Real Decreto 543/2023, de 27 de junio, por el que se establecen, actualizan y suprimen determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Actividades Físicas y Deportivas; Agraria; Hostelería y Turismo; Imagen Personal; Instalación y Mantenimiento; y Seguridad y Medio Ambiente, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales
Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.
1 acto modificador · 2024-10-15, Real Decreto 919/2024, de 17 de septiembre, por el que se establece una cualificación pro…
Convocatoria y comunicación del plan de formación.
Planificación, coordinación y seguimiento de las acciones formativas. Valoración de los resultados obtenidos.
Aplicaciones informáticas para la coordinación, planificación y dirección del equipo de trabajo en empresas de imagen personal. Sistemas de seguridad, protección y confidencialidad de la información.
El código deontológico en las empresas de imagen personal.
Prevención de riesgos laborales en las empresas de imagen personal.
Normativa sobre protección de datos personales.
3. Elaboración de protocolos en empresas de imagen personal
Proceso de elaboración de protocolos: objetivos, procedimientos, evaluación.
La comunicación. Técnicas y estrategias de comunicación.
Protocolos de trabajo, seguridad e higiene, atención a la clientela, resolución de reclamaciones, protección de datos personales, consentimiento informado, primeros auxilios, aprovisionamiento y control de calidad, gestión de residuos, entre otros, en empresas de imagen personal.
Protocolos de comunicación interna: transmisión de información a los equipos de trabajo. Motivación en el equipo de trabajo. Resolución de conflictos interpersonales entre colaboradores.
Protocolos referentes a procedimientos de pago, estimación de presupuestos, facturación, cobro, cierre y seguridad de la caja, relación con proveedores, establecimiento de precios, técnicas de seguimiento y fidelización de personas usuarias.
Normativa aplicable al trabajo en empresas de imagen personal: prevención de riesgos laborales, seguridad e higiene, protección de datos personales, gestión de residuos, utilización de cosméticos y productos sanitarios, defensa de consumidores y usuarios, utilización de productos para la higiene, desinfección y esterilización de material e instalaciones, almacenamiento de productos, gestión comercial, entre otros.
4. Operaciones de compra-venta y almacenamiento de material (lencería, aparatos, útiles, instrumentos, accesorios y cosméticos entre otros) en empresas de imagen personal.
Aprovisionamiento de material para realizar los servicios en empresas de imagen personal: proceso de compra, contratos con proveedores, gestión del nivel de existencias en el almacén.
Criterios para la adquisición del material (sostenibilidad ambiental, seguridad y salud, idoneidad, entre otros). Normativa aplicable.
Condiciones reglamentarias para la adquisición de material, según la normativa aplicable en materia de seguridad y salud. Material homologado. Proveedores autorizados.
Almacenes de empresas de imagen personal. Características y condiciones de seguridad. Normativa aplicable. Gestión de residuos.
Documentos en las operaciones de compra-venta: presupuestos, hojas de pedido, albaranes, facturas, recibos, documentos financieros, entre otros.
Contratos con empresas externas para la prestación de servicios (control de esterilización, gestión de residuos, mantenimiento informático, entre otros).
Documentos en las operaciones de gestión del almacenamiento de material: ficha de almacén, inventario.
Aplicaciones informáticas para la gestión de operaciones de compra-venta de material, productos y servicios en empresas de imagen personal.
Técnicas comerciales para la venta de productos y servicios de imagen personal. Fidelización de personas usuarias. Plan de comercialización. Campañas promocionales y estrategias publicitarias.
5. Gestión de la calidad en empresas de imagen personal
La atención a las personas usuarias y sus fases.
La captación de la información de las personas usuarias, sus demandas y expectativas.
Calidad: concepto, valoración y control. Normas de calidad.
La calidad en la prestación de servicios y venta de productos en empresas de imagen personal.
Planificación de la calidad. Indicadores de calidad. Puntos críticos en los procesos. Estándares de calidad.
Control de la calidad. Obtención de datos. Cálculo de indicadores de calidad. Contraste con estándares de calidad. Factores que miden el grado de calidad interna y externa de los procesos realizados.
Resolución y tramitación de quejas y reclamaciones.
Valoración de posibles resultados no satisfactorios y su resolución. Ejecución de los cambios necesarios para conseguir los objetivos propuestos por la empresa.
Parámetros de contexto de la formación
Espacios e instalaciones
Los talleres e instalaciones darán respuesta a las necesidades formativas de acuerdo con el contexto profesional establecido en la unidad de competencia asociada, teniendo en cuenta la normativa aplicable del sector productivo, prevención de riesgos laborales, accesibilidad universal, igualdad de género y protección medioambiental. Se considerará con carácter orientativo como espacios de uso:
– Instalación de 2 m2 por alumno o alumna.
Perfil profesional del formador o formadora
1. Dominio de los conocimientos y las técnicas relacionadas con la dirección y gestión de las actividades desarrolladas en empresas de imagen personal, que se acreditará mediante una de las formas siguientes:
– Formación académica de nivel 2 (Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior) o de otras de superior nivel relacionadas con el campo profesional.
– Experiencia profesional de un mínimo de 3 años en el campo de las competencias relacionadas con este módulo formativo.
2. Competencia pedagógica acreditada de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones competentes.
ANEXO III. Cualificación profesional: Tatuaje y perforación corporal (piercing)
FAMILIA PROFESIONAL: IMAGEN PERSONAL
Nivel: 3
Código: IMP800_3
Competencia general
Realizar procesos de implantación de tatuajes, modificación de tatuajes realizados con anterioridad y perforación corporal con fines estéticos, en condiciones de seguridad y salud, gestionando las empresas de imagen personal correspondientes, cumpliendo la normativa relativa a protección medioambiental y planificación de la actividad preventiva, normativa higiénico-sanitaria de aplicación a estas actividades, normativa relativa a la regulación de equipamiento, instrumental, tintas, productos cosméticos y otros productos relacionados, y los estándares de calidad.
Unidades de competencia
UC0064_2: Acondicionar instalaciones en materia de seguridad e higiene para la realización de procesos de micropigmentación, tatuaje y perforación corporal
UC2673_2: Elaborar diseños de tatuaje
UC2674_3: Preparar sesiones de tatuaje
UC2675_3: Realizar procesos de implantación de tatuaje
UC2676_3: Realizar procesos de modificación de tatuaje
UC2677_3: Realizar procesos de perforación corporal con fines estéticos
UC0795_3: Gestionar las actividades desarrolladas en empresas de imagen personal
Entorno Profesional
Ámbito Profesional
Desarrolla su actividad profesional en los servicios de estética dedicados a la imagen personal, en entidades de naturaleza privada, microempresas tanto por cuenta propia como ajena con independencia de su forma jurídica. Puede tener personal a su cargo en ocasiones por temporadas o de forma estable. Su actividad profesional está sometida a regulación por la Administración competente. En el desarrollo de la actividad profesional se aplican los principios de accesibilidad universal o diseño para todas las personas de acuerdo con la normativa aplicable.
Sectores Productivos
Se ubica en el sector servicios de Imagen Personal, subsector de estética.
Ocupaciones y puestos de trabajo relevantes
Los términos de la siguiente relación de ocupaciones y puestos de trabajo se utilizan con carácter genérico y omnicomprensivo de mujeres y hombres.
Aplicadores de tatuaje
Grabadores de tatuaje
Tatuadores
Dibujantes de diseños de tatuaje
Especialistas en procesos de modificación de tatuaje
Aplicadores de perforación cutánea
Directores en empresas de imagen corporal
Formación Asociada (810 horas)
Módulos Formativos
MF0064_2: Seguridad e higiene en los procesos de micropigmentación, tatuaje y perforación corporal (90 horas)
MF2673_2: Elaboración de diseños de tatuaje (120 horas)
MF2674_3: Preparación de sesiones de tatuaje (90 horas)
MF2675_3: Procesos de implantación de tatuaje (150 horas)
MF2676_3: Procesos de modificación de tatuaje (120 horas)
MF2677_3: Procesos de perforación corporal con fines estéticos (120 horas)
MF0795_3: Gestión de empresas de imagen personal (120 horas)
Unidad de competencia 1: acondicionar instalaciones en materia de seguridad e higiene para la realización de procesos de micropigmentación, tatuaje y perforación corporal
Nivel: 2
Código: UC0064_2
Realizaciones profesionales y criterios de realización
RP1: Mantener las áreas comunes (recepción, sala de espera, área administrativa, entre otras), cabinas de trabajo, almacén y áreas de preparación del material para su utilización en los procesos de micropigmentación, tatuaje y perforación corporal en condiciones de seguridad e higiene.
