ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Rango Decreto
Publicación 2019-12-20
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
artículos 11
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Nacional y Radiodifusión Argentina al Exterior (RAE).

19.

Ejercer la presidencia del CONSEJO ASESOR DEL SISTEMA ARGENTINO DE

TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE, pudiendo delegar dicha función en un

funcionario de la Secretaría con rango no inferior a Subsecretario.

20.

Entender en la administración, operación y desarrollo del Banco

Audiovisual de Contenidos Universales Argentino (BACUA), sus señales,

medios relacionales y conexos.

21.

Intervenir en coordinación con las áreas de la Administración

Pública Nacional con competencia específica en la materia, en lo

inherente a las expresiones tecnológicas, artísticas, educativas,

culturales, informativas y formativas y aquellas vinculadas a la

divulgación del conocimiento que el ESTADO NACIONAL propicie difundir a

través de medios audiovisuales, digitales, parques temáticos y otros.

22.

Fortalecer la libertad de expresión y la pluralidad informativa.

23.

Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la administración de los activos digitales del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

24.

Celebrar convenios con las provincias, municipios, la CIUDAD

AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y otras entidades públicas o privadas para el

desarrollo e implementación de proyectos, programas y acciones en el

marco de su competencia.

25.

Entender en la administración, coordinación y ejecución de las

políticas y acciones que hacen al ejercicio de los derechos societarios

correspondientes a las participaciones accionarias pertenecientes al

ESTADO NACIONAL en las empresas de su ámbito.

26.

Entender en la planificación, ejecución y supervisión de la política de prensa de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

27.

Dirigir la elaboración de la información que se brinda sobre la

gestión de gobierno a los medios de comunicación, nacionales,

provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, municipales e

internacionales.

28.

Disponer la organización y presencia de los medios tanto nacionales

como extranjeros, en el ámbito de su competencia, en los distintos

actos o actividades en la que intervengan funcionarios del gobierno

nacional.

SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA

SUBSECRETARÍA DE PRENSA

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría, en lo que es materia de su competencia, en

la planificación, ejecución y supervisión de la política de prensa.

2.

Coordinar, en el ámbito de su competencia, la planificación de

contenidos relativos a la actividad presidencial destinados a medios de

comunicación nacionales e internacionales.

3.

Asistir a la Secretaría en la elaboración de la información que se

brinda sobre la gestión de gobierno a los medios de comunicación

nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES,

municipales e internacionales.

4.

Articular la vinculación institucional con los medios de comunicación nacionales e internacionales.

5.

Participar en la cobertura que se brinda a los medios de

comunicación nacionales e internacionales de los actos de gobierno, en

coordinación con las áreas con competencia en la materia.

6.

Supervisar la elaboración de la síntesis de prensa para la JEFATURA

DE GABINETE DE MINISTROS, y para el área de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA

SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y ACTOS DE GOBIERNO

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría en todas las tareas inherentes a la comunicación de gobierno.

2.

Asistir a la Secretaría en la planificación de la comunicación digital de las actividades gubernamentales.

3.

Participar en el desarrollo de las actividades relacionadas con la

producción y la difusión de actos y otros eventos que requieren la

presencia del Presidente de la Nación.

4.

Asistir a la Secretaría en la producción, realización y emisión de

Cadenas Nacionales y transmisiones de actos oficiales de la PRESIDENCIA

DE LA NACIÓN, incluyendo las tareas de producción, edición y fotografía.

5.

Coordinar las tareas relativas al manejo de los diferentes tipos de

lenguaje y aspectos lingüísticos requeridos en la comunicación de la

gestión de gobierno.

6.

Intervenir en la elaboración de las campañas de comunicación y de la

producción de contenidos de difusión del ESTADO NACIONAL y sus

objetivos.

7.

Supervisar la difusión de los objetivos de gestión del ESTADO

NACIONAL a fin de proyectar la imagen del país en el ámbito interno y

externo.

8.

Asistir a la Secretaría en la ejecución y supervisión de la política de la comunicación de gobierno.

9.

Asistir a la Secretaría en la administración de los activos digitales del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA

SUBSECRETARÍA DE MEDIOS PÚBLICOS

OBJETIVOS

1.

Intervenir en la coordinación estratégica y en la definición de los

lineamientos de las políticas referentes a los medios públicos

nacionales y su instrumentación.

2.

Intervenir en la formulación, ejecución y seguimiento de las políticas referidas a los medios públicos.

3.

Asistir a la Secretaría en la administración, operación, desarrollo

y explotación de los servicios de radiodifusión sonora y televisiva del

ESTADO NACIONAL a nivel local e internacional.

4.

Asistir a la Secretaría en la administración y el funcionamiento de

la AGENCIA DE PUBLICIDAD DEL ESTADO SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (APE

S.A.U.).

5.

Intervenir en la administración y el funcionamiento de CONTENIDOS

PÚBLICOS S.E., así como en la operación, desarrollo y explotación del

contenido y funcionamiento del Polo de Producción Audiovisual y de las

señales integrantes de dicha Sociedad.

6.

Asistir a la Secretaría en la administración y el funcionamiento de

RADIO Y TELEVISIÓN ARGENTINA S.E., integrada por LS82 Canal 7, LRA

Radio Nacional y Radiodifusión Argentina al Exterior (RAE).

7.

Asistir a la Secretaría en todo lo inherente al ejercicio de la

presidencia del CONSEJO ASESOR DEL SISTEMA ARGENTINO DE TELEVISIÓN

DIGITAL TERRESTRE.

8.

Colaborar en la administración, operación y desarrollo del Banco

Audiovisual de Contenidos Universales Argentino (BACUA), sus señales,

medios relacionados y conexos.

9.

Asistir a la Secretaría en lo inherente a las expresiones

tecnológicas, artísticas, educativas, culturales, informativas y

formativas y aquellas vinculadas a la divulgación del conocimiento que

el ESTADO NACIONAL propicie difundir a través de medios audiovisuales,

redes digitales, parques temáticos y otros.

10.

Intervenir en la generación de contenidos públicos garantizando y

difundiendo programas que contribuyan al sentido de la identidad

nacional.

11.

Promover la producción de contenidos audiovisuales propios y

contribuir a la difusión y distribución de contenidos federales.

12.

Dirigir la generación de contenidos del Polo de Producción Audiovisual y en las señales Encuentro, PakaPaka y Depor TV.

13.

Asistir a la Secretaría en las relaciones institucionales y en la

celebración de convenios de cooperación, intercambio y apoyo recíproco

con entidades públicas o privadas, nacionales, provinciales e

internacionales, en los temas materia de su competencia.

14.

Asistir a la Secretaría en la coordinación de la producción y

distribución de contenido en todo el espectro de medios que forman

parte de las licencias del ESTADO NACIONAL, con criterio federal.

15.

Colaborar en la realización de actividades de producción y emisión

de programas de televisión educativa y multimedial destinados a

fortalecer y complementar las estrategias nacionales de comunicación.

16.

Ejecutar las acciones necesarias para garantizar el uso eficiente

de los recursos del ESTADO NACIONAL en los medios públicos.

17.

Intervenir en la generación de contenidos desarrollados a través de los medios públicos.

18.

Participar en el ámbito de su competencia en la promoción,

organización y participación de exposiciones, ferias, concursos,

espectáculos y muestras donde se difundan producciones nacionales e

internacionales de orden artístico, tecnológico, científico, educativo

y cultural, con criterio federal y en coordinación con los organismos

competentes.

