguir entre la cartografía correspondiente a la delimitación geográfica de la zonificación (la recogida en el apéndice de este documento) y la cartografía informativa (disponible en INFOMAR). Ambas cartografías se pueden consultar en http://www.infomar.miteco.es/. La cartografía correspondiente a la delimitación geográfica de la zonificación además estará disponible en la IDE del MITECO (https://www.miteco.gob.es/es/cartografia-y-sig/ide/).

1. El esquema de ordenación

El esquema de ordenación aplicado en los POEM está representado gráficamente en la Figura 8. En primer lugar, se parte de la premisa de que las aguas marinas pueden ser objeto de una coexistencia entre diferentes usos y actividades, y que dichos usos y actividades serán objeto de ordenación para garantizar que no se compromete el buen estado ambiental del medio marino.

Esta coexistencia, así como la no afección al buen estado ambiental, buen estado de conservación favorable de hábitats y de especies, se ven garantizadas en parte, por la normativa ya existente, que en algunos casos establece limitaciones de uso, tanto en cuanto a su componente espacial como en lo referente a las características que deben cumplir de cada uso y actividad.

Los POEM mantienen e incorporan las restricciones de usos ya existentes derivadas de la normativa sectorial y ambiental y, además, aportan unos criterios generales de aplicación para garantizar la coexistencia de usos y actividades manteniendo el buen estado ambiental. Estos criterios se describen en el apartado IV.2.

En un siguiente paso, dentro del proceso de ordenación, se le otorga una especial relevancia a los usos y actividades del espacio marítimo que derivan de aspectos de interés general, y que requieren la ocupación de un espacio marino concreto, para facilitar la consecución de los objetivos de ordenación de interés general de los POEM (apartado II.3.2). Para ello se ha procedido a identificar las zonas donde se realizan los distintos usos de interés general, y se han definido dichas zonas con sus perímetros correspondientes. Algunas de estas zonas han sido definidas como zonas de uso prioritario. En cada tipología de dichas zonas de uso prioritario, se establecen las disposiciones de regulación/restricción de usos y actividades que garanticen que el uso prioritario no se ve comprometido. Igualmente se establecen criterios para las posibles situaciones de solape espacial entre dos o más zonas de uso prioritario.

En todas las zonas de uso prioritario dicho uso establecido como prioritario ya está teniendo lugar. excepto los yacimientos de arena destinados a la protección costera. En algunos de estos casos dichos usos aún no se han implantado en el espacio, pero se les otorga prioridad dentro de dichas zonas, debido a su carácter estratégico para la adaptación al cambio climático.

La cartografía de todas esas zonas, la ordenación de los usos y actividades dentro de las mismas y los criterios se pueden ver en el apartado IV.3. También se han definido un conjunto de medidas, orientadas a mejorar, en los próximos años, ciertos aspectos de la ordenación espacial.

Una vez se han garantizado los mencionados usos y actividades de interés general, los POEM, en su cometido de promover la coexistencia y el desarrollo sostenible de los sectores marítimos, prestan una especial atención a determinadas actividades sectoriales cuyo desarrollo futuro es previsible, y en las que además es necesario tener identificado el espacio más adecuado para dicho desarrollo. Estamos hablando de actividades o usos del espacio que se deben desarrollar, por sus características, en un determinado espacio o conjuntos de espacios concretos y definidos dentro del ámbito de la demarcación marina. Para ello se han establecido zonas de alto potencial (para diferentes usos y actividades). Aquellas actividades sectoriales que por su naturaleza se desarrollan de manera ubicua en el conjunto de las aguas marinas, como puede ser el caso de la pesca, la navegación, o el turismo y las actividades recreativas, no han sido objeto de zonificación. Esto no supone en absoluto una priorización de unas actividades (aquellas con zonificación) frente a otras (aquellas para las que los planes no establecen dicha zonificación).