CR1.1 Las áreas comunes, cabinas de trabajo, almacén y área de preparación del material se mantienen en condiciones de iluminación, ventilación y ambientación mediante el control de la temperatura, luminosidad y humedad, entre otros parámetros.
CR1.2 Las áreas comunes, cabinas de trabajo, almacén y área de preparación del material, junto con el mobiliario contenido en ellas se mantienen en condiciones de limpieza y desinfección en función del material en el que estén fabricados y el uso al que estén destinados, utilizando los productos reglamentados correspondientes, siguiendo las instrucciones de la empresa fabricante (dosis, tiempo de actuación, entre otros) y registrando la realización de estos procesos en los documentos normalizados correspondientes.
CR1.3 El mobiliario y equipamiento de las cabinas de trabajo (camilla, taburete, lámpara de luz, lupa, carro auxiliar, cojines, apoyabrazos, entre otros), una vez limpio y desinfectado, se protege antes de cada servicio, cubriéndolo con el material desechable e impermeable específico para evitar la contaminación cruzada.
CR1.4 Los métodos de limpieza y desinfección de las áreas de la instalación, incluyendo la cabina de trabajo junto con su mobiliario y equipamiento, empleados en la empresa se comunican a las personas usuarias, garantizando el cumplimiento de las medidas de seguridad e higiene durante el servicio.
RP2: Acondicionar los equipos (aparatos, instrumentos y accesorios) para la realización de procesos de micropigmentación, tatuaje y perforación corporal mediante su limpieza, desinfección y/o esterilización, gestionando los residuos generados.
CR2.1 Los aparatos (máquinas de tatuaje, dermógrafos, fuentes de alimentación, entre otros), instrumentos (lupas, instrumental de dibujo, entre otros) y accesorios (soportes, mezcladores, entre otros) no desechables del equipo de micropigmentación, tatuaje y perforación corporal se adecuan, limpiándolos y desinfectándolos utilizando los productos y métodos en función del material en el que estén fabricados y el uso al que estén destinados, siguiendo las instrucciones de la empresa fabricante (dosis, tiempo de actuación, entre otros), protegiéndolos mediante su plastificación o su introducción en contenedores o en otros envases específicos para este fin, registrando este proceso en los documentos reglamentados.
CR2.2 Los aparatos e instrumentos no desechables correspondientes al equipo de micropigmentación, tatuaje y perforación corporal que por normativa precisen de procesos de esterilización, se someten a este procedimiento una vez limpios y desinfectados, en las zonas destinadas a tal fin, en bolsas específicas para ello, en su caso, utilizando los procedimientos físicos (autoclave, calor seco, entre otros) o químicos según el material con el que estén fabricados y el uso al que estén destinados.
CR2.3 Las bolsas de esterilización se etiquetan, indicando en ellas el número de lote y fecha de caducidad de esterilización, entre otros datos.
CR2.4 El libro de registros de esterilización se cumplimenta para cada proceso realizado, registrando los datos de identificación y seguridad (fecha, productos esterilizados, controles químicos, físicos y biológicos realizados, número de lote de esterilización, entre otros).
CR2.5 Los aparatos e instrumentos no desechables se conservan protegidos frente a fuentes de calor, humedad y/o posibles roturas, almacenándolos en un lugar limpio y seco y ordenándolos según su cronología de esterilización, comprobando su estado y fecha de caducidad de esterilización antes de su utilización.
CR2.6 Los residuos generados en las sesiones de micropigmentación, tatuaje y perforación corporal se clasifican para su eliminación introduciéndolos en los contenedores correspondientes según su naturaleza en presencia de las personas usuarias, siguiendo la normativa de gestión de residuos.
CR2.7 Los métodos de limpieza, desinfección y esterilización de aparatos, útiles e instrumentos empleados en la empresa se comunican a las personas usuarias, garantizando el cumplimento de las medidas de seguridad e higiene durante el servicio.
RP3: Mantener el material (aparatos, instrumentos, accesorios, pigmentos, tintas, cosméticos y otros productos de uso tópico autorizados) para la realización de procesos micropigmentación, tatuaje y perforación corporal en condiciones de seguridad y conservación.
CR3.1 Los pedidos de material se recepcionan, comprobando que se ajustan al encargo solicitado y que los productos sanitarios han sido adquiridos a proveedores autorizados según la normativa aplicable en materia de seguridad e higiene, verificando los números de lote y la fecha de caducidad, en su caso, y registrando esta entrada en los documentos de almacén normalizados para ello, comprobando su estado y su fecha de caducidad y/o PAO (vida útil después de su apertura).
CR3.2 El material se almacena en condiciones necesarias para conservar sus propiedades (asepsia, temperatura, humedad, ventilación, entre otras) según las instrucciones de la empresa fabricante, y evitar riesgos (toxicidad, reactividad con otros productos o con el entorno, incendio, explosión, contaminación del medio, entre otros), comprobando su estado y su fecha de caducidad y/o PAO (vida útil después de su apertura), empleando exclusivamente aquellos que han sido aprobados por la normativa aplicable sobre seguridad e higiene para su utilización.
CR3.3 La trazabilidad del material se garantiza, registrando los datos de identificación, lote y caducidad, entre otros, en los procesos de recepción, uso y desecho de los mismos, utilizando para ello aplicaciones informáticas.
CR3.4 El material caducado o en mal estado se almacena en zonas separadas del resto para evitar su utilización, evitando riesgos derivados de su almacenamiento hasta su retirada por las empresas gestoras correspondientes.
CR3.5 Los residuos, dispuestos en los contenedores correspondientes según las características para su eliminación, se almacenan en zonas separadas del resto de artículos, evitando riesgos derivados de su almacenamiento según lo dispuesto en el protocolo de gestión de residuos de la empresa hasta su retirada por la empresa gestora correspondiente.
CR3.6 La fecha de caducidad y/o PAO (vida útil después de su apertura) y las características físico-químicas de los cosméticos y otros productos de uso tópico autorizados se comprueban antes de su utilización, observando su consistencia, homogeneidad y coloración, entre otras, desechando como residuo aquellos que presenten alteraciones.
CR3.7 El estado de los equipos de protección individual (EPI) a utilizar por el profesional y las personas usuarias en las sesiones de micropigmentación, tatuaje y perforación corporal (guantes, mascarillas, bata, entre otros) se comprueba antes de su utilización con el fin de evitar riesgos derivados de su utilización incorrecta.
CR3.8 Los aparatos se mantienen en condiciones de funcionamiento seguro siguiendo la periodicidad e instrucciones indicadas por la empresa fabricante y la normativa aplicable en materia de seguridad e higiene, avisando al servicio técnico en caso de avería y registrando en documentos normalizados las operaciones de mantenimiento efectuadas.
CR3.9 Las operaciones de mantenimiento de los aparatos de esterilización, efectuadas por un servicio técnico competente según un contrato de mantenimiento establecido, se registran en un libro dispuesto para este fin, incluyendo los controles periódicos que aseguren la efectividad del proceso de esterilización, según la normativa aplicable en materia de seguridad e higiene.
RP4: Custodiar la documentación física y electrónica utilizada en los procesos de micropigmentación, tatuaje y perforación corporal para garantizar su conservación y la confidencialidad de los datos siguiendo los protocolos de gestión de información elaborados por la empresa y la normativa referente a la protección de datos.
CR4.1 La documentación comercial generada o recibida en los procesos de compra y venta de material, productos o servicios (presupuestos, albaranes, facturas, entre otros) se archiva de forma ordenada, registrando los datos en los libros correspondientes, en su caso, conservándola durante el tiempo requerido según la normativa correspondiente al tipo de documento de que se trate.
CR4.2 La documentación de gestión del almacén (inventarios, fichas de almacén, fichas de productos almacenados, entre otra) se archiva de forma ordenada, manteniendo su actualización para garantizar el acceso a los datos de cada producto almacenado de forma eficaz.
