ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Rango Decreto
Publicación 2019-12-20
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
artículos 11
Historial de reformas JSON API

Jurisdicciones y Entidades nacionales que correspondan.

7.

Entender, en el ámbito de su competencia, en la formulación,

definición y contenidos de las estrategias de las políticas de

promoción comercial, participando en su ejecución a través de la

organización y participación en exposiciones, ferias, concursos,

muestras y misiones de carácter económico y comercial, oficiales y

privadas en el exterior y en la ejecución de las políticas de

internacionalización de las empresas argentinas en el exterior, en

coordinación con los demás organismos competentes a nivel nacional y

provincial.

8.

(Objetivo derogado por art. 1° delDecreto N° 512/2024B.O. 10/6/2024.)

9.

Entender, en el ámbito de su competencia, en la promoción de las

exportaciones de bienes y servicios de la oferta exportable argentina y

en la planificación de estrategias para el desarrollo de nuevos

mercados en el mundo para la misma.

10.

Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la promoción en el

exterior del turismo, el deporte, las industrias culturales, los

servicios basados en el conocimiento, la educación, la ciencia y la

tecnología, en coordinación con las áreas competentes de la

Administración Pública Nacional.

11.

Entender en el diseño de instrumentos de análisis económico y

comercial internacional y en los estudios e investigaciones que elabore

el Centro de Economía Internacional con el fin de brindar información

para elaborar y llevar a la práctica los objetivos de política exterior

de la REPÚBLICA ARGENTINA en materia económica y comercial.

12.

Entender en el monitoreo, evaluación y control de los objetivos de

gestión y planes de acción económico-comerciales de las

Representaciones Diplomáticas y Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA en

el exterior.

13.

Entender en los aspectos relativos a la preparación y ejecución de

las misiones económico-comerciales que realicen la PRESIDENCIA y la

VICEPRESIDENCIA DE LA NACIÓN, los Ministros, los Secretarios y los

Subsecretarios del PODER EJECUTIVO NACIONAL al exterior.

14.

Intervenir en la ejecución de la política de desarrollo de

captación de la inversión extranjera de carácter productivo en el país,

así como en la ejecución de acciones tendientes a ese objetivo en el

exterior, en coordinación con los organismos nacionales y provinciales

con competencia en la materia.

15.

Participar en toda negociación económica y comercial entre las

autoridades provinciales y los representantes de terceros países que

implique alguna obligación en la que se prevean garantías por parte del

ESTADO NACIONAL, en coordinación con los demás organismos nacionales

con competencia en la materia.

16.

Impartir, en el ámbito de su competencia, las directivas e

instrucciones en materia económica y comercial a las Representaciones

Diplomáticas y Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA ante gobiernos

extranjeros y organismos internacionales económicos y comerciales, así

como a las delegaciones que participen en negociaciones económicas y

comerciales bilaterales, regionales y multilaterales.

17.

Intervenir en la coordinación de la representación nacional y

preparación de reuniones económicas bilaterales, regionales y

multilaterales que se desarrollen en la REPÚBLICA ARGENTINA y en el

exterior, cuyo objeto sea el seguimiento de relaciones bilaterales,

regionales y multilaterales en materia económica, en articulación con

las restantes dependencias que correspondan.

SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES

SUBSECRETARÍA DE NEGOCIACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES E INTEGRACION

OBJETIVOS

1.

Intervenir en las negociaciones económicas y comerciales

bilaterales, regionales y multilaterales de las que participa la

REPÚBLICA ARGENTINA, y en particular las vinculadas con el Mercado

Común del Sur (MERCOSUR), en lo relativo a sus dimensiones económica,

comercial e institucional y en su relacionamiento externo con otros

países y bloques de países.

2.

Intervenir en el diseño y formulación de políticas y cursos de

acción que tiendan al desarrollo económico a través de las relaciones

económicas y comerciales a nivel bilateral, regional y multilateral, y

de la integración económica con todas las naciones con las que la

REPÚBLICA ARGENTINA mantenga relaciones, así como también en ámbitos

multilaterales.

3.

Impulsar los objetivos prioritarios de política exterior respecto de

las negociaciones en materia económica y comercial con los organismos

multilaterales y con el Mercado Común del Sur (MERCOSUR), implementando

los mecanismos requeridos para avanzar en dicha política, en

coordinación con los organismos de la Administración Pública Nacional

con competencia en la materia.

4.

Identificar, planificar y coordinar las políticas y acciones para

instrumentar y desarrollar el proceso de profundización de la

integración económica y comercial con los Estados Parte y Estados

Asociados del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), en coordinación con los

organismos nacionales, provinciales y regionales de enlace.

5.

Intervenir en la formulación y desarrollo de acuerdos asociativos

bilaterales preferentes de naturaleza económica, comercial y de

inversiones con todos los países con los que la REPÚBLICA ARGENTINA

mantenga relaciones, proponiendo los planes, programas y proyectos

pertinentes, como así también los instrumentos adecuados para su

ejecución, coordinando con las dependencias nacionales competentes.

6.

Participar en las reuniones económicas y comerciales multilaterales

que se desarrollen en los organismos continentales, regionales y

subregionales, y en las negociaciones económicas con las misiones

enviadas a la REPÚBLICA ARGENTINA por organizaciones multilaterales

regionales y subregionales, incluyendo los esquemas de integración en

el continente americano y en la formulación de las directivas y de las

instrucciones pertinentes.

7.

Intervenir en la elaboración de las instrucciones y de las

directivas para las Representaciones Diplomáticas y Consulares de la

REPÚBLICA ARGENTINA y delegaciones oficiales, en los aspectos de

competencia de la Subsecretaría, de conformidad con los lineamientos

establecidos por de la Secretaría.

8.

Intervenir en la solución de controversias económicas, comerciales e

institucionales de naturaleza bilateral y regional que surjan en el

marco de organismos multilaterales y del Mercado Común del Sur

(MERCOSUR), y de los mecanismos de solución de controversias de los

acuerdos comerciales de los que la REPÚBLICA ARGENTINA es parte, en

coordinación con los organismos de la Administración Pública Nacional

con competencia en la materia.

9.

Intervenir en las negociaciones en la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL

COMERCIO (OMC) y en los demás organismos multilaterales internacionales

de carácter económico y comercial, en coordinación con los organismos

de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia, y

elaborar las instrucciones correspondientes.

10.

Intervenir, en coordinación con las demás áreas competentes, en las

negociaciones para la adhesión a la ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y

EL DESARROLLO ECONÓMICO (OCDE), y representar al país en los comités y

órganos de dicha organización en las que actualmente participa la

REPÚBLICA ARGENTINA.

11.

Intervenir en las negociaciones internacionales relativas a los

efectos económico- comerciales de medidas ambientales, la energía y la

tecnología, en coordinación con los organismos de la Administración

Pública Nacional con competencia en la materia.

12.

Intervenir en la negociación de acuerdos bilaterales y otros

instrumentos de promoción y protección recíproca de las inversiones

extranjeras en los que participe la REPÚBLICA ARGENTINA, en

coordinación con los organismos de la Administración Pública Nacional

con competencia en la materia.

13.

Intervenir en la ejecución de los planes de acción en materia

económica, comercial y de inversiones, en el ámbito de las competencias

de la Subsecretaría.

14.

Participar en las negociaciones económicas bilaterales con todas

las naciones con las que la REPÚBLICA ARGENTINA mantenga relaciones,

así como también en ámbitos multilaterales y regionales.

15.

Intervenir en el monitoreo, evaluación y control de los objetivos

de gestión y planes de acción económico-comerciales de las

Representaciones Diplomáticas y Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA en

el exterior.

