Historial de reformas

Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja

10 versiones · 2003-03-26
2025-07-22
Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Com
2024-12-30
Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Com
2023-12-30
Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Com
2018-01-31
Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Com
2017-04-01
Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Com
2014-10-22
Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Com
2010-12-20
Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Com

Cambios del 2010-12-20

@@ -110,7 +110,7 @@
###### Artículo 6. Órganos.
1. Bajo la superior autoridad del Consejero, cada Consejería se estructura en los siguientes órganos con nivel de Dirección General:
1. Bajo la superior autoridad del Consejero, cada Consejería podrá estructurarse en los siguientes órganos con nivel de Dirección General:
a) Secretaría General Técnica.
@@ -124,11 +124,13 @@
5. Los titulares de los órganos previstos en este artículo tienen la consideración de Alto Cargo a los efectos oportunos señalados en la legislación vigente.
> <small>Se modifica el apartado 1 por el art. 39.1 de la Ley 10/2010, de 16 de diciembre. [Ref. BOE-A-2011-469](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2011-469)</small>
###### Artículo 7. Unidades administrativas.
1. Los órganos se estructuran en servicios, secciones y negociados o unidades administrativas asimiladas.
2. Adicionalmente podrán constituirse unidades administrativas denominadas áreas, siempre y cuando la diversidad de las funciones atribuidas al órgano superior del que dependan aconseje la existencia de un nivel intermedio entre los servicios y las secciones.
Los órganos podrán estructurarse de forma jerárquica en servicios, áreas, secciones y negociados o unidades administrativas asimiladas.
> <small>Se modifica por el art. 39.2 de la Ley 10/2010, de 16 de diciembre. [Ref. BOE-A-2011-469](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2011-469)</small>
###### Artículo 8. Creación de órganos y unidades.
@@ -202,19 +204,27 @@
###### Artículo 13. Los Servicios.
Los Servicios son las unidades administrativas de superior nivel funcionarial de las Consejerías, a los que corresponde, además de las funciones específicas que tengan atribuidas, las funciones de planificación, coordinación, dirección y control de las Secciones, Áreas en su caso, o unidades asimiladas de ellos dependientes.
Los Servicios son las unidades administrativas de superior nivel funcionarial de las Consejerías, a las que corresponden, además de las funciones específicas que tengan atribuidas, las funciones de planificación, coordinación, dirección y control de las unidades administrativas de ellos dependientes.
> <small>Se modifica por el art. 39.3 de la Ley 10/2010, de 16 de diciembre. [Ref. BOE-A-2011-469](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2011-469)</small>
###### Artículo 14. Las Áreas.
Las Áreas son unidades administrativas de apoyo dependientes de los servicios a las que corresponden funciones de informe y propuesta de las cuestiones pertenecientes al ámbito que tienen atribuido, así como la dirección, coordinación y control de las actividades desarrolladas por las Secciones o unidades asimiladas de ellas dependientes.
Las Áreas son unidades administrativas de apoyo dependientes de los Servicios, o en su caso los órganos administrativos, a las que corresponden funciones de informe y propuesta de las cuestiones pertenecientes al ámbito que tienen atribuido, así como la dirección, coordinación y control de las actividades desarrolladas por las Secciones o unidades de ellas dependientes.
> <small>Se modifica por el art. 39.3 de la Ley 10/2010, de 16 de diciembre. [Ref. BOE-A-2011-469](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2011-469)</small>
###### Artículo 15. Las Secciones.
Las Secciones son unidades administrativas dependientes de los Servicios o de las Áreas en su caso, y les corresponden las funciones de ejecución, informe y propuesta de las cuestiones pertenecientes al ámbito que tienen atribuido, así como la dirección, coordinación y control de las actividades desarrolladas por los Negociados o unidades asimiladas de ellas dependientes.
Las Secciones son unidades administrativas dependientes de los órganos administrativos, Servicios o Áreas, y les corresponden las funciones de ejecución, informe y propuesta de las cuestiones pertenecientes al ámbito que tienen atribuido, así como la dirección, coordinación y control de las actividades desarrolladas por los Negociados o unidades asimiladas de ellas dependientes.
> <small>Se modifica por el art. 39.3 de la Ley 10/2010, de 16 de diciembre. [Ref. BOE-A-2011-469](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2011-469)</small>
###### Artículo 16. Los Negociados.
Los Negociados son unidades administrativas dependientes de las Secciones a las que se les atribuyen las funciones de tramitación, inventario, si procede, y archivo de los asuntos que tengan asignados.
Los Negociados son unidades administrativas, dependientes de algunas de las enumeradas en los artículos anteriores, a las que se les atribuyen las funciones de tramitación, inventario, si procede, y archivo de los asuntos que tengan asignados.
> <small>Se modifica por el art. 39.3 de la Ley 10/2010, de 16 de diciembre. [Ref. BOE-A-2011-469](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2011-469)</small>
### CAPÍTULO IV. Los órganos colegiados
2005-10-25
Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Com
2005-06-07
Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Com
2003-03-15
Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la
versión original Texto en esta fecha