CR4.3 El libro de registro de esterilizaciones, así como el de mantenimiento de los aparatos de esterilización, se mantienen actualizados, verificando que contienen los datos de identificación de cada proceso de esterilización de material efectuado y de control de su funcionamiento.
CR4.4 Los documentos internos de la empresa (protocolos, notas informativas, hojas de trabajo, manuales de utilización entre otros) se archivan de forma ordenada para permitir el acceso a los mismos en condiciones de eficacia.
CR4.5 Los documentos generados o recibidos en la atención a las personas usuarias (fichas de la clientela, libro/documento de registro de la clientela, consentimientos informados, consentimientos para el tratamiento de datos personales, entre otros) se archivan de forma ordenada por medios físicos o electrónicos, utilizando sistemas de seguridad para el control del acceso a los mismos, custodiándolos durante el tiempo establecido por la normativa aplicable en protección de datos y en seguridad e higiene.
CR4.6 La destrucción de los documentos con datos personales o cualquier otro dato objeto de confidencialidad se efectúa mediante instrumentos que garanticen la eliminación total de estos datos, clasificando los residuos obtenidos para su posterior reciclado.
CR4.7 La eliminación de información con datos personales o cualquier otro tipo de dato objeto de confidencialidad presente en soportes informáticos (discos duros, dispositivos de almacenamiento portátil, entre otros) se efectúa mediante medios o aplicaciones informáticas que garanticen su total eliminación.
RP5: Prevenir riesgos derivados de los procesos de micropigmentación, tatuaje y perforación corporal para garantizar su realización en condiciones de seguridad e higiene, mediante la previsión de actuaciones de primeros auxilios y de medidas de higiene personal, siguiendo los protocolos de seguridad elaborados por la empresa y la normativa aplicable.
CR5.1 El botiquín se revisa comprobando la existencia de los productos y material necesario para la realización de primeros auxilios en caso de accidente o incidente durante los procedimientos.
CR5.2 La información referente a los servicios de urgencias (teléfonos, centros sanitarios, farmacias, centros con dispositivos de desfibrilación –DESA–) cercanos se expone de forma visible en el centro.
CR5.3 Las preguntas que permitan valorar las condiciones generales de salud de las personas usuarias se determinan, con el fin de detectar posibles reacciones adversas antes, durante y al terminar el procedimiento, y derivar al personal facultativo en caso necesario.
CR5.4 Las lesiones u otras incidencias ocurridas durante las sesiones de trabajo (cortes, irritación de ojos, lipotimia, estado de nerviosismo, autolesión por herramienta de trabajo, quemaduras, reacciones alérgicas, entre otros) se detectan, comunicándolo a la dirección de la empresa y registrando esta situación en la ficha de la clientela, para prestar primeros auxilios y/o avisar, en su caso, al servicio de urgencias.
CR5.5 Las medidas de higiene personal para la prevención de riesgos derivados de los procesos de micropigmentación, tatuaje y perforación corporal se exponen de forma visible en el centro para su seguimiento en todo momento durante la realización de los mismos.
CR5.6 Las alteraciones cutáneas u otros problemas de salud que supongan derivación al personal facultativo se identifican mediante la observación del estado de la piel y mucosas, en su caso, y el análisis de la información aportada por la persona usuaria.
CR5.7 Los procedimientos de limpieza y desinfección de la piel antes, durante y al terminar las sesiones de micropigmentación, tatuaje y perforación corporal, y el seguimiento de la evolución de la curación y cicatrización de las zonas de la piel donde se han realizado estos procesos se aplican, siguiendo los protocolos de seguridad específicos elaborados por la empresa.
Contexto profesional
Medios de producción
Equipos informáticos. Aplicaciones informáticas de gestión de la clientela, de control de almacén y gestión comercial. Medios de fotografía digital para procesos de micropigmentación, tatuaje, perforación corporal. Destructores de documentos. Mobiliario y equipamiento para establecimientos de micropigmentación, tatuaje y perforación corporal (recepción, sala de espera, área administrativa, almacén, áreas de trabajo (cabina -box) y área de preparación del material). Utensilios y productos autorizados para la limpieza y desinfección de instalaciones. Bolsas se esterilización. Autoclave. Limpiador de ultrasonidos. Botiquín. Contenedores de residuos. Equipos de protección individual (EPI) para el profesional y las personas usuarias. Lencería y vestimenta de protección desechable (sábanas, paños fenestrados estériles, kimonos, bata, gorro, protectores de la piel o calzando, entre otros). Aparataje e instrumental para la observación de la piel en procesos de micropigmentación, tatuaje y perforación corporal (lupa, analizador de escáner de piel inteligente, equipo de análisis de la piel, entre otros). Instrumental de medición y dibujo (calibre, cinta métrica, reglas de dibujo, entre otros). Aparatos e instrumental autorizados para procesos de micropigmentación, tatuaje y perforación corporal. Equipos electromecánicos autorizados (CE): máquina de tatuar, dermógrafo, fuente de alimentación, velocímetro y potenciómetro. Instrumentos manuales autorizados: inductor manual (tebori). Agujas estériles, módulos higiénicos y cabezales protectores de agujas autorizados. Otro instrumental y accesorios autorizados para procesos de micropigmentación, tatuaje, perforación corporal: mezcladores, diseñadores, detectores de depósito de pigmento/tinta, soportes, contenedores porta pigmentos/tinta, fórceps, varillas, pinzas, punzones, entre otros. Joyería autorizada de utilización en perforación corporal. Pocillos individuales estériles. Pigmentos y tintas homologados para procesos de micropigmentación y tatuaje. Cosméticos y otros productos de uso de uso tópico autorizados para micropigmentación, tatuaje, perforación corporal (limpiadores, descongestivos, calmantes, astringentes, antisépticos).
Productos y resultados
Mantenimiento de áreas comunes, cabinas de trabajo, almacén y áreas de preparación del material en condiciones de seguridad e higiene. Acondicionamiento de equipos (aparatos, instrumentos y accesorios) mediante su limpieza, desinfección y/o esterilización. Mantenimiento del material (aparatos, instrumentos, accesorios, pigmentos, tintas, cosméticos y otros productos de uso tópico autorizados) en condiciones de seguridad y conservación. Custodia de documentación física y electrónica. Prevención de riesgos derivados de los procesos de micropigmentación, tatuaje y perforación corporal mediante la previsión de actuaciones de primeros auxilios y de medidas de higiene personal.
Información utilizada o generada
Normativa relativa a protección ambiental y a la planificación de la actividad preventiva. Disposiciones mínimas de seguridad y salud en lugares de trabajo relativa a ergonomía, «higiene industrial», señalización, entre otros. Normativa aplicable sobre gestión de residuos. Normativa aplicable referente a la protección en el tratamiento de los datos de carácter personal. Normativa aplicable de regulación de las actividades de micropigmentación, tatuaje y perforación corporal. Normativa aplicable de regulación y homologación de productos para micropigmentación, tatuaje y perforación corporal. Normativa aplicable referente a utilización de cosméticos. Normativa aplicable a la utilización de productos sanitarios. Normativa aplicable a la utilización de productos de limpieza y desinfectantes. Normativa aplicable a la utilización de técnicas de esterilización. Normativa aplicable al almacenamiento de productos y material estéril. Normativa aplicable a la realización de primeros auxilios. Protocolos para la atención a las personas usuarias. Protocolos de higiene y protección para el profesional y las personas usuarias. Protocolo de utilización de pigmentos y tintas según la normativa aplicable. Protocolo de realización de la prueba de sensibilidad dérmica. Protocolo de utilización de cosméticos según el reglamento (CE). Protocolo de información sobre preparación y cuidados posteriores a los procesos de micropigmentación, tatuaje y perforación corporal. Fichas técnicas. Libro/documento de registro de la clientela. Notas técnicas de prevención (NTP). Protocolos de limpieza, desinfección y esterilización. Protocolos de almacenamiento. Protocolos de custodia de documentación y confidencialidad de datos personales. Normas y manuales de primeros auxilios. Etiquetas de productos de limpieza y desinfección. Instrucciones de utilización de productos de limpieza y desinfección. Prospectos y etiquetas de pigmentos, productos cosméticos y productos sanitarios. Documentos de registro de operaciones de limpieza, desinfección y esterilización. Libro de registro de esterilización. Libro de registro de mantenimiento y control de aparatos de esterilización. Fichas técnicas de clientes. Consentimientos informados. Inventarios. Fichas de almacén. Documentos internos (protocolos, notas informativas, hojas de trabajo, manuales de utilización de equipos, entre otros). Estándares de calidad.