16.

Asistir a la Secretaría en la coordinación de la representación

nacional y preparación de reuniones económicas bilaterales, regionales

y multilaterales que se desarrollen en nuestro país y en el exterior,

cuyo objeto sea el seguimiento de relaciones bilaterales, regionales y

multilaterales en materia económica, en coordinación con los organismos

de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES

**SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE LAS EXPORTACIONES, LAS INVERSIONES, LA

EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA**

OBJETIVOS

1.

Intervenir en la formulación de políticas y estrategias para el

desarrollo y apertura de nuevos mercados en el exterior para la oferta

exportable argentina de bienes y servicios, en coordinación con los

organismos de la Administración Pública Nacional y provinciales con

competencia en la materia.

2.

Formular e implementar estrategias, políticas e instrumentos para el

desarrollo de inversiones de empresas extranjeras en el país que

contribuyan al desarrollo nacional, complementado la inversión

doméstica, así como para la internacionalización de las empresas

locales, en coordinación con los organismos de la Administración

Pública Nacional con competencia en la materia.

3.

Establecer, en el ámbito de su competencia y en articulación con los

gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, los

organismos con competencias sectoriales y las representaciones del

sector privado, las estrategias para el desarrollo de políticas de

promoción comercial internacional, que permitan difundir los bienes y

servicios nacionales en los mercados extranjeros.

4.

Entender en la definición de estrategias de promoción comercial,

organización y participación en exposiciones, ferias, concursos,

muestras y misiones de carácter económico y comercial, oficiales y

privadas en el exterior, en el marco de la política económica global y

sectorial que se defina y en función de las prioridades nacionales, en

coordinación con las dependencias nacionales, provinciales y de la

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES con competencia en la materia.

5.

Entender en las acciones de promoción del comercio de bienes y

servicios argentinos en el exterior, así como en la promoción de

inversiones en la REPÚBLICA ARGENTINA, elaborando las instrucciones y

las directivas para las Representaciones Diplomáticas y Consulares de

la REPÚBLICA ARGENTINA y delegaciones oficiales en los aspectos de su

competencia, de conformidad con los lineamientos de la Secretaría. (Objetivo sustituido por art. 2° delDecreto N° 512/2024B.O. 10/6/2024.)

6.

Intervenir en el diseño de documentos de análisis y estudios de

impacto a mediano y largo plazo que elabore el Centro de Economía

Internacional, para orientar la estrategia en la promoción comercial,

así como la elaboración de los estudios relativos a la apertura de

mercados y a la colocación de la oferta exportable de bienes y

servicios argentinos.

7.

Asistir a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, en la

promoción en el exterior del turismo, el deporte, las industrias

culturales y servicios basados en el conocimiento, la educación, la

ciencia y la tecnología, en coordinación con las áreas de la

Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

8.

Coordinar las actividades conducentes a la participación de la

REPÚBLICA ARGENTINA en los eventos del “Bureau International des

Expositions”.

9.

Diseñar y promover políticas y cursos de acción que tiendan al

desarrollo y a la integración de las iniciativas de promoción

comercial, tanto a nivel bilateral como multilateral, con todas las

naciones con las que la REPÚBLICA ARGENTINA mantenga relaciones, así

como con los organismos económicos y comerciales internacionales,

regionales y subregionales y, en particular, con el Mercado Común del

Sur (MERCOSUR), a través de herramientas de inteligencia económica y

comercial, en coordinación con las demás dependencias nacionales con

competencia en la materia

10.

Colaborar en el desarrollo de las relaciones económicas bilaterales

y participar en las negociaciones económicas y comerciales bilaterales,

regionales y multilaterales.

11.

Intervenir en los aspectos relativos a la preparación y ejecución

de las misiones económico-comerciales que realicen la PRESIDENCIA DE LA

NACIÓN y la VICEPRESIDENCIA DE LA NACIÓN, los Ministros, los

Secretarios y los Subsecretarios del PODER EJECUTIVO NACIONAL al

exterior.

**MINISTERIO DE RELACIONES

EXTERIORES, COMERCIO**INTERNACIONAL Y CULTO

SECRETARÍA DE CULTO Y CIVILIZACIÓN

(Objetivos incorporados por art. 8° delDecreto N° 764/2024*B.O. 28/8/2024. Vigencia: a partir del día de su

publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*

OBJETIVOS

1.

Promover valores y principios

contenidos en la Constitución Nacional relativos a la civilización

universal y al progreso económico, social y político de la REPÚBLICA

ARGENTINA con el objeto de difundir la imagen del país en el exterior.

2.

Definir estrategias para promover la protección de las personas

desplazadas forzosamente por la intolerancia, el autoritarismo y las

divisiones religiosas o raciales, de conformidad con el derecho

internacional de los derechos humanos.

3.

Asistir al Ministro, en el ámbito de su competencia, en la

formulación de políticas, elaboración de planes y programas, y en la

representación del ESTADO NACIONAL ante los organismos internacionales

en materia de culto, de derechos humanos, y en aquellos relativos a la

condición y situación de la mujer, la niñez, la familia, los adultos

mayores y las personas en situación de vulnerabilidad, como así también

en la prevención y sanción de delitos internacionales, en coordinación

con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en

la materia.

4.

Entender en la formulación de políticas referidas a las relaciones

de la REPÚBLICA ARGENTINA con la SANTA SEDE y con la Soberana Orden de

Malta, y en lo inherente a la conclusión de instrumentos

internacionales, incluyendo la negociación y celebración de concordatos

y acuerdos en materia religiosa.

5.

Asistir al Ministro en todo lo inherente a las relaciones del

gobierno nacional con la Iglesia Católica Apostólica Romana,

centralizando las gestiones con la Iglesia, especialmente, con relación

a asuntos eclesiásticos y en el cumplimiento de las normas relativas al

sostenimiento del Culto Católico Apostólico Romano, así como en el

otorgamiento de las credenciales eclesiásticas.

6.

Asistir al Ministro en lo inherente a las relaciones del gobierno

nacional con todas las Iglesias, Confesiones, Comunidades o Entidades

Religiosas distintas de la Iglesia Católica Apostólica Romana que

existen en el país, así como en la centralización de las gestiones que

ante las autoridades públicas hicieren las mismas.

7.

Intervenir en la centralización de las gestiones que ante las

autoridades públicas hiciera la Iglesia Católica Apostólica Romana, y

el Registro de Institutos de Vida Consagrada.

8.

Entender en las solicitudes de reconocimiento e inscripción de las

iglesias, confesiones, comunidades o entidades religiosas distintas de

la Iglesia Católica Apostólica Romana, que ejerzan su actividad en

nuestro país.

9.

Intervenir en la planificación y desarrollo de los objetivos y

estrategias para posicionar internacionalmente a la REPÚBLICA ARGENTINA

como Estado comprometido con la defensa de la libertad religiosa, la

convivencia y la promoción del diálogo interreligioso.

10.

Asistir al Ministro en la elaboración, ejecución y seguimiento de

las políticas, planes y programas en el ámbito internacional para la

promoción y protección de los derechos humanos y los valores y

principios relativos a la civilización, en coordinación con las áreas

de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

11.

Articular con el MINISTERIO DE JUSTICIA y con las áreas de la

Administración Pública Nacional con competencia en la materia, el

diseño, ejecución y evaluación de las políticas públicas orientadas al

cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por el ESTADO

NACIONAL en materia de derechos humanos.

12.

Supervisar y coordinar las acciones relacionadas con asuntos

contenciosos internacionales en materia de derechos humanos, en

coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con

competencia en la materia.

