Real Decreto 543/2023, de 27 de junio, por el que se establecen, actualizan y suprimen determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Actividades Físicas y Deportivas; Agraria; Hostelería y Turismo; Imagen Personal; Instalación y Mantenimiento; y Seguridad y Medio Ambiente, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales
Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.
1 acto modificador · 2024-10-15, Real Decreto 919/2024, de 17 de septiembre, por el que se establece una cualificación pro…
CR2.1 El proyecto de tatuaje, consensuado previamente con la persona usuaria, se revisa según las características, forma y estado de la piel de la zona de implantación para ajustar los medios técnicos, maniobras, parámetros y coloración a utilizar, en su caso, durante el proceso de implantación de tatuaje.
CR2.2 El diseño de tatuaje se transfiere a la zona de implantación mediante dibujo a mano alzada con un accesorio estéril y desechable o bien mediante la utilización de papel de transferencia, realizando las terminaciones o modificaciones a mano alzada en caso necesario hasta conseguir su integración en el área a tatuar.
CR2.3 El tatuaje se implanta en la piel mediante la utilización de la máquina de tatuar con la velocidad, potencia, aguja y técnicas establecidas en el proyecto de tatuaje, introduciendo la concentración adecuada de tintas hasta obtener la saturación de color indicada según las técnicas a utilizar (difuminado, degradado, punteado, relleno, delineado, sombreado, entre otras), limpiando y desinfectando la piel después de cada maniobra.
CR2.4 El estado de la zona de implantación del tatuaje y el estado general de salud de la persona usuaria se comprueban durante el proceso, realizando en caso necesario cambios en los parámetros establecidos inicialmente en el proyecto de tatuaje (velocidad, potencia, agujas, entre otras), deteniéndolo momentáneamente o bien aplazándolo hasta después de su curación en caso de observar alteraciones que impidan su continuación.
CR2.5 El resultado obtenido de la implantación del tatuaje se contrasta con la persona usuaria frente al espejo, teniendo en cuenta que la posible inflamación de la zona modifica el resultado final, haciendo retoques en caso necesario.
CR2.6 El tatuaje se protege mediante la aplicación de productos de uso tópico de terminación autorizados (cicatrizantes, antisépticos, descongestivos, regeneradores, calmantes y/o fijadores de tinta, entre otros) y la utilización de medios de cobertura, permitidos por la normativa aplicable sobre seguridad y salud, evitando la utilización de materiales que impidan la transpiración.
RP3: Tatuar areola mamaria-pezón para simular estas estructuras anatómicas en personas usuarias, siguiendo el proyecto de tatuaje elaborado previamente, y las indicaciones del personal facultativo, en su caso, adoptando las medidas de seguridad y salud.
CR3.1 El proyecto de tatuaje, consensuado previamente con la persona usuaria, se revisa según las características del estado de la piel (elasticidad, textura, espesor, volumen, alteraciones), ajustando la forma, diámetro y posición de la areola y pezón mediante instrumentos de medición (calibre, cinta métrica, reglas de dibujo, entre otros).
CR3.2 La areola y pezón se dibujan sobre la/s zona/s de la piel determinadas previamente, utilizando para ello tinta o un lápiz dermatológico o quirúrgico e indicando las zonas de luces y sombras necesarias para crear un efecto de areola en tres dimensiones, para la orientación durante la implantación del tatuaje.
CR3.3 El tatuaje se implanta para simular areola y pezón en personas con su falta de forma bilateral, utilizando la máquina de tatuar con la velocidad, potencia, aguja y técnicas establecidas en el proyecto de tatuaje, introduciendo la concentración adecuada de tinta hasta obtener la saturación de color indicada, creando un efecto de tridimensionalidad e hiperrealismo, teniendo en cuenta las limitaciones de la piel a tatuar durante el proceso, limpiando y desinfectando la piel después de cada maniobra.
CR3.4 El tatuaje se implanta para simular areola y pezón en personas con su falta de forma unilateral, reproduciendo la areola de referencia, teniendo en cuenta las posibles desviaciones en cuando a forma volumen y situación, adecuando la posición y simetría de ambas areolas, utilizando la máquina de tatuar con la velocidad, potencia, aguja y técnicas establecidas en el proyecto de tatuaje, introduciendo la concentración adecuada de tinta hasta obtener la saturación de color indicada, creando un efecto real de tridimensionalidad, teniendo en cuenta las limitaciones de la piel a tatuar durante el proceso, limpiando y desinfectando la piel después de cada maniobra.
CR3.5 El tatuaje se implanta en areola mamaria-pezón con falta parcial de coloración, utilizando la máquina de tatuar con la velocidad, potencia, aguja y técnicas establecidas en el proyecto de tatuaje, introduciendo la concentración adecuada de tinta hasta obtener la saturación de color indicada, creando un efecto real de tridimensionalidad, teniendo en cuenta las limitaciones de la piel a tatuar durante el proceso, limpiando y desinfectando la piel después de cada maniobra.
CR3.6 El estado de la zona de implantación del tatuaje y el estado general de salud de la persona usuaria se comprueban durante el proceso, realizando en caso necesario cambios en los parámetros establecidos inicialmente en el proyecto de tatuaje (velocidad, potencia, agujas, entre otras), deteniéndolo momentáneamente o bien, aplazándolo hasta después de su curación, en caso de observar alteraciones que impidan su continuación.
CR3.7 El resultado obtenido de la implantación del tatuaje se contrasta con la persona usuaria frente al espejo, teniendo en cuenta que la posible inflamación de la zona modifica el resultado final, haciendo retoques en caso necesario.
CR3.8 El tatuaje se protege mediante la aplicación de productos de uso tópico de terminación autorizados (cicatrizantes, antisépticos, descongestivos, regeneradores, calmantes y/o fijadores de tinta, entre otros) y la utilización de medios de cobertura permitidos por la normativa aplicable sobre seguridad y salud, evitando la utilización de materiales que impidan la transpiración.
RP4: Informar al personal usuario sobre el mantenimiento y cuidados a realizar sobre la zona de implantación del tatuaje para evitar complicaciones, garantizando la calidad de los servicios realizados y su fidelización.
CR4.1 El cuidado y mantenimiento del tatuaje implantado, así como las sensaciones que puede tener durante el proceso de cicatrización y las posibles complicaciones se explican a la persona usuaria, utilizando un lenguaje preciso y comprensible, resolviendo las dudas que pueda tener, advirtiendo de las consecuencias derivadas del no cumplimiento de estos cuidados y aconsejando la consulta con el personal facultativo en caso de observar complicaciones.
CR4.2 Las citas para la revisión de los resultados se concretan (pasados diez o quince días para el seguimiento y mínimo treinta días para un posible retoque), valorando en ellas el grado de satisfacción de la persona usuaria y derivando al personal facultativo en caso de aparición de complicaciones.
CR4.3 El material fotográfico del resultado conseguido, así como el resto de datos obtenidos durante la implantación del tatuaje se recopilan, reflejando con precisión cada detalle en la ficha técnica de la clientela, para su posterior seguimiento y consulta, garantizando la confidencialidad de los datos y pidiendo a la persona usuaria su consentimiento para su posible publicación en medios de difusión (blogs o redes sociales, entre otros) y/o en el portafolios del profesional.
CR4.4 Las propuestas comerciales para el mantenimiento periódico del tatuaje implantado u otros servicios de la misma naturaleza se comunican a la persona usuaria mediante la presentación de ofertas, promociones o lanzamientos, entre otras.
CR4.5 La ficha técnica de la clientela se revisa para valorar la calidad del servicio prestado mediante indicadores de calidad que permitan comparar el proceso seguido y los aparatos, instrumental, accesorios, tintas y productos de uso tópico utilizados con el resultado obtenido, realizando las modificaciones oportunas en los procedimientos para optimizar el servicio.