Unidad de competencia 2: elaborar diseños de tatuaje
Nivel: 2
Código: UC2673_2
Realizaciones profesionales y criterios de realización
RP1: Recopilar información obtenida de diferentes fuentes (archivos, catálogos, revistas y libros especializados, medios audiovisuales, portafolios, redes sociales, entre otros) sobre tendencias históricas y actuales en el dibujo de diseños de tatuaje para asesorar a las personas usuarias su elección, teniendo en cuenta, en su caso, la protección de derechos de autor.
CR1.1 Las fuentes documentales (archivos, catálogos, revistas, libros, medios audiovisuales, portafolios, redes sociales, entre otros) se revisan obteniendo información sobre las tendencias artísticas históricas y actuales en el dibujo de diseños de tatuaje, identificando los criterios de derecho de autor de las mismas.
CR1.2 La cesión de los derechos de autor para la utilización de la información obtenida, en su caso, se obtiene teniendo en cuenta el tipo de protección de estos derechos indicado en cada obra.
CR1.3 La información sobre las tendencias artísticas históricas y actuales en el dibujo de diseños de tatuaje se registra en ficheros físicos o mediante aplicaciones informáticas, incluyendo en cada ficha las imágenes de los tatuajes junto con otros datos para su identificación (estilo, técnicas de tatuaje utilizadas, fuente y fecha de obtención, entre otros).
CR1.4 Los registros físicos o en aplicaciones informáticas se mantienen ordenados y constantemente actualizados, permitiendo la obtención de la información requerida de forma rápida y eficaz.
RP2: Asesorar a las personas usuarias para la selección del estilo de tatuaje (lineal y geométrico, en gris y negro, a color, realista o combinado), valorando sus demandas, expectativas, y las características de la zona de implantación del tatuaje (tipo de piel, fototipo, alteraciones, asimetrías, pliegues, comportamiento ante la radiación solar y el envejecimiento proporciones anatómicas, volúmenes y superficie a tatuar, entre otras).
CR2.1 La persona usuaria se atiende mediante la realización de una entrevista, planteando preguntas para conocer sus demandas, expectativas, hábitos, aficiones o costumbres que se puedan tener en cuenta para el dibujo del diseño del tatuaje, y examinando las características de la piel y de la zona anatómica a tatuar (tipo de piel, fototipo, alteraciones, asimetrías, pliegues, comportamiento ante la radiación solar y el envejecimiento, proporciones anatómicas, volúmenes y superficie de la piel a tatuar, entre otras).
CR2.2 Las diferentes opciones de estilo para el dibujo del diseño del tatuaje se muestran (tatuajes lineales y geométricos, en gris y negro, a color, realistas, combinado (mediante la utilización de elementos de diferentes estilos), empleando la información del registro de datos sobre tendencias históricas y actuales en el dibujo de diseños de tatuaje y teniendo en cuenta la aportada por la propia persona usuaria (fotografías, diseños previos, entre otros), sus demandas y expectativas, así como el tamaño y la zona de implantación del tatuaje.
CR2.3 El método para el dibujo del diseño del tatuaje (dibujo manual y/o mediante aplicaciones informáticas) se explica a la persona usuaria, indicando el más adecuado según las características del estilo de tatuaje seleccionado.
CR2.4 El presupuesto para el dibujo de diferentes diseños de tatuaje que se ajusten a las características del estilo seleccionado por la persona usuaria se aporta al mismo, explicando los conceptos incluidos y el procedimiento de pago.
CR2.5 La información obtenida sobre el asesoramiento para la selección del estilo se registra en la ficha de la clientela para la implantación del tatuaje o su posterior utilización en caso necesario.
RP3: Elaborar diseños de tatuajes lineales y geométricos fundamentados en punteados, figuras planas, letras, simetrías y/o perspectiva de forma manual o mediante aplicaciones informáticas, para su posterior implantación en la piel, teniendo en cuenta las características cutáneas y de la zona anatómica a tatuar (tipo de piel, fototipo, alteraciones, asimetrías, pliegues, comportamiento ante la radiación solar y el envejecimiento, proporciones anatómicas, volúmenes y superficie a tatuar, entre otras).
CR3.1 Los elementos lineales y geométricos a incluir en el diseño se preguntan a la persona usuaria o se obtienen de fotografías o diseños previos aportados por el mismo o por la empresa, informándole sobre su idoneidad según el tamaño y estilo del tatuaje a realizar, registrando la información obtenida en un esquema de trabajo y en un boceto o dibujo-apunte sencillo que incluya las formas y proporciones elegidas, así como la zona anatómica de su implantación, entre otros datos.
CR3.2 El croquis del diseño se desarrolla a partir del dibujo-apunte realizado anteriormente, representando las proyecciones suficientes para poder identificar los elementos incluidos en el mismo de forma inequívoca y en las proporciones adecuadas para conseguir el resultado demandado por la persona usuaria.
CR3.3 Las perspectivas de forma tridimensional se proyectan, en su caso, a partir de proyecciones ortogonales, seleccionando la axonometría más adecuada para el propósito de la representación, disponiendo la posición de los ejes en función de la importancia relativa de la parte del diseño que se quiera destacar y utilizando en su caso los coeficientes de reducción pertinentes.
CR3.4 El diseño lineal y geométrico obtenido se revisa con la persona usuaria, mostrando los bocetos y planos correspondientes y utilizando, en su caso, aplicaciones informáticas de realidad aumentada que permitan comprobar el efecto del futuro tatuaje sobre la zona anatómica de implantación (informando que este «montaje anatómico» puede no corresponder fielmente con el resultado final obtenido), realizando las modificaciones que éste indique hasta concretar el diseño final del tatuaje.
CR3.5 El diseño final del tatuaje a tamaño real se obtiene mediante su impresión y/o ampliación dependiendo del método de dibujo utilizado (manual o mediante aplicaciones informáticas), mostrándolo a la persona usuaria para su aprobación.
RP4: Elaborar diseños de tatuaje en gris y negro, mediante la combinación de líneas, formas, texturas, degradados, volúmenes, tonos y contrastes, de forma manual o mediante aplicaciones informáticas, para su posterior implantación en la piel, teniendo en cuenta las características cutáneas y de la zona anatómica a tatuar (tipo de piel, fototipo, alteraciones, asimetrías, pliegues, comportamiento ante la radiación solar y el envejecimiento, proporciones anatómicas, volúmenes y superficie a tatuar, entre otras).
CR4.1 Los elementos lineales, formas, texturas, degradados, volúmenes, tonos y contrastes a incluir en el diseño en gris y negro se preguntan a la persona usuaria o se obtienen de fotografías o diseños previos aportados por el mismo o por la empresa, informándole sobre su idoneidad según el tamaño y estilo del tatuaje a realizar, registrando la información obtenida en un esquema de trabajo y en un boceto o dibujo-apunte sencillo que indique las formas y proporciones elegidas, así como la zona anatómica de su implantación, entre otros datos.
CR4.2 El croquis tridimensional del diseño en gris y negro se desarrolla a partir del boceto realizado anteriormente, representando las proyecciones suficientes para poder identificar los elementos incluidos en el mismo de forma inequívoca y en las proporciones adecuadas para conseguir el resultado demandado por la persona usuaria.
CR4.3 El diseño en gris y negro se obtiene a partir del croquis tridimensional elaborado previamente, en su caso, marcando los elementos necesarios de proporción, contrastes y volúmenes hasta conseguir un resultado óptimo, lo más parecido posible a la demanda de la persona usuaria.
CR4.4 El diseño en gris y negro obtenido se revisa con la persona usuaria para su aprobación, mostrando los bocetos y planos correspondientes y utilizando, en su caso, aplicaciones informáticas de realidad aumentada que permitan comprobar el efecto del futuro tatuaje sobre la zona anatómica de implantación (informando que este «montaje anatómico» puede no corresponder fielmente con el resultado final obtenido), realizando en él las modificaciones que éste indique hasta concretar el diseño final del tatuaje.