13.

Intervenir en el otorgamiento de la condición de refugiado.

14.

Participar, desde el punto de vista de la política exterior, en

todo lo inherente a las actividades de las misiones especiales enviadas

a la REPÚBLICA ARGENTINA por los gobiernos extranjeros o por organismos

o entidades internacionales, de acuerdo al requerimiento del gobierno

nacional en los temas materia de su competencia.

15.

Asesorar a funcionarios del gobierno nacional que requieran

asistencia en cuestiones de índole religiosa y de derechos humanos.

16.

Asistir a reuniones, misiones, congresos y conferencias nacionales

e internacionales en materia religiosa y/o de culto y/o de derechos

humanos.

17.

Proponer, en el ámbito de su competencia, la suscripción de

convenios en materia religiosa, de culto y de derechos humanos, y

asesorar a los estados provinciales, a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS

AIRES, a los estados municipales y/o instituciones de la sociedad

civil, en dichas materias.

SECRETARÍA DE CULTO Y CIVILIZACIÓN

SUBSECRETARÍA DE CULTO

(Objetivos incorporados por art. 8° delDecreto N° 764/2024*B.O. 28/8/2024. Vigencia: a partir del día de su

publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría en la

formulación de políticas referidas a las relaciones de la REPÚBLICA

ARGENTINA con la SANTA SEDE y con la Soberana Orden de Malta.

2.

Asistir a la Secretaría en la negociación y celebración de

Concordatos y acuerdos en materia religiosa y/o el culto.

3.

Intervenir todo lo inherente a las relaciones del gobierno nacional

con la Iglesia Católica Apostólica Romana, centralizando las gestiones

con la Iglesia, especialmente, con relación a asuntos eclesiásticos y

en el cumplimiento de las normas relativas al sostenimiento del Culto

Católico Apostólico Romano, así como en el otorgamiento de las

credenciales eclesiásticas.

4.

Intervenir en la tramitación de las solicitudes de reconocimiento e

inscripción de las Iglesias, Confesiones, Comunidades o Entidades

Religiosas distintas de la Iglesia Católica Apostólica Romana y de

Institutos de Vida Consagrada, que desarrollen su actividad en el

territorio nacional.

5.

Intervenir en lo inherente a las relaciones del gobierno nacional

con todas las Iglesias, Confesiones, Comunidades o Entidades Religiosas

distintas de la Iglesia Católica Apostólica Romana que existen en el

país, así como en la centralización de las gestiones que ante las

autoridades públicas hicieren las mismas.

6.

Participar en la planificación y desarrollo de los objetivos y

estrategias para posicionar internacionalmente a la REPÚBLICA ARGENTINA

como Estado comprometido con la libertad e igualdad religiosa, la

diversidad y el diálogo interreligioso.

7.

Participar, a requerimiento de las autoridades de la Jurisdicción,

en las reuniones, congresos y conferencias de carácter nacional e

internacional y misiones especiales ante gobiernos extranjeros y

entidades internacionales que se relacionen con la materia religiosa

y/o el culto.

8.

Intervenir en las acciones relativas a las solicitudes de

reconocimiento e inscripción y demás trámites administrativos que las

Iglesias, Confesiones, Comunidades o Entidades Religiosas realicen ante

la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE CULTOS.

*(SECRETARÍA DE CULTO Y CIVILIZACIÓN,

SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS INTERNACIONALES EN DERECHOS HUMANOS Y

CIVILIZACIÓN, objetivos derogados por art. 3° delDecreto N° 169/2025B.O. 7/3/2025. Vigencia: a partir del día de su

publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*

VIII.- MINISTERIO DE DEFENSA (Apartado sustituido por art. 2° del[Decreto

N° 6/2024](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=395764)B.O. 03/01/2024)

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

OBJETIVOS

1.

Coordinar el Gabinete de Asesores del Ministro.

2.

Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a

dar respuesta a las cuestiones priorizadas por el Ministro.

3.

Entender y asistir al Ministro en todas las cuestiones vinculadas a

los aspectos logísticos y administrativos propios del desarrollo de sus

funciones institucionales.

4.

Asistir al Ministro en materia de relaciones institucionales,

ceremonial y protocolo.

5.

Coordinar la comunicación institucional interna y externa, así como

la difusión de contenidos, el desarrollo e implementación de la imagen

institucional y contenidos digitales de la Jurisdicción.

6.

Coordinar la relación con la prensa y con los medios de comunicación

de la Jurisdicción.

7.

Coordinar el seguimiento de los planes, programas y proyectos de las

distintas áreas del Ministerio para optimizar la gestión.

8.

Entender en el diseño, elaboración, definición de instrumentos,

herramientas y procedimientos para generar información de gestión en

coordinación con las áreas competentes.

9.

Coordinar acciones orientadas al fortalecimiento institucional,

destinadas al seguimiento de los planes, programas y proyectos de las

distintas áreas del Ministerio para la optimización de la gestión en la

implementación de las políticas.

10.

Asesorar en las cuestiones relacionadas con los proyectos de

convenios en materia de competencia del Ministerio.

11.

Entender en el diseño, elaboración, definición de ajustes y

actualizaciones de instrumentos, herramientas y procedimientos

tendientes a posibilitar la disponibilidad de insumos de información en

coordinación con las áreas competentes.

12.

Favorecer el desarrollo de programas y acciones tendientes al

fortalecimiento de los vínculos entre las Fuerzas Armadas y la sociedad

civil e implementar los proyectos especiales que puedan ser

encomendados por la máxima autoridad del Ministerio.

13.

Diseñar y proponer lineamientos relacionados con la transparencia

institucional y la promoción de políticas de integridad en la función

pública en el ámbito de la Jurisdicción. (Objetivo incorporado por art. 14 del[Decreto

N° 318/2024](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=398160)B.O. 17/4/2024.)

MINISTERIO DE DEFENSA

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1.

Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal,

técnico y administrativo del Ministerio, así como la planificación de

las actividades de administración, asesoramiento administrativo

contable y efectuar los pagos correspondientes.

2.

Coordinar el diseño e implementación de políticas administrativas,

presupuestarias y financieras en el Ministerio.

3.

Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas de la Jurisdicción en la formulación y programación de la

ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten

durante el ejercicio financiero.

4.

Entender en la aplicación de la política de recursos humanos, su

administración, desarrollo y organización en el ámbito del Ministerio y

coordinar las políticas de administración de los recursos humanos de

las Fuerzas Armadas, civiles y militares.

5.

Entender en la instrucción de los sumarios administrativos y

disciplinarios de la Jurisdicción.

6.

Entender en la gestión documental de la Jurisdicción.

7.

Coordinar el servicio jurídico e intervenir en los proyectos de

actos administrativos en el ámbito de su competencia y supervisar el

accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a sus organismos

dependientes, y la relación con los correspondientes a los organismos

descentralizados de la Jurisdicción.

8.

Intervenir en la ejecución de las acciones necesarias para las

contrataciones, compras y licitaciones necesarias para el

funcionamiento del Ministerio.

9.

Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión

administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,

proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas

con financiamiento externo.

10.

Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y

contrataciones y de las actividades de auditoría y monitoreo de

programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias

técnicas con financiamiento externo.

11.

Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial,

de infraestructura, mantenimiento, administración de bienes muebles e

inmuebles y servicios del Ministerio.

12.

Entender en la administración y coordinación de los sistemas y

recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones de la

Jurisdicción y supervisar, en el ámbito de su competencia, el

cumplimiento de las políticas para la protección de las redes y

sistemas desarrollados por la SUBSECRETARÍA DE CIBERDEFENSA.