Contexto profesional
Medios de producción
Equipos informáticos. Aplicaciones informáticas de gestión de la clientela, de control de almacén y gestión comercial. Medios de fotografía digital para procesos de implantación de tatuaje. Aplicaciones informáticas de realidad virtual de aplicación en tatuaje. Mobiliario y equipamiento para establecimientos de tatuaje (recepción, sala de espera, área administrativa, almacén, áreas de trabajo (cabina-box) y área de preparación del material). Utensilios y productos autorizados para la limpieza y desinfección de instalaciones. Bolsas se esterilización. Autoclave. Limpiador de ultrasonidos. Termoselladora. Espejos manuales y de pared. Botiquín. Contenedores de residuos. Equipos de protección individual (EPI) y de protección al personal usuario. Lencería y vestimenta de protección desechable (instrumental para el examen de piel en procesos de implantación de tatuaje (lupa, analizador de escáner de piel inteligente, entre otros). Material de medición y dibujo (calibre, cinta métrica, reglas de dibujo, entre otros). Aparatos autorizados (CE) para la implantación del tatuaje: máquinas de tatuar. Agujas estériles. Cartuchos porta-agujas. Otro instrumental y accesorios para procesos de implantación de tatuaje: mezcladores, soportes, contenedores porta-tinta, entre otros. Pocillos individuales estériles. Tintas homologadas para procesos de implantación de tatuaje. Productos de uso tópico autorizados para tatuaje: limpiadores, descongestivos, calmantes, astringentes, antisépticos. Lencería y vestimenta de protección desechable. Fundas aislantes y cubiertas de protección del mobiliario, desechables y de un solo uso.
Productos y resultados
Revisión de información de la ficha de la clientela y el consentimiento informado, condiciones de la cabina de trabajo y resto de medidas de seguridad. Tatuaje de diseños de tatuaje en diferentes estilos (lineal y geométrico, en gris y negro, a color, realista o combinado). Tatuaje de areola mamaria-pezón. Información a las personas usuarias sobre el mantenimiento y cuidados a realizar sobre la zona de implantación del tatuaje.
Información utilizada o generada
Normativa relativa a protección ambiental y a la planificación de la actividad preventiva. Disposiciones mínimas de seguridad y salud en lugares de trabajo relativa a ergonomía, «higiene industrial», señalización, entre otros. Normativa aplicable sobre gestión de residuos. Normativa referente a la protección en el tratamiento de los datos de carácter personal. Normativa de regulación de las actividades de tatuaje. Normativa de regulación y homologación de tintas para tatuaje. Normativa aplicable referente a utilización de cosméticos. Normativa aplicable a la utilización de productos sanitarios. Normativa aplicable de defensa de los consumidores y usuarios. Normativa aplicable a la utilización de productos de limpieza y desinfección. Normativa aplicable a la utilización de técnicas de esterilización. Normativa aplicable al almacenamiento de productos y material estéril. Protocolos para la atención al personal usuario. Protocolos de higiene y protección para el profesional y el personal usuario. Protocolo de utilización de cosméticos según el reglamento (CE). Protocolos de limpieza, desinfección y esterilización. Fichas técnicas. Notas técnicas de prevención (NTP). Protocolos de utilización de tintas en procesos de tatuaje, según los organismos reguladores. Etiquetas de productos de limpieza y desinfección. Instrucciones de utilización de productos de limpieza y desinfección. Instrucciones de manejo del instrumental y utensilios para tatuaje. Etiquetas de productos cosméticos y productos sanitarios. Documentos de registro de procesos de limpieza, desinfección y esterilización. Libro de registro de esterilización. Fichas técnicas de la clientela. Consentimiento informado para tatuaje. Documentación para la gestión de protección de datos personales. Documentos de presupuesto de servicios de tatuaje. Documentos internos (protocolos, notas informativas, hojas de trabajo, manuales de utilización de equipos, entre otros). Diseños de tatuaje. Proyecto de tatuaje. Estándares de calidad.
Unidad de competencia 5: realizar procesos de modificación de tatuaje
Nivel: 3
Código: UC2676_3
Realizaciones profesionales y criterios de realización
RP1: Revisar la información de la ficha de la clientela, el consentimiento informado, las condiciones de la cabina de trabajo y el resto de medidas de seguridad a tener en cuenta para garantizar la realización del proceso de modificación de tatuajes en condiciones de seguridad y salud.
CR1.1 Los datos reflejados en la ficha de la clientela (identidad, resultado de la prueba de sensibilidad, ausencia de contraindicaciones, indicaciones y precauciones del personal facultativo y proyecto de tatuaje) y en el consentimiento informado se confirman, examinando los datos obtenidos y cotejando la información con la persona usuaria.
CR1.2 El personal usuario se deriva a atención por personal facultativo en caso de necesitar un proceso de eliminación parcial o total de un tatuaje anterior mediante aparatos, productos y/o técnicas de uso médico, identificando las zonas a eliminar.
CR1.3 La presencia en la cabina de trabajo de los aparatos, instrumentos y accesorios necesarios para realizar la modificación de tatuaje se revisa según el proyecto de tatuaje, comprobando su orden según la secuencia del procedimiento a seguir.
CR1.4 Las condiciones higiénicas de la cabina de trabajo y de los aparatos, instrumentos y accesorios a utilizar se examinan verificando la realización de los procesos de limpieza, desinfección y/o esterilización previa mediante la inspección de los documentos normalizados de registro de estas actividades, y comprobando la fecha de caducidad de esterilización del material que se vaya a utilizar.
CR1.5 Las condiciones higiénicas de las tintas y productos de uso tópico autorizados a utilizar se examinan comprobando el estado del envase, características físico-químicas, fecha de caducidad y/o PAO (vida útil después de su apertura), entre otros, anotando el número de registro sanitario de los pigmentos en la ficha técnica.
CR1.6 El equipo de protección individual (guantes estériles, bata, gorro, mascarilla, entre otros) a utilizar durante el proceso de modificación de tatuaje se comprueba, teniendo en cuenta su adecuación según el proceso de modificación a realizar.
RP2: Reforzar la coloración de tatuajes realizados con anterioridad para su actualización, siguiendo el proyecto de tatuaje elaborado previamente y las indicaciones facultativas, en su caso, adoptando las medidas de seguridad y salud.
CR2.1 El proyecto de tatuaje, consensuado previamente con la persona usuaria, se revisa según las características del tatuaje anterior (tamaño, coloración, forma, antigüedad, entre otros) y el estado de la piel de la zona de implantación, ajustando, en su caso, los medios técnicos, maniobras, parámetros y coloración a utilizar durante el proceso de refuerzo de coloración, evitando que el nuevo tatuaje se convierta en un futuro en una mancha indeleble.
CR2.2 Las mezclas de tinta preparadas para el refuerzo de coloración del tatuaje se implantan sobre el mismo mediante la utilización de la máquina de tatuar con la velocidad, potencia, aguja y técnicas establecidas en el proyecto de tatuaje, introduciendo la concentración adecuada de tinta hasta conseguir el resultado esperado según el proyecto de tatuaje, limpiando y desinfectando la piel después de cada maniobra.
CR2.3 El estado de la zona de refuerzo de coloración y el estado general de salud de la persona usuaria se comprueban durante el proceso, realizando en caso necesario cambios en los parámetros establecidos inicialmente en el proyecto de tatuaje (velocidad, potencia, agujas, entre otras), deteniéndolo momentáneamente o bien aplazándolo hasta después de su curación en caso de observar alteraciones que impidan su continuación.
CR2.4 El resultado obtenido se contrasta con la persona usuaria frente al espejo, teniendo en cuenta que la posible inflamación de la zona modifica el resultado final, haciendo retoques en caso necesario.
CR2.5 La zona donde se ha producido el refuerzo de coloración se protege mediante la aplicación de productos de uso tópico autorizados de terminación (cicatrizantes, antisépticos, descongestivos, regeneradores, calmantes y/o fijadores de tinta, entre otros) y la utilización medios de cobertura permitidos por la normativa aplicable sobre seguridad y salud, evitando la utilización de materiales que impidan la transpiración.
RP3: Cubrir o «tapar» tatuajes realizados con anterioridad para su disimulación mediante la implantación de tatuajes nuevos y, en su caso, procedimientos para su atenuación mediante la utilización de aparatos de electroestética, cosméticos y otros productos de uso tópico autorizados por los organismos reguladores, siguiendo el proyecto de tatuaje elaborado previamente y las indicaciones facultativas, en su caso, adoptando las medidas de seguridad y salud.