CR4.5 El diseño final del tatuaje a tamaño real se obtiene mediante su impresión y/o ampliación dependiendo del método de dibujo utilizado (manual o mediante aplicaciones informáticas), mostrándolo a la persona usuaria para su aprobación.
RP5: Elaborar diseños de tatuaje a color mediante la combinación de líneas, formas texturas, contrastes y coloración, de forma manual o mediante aplicaciones informáticas, para su posterior implantación en la piel, teniendo en cuenta las características cutáneas y de la zona anatómica a tatuar (tipo de piel, fototipo, alteraciones, asimetrías, pliegues, comportamiento ante la radiación solar y el envejecimiento, proporciones anatómicas, volúmenes y superficie a tatuar, entre otras).
CR5.1 Los elementos lineales, formas, texturas, contrastes y coloración a incluir en el diseño a color se preguntan a la persona usuaria, o se obtienen de fotografías o diseños previos aportados por el mismo o por la empresa, informándole sobre su idoneidad según el tamaño y estilo del tatuaje a realizar, registrando la información obtenida en un esquema de trabajo y en boceto o dibujo-apunte sencillo que indique las formas y proporciones elegidas, así como la zona anatómica de su implantación, entre otros datos.
CR5.2 El croquis tridimensional del diseño a color se desarrolla, en su caso, a partir del boceto realizado anteriormente, representando las proyecciones suficientes para poder identificar los elementos incluidos en el mismo de forma inequívoca y en las proporciones adecuadas para conseguir el resultado demandado por la persona usuaria.
CR5.3 El diseño a color se obtiene a partir del croquis tridimensional elaborado previamente, en su caso, marcando los elementos necesarios de proporción, contrastes y volúmenes hasta conseguir un resultado óptimo, lo más parecido posible a la demanda de la persona usuaria.
CR5.4 La mezcla de colores primarios, secundarios, terciarios y complementarios se integra en el diseño, obteniendo diferentes texturas y saturación del color (efecto acuarela, realismo a color, lápiz, ceras, entre otros) dependiendo de la demanda de la persona usuaria y del tamaño del tatuaje, entre otros.
CR5.5 El diseño a color obtenido se revisa por la persona usuaria para su aprobación, mostrando los bocetos y planos correspondientes y utilizando, en su caso, aplicaciones informáticas de realidad aumentada que permitan comprobar el efecto del futuro tatuaje sobre la zona anatómica de implantación (informando que este «montaje anatómico» puede no corresponder fielmente con el resultado final obtenido), realizando en él las modificaciones que éste indique hasta concretar el diseño final del tatuaje.
CR5.6 El diseño final del tatuaje a tamaño real se obtiene mediante su impresión y/o ampliación dependiendo del método de dibujo utilizado (manual o mediante aplicaciones informáticas), mostrándolo a la persona usuaria para su aprobación.
RP6: Elaborar diseños de tatuaje realista fundamentados en las proporciones naturales, de forma manual o mediante aplicaciones informáticas, para su posterior implantación en la piel, teniendo en cuenta las características cutáneas y de la zona anatómica a tatuar (tipo de piel, fototipo, alteraciones, asimetrías, pliegues, comportamiento ante la radiación solar y el envejecimiento, proporciones anatómicas, volúmenes y superficie a tatuar entre otras).
CR6.1 Los elementos de realismo a incluir en el diseño se preguntan a la persona usuaria o se obtienen de fotografías o diseños previos aportados por el mismo o por la empresa, informándole sobre su idoneidad según el tamaño y estilo del tatuaje a realizar, registrando la información obtenida en un esquema de trabajo y en un boceto o dibujo-apunte sencillo que indique las formas y proporciones elegidas, así como la zona anatómica de su implantación, entre otros datos.
CR6.2 El croquis tridimensional del diseño realista se desarrolla, representando las proyecciones suficientes para poder identificar los elementos incluidos en el mismo de forma inequívoca, junto con las proporciones adecuadas para conseguir el resultado demandado por la persona usuaria.
CR6.3 El diseño realista se obtiene a partir del croquis tridimensional elaborado previamente, proyectando la perspectiva y la utilización de luces y sombras, coloración, saturación y volumen en su caso, hasta obtener un resultado óptimo, lo más parecido posible a la demanda de la persona usuaria.
CR6.4 El diseño realista obtenido se revisa por la persona usuaria para su aprobación, mostrando los bocetos y planos correspondientes y utilizando, en su caso, aplicaciones informáticas de realidad aumentada que permitan comprobar el efecto del futuro tatuaje sobre la zona anatómica de implantación informando que este «montaje anatómico» puede no corresponder fielmente con el resultado final obtenido), realizando en él las modificaciones que éste indique hasta concretar el diseño final del tatuaje.
CR6.5 El diseño final del tatuaje a tamaño real se obtiene mediante su impresión y/o ampliación dependiendo del método de dibujo utilizado (manual o mediante aplicaciones informáticas), mostrándolo a la persona usuaria para su aprobación.
RP7: Elaborar diseños de tatuaje combinado mediante la utilización de diferentes estilos en su composición (lineal y geométrico, en gris y negro, a color, realista), de forma manual o mediante aplicaciones informáticas, para su posterior implantación en la piel, teniendo en cuenta las características cutáneas de la zona anatómica a tatuar (tipo de piel, fototipo, alteraciones, asimetrías, pliegues, comportamiento ante la radiación solar y el envejecimiento, proporciones anatómicas, volúmenes y superficie a tatuar entre otras).
CR7.1 Los elementos de los diferentes estilos de tatuaje a incluir en el diseño combinado se preguntan a la persona usuaria o se obtienen de fotografías o diseños previos aportados por el mismo o por la empresa, informándole sobre su idoneidad según el tamaño del tatuaje a realizar, registrando la información obtenida en un esquema de trabajo y en un boceto o dibujo-apunte sencillo que indique las formas y proporciones elegidas, así como la zona anatómica de su implantación, entre otros datos.
CR7.2 El croquis tridimensional del diseño combinado se desarrolla, en su caso, representando las proyecciones suficientes para poder identificar los elementos incluidos en el mismo de forma inequívoca, junto con las proporciones adecuadas para conseguir el resultado demandado por la persona usuaria.
CR7.3 El diseño combinado se obtiene a partir del croquis tridimensional elaborado previamente, en su caso, proyectando la perspectiva y la utilización de luces y sombras, contrastes, coloración, saturación y volumen en su caso, hasta obtener un resultado óptimo, lo más parecido posible a la demanda de la persona usuaria.
CR7.4 El diseño combinado obtenido se revisa por la persona usuaria para su aprobación, mostrando los bocetos y planos correspondientes y utilizando, en su caso, aplicaciones informáticas de realidad aumentada que permitan comprobar el efecto del futuro tatuaje sobre la zona anatómica de implantación informando que este «montaje anatómico» puede no corresponder fielmente con el resultado final obtenido), realizando en él las modificaciones que éste indique hasta concretar el diseño final del tatuaje.
CR7.5 El diseño final del tatuaje a tamaño real se obtiene mediante su impresión y/o ampliación dependiendo del método de dibujo utilizado (manual o mediante aplicaciones informáticas), mostrándola a la persona usuaria para su aprobación.
Contexto profesional
Medios de producción
Material para el dibujo de diseños de tatuaje: barras de grafito, carboncillo, pastel, lápices de grafito de distinta dureza, lápices de colores y acuarelables, ceras blandas, rotuladores, tintas, acuarelas, témperas, gouache, acrílicos, difuminos, pinceles, paletas para pintura, plumas, blocs de dibujo para el diseño, tableros de dibujo, máquinas de perspectiva, reglas en T, reglas graduadas, compás, plantillas, flexicurva, entre otros. Cámaras de fotografía y vídeo. Equipos informáticos (ordenadores personales, tabletas, teléfonos inteligentes, entre otros). Aplicaciones informáticas para el registro de información y atención a las personas usuarias. Aplicaciones digitales para el dibujo de diseños de tatuaje. Aplicaciones informáticas de realidad aumentada de aplicación al tatuaje.
Productos y resultados
Recopilación de información obtenida de diferentes fuentes sobre tendencias históricas y actuales en el dibujo de diseños de tatuaje. Asesoramiento a las personas usuarias para la selección del estilo de tatuaje. Elaboración de diseños de tatuajes lineales y geométricos. Elaboración de diseños de tatuaje en gris y negro. Elaboración de diseños de tatuaje a color. Elaboración de diseños de tatuaje realista. Elaboración de diseños de tatuaje combinado.