19.

Supervisar la planificación, contratación y ejecución de la publicidad oficial de gestión centralizada y descentralizada.

VI - MINISTERIO DEL INTERIOR (Apartado incorporado por art. 9° del Decreto N° 866/2025 B.O. 9/12/2025. Vigencia: a partir del día de su dictado.)

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

OBJETIVOS

(Objetivos incorporadospor art. 2° del Decreto N° 85/2026 B.O. 5/2/2026.)

1.

Coordinar el Gabinete de Asesores del Ministro.

2.

Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a

dar respuesta a las cuestiones priorizadas por el Ministro.

3.

Entender y asistir al Ministro en todas las cuestiones vinculadas a

los aspectos logísticos y administrativos propios del desarrollo de sus

funciones institucionales.

4.

Asistir al Ministro en materia de relaciones institucionales, ceremonial y protocolo.

5.

Coordinar el seguimiento de los planes, programas y proyectos de las

distintas áreas del Ministerio para optimizar la gestión.

6.

Entender en el diseño, elaboración, definición de instrumentos,

herramientas y procedimientos para generar información de gestión en

coordinación con las áreas competentes.

7.

Coordinar la comunicación institucional, la relación con la prensa y

los medios de comunicación y la difusión de contenidos, el desarrollo e

implementación de la imagen institucional y de los contenidos digitales

de la Jurisdicción.

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1.

Entender en el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo del Ministerio.

2.

Asistir al Ministro en el diseño del anteproyecto de presupuesto de la Jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.

3.

Asistir, en el ámbito de su competencia, a las unidades ejecutoras

de las distintas categorías programáticas correspondiente a los

Servicios Administrativos Financieros de la Jurisdicción, en la

formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las

modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

4.

Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos de la Jurisdicción.

5.

Entender en el despacho y la gestión documental de la Jurisdicción.

6.

Entender en la instrucción de las informaciones sumarias, como así

también en los sumarios administrativos y disciplinarios a cargo de la

Jurisdicción.

7.

Intervenir en la ejecución de las acciones necesarias para las

contrataciones y compras de bienes, locación de obras y servicios, y

demás adquisiciones a cargo del Ministerio.

8.

Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión

administrativa, presupuestaria y financiero-contable de programas,

proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas

con financiamiento externo de la Jurisdicción.

9.

Intervenir en la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y

contrataciones, y de las actividades de control y monitoreo de

programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias

técnicas con financiamiento externo de la Jurisdicción.

10.

Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial,

de infraestructura, de mantenimiento, de administración de bienes

muebles e inmuebles y de servicios de la Jurisdicción.

11.

Entender en la administración y coordinación de los sistemas y

recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones de la

Jurisdicción.

12.

Dirigir el diseño e implementación de las políticas de seguridad de

la información, transparencia e integridad que se desarrollen en el

ámbito de su competencia, de acuerdo a las previsiones que establezca

la Autoridad de Aplicación en cada materia.

13.

Coordinar el suministro de información pública en los términos de

la Ley N° 27.275 en relación a los fines, competencias y funcionamiento

de las áreas de la Jurisdicción.

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA LEGAL

OBJETIVOS

1.

Coordinar el servicio jurídico de la Jurisdicción.

2.

Coordinar el análisis jurídico de los proyectos de leyes y actos administrativos de competencia del Ministerio.

3.

Dirigir la representación del ESTADO NACIONAL, en lo que es

competencia de la Jurisdicción, en los asuntos judiciales,

prejudiciales y arbitrajes, así como en la contestación de los

requerimientos que efectúen los distintos fueros del Poder Judicial.

4.

Monitorear el accionar de las unidades organizativas con competencia en temas legales existentes en el ámbito del Ministerio.

5.

Asistir a la Secretaría en la intervención que le compete en materia de proyectos de leyes y actos administrativos.

6.

Supervisar la elaboración, celebración, ejecución y aplicación de

los convenios, acuerdos y demás instrumentos de carácter jurídico

relativos a su competencia.

7.

Asistir a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, en relación

con los contratos de obras y servicios públicos del Ministerio.

8.

Coordinar el asesoramiento legal que brinde la Secretaría en todas aquellas materias que sean competencia de la Jurisdicción.

9.

Intervenir en la tramitación de informaciones sumarias, y en los

sumarios administrativo-disciplinarios que se instruyan en la

Jurisdicción.

10.

Asistir a la Secretaría en el despacho y en la gestión documental de la Jurisdicción.

11.

Asistir a la Secretaría en el cumplimiento, por parte del Ministerio, de las previsiones de la Ley Nº 27.275. (Objetivo incorporadopor art. 3° del Decreto N° 85/2026 B.O. 5/2/2026.)

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1.

Asistir en el diseño de la política presupuestaria de la Jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.

2.

Colaborar con las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas de la Jurisdicción, en la formulación y programación de

la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten

durante el ejercicio financiero.

3.

Asistir, en el ámbito de su competencia, a las unidades ejecutoras

de las distintas categorías programáticas, en la asignación de recursos

humanos, materiales, equipamientos tecnológicos e insumos necesarios

para el cumplimiento de los objetivos y metas previstos en la

Jurisdicción.

4.

Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que

presta servicio, así como la planificación de las actividades de

administración general de la Jurisdicción.

5.

Coordinar la aplicación de las normas y Convenios Colectivos de

Trabajo que regulan al personal que revista en la jurisdicción, de los

recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones, de la política

de seguridad de la información, así como la gestión de los espacios

físicos de la Jurisdicción.

6.

Coordinar los procesos de gestión administrativa, presupuestaria y

financiero-contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas,

donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo de la

Jurisdicción, como así también de proyectos de participación

público-privada, en lo que es materia de su competencia.

7.

Asistir al Secretario en la ejecución de los procedimientos de

adquisiciones y contrataciones, y de las actividades de control y

monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y

asistencias técnicas con financiamiento externo y/o proyectos de

participación público-privada, en lo que es materia de su competencia.

8.

Colaborar, cuando le sea requerido, en la gestión presupuestaria,

contable y financiera en los temas vinculados a los Organismos

Descentralizados y Entes actuantes en la órbita de la Jurisdicción.

9.

Fomentar la política de transparencia e integridad en la jurisdicción y articular acciones con la OFICINA ANTICORRUPCIÓN. (Objetivo incorporadopor art. 3° del Decreto N° 85/2026 B.O. 5/2/2026.)

MINISTERIO DEL INTERIOR

SECRETARÍA DE INTERIOR

OBJETIVOS

1.

Proponer y planificar políticas, planes y proyectos en materia

poblacional y elaborar estudios sobre la situación demográfica del país

en los aspectos de su composición poblacional, su distribución

territorial y el nivel y tendencias de su crecimiento.

2.

Proponer, en el ámbito de su competencia, las acciones necesarias

para la implementación de reformas políticas, en coordinación con otras

áreas de la Jurisdicción.

3.

Intervenir en la convocatoria para los actos eleccionarios que le

competen e intervenir en la difusión pública de los procedimientos y

normas útiles a la ciudadanía durante el acto eleccionario.

4.

Intervenir en la elaboración de reformas y adecuación de la

legislación en materia de partidos políticos y conceder franquicias e

intervenir en la distribución de los aportes del Fondo Partidario

Permanente a las agrupaciones políticas.