13.

*(Objetivo derogado por art. 14

del*[Decreto

N° 318/2024](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=398160)B.O. 17/4/2024.)

MINISTERIO DE DEFENSA

**SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO OPERATIVO Y SERVICIO LOGÍSTICO DE LA

DEFENSA**

OBJETIVOS

1.

Entender en la identificación y consolidación de requerimientos de

los bienes y servicios de uso común de las Fuerzas Armadas y en la

gestión operativa de las contrataciones consolidadas de los mismos.

2.

Intervenir en la implementación de sistemas que permitan mantener la

trazabilidad de los requerimientos con el fin de optimizar la

disponibilidad de recursos asignados.

3.

Entender en la confección y mantenimiento actualizado del registro

estadístico de consumo de la totalidad de bienes y servicios de las

Fuerzas Armadas.

4.

Entender en la aprobación de normas y procedimientos internos que

regirán la elaboración de los planes anuales de contrataciones de las

Fuerzas Armadas, y en la supervisión de su ejecución.

5.

Intervenir en la gestión de las contrataciones de los sistemas de

armas que se adquieran, así como de los programas de modernización que

se apliquen a los sistemas de armas existentes, en el ámbito de su

competencia.

6.

Entender en la promoción, coordinación y dirección de la elaboración

de convenios de cooperación cuyo objeto impliquen la adquisición o

modernización de sistemas de armas, en el ámbito de su competencia.

7.

Intervenir en la planificación y conducción del proceso de

formulación del anteproyecto de presupuesto de la Jurisdicción y en el

seguimiento y evaluación de su ejecución.

8.

Intervenir en la distribución de los recursos presupuestarios

asignados, de conformidad con las prioridades emergentes del

Planeamiento Militar Conjunto.

9.

Entender en la aplicación, coordinación y control del Sistema

Integral de Gestión de Inversiones para la Defensa (SIGID), en los

proyectos de inversión conformados por los organismos y Entidades de la

Jurisdicción y en la consolidación del Plan de Inversiones de Defensa

(PIDEF) tendiente a alcanzar las capacidades militares determinadas

como necesarias según el Planeamiento Militar de Mediano Plazo y

proponer su aprobación.

10.

Entender en la implementación, ejecución y control de las políticas

referidas a bienes inmuebles e infraestructura de las fuerzas que

dependen de la Jurisdicción.

11.

Entender en todo lo referido al funcionamiento y mantenimiento

integral de la flota aérea presidencial y en materia de la capacitación

según normas internacionales del personal asignado a la misma. (Objetivo incorporado por art. 6° delDecreto N° 377/2025B.O. 4/6/2025.)

12.

Informar a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN el

conjunto de las actividades vinculadas al mantenimiento y

funcionamiento de la flota aérea presidencial, así como el cumplimiento

de los estándares establecidos para garantizar su funcionamiento y

operatividad. (Objetivo incorporado por art. 6° delDecreto N° 377/2025B.O. 4/6/2025.)

*(MINISTERIO DE DEFENSA, SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y COORDINACIÓN EJECUTIVA

EN EMERGENCIAS, Objetivos derogados por art. 4° del*[Decreto

N° 224/2025](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=410807)B.O. 21/3/2025. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)

MINISTERIO DE DEFENSA

SUBSECRETARÍA DE DEFENSA CIVIL Y PROTECCIÓN HUMANITARIA

OBJETIVOS

(Objetivo incorporados por art. 4° del[Decreto

N° 224/2025](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=410807)B.O. 21/3/2025. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)

1.

Asistir al Ministro en la coordinación y despliegue de las Fuerzas

Armadas en situaciones de emergencias o desastres que se produzcan en

el territorio de la Nación.

2.

Planificar, ejecutar, supervisar y evaluar programas de

adiestramiento conjunto y combinado en materia de defensa y protección

humanitaria para el personal militar.

3.

Establecer protocolos y procedimientos para la respuesta ante

desastres naturales y situaciones de emergencia, en el ámbito de su

competencia.

4.

Supervisar y dirigir las operaciones de las Fuerzas Armadas en apoyo

a actividades de Defensa Civil y protección humanitaria en tiempo de

paz.

5.

Intervenir en los acuerdos y convenios de empleo de las Fuerzas

Armadas en apoyo a emergencias en zonas de fronteras y colaborar con la

asistencia humanitaria con otros países, en el marco de las políticas

de cooperación que establezca la política exterior de la REPÚBLICA

ARGENTINA.

6.

Brindar asesoramiento técnico a las autoridades sobre políticas y estrategias en Defensa Civil y protección humanitaria.

7.

Coordinar la asignación y gestión de recursos de las Fuerzas Armadas

en situaciones de emergencia y desastres naturales, de acuerdo a los

requerimientos de las áreas con competencia del MINISTERIO DE SEGURIDAD

NACIONAL.

8.

Desarrollar programas de capacitación continua en Defensa Civil y

protección humanitaria para el personal militar, asegurando el

cumplimiento de estándares operacionales.

9.

Realizar evaluaciones de riesgo y análisis de vulnerabilidad para

identificar áreas de mejora en la preparación y respuesta ante

emergencias, en el ámbito de su competencia.

MINISTERIO DE DEFENSA

SECRETARÍA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES

OBJETIVOS

1.

Entender en la elaboración de la política de Defensa Nacional y en

la orientación y dirección de los conceptos estratégicos contenidos en

la Directiva Estratégica Nacional, su seguimiento y supervisión dentro

del correspondiente planeamiento estratégico, interactuando con las

áreas correspondientes de política exterior y de política económica

para su desarrollo coordinado y continuo.

2.

Proponer la convocatoria del Consejo de Defensa Nacional (CODENA) y

ejercer su Secretaría.

3.

Entender en el Planeamiento Militar Conjunto, determinando los

requerimientos de la Defensa Nacional, formulando las políticas

nacionales de la defensa y fiscalizando su cumplimiento.

4.

Entender en la política general de conducción de las Fuerzas

Armadas, formulando los correspondientes planes, como así también

respecto de la política de movilización y el Plan de Movilización

Nacional y su ejecución en caso de guerra.

5.

Promover la acción conjunta de las Fuerzas Armadas en las áreas de

competencia específica y coordinar este objetivo con otras unidades

ejecutoras de la Jurisdicción.

6.

Entender en el estudio, elaboración y propuesta del dimensionamiento

de los medios operativos y de apoyo de las Fuerzas Armadas en función

de las necesidades de la Directiva Estratégica Nacional y del

Planeamiento Militar Conjunto.

7.

Intervenir en el dimensionamiento y estructura del personal militar

y civil de las Fuerzas Armadas y su plan de ejecución, como así también

de las nuevas unidades orgánicas y despliegue de las Fuerzas Armadas.

8.

Entender en las políticas de enseñanza de la Defensa Nacional y de

formación e instrucción militar en todos sus niveles.

9.

Intervenir en la problemática de los Derechos Humanos vinculada con

las Fuerzas Armadas, en concurrencia con las facultades que en esta

materia corresponden a las áreas competentes del MINISTERIO DE JUSTICIA.

10.

Entender en la instrumentación y difusión de las normas del Derecho

Internacional Humanitario y del Derecho Internacional de los Derechos

Humanos en el área de su competencia y en los planes de capacitación

que deban llevarse a cabo en el ámbito de las Fuerzas Armadas, en

concurrencia con las facultades que en esta materia corresponden a las

áreas competentes del MINISTERIO DE JUSTICIA y del MINISTERIO DE

RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

11.