Dentro de las zonas de alto potencial también se han incluido algunas zonas con una elevada idoneidad para el desarrollo de algunos usos y actividades de interés general en el futuro, en aras de garantizar no solo las necesidades actuales de espacio de las mismas (a través de las zonas de uso prioritario), sino sus necesidades futuras de ampliación. Estamos hablando en este segundo caso de zonas de alto potencial para la protección de la biodiversidad, para la explotación de áridos destinados a la protección costera, o para la I+D+i. Los mecanismos por los que se ha identificado la alta potencialidad de determinadas zonas para un determinado uso son variados. Algunas zonas se han extraído de trabajos técnico-científicos que incluyen modelización espacial, otras se han basado en el criterio de expertos, en el contexto de proyectos y mediante procesos participativos. En todo caso las propuestas han sido transmitidas a través de la/las administraciones competentes. El POEM identifica geográficamente dichas zonas de alto potencial, como parte de la cartografía de zonificación. Se establecen regulaciones de usos y actividades que puedan favorecer el desarrollo de la actividad dentro de sus zonas de alto potencial, y también se establecen criterios para casos de solape entre diferentes zonas de alto potencial, y para garantizar el mayor nivel de coexistencia posible con los otros usos y actividades presentes en dichas zonas. Al igual que en el caso anterior, se han definido un conjunto de medidas, en aquellos aspectos en los que se considera necesario avanzar en la ordenación espacial durante los próximos años.

Figura 8. Esquema de ordenación aplicado en los POEM de las cinco demarcaciones marinas.

2. Coexistencia de usos y actividades en el espacio marítimo

Los usos y actividades humanas abordados por el plan se podrán realizar, con carácter general, en el medio marino de las cinco demarcaciones marinas, siempre cumpliendo con lo establecido en la correspondiente normativa sectorial.

2.1 Criterios de coexistencia sostenible para el conjunto de aguas marinas españolas.

Se perseguirá la coexistencia sostenible de diferentes usos, actividades e intereses. Para ello, además del cumplimiento de la normativa sectorial en vigor, los promotores y usuarios del mar, así como las administraciones competentes tendrán en consideración los siguientes criterios horizontales:

a. No podrá realizarse ninguna actividad que comprometa el objetivo marco de protección del medio ambiente marino

b. Se realizarán en el medio marino únicamente aquellas actividades cuya naturaleza requiera esa ubicación, según lo establecido en el artículo 32 de la Ley 22/1988 de 28 de julio, de costas, y la normativa sectorial que les sea de aplicación, y sin menoscabo del medio que les da soporte.

c. La ubicación espacial de la actividad deberá garantizar la sostenibilidad ambiental del medio marino, sin perjuicio de la ventaja económica y/o social de aquella para el promotor.

d. Las actividades que se desarrollen en el medio marino deberán observar la mínima ocupación y minimizar su impacto ambiental, independientemente de que dicha actividad esté sujeta o no a la normativa de evaluación ambiental estatal o autonómica correspondiente.

e. En lo referente a los usos, actividades e intereses de los sectores marítimos, se priorizará la ubicación espacial de cada actividad en aquellas zonas identificadas como de uso prioritario o de alto potencial para su desarrollo en la demarcación marina correspondiente.

f. Se velará por minimizar el impacto ambiental, independientemente de que dicha actividad esté sujeta o no a la normativa de evaluación ambiental estatal o autonómica correspondiente.

g. Se considerarán las características ambientales, fragilidad y vulnerabilidad de la zona donde se realizará la actividad, incluidos, si fuese pertinente, los potenciales impactos acumulativos previstos por el desarrollo de ésta y otras actividades pre-existentes o previstas, así como los relacionados con el cambio climático.

h. Se considerará la posible repercusión socioeconómica sobre todos aquellos otros sectores y actividades presentes en la zona, así como sobre las previsiones reflejadas en el plan de posibles actividades futuras en la zona.