5.Desarrollar las acciones necesarias para la implementación de

reformas políticas, realizando el relevamiento de opiniones y de

propuestas y la elaboración de proyectos de normas modificatorias de

aquellas que rigen el funcionamiento del sistema político.

6.

Asistir al Ministro en las propuestas de reforma de la CONSTITUCIÓN

NACIONAL y en las relaciones con las convenciones que se reúnen a tal

efecto.

7.

Intervenir en los temas conexos con la declaración de estado de

sitio, intervenciones del gobierno federal a las provincias y a la

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y a la sanción de leyes de amnistía

política.

8.

Dirigir la realización de estudios e investigaciones que sirvan de

insumo en materia de políticas demográficas y de fortalecimiento de la

identidad nacional.

9.

Entender en las relaciones con las colectividades extranjeras, en el

área de su competencia, y llevar un registro actualizado de las mismas.

10.

Proponer políticas para el desarrollo e integración de las áreas de frontera y el afianzamiento de la identidad nacional.

11.

Coordinar, en el ámbito de su competencia, la aplicación de la Ley

N° 22.352 y el Decreto Ley N° 15.385 (Ley N° 12.913) en todo lo

relacionado con la preservación de la seguridad de las áreas y zonas de

frontera.

12.

Entender en la gestión de los centros de frontera previstos de la Ley N° 22.352.

13.

Asistir al Ministro en lo concerniente a los actos de carácter

patriótico, efemérides, feriados, custodia de emblemas y símbolos

nacionales, uso de emblemas y símbolos extranjeros e intervenir en lo

relativo a la construcción y emplazamiento de monumentos.

14.

Entender en la coordinación del Consejo Federal de Población.

15.

Mantener la vinculación institucional en materia poblacional con el H. CONGRESO DE LA NACIÓN.

16.

Entender en el diseño de las políticas del ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN.

17.

Ejercer el control tutelar de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS.

18.

Coordinar acciones con organismos nacionales, provinciales, de la

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales, en el ámbito de su

competencia.

19.

Evaluar y proponer al Ministro políticas de descentralización y federalización del Sector Público Nacional.

20.

Participar en los consejos federales constituidos a los fines de

realizar el análisis de políticas públicas que sean materia de

competencia del Ministerio.

21.

Entender en los temas atinentes a la Comisión Nacional de Ex Combatientes de Malvinas.

22.

Intervenir en la elaboración de reformas y adecuación de la

legislación en materia institucional y programar, planificar, ejecutar

y realizar el seguimiento de la política de fortalecimiento de las

instituciones democráticas.

23.

Intervenir en la formulación de las políticas de deportes en el

ámbito nacional, así como definir, implementar y ejecutar planes,

programas y proyectos vinculados al deporte.

24.

Participar, en coordinación con las áreas competentes del

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y

conforme a las directrices que imparta el Ministerio, en la

representación de la REPÚBLICA ARGENTINA en todas las reuniones,

convenciones, foros y eventos internacionales vinculadas a las áreas

del ámbito de su competencia.

25.

Entender en la celebración de instrumentos jurídicos y/o acuerdos

con las organizaciones y organismos locales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE

BUENOS AIRES, provinciales, nacionales, regionales e internacionales,

de carácter público- privado, gubernamentales o no gubernamentales, en

el ámbito de sus competencias.

26.

Asistir al Ministro en lo relativo a la convocatoria y coordinación

operativa de las actividades del Consejo Nacional del Deporte y la

Actividad Física.

27.

Asistir al Ministro en las facultades asignadas como socio fundador

del ENTE NACIONAL DE ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO, creado por la Ley N°

26.573.

28.

Entender en la elaboración y aplicación de políticas de promoción

de la práctica, el desarrollo y la competencia deportiva en las

distintas disciplinas olímpicas y paralímpicas, dentro de los programas

y juegos nacionales y regionales; todo ello en coordinación con las

federaciones nacionales, el Comité Olímpico Argentino (COA), Comité

Paralímpico Argentino (COPAR) y el Ente Nacional de Alto Rendimiento

Deportivo (ENARD).

29.

Intervenir en la realización de los torneos federativos proyectados

por el Comité Paralímpico Argentino (COPAR), instrumentando el apoyo

para la presencia del equipo técnico deportivo especializado y los

clasificadores funcionales para el desarrollo de cada torneo.

30.

Entender en todo lo relativo a los asuntos y políticas para pueblos

indígenas garantizando la participación y consulta con las comunidades,

las provincias y municipios.

31.

Programar, organizar y ejecutar las tareas que la legislación

vigente asigna al Ministerio en materia electoral y de partidos

políticos.

32.

Proponer las medidas conducentes para perfeccionar el Registro

Nacional de Electores y custodiar los ejemplares autenticados del

padrón electoral.

33.

Asistir al Ministro en lo relacionado con la programación y

ejecución de la legislación electoral y el empadronamiento de los

ciudadanos.

34.

Entender en la elaboración de estudios estadísticos de los actos eleccionarios y difundir sus resultados.

35.

Planificar, elaborar, ejecutar y realizar el seguimiento de las

políticas, programas y proyectos orientados a la comunidad y a sus

instituciones representativas.

36.

Promover la realización de actividades político-institucionales y

el desarrollo de normativa tendiente a consolidar la autonomía del

gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

37.

Intervenir en la evaluación técnica de la asignación del Fondo de

Aportes del Tesoro Nacional a las provincias, de conformidad con lo

dispuesto por el artículo 5° de la Ley N° 23.548.

38.

Intervenir en la vinculación política e institucional con

legisladores nacionales, especialmente en temas que involucren a las

provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

39.

Actuar como autoridad de aplicación del Reglamento General para la

Publicidad de la Gestión de Intereses en el ámbito del PODER EJECUTIVO

NACIONAL, como organismo coordinador en los Reglamentos Generales de

Audiencias Públicas para el PODER EJECUTIVO NACIONAL y para la

Elaboración Participativa de Normas, aprobadas por el Decreto N°

1172/03, y como coordinador de la Mesa de Coordinación Institucional

sobre Acceso a la Información Pública, creada por el Decreto N° 899/17.

MINISTERIO DEL INTERIOR

SECRETARÍA DE INTERIOR

SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría en el análisis de la determinación, encuadre

y seguimiento de lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley N° 23.548 del

Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las Provincias.

2.

Asistir a la Secretaría en su actuación como Autoridad de Aplicación

del Reglamento General para la Publicidad de la Gestión de Intereses en

el ámbito del PODER EJECUTIVO NACIONAL, como Organismo Coordinador del

Reglamento General de Audiencias Públicas para el PODER EJECUTIVO

NACIONAL y del Reglamento General para la Elaboración Participativa de

Normas, aprobados por el Decreto N° 1172/03.

3.

Astir a la Secretaría en sus funciones en la Mesa de Coordinación

Institucional sobre Acceso a la Información Pública, creada por el

Decreto N° 899/17.

4.

Asistir a la Secretaría en la vinculación institucional en materia poblacional con el H. CONGRESO DE LA NACIÓN.

5.

Coordinar la elaboración de investigaciones y estudios en materia de política demográfica e identidad nacional.

6.

Mantener vinculaciones con organismos nacionales e internacionales

que producen información sobre el comportamiento de

variables demográficas.

7.

Coordinar los trabajos de elaboración de diagnósticos sobre el

comportamiento de las variables demográficas y sobre sus

particularidades sociales, económicas y regionales.

8.

Asistir a la Secretaría en la elaboración de las políticas y supervisar la gestión del ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN.

9.

