Historial de reformas
Decreto Legislativo 4/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Instituto Catalán de Finanzas
13 versiones
· 2002-12-31
2022-07-28
Instituto Catalán de Finanzas
2022-03-07
Instituto Catalán de Finanzas
2021-12-31
Instituto Catalán de Finanzas — arts. 4, 31
Cambios del 2021-12-31
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2. Las operaciones que el Instituto haga en cumplimiento de su actividad con personas físicas y con entidades jurídicas se tienen que someter a las normas de derecho privado, en las condiciones establecidas por el artículo 6.
3. El Instituto Catalán de Finanzas, sin autorización administrativa previa, puede alienar directamente bienes inmuebles o muebles que haya adquirido en procedimientos judiciales seguidos en defensa de las prestaciones que tenga otorgadas a terceros e incluso los que se adquieran como pago de deudas del que es acreedor. Asimismo, puede adjudicar directamente contratos de explotación respecto a los bienes mencionados.
3. El Instituto Catalán de Finanzas, de acuerdo con el artículo 1.3 y sin autorización administrativa previa, puede disponer libremente de los bienes, tanto inmuebles como muebles.
> <small>Se modifica el apartado 3 por el art. 56.1 de la Ley 2/2021, de 29 de diciembre. [Ref. BOE-A-2022-953](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2022-953)</small>
> <small>Se modifica el apartado 2 por el art. 5 del Decreto-ley 2/2015, de 28 de julio. [Ref. BOE-A-2015-10233](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-10233).</small>
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g) Las aportaciones de otras instituciones financieras, públicas o privadas, que se establezcan de acuerdo con las leyes o convenios de financiación o de colaboración con el Instituto.
h) Los depósitos que constituyan en él otras instituciones públicas.
h) Los depósitos que constituyan otras instituciones públicas y, eventualmente, instituciones privadas.
i) Cualquier otro recurso que arbitre el Gobierno, atendiendo a las funciones propias del Instituto, de acuerdo con las bases de la ordenación general del crédito y la banca y con la ordenación de la política monetaria de la Unión Europea.
> <small>Se modifica la letra h) del apartado 1 por el art. 56.2 de la Ley 2/2021, de 29 de diciembre. [Ref. BOE-A-2022-953](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2022-953)</small>
> <small>Se deroga el apartado 2 por la disposición derogatoria 1 del Decreto-ley 2/2015, de 28 de julio. [Ref. BOE-A-2015-10233](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-10233).</small>
> <small>Se modifica el apartado 2 por el art. 65.13 de la Ley 7/2011, de 27 de julio. [Ref. BOE-A-2011-13896](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2011-13896).</small>
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> <small>Se añade por el art. 65.15 de la Ley 7/2011, de 27 de julio. [Ref. BOE-A-2011-13896](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2011-13896).</small>
###### Disposición adicional tercera. Ejecución de los instrumentos financieros del programa FEDER.
Se confieren al Instituto Catalán de Finanzas las tareas de ejecución de los instrumentos financieros del Programa operativo de Cataluña Feder 2014-20 (Decisión CE 2015-894) en los términos del artículo 38.4.c) del Reglamento (UE) núm. 1303/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, y se le habilita para que adopte las medidas oportunas para asegurar la buena gestión de los instrumentos financieros de dicho programa.
###### Disposición adicional tercera. Ejecución de los instrumentos financieros del programa Feder.
1. El Instituto Catalán de Finanzas, directamente o bien mediante cualquiera de sus filiales, puede asumir mediante encargo de gestión las tareas de ejecución de los instrumentos financieros de los distintos programas operativos de la Unión Europea, por acuerdo del Gobierno de la Generalidad. En todo caso, el citado acuerdo debe habilitar al Instituto para que pueda adoptar las medidas oportunas para asegurar la buena gestión de los instrumentos financieros del programa en cuestión.
2. Se confieren al Instituto Catalán de Finanzas, directamente o mediante cualquiera de sus filiales, las tareas de ejecución de los instrumentos financieros del Programa operativo de Cataluña Feder 2014-2020 (Decisión CE 2015-894) en los términos del artículo 38.4.c del Reglamento (UE) 1303/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, y se le habilita para que adopte las medidas oportunas para asegurar la buena gestión de los instrumentos financieros de dicho programa.
> <small>Se modifica por el art. 56.3 de la Ley 2/2021, de 29 de diciembre. [Ref. BOE-A-2022-953](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2022-953)</small>
> <small>Se añade por el art. 189.4 de la Ley 5/2017, de 28 de marzo. [Ref. BOE-A-2017-7353#a1-100](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2017-7353)</small>
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El Gobierno aprobará el Reglamento del Instituto Catalán de Finanzas a propuesta de la Junta de Gobierno.
###### Disposición final [sic]. Habilitación para la elaboración de un nuevo texto refundido.
###### Disposición final. Habilitación para la elaboración de un nuevo texto refundido.
Se autoriza al Gobierno para que, en el plazo de un año a partir de la entrada en vigor de la presente disposición final, elabore un nuevo texto refundido de la Ley del Instituto Catalán de Finanzas, en sustitución del texto refundido aprobado por el Decreto legislativo 4/2002, de 24 de diciembre. La autorización para la refundición incluye también la facultad de regularizar, aclarar y armonizar su contenido.
> <small>Se modifica por el art. 56.4 de la Ley 2/2021, de 29 de diciembre. [Ref. BOE-A-2022-953](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2022-953)</small>
> <small>Se añade por el art. 123.6 de la Ley 5/2020, de 29 de abril. [Ref. BOE-A-2020-5569](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-5569)</small>
2020-04-30
Instituto Catalán de Finanzas — arts. 17, 25, 32
2017-03-30
Instituto Catalán de Finanzas — arts. 21, 32
2015-12-31
Instituto Catalán de Finanzas — art. 5
2015-07-30
Instituto Catalán de Finanzas — arts. 1, 2, 3 y 12 más
2014-01-22
Instituto Catalán de Finanzas — arts. 1, 2, 3 y 14 más
2013-10-25
Instituto Catalán de Finanzas — arts. 2, 3
2012-03-23
Instituto Catalán de Finanzas — arts. 11, 22
2011-07-29
Instituto Catalán de Finanzas — arts. 1, 4, 5 y 26 más
2004-07-21
Instituto Catalán de Finanzas — arts. 11, 17, 22, 26
2002-12-31
Instituto Catalán de Finanzas
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