Historial de reformas

Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco

24 versiones · 2007-12-27 — 2025-04-05 (derogada)
2025-04-05
Derogación
2025-04-04
Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del text
2024-12-30
Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del text
2023-12-29
Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del text
2022-12-30
Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del text
2021-12-30
Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del text
2021-02-17
Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del text
2019-12-31
Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del text
2018-07-05
Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del text
2017-04-19
Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del text
2016-08-11
Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del text
2016-06-13
Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del text
2016-04-15
Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del text
2016-01-07
Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del text
2015-12-30
Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del text
2015-07-02
Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del text
2014-12-30
Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del text

Cambios del 2014-12-30

@@ -814,14 +814,16 @@
La tasa se exigirá según la siguiente tarifa (euros):
| | | Originales | Copias |
| --- | --- | --- | --- |
| 1. | Títulos superiores: de Artes Plásticas y Diseño; de Arte Dramático; de Danza; de Música; de Profesor Superior (plan 1942 y 1966). Título Profesional (plan 1942). Diploma de Capacidad (planes anteriores a 1942). Título superior de Enseñanzas de Régimen Especial o equivalentes a licenciatura. | 93,84 | 6,12 |
| 2. | Título de Profesor (plan 1966), título de Enseñanzas de Régimen Especial o equivalentes a diplomatura. | 46,92 | 6,12 |
| 3. | Títulos de Bachiller LOE, Bachiller LOGSE, BUP, Bachiller Superior, títulos de Técnico Superior de FP, Técnico Especialista FP-2, Maestro Industrial, Graduado en Artes Aplicadas, Técnico Deportivo Superior, título profesional de Música, Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño, título profesional de Danza, Técnico Superior de Enseñanzas de Régimen Especial o equivalentes. | 40,80 | 6,12 |
| 4. | Título de Bachiller Elemental, título de Técnico, título de Técnico de FP, Técnico Deportivo, Técnico de Artes Plásticas y Diseño, Técnico Auxiliar FP-1, Oficialía Industrial, Diploma de Instrumentista o Cantante, Diploma Elemental de Música, Diploma de Canto, Grado Elemental de Música, Certificado de Escolaridad de FP-1, Técnico de Enseñanzas de Régimen Especial o equivalentes. | 20,40 | 6,12 |
| 5. | Certificado EGA. | 20,40 | 6,12 |
| 6. | Certificado de Aptitud de las escuelas oficiales de idiomas; certificados de idiomas de niveles básico, intermedio y avanzado; certificados de especialidad de niveles intermedio y avanzado; certificados de idiomas de niveles C-1 y C-2, tanto general como de especialidad. | 20,40 | 6,12 |
| | Originales | Copias |
| --- | --- | --- |
| 1. Títulos superiores: de Artes Plásticas y Diseño; de Arte Dramático; de Danza; de Música. Título Profesional (plan 1942). Título superior de Enseñanzas de Régimen Especial o equivalentes a licenciatura | 98,59 | 6,43 |
| 2. Título de Enseñanzas de Régimen Especial o equivalentes a diplomatura . | 49,30 | 6,43 |
| 3. Títulos de Bachiller LOE, Bachiller LOGSE, títulos de Técnico Superior de FP, Técnico Deportivo Superior, título profesional de Música, Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño, título profesional de Danza, Técnico Superior de Enseñanzas de Régimen Especial o equivalentes . | 42,86 | 6,43 |
| 4. Título de Técnico, título de Técnico de FP, Técnico Deportivo, Técnico de Artes Plásticas y Diseño, Técnico de Enseñanzas de Régimen Especial o equivalentes . | 21,43 | 6,43 |
| 5. Certificado EGA . | 21,43 | 6,43 |
| 6. Certificados de aptitud de las escuelas oficiales de idiomas, finalizados después de junio de 1995; certificados de idiomas de niveles básico, intermedio y avanzado; certificados de especialidad de niveles intermedio y avanzado; certificados de idiomas de niveles C-1 y C-2, tanto general como de especialidad | 21,43 | 6,43. |
> <small>Se modifica por la disposición final 1.1 de la Ley 5/2014, de 23 de diciembre. [Ref. BOE-A-2015-798](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-798)</small>
> <small>Se modifica por el art. 15 de la Ley 5/2011, de 22 de diciembre. [Ref. BOE-A-2012-967](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2012-967)</small>
@@ -891,13 +893,15 @@
d) Solicitud de homologación al título español de Conservación y Restauración de Bienes Culturales: 45,96.
e) Solicitud de homologación al Certificado de Aptitud de las escuelas oficiales de idiomas: 45,96.
e)**(Suprimido).**
f) Solicitud de convalidación por cursos o módulos de enseñanzas españolas de nivel no universitario: 22,98.
2. Cuando se trate de títulos o estudios no mencionados expresamente en los subapartados anteriores, se aplicará la cuantía correspondiente a los títulos o estudios equivalentes por sus efectos o nivel académico.
3. No se exigirá la tasa por la solicitud de homologación al título español de Graduado en Educación Secundaria.
> <small>Se suprime el apartado 1.e) [sic] por la disposición final 1.2 de la Ley 5/2014, de 23 de diciembre. [Ref. BOE-A-2015-798](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-798)</small>
> <small>Se modifica por el art. 16 de la Ley 5/2011, de 22 de diciembre. [Ref. BOE-A-2012-967](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2012-967)</small>
@@ -1465,17 +1469,31 @@
Constituye el hecho imponible de esta tasa la prestación de servicios y actividades en materia de seguridad privada por la Viceconsejería de Seguridad, consistentes en:
a) Autorización e inscripción de empresas de seguridad en el registro de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
a) Autorización o recepción de la declaración responsable e inscripción de empresas de seguridad en el registro de Seguridad Privada de Euskadi.
b) Modificaciones de la inscripción.
c) Autorización de apertura de delegaciones de empresas de seguridad.