Asistir a la Secretaría en el ejercicio del control tutelar de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS.

10.

Proponer a la Secretaría los proyectos de políticas de descentralización y federalización del Sector Público Nacional.

11.

Asistir a la Secretaría en la gestión de los Centros de Frontera previstos de la Ley N° 22.352.

SECRETARÍA DE INTERIOR

SUBSECRETARÍA DE DEPORTES

OBJETIVOS

1.

Intervenir en la asignación de recursos destinados al fomento del

deporte a nivel nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS

AIRES y municipal, en el marco de su competencia específica.

2.

Colaborar con la Secretaría en el marco de las facultades asignadas

al Ministro como socio fundador del ENTE NACIONAL DE ALTO

RENDIMIENTO DEPORTIVO, creado por la Ley N° 26.573.

3.

Asistir a la Secretaría en la elaboración y aplicación de políticas

de promoción de la práctica, el desarrollo y la competencia deportiva

en las distintas disciplinas olímpicas y paralímpicas, dentro de los

programas y juegos nacionales y regionales; todo ello en coordinación

con las federaciones nacionales, el Comité Olímpico Argentino (COA),

Comité Paralímpico Argentino (COPAR) y el Ente Nacional de Alto

Rendimiento Deportivo (ENARD).

4.

Asistir a la Secretaría en la realización de los torneos federativos

proyectados por el Comité Paralímpico Argentino (COPAR), instrumentando

el apoyo para la presencia del equipo técnico deportivo especializado y

los clasificadores funcionales para el desarrollo de cada torneo.

5.

Intervenir en la coordinación y ejecución de programas de promoción

y desarrollo del deporte de alto rendimiento a nivel federal,

promoviendo los principios de la ética deportiva y haciendo partícipe

de ella a todos los integrantes del sistema deportivo nacional, sobre

la base de los estándares internacionales de cada disciplina.

6.

Intervenir en la promoción y el desarrollo en el país de la actividad física y deportiva en todas sus formas.

7.

Promover y asistir las prácticas deportivas a nivel competitivo nacional, regional e internacional.

8.

Entender en el desarrollo del deporte de base en todo el territorio

de la REPÚBLICA ARGENTINA, en coordinación con los organismos

nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y

municipales y con instituciones privadas.

9.

Participar en la promoción de sistemas integrados de planificación,

proyecto, dirección y supervisión de las obras de infraestructura

deportiva a nivel nacional, considerando especialmente el desarrollo de

centros regionales de alto y mediano rendimiento y de tecnología

aplicada al deporte que permitan aumentar la cantidad de competencias

internacionales que se desarrollan en el país, en coordinación con los

demás organismos nacionales con competencia en la materia.

10.

Colaborar, en el ámbito de su competencia, en la solicitud,

formulación y seguimiento de programas y proyectos con financiamiento

internacional.

11.

Intervenir en la promoción y en la orientación del entrenamiento

deportivo y el desarrollo de competencias, en coordinación con los

organismos públicos o privados correspondientes.

12.

Desarrollar políticas de promoción de la igualdad de género en el

deporte, las cuales articularán estrategias de promoción y de remoción

de obstáculos administrativos y/o normativos en todos los ámbitos de

competencia y práctica.

13.

Intervenir en la formación permanente de los recursos humanos que actúan en las actividades físicas y deportivas.

14.

Desarrollar políticas de promoción del deporte adaptado e inclusivo para personas con discapacidad.

15.

Coordinar la asignación, administración y otorgamiento de becas,

subsidios, subvenciones u otro instrumento similar estipulado para el

fomento de la actividad deportiva, en la cancelación de dichos

beneficios en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo de los

beneficiarios, y en la inhabilitación de los mismos hasta su

regularización, de acuerdo a los términos de la reglamentación

correspondiente.

16.

Articular con el Ente Nacional de Alto Rendimiento Deportivo (ENARD) las políticas del Deporte de Alto Rendimiento.

17.

Articular con el MINISTERIO DE SALUD, con los actores sanitarios

competentes en cada caso y con el Ente Nacional de Alto Rendimiento

Deportivo (ENARD) las acciones necesarias para brindar el apoyo

preventivo sanitario para el desarrollo de las actividades físicas y

deportivas.

18.

Entender en la promoción de la investigación científica en el campo

del deporte, así como en la asistencia al deportista, cualquiera sea su

nivel competitivo, en el cuidado de su salud, en la mejora de su

rendimiento y en la prevención del dopaje, en coordinación con los

organismos competentes en la materia.

19.

Implementar medidas activas para la erradicación de cualquier tipo

de práctica discriminatoria, xenofóbica y/o racista en el ámbito del

deporte, en coordinación con los demás organismos nacionales con

competencia en la materia.

20.

Entender en lo relativo a la implementación de la Ley N° 27.098.

21.

Coordinar, de acuerdo con lo establecido por la Ley N° 26.912, la

representación del Ministro ante la COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE.

SECRETARÍA DE INTERIOR

SUBSECRETARÍA DE ENLACE LEGISLATIVO

OBJETIVOS

1.

Asistir al Secretario en las relaciones con el PODER LEGISLATIVO

NACIONAL, priorizando los temas de interés, en el ámbito de su

competencia, del PODER EJECUTIVO NACIONAL con los gobiernos

provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en coordinación

con la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

2.

Asistir al Secretario en la vinculación político e institucional con

legisladores nacionales, especialmente en temas que involucren a las

provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

3.

Realizar, en el ámbito de su competencia, el seguimiento de los

proyectos de ley que tengan impacto federal, identificando

oportunidades, riesgos y actores clave.

4.

Realizar informes sobre la actividad parlamentaria que afecte

competencias del Ministerio, elaborando alertas tempranas y reportes

periódicos para la Secretaría.

5.

Coordinar la interacción del Secretario con las Comisiones del

Congreso, asegurando la asistencia de los representantes del Ministerio

cuando resulte necesario para optimizar la gestión de las iniciativas

vinculadas a políticas federales.

6.

Entender en la elaboración de posicionamientos, informes y

documentos técnicos que el Secretario requiera para su participación en

instancias de negociación parlamentaria, en coordinación con las áreas

de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

7.

Relevar el estado de los proyectos parlamentarios en las Comisiones

del Congreso que sirvan de insumo para la preparación de encuentros

entre el Secretario, los Gobernadores y el Jefe de Gobierno de la

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

8.

Relevar las demandas y prioridades legislativas de los gobiernos

provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, articulando con

sus representantes institucionales y oficinas de enlace.

9.

Consolidar información legislativa de las distintas áreas del

Ministerio produciendo reportes unificados para la toma de decisiones

estratégicas.

10.

Coordinar mesas de trabajo y reuniones de articulación entre

autoridades del Ministerio y legisladores nacionales sobre iniciativas

con impacto subnacional o institucional.

11.

Realizar el seguimiento de la reglamentación e implementación de leyes en asuntos materia de competencia del Ministerio.

12.

Asistir al Secretario en las gestiones parlamentarias vinculadas a

convenios, programas federales y políticas públicas de alcance

subnacional colaborando en su presentación, defensa y tramitación

legislativa.

MINISTERIO DEL INTERIOR

SECRETARÍA DE INTERIOR

SUBSECRETARÍA DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS

OBJETIVOS

1.