Información utilizada o generada
Normativa relativa a protección medioambiental y a la planificación de la actividad preventiva Normativa de protección de datos de carácter personal. Disposiciones mínimas de seguridad y salud en lugares de trabajo relativa a ergonomía, «higiene industrial», señalización, entre otros. Normativa referente a los derechos de autor. Bibliografía técnica especializada sobre referencias de estilos de tatuaje. Bibliografía sobre dibujo técnico y artístico. Revistas profesionales. Portafolios del tatuador. Protocolos para la elaboración de dibujo-apuntes, croquis, bocetos y diseños. Registro de información sobre tendencias en el diseño de tatuajes. Diseños de tatuajes lineales y geométricos, en gris y negro, a color y realistas. Fichas de la clientela.
Unidad de competencia 3: preparar sesiones de tatuaje
Nivel: 3
Código: UC2674_3
Realizaciones profesionales y criterios de realización
RP1: Asesorar a las personas usuarias sobre el proceso de implantación de tatuaje o modificación de uno anterior para presentar propuestas, teniendo en cuenta sus demandas y expectativas, e indicaciones facultativas, en su caso, siguiendo las condiciones establecidas por la normativa aplicable sobre seguridad e higiene, garantizando la confidencialidad de la información aportada.
CR1.1 Las personas usuarias se atienden en una zona del local que asegure confidencialidad, realizando una entrevista y examinando visualmente y/o mediante instrumental la zona anatómica a tatuar o de modificación de tatuaje para obtener información sobre el estado de la piel (consistencia, elasticidad, fototipo, presencia de alteraciones, entre otras), antecedentes de alergia a tintas de tatuaje o a otras sustancias, problemas de salud, tratamientos médicos y cualquier otra necesaria para la detección de posibles contraindicaciones relativas y absolutas, y/o que implique la derivación a personal facultativo.
CR1.2 La viabilidad de realización del proceso de tatuaje se comunica a la persona usuaria, valorando su idoneidad (realización, utilización de medidas de especial cuidado, aplazamiento, derivación a consulta con personal facultativo, o desestimación), indicando, en su caso, las limitaciones en los resultados a obtener según las posibles contraindicaciones relativas y/o absolutas que se hayan detectado o cualquier complicación anatómica (pliegues, articulaciones, entre otras) que pueda dificultar el proceso.
CR1.3 Las posibles indicaciones y/o precauciones facultativas aportadas por la persona usuaria se tienen en cuenta en la elaboración del proyecto de tatuaje, así como durante el proceso de implantación o modificación del tatuaje.
CR1.4 El diseño a tatuar se selecciona, en su caso, eligiendo de entre los ofrecidos por la empresa, los aportados por la persona usuaria, en su caso, o bien previa elaboración de un original, según la demanda y expectativas de la clientela y las características de la zona anatómica de implantación, probándolo sobre la zona a tatuar de forma directa o bien mediante aplicaciones informáticas de realidad aumentada (informando que este «montaje anatómico» puede no corresponder fielmente con el resultado final obtenido), para verificar su emplazamiento y posibles modificaciones en cuanto a tamaño y colocación.
CR1.5 El consentimiento informado con los datos de la persona usuaria, que incluyen las condiciones del procedimiento, precauciones previas y posteriores al mismo, riesgos, condiciones de reversibilidad, contraindicaciones, obligatoriedad de acompañamiento por un tutor legal en caso de menores o personas con incapacidad, e indicaciones de seguimiento y mantenimiento del tratamiento, entre otras, se explican de forma clara a la persona usuaria y tutor/a legal, en su caso, utilizando técnicas de comunicación de escucha activa, solicitando su firma junto con la del profesional, siguiendo las condiciones establecidas por la normativa aplicable sobre seguridad e higiene.
CR1.6 El presupuesto de realización del proceso de tatuaje se cumplimenta, explicando a la persona usuaria o sus representantes legales los conceptos incluidos en el mismo y acordando el procedimiento de pago en cuanto a plazos y forma, entre otros.
CR1.7 La ficha técnica se cumplimenta, recogiendo en ella los datos personales y técnicos, la información referente a la detección de posibles contraindicaciones en el proceso de tatuaje, las posibles indicaciones/precauciones de prescripción facultativa, así como las características de la zona anatómica de tatuaje y del diseño a tatuar, entre otra información.
CR1.8 La documentación de identificación de las personas usuarias y representantes legales, en su caso, el consentimiento informado, la ficha técnica y el documento de consentimiento para la recogida y tratamiento de datos se registran para su posterior archivado, cumpliendo la normativa aplicable sobre protección de datos personales.
RP2: Elaborar el proyecto de tatuaje para su posterior implantación o modificación de un tatuaje anterior en la zona anatómica correspondiente, seleccionando el material (aparatos, instrumentos, accesorios, tintas y productos de uso tópico) aprobado por la normativa aplicable sobre seguridad e higiene, teniendo en cuenta la información facultativa, en su caso, y las características cutáneas y de la zona anatómica a tatuar (tipo de piel, fototipo, alteraciones, asimetrías, pliegues, comportamiento ante la radiación solar y el envejecimiento, proporciones anatómicas, volúmenes y superficie a tatuar, entre otras).
CR2.1 La forma y dimensiones del tatuaje de areola mamaria-pezón se consensuan con la persona usuaria, utilizando proporciones anatómicas clásicas, fotografías previas o la observación de la zona anatómica contraria, en su caso, empleando instrumentos de medición específicos (calibre, cinta métrica, reglas de dibujo, entre otras), teniendo en cuenta las proporciones y particularidades anatómicas de la persona usuaria junto con las características de la piel y musculatura concernida, en su caso.
CR2.2 El color e intensidad de las tintas para la realización del tatuaje de areola mamaria-pezón se selecciona en función de la tonalidad de la piel circundante o relacionada y/o de la coloración de la zona anatómica contraria, en su caso, utilizando normas de colorimetría y armonía.
CR2.3 Las técnicas de tatuaje (difuminado, degradado, relleno, punteado, delineado, sombreado, entre otras) se seleccionan según el estilo de tatuaje a realizar, el diseño a tatuar y las características de la zona anatómica de implantación.
CR2.4 Los parámetros para realizar las maniobras de tatuaje (geometría del movimiento, presión de la mano, desplazamiento, dirección, proyección, ángulo y profundidad de penetración de la aguja, entre otros) se determinan según el estilo de tatuaje, las técnicas a utilizar, el diseño de tatuaje y las características de la zona anatómica de implantación.
CR2.5 Los aparatos, instrumentos y accesorios autorizados para su utilización en tatuaje se seleccionan, según el estilo de tatuaje, las técnicas a utilizar, el diseño a tatuar y las características de la zona anatómica de implantación, comprobando en su caso, el estado y fecha de caducidad y/o PAO (vida útil después de su apertura).
CR2.6 Las agujas y cartuchos porta-agujas, en su caso, estériles y de un solo uso, autorizadas para su utilización en tatuaje, se seleccionan según su configuración, longitud, diámetro, forma y tipo, en función del estilo de tatuaje, características de la zona de implantación, tipo de piel de la clientela y maniobras a realizar durante el proceso, comprobando su estado y su fecha de caducidad.
CR2.7 Las tintas homologadas se seleccionan, considerando el estilo de tatuaje, las técnicas a utilizar, las agujas seleccionadas y el fototipo y subtono de piel de la persona usuaria, entre otros, comprobando su estado y su fecha de caducidad y/o PAO (vida útil después de su apertura).
CR2.8 Los productos de uso tópico autorizados (limpiadores, descongestivos, calmantes, astringentes y antisépticos), entre otros, se seleccionan comprobando su estado y su fecha de caducidad y/o PAO (vida útil después de su apertura).
CR2.9 La información referente a la selección del material, estilo de tatuaje, técnicas de tatuaje y parámetros a utilizar se registra en la ficha técnica de la clientela, garantizando la confidencialidad de los datos.
CR2.10 La persona usuaria se deriva a personal facultativo en caso de que el proyecto de tatuaje incluya procesos de despigmentación que se tengan que realizar mediante aparatos, productos y técnicas de uso médico.