CR3.1 El proyecto de tatuaje, consensuado previamente con la persona usuaria, se revisa según las características del tatuaje anterior (tamaño, coloración, forma, antigüedad, entre otros) y el estado de la piel de la zona de implantación, comprobando que el diseño de tatuaje seleccionado es idóneo para su cobertura o «tapado», ajustando, en su caso, los medios técnicos, maniobras, parámetros y coloración a utilizar y advirtiendo de que una vez cicatrizado el nuevo tatuaje, puede vislumbrarse parte del tatuaje anterior.
CR3.2 El diseño de tatuaje se transfiere a la zona de implantación mediante dibujo a mano alzada con un accesorio estéril y desechable o bien mediante la utilización de papel de transferencia, realizando las terminaciones o modificaciones a mano alzada en caso necesario hasta conseguir su integración en el área a tatuar.
CR3.3 El tatuaje se implanta en la piel mediante la utilización de la máquina de tatuar con la velocidad, potencia, aguja y técnicas establecidas en el proyecto de tatuaje, introduciendo la concentración adecuada de tinta hasta conseguir la cobertura o «tapado» del tatuaje anterior según el proyecto de tatuaje, limpiando y desinfectando la piel después de cada maniobra.
CR3.4 El estado de la zona de modificación del tatuaje y el estado general de salud del personal usuario se comprueban durante el proceso, realizando en caso necesario cambios en los parámetros establecidos inicialmente en el proyecto de tatuaje (velocidad, potencia, agujas, entre otras), deteniéndolo momentáneamente o bien aplazándolo hasta después de su curación en caso de observar alteraciones que impidan su continuación.
CR3.5 Los procesos de atenuación del tatuaje, o de parte del mismo, se realizan en su caso, mediante la utilización de los aparatos de electroestética, cosméticos y otros productos de uso tópico autorizados en sesiones consecutivas programadas, considerando el resultado obtenido en sesiones anteriores hasta conseguir el resultado acordado y consensuado con la persona usuaria.
CR3.6 El resultado obtenido se contrasta con la persona usuaria frente al espejo, teniendo en cuenta que la posible inflamación de la zona modifica el resultado final, haciendo retoques en caso necesario.
CR3.7 El tatuaje se protege mediante la aplicación de productos de uso tópico autorizados de terminación (cicatrizantes, antisépticos, descongestivos, regeneradores, calmantes y/o fijadores de tinta, entre otros) y la utilización de medios de cobertura permitidos por la normativa aplicable sobre seguridad y salud, evitando la utilización de materiales que impidan la transpiración.
RP4: Reestructurar tatuajes realizados con anterioridad para su actualización mediante la realización de cambios en su estilo, forma, tamaño y/o coloración, así como procedimientos para su atenuación mediante la utilización de aparatos de electroestética, cosméticos y otros productos de uso tópico autorizados por los organismos reguladores, siguiendo el proyecto de tatuaje elaborado previamente y las indicaciones facultativas, en su caso, adoptando las medidas de seguridad y salud.
CR4.1 El proyecto de tatuaje, consensuado previamente con la persona usuaria, se revisa según las características del tatuaje anterior (tamaño, coloración, forma, antigüedad, entre otros) y el estado de la piel de la zona de implantación, comprobando que el diseño de tatuaje seleccionado es idóneo para conseguir el resultado propuesto, ajustando, en su caso, los medios técnicos, maniobras, parámetros y coloración a utilizar y advirtiendo de que una vez cicatrizado el nuevo tatuaje, puede vislumbrarse parte del tatuaje anterior.
CR4.2 El tatuaje a reestructurar se delimita, marcando y dibujando las áreas a rectificar con técnicas combinadas de corrección (atenuación, ampliación, modificación de forma y corrección de color), definiendo las áreas que solamente necesitan de una atenuación de la tinta, diferenciándolas de las zonas a ampliar y a modificar forma y/o corregir color.
CR4.3 Los procesos de atenuación del tatuaje, o de parte del mismo, se realizan en su caso, mediante la utilización de los aparatos de electroestética, cosméticos y otros productos de uso tópico autorizados en sesiones consecutivas programadas, considerando el resultado obtenido en sesiones anteriores hasta conseguir el resultado acordado y consensuado con la persona usuaria.
CR4.4 Las mezclas de tintas preparadas para la modificación de forma y/o corrección de color, se implantan ajustando los medios técnicos, parámetros y maniobras aplicadas según el proyecto técnico.
CR4.5 El resultado obtenido se contrasta con la persona usuaria frente al espejo, teniendo en cuenta que la posible inflamación de la zona modifica el resultado final, haciendo retoques en caso necesario.
CR4.6 La zona donde se ha realizado la reestructuración se protege mediante la aplicación de productos de uso tópico autorizados de terminación (cicatrizantes, antisépticos, descongestivos, regeneradores, calmantes y/o fijadores de tinta, entre otros) y la utilización medios de cobertura permitidos por la normativa aplicable sobre seguridad y salud, evitando la utilización de materiales que impidan la transpiración.
RP5: Atenuar tatuajes realizados con anterioridad para su disimulación mediante la utilización de aparatos de electroestética, cosméticos y otros productos de uso tópico autorizados por los organismos reguladores, siguiendo el proyecto de tatuaje elaborado previamente y las indicaciones facultativas, en su caso, adoptando las medidas de seguridad y salud.
CR5.1 El proyecto de tatuaje, consensuado previamente con la persona usuaria, se revisa según las características del tatuaje anterior (tamaño, coloración, forma, antigüedad, entre otros) y el estado de la piel de la zona de atenuación.
CR5.2 Los procesos de atenuación del tatuaje, o de parte del mismo, se realizan en su caso, mediante la utilización de los aparatos de electroestética, cosméticos y otros productos de uso tópico autorizados en sesiones consecutivas programadas, considerando el resultado obtenido en sesiones anteriores hasta conseguir el resultado acordado y consensuado con la persona usuaria.
CR5.3 El resultado obtenido se contrasta con la persona usuaria frente al espejo, teniendo en cuenta que la posible inflamación de la zona modifica el resultado final, haciendo retoques en caso necesario.
CR5.4 La zona donde se ha realizado la atenuación se protege mediante la aplicación de productos de uso tópico autorizados de terminación (cicatrizantes, antisépticos, descongestivos, regeneradores, calmantes, entre otros) y la utilización medios de cobertura permitidos por la normativa aplicable sobre seguridad y salud, evitando la utilización de materiales que impidan la transpiración.
RP6: Informar a las personas usuarias sobre el mantenimiento y cuidados a realizar sobre la zona de modificación del tatuaje para evitar complicaciones, garantizando la calidad de los servicios realizados y su fidelización.
CR6.1 El cuidado y mantenimiento del tatuaje modificado, así como las sensaciones que puede tener y las posibles complicaciones se explican a las personas usuarias, utilizando un lenguaje preciso y comprensible, resolviendo las dudas que pueda tener, advirtiendo de las consecuencias derivadas del no cumplimiento de estos cuidados y aconsejando la consulta con el personal facultativo en caso de observar complicaciones.
CR6.2 Las citas para la revisión de los resultados se concretan, valorando en ellas el grado de satisfacción de las personas usuarias y derivando al personal facultativo en caso de aparición de complicaciones.
CR6.3 El material fotográfico del resultado conseguido, así como el resto de datos obtenidos durante la modificación del tatuaje se recopilan, reflejando con precisión cada detalle en la ficha técnica de la persona usuaria, para su posterior seguimiento y consulta, garantizando la confidencialidad de los datos y pidiendo su consentimiento para su posible publicación en medios de difusión (blogs o redes sociales, entre otros) y/o en el portafolios del profesional.
CR6.4 Las propuestas comerciales para el mantenimiento periódico del tatuaje modificado u otros servicios de la misma naturaleza se comunican a las personas usuarias mediante la presentación de ofertas, promociones o lanzamientos, entre otras.
CR6.5 Las fichas técnicas se revisan para valorar la calidad del servicio prestado mediante indicadores de calidad que permitan comparar el proceso seguido y los aparatos, instrumental, accesorios, tintas y productos de uso tópico autorizados utilizados con el resultado obtenido, realizando las modificaciones oportunas en los procedimientos para optimizar el servicio.