Entender como Autoridad de Aplicación en todo lo referente a la Ley

sobre Política Indígena y Apoyo a las Comunidades Aborígenes Nº 23.302,

disposiciones modificatorias y complementarias y al Convenio 169 de la

ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO SOBRE PUEBLOS INDÍGENAS Y

TRIBALES EN PAÍSES INDEPENDIENTES, aprobado por la Ley N° 24.071, en

coordinación con los organismos nacionales, provinciales, de la CIUDAD

AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales competentes.

2.

Elaborar en coordinación con el MINISTERIO DE SALUD y con los

gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES,

programas de prevención y asistencia sanitaria en las comunidades

indígenas, otorgando especial atención a la salud materno-infantil, de

primera infancia y a los adultos mayores, en los que se incluirán los

conocimientos y modalidades que aporte la medicina tradicional.

3.

Elaborar, en coordinación con la SECRETARIA DE EDUCACIÓN del

MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO y con los gobiernos provinciales y de la

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, programas de educación bilingüe e

intercultural concediendo prioridad a la realización de campañas de

alfabetización, terminalidad educativa y acceso a la educación superior.

4.

Establecer, en coordinación con los gobiernos provinciales, de la

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS y con instituciones oficiales de crédito, la

priorización de planes habitacionales que contemplen el modus vivendi

de la comunidad y que permitan mejorar la situación individual y

comunitaria habitacional y de habitabilidad de los pueblos indígenas.

5.

Asistir a los gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE

BUENOS AIRES, en articulación con las áreas de la Administración

Pública Nacional con competencia en materia ambiental, en la

elaboración, ejecución y monitoreo de los planes de ordenamiento

territorial y ambiental, promoviendo la participación de las

comunidades indígenas.

6.

Difundir y facilitar, en coordinación con las áreas competentes del

MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, las gestiones de acceso a las

prestaciones previsionales y sociales para los miembros de las

comunidades indígenas.

7.

Asistir y elaborar, de manera concertada con las autoridades

provinciales competentes, la implementación de

relevamientos territoriales o georreferenciaciones de

comunidades indígenas, la aplicación planes de mensura y/o regímenes de

propiedad comunitaria u otra forma de reconocimiento, como así también

asistir a las provincias en la definición de sus regímenes de

reconocimiento y ordenamiento territorial de comunidades indígenas.

8.

Asesorar a organismos públicos y entidades privadas en todo lo

relativo a fomento, promoción, desarrollo y protección de las

comunidades indígenas.

9.

Entender en todo lo atinente al Registro Nacional de Comunidades Indígenas.

10.

Realizar estudios y censos que permitan analizar y diagnosticar los

problemas socioeconómicos, sanitarios y culturales que afecten a las

comunidades indígenas, que posibiliten la formulación de proyectos de

desarrollo para resolverlos, incluyendo la adjudicación de tierras.

11.Difundir el conocimiento del patrimonio cultural indígena, y

promover la participación de las comunidades en el uso de los medios

para ese fin.

12.

Promover en coordinación con las autoridades competentes nacionales

y locales, líneas de formación y capacitación técnica y laboral

orientados a mejorar las oportunidades de desarrollo económico a nivel

individual y comunitario.

13.

Propiciar la realización de procedimientos electivos según la

tradición y pautas culturales de cada comunidad indígena, para la

designación de sus representantes y la integración del Consejo de

Coordinación creado por la Ley N° 23.302.

14.

Elaborar e implementar planes de adjudicación y explotación de las

tierras, de acuerdo a la viabilidad, existencia y aprobación respectiva.

15.

Impulsar la realización de planes de saneamiento ambiental, por

parte de los gobiernos provinciales, para asegurar condiciones

higiénicas en los lugares de emplazamiento de las comunidades indígenas

16.

Convocar y presidir las reuniones del Consejo de Coordinación,

creado por la Ley N° 23.302, y dictar su reglamento interno de

funcionamiento.

17.

Dirigir las gestiones encomendadas por el artículo 8° de la Ley N° 23.302.

18.

Entender, en articulación con las áreas pertinentes del MINISTERIO

DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, en todo lo

relativo al proceso de supervisión internacional del cumplimiento de la

SENTENCIA DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS - CASO

COMUNIDADES INDÍGENAS MIEMBROS DE LA ASOCIACIÓN LHAKA HONHAT (NUESTRA

TIERRA) VS. ARGENTINA hasta su conclusión definitiva mediante la

correspondiente resolución de la CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS

HUMANOS que así lo disponga.

19.

Entender en la coordinación, con las autoridades competentes del

Sector Público Nacional y del Gobierno de la PROVINCIA DE SALTA, de las

acciones que deban llevarse a cabo para el cumplimiento de la sentencia

de la CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS – CASO COMUNIDADES

INDÍGENAS MIEMBROS DE LA ASOCIACIÓN LHAKA HONHAT (NUESTRA TIERRA) VS.

ARGENTINA.

MINISTERIO DEL INTERIOR

SECRETARÍA DE PROVINCIAS Y MUNICIPIOS

OBJETIVOS

1.

Asistir al Ministro en las actividades político-institucionales que,

en el marco de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y la forma federal de gobierno,

el Gobierno Nacional, desarrolle con las provincias y con la CIUDAD

AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y las correspondientes a las relaciones

interprovinciales.

2.

Promover políticas públicas y acuerdos a nivel federal y regional,

tendientes a la armonización entre las políticas del Gobierno Nacional

y los Gobiernos Provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y

municipal, con miras al desarrollo federal.

3.

Entender en el análisis de los proyectos de legislación nacional en

los que sea necesario coordinar normas nacionales, provinciales y

municipales.

4.

Entender en la formulación y ejecución de políticas de

descentralización y coordinar las políticas inherentes a la

regionalización de las provincias y las iniciativas de desarrollo

regional, conforme con lo dispuesto en el artículo 124 de la

CONSTITUCIÓN NACIONAL.

5.

Asesorar en el ámbito de su competencia en lo relativo al régimen

jurídico de las aguas de los ríos interprovinciales y sus afluentes.

6.

Asistir al Ministro, en coordinación con otras áreas, en la

promoción de la reforma política a nivel provincial y de la CIUDAD

AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en el ámbito de su competencia.

7.

Celebrar convenios con las provincias, con la CIUDAD AUTÓNOMA DE

BUENOS AIRES, con los municipios y con otras Entidades gubernamentales,

organizaciones civiles y organismos internacionales para el desarrollo

e implementación de los programas y acciones de su competencia.

8.

Impulsar la realización de acuerdos entre los municipios para la

solución de problemáticas regionales o de interés común y a la

optimización de la cooperación internacional dirigida a éstos.

9.

Asistir técnicamente a los municipios para la innovación de los

sistemas administrativos locales y el fortalecimiento de su capacidad

de gestión.

10.

Actuar como unidad ejecutora de proyectos de fortalecimiento

institucional de los gobiernos provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE

BUENOS AIRES y municipales, en el marco de su competencia.

11.

Participar, en coordinación con otras áreas de la Administración

Pública Nacional con competencia específica en la materia, en la

evaluación y seguimiento de los sistemas financieros de los Estados

provinciales, los procesos de privatizaciones y desregulación y en

general todo lo atinente al examen y resolución de las cuestiones

objeto de controversia en el campo económico, financiero y/o fiscal

entre la Nación y las provincias.

12.

Diseñar planes y coordinar acciones con los gobiernos de las

provincias, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y con los municipios,

en el ámbito de su competencia, asesorando en la formulación y gestión

de proyectos de carácter federal, y coordinar con el MINISTERIO DE

ECONOMÍA el desarrollo de las políticas y programas de asistencia a las

provincias, a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y a los municipios.