Entender en la formulación, aprobación y supervisión de las

políticas de Ciberdefensa en el ámbito de competencia específica de la

Jurisdicción, como así también en el cumplimiento de las políticas y

programas de los organismos de investigación y desarrollo del sector

Ciberdefensa y en la coordinación y conducción superior de los

organismos científicos y tecnológicos de dicho sector.

12.

Participar en la planificación y ejecución de políticas de

contralor del material para la defensa.

MINISTERIO DE DEFENSA

SECRETARÍA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES

SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO Y POLÍTICA MILITAR

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría en la determinación de la política de

Defensa Nacional, coordinando la formulación y actualización de los

estudios para el diseño de los cursos de acción, así como su

supervisión, evaluación y control.

2.

Asistir a la Secretaría en materia de normativa de defensa nacional,

incluyendo su elaboración y/o su actualización.

3.

Asistir a la Secretaría en la formulación y supervisión del

Planeamiento de la Defensa en sus niveles ministerial y militar

conjunto, proponiendo el documento político que origina al Ciclo de

Planeamiento para la Defensa.

4.

Asesorar en la formulación de la agenda y proposición del programa

de trabajo del Consejo de Defensa Nacional (CODENA).

5.

Participar en la gestión de los asuntos institucionales de las

Fuerzas Armadas, así como en lo relacionado con la dirección y

coordinación operativa y funcional del instrumento militar.

6.

Participar en la supervisión de los estudios y las acciones

relacionadas con la estructura y el dimensionamiento de los recursos

humanos y de los medios operativos y de apoyo operativo del instrumento

militar.

7.

Asistir a la Secretaría en la formulación del régimen legal del

personal militar y proponer el diseño de los perfiles profesionales de

dicho personal.

8.

Asistir a la Secretaría en la gestión del personal militar,

incluyendo la supervisión del bienestar, y en el desarrollo normativo

referido a su administración.

9.

Asistir a la Secretaría en la administración del sistema de

disciplina militar.

10.

Asistir a la Secretaría en las coordinaciones interagenciales de

interés para la defensa nacional.

SECRETARÍA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES

SUBSECRETARÍA DE CIBERDEFENSA

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría en el desarrollo doctrinario, planeamiento,

diseño y elaboración de la política de Ciberdefensa, de acuerdo a lo

establecido en el Ciclo de Planeamiento de la Defensa Nacional en

coordinación con la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO Y

POLÍTICA MILITAR y en el diseño de la política de Ciberdefensa y

Seguridad de la Información para el MINISTERIO DE DEFENSA y su

Jurisdicción.

2.

Entender en los aspectos regulatorios del sistema de ciberdefensa

para la Jurisdicción y las infraestructuras críticas de la Defensa.

3.

Entender en el desarrollo de las políticas, normas y procedimientos

para la seguridad de la información y las comunicaciones de la

Jurisdicción.

4.

Entender en la coordinación con los organismos y autoridades de los

Poderes del Estado para contribuir desde la Jurisdicción a la política

nacional de ciberseguridad y de protección de infraestructuras críticas.

5.

Entender en la coordinación con las agencias u organismos

reguladores de la prestación de los servicios esenciales y de

producción de bienes de interés para la Defensa Nacional, como

contribución para la elaboración de normas específicas relativas a la

protección de la tecnología operacional (OT) de esas infraestructuras

críticas y de los procesos productivos de interés para la Defensa

Nacional.

6.

Intervenir en la planificación, desarrollo y establecimiento de los

procedimientos operativos que hacen al funcionamiento del equipo de

respuesta ante emergencias informáticas en el MINISTERIO DE DEFENSA

(CSIRT DEFENSA), así como la relación con otros CSIRTs nacionales e

internacionales, conforme los convenios vigentes.

7.

Fomentar políticas de convocatoria, incentivo y formación de

recursos humanos para la Ciberdefensa, así como promover las

actividades de difusión y concientización dentro y fuera de la

Jurisdicción en la materia.

8.

Impulsar acuerdos de cooperación e intercambio en materia de

investigación y asistencia técnica en Ciberdefensa con organismos

públicos y privados.

9.

Extender y ampliar los programas de captación de talento,

investigación avanzada, ejercicios y capacitación en Ciberdefensa en

cooperación con Universidades, centros especializados y otros

organismos públicos y privados, como así también otras Jurisdicciones

provinciales y municipales.

10.

Promover políticas tendientes al fortalecimiento de la capacidad de

asistencia a los sistemas de infraestructuras críticas.

11.

Entender en el diseño de normativas y protocolos para la

incorporación de tecnología e infraestructura de Ciberdefensa.

12.

Ejercer el control funcional sobre el COMANDO CONJUNTO DE

CIBERDEFENSA DE LAS FUERZAS ARMADAS.

MINISTERIO DE DEFENSA

SECRETARÍA DE ASUNTOS INTERNACIONALES PARA LA DEFENSA

OBJETIVOS

1.

Entender en la negociación de acuerdos bilaterales

interinstitucionales y asesorar técnicamente en la negociación de

instrumentos multilaterales inherentes a Defensa Nacional, en todos sus

aspectos.

2.

Intervenir en el análisis, elaboración y la aprobación de los

acuerdos bilaterales y/o multilaterales celebrados por el ESTADO MAYOR

CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS y los ESTADOS MAYORES GENERALES DE LAS

FUERZAS ARMADAS.

3.

Intervenir en la política y cursos de acción a seguir en materia de

Cooperación Internacional para la Defensa y realizar el control de la

instrumentación de las acciones de cooperación internacional propuestas.

4.

Intervenir en la planificación y seguimiento de la ejecución de

Ejercicios Conjuntos Combinados y/o Ejercicios Específicos Combinados

en las que participen otras fuerzas extranjeras.

5.

Intervenir en la planificación y seguimiento de la ejecución de las

Operaciones Militares de Paz en que participen las Fuerzas Armadas

Argentinas.

6.

Intervenir en el cumplimiento de las competencias asignadas al

MINISTERIO DE DEFENSA y a las Fuerzas Armadas frente a otros Estados

libres, ante la Organización de las Naciones Unidas (ONU), ante la

Organización de Estados Americanos (OEA) y ante los demás organismos de

carácter bilateral y multilateral que fomenten la cooperación

internacional y el mantenimiento de la paz, en concordancia con la

política exterior y objetivos estratégicos de gobierno.

7.

Intervenir en la vinculación del MINISTERIO DE DEFENSA y las Fuerzas

Armadas Argentinas con los Ministerios de Defensa y con las Fuerzas

Armadas de otras naciones.

8.

Participar en la formulación de la posición de la REPÚBLICA

ARGENTINA en lo relativo a acuerdos bilaterales o multilaterales de

desarme.

9.

Asistir al Ministro en materia de política y campaña Antártica.

10.

Intervenir en al ámbito de sus competencias en el procedimiento de

selección de los funcionarios propuestos como Agregados de Defensa y de

las Fuerzas Armadas.

11.

Articular con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO

INTERNACIONAL Y CULTO y con la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, organismo

desconcentrado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD

NACIONAL, la participación de representantes del Estado Mayor Conjunto

y de las Fuerzas Armadas en las acciones para contribuir al

mantenimiento del Atlántico Sur como zona de paz y cooperación. *(Objetivo sustituido por art. 3° del [Decreto

N° 81/2025](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=409450) B.O. 12/2/2025.)*

MINISTERIO DE DEFENSA

**SECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN, POLÍTICA INDUSTRIAL Y PRODUCCIÓN PARA LA

DEFENSA**

OBJETIVOS

1.