Contexto profesional
Medios de producción
Equipos informáticos. Aplicaciones informáticas de gestión de la clientela, de control de almacén y gestión comercial. Medios de fotografía digital para procesos de modificación de tatuaje. Mobiliario y equipamiento para establecimientos de tatuaje (recepción, sala de espera, área administrativa, almacén, áreas de trabajo (cabina-box) y área de preparación del material). Utensilios y productos autorizados para la limpieza y desinfección de instalaciones. Bolsas se esterilización. Autoclave. Limpiador de ultrasonidos. Termoselladora. Espejos manuales y de pared. Botiquín. Contenedores de residuos. Equipos de protección individual (EPI) de protección al profesional y personal usuario. Lencería y vestimenta de protección desechable. Fundas aislantes y cubiertas de protección del mobiliario, desechables y de un solo uso. Instrumental para el examen de la piel en procesos de modificación de tatuaje (lupa, analizador de escáner de piel inteligente, equipo de análisis de piel, entre otros). Material de medición y dibujo (calibre, cinta métrica, reglas de dibujo, entre otros). Aparatos utilizados la implantación del tatuaje: máquinas de tatuar. Aparatos de electroestética, cosméticos y otros productos de uso tópico autorizados para la atenuación de tatuajes. Cartuchos porta-agujas. Otro instrumental y accesorios para procesos de implantación de tatuaje: mezcladores, soportes, contenedores porta-tinta, entre otros. Pocillos individuales estériles. Tintas homologadas para procesos de implantación de tatuaje. Productos de uso tópico autorizados para tatuaje: limpiadores, descongestivos, calmantes, astringentes, antisépticos.
Productos y resultados
Revisión de información de la ficha de la clientela, el consentimiento informado, condiciones de la cabina de trabajo y resto de medidas de seguridad. Refuerzo de la coloración de tatuajes realizados con anterioridad. Cubrimiento o «tapado» de tatuajes realizados con anterioridad. Reestructuración de tatuajes realizados con anterioridad. Atenuación de tatuajes realizados con anterioridad. Información a las personas usuarias sobre el mantenimiento y cuidados a realizar sobre la zona de modificación del tatuaje.
Información utilizada o generada
Normativa relativa a protección ambiental y a la planificación de la actividad preventiva. Disposiciones mínimas de seguridad y salud en lugares de trabajo relativa a ergonomía, «higiene industrial», señalización, entre otros. Normativa aplicable sobre gestión de residuos. Normativa referente a la protección en el tratamiento de los datos de carácter personal. Normativa de regulación de las actividades de tatuaje. Normativa de regulación y homologación de tintas para tatuaje. Normativa aplicable referente a utilización de cosméticos. Normativa aplicable a la utilización de productos sanitarios. Normativa aplicable de defensa de los consumidores y usuarios. Normativa aplicable a la utilización de productos de limpieza y desinfección. Normativa aplicable a la utilización de técnicas de esterilización. Normativa aplicable al almacenamiento de productos y material estéril. Protocolos para la atención al personal usuario. Protocolos de higiene y protección para el profesional y el personal usuario. Protocolo de utilización de cosméticos según el reglamento (CE). Protocolos de limpieza, desinfección y esterilización. Fichas técnicas. Notas técnicas de prevención (NTP). Protocolos de utilización de tintas en procesos de tatuaje, según los organismos reguladores. Protocolos de utilización de aparatos de electroestética, cosméticos y otros productos de uso tópico autorizados para la atenuación de tatuajes. Etiquetas de productos de limpieza y desinfección. Instrucciones de utilización de productos de limpieza y desinfección. Etiquetas de productos cosméticos y productos sanitarios. Documentos de registro de procesos de limpieza, desinfección y esterilización. Libro de registro de esterilización. Fichas técnicas de la clientela. Consentimiento informado para tatuaje. Libro registro de la clientela. Documentación para la gestión de protección de datos personales. Documentos internos (protocolos, notas informativas, hojas de trabajo, manuales de utilización de equipos, entre otros). Diseños de tatuaje. Proyecto de tatuaje. Estándares de calidad.
Unidad de competencia 6: realizar procesos de perforación corporal con fines estéticos
Nivel: 3
Código: UC2677_3
Realizaciones profesionales y criterios de realización
RP1: Asesorar a las personas usuarias sobre el proceso de perforación corporal o sustitución de piezas de joyería en perforaciones realizadas con anterioridad para presentar propuestas de colocación de piezas de joyería en diferentes zonas del cuerpo, valorando su viabilidad, teniendo en cuenta sus demandas y expectativas, siguiendo las condiciones establecidas por la normativa aplicable sobre seguridad y salud, garantizando la confidencialidad de la información aportada.
CR1.1 Las personas usuarias se atienden en una zona del local que asegure confidencialidad realizando una entrevista y examinando visualmente la zona anatómica a perforar o a sustituir la pieza de joyería para obtener información sobre sus demandas y expectativas, el estado de la piel de la zona, antecedentes de alergia a materiales utilizados en la perforación corporal, problemas de salud, tratamientos médicos y cualquier otra necesaria para la detección de posibles contraindicaciones relativas o absolutas, y/o que implique la derivación a personal facultativo.
CR1.2 La viabilidad de realización del proceso de perforación corporal se comunica a la persona usuaria, valorando su idoneidad (realización, utilización de medidas de especial cuidado, aplazamiento, derivación a consulta con personal facultativo, o desestimación) según las posibles contraindicaciones relativas y/o absolutas que se hayan detectado.
CR1.3 Las posibles indicaciones y/o precauciones facultativas aportadas por la persona usuaria se tienen en cuenta en los procesos de perforación corporal o sustitución de piezas de joyería.
CR1.4 Las diferentes opciones de piezas de joyería, autorizadas para su utilización, se ofrecen a la persona usuaria para su selección dependiendo de la zona de perforación, mostrando ejemplos de piezas, o bien mediante catálogos y/o utilizando aplicaciones informáticas de realidad virtual que permitan la observación del efecto de la pieza de joyería en la zona anatómica, informando de sus características (composición, durabilidad, precio, entre otras), calidad del material según la normativa aplicable en materia de seguridad e higiene, y del proceso de esterilización al que se someten estas piezas antes de su colocación en la zona de perforación.
CR1.5 La técnica de perforación más adecuada según la zona anatómica a perforar («con instrumental de fórceps y aguja», «con instrumental de tubos receptores y aguja», «mano alzada (con repliegue) y aguja», «mano alzada (con sujeción de piel) y aguja», «microdermal y punzón», «con varillas dilatadoras») y la/s pieza/s de joyería escogida/s por la persona usuaria, se selecciona, explicando el procedimiento a seguir durante la sesión de perforación corporal.
CR1.6 El consentimiento informado se cumplimenta, informando a la persona usuaria y tutor/a legal, en su caso, sobre la técnica y condiciones del proceso de perforación o sustitución de pieza de joyería a realizar, precauciones previas y posteriores al mismo (cuidados, limpieza, entre otras), medidas de seguridad e higiene que se van a tomar, contraindicaciones, condiciones de reversibilidad, revocación del consentimiento y obligatoriedad de acompañamiento por un tutor legal en caso de menores o personas con incapacidad, riesgos y posibles complicaciones, entre otra información de obligada comunicación, recogiendo en el mismo los datos personales y firma del personal usuario o sus representantes legales, junto con los datos de identificación del profesional y del establecimiento, entre otros.
CR1.7 El presupuesto de realización del proceso de perforación corporal o sustitución de pieza de joyería se cumplimenta, explicando a la persona usuaria o sus representantes legales, los conceptos incluidos en el mismo y acordando el procedimiento de pago en cuanto a plazos y forma, entre otros.
CR1.8 La ficha técnica de la clientela se cumplimenta, recogiendo en ella los datos personales, la información referente a la detección de posibles contraindicaciones en el proceso de perforación o sustitución de pieza de joyería, las características de la zona de perforación y la/s pieza/s de joyería seleccionada/s, entre otros datos, garantizando la confidencialidad de los datos.
CR1.9 La documentación de identificación de la persona usuaria y representantes legales, en su caso, el consentimiento informado, la ficha técnica de la clientela y el documento de consentimiento para la recogida y tratamiento de datos se registran para su posterior archivado, cumpliendo la normativa aplicable sobre protección de datos personales.