13.

Asistir al Ministro en el monitoreo y seguimiento del cumplimiento

de las obligaciones asumidas en carácter de autoridad de aplicación de

las normas que establecen su competencia.

SECRETARÍA DE PROVINCIAS Y MUNICIPIOS

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON LAS PROVINCIAS

OBJETIVOS

1.Desarrollar acciones de fortalecimiento institucional a nivel

provincial y regional, orientadas a la promoción del desarrollo

económico y social.

2.

Asistir a la Secretaría en la promoción de la reforma política a nivel provincial y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

3.

Coordinar, con las distintas dependencias de la Jurisdicción y con

los Ministerios con competencia en la materia, los aspectos vinculados

con el apoyo institucional a las políticas de desarrollo provincial y

municipal.

4.

Proponer, en el ámbito de su competencia, instrumentos de

asistencia a las provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en

coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con

competencia en la materia.

5.

Participar, en el ámbito de su competencia y con los organismos

correspondientes, en la instrumentación de lo vinculado con el régimen

de coparticipación federal de impuestos y en el seguimiento y control

de la aplicación de la normativa vigente en la materia, o de regímenes

especiales de transferencia de recursos nacionales a las provincias.

6.

Promover acciones de coordinación de las políticas de endeudamiento

del Gobierno Nacional con relación a los gobiernos provinciales y

municipales, y realizar el seguimiento de los niveles de endeudamiento

de estos últimos y de su incidencia en sus finanzas públicas.

7.

Intervenir, en el ámbito de su competencia, en el desarrollo de las

relaciones con los gobiernos de las provincias y de la CIUDAD AUTÓNOMA

DE BUENOS AIRES y a lo vinculado con cuestiones interjurisdiccionales.

8.

Dirigir la elaboración de estudios y diagnósticos relevantes para la planificación estratégica regional.

9.

Asistir a la Secretaría en lo atinente a la celebración de convenios

con las provincias, con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, con

entidades gubernamentales, organizaciones civiles y organismos

internacionales para el desarrollo e implementación de los

programas y acciones de su competencia.

SECRETARÍA DE PROVINCIAS Y MUNICIPIOS

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON LOS MUNICIPIOS

OBJETIVOS

1.

Coordinar la implementación de los proyectos referidos al

mejoramiento de la capacidad de gestión de los gobiernos municipales, a

la modernización de sus sistemas administrativos y de gestión y al

fortalecimiento de la capacidad de gerenciamiento de las políticas

públicas de los gobiernos municipales.

2.

Diseñar, evaluar y proponer cursos de acción a seguir en materia de

promoción y desarrollo de micro-regiones, proponer planes y proyectos,

como así también diseñar los instrumentos adecuados para su

implementación y capacitación.

3.

Participar en la suscripción de convenios con gobiernos municipales,

entidades gubernamentales, organizaciones civiles y organismos

internacionales, en el marco de su competencia.

4.

Asistir a la Secretaría en su relación con las autoridades

municipales, así como en el intercambio de información para la

elaboración de informes y análisis vinculados a la implementación de

las políticas públicas, planes y programas de la Secretaría.

5.

Proponer planes y programas tendientes a la descentralización de

funciones desde las provincias hacia los municipios, en el ámbito de su

competencia.

6.

Proponer y desarrollar mecanismos de coordinación institucional, nacional y sectorial en materia de su competencia.

7.

Dirigir la elaboración de diagnósticos que sean de utilidad para la planificación estratégica de micro-regiones.

**VII.- MINISTERIO DE RELACIONES

EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y*CULTO (Apartado sustituido por art. 2° del*[Decreto

N° 87/2023](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=395648)B.O. 27/12/2023.)

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

OBJETIVOS:

1.

Asistir al Ministro en el cumplimiento de todas sus funciones y

coordinar su Gabinete.

2.

Intervenir en las estrategias de comunicación.

3.

Intervenir en la coordinación de las actividades de interpretación y

traducción de la documentación solicitada por las distintas áreas del

Ministerio y por la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

4.

Supervisar el desarrollo de las tareas vinculadas al análisis de

documentos, a la agenda del Ministro, a la preparación de discursos y a

la asesoría técnica en materias afines.

5.

Intervenir en la tramitación de las solicitudes de audiencias

formuladas al Ministro, tanto en el país como en el exterior, y

asesorarlo respecto de su temario, estableciendo su importancia y su

prioridad.

6.

Entender en la coordinación de la atención de las delegaciones y de

las personalidades que concurran a entrevistarse con el Ministro.

7.

Supervisar el análisis y derivaciones a los organismos

correspondientes de aquellas solicitudes cuyo tenor no hiciera

necesaria la concreción de entrevistas directas con el Ministro.

8.

Entender en la definición y conducción política y en los cursos de

acción a seguir en materia de cooperación internacional bilateral y

multilateral; así como en las modalidades de instrumentación de los

programas y proyectos de cooperación internacional y las alternativas

de financiación para su ejecución.

9.

Asistir al Ministro en el ceremonial de Estado y asuntos

protocolares de la REPÚBLICA ARGENTINA, así como en la aplicación del

régimen de franquicias diplomáticas.

10.

Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a

dar adecuada y rápida respuesta a las cuestiones priorizadas por el

Ministro y asesorar sobre las cuestiones estratégicas y prioritarias

para la gestión del Ministerio

11.

Ejercer las funciones de enlace con la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS en los aspectos vinculados a la implementación de las

políticas en materia de modernización del Estado dispuestas por el

PODER EJECUTIVO NACIONAL.

12.

Evaluar la oportunidad, mérito y conveniencia de los proyectos de

actos administrativos y de los convenios que se sometan a

consideración, firma o refrendo del Ministro, y coordinar su

publicación en el Boletín Oficial a través de la Dirección de Gestión

Documental.

13.

Coordinar con la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y ADMINISTRACIÓN

EXTERIOR la identificación y decisión de ejecución de actividades

críticas, con el fin de optimizar la asignación de recursos. (Objetivo sustituido por art. 2° delDecreto N° 169/2025*B.O. 7/3/2025. Vigencia: a partir del día de su

publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*

14.

Asesorar al Ministro en materia de elaboración y puesta en práctica

de los lineamientos generales de política exterior.

15.

Asesorar al Ministro en materia de la formulación de estrategias de

política exterior relacionadas con la defensa, sobre la base del

análisis geopolítico y el estudio de los conflictos internacionales.

16.

Entender, en el ámbito de su competencia, en la coordinación

institucional entre el Ministerio y los demás ministerios, los Poderes

Legislativo y Judicial, las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS

AIRES, los municipios y las organizaciones intermedias.

17.

*(Objetivo derogado por art. 13

del*[Decreto

N° 318/2024](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=398160)B.O. 17/4/2024.)

*(MINISTERIO

DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, SECRETARÍA DE

COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR, objetivos derogados por art. 3°

delDecreto N° 169/2025B.O. 7/3/2025. Vigencia: a partir del día de su

publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y ADMINISTRACIÓN EXTERIOR

OBJETIVOS

(Objetivos incorporados por art. 4° delDecreto N° 169/2025*B.O. 7/3/2025. Vigencia: a partir del día de su

publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*

1.

Entender en materia de administración, gestión de recursos humanos y

en la planificación, gestión y modernización de los procesos y sistemas

vinculados con su administración en el país y en las Representaciones

Diplomáticas y Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA en el exterior.