i. Cualquier actividad que requiera, bien la ejecución de obras o instalaciones en las aguas marinas, su lecho o su subsuelo, bien la colocación o depósito de materias sobre el fondo marino, deberá contar con el informe de compatibilidad con la estrategia marina.

j. Para los planes, proyectos o programas derivados de las actividades mencionadas, en los casos que puedan afectar de forma apreciable a especies o hábitats dentro o fuera de los espacios de la Red Natura 2000, deberá realizarse un análisis de afecciones y adoptar las medidas correspondientes de conformidad con el artículo 46 de la ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

Además de lo anterior, se establecen un conjunto de criterios sectoriales, que facilitarán igualmente la coexistencia sostenible entre usos y actividades. Estos son:

k. Se evitará el fondeo libre no regulado de embarcaciones náutico-recreativas que implique la colocación de anclas u otro tipo de dispositivo de sujeción al fondo marino, en aquellas áreas con presencia de angiospermas marinas, u otras especies bentónicas incluidas en el LESPRE o el CEEA. Todo ello teniendo en cuenta que la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, prohíbe causar daños a estas especies. Así mismo, se evitará este tipo de fondeo también en zonas con presencia de elementos del patrimonio cultural subacuático que puedan verse afectados por esta práctica.

l. Las instalaciones de I+D+i relacionadas con el testado y experimentación de infraestructuras de aprovechamiento de energías renovables marinas se ubicarán preferentemente en las zonas determinadas como de alto potencial para la I+D+i. Dado que la mayoría de las coberturas de estas instalaciones se desconocen actualmente y, por tanto, no es posible determinar su futura localización exacta, podrán ubicarse asimismo en otras zonas siempre que también sean objeto de su correspondiente tramitación administrativa, ambiental y de autorización, y se ajusten a las dimensiones máximas permitidas para este tipo de instalaciones.

m. En aquellas áreas identificadas de mayor probabilidad de colisiones entre embarcaciones y cetáceos de gran tamaño, se trabajará para establecer medidas de mitigación de este impacto con objeto de evitar dichas colisiones, tanto por seguridad marítima como por la conservación de las especies.

n. Se velará por no afectar a las zonas de veda permanente de pesca establecidas por las administraciones competentes, de modo que las actividades humanas no pongan en riesgo la regeneración de los recursos pesqueros. El promotor de cualquier actividad o uso que pueda tener efectos negativos sobre los recursos pesqueros, especialmente si se trata de zonas de veda de pesca o de otro tipo de áreas destinadas a la regeneración de los stocks pesqueros, deberá incluir, en su proceso de autorización, un análisis de las posibles interacciones con los recursos pesqueros y, en su caso, las medidas para evitarlas o minimizarlas.

o. Se evitará la instalación de infraestructuras lineales subacuáticas (cables de telecomunicación o de electricidad, tuberías, etc.) en aquellas áreas con presencia de angiospermas marinas, u otras especies bentónicas incluidas en el LESPRE o el CEEA. Todo ello teniendo en cuenta que la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, prohíbe causar daños a estas especies.

2.2 Criterios para la integración de las interacciones tierra-mar.

Se han analizado en detalle las interacciones tierra-mar en cada una de las cinco demarcaciones marinas, concluyéndose, para cada uno de los temas propuestos, cuál es la relevancia de la interacción en dicha demarcación. También se ha analizado las herramientas de planificación que cubren cada una de estas interacciones, y se realiza una propuesta sobre cómo los POEM pueden contribuir a abordar los aspectos de interacciones tierra-mar de un modo más integral.