RP2: Preparar la cabina de trabajo, piezas de joyería y el material (instrumentos, accesorios y productos de uso tópico autorizados) necesario para aplicar procesos de perforación corporal o sustitución de piezas de joyería en perforaciones realizadas con anterioridad, en condiciones de seguridad y salud.
CR2.1 La cabina de trabajo y su mobiliario se preparan, disponiendo éste de forma estratégica para facilitar el proceso según la zona anatómica donde se realizará la perforación corporal o sustitución de piezas de joyería.
CR2.2 La cabina de trabajo y su mobiliario se limpian siguiendo el orden de arriba hacia abajo y de dentro hacia afuera, utilizando los productos reglamentados correspondientes y el instrumental que permita la limpieza en húmedo (evitando la utilización de plumeros y/o escobas), siguiendo las instrucciones de la empresa fabricante en cuanto a dosis, tiempo de actuación, entre otras, utilizando los equipos de protección individual (EPI) y registrando su realización en los documentos normalizados indicando fecha, productos utilizados, persona responsable, entre otros.
CR2.3 La cabina de trabajo y su mobiliario se desinfectan siguiendo el orden de arriba hacia abajo y de dentro hacia afuera, utilizando los el instrumental y los productos reglamentados correspondientes siguiendo las instrucciones de la empresa fabricante en cuanto a dosis, tiempo de actuación entre otras, utilizando los equipos de protección individual (EPI), protegiendo posteriormente con un material de protección que cree una barrera física frente a la contaminación y registrando su realización en los documentos normalizados indicando fecha, productos utilizados, persona responsable, entre otros.
CR2.4 Los instrumentos y accesorios necesarios para realizar mediciones, desinfección y marcaje en la zona anatómica a perforar, así como los elementos de protección personal de la persona usuaria (paños fenestrados estériles, bata, calzas, gorro, entre otros) se preparan, comprobando que están en condiciones higiénicas para su utilización según la normativa aplicable (desinfección y/o esterilización), colocándolos en orden de utilización en una mesa auxiliar de la cabina de trabajo.
CR2.5 Los instrumentos y accesorios a utilizar en el proceso de perforación corporal o de sustitución de piezas de joyería, se seleccionan según las características de la zona anatómica y la pieza de joyería a utilizar, verificando que están en condiciones de seguridad y salud para su utilización (desinfección y/o esterilización, entre otras), comprobando su estado y su fecha de caducidad, ordenándolos según su orden de utilización y colocándolos en la mesa de trabajo principal.
CR2.6 Los productos de uso tópico autorizados a utilizar (limpiadores, descongestivos, astringentes, calmantes, lubricantes y antisépticos, entre otros) se preparan, depositándolos en contenedores estériles individualizados y colocándolos en orden para su aplicación, atendiendo a las indicaciones e instrucciones de la empresa fabricante, comprobando el estado del envase, características físico-químicas, y fecha de caducidad y/o PAO (vida útil después de su apertura).
CR2.7 La/s pieza/s de joyería, autorizadas para su utilización, seleccionada/s previamente por la persona usuaria se prepara/n, comprobando su idoneidad (en cuanto a grosor, longitud, diámetro, forma, entre otras) según las características de la zona anatómica de perforación, así como sus condiciones de esterilidad (fecha de caducidad, estado del envase, comprobación de la documentación del proceso de esterilización, entre otros) y resto de condiciones de seguridad y salud.
CR2.8 El equipo de protección individual (EPI) y de protección del personal usuario necesario para la sesión de perforación o sustitución de piezas de joyería (calzas, uniforme, guantes estériles, gafas protectoras, mascarillas, entre otro) se prepara, ordenándolo de forma cronológica según la secuencia de equipamiento.
CR2.9 Los instrumentos, accesorios, piezas de joyería y productos de uso tópico estériles a utilizar en la sesión de perforación corporal o sustitución de piezas de joyería se depositan en un área estéril de la zona de trabajo, abriéndolos por la solapa del envoltorio, en su caso, en presencia de la persona usuaria.
RP3: Preparar a las personas usuarias para proporcionar un ambiente de confianza y tranquilidad durante la realización del proceso de perforación corporal o sustitución de piezas de joyería en perforaciones realizadas con anterioridad, informando del procedimiento a seguir y acondicionando la zona anatómica correspondiente.
CR3.1 La información referente al procedimiento a seguir y sensaciones a experimentar durante el proceso de perforación corporal o sustitución de piezas de joyería se explica a la persona usuaria mediante técnicas de comunicación de escucha activa, resolviendo sus dudas y objeciones para lograr su tranquilidad y confianza.
CR3.2 La persona usuaria se equipa con lencería y vestimenta de protección desechable, dependiendo de la zona anatómica a perforar o a sustituir la pieza de joyería (paños fenestrados estériles, bata, gorro, calzas, entre otros).
CR3.3 La persona usuaria se acomoda en la posición adecuada según la zona anatómica a perforar o a sustituir la pieza de joyería, contemplando que el profesional pueda mantener posturas ergonómicas durante el proceso.
CR3.4 El profesional se equipa con los elementos de protección (guantes estériles, mascarilla, bata, entre otros), previo lavado higiénico de las manos, siguiendo las medidas contempladas en los protocolos de la empresa sobre seguridad y salud.
CR3.5 La zona anatómica a perforar se acondiciona mediante su afeitado, en su caso, limpieza y desinfección, utilizando una rasuradora desechable, en su caso, y aplicando los productos específicos de limpieza y desinfección aprobados por la normativa aplicable en materia de seguridad y salud, en envases individualizados estériles y siguiendo las instrucciones de uso de la empresa fabricante.
CR3.6 El lugar exacto de perforación se define, midiendo distancias en la zona anatómica a perforar para identificar el lugar más adecuado según la demanda de la persona usuaria y las características de la pieza de joyería y zona de perforación, marcando con un rotulador o marcador de un solo uso, permitiendo que la persona usuaria pueda observar las marcas realizadas mediante un espejo para obtener así su aprobación.
RP4: Perforar zonas corporales para incluir la/s pieza/s de joyería seleccionada/s en la zona anatómica correspondiente, siguiendo la técnica de perforación seleccionada previamente, aplicando los medios técnicos necesarios para su realización en condiciones de seguridad y salud.
CR4.1 El estado de salud de la persona usuaria se controla durante el proceso de perforación mediante su observación y la realización de preguntas generales sobre su estado, tranquilizándole mediante técnicas de comunicación de escucha activa.
CR4.2 La perforación corporal mediante la técnica «con instrumental de fórceps y aguja» se desarrolla para la región auricular, facial, bucal, pectoral, abdominal, genital y superficial (en zonas planas de brazos, pómulos, cuello, zona esternal, abdomen, entre otras), replegando la piel con un ligero masaje, sujetando dicho repliegue con el fórceps, e insertando una aguja de perforación en una de las marcas realizadas, asegurando su posición y ángulo hasta volver a perforar la piel en sentido contrario (saliendo con exactitud por la otra marca) haciendo corresponder las dimensiones de la pieza de joyería con el tramo de piel perforado y ensamblando posteriormente la pieza de joyería a la aguja hasta asegurar su colocación, acoplando el cierre correspondiente.
CR4.3 La perforación corporal mediante la técnica «con instrumental de tubos receptores y aguja» se desarrolla para la región auricular, nasal y genital, sujetando la piel, apoyando el tubo receptor en el interior o en la parte posterior de la zona a perforar, según corresponda en cada caso e insertando una aguja de perforación en la marca realizada, asegurando su posición y ángulo hasta conseguir perforar la piel y ensamblando posteriormente la pieza de joyería a la aguja hasta conseguir su colocación, acoplando el cierre correspondiente.
CR4.4 La perforación corporal mediante la técnica «mano alzada (con repliegue) y aguja», se desarrolla para la región auricular, facial, pectoral, abdominal, genital y superficial (en zonas planas de brazos, pómulos, cuello, zona esternal, abdomen, entre otras), replegando la zona de la piel con un ligero masaje, insertando una aguja de perforación en una de las marcas realizadas asegurando su posición y ángulo hasta volver a perforar la piel en sentido contrario (saliendo con exactitud por la otra marca), haciendo corresponder las dimensiones de la pieza de joyería con el tramo de piel perforado y ensamblando posteriormente la pieza de joyería a la aguja hasta asegurar su colocación, acoplando el cierre correspondiente.
