Historial de reformas

Por el cual se reorganiza la carrera de los Oficiales de las Fuerzas Militares

8 versiones · 1953-12-29
2004-05-10
DECRETO 3220 DE 1953 — art. 140
1970-01-02
DECRETO 3220 DE 1953 — arts. 64, 65, 66 y 12 más
1970-01-02
DECRETO 3220 DE 1953 — arts. 64, 65, 66 y 12 más
1970-01-02
DECRETO 3220 DE 1953 — arts. 106, 107

Cambios del 1970-01-02

@@ -482,19 +482,7 @@
##### **Artículo 105.** Para efectos de prestaciones sociales la cesantía que corresponda se liquidará sobre el excedente de los tiempos determinados en él artículo anterior, y si el Oficial no los tuviere, según el caso, la liquidación se hará sobre los años de servicio que hubiere prestado.
##### **Artículo 106.** La liquidación de las prestaciones sociales y asignación de retiro, que se decreten a los Oficiales de las Fuerzas Militares, se hará sobre la suma de las siguientes partidas.
Sueldo básico
Prima de servicio
Partida de alimentación
Doceava parte de la prima de Navidad.
Aérea, excepto para Sueldo de Retiro
Prima de gastos de representación, computable solamente a los Oficiales Generales
##### **Artículo 106.** Declarado inexequible por la Sentencia de la Corte Suprema de Justicia del 21 de Febrero de 1957.
##### **Artículo 107.** Las asignaciones de retiro de que trata el presente Estatuto no se causarán por cantidades estables, sino en forma oscilante, tomando como base las fluctuaciones de las asignaciones de actividad vigente en todo tiempo para cada grado.
1970-01-02
DECRETO 3220 DE 1953 — arts. 28, 85, 90
1970-01-02
DECRETO 3220 DE 1953 — art. 146
1970-01-02
DECRETO 3220 DE 1953 — arts. 1, 2, 3 y 164 más
1970-01-02
DECRETO 3220 DE 1953
versión original Texto en esta fecha