Entender en la formulación de las políticas, planes, programas y

proyectos de investigación y de producción para la Defensa que

posibiliten la obtención de recursos del sector, y en la supervisión de

las actividades vinculadas a esas áreas que realicen los institutos,

organismos, sociedades y empresas del área del MINISTERIO DE DEFENSA, e

intervenir en los requerimientos de medios materiales formulados por

las Fuerzas Armadas.

2.

Entender en la administración de las empresas, sociedades,

participaciones accionarias y todo ente de producción o servicios de la

Jurisdicción, actuando así también, como asistente planificador y

ejecutor de los procesos de reestructuración de los mismos y controlar

su gestión.

3.

Intervenir en la promoción, coordinación, dirección y celebración de

convenios de cooperación en las áreas industrial, tecnológica y

comercial en el ámbito de su competencia, controlando su ejecución.

4.

Entender en el análisis, aprobación y contralor de la ejecución de

los planes, programas y presupuestos anuales de las empresas,

sociedades y organismos de investigación y producción dependientes del

MINISTERIO DE DEFENSA, promoviendo la cooperación y coordinación con

otras áreas del sector público y privado, manteniendo actualizado el

conocimiento de las capacidades de la industria nacional relacionada

con la investigación y producción para la Defensa, interviniendo en los

requerimientos de radicación y funcionamiento en el país de

instalaciones destinadas para la Defensa.

5.

Intervenir en la planificación y ejecución de los procesos de

reestructuración de las empresas, sociedades, participaciones

accionarias y todo otro ente de investigación, producción o servicios

de la Jurisdicción, controlando la aplicación de las cláusulas de

salvaguarda previstas para preservar aspectos de interés para la

Defensa, en aquellos que han sido privatizados.

6.

Asistir al Ministro en la definición y formulación de las políticas

para la Jurisdicción en el ámbito de la ciencia, la tecnología y la

producción para la Defensa, como así también en su aprobación y

supervisión por los organismos de investigación y desarrollo del

sector, en el marco de la articulación de planes que se definan a nivel

nacional.

7.

Entender en la coordinación y conducción superior de los organismos

científicos y tecnológicos del área del MINISTERIO DE DEFENSA y de las

Fuerzas Armadas, como asimismo en los aspectos de la Jurisdicción

relativos al Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.

8.

Entender en la conducción del Sistema de Aeronavegabilidad de la

Defensa.

9.

Entender en la supervisión y coordinación de la gestión de los

institutos vinculados a la producción de información geográfica,

meteorológica e hidrográfica.

10.

Supervisar la gestión de FABRICACIONES MILITARES SOCIEDAD DEL

ESTADO.

11.

Entender en la elaboración de un plan plurianual científico y

tecnológico para la defensa y sus reformulaciones, como así también en

la complementación y apoyo entre el Sistema Científico Tecnológico para

la Defensa y el sector privado.

12.

Entender en la gestión, elaboración y concreción de programas,

acuerdos y convenios de cooperación científica y tecnológica de

empresas y organismos de investigación, política industrial y

producción del MINISTERIO DE DEFENSA con organismos públicos,

instituciones académicas y centros de investigación vinculados al tema,

en el ámbito nacional.

13.

Entender en la evaluación, acreditación y control de la ejecución

de planes, programas y proyectos de investigación, política industrial

y producción para la defensa que realicen los institutos y organismos

del área del MINISTERIO DE DEFENSA y de las Fuerzas Armadas.

14.

Entender en la coordinación y en el establecimiento del destino

final de los recursos del Fondo para la Investigación y Desarrollo para

la Defensa (FONID), con el objeto de financiar el "Programa de

Financiamiento de Proyectos de Investigación y Desarrollo para la

Defensa.

IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA (Apartado sustituido por art. 9° delDecreto N° 764/2024*B.O. 28/8/2024. Vigencia: a partir del día de su

publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*UNIDAD GABINETE DE ASESORES

OBJETIVOS

1.

Asistir al Ministro en la priorización de las políticas públicas a

implementarse desde el Ministerio y en la coordinación de los objetivos

estratégicos que le encomiende el titular de la Jurisdicción.

2.

Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a

dar adecuada y rápida respuesta a las cuestiones priorizadas por el

Ministro.

3.

Coordinar el seguimiento de los planes, programas y proyectos de las

distintas áreas del Ministerio para optimizar la gestión.

4.

Asistir en el diseño de proyectos especiales que contribuyan a la

viabilidad de políticas sustantivas en el ámbito de competencia del

Ministerio.

5.

Entender en el diseño, elaboración, definición de instrumentos,

herramientas y procedimientos para generar información de gestión, en

coordinación con las áreas competentes.

6.

Sistematizar reportes e información producida por las unidades

dependientes del Ministerio relativa a la implementación y ejecución de

las diferentes políticas públicas de competencia de la Jurisdicción.

7.

Brindar apoyo en el diseño de la agenda institucional del Ministerio

de acuerdo a los objetivos planteados para la gestión.

8.

Colaborar en el análisis de las propuestas de acuerdos y convenios a

celebrarse por el Ministerio.

9.

Entender y asistir al Ministro en todas las cuestiones vinculadas

con la gestión logística propias del desarrollo de sus funciones

institucionales.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1.

Dirigir el diseño e implementación de políticas administrativas,

presupuestarias y financieras de los distintos Servicios

Administrativos Financieros de la Jurisdicción.

2.

Coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo técnico y

administrativo de los distintos Servicios Administrativos Financieros

del Ministerio.

3.

Coordinar las actividades de apoyo legal del servicio jurídico del

Ministerio.

4.

Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas, en la formulación y programación de la ejecución

presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el

ejercicio financiero, con excepción de los que por su especificidad

sustantiva corresponden a la gestión de otras unidades programáticas.

5.

Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos

del Ministerio.

6.

Entender en el despacho y la gestión documental del Ministerio.

7.

Entender en la instrucción de los sumarios administrativos y

disciplinarios del Ministerio.

8.

Intervenir en la ejecución de las acciones necesarias para las

contrataciones y compra de bienes, locación de obras y servicios, y

demás adquisiciones efectuadas por los distintos Servicios

Administrativos Financieros del Ministerio, como así también en los

proyectos de participación público privada.

9.

Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión

administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,

proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas

con financiamiento externo de la Jurisdicción.

10.

Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y

contrataciones, y de las actividades de auditoría y monitoreo de

programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias

técnicas con financiamiento externo del Ministerio.

11.

Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial,

de infraestructura, mantenimiento, administración de bienes muebles e

inmuebles y servicios del Ministerio.

12.

Entender en la administración y coordinación de los sistemas y

recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones del Ministerio.

13.

Dirigir el diseño e implementación de las políticas de seguridad de

la información, transparencia e integridad que se desarrollen en el

ámbito de la Jurisdicción, de acuerdo a las previsiones que establezca

la Autoridad de Aplicación en cada materia.

14.

Dirigir el cumplimiento, por parte del Ministerio, de las

previsiones establecidas en la Ley N° 27.275.

15.

Coordinar la comunicación institucional interna y externa.

16.

Coordinar la difusión de contenidos, el desarrollo e implementación

de la imagen institucional y contenidos digitales de la Jurisdicción.

17.

Coordinar la relación con la prensa y los medios de comunicación de

la Jurisdicción.

18.

Asistir al Ministro en todo lo concerniente a las relaciones

institucionales, y en materia de ceremonial y protocolo de la

Jurisdicción.

19.

Brindar información procesada como aporte a la comunicación

institucional interna y externa de la Jurisdicción.

20.

Asesorar a las autoridades de la Jurisdicción en la elaboración de

mecanismos de fortalecimiento institucional, en materia de su

competencia.