Fruto de ese análisis, se plantean a continuación un conjunto de criterios que pueden contribuir a mejorar la coexistencia de los usos y actividades en la interfaz tierra-mar. Estos criterios complementan todo aquello ya existente por otras herramientas de planificación previas.

a. En las actividades humanas que dependan de la calidad de las aguas, o que puedan afectar a dicha calidad de las aguas, las administraciones competentes, antes de autorizar dicha actividad, tendrán en cuenta:

– Que el estado químico y estado ecológico de las masas de agua costeras, establecidos en los planes hidrológicos de cuenca, permite el desarrollo de dicha actividad;

– Que dicha actividad no pone en riesgo el estado químico y estado ecológico de las masas de agua costeras, ni los objetivos ambientales establecidos para dichas aguas en los planes hidrológicos de cuenca.

b. Las ampliaciones de infraestructuras portuarias deberán considerar, durante el proceso correspondiente de evaluación ambiental, la interacción que dichas infraestructuras pueden tener en la dinámica litoral y el posible incremento de la erosión costera, teniendo en cuenta además el contexto actual del cambio climático y de adaptación al mismo, así como aquellos otros impactos que puedan ocasionar a actividades ya existentes.

c. En los casos en los que se autoricen actividades humanas que lleven acarreada la implantación de infraestructuras con capacidad de alterar el paisaje marino, en el proceso de evaluación ambiental del proyecto se deberá tener en cuenta la afección paisajística, con especial atención a las zonas que puedan ser más vulnerables en términos de paisaje marino:

– Paisajes protegidos en el litoral y otros espacios protegidos por sus valores naturales y paisajísticos.

– Zonas con un uso turístico y recreativo intenso.

– Zonas con un uso residencial intenso.

– Zonas con bienes de interés cultural en la costa.

d. Siempre que sea posible se procurará que la instalación de nuevas actividades humanas en el ámbito marino próximo a la costa, que puedan suponer una modificación del paisaje, se realicen fuera de la cuenca visual de los BIC cercanos a la costa.

e. En el caso del establecimiento de futuras actividades humanas en el mar que puedan comportar un incremento del riesgo de contaminación de la costa, se procurará que su ubicación no sea cercana a las zonas más vulnerables del litoral, establecidas conforme al análisis del Plan Ribera.

f. Las actividades humanas que se desarrollen en el mar o en la costa tendrán en cuenta, tanto durante su diseño y planificación como durante su realización y, en su caso, desmantelamiento, los objetivos sectoriales de adaptación al cambio climático y las líneas de acción establecidas en el Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático 2021-2030.

2.3 Medidas.

Durante el periodo de vigencia de los POEM, las administraciones competentes realizarán las siguientes medidas, con el objetivo último de mejorar la ordenación del espacio marítimo:

Medidas horizontales multi-sector.

– Medida OEM1: Análisis espacial de presiones acumuladas derivadas de la concentración espacial de ciertos usos y actividades.

– Medida OEM2: Estudio de prospectiva y caracterización socioeconómica de los distintos sectores de la economía azul española, de manera pormenorizada para cada uno de las cinco demarcaciones marinas.

– Medida OEM3: Definición del conjunto de elementos que conforman la infraestructura verde marina, e incorporación de la infraestructura verde en los POEM

Medidas para mejorar determinados aspectos de la ordenación.

– Medida OEM4: En aquellas zonas donde exista una elevada densidad de fondeo no regulado de embarcaciones recreativas, se elaborarán planes de ordenación de dichos fondeos buscando soluciones a la escala adecuada, e incluyendo estudios de capacidad de carga. Se otorgará prioridad a la ordenación de esta actividad en:

• Las zonas de uso prioritario para la protección de la biodiversidad y el patrimonio natural, en especial los espacios protegidos declarados por hábitats bentónicos.

• Las zonas de uso prioritario para la protección del patrimonio cultural en las que se detecte que puede estar en riesgo dicho patrimonio.

• Las zonas de alto valor para la conservación de la biodiversidad, en especial por su relevancia para los hábitats bentónicos.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial del Estado correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de BOE, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. BOE
Condiciones de reutilización del BOE — cita obligatoria de la fuente
Fuente de los datos: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (https://www.boe.es). Datos reutilizados conforme a las condiciones de reutilización del BOE (Resolución de 27 de junio de 2024). Este repositorio es una obra derivada basada en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.