d) Autorizaciones especiales por servicios de vigilancia o protección con armas, por servicios de vigilancia en polígonos industriales y urbanizaciones aisladas y por servicios de custodia de llaves y vehículos.
e) Autorizaciones, dispensas y exenciones de medidas de seguridad en relación con establecimientos obligados a disponer de medidas de seguridad.
f) Expedición de certificaciones.
d) Recepción de la declaración responsable e inscripción de despachos de detectives y autorización de sucursales.
e) Recepción de declaración responsable e inscripción de los centros de formación y actualización del personal de seguridad privada.
f) Autorización de la prestación de servicios de escoltas privados y de vigilancia con armas por los vigilantes de seguridad y por los guardas rurales.
g) Autorización de la prestación de servicios de seguridad en polígonos industriales o urbanizaciones, complejos o parques comerciales y de ocio, acontecimientos culturales, deportivos o cualquier otro evento de relevancia social que se desarrolle en vías o espacios públicos o de uso común y en recintos y espacios abiertos delimitados.
h) Autorización de la implantación de un servicio sustitutivo de vigilantes de seguridad.
i) Autorización para la prestación de servicios de custodia de llaves de vehículos.
j) Autorización de apertura o comunicación de reformas sujetas a comprobación de establecimientos e instalaciones obligados a disponer de medidas de seguridad, dispensa de medidas de seguridad y, en general, cualquier autorización o comprobación que implique desplazamiento o informe del personal de la Administración.
k) Por expedición de certificaciones.
l) Compulsa de documentos y diligenciado de libros.
> <small>Se modifica por la disposición final 1.3 de la Ley 5/2014, de 23 de diciembre. [Ref. BOE-A-2015-798](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-798)</small>
###### Artículo 109. Sujeto pasivo.
@@ -1491,14 +1509,26 @@
###### Artículo 111. Cuota.
| 1 | Autorización e inscripción de empresas de seguridad: | 311,23 |
| --- | --- | --- |
| 2 | Modificación en el asiento de inscripción del domicilio social, ámbito territorial de actuación y ampliación de actividades, incluidos desplazamiento e informe por personal de la Administración: | 218,66 |
| 3 | Modificación en el asiento de inscripción del capital social, titularidad de acciones o participaciones, modificaciones estatutarias y variaciones de la composición personal de sus órganos de administración y dirección: | 94,17 |
| 4 | Autorización de apertura de delegaciones de empresas de seguridad: | 118,12 |
| 5 | Autorizaciones especiales por servicios de vigilancia o protección con armas, por servicios de vigilancia en polígonos industriales y urbanizaciones aisladas y por servicios de custodia llaves y vehículos: | 175,58 |
| 6 | Autorizaciones, dispensas y exenciones de medidas de seguridad en relación con establecimientos obligados a disponer de medidas de seguridad y, en general, otras autorizaciones que impliquen desplazamiento e informe por personal de la Administración: | 175,58 |
| 7 | Por la expedición de certificaciones: | 19,17 |
La tasa se exigirá según la siguiente tarifa:
| | Euros |
| --- | --- |
| 1. Autorización o recepción de la declaración responsable e inscripción de empresas de seguridad . | 346,99 |
| 2. Modificación en el asiento de inscripción del domicilio social, de la forma jurídica, ámbito territorial de actuación y ampliación de actividades, incluidos desplazamiento e informe por personal de la Administración . . | 243,78 |
| 3. Modificación en el asiento de inscripción del capital social, titularidad de acciones o participaciones, modificaciones estatutarias, variaciones de la composición personal de sus órganos de administración y dirección y en la uniformidad del personal de seguridad . | 104,99 |
| 4. Autorización de apertura de delegaciones de empresas de seguridad . | 131,69 |
| 5. Recepción de la declaración responsable e inscripción de despachos de detectives y autorización de sucursales | 317,32 |
| 6. Recepción de la declaración responsable e inscripción de los centros de formación y actualización del personal de seguridad privada | 317,32 |
| 7. Autorización de la prestación de servicios de escoltas privados | 195,75 |
| 8. Autorización de la prestación de servicios de vigilancia con armas por los vigilantes de seguridad y por los guardas rurales | 195,75 |
| 9. Autorización de la prestación de servicios de seguridad en polígonos industriales o urbanizaciones, complejos o parques comerciales y de ocio, acontecimientos culturales, deportivos o cualquier otro evento de relevancia social que se desarrolle en vías o espacios públicos o de uso común, y en recintos y espacios abiertos delimitados | 195,75 |
| 10. Autorización de la implantación de un servicio sustitutivo de vigilantes de seguridad | 195,75 |
| 11. Autorización para la prestación de servicios de custodia de llaves de vehículos | 195,75 |
| 12. Autorizaciones de apertura o comunicación de reformas sujetas a comprobación de establecimientos e instalaciones obligados a disponer de medidas de seguridad, dispensa de medidas de seguridad y, en general, cualquier autorización o comprobación que implique desplazamiento o informe del personal de la Administración | 195,75 |
| 13. Expedición de certificaciones | 21,37 |
| 14. Compulsa de documentos y diligenciado de libros | 4,00.» |
> <small>Se modifica por la disposición final 1.4 de la Ley 5/2014, de 23 de diciembre. [Ref. BOE-A-2015-798](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-798)</small>
### CAPÍTULO V. Tasa por rastreo, rescate o salvamento
2013-12-30
Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del text
2013-10-17
Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del text
2012-07-06
Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del text
2011-12-30
Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del text
2011-12-28
Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del text
2011-03-29
Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del text
2007-12-27
Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del text
2007-12-27
Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del t
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