21.

Supervisar la promoción de la gestión cultural, el fortalecimiento

institucional y las relaciones basadas en el patrimonio artístico,

aplicando el marco jurídico relativo a los bienes culturales.

22.

Coordinar el Centro de Documentación e Información y entender en la

recuperación y conservación del patrimonio cultural, así como

fortalecer el acervo editorial de la Jurisdicción.

23.

Coordinar el suministro de la información solicitada por la

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS relativa a empresas y sociedades del

estado en las que el Ministerio tenga participación societaria.

24.

Asesorar e intervenir, en el ámbito de su competencia, en la

aplicación del Título VII - RÉGIMEN DE INCENTIVO PARA GRANDES

INVERSIONES (RIGI)- de la Ley N° 27.742.

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA LEGAL

OBJETIVOS

1.

Coordinar el servicio jurídico del Ministerio, en lo que respecta a

la emisión de opiniones y dictámenes jurídicos.

2.

Dirigir la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL, en lo

que es competencia del Ministerio, en los asuntos judiciales,

prejudiciales y arbitrajes y en la contestación de los requerimientos

del Poder Judicial.

3.

Monitorear el accionar de las unidades organizativas con competencia

en temas legales existentes en el ámbito de la Jurisdicción.

4.

Asistir a la Secretaría en la intervención que le compete en materia

de proyectos de leyes y actos administrativos.

5.

Supervisar la elaboración, celebración, ejecución y aplicación de

los convenios, acuerdos y demás instrumentos de carácter jurídico

relativos a su competencia.

6.

Participar en materia de cancelación de pasivos mediante bonos de

consolidación de deuda y de los saldos de deudas a cargo de la

Administración Pública Nacional.

7.

Asistir a la Secretaría en relación con los contratos de obras y

servicios públicos de la Jurisdicción.

8.

Coordinar el asesoramiento legal que brinde la Secretaría en todas

aquellas materias que sean competencia de la Jurisdicción.

9.

Intervenir en la tramitación de los sumarios

administrativo-disciplinarios que se instruyan en la órbita del

Ministerio.

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL

OBJETIVOS

1.

Asistir en el diseño y evaluación del cumplimiento de la política

presupuestaria de los Servicios Administrativos Financieros de la

Jurisdicción, con excepción de aquellos asignados a la SUBSECRETARÍA DE

GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE PRODUCCIÓN y a la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN

ADMINISTRATIVA DE INFRAESTRUCTURA.

2.

Colaborar con la Secretaría en su asistencia a las unidades

ejecutoras de las distintas categorías programáticas, correspondientes

a los Servicios Administrativos Financieros asignados a su órbita, en

la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las

modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

3.

Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas, correspondientes a los Servicios Administrativos

Financieros asignados a su órbita, efectuando los trámites

administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos,

materiales, equipamientos tecnológicos y los insumos necesarios para el

cumplimiento de los objetivos y metas previstos para la SECRETARÍA

LEGAL Y ADMINISTRATIVA, la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA, la

SECRETARÍA DE HACIENDA, la SECRETARÍA DE FINANZAS, la SECRETARÍA DE

ENERGÍA, la SECRETARÍA DE MINERÍA y la SECRETARÍA DE ASUNTOS NUCLEARES. (Apartado sustituido por art. 10 del Decreto N° 866/2025 B.O. 9/12/2025. Vigencia: a partir del día de su dictado.)

4.

Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que

presta servicio, así como la planificación de las actividades de

administración general, con excepción de aquellas que por su

especificidad sustantiva correspondan a la gestión de otras unidades

programáticas.

5.

Intervenir en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial,

de infraestructura, mantenimiento y administración de bienes muebles e

inmuebles, y de servicios correspondientes a los Servicios

Administrativos Financieros asignados a su órbita.

6.

Coordinar la aplicación de la política de administración del

personal y de los recursos tecnológicos, informáticos y de

comunicaciones, de la política de seguridad de la información, así como

la gestión de los espacios físicos del Ministerio y de las áreas

vinculadas a los Servicios Administrativos Financieros asignados a su

órbita.

7.

Dirigir la aplicación de los programas de administración y

liquidación de los bienes, derechos y obligaciones remanentes de las

empresas o entidades que hayan sido privatizadas, disueltas o que dejen

de operar por cualquier causa; así como coordinar todo lo vinculado con

la liquidación de aquellos fondos fiduciarios que comprometen bienes

y/o aportes que se realicen a través de las Entidades y/o

Jurisdicciones de la Administración Pública Nacional y de otros cuya

liquidación sea encomendada al Ministerio, como así también de sus

bienes, derechos y obligaciones remanentes.

8.

Proponer las acciones vinculadas a los procesos de reconversión

empresaria y el saneamiento de sus pasivos respecto del ESTADO

NACIONAL, en lo que es materia de su competencia, y coordinar la

aplicación del régimen de compensación de créditos y deudas entre el

Sector Público Nacional y el sector privado, en el marco de las normas

vigentes.

9.

Dirigir la representación en las empresas donde la Secretaría posea

participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria.

10.

Coordinar la gestión de los directores que representan al ESTADO

NACIONAL en aquellas empresas con participación estatal en el ámbito de

la Jurisdicción, como así también, la representación del MINISTERIO DE

ECONOMÍA en aquellos órganos societarios de los entes donde la

Jurisdicción y/o el ESTADO NACIONAL posean participación accionaria y

la tenencia accionaria sea ejercida por el MINISTERIO DE ECONOMÍA, con

excepción de aquellas empresas con participación estatal y órganos

societarios que pertenezcan a los sectores de hacienda, financieros,

energéticos y mineros, de industria, comercio, agricultura, ganadería y

pesca, de obras públicas y transporte.

11.

Coordinar la implementación y la ejecución de los Programas de

Propiedad Participada que se desarrollen en el ámbito de la

Jurisdicción y la gestión en sede administrativa vinculada con la

cancelación de pasivos cuyo pago deba materializarse en bonos de

consolidación de deuda, en el marco de las competencias asignadas.

12.

Intervenir en los procesos de gestión administrativa,

presupuestaria y financiera-contable de programas, proyectos,

cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con

financiamiento externo de la Jurisdicción, como así también de

proyectos de participación público privada, en lo que es materia de su

competencia, con excepción de aquellos asignados a la SUBSECRETARÍA DE

GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE PRODUCCIÓN y a la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN

ADMINISTRATIVA DE INFRAESTRUCTURA.

13.

Intervenir en los trámites administrativos necesarios para la

obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos

tecnológicos y los insumos necesarios para el cumplimiento de los

objetivos y metas, previstos por las unidades ejecutoras de las

distintas categorías programáticas de las áreas del MINISTERIO DE

ECONOMÍA que ejecutan programas con financiamiento externo, con

excepción de las áreas vinculadas a la industria, el comercio y el

desarrollo productivo, la agricultura, ganadería y pesca, integración

socio-urbana, obras públicas, y transporte. (Objetivo sustituido por art. 2° delDecreto N° 70/2025*B.O. 11/2/2025. Vigencia: a partir del día de su

publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE PRODUCCIÓN

OBJETIVOS

1.

Asistir en el diseño y en la evaluación del cumplimiento de la

política presupuestaria de los Servicios Administrativos Financieros de

las áreas vinculadas a la industria, el comercio y el desarrollo

productivo, la agricultura, ganadería y pesca.

2.

Colaborar con las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas de los Servicios Administrativos Financieros de las áreas

vinculadas a la industria, el comercio y el desarrollo productivo, la

agricultura, ganadería y pesca, en la formulación y programación de la

ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten

durante el ejercicio financiero.