2.

Ejercer la Presidencia de la Junta Calificadora del Servicio

Exterior de la Nación, prevista en el artículo 36 de la Ley N° 20.957,

y prestar apoyo respecto del personal encuadrado en otros régimen

escalafonarios que preste servicios en el ámbito de su competencia.

3.

Ejercer el rol de organismo de coordinación en materia de

implementación de programas y proyectos en el marco del Programa de

Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y de la Oficina de Naciones

Unidas de Servicios para Proyectos (UNOPS) en la REPÚBLICA ARGENTINA.

4.

Entender en la ejecución operativa y en los procesos de gestión

administrativa, presupuestaria y financiero-contable de programas,

proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas

con financiamiento externo, como así también de proyectos de

participación público-privada.

5.

Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y

contrataciones y de las actividades de control y monitoreo de

programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias

técnicas con financiamiento externo y/o proyectos de participación

público-privada.

6.

Entender en las cuestiones vinculadas con la formulación

presupuestaria de la gestión económica, financiera, patrimonial,

contable, de infraestructura, de mantenimiento y de servicios, así como

con los bienes del Ministerio, tanto en el país como en el exterior.

7.

Entender en el asesoramiento jurídico e intervenir en la elaboración

de los proyectos de leyes y actos administrativos vinculados con las

competencias de la Jurisdicción.

8.

Entender en materia de cooperación jurídica internacional y actuar

como Autoridad de Aplicación en las convenciones internacionales en la

materia.

9.

Entender en las informaciones sumarias y sumarios administrativos que se instruyan en la Jurisdicción.

10.

Entender, programar y coordinar las actividades relativas a los

servicios de mantenimiento y administración de los bienes muebles e

inmuebles, propios, en posesión o tenencia del Ministerio y de las

Representaciones Diplomáticas y Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA en

el exterior.

11.

Planificar el mantenimiento, la contratación y prestación de los

servicios necesarios para el funcionamiento de la infraestructura del

Ministerio en el país y en las Representaciones Diplomáticas y

Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA en el exterior.

12.

Entender en los procesos y actividades referidos a la seguridad y

protección de las personas, de los bienes y de la información de la

Jurisdicción y de las Representaciones Diplomáticas y Consulares de la

REPÚBLICA ARGENTINA en el exterior.

13.

Entender, planificar e intervenir en las acciones relativas a la

gestión y administración de las tecnologías de la información y las

comunicaciones asociadas del Ministerio en el país y en las

Representaciones Diplomáticas y Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA en

el exterior.

14.

Intervenir en el cumplimiento por parte del Ministerio de lo

dispuesto en la normativa que regula el acceso a la información

pública, establecida por la Ley N° 27.275.

15.

Entender en la gestión de la habilitación otorgada a la

Jurisdicción por la Asociación del Transporte Aéreo Internacional

(I.A.T.A.) para la emisión de pasajes aéreos a través del sistema

"Billing Settlement Plan (B.S.P.)’’.

16.

Entender y planificar las acciones relativas al sistema de

seguimiento y control de gestión de las Representaciones Diplomáticas y

Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA en el exterior.

17.

Entender en la gestión documental de la Jurisdicción y supervisar las acciones tendientes a la gestión electrónica.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES

OBJETIVOS

1.

Asistir al Ministro, desde el punto de vista de la política

exterior, en las relaciones con los países y con los organismos

internacionales.

2.

Coordinar con las otras Secretarías del Ministerio los diversos

aspectos de la política exterior y su armonización en base a criterios

funcionales y geográficos.

3.

Asistir al Ministro, en el ámbito de su competencia, en la

formulación de políticas, en la elaboración de planes, programas y

cursos de acción, así como en la representación del ESTADO NACIONAL

ante los organismos internacionales y regionales en materia de

seguridad internacional, nuclear y espacial, de seguridad humana y

cibernética, de lucha contra el uso indebido de drogas, el tráfico

ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, la política de

desarme y no proliferación de tecnologías sensitivas vinculadas a las

armas de destrucción, como así también en la prevención y sanción de

delitos internacionales. (Objetivo sustituido por art. 6° delDecreto N° 764/2024*B.O. 28/8/2024. Vigencia: a partir del día de su

publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*

4.

Asistir al Ministro, en el ámbito de su competencia, en la

formulación de políticas, en la elaboración de planes, programas y

cursos de acción, así como en la representación del ESTADO NACIONAL

ante los organismos internacionales y regionales vinculados al

desarrollo e innovación tecnológica; los temas energéticos; las

operaciones de mantenimiento de paz; el desarrollo de áreas y zonas de

frontera; la preservación y protección de los recursos naturales, los

asuntos ambientales, los recursos del territorio terrestre y marítimo

así como el espacio aéreo de la REPÚBLICA ARGENTINA y sus áreas

adyacentes, en el ámbito de su competencia.

5.

Intervenir, desde el punto de vista de la política exterior, en todo

lo inherente a las actividades de las misiones especiales enviadas a la

REPÚBLICA ARGENTINA por los gobiernos extranjeros o por organismos o

entidades internacionales.

6.

Entender en el diseño y en la ejecución de la asistencia

humanitaria, la atención de las emergencias y la gestión integral del

riesgo de desastres, en coordinación con los organismos competentes del

Sistema de las Naciones Unidas y otros organismos internacionales.

7.

Intervenir en la planificación, conducción y ejecución de las

acciones del programa internacional denominado "Cascos Blancos”,

apoyada en el Cuerpo de Voluntarios.

8.

Formular y conducir la política y cursos de acción a seguir en

materia de asuntos consulares, como también los asuntos relativos a las

cuestiones de política de migración e inmigración en el plano

internacional, en coordinación con la autoridad migratoria nacional.

9.

Coordinar, junto a la CÁMARA NACIONAL ELECTORAL y a la VICEJEFATURA

DE GABINETE DEL INTERIOR, la realización de los comicios en las

Representaciones Diplomáticas y Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA en

ocasión de elecciones nacionales. (Objetivo sustituido por art. 12 del[Decreto

Nº 644/2024](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=401752)*B.O. 19/7/2024. Vigencia: a partir del día de su

publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*

10.

Intervenir, desde el punto de vista de la política exterior, y en

coordinación con los organismos regionales, nacionales, provinciales y

de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en el desarrollo de los procesos

de integración física con los países limítrofes, en la negociación y

tramitación de los tratados de arreglos concernientes a los límites

internacionales y en el registro y difusión de los mapas oficiales de

los límites de la REPÚBLICA ARGENTINA.

11.

Coordinar con otras áreas de la Administración Pública Nacional,

provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal los temas

de competencia de la Cartera que tengan impacto en las relaciones

internacionales de la REPÚBLICA ARGENTINA.

12.

Asistir al Ministro en la identificación y elaboración y

consecución de los objetivos de política exterior de carácter bilateral

y multilateral con todos los actores de la comunidad internacional.

13.

Intervenir en la concesión del derecho de asilo. (Objetivo sustituido por art. 6° delDecreto N° 764/2024*B.O. 28/8/2024. Vigencia: a partir del día de su

publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*

14.

Entender en la aplicación de los principios y las normas del

Derecho Internacional Público y Privado y en la confección y registro

de los instrumentos internacionales de los que sea parte la REPÚBLICA

ARGENTINA. Intervenir en la concesión del derecho de asilo. (Objetivo sustituido por art. 6° delDecreto N° 764/2024*B.O. 28/8/2024. Vigencia: a partir del día de su

publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*

15.