CR4.5 La perforación corporal mediante la técnica «mano alzada (con sujeción de la piel) y aguja», se desarrolla para la región auricular, nasal, pectoral, abdominal y genital, sujetando la zona de la piel con la mano, insertando una aguja de perforación en la marca realizada asegurando su posición y ángulo hasta atravesar completamente la piel y ensamblando posteriormente la pieza de joyería a la aguja hasta asegurar su colocación, acoplando el cierre correspondiente.
CR4.6 La perforación mediante la técnica «microdermal y punzón» se desarrolla para zonas de piel firme, plana y sin articulación de la región facial, pectoral, abdominal y en extremidades superiores, replegando la piel con un ligero masaje para estirarla posteriormente con los dedos y enclavando el punzón en la única marca realizada, asegurando su posición y ángulo hasta completar la inserción del filo en la piel y atravesarla, introduciendo posteriormente la pieza de joyería con movimientos de palanca hasta encajarla completamente, acoplando el cierre correspondiente.
CR4.7 El estiramiento o elongación de una perforación realizada anteriormente mediante la técnica «con varillas dilatadoras» se desarrolla en la región auricular, facial, nasal, bucal, pectoral, abdominal y genital, sujetando la zona de la piel e introduciendo una varilla lubricada en el interior de la perforación repitiendo el proceso varias veces con una o más varillas e insertando posteriormente la pieza de joyería en la última de ellas hasta encajarla completamente, acoplando el cierre correspondiente.
CR4.8 La fijación y posicionamiento de la/s pieza/s de joyería en la zona anatómica de perforación se comprueban, revisando su armonía según el lugar de colocación.
CR4.9 El resultado obtenido se contrasta con la persona usuaria, utilizando un espejo en caso necesario, teniendo en cuenta que la leve inflamación producida de la zona modifica el resultado final, retirando la pieza en caso de que la ejecución no haya sido satisfactoria (informando en este caso a la persona usuaria que debe esperar a la cicatrización del tejido para poder repetir el proceso), aplicando posteriormente productos de uso tópico de terminación (cicatrizantes, antisépticos, regeneradores, calmantes, entre otros) aprobados por la normativa aplicable en materia de seguridad y salud, aislando y protegiendo la zona en caso necesario (evitando materiales que impidan la transpiración).
RP5: Informar a las personas usuarias sobre el mantenimiento y cuidados a realizar sobre la zona de perforación corporal para evitar complicaciones, garantizando la calidad de los servicios realizados y su fidelización.
CR5.1 El cuidado y mantenimiento de la zona anatómica donde se ha realizado la perforación corporal, así como las sensaciones que puede tener durante el proceso de cicatrización se explican a la persona usuaria, utilizando un lenguaje preciso y comprensible, resolviendo las dudas que pueda tener, advirtiendo de las consecuencias derivadas del no cumplimiento de estos cuidados y aconsejando la consulta con el personal facultativo en caso de observar complicaciones.
CR5.2 Las citas para la revisión de los resultados se concretan (como mínimo quince días después de la perforación), valorando en ellas el grado de satisfacción de la persona usuaria y derivando al personal facultativo en caso de observar complicaciones.
CR5.3 El material fotográfico del resultado conseguido, así como el resto de datos obtenidos durante la perforación corporal se recopilan, reflejando con precisión cada detalle en la ficha técnica de la clientela y el portafolios del profesional, para su posterior seguimiento y consulta, garantizando la confidencialidad de los datos y pidiendo al personal usuario su consentimiento para su posible publicación en medios de difusión (blogs o redes sociales, entre otros) y/o en el portafolios del profesional.
CR5.4 Las propuestas comerciales para el mantenimiento periódico de la perforación realizada, el cambio de joyería u otros servicios de perforación corporal se comunican a la persona usuaria mediante la presentación de ofertas, promociones o lanzamientos, entre otras.
CR5.5 La ficha técnica de la clientela se revisa para valorar la calidad del servicio prestado mediante indicadores de calidad que permitan comparar el proceso seguido y el instrumental, accesorios, piezas de joyería y productos de uso tópico utilizados con el resultado obtenido, realizando las modificaciones oportunas en los procedimientos para optimizar el servicio.
RP6: Sustituir piezas de joyería en perforaciones corporales realizadas con anterioridad para atender las demandas y necesidades estéticas de las personas usuarias, aplicando los medios técnicos necesarios para su realización en condiciones de seguridad y salud.
CR6.1 El estado de salud de la persona usuaria se controla durante el proceso de sustitución de pieza de joyería mediante su observación y la realización de preguntas generales sobre el mismo, tranquilizándole mediante técnicas de comunicación de escucha activa.
CR6.2 El tramo y la zona anatómica de la perforación corporal se examinan, observando la posible presencia de alteraciones que impidan la sustitución de joyería y/o que impliquen la consulta con el personal facultativo (infecciones, problemas de cicatrización, entre otras).
CR6.3 La pieza de joyería colocada con anterioridad se sustituye por la pieza seleccionada anteriormente, previa limpieza y desinfección del tramo y la zona de perforación, lubricando la pieza antes de su colocación y eliminando las posibles adherencias entre la pieza de joyera y la piel.
CR6.4 El resultado de la sustitución de la pieza de joyería se contrasta con la persona usuaria, utilizando un espejo en caso necesario, cambiándola por otra pieza estéril en caso de disconformidad.
CR6.5 La pieza de joyería sustituida se acondiciona, depositándola en un envase para la custodia por la persona usuaria.
CR6.6 El cuidado y mantenimiento de la zona anatómica donde se ha realizado la sustitución de pieza de joyería se explican a la persona usuaria, utilizando un lenguaje preciso y comprensible, resolviendo las dudas que pueda tener, advirtiendo de las consecuencias derivadas del no cumplimiento de estos cuidados y aconsejando la consulta con el personal facultativo en caso de observar complicaciones.
CR6.7 El material fotográfico del resultado conseguido, así como el resto de datos obtenidos durante la sustitución de pieza de joyería se recopilan, reflejando con precisión cada detalle en la ficha técnica de la clientela y el portafolios del profesional, para su posterior seguimiento y consulta, garantizando la confidencialidad de los datos y pidiendo a la persona usuaria su consentimiento para su posible publicación en medios de difusión (blogs o redes sociales, entre otros) y/o en el portafolios del profesional.
RP7: Acondicionar la cabina de trabajo, después de la sesión de perforación corporal o de sustitución de pieza de joyería, para su posterior utilización, adoptando las medidas de seguridad y salud.
CR7.1 Los residuos generados en la sesión se clasifican introduciéndolos en los contenedores correspondientes según su naturaleza (cortantes-punzantes, químicos, entre otros), en presencia de la persona usuaria, para su posterior eliminación según la normativa aplicable sobre gestión de residuos.
CR7.2 El material no desechable utilizado en la sesión se clasifica según el tratamiento de limpieza y desinfección y/o esterilización que se necesite en función de su composición y utilización en el proceso de perforación corporal o de sustitución de pieza de joyería.
CR7.3 El material no desechable utilizado en la sesión de perforación se introduce en una cubeta con un producto desinfectante reglamentado, siguiendo las instrucciones para su utilización en cuanto a dosis, tiempo de actuación y equipos de protección individual (EPI) para transportarlo en condiciones de seguridad y salud (evitando la contaminación cruzada) hasta la zona de esterilización para su limpieza y posteriores procesos de desinfección y/o esterilización.
CR7.4 El equipo de protección individual (EPI) utilizado en la sesión se retira de forma ordenada para evitar contaminación cruzada, clasificándolo en los contenedores correspondientes según su naturaleza.
CR7.5 El material no desechable utilizado en la sesión, una vez limpio, desinfectado y/o esterilizado, en su caso, se almacena en condiciones necesarias para conservar sus propiedades y evitar riesgos (toxicidad, reactividad con otros productos o con el entorno, incendio, explosión, contaminación del medio, entre otros), tomando nota de los productos que se deben solicitar a las empresas proveedoras.