RP3: Preparar la cabina de tatuaje, ordenando el mobiliario y el material seleccionado según el proyecto de tatuaje elaborado previamente, para su utilización en una sesión de trabajo, utilizando exclusivamente el material (aparatos, instrumentos, accesorios, tintas y productos de uso tópico) aprobado por la normativa aplicable sobre seguridad y salud, siguiendo los protocolos de limpieza, desinfección y esterilización establecidos por la empresa.
CR3.1 La cabina de tatuaje y su mobiliario se preparan, disponiendo éste de forma estratégica para facilitar el proceso de implantación de tatuaje.
CR3.2 La cabina de tatuaje y su mobiliario se limpian, siguiendo el orden de arriba hacia abajo y de dentro hacia afuera, utilizando los productos reglamentados correspondientes y el instrumental que permita la limpieza en húmedo (evitando la utilización de plumeros y/o escobas), siguiendo las instrucciones de la empresa fabricante en cuanto a dosis, tiempo de actuación, entre otras, utilizando los equipos de protección individual (EPI) y registrando su realización en los documentos normalizados indicando fecha, productos utilizados, persona responsable, entre otros.
CR3.3 La cabina de tatuaje y su mobiliario se desinfectan, siguiendo el orden de arriba hacia abajo y de dentro hacia afuera, utilizando los el instrumental y los productos reglamentados correspondientes, siguiendo las instrucciones de la empresa fabricante en cuanto a dosis, tiempo de actuación entre otras, utilizando los equipos de protección individual (EPI), protegiendo posteriormente con un material de protección que cree una barrera física frente a la contaminación y registrando su realización en los documentos normalizados indicando fecha, productos utilizados, persona responsable, entre otros.
CR3.4 Los aparatos, instrumentos y accesorios a emplear en la sesión de tatuaje se preparan desinfectándolos y/o esterilizándolos según el caso, atendiendo a las indicaciones e instrucciones de la empresa fabricante, protegiéndolos posteriormente mediante su plastificación y colocándolos en orden cronológico para su utilización durante la aplicación, comprobando su estado y su fecha de caducidad y/o PAO (vida útil después de su apertura).
CR3.5 Las agujas y cartuchos porta-agujas, en su caso, estériles y de un solo uso y accesorios desechables se colocan en orden cronológico para su utilización durante la aplicación, atendiendo a las indicaciones de la empresa fabricante y desprecintándolas en presencia de la persona usuaria, comprobando el estado del envase y su fecha de caducidad y/o PAO (vida útil después de su apertura).
CR3.6 Las tintas se preparan, depositándolas en presencia de la persona usuaria en contenedores estériles individualizados, realizando las mezclas necesarias según el proyecto de tatuaje y colocándolos para su aplicación, atendiendo a las indicaciones e instrucciones de la empresa fabricante y la normativa establecida por las administraciones reguladoras, comprobando el estado del envase, características físico-químicas, y fecha de caducidad y/o PAO (vida útil después de su apertura).
CR3.7 Los productos de uso tópico (limpiadores, descongestivos, astringentes y antisépticos, entre otros) se preparan, depositándolos en contenedores estériles individualizados y colocándolos en orden para su aplicación, atendiendo a las indicaciones e instrucciones de la empresa fabricante, comprobando el estado del envase, características físico-químicas, y fecha de caducidad y/o PAO (vida útil después de su apertura).
CR3.8 El equipo de protección individual (EPI) necesario para la sesión de tatuaje (calzas, uniforme, guantes, gafas protectoras, mascarillas, entre otro) se prepara, ordenándolo de forma cronológica según la secuencia de equipamiento.
RP4: Detectar posibles alergias a las tintas de tatuaje mediante la realización de una prueba de sensibilidad dérmica para efectuar el proceso de implantación o modificación del tatuaje en condiciones de seguridad y salud.
CR4.1 La información del proceso de prueba de sensibilidad dérmica se transmite al personal usuario, indicando el procedimiento a seguir, así como las posibles complicaciones derivadas de ello, obteniendo el permiso para su realización.
CR4.2 La zona de la piel seleccionada para realizar la prueba de sensibilidad se prepara mediante su limpieza y desinfección, aplicando los productos específicos preparados anteriormente en recipientes individualizados estériles, teniendo en cuenta sus instrucciones de uso.
CR4.3 La prueba de sensibilidad a las tintas se efectúa, siguiendo las mismas condiciones de seguridad y salud que en la realización de los procesos de implantación de tatuaje, perforando la piel levemente con un accesorio estéril, para permitir la entrada de una pequeña fracción de tinta, con cada color por separado, sin mezclar (para determinar cuál es ingrediente al que el personal usuario pueda ser alérgico), identificando cada uno de ellos con una marca y separándolos entre sí para no alterar los resultados, siguiendo las instrucciones de cada producto.
CR4.4 Los resultados obtenidos se interpretan después de un intervalo de tiempo establecido por la empresa fabricante, siguiendo las indicaciones del mismo, registrando los resultados en la ficha de clientela, determinando la idoneidad de las tintas a utilizar (realización, medidas de especial cuidado e ingredientes a tener en cuenta, derivación a consulta con personal facultativo, o desestimación).
CR4.5 El proyecto de tatuaje se reelabora en caso de sensibilidad a alguno de las tintas, descartando aquellos en los que el personal usuario haya mostrado reacción de sensibilidad.
CR4.6 El documento de consentimiento informado se completa incluyendo los resultados de la prueba de sensibilidad, así como los datos de trazabilidad de las tintas utilizadas y la zona donde se ha efectuado.
RP5: Preparar a las personas usuarias para proporcionar un ambiente de confianza y tranquilidad durante la realización de la sesión de implantación o modificación de tatuaje, informando del procedimiento a seguir y acondicionando la zona anatómica a tatuar.
CR5.1 Los datos reflejados en la ficha de la clientela, el diseño de tatuaje y el proyecto de tatuaje se comprueban con el mismo para su aprobación, realizando las modificaciones correspondientes en caso de detectar errores.
CR5.2 El procedimiento a seguir y las sensaciones que puede experimentar durante la implantación o modificación del tatuaje se explican a la persona usuaria de una forma clara y resumida, resolviendo sus dudas y objeciones, advirtiéndole de la necesidad de permanecer inmóvil durante el proceso y de la posibilidad de hacer un receso o aplazamiento de la sesión en caso de que el nivel de dolor no fuera soportable y/o fuera recurrente.
CR5.3 La persona usuaria se equipa con la lencería y vestimenta de protección desechable (bata, gorro, calzas, entre otros), dependiendo de la zona anatómica a tatuar.
CR5.4 La persona usuaria se acomoda sobre una camilla o sillón reclinable, previamente protegida con fundas o sábanas desechables en la posición adecuada según la zona anatómica a tatuar, contemplando que el profesional pueda mantener posturas ergonómicas durante el proceso.
CR5.5 El profesional se equipa con los elementos de protección (guantes, mascarilla, bata, entre otros), previo lavado higiénico de las manos, siguiendo las medidas contempladas en los protocolos de la empresa sobre seguridad y salud.
CR5.6 El material estéril a utilizar para el acondicionamiento de la zona de tatuaje se abre por sus solapas en presencia de la persona usuaria, depositándolo en un área estéril de la zona de trabajo.
CR5.7 La zona anatómica a tatuar o de modificación del tatuaje se acondiciona mediante su afeitado, en su caso, limpieza y desinfección, utilizando una rasuradora desechable, en su caso, y aplicando los productos específicos de limpieza y desinfección aprobados por la normativa aplicable en materia de seguridad y salud, en envases individualizados estériles y siguiendo las instrucciones de uso de la empresa fabricante.
RP6: Acondicionar la cabina de trabajo después de la sesión de tatuaje, para su posterior utilización, adoptando medidas de seguridad y salud.
CR6.1 Los residuos generados en la sesión se clasifican, introduciéndolos en los contenedores correspondientes según su naturaleza en presencia de la persona usuaria, para su posterior eliminación según la normativa de gestión de residuos.
CR6.2 El material no desechable utilizado en la sesión se clasifica según el tratamiento de limpieza y desinfección y/o esterilización que se necesite en función de su composición y utilización en el proceso.
CR6.3 El material no desechable utilizado en la sesión se desmonta en su caso procediendo a su limpieza y desinfección en cabina, utilizando los productos reglamentados y siguiendo las instrucciones para su utilización en cuanto a dosis, tiempo de actuación y equipos de protección individual a utilizar (EPI).