Entender en los asuntos relativos al Instituto Nacional del Hielo

Continental Patagónico.

16.

Contribuir a la identificación y elaboración de los objetivos de

política exterior, de carácter bilateral o multilateral, con los países

de AMÉRICA DEL SUR y del CARIBE, y efectuar las gestiones necesarias

para la consecución de esos objetivos. (Objetivo incorporado por art. 5° delDecreto N° 169/2025*B.O. 7/3/2025. Vigencia: a partir del día de su

publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*

17.

Identificar, planificar y coordinar las políticas y acciones

necesarias para instrumentar y desarrollar la integración política con

los países pertenecientes a AMÉRICA DEL SUR y al CARIBE, y con los

organismos y foros de integración regional, en coordinación con los

organismos nacionales, provinciales y regionales de enlace. (Objetivo incorporado por art. 5° delDecreto N° 169/2025*B.O. 7/3/2025. Vigencia: a partir del día de su

publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*

18.

Entender en todo lo relativo a las comisiones internacionales vinculadas con la Cuenca del Plata. (Objetivo incorporado por art. 5° delDecreto N° 169/2025*B.O. 7/3/2025. Vigencia: a partir del día de su

publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*

SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA EXTERIOR

OBJETIVOS

1.

Efectuar las gestiones para la consecución de los objetivos de

política exterior asignados a la Secretaría, de carácter bilateral o

multilateral, con los países de EUROPA, ÁFRICA, MEDIO ORIENTE, ASIA y

OCEANÍA.

2.

Preparar, implementar y efectuar, en el ámbito de su competencia, el

seguimiento de las negociaciones con los organismos internacionales.

3.

(Objetivo derogado por art. 7° delDecreto N° 764/2024*B.O. 28/8/2024. Vigencia: a partir del día de su

publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*

4.

Participar en la formulación de las políticas, cursos de acción y

mecanismos de financiamiento multilaterales relativos a los asuntos

ambientales y a la preservación de los recursos naturales del

territorio terrestre y marítimo argentino y sus áreas adyacentes; así

como del espacio aéreo y marítimo, en el ámbito de su competencia.

5.

Participar en la formulación de las políticas y cursos de acción a

seguir en los asuntos relativos a la seguridad internacional, nuclear y

espacial, así como también en los asuntos relativos a la seguridad

humana, la lucha contra el tráfico ilícito de estupefacientes y

sustancias psicotrópicas, la seguridad cibernética, la política de

desarme, la no proliferación de tecnologías sensitivas vinculadas a las

armas de destrucción, el antiterrorismo internacional y otros delitos

transnacionales, en el ámbito de su competencia.

6.

Participar en la formulación de las políticas y cursos de acción a

seguir relativas al desarrollo e innovación tecnológica, en el ámbito

de su competencia.

7.

Colaborar, en el ámbito de su competencia, en la programación de

objetivos y actividades en reuniones, congresos y conferencias de

carácter internacional y en misiones especiales ante gobiernos

extranjeros en las que la REPÚBLICA ARGENTINA participe, como así

también los que se desarrollen en organismos y entidades

internacionales, así como en las instrucciones que corresponda impartir

en cada caso y su ejecución.

8.

(Objetivo derogado por art. 7° delDecreto N° 764/2024*B.O. 28/8/2024. Vigencia: a partir del día de su

publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*

(SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES, SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS AMERICANOS, objetivos derogados por art. 3° delDecreto N° 169/2025*B.O. 7/3/2025. Vigencia: a partir del día de su

publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

SECRETARÍA DE MALVINAS, ANTÁRTIDA, POLÍTICA OCEÁNICA Y ATLÁNTICO SUR

OBJETIVOS

1.

Entender en los temas vinculados a las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL

SUR, SÁNDWICH DEL SUR y a los espacios marítimos circundantes en el

Atlántico Sur.

2.

Diseñar estrategias y coordinar acciones desde el punto de vista de

la política exterior, en el ámbito bilateral y multilateral, para la

mejor defensa de los derechos e intereses de la REPÚBLICA ARGENTINA

sobre las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SÁNDWICH DEL SUR y los

espacios marítimos circundantes en el Atlántico Sur, coordinando las

acciones que fueran necesarias con las unidades de la Jurisdicción y

demás ministerios con competencia en la materia.

3.

Proponer y ejecutar las acciones para la difusión de los derechos de

la REPÚBLICA ARGENTINA sobre las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR,

SÁNDWICH DEL SUR y los espacios marítimos circundantes en el Atlántico

Sur.

4.

Promover estudios e investigaciones históricas y jurídicas sobre los

temas vinculados a los territorios y espacios marítimos bajo disputa de

soberanía en el Atlántico Sur, complementando y preservando el acervo

documental sobre el tema.

5.

Asistir al Ministro en el diseño y ejecución de la política oceánica

y del Atlántico Sur, desde el punto de vista de la política exterior,

para el impulso de la investigación científica marina y la protección

del medio ambiente y de los recursos oceánicos, coordinando las

acciones que fueran necesarias con las demás áreas de la Jurisdicción

ministerial y otros ministerios con competencia en la materia.

6.

Entender en la planificación y dirección de la política antártica y

ejecutar la actividad Antártica de la REPÚBLICA ARGENTINA, armonizando

sus alcances y efectos con los criterios globales de política exterior

e implementando los compromisos internacionales que correspondan.

7.

Entender en lo relacionado con el límite exterior de la plataforma

continental de la REPÚBLICA ARGENTINA y ejercer la presidencia de la

Comisión Nacional de Límite Exterior de la Plataforma Continental.

8.

Entender en el desarrollo de las políticas y acciones que realiza el

Consejo Consultivo de Temas Vinculados al Atlántico Sur.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES

OBJETIVOS

1.

Entender, desde el punto de vista de la política exterior, en la

formulación de estrategias, políticas y cursos de acción a seguir en

las negociaciones económicas y comerciales bilaterales, regionales y

multilaterales con todos los países y organismos de integración con los

que la REPÚBLICA ARGENTINA mantenga relaciones, así como con los

organismos económicos y comerciales internacionales, regionales y

subregionales y, en particular, con el Mercado Común del Sur (MERCOSUR).

2.

Asistir al Ministro, en el ámbito de su competencia, en la

formulación, definición de contenidos y ejecución de la política

económica y comercial internacional bilateral, regional y multilateral.

3.

Entender en los asuntos institucionales, económicos y comerciales

internacionales relacionados con la formulación y conducción del

Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y en los procesos de integración en

los que participa la REPÚBLICA ARGENTINA como, así también, en el

establecimiento y conducción de los órganos comunitarios surgidos de

dichos procesos, y en todo lo relativo a su convergencia futura con

otros procesos de integración.

4.

Entender en la materia y en la negociación de acuerdos bilaterales y

otros instrumentos de promoción y protección recíproca de las

inversiones extranjeras en los que participe la REPÚBLICA ARGENTINA.

5.

Intervenir en la solución de controversias económicas y comerciales

internacionales, en coordinación con las demás áreas competentes de la

Administración Pública Nacional.

6.

Entender, en el ámbito de su competencia, en la formulación de

estrategias y cursos de acción a seguir en las negociaciones

internacionales relativas a la gobernanza internacional de las

cuestiones inherentes a los efectos económicos comerciales de medidas

ambientales, de la energía y de la tecnología, en coordinación con las

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