CR7.6 La cabina y mobiliario se preparan para su posterior utilización mediante su limpieza y desinfección, empleando los productos reglamentados correspondientes y siguiendo las instrucciones para su utilización en cuanto a dosis, tiempo de actuación y equipos de protección individual a utilizar (EPI), entre otras, registrando la realización de este proceso en el documento normalizado correspondiente.
CR7.7 La esterilización del material no desechable que precise de este proceso, en su caso, se efectúa mediante autoclave siguiendo los protocolos establecidos para ello y los procedimientos autorizados por las administraciones reguladoras, registrando los datos de este proceso en el libro de registros de esterilización (fecha, número de lote, controles de esterilización, entre otros).
Contexto profesional
Medios de producción
Equipos informáticos. Aplicaciones informáticas de gestión de la clientela, de control de almacén y gestión comercial. Medios de fotografía digital para procesos de perforación corporal. Aplicaciones informáticas de realidad virtual de utilización en procesos de perforación corporal. Mobiliario y equipamiento para establecimientos de perforación corporal. Utensilios y productos autorizados para la limpieza y desinfección de instalaciones. Bolsas se esterilización. Autoclave. Limpiador de ultrasonidos. Termoselladora. Espejos manuales y de pared. Botiquín. Contenedores de residuos. Equipos de protección individual (EPI) y de protección para las personas usuarias. Lencería y vestimenta de protección desechable. Instrumentos de medición y marcaje (calibre, cinta métrica, reglas de dibujo, rotuladores o marcadores de un solo uso, entre otros). Instrumentos y accesorios para procesos de perforación corporal: fórceps redondos, fórceps triangulares, tubos receptores de varios tamaños, tijeras, pinzas mosquito, pinzas de disección, abridores de aros, cerradores de aros, atrapabolas, porta agujas, varillas dilatadoras, varillas con rosca interna y con rosca externa, agujas catéter de diferente grosor, agujas americanas de diferente grosor, punzones de diferente grosor. Joyería corporal de diferentes dimensiones y formas, homologada para procesos de perforación corporal. Productos de uso tópico autorizados para perforación corporal (limpiadores, descongestivos, calmantes, antisépticos, lubricantes, entre otros). Fundas aislantes y cubiertas de protección del mobiliario, desechables y de un solo uso.
Productos y resultados
Asesoramiento a las personas usuarias sobre el proceso de perforación corporal o sustitución de piezas de joyería. Preparación de la cabina de trabajo, piezas de joyería y material (instrumentos, accesorios y productos de uso tópico). Preparación de las personas usuarias para proporcionar un ambiente de confianza y tranquilidad durante la realización del proceso de perforación corporal o sustitución de piezas de joyería. Perforación de zonas corporales. Información a las personas usuarias sobre el mantenimiento y cuidados a realizar sobre la zona de perforación. Sustitución de piezas de joyería en perforaciones corporales realizadas con anterioridad. Acondicionamiento de la cabina de trabajo, después de la sesión de perforación corporal o sustitución de pieza de joyería.
Información utilizada o generada
Normativa relativa a protección ambiental y a la planificación de la actividad preventiva. Disposiciones mínimas de seguridad y salud en lugares de trabajo relativa a ergonomía, «higiene industrial», señalización, entre otros. Normativa aplicable sobre gestión de residuos. Normativa referente a la protección en el tratamiento de los datos de carácter personal. Normativa de regulación de las actividades de perforación corporal. Normativa de regulación y homologación de productos para perforación corporal. Normativa aplicable referente a utilización de cosméticos. Normativa aplicable a la utilización de productos sanitarios. Normativa aplicable de defensa de los consumidores y usuarios. Normativa aplicable de protección al menor. Normativa aplicable a la utilización de productos de limpieza y desinfección. Normativa aplicable a la utilización de técnicas de esterilización. Normativa aplicable al almacenamiento de productos y material estéril. Protocolos para la atención a las personas usuarias. Protocolos de higiene y protección para el profesional y el personal usuario. Protocolos de seguridad y salud. Protocolos de utilización de cosméticos según el reglamento (CE). Protocolos de limpieza, desinfección y esterilización. Fichas técnicas. Notas técnicas de prevención (NTP). Protocolos de trabajo. Etiquetas de productos de limpieza y desinfección. Instrucciones de utilización de productos de limpieza y desinfección. Instrucciones de manejo del instrumental y accesorios para perforación corporal. Manual técnico de marcajes. Etiquetas de productos cosméticos y productos sanitarios. Documentos de registro de procesos de limpieza, desinfección y esterilización. Libro de registro de esterilización. Fichas técnicas de la clientela. Libro registro de la clientela. Consentimiento informado para perforación corporal. Documentación para la gestión de protección de datos personales. Catálogos de piezas de joyería y sus complementos. Documentos de presupuesto de servicios de perforación corporal. Material fotográfico de los resultados del proceso de perforación corporal. Portafolios del perforador corporal. Bibliografía técnica especializada sobre anatomía y técnicas de perforación corporal. Manuales de primeros auxilios. Estándares de calidad.
Unidad de competencia 7: gestionar las actividades desarrolladas en empresas de imagen personal
Nivel: 3
Código: UC0795_3
Realizaciones profesionales y criterios de realización
RP1: Establecer el plan de negocio de la empresa de imagen personal, incluyendo los elementos clave (estudio de mercado, plan de producción, recursos humanos, plan de inversión y amortización, entre otros) para garantizar su viabilidad.
CR1.1 El estudio de mercado del sector específico de la imagen personal se analiza mediante el estudio de la oferta, demanda, precios, canales de distribución, ubicación, competencia, entre otros, para garantizar la viabilidad del proyecto.
CR1.2 El plan de producción de la empresa se elabora, adaptándose a la estructura de negocio y describiendo los aspectos tangibles (infraestructura e instalaciones, equipamiento, requerimientos técnicos, políticas de mantenimiento y seguridad, entre otros) e intangibles (nombre comercial, marca, imagen de la empresa, patentes, entre otros) para un funcionamiento eficaz y eficiente de los servicios y/o productos ofertados.
CR1.3 Los recursos humanos se determinan en función del plan de producción, estableciendo los distintos perfiles profesionales necesarios para llevar a cabo un proceso de selección efectivo.
CR1.4 La estructura legal de la empresa y el plan de inversión y amortización (inversiones a corto, medio y largo plazo, inmovilizado inmaterial, material y financiero, entre otros) necesarios para el inicio y desarrollo de la actividad empresarial se definen para cuantificar la inversión necesaria y el momento en el que se prevé su adquisición e incorporación a la empresa.
CR1.5 El plan económico y financiero de la empresa se determina en función de los recursos necesarios a invertir y de las previsiones realizadas en el plan de inversión para establecer un diseño económico viable (análisis económico financiero, inversión inicial, fuentes de financiación, cuenta de resultados previsional, entre otros).
CR1.6 El plan de negocio de la empresa se elabora incluyendo el estudio de mercado, plan de producción, recursos humanos, plan de inversión y amortización, plan económico y financiero, entre otros, para valorar su eficacia y eficiencia mediante el cálculo de costes de servicios, ingresos por servicio, punto muerto o umbral de rentabilidad, márgenes y beneficios necesarios, entre otros.
CR1.7 Las distintas fases del plan de negocio (inicio, planificación, ejecución, seguimiento, control y cierre) se secuencian en un calendario que concrete un orden lógico de trabajo para dar viabilidad, optimizar recursos, esfuerzos y costes derivados de la organización del plan establecido.
RP2: Establecer el plan de comercialización de la empresa de imagen personal, valorando los servicios y/o productos ofertados para favorecer la diferenciación en el mercado, mejorar la productividad y la fidelización de las personas usuarias.
CR2.1 La visión general de la empresa, su situación en el mercado y las nuevas tendencias de consumo respecto a los servicios y/o productos del sector de la imagen personal (cosmética novedosa, innovación en servicios, cambios en las técnicas, entre otras) se valoran para identificar las futuras necesidades no cubiertas.