3.

Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas correspondientes a los Servicios Administrativos

Financieros de las áreas vinculadas a la industria, el comercio y el

desarrollo productivo, la agricultura, ganadería y pesca efectuando los

trámites administrativos necesarios para la gestión de los recursos

humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y los insumos

necesarios para el cumplimiento de los objetivos y metas previstos en

las áreas de su competencia.

4.

Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que

presta servicio, así como la planificación de las actividades de

administración general, con excepción de aquellas que por su especificidad sustantiva correspondan

a la gestión de otras unidades programáticas.

5.

Intervenir en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial,

de infraestructura, mantenimiento y administración de bienes muebles e

inmuebles, y servicios correspondientes a los Servicios Administrativos

Financieros asignados a su órbita.

6.

Coordinar la aplicación de la política de administración del

personal y de los de recursos tecnológicos, informáticos y de

comunicaciones, de la política de seguridad de la información, así como

la gestión de los espacios físicos de las áreas vinculadas a los

Servicios Administrativos Financieros asignados a su órbita.

7.

Supervisar la gestión documental de las áreas vinculadas a los

Servicios Administrativos Financieros asignados a su órbita.

8.

Intervenir en los procesos de gestión administrativa, presupuestaria

y financiera-contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas,

donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo, como así

también de proyectos de participación público privada, de las áreas

vinculadas a la industria, el comercio y el desarrollo productivo, la

agricultura, ganadería y pesca.

9.

Intervenir en las actuaciones administrativas vinculadas con los

recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y respecto de

los insumos necesarios para el cumplimiento de los objetivos y metas de

las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas de

las áreas vinculadas a la industria, el comercio y el desarrollo

productivo, la agricultura, ganadería y pesca, que se ejecuten a través

de programas con financiamiento externo.

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INFRAESTRUCTURA

OBJETIVOS

(Objetivos sustituidos por art. 3° delDecreto N° 70/2025*B.O. 11/2/2025. Vigencia: a partir del día de su

publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)*

1.

Asistir en el diseño y en la evaluación del cumplimiento de la

política presupuestaria de los Servicios Administrativos Financieros de

las áreas vinculadas a la integración socio-urbana, las obras públicas

y al transporte.

2.

Colaborar con las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas de los Servicios Administrativos Financieros de las áreas

vinculadas a su órbita, en la formulación y programación de la

ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten

durante el ejercicio financiero.

3.

Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas correspondientes a los Servicios Administrativos

Financieros de las áreas vinculadas a su órbita, efectuando los

trámites administrativos necesarios para la gestión de los recursos

humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y los insumos

necesarios para el cumplimiento de los objetivos y metas previstos en

las áreas de su competencia.

4.

Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que

presta servicios, así como la planificación de las actividades de

administración general a su cargo, con excepción de aquellas que por su

especificidad sustantiva correspondan a la gestión de otras unidades

programáticas.

5.

Intervenir en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial,

de infraestructura, mantenimiento y administración de bienes muebles e

inmuebles y servicios correspondientes a los Servicios Administrativos

Financieros asignados a su órbita.

6.

Coordinar la aplicación de la política de administración del

personal y de los recursos tecnológicos, informáticos y de

comunicaciones, de la política de seguridad de la información, así como

la gestión de los espacios físicos correspondientes a las áreas

vinculadas a la integración socio-urbana, las obras públicas y al

transporte.

7.

Participar en los procesos de gestión administrativa, presupuestaria

y financiera-contable de los diversos programas y proyectos,

correspondientes a las áreas vinculadas a su órbita.

8.

Intervenir en los procesos de gestión administrativa, presupuestaria

y financiera-contable de programas, proyectos, cooperaciones técnicas,

donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo, como así

también de proyectos de participación público privada de las áreas

vinculadas a la integración socio-urbana, las obras públicas y el

transporte.

9.

Intervenir en las actuaciones administrativas vinculadas con los

recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y los insumos

necesarios para el cumplimiento de los objetivos y metas previstos por

las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas de

las áreas vinculadas a la integración socio-urbana, las obras públicas,

y al transporte, que ejecutan programas con financiamiento externo.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA

OBJETIVOS

(Objetivos sustituidos por art. 4° del Decreto N° 146/2026 B.O. 12/3/2026. Vigencia: a partir del día de su dictado.)

1.

Diseñar y proponer al Ministro lineamientos estratégicos para la programación de la política económica nacional.

2.

Asistir al Ministro en la formulación, análisis y evaluación de propuestas de política económica.

3.

Brindar la información necesaria para la elaboración y seguimiento del programa económico del Gobierno Nacional.

4.

Dirigir el diseño de modelos y proyecciones económicas que sirvan

como insumo tanto para el cumplimiento de las funciones del Ministerio

como de otras áreas del ESTADO NACIONAL.

5.

Realizar el seguimiento de la coyuntura económica, y coordinar la

elaboración de informes en función de las necesidades que determine el

Ministro.

6.

Centralizar y evaluar la información económica relevante para

optimizar la articulación técnica y estratégica entre las Secretarías

del Ministerio.

7.

Brindar soporte técnico a las Jurisdicciones y Organismos en lo

relativo a la evaluación del impacto económico de las políticas y

medidas por ellos implementadas.

8.

Articular, en materia de su competencia, las relaciones del

Ministerio con los organismos económicos y financieros internacionales,

en coordinación con las áreas competentes de la Jurisdicción.

SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA

SUBSECRETARÍA DE ANÁLISIS Y MODELACIÓN ECONÓMICA

OBJETIVOS

(Objetivos incorporados por art. 8° del Decreto N° 146/2026 B.O. 12/3/2026. Vigencia: a partir del día de su dictado.)

1.

Desarrollar modelos de programación y análisis económico en lo que es materia de su competencia.

2.

Asesorar técnicamente a las áreas de la Jurisdicción con competencia en la elaboración de políticas económicas.

3.

Dirigir la elaboración y administración de bases de datos que

contengan variables económicas reales y financieras para ser aplicadas

al análisis económico.

4.

Coordinar los procesos de integración y procesamiento de datos

económicos para analizar la evolución cíclica de la economía argentina.

5.

Asistir al Secretario en la relación con instituciones y organismos internacionales, en materia de su competencia.

6.

Elaborar proyecciones económicas que sirvan de insumo para la toma

de decisiones y el cumplimiento de funciones del Ministerio.

7.

Elaborar estudios e informes específicos, en el ámbito de su competencia, para apoyar la elaboración de políticas económicas.

(SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA, SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MACROECONÓMICA, objetivos derogadospor art. 2° del Decreto N° 146/2026 B.O. 12/3/2026. Vigencia: a partir del día de su dictado.)

(SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA, SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MICROECONÓMICA,objetivos derogadospor art. 2° del Decreto N° 146/2026 B.O. 12/3/2026. Vigencia: a partir del día de su dictado.)

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE HACIENDA

OBJETIVOS

1.

Coordinar la aplicación de las políticas y la administración

presupuestaria y financiera del gasto público nacional.

2.

Dirigir y supervisar los sistemas de Presupuesto, Tesorería y

Contabilidad y ejercer, con la SECRETARÍA DE FINANZAS, las funciones de

Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración

Financiera del Sector Público Nacional.

3.

Coordinar lo vinculado con el registro de los bienes físicos del

ESTADO NACIONAL.

4.

Intervenir en la definición de las necesidades de financiamiento del

Sector Público Nacional, las provincias o sus organismos o empresas,

por las que se originen, o puedan eventualmente originarse obligaciones

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