CR6.4 El equipo de protección individual (EPI) utilizado en la sesión se retira de forma ordenada para evitar contaminación cruzada, clasificándolo en los contenedores correspondientes según su naturaleza.
CR6.5 El material no desechable utilizado en la sesión que necesite proceso de esterilización, una vez limpio y desinfectado, se transporta a la zona de esterilización en condiciones de seguridad y salud para evitar la contaminación cruzada.
CR6.6 El material no desechable utilizado en la sesión, una vez limpio, desinfectado y/o esterilizado, en su caso, se almacena en condiciones necesarias para conservar sus propiedades y evitar riesgos (toxicidad, reactividad con otros productos o con el entorno, incendio, explosión, contaminación del medio, entre otros), tomando nota de los productos que se deben solicitar a las empresas proveedoras.
CR6.7 La cabina y mobiliario se preparan para su posterior utilización mediante su limpieza y desinfección, empleando los productos reglamentados correspondientes y siguiendo las instrucciones para su utilización en cuanto a dosis, tiempo de actuación y equipos de protección individual a utilizar (EPI), entre otras, registrando la realización de este proceso en el documento normalizado correspondiente.
CR6.8 La esterilización del material no desechable utilizado en la sesión que precise de este proceso, en su caso, se efectúa mediante autoclave, registrando los datos de este proceso en el libro de registros de esterilización (fecha, número de lote, controles de esterilización, entre otros).
Contexto profesional
Medios de producción
Equipos informáticos. Aplicaciones informáticas de gestión de la clientela, de control de almacén y gestión comercial. Medios de fotografía digital para procesos de implantación de tatuaje. Aplicaciones informáticas de realidad virtual de aplicación en tatuaje. Mobiliario y equipamiento para establecimientos de tatuaje (recepción, sala de espera, área administrativa, almacén, áreas de trabajo (cabina -box) y área de preparación del material). Utensilios y productos autorizados para la limpieza y desinfección de instalaciones. Bolsas se esterilización. Autoclave. Limpiador de ultrasonidos. Termoselladora. Espejos manuales y de pared. Botiquín. Contenedores de residuos. Equipos de protección individual (EPI) y de protección a las personas usuarias. Lencería y vestimenta de protección desechable. Instrumental para el análisis de piel en procesos de implantación de tatuaje (lupa, analizador de escáner de piel inteligente, entre otros). Material de medición y dibujo (calibre, cinta métrica, reglas de dibujo, entre otros). Equipos electromecánicos autorizados (CE) para tatuaje: máquina de tatuar. Agujas estériles. Cartuchos porta-agujas. Otro instrumental y accesorios para procesos de implantación de tatuaje: mezcladores, soportes, contenedores porta tinta, entre otros. Pocillos individuales estériles. Tintas de tatuaje homologadas para procesos de implantación de tatuaje. Productos de uso tópico autorizados para tatuaje (limpiadores, descongestivos, calmantes, astringentes, antisépticos, entre otros). Lencería y vestimenta de protección desechable. Fundas aislantes y cubiertas de protección del mobiliario, desechables y de un solo uso.
Productos y resultados
Asesoramiento a las personas usuarias sobre el proceso de implantación de tatuaje. Elaboración del proyecto de tatuaje. Preparación de la cabina de tatuaje, ordenando el mobiliario y los medios técnicos seleccionados según el proyecto de tatuaje. Detección de posibles alergias a las tintas de tatuaje mediante la realización de una prueba de sensibilidad dérmica. Preparación de las personas usuarias para proporcionar un ambiente de confianza y tranquilidad durante la realización de la sesión de tatuaje. Acondicionamiento de la cabina de trabajo después de la sesión de implantación de tatuaje.
Información utilizada o generada
Normativa relativa a protección ambiental y a la planificación de la actividad preventiva. Disposiciones mínimas de seguridad y salud en lugares de trabajo relativa a ergonomía, «higiene industrial», señalización, entre otros. Normativa aplicable sobre gestión de residuos. Normativa referente a la protección en el tratamiento de los datos de carácter personal. Normativa de regulación de las actividades de tatuaje. Normativa de regulación y homologación de tintas para tatuaje. Normativa aplicable referente a utilización de cosméticos. Normativa aplicable a la utilización de productos sanitarios. Normativa aplicable de defensa de los consumidores y usuarios. Normativa aplicable de protección al menor. Normativa aplicable a la utilización de productos de limpieza y desinfección. Normativa aplicable a la utilización de técnicas de esterilización. Normativa aplicable al almacenamiento de productos y material estéril. Protocolos para la atención a las personas usuarias. Protocolos de higiene y protección para el profesional y las personas usuarias. Protocolo de utilización de cosméticos según el reglamento (CE). Protocolos de limpieza, desinfección y esterilización. Fichas técnicas. Libro registro de la clientela. Notas técnicas de prevención (NTP). Protocolo para la prueba de sensibilidad dérmica. Protocolos de utilización de tintas en procesos de tatuaje, según los organismos reguladores. Protocolos de trabajo. Etiquetas de productos de limpieza y desinfección. Instrucciones de utilización de productos de limpieza y desinfección. Instrucciones de manejo del instrumental y utensilios para tatuaje. Etiquetas de productos cosméticos y productos sanitarios. Documentos de registro de procesos de limpieza, desinfección y esterilización. Libro de registro de esterilización. Consentimiento informado para tatuaje. Documentación para la gestión de protección de datos personales. Documentos de presupuesto de servicios de tatuaje. Documentos internos (protocolos, notas informativas, hojas de trabajo, manuales de utilización de equipos, entre otros). Diseños de tatuaje. Proyecto de tatuaje. Estándares de calidad.
Unidad de competencia 4: realizar procesos de implantación de tatuaje
Nivel: 3
Código: UC2675_3
Realizaciones profesionales y criterios de realización
RP1: Revisar la información de la ficha de la clientela y el consentimiento informado, las condiciones de la cabina de trabajo y el resto de medidas de seguridad a tener en cuenta para garantizar la realización del proceso de implantación de tatuaje, en condiciones de seguridad y salud.
CR1.1 Los datos reflejados en la ficha de la clientela (identidad, resultado de la prueba de sensibilidad, ausencia de contraindicaciones, indicaciones y precauciones del personal facultativo, proyecto de tatuaje, entre otros) y en el consentimiento informado se confirman, examinando los datos obtenidos y cotejando la información con el mismo.
CR1.2 La presencia en la cabina de trabajo de los aparatos, instrumentos y accesorios necesarios para realizar la implantación del tatuaje se revisa según el proyecto de tatuaje, comprobando su orden según la secuencia del procedimiento a seguir.
CR1.3 Las condiciones higiénicas de la cabina de trabajo y de los aparatos, instrumentos y accesorios a utilizar se examinan verificando la realización de los procesos de limpieza, desinfección y/o esterilización previos mediante la inspección de los documentos normalizados de registro de estas actividades, y comprobando la fecha de caducidad de esterilización del material que se vaya a utilizar.
CR1.4 Las condiciones higiénicas de las tintas y productos de uso tópico autorizados a utilizar se examinan, comprobando el estado del envase, características físico-químicas, y fecha de caducidad y/o PAO (vida útil después de su apertura), entre otros, anotando el número de registro sanitario de los pigmentos en la ficha técnica.
CR1.5 El equipo de protección individual (guantes, bata, gorro, mascarilla, entre otros) a utilizar durante la implantación de tatuaje se comprueba, teniendo en cuenta su adecuación según el proceso y la normativa sobre seguridad y salud establecida por las administraciones reguladoras.
RP2: Tatuar diseños de tatuaje en diferentes estilos (lineal y geométrico, en gris y negro, a color, realista o combinado) en personas usuarias, para su embellecimiento corporal, siguiendo el proyecto de tatuaje elaborado previamente y las indicaciones del personal facultativo, en su caso, adoptando las medidas de seguridad y salud.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial del Estado correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de BOE, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
BOE
Condiciones de reutilización del BOE — cita obligatoria de la fuente
Fuente de los datos: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (https://www.boe.es). Datos reutilizados conforme a las condiciones de reutilización del BOE (Resolución de 27 de junio de 2024). Este repositorio es una obra derivada basada en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.