CR2.2 La propuesta de valor de la empresa y los servicios y/o productos ofertados se analizan mediante técnicas de seguimiento comercial de los mismos y herramientas de auto análisis empresarial (DAFO, método directo de conocimiento, imagen pública, entre otras), con el fin de compararlos y diferenciarlos del resto de empresas del sector.
CR2.3 El público objetivo de la empresa (personas usuarias potenciales), se definen clasificándolos según sus características (edad, género, necesidades, nivel sociocultural, perfil digital, ubicación geográfica, entre otros) para establecer estrategias de comercialización y fidelización personalizadas, tanto online (redes sociales, publicidad en buscadores, creación o mejora de web, entre otros) como offline (networking, marketing directo, directorios, entre otros).
CR2.4 Los objetivos a corto, medio y largo plazo, así como las acciones a desarrollar, se definen en el programa de comercialización de la empresa, teniendo en cuenta los factores necesarios para pronosticar el crecimiento, valorar la rentabilidad tanto de forma cuantitativa como cualitativa y recoger fórmulas que favorezcan la ampliación y retención de la cartera de clientela (relaciones duraderas, marca personal, experiencias personalizadas, escucha activa, diferenciación, entre otras).
CR2.5 Las estrategias y objetivos propuestos se evalúan de forma periódica, analizando los indicadores clave de rendimiento o desempeño de aspectos objetivos, realizando cambios, ajustes y/o mejoras si fuera necesario para aumentar la productividad, competitividad y eficiencia de la empresa.
RP3: Gestionar los recursos humanos, considerando las competencias profesionales requeridas, los convenios colectivos y siguiendo la política de la empresa para garantizar su buen funcionamiento.
CR3.1 El personal se preselecciona, en función de los puestos de trabajo o colaboraciones externas a crear o cubrir, teniendo en cuenta la promoción interna y atendiendo a los perfiles demandados por la empresa.
CR3.2 El nivel profesional y capacidad de trabajo en equipo de las personas aspirantes a ingresar en las diferentes áreas de la empresa se comprueban, mediante pruebas teórico-prácticas valorando la calidad técnico-artística de los trabajos realizados en ejercicios simulados.
CR3.3 La retribución y el tipo de contrato se adecuan al nivel demostrado y al puesto de trabajo y/o colaboración a desempeñar, comunicando la remuneración, permisos, formación, promoción interna, entre otros.
CR3.4 Las funciones se explican con precisión a cada nueva persona integrante del equipo y/o personas colaboradoras externas, utilizando los soportes requeridos como bocetos, informes técnicos, protocolos de trabajo, entre otros.
CR3.5 La información sobre los riesgos genéricos y específicos del puesto de trabajo, sus medidas de prevención y las normas básicas de actuación en caso de emergencias, evacuación y primeros auxilios se entrega al trabajador por medio escrito, verificando que comprende dicha documentación y actualizando esta información en caso de producirse modificaciones.
CR3.6 Los protocolos de sustitución establecidos por la empresa, se comunican a cada integrante del equipo del trabajo, aplicándose, en caso de ausencia laboral, para que el desarrollo de las actividades profesionales sea mínimamente afectado.
CR3.7 Los acuerdos económicos y de relación profesional, se negocian en el caso de las personas colaboradoras externas, firmándose el correspondiente contrato de prestación de servicio.
CR3.8 La documentación asociada a la gestión los recursos humanos como contratos, nóminas, titulaciones, certificados individuales de salud y/o vacunas vigentes, seguros de responsabilidad civil profesional y locativa, entre otros, se archiva, clasificándose y entregándose a la persona responsable de la gestión económica y/o administrativa, en su caso.
RP4: Coordinar equipos de trabajo o profesionales de las diferentes áreas, para la planificación de las actividades laborales, introduciendo acciones de formación adaptando la empresa a las exigencias del mercado.
CR4.1 Los equipos de trabajo se organizan teniendo en cuenta los recursos materiales disponibles, tipos de procesos o servicios que se prestan atendiendo al horario comercial y/o duración de los servicios.
CR4.2 La planificación de la agenda, plazos y tiempos de ejecución de los trabajos técnicos y artísticos se asegura, confirmando que se corresponden con el protocolo establecido en la empresa, teniendo en cuenta las posibles demoras que puedan surgir.
CR4.3 Los trabajos se distribuyen atendiendo al nivel de competencia profesional, especialidad y horario de cada una de las personas colaboradoras o integrantes del equipo y espacios disponibles.
CR4.4 Los planes de formación sobre productos, la utilización de aparatos, aprendizaje de técnicas, prevención de riesgos laborales, medidas de seguridad e higiene, protección de datos, primeros auxilios, entre otros, se proponen a los equipos de trabajo o profesionales, teniendo en cuenta su nivel de conocimientos, medios disponibles, contenidos a impartir, temporalización, para actualizar y unificar las técnicas profesionales de los diferentes servicios y/o procesos.
CR4.5 Las pautas de actuación en la formación interna se elaboran estableciendo metodología didáctica dinámica y motivadora, procedimientos de evaluación y seguimiento de los trabajos, haciendo prácticas específicas de cada caso.
CR4.6 Las propuestas informativas dirigidas a las personas usuarias sobre productos, aparatos o servicios se elaboran en función de sus demandas y necesidades.
RP5: Elaborar protocolos (atención al personal usuario, protección de datos, comunicación interna, medidas de seguridad y salud, de procedimientos técnicos, primeros auxilios, entre otros) para prestar un servicio unificado y de calidad, conforme a la normativa aplicable en cada caso.
CR5.1 Los protocolos se elaboran, estableciendo los objetivos, identificando sus fases, técnicas, temporalización y material necesario, en su caso, comunicando y explicando al equipo de trabajo la naturaleza de los cambios que se puedan producir y comprobando que comprenden las nuevas instrucciones técnicas, aclarando las dudas para evitar posibles desviaciones.
CR5.2 Los protocolos se establecen en función del lugar de aplicación (salones de peluquería, institutos de belleza, centros de estética, centros de bronceado, centros capilares, centros de micropigmentación, centros de tatuaje, domicilios, centros de institucionalización, entre otros), teniendo en cuenta tanto sus características como las de las personas usuarias y cumpliendo las condiciones administrativas y sanitarias, entre otras, establecidas por la normativa aplicable.
CR5.3 Las normas de seguridad y salud en el trabajo (higiene, ergonomía, primeros auxilios, gestión de residuos de los diferentes procesos, entre otros) se establecen según la normativa aplicable en cada caso, revisando su cumplimiento.
CR5.4 Los protocolos de comunicación interna de la empresa se elaboran teniendo en cuenta que sea fluida, precisa y que la información llegue de forma clara al equipo y personas con las que se colabora, utilizando estrategias de asertividad (escucha activa, retroalimentación, empatía, entre otras), facilitando el trabajo y la motivación.
CR5.5 Los protocolos de comunicación para satisfacer las necesidades y expectativas de las personas usuarias y evaluar la calidad de los servicios se elaboran, teniendo en cuenta los distintos canales de comunicación empleados (teléfono, correo electrónico, mensajería instantánea, atención presencial, entre otras), la utilización de estrategias de comunicación asertiva (escucha activa, retroalimentación, empatía, entre otras), fórmulas de cortesía, fases de los diferentes trabajos y servicios, inmediatez de la información, explicaciones para la interpretación de los mensajes, tratamiento de las reclamaciones para resolver los conflictos de modo satisfactorio y normas deontológicas de obligado cumplimiento.
CR5.6 Los procedimientos de pago, estimación de presupuestos, facturación, cobro, cierre y seguridad de la caja, relación con proveedores, precios de productos, técnicas de seguimiento y fidelización de las personas usuarias se establecen, comunicándose al equipo de trabajo para su aplicación.
CR5.7 La información y documentación sobre las personas usuarias (datos de identificación, consentimiento informado, material gráfico, como fotos previas y posteriores, entre otra), se recopila en las fichas técnicas, artísticas, informes u otras, recogiendo datos referentes a resultados de estudios previos, al asesoramiento proporcionado y procesos y técnicas propuestas, entre otros, cumplimentando los apartados requeridos para que la documentación quede clara y bien especificada, garantizando la confidencialidad de esta información según la normativa vigente de protección y recopilación de datos.
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